2. I. ACCIONES INMEDIATAS
II. 15 PROPUESTAS CONCRETAS
III. REFORMAS LEGISLATIVAS EN EL ESTADO DE MÉXICO
ÍNDICE
3. I. ACCIONES INMEDIATAS
Atendiendo a una convocatoria del Gobierno del Estado de México el
pasado 28 de junio, se celebró en la Ciudad de Metepec, una reunión
con los encargados de las áreas de Seguridad Pública y de las
Procuradurías Generales de Justicia de los Estados de Puebla,
Tlaxcala, Veracruz, Morelos, Distrito Federal, Guerrero, Hidalgo,
Michoacán y México en la que se tomaron importantes acuerdos de
acción inmediata:
1. Plena coordinación contra la delincuencia.
2. Incremento a 15 puntos de los operativos de presencia en
zonas limítrofes.
4. 3. Intensificación de la campaña de despistolización.
4. Formalización ante el SNSP de la ampliación presupuestal por
2,500 millones de pesos a través de la CONAGO.
5. Presentación en 15 días de las propuestas de homologación
de penas en los delitos de secuestro, violación, homicidio,
robo calificado y robo a casa habitación.
6. Integración de una base de secuestradores y sus cómplices.
7. Inclusión de las policías municipales en las acciones a
desarrollar.
8. Elaboración conjunta de una nueva legislación para el control
de las empresas de Seguridad Privada.
9. Mantener el Comité Regional en sesión permanente.
5. II. 15 PROPUESTAS CONCRETAS
1. LA RESPUESTA A LA INSEGURIDAD NO ES SÓLO POLICÍACA.
Es imprescindible incorporar en los planes y
programas de educación básica contenidos que estén
relacionados con los valores éticos y cívicos, el sector
salud debe participar en la detección oportuna, la
prevención y el tratamiento de las adicciones que son
un fenómeno criminógeno; las Delegaciones Políticas
y los Municipios deben cumplir con acciones de
“vigilancia en cápsula” que implica limpieza de las
calles, iluminación de avenidas, cercado de lotes
baldíos, acondicionamiento de espacios públicos,
utilización eficiente de espacios deportivos y
recreativos que tiendan a disminuir la criminalidad.
6. 2. POLICÍA PREVENTIVA.
Las Procuradurías deben orientar a los cuerpos de seguridad
preventiva mediante información táctica y estratégica sobre los lugares
en los que se cometen los delitos o se pueden cometer para que sean
inhibidos a tiempo y que por tanto, las Policías Preventivas no se
dediquen solamente a hacer “presencia”.
7. 3. IRREDUCTIBLES PRESUPUESTALES.
Se propone abandonar el esquema de montos presupuestales anuales
y manejar irreductibles presupuestales, es decir, porcentajes para la
seguridad pública tanto a nivel federal como local y municipal y dentro
de estos, irreductibles para cada área en particular. Se propone
asimismo destinar parte de los excedentes petroleros a mejorar los
presupuestos federal y estatales de seguridad pública.
8. 4. AUTONOMÍA FUNCIONAL DEL MINISTERIO PÚBLICO.
La autonomía del Ministerio Público no se garantiza con las formas del
nombramiento sino por la independencia de la función. La currícula de
ingreso, permanencia y promoción, debe “ser de Estado” y las
estructuras de ingreso autónomas.
9. 4 2
1
3
PLANEACION
EXPLOTACION
ANALISIS
SEGURIDAD
(después del delito)
ASEGURAMIENTO
TIEMPO
A MAYOR TIEMPO
LA EVIDENCIA Y EL
CONOCIMIENTO
DISMINUYEN
5. CAMBIO DEL MODELO DE INVESTIGACIÓN.
Se debe abandonar el esquema reactivo de acción policíaca y adoptar
el proactivo que implica trabajo de inteligencia para el combate a la
delincuencia y que resulte en la detención de bandas delictivas y no
sólo individuos aislados a los que sólo se les procesa por la conducta
delictiva por la que se les detuvo y no por su carrera criminal. Esto
empezó a ser una realidad en el Estado de México.
10. 6. INSTAURACIÓN DE JUICIOS ORALES.
Los juicios orales permitirían abatir tiempos en los procedimientos
penales ya que en una audiencia se puedan desahogar la mayor parte
de pruebas, la sentencia se funda en la apreciación directa de las
pruebas por parte de los jueces. Operarían en casos de delitos no
graves.
11. 7. AUMENTO A PENAS MÍNIMAS Y MÁXIMAS.
Al juzgar, en la mayoría de las ocasiones el
juez opta por la pena mínima lo que aunado
a los beneficios de preliberación implica que
quienes han cometido no sólo delitos
menores, sino incluso graves, sean recluidos
sólo por un corto tiempo, al aumentar las
penas mínimas se restringe notablemente el
arbitrio judicial y la potestad decisoria de los
juzgados. Se propone también el aumento
de las penas máximas en delitos graves
como homicidio intencional, violación y
secuestro.
12. 8. HOMOLOGACIÓN DE LEGISLACIÓN PENAL.
La persecución de los delitos es muy compleja en el país debido a la
existencia de 33 Códigos Penales y el mismo número de Códigos de
Procedimientos en los que las conductas delictivas, las penas y la
propia edad penal mínima varían de entidad a entidad. Es importante
la homologación en todo el país de la legislación penal, en particular,
en lo que se refiere a las penas.
13. 9. REDUCCIÓN DE LA EDAD PENAL A 16 AÑOS EN CASOS DE
DELITOS GRAVES: HOMICIDIO DOLOSO, VIOLACIÓN Y
SECUESTRO.
Los jóvenes de 16 años tienen plena conciencia de las consecuencias
de los actos que cometen y por tanto pueden y deben enfrentarlos,
sobre todo cuando se trata de delitos de naturaleza grave como el
homicidio doloso, la violación y el secuestro. La propuesta no va
orientada a inhibir los delitos sino a realizar un acto de elemental
justicia para con las víctimas y los ofendidos de los mismos.
14. 10. MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN EN CASOS DE DELITOS
PATRIMONIALES NO GRAVES Y DE CUANTÍA MENOR.
Estos mecanismos son deseables como vía de solución alternativa en
los procesos penales seguidos por delitos no graves que se inician por
querella; previenen la reincidencia y facilitan la reparación del daño, las
soluciones se cumplen, los procedimientos son flexibles, expeditos y
económicos, promueven eficacia en el sistema penal. Estos
mecanismos pueden ser instrumentados tanto en etapa de integración
de la averiguación previa como en el proceso penal. En el Estado de
México esto también es una realidad.
15. 11. TRABAJO DE PROCESADOS Y SENTENCIADOS.
Es probable responsable que obtiene su libertad
bajo caución debe prestar servicios no
remunerados en instituciones públicas que
desarrollan funciones de asistencia a la sociedad,
en jornadas distintas a aquella por las que obtiene
ingresos, bajo la orientación y vigilancia de la
autoridad ejecutora. Esto permitirá disminuir la
saturación de los penales, reparar el daño
causado y mejorar la forma de ejecución de
penas.
Debe ser obligatorio y remunerado el
trabajo de las personas que se
encuentren en reclusión, con ello las
cárceles dejarían de ser lugares de
confinamiento y ocio, para convertirse
en establecimientos que eduquen,
instruyan y generen valores. Parte del
ingreso así obtenido se destinaría al
pago de la reparación del daño y al
sostenimiento del interno.
16. 12. JUECES DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS.
Es necesario que exista una instancia que verifique que las sentencias
realmente se cumplan como el juez lo establece. El Juez u Oficial
ejecutor de sentencias cumplirían esta función.
17. 13. INSTITUTO DE PREVENCIÓN DEL DELITO.
Se propone la creación de una instancia especializada que realice
estudios sobre las causas del delito y proponga soluciones viables para
combatirlas. El instituto tendría entre sus funciones la de promover en
la sociedad el rechazo y repudio a las conductas antisociales, sean
infracciones o delitos, así como la cultura de la denuncia. La iniciativa
de creación de esta instancia ya está en la Legislatura del Estado de
México.
18. 14. CREACIÓN DEL INSTITUTO DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DEL
DELITO.
Deben establecerse los constitucionales de las víctimas y la creación
de un Instituto que las atienda en los aspectos jurídico, medico,
psicológico en su caso, así como a sus familiares, esto ya es una
realidad en el Estado de México.
19. 15. SERVICIO CIVIL DE CARRERA EN LAS ÁREAS DE
SEGURIDAD PÚBLICA.
Es imprescindible mejorar la formación, capacitación y
perfeccionamiento de los servidores de seguridad pública así como sus
condiciones laborales y de desarrollo profesional y estimular su
desempeño, de ahí la importancia de los irreductibles presupuestales
en materia de seguridad.
20. III. REFORMAS LEGISLATIVAS EN EL ESTADO DE MÉXICO
1. AUMENTOS DE PENAS MÍNIMAS Y MÁXIMAS.
Delito C.P. Vigente Iniciativa
Homicidio Calificado 20 a 50 40 a 70
Secuestro 30 a 50 40 a 70
Violación que cauce la
muerte
25 a 50 40 a 70
21. 2. BENEFICIOS A SENTENCIADOS.
No se concederán en casos de secuestro, homicidio, violación y robo
con violencia a casa habitación.