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Contratación 2012                                 * El contrato de trabajo podrá ser verbal o escrito.
                                       3. Contrato de trabajo
                                                                  * Se comunicará al Servicio Público de Empleo en el plazo de los diez días siguientes a su concertación, el contenido de los contratos
    CONTRATOS                          por tiempo indefinido
                                                                  y sus prorrogas, deban o no formalizarse por escrito.
    INDEFINIDOS                               ordinario

Otras características:                                            Fomento de la contratación indefinida y fomentar la iniciativa empresarial.
* Adquirirán la condición de                                      Requisito contrato:                                                                                                  (Se comunicará al Servicio
trabajadores fijos, cualquiera que                                Público de Empleo en el plazo de los diez días siguientes a su concertación).                        un año.
haya sido la modalidad de su                                      Requisitos de la empresa:
contratación, los que no hubieran                                    Para empresas que tengan menos de 50 trabajadores en el momento de producirse la contratación.
sido dados de alta en la Seguridad                                   No podrá concertar este contrato la empresa que en los seis meses anteriores a la celebración del contrato hubiera realizado extinciones de
Social una vez transcurrido un                                    contratos de trabajo por causas objetivas declaradas improcedente por sentencia judicial o hubiera procedido a un despido colectivo. En
plazo igual al que legalmente se
                                                                  ambos supuestos, la limitación afectará a las extinciones producidas con posterioridad a la entrada en vigor de esta ley (12 de febrero).
hubiera podido fijar para el
                                                                     Debe mantenerse el empleo del trabajador contratado al menos 3 años desde la fecha del inicio de la relación laboral , en caso de
periodo de prueba.
* Se presumirán por tiempo
                                                                  incumplimiento de esta obligación se procederá al reintegro de los incentivos aplicados.
indefinido los contratos                                             No se considera incumplimiento el despido declarado o reconocido procedente, la dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente
temporales celebrados en fraude                                   total o absoluta o gran invalidez del trabajador.
de ley.                                                           INCENTIVOS
* En caso de extinción de la                                      1. Fiscales:
relación laboral por despido                                      A) Primer trabajador contratado por la empresa, menor de 30 años, la empresa tendrá derecho a una deducción fiscal de 3.000 euros.
                                       4. Contrato de trabajo     B) En caso de contratar a un desempleado perceptor de prestación contributiva, derecho a una deducción fiscal con un importe equivalente al
reconocido o declarado
improcedente, el trabajador tendrá    indefinido de apoyo a los   50% de la prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación, con el límite de 12
derecho a una indemnización                emprendedores          mensualidades y de acuerdo con:
consistente en 33 días por año de                                 - El trabajador deberá haber percibido la prestación, al menos 3 meses.
servicio, prorrateándose por meses                                - El importe de la deducción a que tiene derecho quedará fijado en la fecha de inicio de la relación laboral y no se modificará.
los períodos de tiempo inferiores a                               - La empresa requerirá al trabajador un certificado del Servicio Público de Empleo Estatal sobre el importe de prestación pendiente de
un año hasta un máximo de 24                                      percibir.
mensualidades. Cuando se trate de                                 - El trabajador podrá compatibilizar, voluntariamente, junto con el salario, el 25% de la cuantía de la prestación que tuviera pendiente de
un despido improcedente de un                                     percibir en el momento de la contratación.
contrato formalizado con                                          2. Bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social, durante 3 años para trabajadores inscritos en la Oficina de Empleo:
anterioridad a la entrada en vigor                                JÓVENES: Entre 16 y 30 años ambos inclusive. Cuantías: Primer año: 83,33 euros/mes (1.000 euros/año). Segundo año: 91,67 euros/mes
del Real Decreto Ley 3/2012, de
                                                                  (1.100 euros/año). Tercer año: 100 euros/mes (1.200 euros/año).
10 de febrero se calculará a razón
                                                                  Cuando se concierte el contrato con una mujer en sectores que este menos representada, las cuantías se incrementaran 108,33 euros/mes
de 45 días de salario por año de
servicio por el tiempo de                                         (1.300 euros/año).
prestación de servicios anterior a                                MAYORES 45 AÑOS: que hayan estado inscritos en la Oficina de empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la
dicha fecha de entrada en vigor, y                                contratación. Cuantías: 108,33 euros/mes (1.300 euros/año). Cuando se concierte el contrato con una mujer en sectores que este menos
a razón de 33 días de salario por                                 representada, la cuantía se incrementarán 125 euros/mes( 1500 euros/año).
año de servicio por el tiempo de                                  Estas bonificaciones serán compatibles con otras ayudas públicas previstas para la misma finalidad sin que la suma de bonificaciones
prestación de servicios posterior.                                aplicables pueda superar el 100 por 100 de la cuota empresarial a la Seguridad Social.
El importe indemnizatorio no
podrá ser superior a 720 días de
salario, salvo que el cálculo de la
indemnización por el periodo              Fomento de la           Están vigentes los contratos de fomento de la contratación indefinida hasta su extinción, que fueron concertados con colectivos
anterior a la entrada en vigor del    contratación indefinida     especificados en la legislación correspondiente, afectados por el desempleo y la inestabilidad laboral. La indemnización por despido
Real decreto Ley 3/2012, resultase
                                                                  improcedente se calculará según el régimen transitorio establecido.
un número de días superior, en
cuyo caso se aplicará este como
importe máximo, sin que dicho
importe puedas ser superior a 42
mensualidades en ningún caso.
* El contrato tiene por objeto la realización de obras o servicios con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el
                   Contratación 2012                          tiempo, es en principio de duración incierta, no pudiendo tener una duración superior a tres años. Los Convenios Colectivos podrán identificar aquellos trabajos o tareas con
                                                              sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con contratos de esta naturaleza. El contrato, y en su caso las prórrogas, se comunicarán al
                                                              Servicio Público de Empleo en los diez días siguientes a su concertación. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el
                                          25. Contrato        carácter de la contratación.
                                           de obra o          Jornada y duración: Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial. Será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. Si el contrato fijara una
                                            servicio          duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orientativo en función de lo establecido anteriormente, no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en
                                          determinado         doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores
                                                              adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa.
                                                              Indemnización: A la finalización del contrato, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización, hasta el 31 de diciembre de 2012, de cuantía equivalente a la parte
                                                              proporcional de la cantidad que resultaría de abonar nueve días de salario por cada año de servicio. Esta cantidad se incrementará anualmente en un día, hasta el 1 de enero de
                                                              2015, en que quedara fijada en doce días, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.
                                                                 Se concierta para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.
                    CONTRATOS             27. Contrato           Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial. Se formalizarán por escrito cuando su duración exceda de cuatro semanas y en aquellos casos que se concierte a tiempo
                        DE                eventual por        parcial.
                     DURACIÓN            circunstancias       Jornada y duración: La duración máxima de este contrato será de seis meses dentro de un período de doce meses. Los convenios colectivos no podrán establecer un período de
                   DETERMINADA                                referencia que exceda de dieciocho meses ni una duración máxima del contrato que exceda de las tres cuartas partes de dicho período de referencia, no siendo superior a doce
                                              de la
                                                              meses. En caso de que el contrato eventual se concierte por un plazo inferior a la duración máxima legal o convencionalmente establecida, podrá prorrogarse mediante acuerdo de
                                          producción.         las partes, por una única vez, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicha duración máxima.
CONTRATOS                                                     Indemnización: A la finalización del contrato, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización, de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría
TEMPORALES                                                    de abonar nueve días de salario por cada año de servicio, hasta el 31 de diciembre de 2012, que se incrementará anualmente en un día hasta el 1 de enero de 2015 que consistirá en
                                                              12 días.
                                                          Tiene por objeto sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo, en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual, o para cubrir temporalmente un puesto
CONVERSIÓN                                                de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva. El contrato y, en su caso, las prórrogas se comunicarán al Servicio Público de Empleo en los diez
    EN                                                    días siguientes a su concertación. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación.
INDEFINIDOS                                               Jornada y duración: Deberá celebrarse a jornada completa excepto en dos supuestos que contempla la ley.
                                                          La duración será por el tiempo en que el trabajador sustituido tenga suspendido el contrato de trabajo y subsista el derecho de reserva de su puesto; y cuando se trate de cubrir un puesto
       Los                              29. Contrato      de trabajo, lo que tarde en realizarse el proceso de selección o promoción sin que sea superior a 3 meses.
celebrados por                         de Interinidad     CONTRATO DE INTERINIDAD QUE SE CELEBRE PARA SUSTITUIR AL TRABAJADOR QUE ESTÉ EN SITUACIÓN DE EXCEDENCIA POR CUIDADO DE
    un plazo                                              FAMILIARES, CON REDUCCIÓN DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL (Contingencias Comunes)
 superior a 24                                            a) 95% durante el primer año de excedencia del trabajador que se sustituye.
  meses en un                                             b) 60% durante el segundo año de excedencia del trabajador que se sustituye.
periodo de 30
                                                          c) 50% durante el tercer año de excedencia del trabajador que se sustituye.
   meses, si se
                                                          CONTRATO PARA SUSTITUIR A TRABAJADORAS DURANTE EL PERIODO DE MATERNIDAD, RIESGO DE EMBARAZO Y ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO
   cumple: El
 trabajador ha                                            100% de las cuotas empresariales (por accidente de trabajo y enfermedades profesionales, y la aportación de las cuotas conjuntas).
      estado                                            Objeto: la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del
contratado en
                                                        sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
    la misma
empresa, en el
                                                           Se podrá celebrar con trabajadores mayores de 16 años y menores de 25 (podrán celebrarse con menores de treinta años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%) que
   mismo o en                                           carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas.
                             19. Contrato                  El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad.
      puesto
   diferente y
                                para la                 La duración mínima del contrato será de un año y la máxima de tres años, si bien mediante convenio colectivo podrá establecerse distintas duraciones del contrato, sin que la duración
 que se hayan     CONTRATOS formación y el              mínima pueda ser inferior a seis meses ni máxima de tres años. Expirada la duración máxima del contrato para la formación y el aprendizaje, el trabajador no podrá ser contratado bajo
celebrado dos     FORMATIVOS aprendizaje                esta modalidad por la misma o distinta empresa para la misma actividad laboral u ocupación objeto de la cualificación profesional asociada al contrato, pero si para una distinta.
      o más                                             El tiempo de trabajo efectivo, que podrá hacerse compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85%, durante el
    contratos                                           segundo y tercer año de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, de la jornada máxima legal. El resto del tiempo se dedicará a actividades formativas. Los
 temporales…                                            trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el art. 35.3 E.T., ni trabajos nocturnos ni trabajo a turnos.
   Excluidos:                                           La retribución, la fijada por el convenio. No inferior al SMI, en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Contratos de
  interinidad,                    23. Contrato      El contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieren en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente
        los                       en prácticas      reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica
 formativos y                                       5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional. Que no hayan transcurrido más de cinco años, o de siete cuando el
  el de relevo                                      contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, desde la terminación de los estudios. Deberá formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación del trabajador, la
                                                    duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar durante las prácticas. Deberá comunicarse al Servicio Público de Empleo en el plazo de los diez días siguientes a su concertación,
                                                    al igual que las prórrogas del mismo. No podrá ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años; dentro de estos límites, los Convenios Colectivos de ámbito sectorial podrán determinar la
                                                    duración del contrato. Si el contrato en prácticas se hubiera concertado por tiempo inferior a dos años, se podrán acordar hasta dos prórrogas, con una duración mínima de seis meses.
                                                    El periodo de prueba no podrá ser superior a 1 mes para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado medio o de certificado de
                                                    profesionalidad de nivel 1 ó 2, ni a 2 meses para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado superior o de certificado de profesionalidad
                                                    de nivel 3. Salario según convenio. No inferior al 60% el primer año, y al 75% el segundo año, al de un trabajador de igual categoría.
                                                    salvo lo dispuesto en convenio colectivo.
El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a
            Contratación 2012    la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable.
                                 Se entenderá por trabajador a tiempo completo comparable un trabajador a tiempo completo de la misma empresa y centro de trabajo, con el mismo tipo de contrato de trabajo y que realice
                                 un trabajo idéntico o similar. Si en la empresa no hubiera ningún trabajador comparable a tiempo completo, se considerará la jornada a tiempo completo prevista en el convenio colectivo
                                 de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal.
                                 El contrato se deberá formalizar necesariamente por escrito, en el modelo que se establezca. En el contrato deberán figurar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al
                                 mes o al año contratadas y su distribución. Se comunicará al Servicio Público de Empleo en los diez días siguientes a su concertación.
                  37. Contrato
CONTRATOS                        Puede concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada; en este último caso se podrá acoger a cualquier modalidad contractual, a excepción del contrato de formación y de
                  de trabajo a
 A TIEMPO                        sustitución por jubilación anticipada.
                  tiempo parcial
 PARCIAL                         Se pactará por una duración determinada en los supuestos en los que legalmente se permita la utilización de esta modalidad.
                                 Por tiempo indefinido: Cuando se concierte para realizar trabajos fijos y periódicos dentro del volumen normal de la actividad de la empresa.
                                 En los contratos a tiempo parcial indefinidos se podrá pactar la realización de horas complementarias y puede cancelarse mediante preaviso del trabajador de 15 días una vez cumplido 1
                                 año desde su celebración. Estas horas se añadirá a las horas ordinarias estipuladas en el contrato o en convenio y se podrán realizar si existe pacto por escrito. El nº máximo no podrá
                                 exceder del 15% de las horas ordinarias del trabajo objeto del contrato. Por convenio colectivo se puede establecer como máximo del 60% de las horas ordinarias. La retribución de estas
                                 horas será igual que las de las horas ordinarias. Para la realización de estas horas se comunicará al trabajador con preaviso de 7 días.
                                 Modalidad 40. CONTRATO DE TRABAJO FIJO-DISCONTINUO (épocas de recogida de productos agrarios, todos los años, variando solamente la fecha de inicio y finalización de
                                 la actividad en función de las necesidades de la temporada.
                                 La retribución es proporcional al tiempo trabajado.
                                 Este tipo de contrato se concierta con un trabajador, inscrito como desempleado en la correspondiente Oficina de Empleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración
                 41. Contrato    determinada, para sustituir al trabajador de la empresa que accede a la jubilación parcial. Se celebrará simultáneamente con el contrato a tiempo parcial que se pacte con este último.
                 de trabajo de   La jornada puede ser a tiempo completo o parcial.
                 relevo          El trabajador prejubilado tiene que tener 61 años cumplidos, una antigüedad en la empresa de 6 años, anteriores a la fecha de jubilación, y acreditar un período de cotización de 30 años.
                                 La duración puede ser indefinida o como mínimo igual al tiempo que le falta al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación (máximo 5 años).
                                 Llegada la jubilación total del trabajador que causó la celebración del contrato de relevo, si éste se ha hecho en el modelo oficial y es anterior al 18 de junio de 2010, corresponderá una
                                 indemnización de 8 días de salario por año trabajado, si es posterior serán 12 días por año.
                62. Contrato de
                trabajo de       Este contrato tiene por objeto la contratación de trabajadores desempleados en sustitución de trabajadores que anticipen su edad ordinaria de jubilación de 65años, a 64 años. Hacer
                sustitución por constar en el contrato el nombre del trabajador que se sustituye. Habrá de formalizarse por escrito. Se comunicará en el plazo de los diez días siguientes a su concertación al Servicio
                anticipación de Público de Empleo correspondiente, donde quedará depositado un ejemplar; otra copia del contrato será entregada al trabajador que se jubile, para que lo presente en la entidad gestora a
   OTRAS        la edad de       la que corresponda el reconocimiento del derecho a la pensión de jubilación.
MODALIDADES     jubilación       Duración: Como mínimo de un año. Si durante la vigencia del contrato se produce el cese del trabajador, la empresa queda obligada a sustituirlo en el plazo de quince días.
     DE
CONTRATACIÓN                       Tendrá la consideración de trabajo a distancia aquél en que la prestación de la actividad laboral se realice de manera preponderantemente en el domicilio del trabajador o en el lugar
                66. Contrato
                de trabajo a       libremente elegido por éste, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa. Se formalizará por escrito.
                distancia          Los trabajadores a distancia tendrán los mismos derechos que los que prestan servicios en el centro de trabajo de la empresa. En especial tendrán derecho a percibir como mínimo, la
                                   retribución total establecida conforme a su grupo profesional y funciones.
                                   Su duración podrá ser indefinida o determinada.
                                   Podrán ejercer los derechos de representación colectiva conforme a la presente Ley, teniendo que estar adscritos a un centro de trabajo concreto de la empresa.

               67. Contrato            El contrato podrá ser verbal o escrito.
               de trabajo de           El contrato se comunicará al Servicio Público de Empleo en el plazo de diez días y se comunicará su celebración en el mismo plazo si es verbal.
               grupo                   Su duración podrá ser indefinida o determinada.
                                     Se considera trabajo de grupo cuando el empresario celebra un contrato con un grupo de trabajadores considerados en su totalidad. Existe la figura del jefe de grupo, que responderá del
                                     colectivo que represente, y el empresario tendrá derechos y obligaciones frente al grupo, no frente a cada componente del mismo.
               15. Contratos
               bonificados para
               trabajadores que
               tengan acreditada por       Personas que tengan acreditada por la Administración competente la condición de víctima de violencia de género o víctima de violencia doméstica por parte de algún miembro
               la Administración           de la unidad familiar de convivencia, sin que sea necesaria la condición de estar en desempleo.
               competente la               Podrán realizarse con carácter indefinido o temporal, a tiempo completo o parcial.
               condición de víctima        Tendrán derecho a bonificación de la cuota por contingencias comunes.
               de violencia de género
               o doméstica.

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Contratación 2012

  • 1. Contratación 2012 * El contrato de trabajo podrá ser verbal o escrito. 3. Contrato de trabajo * Se comunicará al Servicio Público de Empleo en el plazo de los diez días siguientes a su concertación, el contenido de los contratos CONTRATOS por tiempo indefinido y sus prorrogas, deban o no formalizarse por escrito. INDEFINIDOS ordinario Otras características: Fomento de la contratación indefinida y fomentar la iniciativa empresarial. * Adquirirán la condición de Requisito contrato: (Se comunicará al Servicio trabajadores fijos, cualquiera que Público de Empleo en el plazo de los diez días siguientes a su concertación). un año. haya sido la modalidad de su Requisitos de la empresa: contratación, los que no hubieran Para empresas que tengan menos de 50 trabajadores en el momento de producirse la contratación. sido dados de alta en la Seguridad No podrá concertar este contrato la empresa que en los seis meses anteriores a la celebración del contrato hubiera realizado extinciones de Social una vez transcurrido un contratos de trabajo por causas objetivas declaradas improcedente por sentencia judicial o hubiera procedido a un despido colectivo. En plazo igual al que legalmente se ambos supuestos, la limitación afectará a las extinciones producidas con posterioridad a la entrada en vigor de esta ley (12 de febrero). hubiera podido fijar para el Debe mantenerse el empleo del trabajador contratado al menos 3 años desde la fecha del inicio de la relación laboral , en caso de periodo de prueba. * Se presumirán por tiempo incumplimiento de esta obligación se procederá al reintegro de los incentivos aplicados. indefinido los contratos No se considera incumplimiento el despido declarado o reconocido procedente, la dimisión, muerte, jubilación o incapacidad permanente temporales celebrados en fraude total o absoluta o gran invalidez del trabajador. de ley. INCENTIVOS * En caso de extinción de la 1. Fiscales: relación laboral por despido A) Primer trabajador contratado por la empresa, menor de 30 años, la empresa tendrá derecho a una deducción fiscal de 3.000 euros. 4. Contrato de trabajo B) En caso de contratar a un desempleado perceptor de prestación contributiva, derecho a una deducción fiscal con un importe equivalente al reconocido o declarado improcedente, el trabajador tendrá indefinido de apoyo a los 50% de la prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación, con el límite de 12 derecho a una indemnización emprendedores mensualidades y de acuerdo con: consistente en 33 días por año de - El trabajador deberá haber percibido la prestación, al menos 3 meses. servicio, prorrateándose por meses - El importe de la deducción a que tiene derecho quedará fijado en la fecha de inicio de la relación laboral y no se modificará. los períodos de tiempo inferiores a - La empresa requerirá al trabajador un certificado del Servicio Público de Empleo Estatal sobre el importe de prestación pendiente de un año hasta un máximo de 24 percibir. mensualidades. Cuando se trate de - El trabajador podrá compatibilizar, voluntariamente, junto con el salario, el 25% de la cuantía de la prestación que tuviera pendiente de un despido improcedente de un percibir en el momento de la contratación. contrato formalizado con 2. Bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social, durante 3 años para trabajadores inscritos en la Oficina de Empleo: anterioridad a la entrada en vigor JÓVENES: Entre 16 y 30 años ambos inclusive. Cuantías: Primer año: 83,33 euros/mes (1.000 euros/año). Segundo año: 91,67 euros/mes del Real Decreto Ley 3/2012, de (1.100 euros/año). Tercer año: 100 euros/mes (1.200 euros/año). 10 de febrero se calculará a razón Cuando se concierte el contrato con una mujer en sectores que este menos representada, las cuantías se incrementaran 108,33 euros/mes de 45 días de salario por año de servicio por el tiempo de (1.300 euros/año). prestación de servicios anterior a MAYORES 45 AÑOS: que hayan estado inscritos en la Oficina de empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la dicha fecha de entrada en vigor, y contratación. Cuantías: 108,33 euros/mes (1.300 euros/año). Cuando se concierte el contrato con una mujer en sectores que este menos a razón de 33 días de salario por representada, la cuantía se incrementarán 125 euros/mes( 1500 euros/año). año de servicio por el tiempo de Estas bonificaciones serán compatibles con otras ayudas públicas previstas para la misma finalidad sin que la suma de bonificaciones prestación de servicios posterior. aplicables pueda superar el 100 por 100 de la cuota empresarial a la Seguridad Social. El importe indemnizatorio no podrá ser superior a 720 días de salario, salvo que el cálculo de la indemnización por el periodo Fomento de la Están vigentes los contratos de fomento de la contratación indefinida hasta su extinción, que fueron concertados con colectivos anterior a la entrada en vigor del contratación indefinida especificados en la legislación correspondiente, afectados por el desempleo y la inestabilidad laboral. La indemnización por despido Real decreto Ley 3/2012, resultase improcedente se calculará según el régimen transitorio establecido. un número de días superior, en cuyo caso se aplicará este como importe máximo, sin que dicho importe puedas ser superior a 42 mensualidades en ningún caso.
  • 2. * El contrato tiene por objeto la realización de obras o servicios con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa y cuya ejecución, aunque limitada en el Contratación 2012 tiempo, es en principio de duración incierta, no pudiendo tener una duración superior a tres años. Los Convenios Colectivos podrán identificar aquellos trabajos o tareas con sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con contratos de esta naturaleza. El contrato, y en su caso las prórrogas, se comunicarán al Servicio Público de Empleo en los diez días siguientes a su concertación. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el 25. Contrato carácter de la contratación. de obra o Jornada y duración: Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial. Será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. Si el contrato fijara una servicio duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orientativo en función de lo establecido anteriormente, no pudiendo superar los tres años de duración, ampliable en determinado doce meses más por Convenio Colectivo de ámbito sectorial estatal o en su defecto por convenios sectoriales de ámbito inferior. Transcurridos estos plazos, los trabajadores adquirirán la condición de trabajadores fijos de la empresa. Indemnización: A la finalización del contrato, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización, hasta el 31 de diciembre de 2012, de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar nueve días de salario por cada año de servicio. Esta cantidad se incrementará anualmente en un día, hasta el 1 de enero de 2015, en que quedara fijada en doce días, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación. Se concierta para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. CONTRATOS 27. Contrato Podrá concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial. Se formalizarán por escrito cuando su duración exceda de cuatro semanas y en aquellos casos que se concierte a tiempo DE eventual por parcial. DURACIÓN circunstancias Jornada y duración: La duración máxima de este contrato será de seis meses dentro de un período de doce meses. Los convenios colectivos no podrán establecer un período de DETERMINADA referencia que exceda de dieciocho meses ni una duración máxima del contrato que exceda de las tres cuartas partes de dicho período de referencia, no siendo superior a doce de la meses. En caso de que el contrato eventual se concierte por un plazo inferior a la duración máxima legal o convencionalmente establecida, podrá prorrogarse mediante acuerdo de producción. las partes, por una única vez, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicha duración máxima. CONTRATOS Indemnización: A la finalización del contrato, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización, de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría TEMPORALES de abonar nueve días de salario por cada año de servicio, hasta el 31 de diciembre de 2012, que se incrementará anualmente en un día hasta el 1 de enero de 2015 que consistirá en 12 días. Tiene por objeto sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo, en virtud de norma, convenio colectivo o acuerdo individual, o para cubrir temporalmente un puesto CONVERSIÓN de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva. El contrato y, en su caso, las prórrogas se comunicarán al Servicio Público de Empleo en los diez EN días siguientes a su concertación. El contrato deberá formalizarse siempre por escrito y deberá especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación. INDEFINIDOS Jornada y duración: Deberá celebrarse a jornada completa excepto en dos supuestos que contempla la ley. La duración será por el tiempo en que el trabajador sustituido tenga suspendido el contrato de trabajo y subsista el derecho de reserva de su puesto; y cuando se trate de cubrir un puesto Los 29. Contrato de trabajo, lo que tarde en realizarse el proceso de selección o promoción sin que sea superior a 3 meses. celebrados por de Interinidad CONTRATO DE INTERINIDAD QUE SE CELEBRE PARA SUSTITUIR AL TRABAJADOR QUE ESTÉ EN SITUACIÓN DE EXCEDENCIA POR CUIDADO DE un plazo FAMILIARES, CON REDUCCIÓN DE CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL (Contingencias Comunes) superior a 24 a) 95% durante el primer año de excedencia del trabajador que se sustituye. meses en un b) 60% durante el segundo año de excedencia del trabajador que se sustituye. periodo de 30 c) 50% durante el tercer año de excedencia del trabajador que se sustituye. meses, si se CONTRATO PARA SUSTITUIR A TRABAJADORAS DURANTE EL PERIODO DE MATERNIDAD, RIESGO DE EMBARAZO Y ADOPCIÓN O ACOGIMIENTO cumple: El trabajador ha 100% de las cuotas empresariales (por accidente de trabajo y enfermedades profesionales, y la aportación de las cuotas conjuntas). estado Objeto: la cualificación profesional de los trabajadores en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa recibida en el marco del contratado en sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo. la misma empresa, en el Se podrá celebrar con trabajadores mayores de 16 años y menores de 25 (podrán celebrarse con menores de treinta años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%) que mismo o en carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerida para concertar un contrato en prácticas. 19. Contrato El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. puesto diferente y para la La duración mínima del contrato será de un año y la máxima de tres años, si bien mediante convenio colectivo podrá establecerse distintas duraciones del contrato, sin que la duración que se hayan CONTRATOS formación y el mínima pueda ser inferior a seis meses ni máxima de tres años. Expirada la duración máxima del contrato para la formación y el aprendizaje, el trabajador no podrá ser contratado bajo celebrado dos FORMATIVOS aprendizaje esta modalidad por la misma o distinta empresa para la misma actividad laboral u ocupación objeto de la cualificación profesional asociada al contrato, pero si para una distinta. o más El tiempo de trabajo efectivo, que podrá hacerse compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85%, durante el contratos segundo y tercer año de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, de la jornada máxima legal. El resto del tiempo se dedicará a actividades formativas. Los temporales… trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el art. 35.3 E.T., ni trabajos nocturnos ni trabajo a turnos. Excluidos: La retribución, la fijada por el convenio. No inferior al SMI, en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Contratos de interinidad, 23. Contrato El contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieren en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente los en prácticas reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica formativos y 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional. Que no hayan transcurrido más de cinco años, o de siete cuando el el de relevo contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, desde la terminación de los estudios. Deberá formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar durante las prácticas. Deberá comunicarse al Servicio Público de Empleo en el plazo de los diez días siguientes a su concertación, al igual que las prórrogas del mismo. No podrá ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años; dentro de estos límites, los Convenios Colectivos de ámbito sectorial podrán determinar la duración del contrato. Si el contrato en prácticas se hubiera concertado por tiempo inferior a dos años, se podrán acordar hasta dos prórrogas, con una duración mínima de seis meses. El periodo de prueba no podrá ser superior a 1 mes para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado medio o de certificado de profesionalidad de nivel 1 ó 2, ni a 2 meses para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado superior o de certificado de profesionalidad de nivel 3. Salario según convenio. No inferior al 60% el primer año, y al 75% el segundo año, al de un trabajador de igual categoría. salvo lo dispuesto en convenio colectivo.
  • 3. El contrato de trabajo se entenderá celebrado a tiempo parcial cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año inferior a Contratación 2012 la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable. Se entenderá por trabajador a tiempo completo comparable un trabajador a tiempo completo de la misma empresa y centro de trabajo, con el mismo tipo de contrato de trabajo y que realice un trabajo idéntico o similar. Si en la empresa no hubiera ningún trabajador comparable a tiempo completo, se considerará la jornada a tiempo completo prevista en el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal. El contrato se deberá formalizar necesariamente por escrito, en el modelo que se establezca. En el contrato deberán figurar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución. Se comunicará al Servicio Público de Empleo en los diez días siguientes a su concertación. 37. Contrato CONTRATOS Puede concertarse por tiempo indefinido o por duración determinada; en este último caso se podrá acoger a cualquier modalidad contractual, a excepción del contrato de formación y de de trabajo a A TIEMPO sustitución por jubilación anticipada. tiempo parcial PARCIAL Se pactará por una duración determinada en los supuestos en los que legalmente se permita la utilización de esta modalidad. Por tiempo indefinido: Cuando se concierte para realizar trabajos fijos y periódicos dentro del volumen normal de la actividad de la empresa. En los contratos a tiempo parcial indefinidos se podrá pactar la realización de horas complementarias y puede cancelarse mediante preaviso del trabajador de 15 días una vez cumplido 1 año desde su celebración. Estas horas se añadirá a las horas ordinarias estipuladas en el contrato o en convenio y se podrán realizar si existe pacto por escrito. El nº máximo no podrá exceder del 15% de las horas ordinarias del trabajo objeto del contrato. Por convenio colectivo se puede establecer como máximo del 60% de las horas ordinarias. La retribución de estas horas será igual que las de las horas ordinarias. Para la realización de estas horas se comunicará al trabajador con preaviso de 7 días. Modalidad 40. CONTRATO DE TRABAJO FIJO-DISCONTINUO (épocas de recogida de productos agrarios, todos los años, variando solamente la fecha de inicio y finalización de la actividad en función de las necesidades de la temporada. La retribución es proporcional al tiempo trabajado. Este tipo de contrato se concierta con un trabajador, inscrito como desempleado en la correspondiente Oficina de Empleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración 41. Contrato determinada, para sustituir al trabajador de la empresa que accede a la jubilación parcial. Se celebrará simultáneamente con el contrato a tiempo parcial que se pacte con este último. de trabajo de La jornada puede ser a tiempo completo o parcial. relevo El trabajador prejubilado tiene que tener 61 años cumplidos, una antigüedad en la empresa de 6 años, anteriores a la fecha de jubilación, y acreditar un período de cotización de 30 años. La duración puede ser indefinida o como mínimo igual al tiempo que le falta al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación (máximo 5 años). Llegada la jubilación total del trabajador que causó la celebración del contrato de relevo, si éste se ha hecho en el modelo oficial y es anterior al 18 de junio de 2010, corresponderá una indemnización de 8 días de salario por año trabajado, si es posterior serán 12 días por año. 62. Contrato de trabajo de Este contrato tiene por objeto la contratación de trabajadores desempleados en sustitución de trabajadores que anticipen su edad ordinaria de jubilación de 65años, a 64 años. Hacer sustitución por constar en el contrato el nombre del trabajador que se sustituye. Habrá de formalizarse por escrito. Se comunicará en el plazo de los diez días siguientes a su concertación al Servicio anticipación de Público de Empleo correspondiente, donde quedará depositado un ejemplar; otra copia del contrato será entregada al trabajador que se jubile, para que lo presente en la entidad gestora a OTRAS la edad de la que corresponda el reconocimiento del derecho a la pensión de jubilación. MODALIDADES jubilación Duración: Como mínimo de un año. Si durante la vigencia del contrato se produce el cese del trabajador, la empresa queda obligada a sustituirlo en el plazo de quince días. DE CONTRATACIÓN Tendrá la consideración de trabajo a distancia aquél en que la prestación de la actividad laboral se realice de manera preponderantemente en el domicilio del trabajador o en el lugar 66. Contrato de trabajo a libremente elegido por éste, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa. Se formalizará por escrito. distancia Los trabajadores a distancia tendrán los mismos derechos que los que prestan servicios en el centro de trabajo de la empresa. En especial tendrán derecho a percibir como mínimo, la retribución total establecida conforme a su grupo profesional y funciones. Su duración podrá ser indefinida o determinada. Podrán ejercer los derechos de representación colectiva conforme a la presente Ley, teniendo que estar adscritos a un centro de trabajo concreto de la empresa. 67. Contrato El contrato podrá ser verbal o escrito. de trabajo de El contrato se comunicará al Servicio Público de Empleo en el plazo de diez días y se comunicará su celebración en el mismo plazo si es verbal. grupo Su duración podrá ser indefinida o determinada. Se considera trabajo de grupo cuando el empresario celebra un contrato con un grupo de trabajadores considerados en su totalidad. Existe la figura del jefe de grupo, que responderá del colectivo que represente, y el empresario tendrá derechos y obligaciones frente al grupo, no frente a cada componente del mismo. 15. Contratos bonificados para trabajadores que tengan acreditada por Personas que tengan acreditada por la Administración competente la condición de víctima de violencia de género o víctima de violencia doméstica por parte de algún miembro la Administración de la unidad familiar de convivencia, sin que sea necesaria la condición de estar en desempleo. competente la Podrán realizarse con carácter indefinido o temporal, a tiempo completo o parcial. condición de víctima Tendrán derecho a bonificación de la cuota por contingencias comunes. de violencia de género o doméstica.