Se ha denunciado esta presentación.
Se está descargando tu SlideShare. ×

Yancarlos José Mota Contreras-Tarea 2-Derecho Civil II (Los Contratos y Las Garantías).docx

Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Anuncio
Cargando en…3
×

Eche un vistazo a continuación

1 de 9 Anuncio

Yancarlos José Mota Contreras-Tarea 2-Derecho Civil II (Los Contratos y Las Garantías).docx

Descargar para leer sin conexión

La educación es el proceso de facilitar el refinamiento de habilidades o capacidades propias del individuo, mediante el aprendizaje o la construcción de conocimientos, así como también de las virtudes, creencias, hábitos, u otras características del ser. El proceso educativo se puede dar a través de la investigación, el debate, la narración de cuentos, la discusión, la enseñanza, el ejemplo y la formación en general. La educación no solo se produce a través de la palabra, pues además está presente en todas nuestras acciones, sentimientos y actitudes. Generalmente, la educación se lleva a cabo bajo la dirección de las figuras de autoridad: los padres, los educadores (profesores o maestros),1​2​ pero los estudiantes también pueden educarse a sí mismos en un proceso llamado aprendizaje autodidacta.3​ El conjunto de personas que tienen un protagonismo activo en la educación reciben el nombre de Comunidad Educativa. Cualquier experiencia que tenga un efecto formativo en la forma en que uno piensa, siente o actúa puede considerarse educativa.

La educación puede tener lugar en contextos formales o informales. La educación formal está comúnmente dividida en varias etapas, como Educación preescolar, escuela primaria, escuela secundaria y luego la universidad o instituto. Al concluir la formación se expide un comprobante o certificado de estudios, que permite acceder a un nivel más avanzado. Existe una educación conocida como no formal (no escolarizada) por la que, a diferencia de la formal, no se recibe un certificado que permita acceder a un nuevo nivel educativo al terminar la formación; normalmente, los lugares que ofrecen la educación no formal, son los centros comunitarios, instituciones privadas u organizaciones civiles, pero principalmente se suele dar en la familia o entornos no institucionalizados, como incluso puede ser internet.

El derecho a la educación ha sido reconocido por muchos gobiernos. A nivel global, el artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 de las Naciones Unidas reconoce el derecho de toda persona a la educación.4​ Aunque en la mayoría de los lugares hasta una cierta edad la educación sea obligatoria, a veces la asistencia a la escuela no lo es, y una minoría de los padres eligen la escolarización en casa, a veces, con la ayuda de la educación en línea.

La educación es el proceso de facilitar el refinamiento de habilidades o capacidades propias del individuo, mediante el aprendizaje o la construcción de conocimientos, así como también de las virtudes, creencias, hábitos, u otras características del ser. El proceso educativo se puede dar a través de la investigación, el debate, la narración de cuentos, la discusión, la enseñanza, el ejemplo y la formación en general. La educación no solo se produce a través de la palabra, pues además está presente en todas nuestras acciones, sentimientos y actitudes. Generalmente, la educación se lleva a cabo bajo la dirección de las figuras de autoridad: los padres, los educadores (profesores o maestros),1​2​ pero los estudiantes también pueden educarse a sí mismos en un proceso llamado aprendizaje autodidacta.3​ El conjunto de personas que tienen un protagonismo activo en la educación reciben el nombre de Comunidad Educativa. Cualquier experiencia que tenga un efecto formativo en la forma en que uno piensa, siente o actúa puede considerarse educativa.

La educación puede tener lugar en contextos formales o informales. La educación formal está comúnmente dividida en varias etapas, como Educación preescolar, escuela primaria, escuela secundaria y luego la universidad o instituto. Al concluir la formación se expide un comprobante o certificado de estudios, que permite acceder a un nivel más avanzado. Existe una educación conocida como no formal (no escolarizada) por la que, a diferencia de la formal, no se recibe un certificado que permita acceder a un nuevo nivel educativo al terminar la formación; normalmente, los lugares que ofrecen la educación no formal, son los centros comunitarios, instituciones privadas u organizaciones civiles, pero principalmente se suele dar en la familia o entornos no institucionalizados, como incluso puede ser internet.

El derecho a la educación ha sido reconocido por muchos gobiernos. A nivel global, el artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 de las Naciones Unidas reconoce el derecho de toda persona a la educación.4​ Aunque en la mayoría de los lugares hasta una cierta edad la educación sea obligatoria, a veces la asistencia a la escuela no lo es, y una minoría de los padres eligen la escolarización en casa, a veces, con la ayuda de la educación en línea.

Anuncio
Anuncio

Más Contenido Relacionado

Similares a Yancarlos José Mota Contreras-Tarea 2-Derecho Civil II (Los Contratos y Las Garantías).docx (20)

Más de CarlosAlfredoTavarez (20)

Anuncio

Más reciente (20)

Yancarlos José Mota Contreras-Tarea 2-Derecho Civil II (Los Contratos y Las Garantías).docx

  1. 1. ASIGNATURA: Derecho Civil II (Los Contratos y Las Garantías) ASIGNACIÓN: Tarea 2 SUSTENTANTE: Yancarlos José Mota Contreras--------------100045055 PROFESOR(a): Rigoberto Lorenzo Ybert Nagua, Prov. María T. Sánchez Sábado, 6 de agosto de 2022
  2. 2. Introducción En esta tarea de la semana uno estaremos trabajando el tema Contrato de arrendamiento, donde el facilitador/as nos pide realizar el objeto de aprendizaje sobre el contrato de arrendamiento y luego redactar un contrato de alquiler cumpliendo con los requerimientos establecidos en la Ley. El Contrato de Arrendamiento es aquel contrato bilateral en el que una de las partes (Propietario) se obliga a la entrega de una cosa determinada y la otra (Inquilino) a pagar por ella un cierto precio, en dinero o signo que lo represente.
  3. 3. Objetivos El objetivo de nuestra tarea es: Utilizar los elementos constitutivos de las diferentes categorías de contratos, considerando los principios jurídicos pertinentes, a fin de elaborar contratos de forma válida.
  4. 4. Distinguido participante: Consulte la bibliografía básica de la unidad y demás fuentes complementarias del curso; luego realice la actividad que se describe a continuación: 1. En esta unidad el participante realizará el objeto de aprendizaje sobre el contrato de arrendamiento y luego redactará un contrato de alquiler cumpliendo con los requerimientos establecidos en la Ley.
  5. 5. Contrato de alquiler cumpliendo con los requerimientos establecidos en la Ley. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLE A PLAZO DETERMINADO Conste por el presente documento el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO INMUEBLE A PLAZO DETERMINADO, que celebran de una parte Don YANCARLOS JOSÉ MOTA CONTRERAS, estado civil soltero, con domicilio real en el Barrio Chino Calle Rosario de este Municipio de Sánchez, Provincia de Samaná, a quien en adelante se le denominará el ARRENDADOR, y de otra parte Don CARLOS ALFREDO TAVAREZ de estado civil soltero con domicilio real en la Calle SANTOME de este Municipio de Sánchez, Provincia de Samaná, a quien se le denominará EL ARRENDATARIO, en los términos y condiciones y siguientes: A. ANTECEDENTES: PRIMERO: El ARRENDADOR es propietario del bien inmueble sito en el Cruce de Las Terrenas de este Municipio de Sánchez, Provincia de Samaná, inmueble construido con material rústico, que consta de una sola habitación con techo de calamina, siendo el objeto del presente contrato, el alquiler de dicho inmueble que cuenta además con los servicios de agua potable desagüe y energía eléctrica respectivamente. SEGUNDO: El ARRENDADOR deja constancia que el inmueble a que se refiere la cláusula anterior se encuentra en regular estado de conservación y habitabilidad y sin mayor desgate que el producido por el buen uso normal y ordinario. B.- PLAZO DEL CONTRATO: SEGUNDO: Queda entendido que el plazo del presente Contrato es por el término de cuatros años, comenzando a regir a partir del 06 de Agosto del año dos mil veintidós (2022) hasta 06 de Agosto del año dos mil veintidós (2022), pudiéndose renovar previo acuerdo entre las partes contratantes. C.- FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO: TERCERO: La renta que pactan ambas partes es por la suma de $ 10,000 Pesos dominicano, mensuales, cantidad que será cancelada en dinero efectivo por EL ARRENDATARIO por mensualidades adelantadas.
  6. 6. D.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES: CUARTO: Queda entendido que EL ARRENDATARIO se obliga a entregar el inmueble al ARRENDADOR al término del plazo del presente Contrato, sin mayor requerimiento, verificándose esta obligación con la sola entrega de las llaves al ARRENDADOR. QUINTO: El ARRENDATARIO se obliga a cancelar puntualmente el importe de la renta al ARRENDADOR en forma oportuna, asimismo, el pago puntual de los servicios públicos entre otros: los recibos de agua potable energía eléctrica. SEXTO: El ARRENDATARIO se obliga a destinar el bien inmueble arrendado única y exclusivamente para vivienda, quedando comprendido que la introducción de mejoras a introducirse quedará a favor del ARRENDADOR, quedando prohibido los cambios o modificaciones internas o externas en el inmueble arrendado, sin el consentimiento expreso y por escrito al Arrendador. SETIMO: Queda entendido que EL ARRENDATARIO no podrá ceder a terceras personas la bien inmueble materia de arrendamiento, consecuentemente quedando prohibido el subarriendo total o parcial, ni ceder su posición contractual, siendo causal de rescisión del presente Contrato. COMPETENCIA TERRITORIAL: OCTAVO: Que, para los efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente Contrato, las partes se someten a las autoridades judiciales de la Provincia de Samaná, y en lo no previsto en el contrato se regirá por las normas previstas en el Código Civil. CLAUSULA ADICIONAL: NOVENO: Que, para la celebración del presente Contrato no ha mediado entre las partes ningún vicio de voluntad prevista en el Código Civil que invalide el presente Acto Jurídico. En la Municipio de Sánchez, Provincia de Samaná, al primer día del mes de Agosto del año dos mil veintidós (2022). ----------------------------------------- -------------------------------------------- Yancarlos José Mota Contreras Carlos Alfredo Tavarez Parra ARRENDADOR ARRENDATARIO
  7. 7. Conclusión El objetivo de nuestro trabajo fue utilizar los elementos constitutivos de las diferentes categorías de contratos, considerando los principios jurídicos pertinentes, a fin de elaborar contratos de forma válida.
  8. 8. Bibliografía Padilla, Y. (2018). Los contratos y las garantías. Universidad Abierta para Adultos (UAPA) (Vol. 1, págs. 21–53). Código Civil de la República Dominicana. Padilla, Y. (2018). Los contratos y las garantías. Santiago: Ediciones Uapa Monografias.com. 2022. El contrato de arrendamiento. Disponible en: https://www.monografias.com/trabajos101/contrato-de-arrendamiento- inquilinato/contrato-de-arrendamiento-inquilinato

×