Este documento describe la obligación de informar sobre bienes y derechos situados en el extranjero establecida en la Disposición Adicional 18a de la Ley General Tributaria. Se debe informar sobre cuentas bancarias, valores, seguros, rentas y bienes inmuebles situados fuera de España. El Real Decreto 1558/2012 desarrolla los detalles de esta obligación de información.