2. En España la reglamentación vigente es:
el Real Decreto 2220/2004 de 26 de noviembre, por el que se
modifica la norma general de etiquetado, presentación y publicidad
de los productos alimenticios, aprobada por el Real Decreto
1334/1999, de 31 de julio. Mediante este Real Decreto se incorpora
al ordenamiento jurídico interno la Directiva 2000/13/CE.
Con el etiquetado: Es el único medio que tiene el consumidor para
identificar un producto asociándolo a una empresa.
No puede inducir error ni en la composición ni en la presentación.
3. El etiquetado de productos no envasados
CARNES (CANALES Y MEDIAS CANALES)
Deben llevar el sello de la inspección veterinaria del matadero y
deberá
mantenerse este sello hasta ultimar la venta de la pieza.
CONEJOS Y AVES
Deben llevar el marchamo de inspección veterinaria.
MOLUSCOS
Los moluscos vivos o frescos estarán en mallas amarillas con la
etiqueta que garantice su depuración.
Todos estos productos además del pescado fresco irán
acompañados
de la documentación sanitaria correspondiente.
4. Productos envasados:
Especificaciones obligatorias (salvo excepciones)
1.-Denominación del producto
2.-Lista de ingredientes.
3.-Aditivos, grado alcohólico si procede.
4.-Cantidad porcentual de un ingrediente o de una categoría de
ingredientes
5.-Contenido neto (peso neto y peso escurrido)
6.-Marcado de fechas (caducidad /consumo preferente)
7.-Instrucciones de conservación
8.-Modo de empleo
9.-Nombre o razón social y dirección del fabricante o del embalador
10.-Identificación del lote de fabricación
11.-País de origen
12.-Código de barras.