Este documento trata sobre si una persona puede aplicar los beneficios fiscales previstos para trabajadores desplazados. Se hace una serie de preguntas para determinar si la persona realiza trabajos para una empresa no residente en España, si dicho trabajo redunda en beneficio de la entidad no residente, y si existe algún tipo de vinculación o relación entre la persona y la empresa no residente.
1. ¿PUEDO APLICAR LOS BENEFICIOS FISCALES PREVISTOS PARA TRABAJADORES DESPLAZADOS?
Preguntas Respuestas
1.-
SI
NO
NS-NC
2.- ¿Realizo trabajos para una empresa o entidad no residente en España?
3.-
4.- ¿Mi trabajo redunda en beneficio de la entidad no residente?
Puestos de Dirección
Técnico (Ej.: Ingeniero, etc.)
Comercial
5.- Puesto de trabajo que desempeño:
Otros
6.-
7.- Supuestos de vinculación en relación con la empresa situada fuera de España:
7.1.- Relación trabajador-empresa situada no residente
Soy socio
Soy consejero o administrador
7.2.- Relación entre empresa española y no residente
Ns/Nc
8.- La empresa no residente está situada en:
8.1.- Paraiso Fiscal
8.2.- País con CDI
9.- Salario bruto anual
10.-Número de días trabajados para empresa no residente
Pulse Intro
Ns/Nc
País con CDI Paraíso fiscal
Alemania No es un paraiso fiscal
Arabia Saudí Anguilla
Argelia Antigua y Barbuda
Argentina Antillas Neerlandesas
Armenia Aruba
Australia Barbados
Austria Bermuda
Barbados Emirato del Estado de Bahrein
Bélgica Emiratos Arabes Unidos
Bolivia Fiji
Bosnia y Herzegovina Gibraltar
Brasil Gran Ducado de Luxemburgo
Bulgaria Granada
Canadá Hong-Kong
Chequia Isla de Man
Chile Islas Caimanes
China Islas Cook
Colombia Islas de Guernesey y de Jersey (Islas del Canal)
Corea del Sur Islas Malvinas
Costa Rica Islas Marianas
Croacia Islas Salomón
Cuba Islas Turks y Caicos
Dinamarca Islas Vírgenes Británicas
Ecuador Islas Vírgenes de Estados Unidos de América
Egipto Jamaica
El Salvador Las Bahamas
Emiratos Árabes Unidos Macao
Eslovaquia Mauricio
Eslovenia Monserrat
Estados de la antigua URSS (excepto Rusia) Principado de Andorra
Estados Unidos Principado de Liechtenstein
Estonia Principado de Mónaco
Federación Rusa Reino Hachemita de Jordania
Filipinas República de Chipre
Finlandia República de Dominica
Francia República de Liberia
Georgia República de Malta
Grecia República de Naurú
Holanda República de Panamá
Hungría República de San Marino
India República de Seychelles
Indonesia República de Singapur
Irán República de Trinidad y Tobago
Irlanda República de Vanuatu
Islandia República Libanesa
Israel San Vicente y Las Granadinas
Italia Santa Lucía
Jamaica Sultanato de Brunei
Japón Sultanato de Omán
Kazajstán
Letonia
Lituania
Luxemburgo
Macedonia
Malasia
Malta
Marruecos
México
Moldavia
Noruega
Nueva Zelanda
Pakistan
Panamá
Polonia
Portugal
Reino Unido
Rumanía
Serbia
Singapur
Sudáfrica
Suecia
Suiza
Tailandia
Trinidad y Tobago
Túnez
Turquía
Uruguay
Venezuela
Vietnam
¿Soy empleado de una empresa residente en España?
(las rentas obtenidas tienen consideración de rendimientos del trabajo en el IRPF)
¿La realización de mi trabajo para la empresa no residente se realiza en el
extranjero?
(existe desplazamiento fuera del territorio español aunque sea temporal)
¿Tengo la condición de trabajador transfronterizo?
(tengo mi vivienda habitual en Francia pero trabajo en Gipuzkoa)
Soy el cónyuge/pareja de hecho, o
mantengo una relación de
parentesco o afinidad con alguno
de los socios, consejeros o
administradores de la empresa
situada Soy so ceino edl ee xturannaj esroociedad que
pertenece al mismo Grupo
Ninguno de los supuestos
anteriores
Pertenece a un mismo grupo
sEosctáie tpaariroticipada por al menos en
uEns 2u5n% e sptoarb llae ceimmipernetsoa p Eesrmpaañnoelante
de una entidad residente en
territorio español
Forma parte de un grupo que
tributa en el régimen de los grupos
de sociedades cooperativas.
Ninguno de los supuestos
anteriores