Penal I Delitos contra la vida Codigo de Honduras.pptx
Adopción en México
1.
2. Integrantes
-Ángeles Molina Legna Angelly
-Bernal Mariano María Esther
-Noriega Castro Jordan Daniel
-Perales Brandon Adrián
-Santiago Pita Ruth
3. La finalidad de la adopción “no
era dar consuelo a las personas
sin hijosu obtener una
satisfacción moral sino cumplir
con deberes religiosos.
Los orígenes de la adopción
han sufrido grandes cambios a
lo largo de la historia, en su
formalidad,como en sus
especificaciones, e incluso en
su finalidad.
La adopción ya se regulaba en
el Código de Hammurabi , el
cual data del año 1760 a.C.
En cuanto al derecho azteca, en
la época prehispánica, no
existe constancia de alguna
figura que se asemejaraa la
adopción.
Fue en la civilización romana
en donde despegó más
visiblemente la historia de esta
institución, aquí es donde la
adopcion despega visiblemente.
La adopción en ROMA
contribuíaal aseguramiento de
la perpetuidad de las familias
en una época en la que cada
persona teníaun papel político
en el Estado.
La Ley del Registro Civil en
Mexico del 28 de julio de
1850., stableció dentrode las
facultades de los jueces del
estado civil la de decidirsobre
adopción a los hijos de los
muertos por la Patria
reconocimientode un niño.
En enero de 1857 se publicó la
Ley Orgánicadel Registro del
EstadoCivil en la cual se
reconoce como acto del estado
ciivil la adopción .
Al llegar las Leyes de Reforma,
publicadas en 1859,
nuevamente se reconoce a la
adopción como un acto del
estado civil .
La Ley de Relaciones
Familiares (1917), estableció
en su artículo 220 la definición
de adopción .
En la reforma de 1998 se
disminuye de 14 a 12 la edad
requerida para que el adoptado
manifieste su consentimiento
para la adopción.
Antecedentes historicos
5. La adopción es la creación de una filiación artificial por medio de un
acto jurídico, en el cual es posible hacer de un hijo no biológicamente,
un hijo propio.
Edgard Baqueiro Rojas y Rosalía Buenrostro Báez: acto jurídico,
mediante el cual se recibe como hijo, con los requisitos y solemnidades
que establece la ley, al que no lo es naturalmente.
Sara Montero Duhalt la adopción es: La relación jurídica de filiación
creada por el derecho, entre dos personas que no son biológicamente.
6. Sección segunda de la
adopción Simple
• Art. 402- art. 410:
código civil de la
federación
• Art. 399- Art. 402
CCBC
Sección tercera de la
adopción Plena
• Art.410 A- Art.410 D:
Código Civil de la
Federación
• Art. 402 y Art.403:
CBCC
De la adopción
Internacional
• Art. 410 E- Art 410 F:
Código Civil de la
Federación
• Art. 404 – Art. 407:
CCBC
9. No haber sido incapacitado judicialmente.
Acreditar que tiene medios bastantes para
proveer subsistencia a la persona que pretende
adoptar.
Que es persona apta y adecuada para adoptar.
Acreditar que la adopción es benéfica para la
persona que trata de adoptarse.
11. ¿ ¿
Una persona soltera puede
adoptar, siempre y cuando
reúna además los requisitos
para la adopción que señalen
los Códigos Civiles. En este
caso el adoptado deberá usar
los dos apellidos del adoptante.
Las parejas del mismo sexo sí
pueden adoptar siempre y
cuando cumplan con los
requisitos que al respecto
señale la ley para los
adoptantes.
• .
JuntosporlaFamilia
12. :
Constancia de asistencia al curso de inducción impartido por la
Procuraduría Federal de Protección de Niños, Niñas y
Adolescentes.
Carta Dirigida al Sistema Nacional DIF firmada por los solicitantes
manifestando la voluntad de adoptar y especificando el perfil de
niñas, niños y/o adolescentes que desee adoptar.
Copia simple y original para cotejo de la identificación oficial con
fotografía.
Copia certificada de las actas de nacimiento de los solicitantes.
Copias certificadas de las actas de nacimiento de los hijos de los
solicitantes.
Copia certificada del acta de matrimonio o constancia de
concubinato de los solicitantes.
13. :
Cartas de recomendación de las personas que conozcan su intención de
adoptar
Certificado médico expedido por el sector salud.
Exámenes toxicológicos.
Constancia laboral especificando puesto, antigüedad, sueldo y horario laboral
o comprobante de ingresos.
Comprobante de domicilio.
Certificado de antecedentes no penales expedidos por la autoridad federal y
de la entidad federativa que corresponda a su domicilio o residencia habitual.
Fotografías del inmueble en el que habitan las personas solicitantes.
Fotografías de convivencias familiares.
14. • Art. 174: Código
de familia
• Art. 394: CCBC
15. Según el caso de que se
trate, deberán consentir
en la adopción
OTARGANTES DEL
CONSENTIMIENTO
DE ADOPCION
El que ejerce la patria
potestad sobre el
menor que se trata de
adoptar.
El tutor del que se va
a adoptar.
El Ministerio Público
del lugar del domicilio
del adoptado, cuando
éste no tenga padres
conocidos ni tutor.
El menor si tiene más
de doce años.
17. Pueden ser adoptados:
Los menores de filiación
desconocida; abandonados o
huérfanos de padre y madre.
Los menores que estén bajo el
cuidado personal de sus
progenitores o de otros
parientes, siempre que existan
motivos justificados y de
conveniencia para el adoptado,
calificados prudencialmente
por el juez
Los mayores de edad, si antes
de serlo hubieren estado bajo
cuidado personal del adoptante
y existieren entre ellos lazos
afectivos semejantes a los que
unen a hijos y padres.
El hijo de uno de los cónyuges.
18. DIF (Desarrollo Integral de la
Familia)
En el caso de las adopciones en
México el Sistema Nacional
para el Desarrollo Integral de
la Familia (DIF) es el
responsable de proponer y
dirigir la administración del
trámite de adopción y se apoya
de la Procuraduría de la
Defensa del Menor y la Familia,
que se encarga de vigilar que el
proceso de adopción sea
correcto.
Organismo
Público
Descentralizado
Coordinación con
las Dependencias
Federales,
Estatales y
Municipales en
el diseño de
políticas públicas
20. 5.- Una vez concluidas las evaluaciones psicológicas y socioeconómicas, los profesionistas del SNDIF elaborarán un
informe psicosocial el cual será sometido a consideración de los integrantes del Comité Técnico de Adopción del
SNDIF, cuya finalidad es, entre otras, analizar y determinar la expedición o no del Certificado de Idoneidad,
revaloración o baja de las solicitudes de adopción.
4.- Entonces se establecerán las fechas de las valoraciones, entrevistas y visitas domiciliarias que se realizarán
durante el procedimiento.
3.- Una vez recibido el expediente en el área de adopciones del SNDIF, se les proporcionará la Solicitud de Adopción.
2.- Asistir al Curso de Inducción, acreditar el 100 % para que se expida una Constancia de Asistencia. A partir de
entonces se tendrán 2 meses a efecto de integrar y entregar su expediente.
1.- Acudir a la Dirección de Adopciones de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, a
fin de solicitar la Ficha de Inscripción al Curso de Inducción a solicitantes de adopción.
21. 10.- La Dirección de Adopciones de la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes,
enviará el expediente a la Dirección General de Integración Social, conforme al rango de edad solicitado por
los futuros padres adoptivos.
9.- La Asignación se notificará a los solicitantes de manera personal.
8.- La asignación del menor se llevará a cabo a través de una Sesión de Asignación con los integrantes del
Comité Técnico de Adopción, la cual se realizará atendiendo las necesidades e interés superior del menor
que se encuentre liberado jurídicamente y al perfil psicosocial de los solicitantes.
7.- En caso de determinar la aprobación del Certificado de Idoneidad los solicitantes ingresan a una lista de
espera para la asignación de un menor.
6.- La decisión de Comité Técnico de Adopción se notificará por escrito y personalmente a los solicitantes,
informando las causas de dicha determinación, así como dando la orientación necesaria.
22. 15.- El seguimiento postadoptivo es requerido a efecto de valorar la adaptación del menor a la nueva familia
y al entorno, así como conocer la evolución de su desarrollo en todos los aspectos. Estos se llevarán a cabo
durante 2 años cada 6 meses.
14.- El juez valorará si los solicitantes cumplen con los requisitos establecidos en la legislación vigente, de
acuerdo con las pruebas presentadas, y dictará sentencia decretando la adopción, y una vez que esta cause
ejecutoria, girará oficio al Registro Civil para que éste emita la nueva acta de nacimiento del menor
adoptado.
13.- Se dará inicio al periodo de convivencias entre éstos, siendo dichas convivencias en un primer
momento en el Centro donde el menor se encuentra albergado y posteriormente fuera del centro con el
seguimiento y supervisión adecuados, esto para evaluar el grado de compatibilidad que existe entre ambas
partes. Si la convivencia resulta satisfactoria, se iniciará el procedimiento judicial de adopción.
12.- Aceptada la asignación por los solicitantes, la Dirección General de Integración Social programará
previo consentimiento del menor (a partir de su edad y grado de madurez), la presentación física.
11.- A los futuros padres se les proporcionará el Informe de Adoptabilidad el cual contiene la situación
médica, jurídica, psicológica, social y pedagógica del menor.
23. ó é
36.3% de las
personas que
cuentan con estudios
de hasta
preparatoria,
bachillerato o
carreras técnicas SI
conocen el proceso
de adopcion.
78.9% de las
personas que
cuentan con estudios
hasta primaria NO
conocen el proceso
de adopción.
88% de las personas
consideran que el
proceso de adopción
es difícil.
Solo el 8% de los
encuestados conocen
el proceso.
24. Datosqueimportan:
México ocupa el segundo lugar en América
Latina en cantidad de niños huérfanos.
Entre 2012 y 2017 se realizaron mil 247
solicitudes de adopción , fueron concedidas
440, tan sólo 35% de las peticiones. De este
total, 10 casos fueron de adoptantes
internacionales.
De acuerdo al INEGI, en México hay más
de 30 mil niños que viven en orfanatos,
PERO no todos son susceptibles de ser
adoptados, porque su situación jurídica no
lo permite.
Cuando se trata de buscar un candidato para un
nuevo hogar, los niños mayores, niños con
discapacidad o con hermanos llevan las de perder
frente a los más pequeños.