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EDITORIAL:                                           PROCEDIMIENTO PARA EL CÁLCULO Y PAGO DE LA
El Salario Digno apareció como concepto              COMPENSACIÓN ECONÓMICA DEL SALARIO DIGNO
en el año 2008 con la aprobación de
                                             El Ministerio de Relaciones Laborales mediante Acuerdo Ministerial No. 005,
nuestra Constitución vigente. Esta
                                             estableció el “Procedimiento para el Cálculo, Pago y Control de Cumplimiento
innovación se desarrolló legalmente a
                                             de la Compensación Económica para el Salario Digno”, para cumplir con este
través del Código de la Producción,
                                             propósito fijó el Salario Digno para el año 2011 en USD$ 350,70 dólares.
Comercio e Inversiones.
                                                Compensación económica.-
Los componentes del Salario Digno            La Compensación Económica para            Se entiende como “utilidades” la que
según se estipulan en el Código de la        alcanzar el Salario Digno -SD- es el      resulta de restar de la utilidad contable
Producción, incluyen elementos que           valor en dinero que reconocen los         (Casillero 801 del Formulario 101 y
históricamente no se consideran parte de     empleadores     a   favor    de    sus    102 de la Declaración de Impuesto a la
la remuneración, como: décimos, fondos       trabajadores cuando en el año 2011        renta) los siguientes rubros:
de reserva y utilidades. De esta forma, a    estos no han recibido un valor igual o
través del Salario Digno se logra            superior a los USD$ 350,70 dólares
transparentar al menos parcialmente el       mensuales.                                a) La participación de utilidades a
volumen de ingresos de los trabajadores,                                                  trabajadores, (Casillero 803 del
que es claro, excede el monto del sueldo     Para determinar si un trabajador             Formulario 101 y 102 de la
o salario.                                   recibió el SD durante el año 2011 se         Declaración de Impuesto a la
                                             debe sumar los siguientes rubros:            Renta)
El mismo cuerpo legal creó un                                                          b) El impuesto a la renta causado
mecanismo de cálculo basado en la            a) Sueldos o salarios del año 2011,          (Casillero 839 del Formulario 101
división del valor de la canasta básica         sin incluir horas suplementarias o        y 102 de la Declaración de
familiar para el número de perceptores          extraordinarias (Art. 81 CT)              Impuesto a la Renta) o el anticipo
por familia, que variará anualmente en       b) Decimatercera remuneración del            de impuesto a la renta (Casillero
función de estos dos factores.                  año 2011, (período del 1 de               841 del Formulario 101 y 102 de la
                                                diciembre del 2010 al 30 de               Declaración de Impuesto a la
                                                noviembre del 2011)                       Renta), el que fuere mayor
En esta línea, el Ministerio de
                                             c) Decimacuarta remuneración del          c) Reserva legal.
Relaciones     Laborales,     acordó     a
                                                año 2011, (período: Región Costa e
principios de este año la cifra definitiva
                                                Insular, del 01-03-2010 al 28-02-
que deberá considerarse como Salario
                                                2011; Región Sierra y Oriente, del     No todos los empleadores están
Digno 2011. Valor que a su vez servirá
                                                01-08-2010 al 31-07-2011)              obligados       a      reconocer  ésta
como referencia cierta para todos los
                                             d) Fondos de reserva del año 2011         compensación, sino solo aquellas
empleadores      para     constatar     el
                                             e) Comisiones variables pagadas en el     sociedades o personas naturales
cumplimiento del pago de este salario, o
                                                año 2011                               obligadas a llevar contabilidad, que
bien, la obligatoriedad de compensar a
                                             f) Participación de utilidades a          hubieren generado utilidades en el
sus trabajadores por este rubro.
                                                trabajadores del ejercicio fiscal      ejercicio económico 2011 o que
                                                2010 pagadas en el 2011                hubieren pagado anticipo al impuesto a
                                             g) Beneficios adicionales en dinero       la renta inferior a la utilidad.
                                                del año 2011

                                             El resultado de esta suma se debe         Para aquellos trabajadores que no
         Dr. Pablo Dávila Jaramillo
                                             restar de la cantidad de USD$ 4208,4      laboraron el año completo o que
          Presidente Ejecutivo
                                             dólares, que es el valor que se obtiene   mantienen contratos de jornada
           Ec. Bernardo Acosta               de multiplicar el SD 2011 por 12          parcial, el pago será proporcional al
        Vicepresidente Ejecutivo             meses; si existe una diferencia a favor   tiempo efectivamente laborado.
                                             del trabajador el empleador debe
        DIRECCIÓN JURÍDICA
                                             compensar la diferencia tomando de
          Dr. Pablo Zambrano A.              sus utilidades.                       El período de cálculo del SD es del 1
            Director Jurídico                                                      de enero al 31 de diciembre de 2011 y
                                             Si las utilidades del empleador no se pagará a los trabajadores que sean
         Dra. Viviana Andrade N.             alcanzan para cubrir la compensación, acreedores a la compensación hasta el
          Ab. Ciro Pazmiño Z.                se deberá repartir de forma 31 de marzo de 2012.
         Ab. Patricio Quevedo V.             proporcional.
           Asesores Jurídicos
                                                                            www.cip.org.ec                                   1
BOLETÍN JURÍDICO No. 010
                         Marzo 2012
                                                    PAGO DE LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA DEL SALARIO DIGNO


     Sanciones                                                     Control del Cumplimiento
Cuando el Ministerio de Relaciones Laborales                    Los empleadores al momento de registrar el Informe
identifique que un empleador no realizó el pago de la           Empresarial sobre participación de utilidades 2011, en la
compensación económica para alcanzar el salario digno,          página Web del Ministerio, deberán completar además, la
cumpliendo con las disposiciones señaladas en el                información de aquellos trabajadores que tienen derecho
Acuerdo No. 005, el Código de la Producción, Comercio           recibir la compensación económica por no haber alcanzado
e Inversiones, sancionará al infractor con un valor igual       el Salario Digno.
al 25% de la compensación económica no pagada a favor
de sus trabajadores, además deberá realizar el pago de la       El reporte que se genere en el sistema del Ministerio, debe
compensación adeuda a los trabajadores.                         ser firmado por los trabajadores que recibieron el pago,
                                                                para ser legalizado conjuntamente con el Informe
                                                                Empresarial de Utilidades, conforme al cronograma que
                                                                señale el Ministerio.

                                                                Para el caso de ex trabajadores, este monto se deberá
                                                                consignar en el Ministerio, a ordenes del Director
                                                                Regional del Trabajo, hasta el 30 de abril del 2012. El
                                                                Ministerio publicara en su portal Web las empresas que
                                                                realizaron la consignación, con la finalidad de que los ex
                                                                trabajadores procedan al cobro de dicho beneficio.




                       • Consulta
Cálculo Horas Extras




                       • La Cámara consultó al Ministerio de Relaciones Laborales si: ¿El cálculo del valor hora
                         diurno se realiza considerando todos los días del mes que paga el empleador, es decir, la
                         remuneración del trabajador dividida para 240 horas por mes?

                       • Recibiendo mediante Oficio No. 00341DRTSPQ-2012-MRL de fecha 6 de febrero de
                         2012, de la Dirección Regional del Trabajo y Servicio Público de Quito, la siguiente
                         respuesta:
Novedades :




                       • “En relación a la consulta formulada, la normativa jurídica expuesta, se considera que
                         la determinación del valor hora de trabajo se efectuará dividiendo la remuneración
                         básica unificada … … para 240 horas de labor mensual, considerando precisamente que
                         los días de descanso semanal obligatorio sábados, domingos y feriados son pagados
                         como remuneración integra en armonía con lo dispuesto en el Art. 53 del cuerpo legal
                         mencionado.




                                                       www.cip.org.ec                                                         2

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Boletin Jurídico Marzo 2012

  • 1. EDITORIAL: PROCEDIMIENTO PARA EL CÁLCULO Y PAGO DE LA El Salario Digno apareció como concepto COMPENSACIÓN ECONÓMICA DEL SALARIO DIGNO en el año 2008 con la aprobación de El Ministerio de Relaciones Laborales mediante Acuerdo Ministerial No. 005, nuestra Constitución vigente. Esta estableció el “Procedimiento para el Cálculo, Pago y Control de Cumplimiento innovación se desarrolló legalmente a de la Compensación Económica para el Salario Digno”, para cumplir con este través del Código de la Producción, propósito fijó el Salario Digno para el año 2011 en USD$ 350,70 dólares. Comercio e Inversiones. Compensación económica.- Los componentes del Salario Digno La Compensación Económica para Se entiende como “utilidades” la que según se estipulan en el Código de la alcanzar el Salario Digno -SD- es el resulta de restar de la utilidad contable Producción, incluyen elementos que valor en dinero que reconocen los (Casillero 801 del Formulario 101 y históricamente no se consideran parte de empleadores a favor de sus 102 de la Declaración de Impuesto a la la remuneración, como: décimos, fondos trabajadores cuando en el año 2011 renta) los siguientes rubros: de reserva y utilidades. De esta forma, a estos no han recibido un valor igual o través del Salario Digno se logra superior a los USD$ 350,70 dólares transparentar al menos parcialmente el mensuales. a) La participación de utilidades a volumen de ingresos de los trabajadores, trabajadores, (Casillero 803 del que es claro, excede el monto del sueldo Para determinar si un trabajador Formulario 101 y 102 de la o salario. recibió el SD durante el año 2011 se Declaración de Impuesto a la debe sumar los siguientes rubros: Renta) El mismo cuerpo legal creó un b) El impuesto a la renta causado mecanismo de cálculo basado en la a) Sueldos o salarios del año 2011, (Casillero 839 del Formulario 101 división del valor de la canasta básica sin incluir horas suplementarias o y 102 de la Declaración de familiar para el número de perceptores extraordinarias (Art. 81 CT) Impuesto a la Renta) o el anticipo por familia, que variará anualmente en b) Decimatercera remuneración del de impuesto a la renta (Casillero función de estos dos factores. año 2011, (período del 1 de 841 del Formulario 101 y 102 de la diciembre del 2010 al 30 de Declaración de Impuesto a la noviembre del 2011) Renta), el que fuere mayor En esta línea, el Ministerio de c) Decimacuarta remuneración del c) Reserva legal. Relaciones Laborales, acordó a año 2011, (período: Región Costa e principios de este año la cifra definitiva Insular, del 01-03-2010 al 28-02- que deberá considerarse como Salario 2011; Región Sierra y Oriente, del No todos los empleadores están Digno 2011. Valor que a su vez servirá 01-08-2010 al 31-07-2011) obligados a reconocer ésta como referencia cierta para todos los d) Fondos de reserva del año 2011 compensación, sino solo aquellas empleadores para constatar el e) Comisiones variables pagadas en el sociedades o personas naturales cumplimiento del pago de este salario, o año 2011 obligadas a llevar contabilidad, que bien, la obligatoriedad de compensar a f) Participación de utilidades a hubieren generado utilidades en el sus trabajadores por este rubro. trabajadores del ejercicio fiscal ejercicio económico 2011 o que 2010 pagadas en el 2011 hubieren pagado anticipo al impuesto a g) Beneficios adicionales en dinero la renta inferior a la utilidad. del año 2011 El resultado de esta suma se debe Para aquellos trabajadores que no Dr. Pablo Dávila Jaramillo restar de la cantidad de USD$ 4208,4 laboraron el año completo o que Presidente Ejecutivo dólares, que es el valor que se obtiene mantienen contratos de jornada Ec. Bernardo Acosta de multiplicar el SD 2011 por 12 parcial, el pago será proporcional al Vicepresidente Ejecutivo meses; si existe una diferencia a favor tiempo efectivamente laborado. del trabajador el empleador debe DIRECCIÓN JURÍDICA compensar la diferencia tomando de Dr. Pablo Zambrano A. sus utilidades. El período de cálculo del SD es del 1 Director Jurídico de enero al 31 de diciembre de 2011 y Si las utilidades del empleador no se pagará a los trabajadores que sean Dra. Viviana Andrade N. alcanzan para cubrir la compensación, acreedores a la compensación hasta el Ab. Ciro Pazmiño Z. se deberá repartir de forma 31 de marzo de 2012. Ab. Patricio Quevedo V. proporcional. Asesores Jurídicos www.cip.org.ec 1
  • 2. BOLETÍN JURÍDICO No. 010 Marzo 2012 PAGO DE LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA DEL SALARIO DIGNO Sanciones Control del Cumplimiento Cuando el Ministerio de Relaciones Laborales Los empleadores al momento de registrar el Informe identifique que un empleador no realizó el pago de la Empresarial sobre participación de utilidades 2011, en la compensación económica para alcanzar el salario digno, página Web del Ministerio, deberán completar además, la cumpliendo con las disposiciones señaladas en el información de aquellos trabajadores que tienen derecho Acuerdo No. 005, el Código de la Producción, Comercio recibir la compensación económica por no haber alcanzado e Inversiones, sancionará al infractor con un valor igual el Salario Digno. al 25% de la compensación económica no pagada a favor de sus trabajadores, además deberá realizar el pago de la El reporte que se genere en el sistema del Ministerio, debe compensación adeuda a los trabajadores. ser firmado por los trabajadores que recibieron el pago, para ser legalizado conjuntamente con el Informe Empresarial de Utilidades, conforme al cronograma que señale el Ministerio. Para el caso de ex trabajadores, este monto se deberá consignar en el Ministerio, a ordenes del Director Regional del Trabajo, hasta el 30 de abril del 2012. El Ministerio publicara en su portal Web las empresas que realizaron la consignación, con la finalidad de que los ex trabajadores procedan al cobro de dicho beneficio. • Consulta Cálculo Horas Extras • La Cámara consultó al Ministerio de Relaciones Laborales si: ¿El cálculo del valor hora diurno se realiza considerando todos los días del mes que paga el empleador, es decir, la remuneración del trabajador dividida para 240 horas por mes? • Recibiendo mediante Oficio No. 00341DRTSPQ-2012-MRL de fecha 6 de febrero de 2012, de la Dirección Regional del Trabajo y Servicio Público de Quito, la siguiente respuesta: Novedades : • “En relación a la consulta formulada, la normativa jurídica expuesta, se considera que la determinación del valor hora de trabajo se efectuará dividiendo la remuneración básica unificada … … para 240 horas de labor mensual, considerando precisamente que los días de descanso semanal obligatorio sábados, domingos y feriados son pagados como remuneración integra en armonía con lo dispuesto en el Art. 53 del cuerpo legal mencionado. www.cip.org.ec 2