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Impuestos II
  Guía de Estudio
  Clases de Apoyo




         2
GUÍA DE TRABAJOS PRÁCTICOS




PLANTEOS



Impuestos II

      Procedimiento Tributario

   -   Ejercicios de Procedimiento Tributario               Pág. 5


      Impuestos Internos

   -   Ejercicio Nº 1 - JB S.A.                             Pág. 9
   -   Ejercicio Nº 2 - La Espuma                           Pág. 11
   -   Ejercicio Nº 3           .                           Pág. 12

      Impuesto al Valor Agregado

   -   Ejercicio Integral Nº 1 - La Tablita SRL             Pág. 13
   -   Ejercicio Integral Nº 2 - Alejandro Magno            Pág. 15
   -   Ejercicio Integral Nº 3 - Office S.A.                Pág. 18
   -   Ejercicio Integral Nº 4 - Sushi S.A.                 Pág. 20

      Ingresos Brutos – Convenio Multilateral

   -   Ejercicio Nº 1 - Dr. Campos                          Pág. 22
   -   Ejercicio Nº 2 - La Estanciera S.A.                  Pág. 25
   -   Ejercicio Nº 3 - Martín Perez                        Pág. 28
   -   Ejercicio Nº 4 - Su Casita S.A.                      Pág. 30

SOLUCIONES



Impuestos II

      Procedimiento Tributario

   -   Ejercicios de Procedimiento Tributario              Pág. 32

      Impuestos Internos

   -   Ejercicio Nº 1 - JB S.A.                            Pág. 35
   -   Ejercicio Nº 2 - La Espuma                          Pág. 37
   -   Ejercicio Nº 3                                      Pág. 39

      Impuesto al Valor Agregado

   -   Ejercicio Integral Nº 1 - La Tablita SRL            Pág. 41
   -   Ejercicio Integral Nº 2 - Alejandro Magno           Pág. 45
   -   Ejercicio Integral Nº 3 - Office S.A.               Pág. 50
   -   Ejercicio Integral Nº 4 - Sushi S.A.                Pág. 55

      Ingresos Brutos – Convenio Multilateral

                                                   3
-   Ejercicio Nº 1 - Dr. Campos               Pág. 62
-   Ejercicio Nº 2 - La Estanciera S.A.       Pág. 68
-   Ejercicio Nº 3 - Martín Perez             Pág. 72
-   Ejercicio Nº 4 - Su Casita S.A.           Pág. 74




                                          4
EJERCICIOS DE PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO


      1. Principio de la realidad económica

      a) El Principio de la realidad económica es aplicable cuando el contribuyente intente efectuar,
         mediante una figura jurídica adecuada, operaciones que resulten un menor pago del impuesto
         del que le hubiere correspondido según las prácticas normales de mercado.
      b) El uso del principio de la realidad económica permite descubrir la verdadera intención de las
         partes, más allá de las formas que hubieran utilizado los contribuyentes.
      c) El principio de la realidad económica es un método de interpretación de las leyes tributarias.


      2. Domicilio

          Indique cuales de las siguientes afirmaciones son válidas:

      a) El domicilio fiscal de las personas físicas es el real, independientemente del lugar donde se
         encuentre situada su administración.
      b) El domicilio fiscal electrónico es optativo. Una vez constituido, serán válidas todas las
         notificaciones que allí se cursen.
      c) En el caso de personas jurídicas, cuando el domicilio de las operaciones no coincida con el de
         la administración, el contribuyente podrá declarar ambos domicilios como fiscal, siempre el
         mismo pueda probar fehacientemente el domicilio donde tenga sus operaciones y su
         administración.
      d) El domicilio fiscal de una persona física del exterior será el domicilio donde dicho responsable
         tenga su residencia permanente en el exterior.
      e) Cuando la AFIP compruebe que el domicilio declarado por el contribuyente no es previsto por
         la ley, podrá declararlo de oficio por resolución fundada.

      3. Determinación de Oficio

      I) ¿Cuándo es posible efectuar una nueva determinación de oficio sobre el mismo impuesto y
            período?:

      a) Cuando en la determinación de oficio anterior se hubiese dejado expresa constancia que la
         misma fue parcial, pudiendo de esta forma efectuar una nueva determinación por los mismos
         impuestos, conceptos y períodos.
      b) Cuando se comprueba que el contribuyente omitió exhibir documentación que sirve de base
         para la determinación del impuesto.
      c) Cuando se compruebe la existencia de que la AFIP cuantificó erróneamente la base imponible.
      d) Cuando la AFIP haya modificado la apreciación de los hechos por motivo de un cambio de
         criterio.

          Responder con Verdadero o Falso, fundamentando la respuesta.

      e) La determinación de oficio, ya sea realizada sobre cierta o presunta, una vez firme, nunca
         puede ser modificada en contra del contribuyente.
      f) Siempre es necesario el dictamen jurídico previo a la resolución determinativa de oficio.
      g) La determinación de oficio sobre base presunta es la alternativa supletoria a la determinación
         de oficio sobre base cierta.
      h) La enumeración de los indicios en los cuales se podrá fundar la determinación de oficio que
         realiza la ley es taxativa.
      i) Todas las presunciones establecidas en la ley, en las cuales se puede fundar la Determinación
         oficio son Juris Tantum.

II)       Determinar las sanciones previstas por la Ley 11.683 y la Ley Penal Tributaria frente a los
          acontecimientos que a continuación se describen:

         La empresa Contadores S.A., efectuó retenciones en concepto de Impuesto a las Ganancias por
          la suma de $ 9.000.- en la segunda quincena del mes 02/2009 y por la suma de $ 11.000, en la
          primera quincena del mes 03/2009.
                                                     5
   El presidente de la empresa le informa que:

             o (1) Ingresó las retenciones indicadas en primer término, un día después de la fecha de
               vencimiento.

             o (2) Ingresará las retenciones por $ 11.000.- con fecha 15/05/2009 debido a que no
               cuenta con fondos disponibles.


     4. Prescripción

I)       Una empresa es notificada con fecha 30/05/2006, el inicio de un procedimiento de
         determinación de oficio por el impuesto a las ganancias (en el cual se encontraba inscripto) por
         el período fiscal 2000. Cabe aclarar, que el vencimiento para presentar la declaración jurada de
         dicho período operó el 10/05/2001. Ante tales hechos, indicar la afirmación correcta:

     a) El inicio determinativo del fisco es inválido en virtud que el período fiscal 2000 se encuentra
        prescripto dado que en este caso la prescripción es de 5 años y se comienza a contar a partir del
        01/01/2001.
     b) El inicio determinativo del fisco es inválido en virtud que el período fiscal 2000 se encuentra
        prescripto dado que en este caso la prescripción es de 10 años.
     c) El inicio determinativo del fisco es válido en virtud de que dicha notificación suspende los
        plazos de la prescripción.
     d) En cualquier caso estando prescripto el período fiscal, es inválido que el fisco inicie el
        procedimiento de determinación de oficio.


     II) El contribuyente "Editoriales S.A." ingresa el 20/05/05 (fecha de vto. de la obligación) $ 8.500
         en concepto de saldo de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias relativa al período
         fiscal 2004.

         El 31/03/06, como consecuencia de una determinación de oficio, abona $ 2.300 más por el
         mismo concepto.

         Señale cuándo prescribe la acción de repetición para ambos casos.

     III) El contribuyente Restaurant S.A. tiene como cierre de ejercicio el 31 de diciembre de cada año
          y omitió la presentación de la declaración jurada relativa al período fiscal 2003, cuyo
          vencimiento operó el 18/5/2004.

         Un tiempo después, con fecha 18/9/04, el Organismo Recaudador procede a intimarle el
         ingreso del impuesto resultante de una determinación de oficio.

         Indicar la fecha en que prescriben las acciones y poderes del Fisco para exigir el pago
         intimado.


     5. Recurso de repetición

         Indique cuales de las siguientes afirmaciones son válidas:

     a) Los contribuyentes podrán interponer directamente el recurso de repetición ante el Tribunal
        Fiscal o ante la Justicia Nacional por los tributos abonados de más, ya sea que los mismos se
        hubieran efectuado espontáneamente o a requerimiento.
     b) Cuando se trate de impuestos indirectos, sólo podrán interponer el recurso de repetición
        cuando los contribuyentes de derecho acrediten que el impuesto se ha trasladado al precio.
     c) Cuando la AFIP deniegue una solicitud de repetición interpuesta por el contribuyente por un
        impuesto abonado de más, el mismo podrá optar por interponer cualquiera de los siguientes
        recursos: (i) Reconsideración, (ii) apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación o (iii)
        apelación ante la Judicial Nacional de 1º instancia.


                                                    6
6. Facultades de verificación y fiscalización de la AFIP

        Indique cuales de las siguientes afirmaciones son válidas:

   a) La AFIP podrá directamente allanar domicilios, sin necesidad de una orden de un Juez
      Nacional, únicamente cuando se configuren circunstancias que pongan en grave peligro la
      renta fiscal.
   b) La AFIP podrá clausurar preventivamente un establecimiento sin necesidad de una orden de un
      Juez Nacional, cuando se hayan configurado las omisiones previstas en el artículo 40 de la Ley
      11.683 y concurrentemente exista un grave perjuicio.
   c) De acuerdo con las facultades de verificación y fiscalización contempladas en la ley 11.683, la
      AFIP podrá solicitar al contribuyente información de todo tipo, incluso las que no tenga
      trascendencia fiscal, sin necesidad de acudir a la fuerza pública.
   d) La AFIP podrá que los responsables otorguen determinados comprobantes y conserven sus
      duplicados por un término de 10 años, o excepcionalmente por un plazo mayor, cuando se
      refieran a operaciones indispensables para la determinación de la materia imponible.
   e) Marque con una cruz las etapas que integran el procedimiento de determinación de oficio.
      Fundamente su respuesta.
           Inspección
           Vista
           Descargo
           Producción de la prueba
           Resolución
           Recurso del art. 76 (Ley 11.683 t.o. 1998)
           Sentencia del TFN
           Dictado de medidas de mejor proveer
           Solicitud de Prorroga
           Solicitud de toma de vista del expediente con suspensión de plazos
           Pre-vista
           Intimación de pago de la declaración jurada
           Presenta declaración jurada rectificativa a instancia de los inspectores actuantes
           Aplicación de sanción por resistencia pasiva a la fiscalización


   7. Clausura

Indique que sanciones de corresponder aplicaría en la siguiente situación, indicar que argumentos de
defensa puede plantear el contribuyente-

        La firma Plax SA ha decidido transportar parte de su stock de botellas a la sucursal que posee
        en la Provincia de Mendoza para su comercialización. Cuando se dirigía a su destino el
        conductor es intersecado por funcionarios del fisco. En ese momento le labran un acta, en
        donde el chofer declara que se había olvidado los remitos pero que tiene en su poder la factura
        correspondiente.

        A los cinco días de producido el hecho, se cita al presidente de la empresa a una audiencia para
        que formule su descargo.


   8. Efectos de las apelaciones

   I. Que consecuencias tiene que apelación ante la Cámara Nacional de Apelaciones sea con
         efectos devolutivo?

   a)   Que la apelación no se considerara realizada si no paga el tributo.
   b)   Que si el fisco no ejecuta la deuda dejan de correr los intereses resarcitorios.
   c)   Que el fisco tendrá habilitadas las facultades para iniciar el juicio de ejecución fiscal.
   d)   Se suspenden los plazos de prescripción.
   e)   Que se suspende las facultades de la AFIP para volver a determinar de oficio por el mismo
        período e impuesto.

   II. ¿Que significa que la apelación ante el Tribunal tiene efectos suspensivos?
                                                   7
a) Que el reclamo de la AFIP queda suspendido y por lo tanto no corren los intereses que se
       devenguen durante el transcurso de tiempo que demande el proceso de apelación ante el
       Tribunal Fiscal.
    b) Se suspenden los plazos de prescripción respecto del período e impuesto en cuestión.
    c) Que la AFIP no puede ejecutar la deuda hasta tanto el Tribunal Fiscal decida.
    d) Que se suspende toda acción del fisco para volver a determinar de oficio la materia imponible
       en discusión.
    e) Que se suspenden las facultades del fisco para aplicar sanción materiales respecto del impuesto
       en discusión.

    III. Contra una sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación que confirmaba una resolución
         determinativa de impuesto por $ 10000 y una aplicación de multa del art 45 por $ 5000, un
         contribuyente apeló en tiempo y forma el 15/02/2003, ante la Cámara Nacional en lo
         Contencioso Administrativo la multa del art 45. El 25 de marzo el contribuyente es intimado al
         pago del impuesto confirmado por el Tribunal Fiscal y la multa.

        El contribuyente contestó que la multa la había apelado. El 30 de Abril el contribuyente es
        notificado de la Ejecución Fiscal iniciada por la DGI, que había emitido la boleta de deuda por
        S 10000 de impuesto omitido, $ 5000 por la multa del art. 45 y por el 15 % estimado para
        costas de acuerdo a lo previsto en el texto legal.

¿Que debería hacer el contribuyente frente a tal situación?

    9. Temas varios

Indique cuales de las siguientes afirmaciones son válidas:

    f) Las infracciones formales protegen como bien jurídico tutelado de la renta fiscal.
    g) El allanamiento de la pretensión fiscal efectuado luego de haberse corrido la vista tiene el
       carácter de declaración jurada para el responsable y determinación de oficio para el
       contribuyente.
    h) De acuerdo con las facultades de verificación y fiscalización contempladas en la ley 11.683, la
       AFIP podrá solicitar al contribuyente información de todo tipo.
    i) La AFIP se encuentra facultada para determinar de oficio en base presunta, cuando le sea muy
       laborioso hacerla sobre base presunta.




                                                   8
IMPUESTOS INTERNOS
EJERCICIO Nº 1 - JB S.A.

Contribuyente: JB S.A.

Actividad: ELABORA, COMERCIALIZA E IMPORTA WHISKY

Productos comercializados:

1) “BLACK” (producto importado)
2) “NEW” (producto de elaboración propia)
3) “ICE” (producto elaborado por terceros)

Período: 11/2008
Tasa Nominal del WHISKY: 20%

Se solicita: Efectuar la liquidación de impuestos internos correspondiente al mes de 11/2008 y por tipo
de producto.

    1) La Compañía importó 1.000 botellas de WHISKY “BLACK” a $ 10 por unidad conforme a la
       siguiente liquidación:


                         Valor FOB                               $ 10.000,00

                         Seguro y flete                             $ 300,00

                         Derechos y tasa estadística                $ 550,00

                         IVA (21 % s/10.850)                       $ 2.278,50

                         Retención IVA (RG 3431)                      $1.000

                         Retención Ganancias (RG 3543)                  $400

                         Gasto Despachante                         $ 1.100,00

Fecha de arribo de mercadería y pago al proveedor del exterior: 29/10/2008
Fecha de despacho a plaza de los depósitos fiscales: 02/11/2008.

    2) Venta en el mercado interno de 5.000 botellas de WHISKY “NEW”, de elaboración propia por
       valor neto de $ 75.000,00 ($15 por botella), más un interés por financiación de $1.000 (neto de
       IVA).

    3) La compañía AA SRL, elaboró por cuenta de JB S.A. 750 botellas de WHISKY “ICE”, las
       cuales fueron entregadas el día 02/11/2008. De la factura, surgen los siguientes datos:



                Precio neto (750 botellas a $20)                          $ 15.000,00

                Interés de financiación 10%                                     $ 1500

                IVA                                                             $3.000

                Impuesto Interno                                                $1.350

    4) Exportación de 10.000 WHISKY “ICE” por valor neto de $ 100.000,00

                                                   9
5) Venta en el país de 500 botellas de WHISKY importado “BLACK”. La operación se realizó
   por un valor neto de $ 9.000,00 ($18 por botella). A dicho importe ($9.000), se le aplicó un
   10% de descuento por pronto pago en efectivo.

6) Venta en el país de 100 botellas de WHISKY importado “ICE”, según el siguiente detalle:


 Precio neto (100 botellas a $20)                                               $ 2.000,00

 IVA                                                                             $ 420,00
 Bonificación en especie 5 botellas adicionales a las 100 vendidas (precio de
 mercado por botella: $20 neto de IVA)

 Descuento pronto pago en efectivo                                              $(150,00)

7) Se entregaron de carácter de obsequio 80 botellas de WIHISY “NEW” (de propia elaboración)
   a los empleados de la Compañía, el cual se comercializa a $15 por unidad –neto de IVA- en el
   mercado interno.




                                            10
IMPUESTOS INTERNOS
EJERCICIO Nº 2 - LA ESPUMA S.A.

Contribuyente: LA ESPUMA S.A.

Actividad: FABRICANTE E IMPORTADOR DE CERVEZA.

Operaciones correspondientes al período FEBRERO de 2008:

1 - Importación de 20.000 botellas de cerveza "Germany" a $ 0,50 por unidad conforme a la siguiente
liquidación:

- Valor FOB $ 10.000,00

- Seguro y flete $ 300,00

- Derechos y tasa estadística $ 550,00

- IVA (21 % s/10.850) $ 2.278,50

- Otros gastos (Despachante, etc.) $ 1.100,00

- Fecha despacho a plaza: 08-02-2008

2 - Venta en el mercado interno de 50.000 latas de cerveza "La Espuma", de elaboración propia por
valor neto de $ 20.000,00 ($0,4 por unidad), asimismo con más un interés por financiación de $1.000
(neto de IVA).

3 - Exportación de 40.000 botellas de cerveza "La Espuma", de propia elaboración, por valor neto de $
26.000,00

4 - Venta en el país de 6.000 botellas de cerveza importada "Germany". La operación se realizó por un
valor neto de $ 4.800,00

5 – Venta en el país de 5.000 botellas de cerveza importada “Germany”, según el siguiente detalle:

    a)   Precio neto $ 4.000
    b)   IVA: $840
    c)   Descuento por pago contado: ($400)
    d)   Bonificación en especie: 500 botellas (precio por botella bonificada: $0,80 neto de IVA)

6 – Para una campaña de publicidad, se entregaron a supermercados 1.000 botellas de cerveza de
fabricación propia “La Espuma” a título gratuito. La comercialización en el mercado interno de dicho
producto es de $0,65 por unidad –neto de IVA-.

7.- De la venta efectuada en el punto 2, el cliente devuelve 50 latas de cerveza por encontrarse las
mismas en mal estado.

Datos adicionales: Tasa Nominal de la cerveza: 8%

Se solicita: Efectuar la liquidación de impuestos internos correspondiente al mes de febrero/2008 y por
tipo de producto.




                                                   11
IMPUESTOS INTERNOS
EJERCICIO Nº 3


   a) Determine cuál es el precio final de venta de un producto que antes de Impuestos Internos e
      IVA es de $ 3.000.- (IVA 21%, Internos 20%)
       Ejemplifique para el caso anterior un descuento del 10% que se factura conjuntamente.

   b) Calcule el Impuesto Interno correspondiente a una Importación de motores gasoleros realizada
      en el mes de enero de 2003 de la que se tienen los siguientes datos.

Valor FOB: 218.000,00
Fletes: 15.600,00
Seguros: 2.138,00
Gastos de despachante: 2.180,00
Derechos 1,95%: 4.496,87
Estadística 3%: 7.072,14
IVA 21%: 51.934,47
IVA R.G. 3431 10%: 24.730,70
Ganancias R.G. 3543 3%: 7.419,21

   c) Se solicita determinar la Declaración Jurada mensual del Impuesto Interno de la firma Tamex
      S.A., dedicada a importar cervezas y a comercializarla en el mercado interno. En el mes
      03/2009 realizó las siguientes operaciones:

                    i. Vendió 30.000 unidades del producto “A” a $3 cada una (neto de IVA e
                       Internos).
                   ii. Facturó por la venta del punto anterior, $2.500 en concepto de flete para
                       entregar dicha mercadería.
                  iii. Emitió una Nota de Crédito por pronto pago del 3% que no incluye al flete.
                  iv. La importación de los productos comercializados en el punto i) se efectuaron a
                       $46.000 (precio normal para la importación más derechos, neto de IVA e
                       Internos).
                   v. Como no pudo ubicar en el mercado local una partida de 20.000 unidades del
                       producto B, la exportó al Uruguay a $3,50 cada una. En la importación de ese
                       producto se abonó $4.732 en concepto de impuesto interno.




                                                12
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
EJERCICIO INTEGRAL Nº 1: LA TABLITA SRL

La empresa “La Tablita SRL” responsable inscripto en el IVA se dedica a la importación,
fabricación, venta y exportación de muebles de algarrobo.
El contribuyente no es agente de retención del IVA. Los importes son netos de IVA cuando
corresponda. Las alícuotas aplicables son las vigentes. Realiza los prorrateos de crédito fiscal por el
método de operaciones del mes.


Se solicita:
Confeccionar la declaración jurada de IVA correspondiente al período 11-2009.


OPERACIONES REALIZADAS EN EL MES DE NOVIEMBRE DE 2009

1- Ventas de mesas a:
a) Responsables Inscriptos: 100 mesas a $ 500.- cada una.
b) Responsable monotributista: 1 mesa a $ 750.- cada una.
2- Exporta muebles a Chile por $ 148.000. Los mismos saldrán del país el 1/12/2009.
3- Recibe un cargamento de madera de algarrobo del Brasil. La nacionalización de la madera se
produjo durante el mes de octubre. Valor total de la importación neto de IVA $53.000.-.
4- El socio gerente de la sociedad retira 1 mesa para usarla en su domicilio particular.
5- Vende al Sr. Palacios 20 modulares a $ 1.430.- cada una. El Sr. Palacios manifiesta que es
consumidor final.
6- “El Socio”, sociedad responsable monotributista adquiere 30 sillas a $ 920 cada una.
7- Realiza una donación a la escuela ENET Nº 17, de un torno y otros bienes de uso que fueron
adquiridos todos ellos en el año 2004. El crédito fiscal computado por dichos bienes fue de $ 3.840.-
8- Contrató a un plomero, responsable Monotributo, para la instalación del agua corriente en el
depósito por $ 5.000.
9- Compra a la empresa constructora “El Constructor S.A.” (Responsable Inscripto) un inmueble en la
localidad de Haedo (Pcia. de Buenos Aires), para ser utilizado como depósito por $ 476.000 (precio
neto del edificio $ 370.000 y del terreno $ 106.00). Dicho importe será pagado en 60 cuotas mensuales
con un interés sobre saldo del 15% anual. La primer cuota tiene como fecha de pago el 07-01-2010,
momento en el que tambien se escritura y se da la posesión del bien.
10- Recibe la factura de energía eléctrica consumida en el local donde realiza la administración general
de la empresa, el cual se encuentra ubicado en el mismo inmueble en que realiza la fabricación de los
muebles.
Detalle de la factura:
1º Vencimiento: 20/11/2009                        2º Vencimiento: 10/12/2009
Precio Neto: $ 2.300                              Precio Neto: $ 2.300
IVA: $ 650                                        Recargo: $ 200
                                                  IVA: $ 680
11- Le compró a un aserradero ubicado en la Pcia. de Corrientes (responsable inscripto) madera por $


                                                   13
24.000.


OTROS DATOS:


Posee 4 inmuebles, en uno de ellos fabrica los muebles y tiene la administración, en otro efectúa sólo
ventas al por mayor y en los otros dos sólo ventas minoristas.


Cierre del ejercicio: 30 de noviembre de cada año.


Sistema de amortización de bienes de uso: contable 8 años, impositivo 5 años.


Operaciones realizadas desde el 1/12/2008 hasta el 30/10/2009:
- Importaciones: $ 1.000.000.-
- Venta en el mercado interno: $ 680.000.-
- Exportaciones: $ 750.000.-


De la declaración jurada del mes de 10/2009 surgen los siguientes datos:
Saldo a favor 1er. párrafo: $ 14.900.-
Saldo a favor 2do. párrafo: $ 540.-




                                                     14
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
EJERCICIO INTEGRAL Nº 2 - ALEJANDRO MAGNO


El señor Alejandro Magno, responsable inscripto en el IVA desarrolla las siguientes actividades:
    -   Alquiler de inmuebles
    -   Habitualista en la compraventa de bienes usados
    -   Asesoramiento a empresas
    -   Socio gerente de “El Ladrillo SRL”
    -   Venta y exportación de carbón
El contribuyente no es agente de retención del IVA.         Los importes son netos de IVA cuando
corresponda. Las alícuotas aplicables son las vigentes. Realiza los prorrateos de crédito fiscal por el
método de operaciones del mes.
Se solicita:
Confeccionar la declaración jurada de IVA correspondiente al período 08-2009


INGRESOS
    1- Vende carbón a "El negrito SA", agente de retención en el IVA, por $ 6.050.-.
        Fecha de factura: 20-08-2009, en ese momento se cobró un 50% en efectivo y el resto con un
        cheque. La entrega del bien se realizó el 31-07-2009.
    2- Exportación de carbón por $ 20.000.- a Brasil.
        Fecha de permiso de embarque: 20-06-2009.
        Esta empresa brasilera solicitó asesoramiento sobre la fabricación del carbón para la
        instalación de una planta en Brasil, siendo dicho asesoramiento prestado en nuestro país, y por
        el cual se percibieron $ 6.000.- el 10-08-2009.
    3- El 17-08-2009 vendió en $ 100.000, 15 hectáreas de campo localizadas en Rawson. El 13-08-
        2009 percibió el 20 % de dicho importe en efectivo, aportándolo a la firma "La Campiña S.A."
        dedicada a la construcción y venta de inmuebles, en carácter de aporte de capital. El 80 %
        restante lo cobra el 31-10-2009.
    4- Vendió bolsas de carbón a un responsable monotributo por $ 1.000.-. Por la operación recibió
        un anticipo de $ 300.- el 10-08-2009, que congela el precio total. Por problemas de
        desabastecimiento la mercaderías fue entregada al cliente el 03-09-2009.
    5- En asamblea de accionistas, el 22-08-2009 la firma El Ladrillo SRL resuelve el pago de
        honorarios del socio gerente $ 10.000 por el desempeño de sus funciones durante el ejercicio
        2008.
    6- Alquila un inmueble de su propiedad a un responsable inscripto para utilizarlo en el desarrollo
        de su actividad comercial. El valor pactado del alquiler (incluido el importe de las expensas
        por $ 180 mensuales) es de $ 1.950 mensuales. Vencimiento de pago: día 5 de cada mes, por
        mes adelantado. El 9-08-2009 cobró $ 3.900 correspondientes a los alquileres de 07-2009 y 08-
        2009.
    7- El 30-08-2009, a raíz de la demora en el pago del alquiler del mes de 07-2009, emite una nota
        de débito por intereses del 10%, la cual es cobrada el 05-09-2009.
    8- El 28-07-2009 fue contratado por la Provincia de Chaco para brindar unas serie de charlas
                                                   15
mensuales sobre técnicas para la fabricación del carbón vegetal. Por dichos servicios, pacta una
     retribución de $ 500 por cada charla. El primer curso lo realizada el 4-08-2009. Emite una
     factura con fecha: 10-08-2009, cobrándola el 5-09-2009.
  9- El 23-8-2009 realizó un asesoramiento al estudio del. Dr. Gomez, responsable inscripto en
     IVA, cobrando por el mismo $ 13.000.- el 30-09-2009.
  10- Vende el 23-08-2009 una camioneta afectada para el desarrollo de sus actividades, por $
     14.000.-, a un contador, sujeto monotributista frente al IVA.
  11- Vende el 17-08-2009 por $ 1.000 un automóvil a una fundación. Dicho bien había sido
     adquirido el 10-08-2007 a un consumidor final por $ 450.
  12- Con fecha 31-08-2009 emite una nota de crédito al cliente "El Negrito SA" por la devolución
     de 10 bolsas de carbón por un valor de $ 300.
  13- El 10-08-2009 dona a una entidad sin fines de lucro, 3 escritorios, 1 biblioteca y 1 PC que
     utilizaba en su oficina. El valor de mercado al momento de la donación eran:
     - Escritorios y biblioteca $ 500. Los muebles habían sido comprados el 23-07-2007 en $ 1.500.
     La vida útil impositiva es de 5 años.
     -PC $ 200.- La compra de la misma fue realizada el 15-10-2002, por $ 1.980.-. La vida útil
     impositiva es de 3 años.


COMPRAS


  1- Compra de leña a un responsable inscripto por $ 4.200 (Neto: $ 3.500 + IVA: $ 700). Fecha
     factura: 31-08-2009. Pero al ir a retirarlas ese mismo día al depósito de su proveedor, le
     informan que por un corte de rutas, no les ha llegado la mercadería por lo que no se encuentran
     disponibles a la fecha (se estima que podrán ser retiradas en 5 días).
  2- Recibe el 12-08-2009 la factura de teléfono. Fecha de vto.: 20-08-2008.
     Precio Neto facturado: $ 320.- -IVA: $ 86,40 - RG 3337: $ 9,60
  3- El 10-08-2009 recibe una nota de crédito de la compañía telefónica, debido a un error en la
     facturación realizada: - Precio Neto: $ 35 - IVA: $ 9,45 - RG 3337: $ 4
  4- El 21-08-2009 le pagó los honorarios a su contador, Responsable Inscripto, por el mes de 08-
     2009, por $ 3.000. (Neto: $ 1.500 - IVA: $ 500).
  5- Recibe del exterior una partida de leña para venderlo en el mercado interno. EL 15-08-2009 la
     mercadería es despachada a plaza.
      Valor CIF: $ 5.000.-
     Seguros y fletes: $ 900.-
     Derechos de Importación: $ 500.-
     Tasa de Estadística: $ 400.
     La D.G.A. efectuó la percepción de la RG 3431.
  6- El 20-08-2009 importó una maquinaria para fabricar carbón, procedente de Alemania. La fecha
     de despacho fue 30-08-2009.
     Valor FOB: $ 10.000.-
     Seguros y fletes: $ 1.500.-
     Derechos de Importación: $ 1.000.-
                                                16
Tasa de Estadística: $ 900.-
        En caso de corresponder calcular la Percepción RG 3431.
    7- El 27-08-2009 contrato a un electricista, monotributista, para unos arreglos en su oficina,
        emitiéndole una por $ 310. El pago del servicio lo realiza el 05-09-2009.
    8- Locación con opción a compra de 1 fotocopiadora afectada a toda su actividad:
        Entrega de la máquina: 10-07-2009
        Contrato: 2 años
        Vida útil: 3 años
        Cuota mensual: $ 1.500
        Fecha vto. de las cuotas: por mes adelantado (el día 5 de cada mes)
        Fecha de pago de la 1º cuota: 05-08-2009
    9- Compró una camioneta a "El Rodado SRL.", Agente de Retención para utilizarla en forma
        ocasional los fines de semana en actividades de pesca con su sobrino.
            -   Valor de compra: $ 45.000.
            -   IVA: $ 9.450.
            -   Fecha de factura: 27-08-2009
            -   Fecha de pago: 10-09-2009.
            -   Forma de pago: Efectivo $ 25.000 y por la diferencia entrega una moto kawasaki
                modelo 2006.
    10- Realizó gastos de almuerzo en el restaurante "Cabaña Las Lilas", responsable inscripto, por $
        240.-
    11- Adquiere un inmueble a una empresa constructora, Responsable Inscripta, para destinarlo a
        locaciones gravadas por un valor total de $ 270.000. Según la escritura traslativa de dominio,
        de fecha 15-08-2009, se le atribuye a la obra $ 216.000. De acuerdo con la valuación fiscal, la
        proporción asignable a la obra fue del 75%.


OTROS DATOS
De la declaración jurada del mes de 07/2009 surgen los siguientes datos:
Saldo a favor 1er. párrafo: $ 5.00
Saldo a favor 2do. párrafo: $ 300.
El 20-08-2009 compensó una multa adeudada por $ 200 e intereses resarcitorios de $ 37 por pago fuera
de término del saldo de DD.JJ. de impuesto a las ganancias del período 2007.




                                                   17
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
EJERCICIO INTEGRAL Nº 3 - OFFICE S.A.

La empresa Office S.A., responsable inscripto en el IVA desarrolla las siguientes actividades:
- Compra y venta de muebles de oficina.
- Repara muebles de oficina.


El contribuyente no es agente de retención del IVA.          Los importes son netos de IVA cuando
corresponda. Las alícuotas aplicables son las vigentes. Realiza los prorrateos de crédito fiscal por el
método de operaciones del mes.
El cierre de ejercicio comercial es el 31-12.
Se solicita:
Confeccionar la declaración jurada de IVA correspondiente al período 04-2009.

INGRESOS

1- Recibe de un responsable inscripto un escritorio para reparar, que estará en condiciones de ser
entregado el día 10-05-2009. El monto de la reparación es de $ 520.-, cobrándose el 20 de abril $ 320.-
a cuenta del total, congelándose con este pago el precio de la reparación.
2- Vende al estudio contable J & J Asociados, agente de retención de IVA, una biblioteca con en $
4.000.-. El cliente lo retira el 15-04-2009, abonando en ese momento el 60 % y el resto a los 30 días.
3- Vende el 20-04-2009 a Sr. Gonzalez, consumidor final, un cajonero para su casa por un total de $
970.- más un cargo por la entrega en el día de $ 230.-.
4- El presidente de la sociedad retira el 10-04-2009 un escritorio para utilizar en su oficina particular,
cuyo precio de venta al público por una promoción de verano era de $ 500.-, siendo su valor de plaza
en negocios del ramo, de $ 1.900.- (en ambos casos el precio incluye IVA).
5- Vende a un responsable inscripto, un mueble para carpetas colgantes, en $ 3.000.-, el que será
utilizado por el adquirente para su posterior reventa. Fecha de factura y entrega: 25-4-2009.
6- Vende a la mueblería “Belgrano SA”, responsable inscripto, un escritorio destinado a la reventa. El
precio total del mismo es de $ 2.200. Debido a que al momento de concertarse la operación, Office SA
no poseía este escritorio en stock, debió encargarlo al importador, quien lo entregará el 01-05-2009.
Por otro lado “Belgrano SA” pagó el 25-4-2009 un anticipo de $ 1.500.- que congela el precio total del
bien.
7- Se entrega al banco HSBC, agente de retención en IVA, un escritorio dado en reparación, que había
sido dejado el 20-03-2009. El importe de la reparación es de $ 670.-, cobrados íntegramente el 30-04-
2009, simultáneamente con la entrega del bien reparado.
8- Exporta a Chile un modular para armar por $ 9.000, realizándose el embarque el 10-04-2009. La
empresa chilena compradora le contrata también el asesoramiento para la instalación del mismo en su
oficina ubicada en la ciudad de Viña del Mar, para lo cual se envía personal técnico especializado. El
20-04-2009 se factura $ 1.000 por este servicio.
9- Alquila en $ 38.400 un inmueble que poseía la empresa como inversión. El locatario, el Señor Abel
Dávalos lo destinará como casa-habitación. La operación fue realizada por intermedio de una
inmobiliaria el 10-04-2009, la cual cobra en ese acto una comisión que asciende a $ 1.000 más IVA.

                                                   18
Los $ 38.400.- del alquiler se percibirán de la siguiente forma: 48 cuotas mensuales de $ 800.- La
primer cuota vence el 5-5-2009, siendo abonada por el Sr. Dávalos el 30-4-2009.


COMPRAS

10- EL 20-4-2009, se produce el despacho a plaza de escritorios importados por la empresa. El valor al
cual ingresan, incluido fletes, seguros y tasa de estadística, es de $ 10.200. La DGA realiza el cobro del
IVA y la percepción correspondiente.
11- El 5-04-2009 compra a un responsable monotributista, sillas que revestían para éste el carácter de
bien de uso, por $ 650. Office SA destinará estos bienes a la reventa. La entrega de los bienes se
produce el 16-4-2009.
12- El 11-4-2009 abona a su contador, responsable inscripto en IVA, honorarios por asesoramiento del
mes de marzo y abril por $ 1.800 ($ 900 por mes).
13- El 18-04-2009 le encarga a un carpintero, responsable inscripto, la realización de un escritorio a
medida cuyo valor asciende a $ 1.600.-. El bien es abonado y entregado el 31-5-2009.
14- El 13-04-2009 compra a un responsable inscripto y agente de percepción de IVA, bibliotecas por
un total de $ 5.600, abonándose la operación en ese mismo momento.
15- El 12-4-2009, recibe una nota de crédito de la firma “Tropea SA ”, por la cancelación de una
compra realizada en el mes de diciembre de 2008 por $ 2.100.-
16- El 30-4-2009 abona la factura de gas correspondiente al mes de marzo de 2009, con vencimiento
12-4-2009, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Neto $ 500-
IVA 27 % $ 105.-
Recargo por pago fuera de termino $ 25.-
Percepción RG 3337 – calcular
La factura de gas corresponde al inmueble en el que desarrolla la actividad comercial (compraventa y
reparación de muebles para oficina).
17- Para la locación del inmueble del punto 7), se contrato un pintor, responsable inscripto, abonándole
el 22-4-2009 $ 2.300.-, IVA facturado $ 483.-.


OTROS DATOS
De la declaración jurada del mes de 03/2009 surgen los siguientes datos:
Débito Fiscal $ 2.940.-
Crédito Fiscal $ 3.120.-
Retenciones y percepciones sufridas $ 415.-
Monto utilizado $ 200.-
El 21-4-2009 se compensó con el saldo a favor correspondiente, un anticipo del impuesto a las
ganancias por $ 170.-




                                                    19
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
EJERCICIO INTEGRAL Nº 4: SUSHI S.A.


Una cadena de restaurant japonesa, SUSHI SA, responsable inscripto en el IVA, que en su local a su
vez vende delibery y libros de cocina. La fecha de cierre de ejercicio es 4/2009.
Los precios son netos de IVA, excepto en los casos en que no corresponda su discriminación. Las
alícuotas aplicables son las vigentes.
Se solicita:
Confeccionar la declaración jurada de IVA por el mes de marzo 2009.


INGRESOS
1) Venta de libros de cocina a responsables inscriptos. $ 10.000.-
2) Venta de comida a consumidor final $ 48.400.-
3) Exportación de libros de cocina a la Asociación de Veteranos de guerra de Japón sita en la Chile por
$ 8.000.-
4) Venta de leche de soja a un almacén cuyo propietario es responsable Monotributo $ 726.-
5) Venta a nombre propio y por cuenta de El Laurel SA, responsable inscripto, de salsa de soja a
    -   Responsables inscriptos por $ 5.000.-
    -   Consumidor final por $ 3.630.-
La comisión acordada es del 5% sobre el precio neto de IVA.
6) Venta de comida a la Fundación Benefactora de inmigrantes Japoneses, sujeto exento en el IVA ,
por $ 3.025.-
7) Se facturaron intereses por la operación 2) por $ 600.- cuyo vencimiento y pago opera el 16/4/2009.
8) Exportación de leche de soja a Brasil por $ 10.000.-.


COMPRAS

1) Compra de 10kg. de carne vacuna a responsable inscripto por $ 700.- más $ 73,50 de IVA.
2) Para realizar entregas de ventas de comida a domicilio, se decidió la compra de un ciclomotor a un
responsable inscripto. El precio facturado fue de $ 2.000.- más $ 425.- de IVA. El pago del vehículo se
realizo mediante la entrega de $ 500.- en comida y el resto en efectivo.
3) Devolución de 5kg. de carne de la operación 7).
4) Compra de libros a responsable inscripto por $ 3.000.-
5) Compra de embalaje para la exportación de libros, a responsable inscripto por $ 250.- más $ 42.- de
IVA.
6) Compra de leche de soja a responsable inscripto por $ 4.000.- más $ 840.- de IVA. La mercadería
fue facturada y el proveedor aclaro que la fecha estimada de entrega es el próximo 10 de abril.
8) Trabajo de impresión, sujeto responsable inscripto, de etiquetas que se adhieren en la primera
página de todos los libros con el logo del restaurant por $ 400.- más $ 84.- de IVA.
7) Honorarios de responsables inscriptos, por asesoramiento contable e impositivo por $ 3.000.-más $
630.- de IVA




Otras operaciones:
1) Venta de un aparador de libros que se utilizaba en el local, a un responsable inscripto, quien declara

                                                   20
que lo utilizará como bien de uso por $ 350.-.
2) Alquiler de maquina de hacer jugos de su propiedad a responsable inscripto en el IVA. El contrato,
que no se realizo bajo la ley de leasing, establece el plazo de 2 años de duración a partir del mes de
marzo de 2009 y prevé la posibilidad de ejercer la opción de compra en cualquier momento abonando $
500.-. La vida útil del bien es de 5 años. El monto mensual de alquiler desde $ 200.-. El primer alquiler
se cobro el 5 de marzo.
3) Se cobro al Sr. Jun Chi, profesor de Yoga, responsable inscripto, el saldo del precio por el alquiler
efectuado en el mes de febrero del local del 1er. piso para la realización de una conferencia sobre “La
Comida y la Salud”. El monto total del alquiler fue $ 500.- y el saldo $ 300.-.
4) Se donaron libros de cocina a la Fundación Benefactora de Inmigrantes Japoneses, los cuales habían
sido adquiridos en noviembre de 2008 por $ 500.- más $ 125.- de IVA. El valor de reventa de los libros
donados es de $ 900.-
5) Venta de un segundo local, desocupado, donde funcionaba hasta hace dos años el restaurant, en $
50.000.- al contado al restaurant “Cielito Lindo”, responsable inscripto. Dicho local, construido sobre
inmueble propio, obtuvo el final de la obra en diciembre de 1998. La valuación fiscal arroja las
siguientes proporciones: 90% edificio y 10% terreno. Los créditos fiscales computados que demando la
obra son:
03/1998 $ 1.000.-
04/1988 $ 500.-
05/1998 $ 2.500.-
07/1998 $ 400.-
08/1998 $ 1.200.-
10/1998 $ 4.000.-




Otros datos:
1) Ventas en el local, acumuladas a febrero de 2009,
    -   De comidas $ 75.000.-
    -   De libros $ 12.000.-
    -   De leche de soja $ 21.000.-
    -   De salsa de soja $ 8.000.-
2) El crédito fiscal de los meses anteriores fue computado correctamente excepto por el mes de febrero
de 2009, en que el crédito correcto debió ser $ 1.200.- y se computó sin considerar su vinculación con
operaciones gravadas $ 1.500.-
3) El saldo técnico de la declaración jurada de IVA de febrero de 2009 es de $ 20.000 y se le
practicaron retenciones por $ 500.-




                                                   21
INGRESOS BRUTOS - CONVENIO MULTILATERAL
EJERCICIO Nº 1: DR. CAMPOS


Actividades realizadas:
1. Ingeniero Agrónomo, ejerce su profesión en forma independiente en su estudio ubicado en la Capital
Federal.
Asimismo, concurre una vez al mes al establecimiento agropecuario “La Estanciera”, ubicado en la
Provincia de Buenos Aires, para asesoramiento de la hacienda.
2. Posee una empresa unipersonal, “El Vacuno”, con depósito, administración y ventas en Capital
Federal. Cuenta con un representante en Provincia de Buenos Aires. La firma comercializa productos
veterinarios, y a su vez vende alimentos para animales que le dejan en consignación. Por esta última
actividad recibe una comisión del cinco 5% de las ventas efectuadas.
3. Posee un campo explotado en la Provincia de Bs.As, dedicado a la cría, engorde y posterior venta en
el mercado de Liniers de ganado vacuno. El campo se halla en la localidad de Santa Rosa.
4. Ejerce la docencia universitaria como Profesor adjunto en la Facultad de Agronomía de la
Universidad de la Matanza.


Si bien el contribuyente no está obligado a confeccionar estados contables, lleva cuenta y orden de sus
operaciones, tratándose de un responsable inscripto en el IVA. Sus operaciones las cobra al contado.


Se pide
Liquidar el anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al mes de abril de 2009.


INGRESOS DEL AÑO 2008
(a) Honorarios profesionales:
1. Atención en consultorio de Capital Federal: $ 6.000
2. Atención en el Establecimiento “La Estanciera”: $ 2.000


(b) Empresa “El Vacuno”
1. Productos veterinarios
– Ventas por representante en Pcia. de Bs.As. $ 9.000
– Pedidos formulados por Internet, de clientes domiciliados en Santa Fe. $ 1.200
– Ventas en mostrador:
* Clientes de Buenos Aires: $ 600
* Clientes de Capital Federal $ 8.000. Sobre estas ventas, se concedieron bonificaciones de $ 500 y
descuentos por pronto pago de $ 300. Estas bonificaciones y descuentos concedidos son normales en
plaza y no se encuentran neteados del monto de ventas.
– Ventas de vacunas a México por $ 3.100.- De estas ventas, $ 2.000 fueron despachadas por vía aérea
a Guadalajara y $ 1.100 fueron retiradas del mostrador de Capital Federal por un representante de la
empresa mexicana.
– Intereses comerciales cobrados:
* Ventas en mostrador Capital Federal: $ 120.-
                                                  22
* Ventas por representante en Bs. As.: $ 150.-
2. Ventas en mostrador de alimentos en consignación para ovejas: $ 5.000.-
(c) Establecimiento agropecuario:
– Despacha al mercado de Liniers 1 camión jaula de vacunos para su venta en dicho mercado,
obteniendo un precio total de $ 34.000.-
– Venta de una cosechadora afectada a la explotación agropecuaria como bien de uso, por la suma de $
25.000.-
(d) Actividad docente:
Percibió $ 5.000 en concepto de sueldo por su actividad de docente.
(e) Otros ingresos:
Cobró intereses por un plazo fijo en el Banco HSBC, sucursal Capital Federal por $ 1.500.-


GASTOS DEL AÑO 2008
(1) Actividad profesional
– Compra material descartable para la atención veterinaria en consultorio por $2.000.-
(2) Empresa “La Estanciera”
– Compra de mercaderías por $ 45.000.-
(3) Gastos de comercialización
– Comisión del representante: $ 3.000.-
– Sueldos: $20.000.-
(4) Fletes por $ 500.-
– Corresponden a la mercadería adquirida al proveedor “Holando S.A.” ubicado en Bs. As. y trasladada
al depósito de la empresa en Capital Federal. Incluye alimento para equinos recibido en consignación,
que representa un 45 % de la carga transportada.
(5) Publicidad y propaganda
– En la revista “Chacra”, por $ 450.-
(6) Amortización del Inmueble (empresa unipersonal) $ 1.700 (amortización impositiva)
(7) Gastos de Administración $ 4.000.-
(8) Gastos Varios de Administración $ 700.-
(9) Gastos de la explotación agropecuaria $ 6.000.-
(10) Honorarios abonados al contador por su asesoramiento en todas las actividades independientes del
Dr. Campos, por $ 3.500.-


OPERACIONES DEL MES DE ABRIL DE 2009
Honorarios profesionales:
1. Atención consultorio: $ 2.000.-
2. Venta de productos veterinarios en mostrador (Capital): $ 600.-
3. Venta de productos veterinarios a Uruguay: $ 4.000.-
4. Un cliente de la distribuidora le reembolsa el capital de un préstamo de $ 1.500 de enero de 2009,
debiendo intereses por un monto de $ 140.-
5. Vende al contado en el Mercado de Liniers 5 terneros, criados y engordados en su establecimiento
de Santa Rosa por $ 8.700.-
                                                   23
6. Alquila el 3 de abril un departamento de su propiedad en Capital Federal, que será utilizado como
consultorio por un profesional de su amistad. Establece en el contrato que el pago del alquiler de $ 800
se efectuará a mes vencido, del 1 al 5 del mes siguiente.


Datos complementarios:
– Bases imponibles acumuladas de enero a marzo del año 2009:
Por actividad profesional en consultorio: 2.500.-
Por la actividad en el establec. agrop.: 3.000.-
Por su empresa “El Vacuno”:
– Por ventas propias (mostrador): 1.300.-
– Por exportaciones: 3.000.-


Alícuotas:
Venta de productos veterinarios:
– Capital Federal 3 %
– Buenos Aires 3 %
– Santa Fe 3,5 %
Actividad profesional:
– Capital Federal 3 %
– Buenos Aires 3,5 %
– Santa Fe 3,5 %


Coeficientes unificados de convenio multilateral, año 2008:
- Capital Federal: 0,6250
- Buenos Aires: 0,3750




                                                    24
INGRESOS BRUTOS - CONVENIO MULTILATERAL
EJERCICIO Nº 2: LA ESTANCIERA S.A.


Actividad Principal: Fabricación de pantalones de jeans
Act. Secundaria: Producción de duraznos
Administración: Capital Federal
Fábrica: Pcia de Bs As
Locales de venta: Capital, Bs As y Mendoza
Finca: Catamarca
Cierre de ejercicio: Julio
Determinar los coeficientes unificados a aplicar en el año 2009 y calcular la base imponible
correspondiente a abril’2009.
Datos adicionales: Durante el mes de noviembre de 2008 abre un nuevo local de ventas en Tucuman.
Estados de Resultados al 31/07/2008
Ventas jeans                    (a) 54.000,00
Ventas duraznos                 (f) 10.300,00
Costo Mercadería Vendida         (b) (40.000,00)
Utilidad Bruta                      24.300,00
Gtos de producción              (c) (20.500,00)
Gtos de Administ                (d) (6.900,00)
Gtos de comercializ.            (e) (8.100,00)
Otros Ingresos                  (g) 5.350,00
Otros Egresos                   (h) (2.200,00)
Resultado del ejercicio             (8.050,00)


(a) Ventas
1- Desde Capital Federal
1.a- Desde el mostrador a un cliente de Prov de Bs As por $ 5.000.-, la mercaderia es enviada al
domicilio del cliente.
1.b- Un cliente de Catamarca envió un pedido de remeras por fax por $ 2.000.-
1.c- Desde el mostrador a clientes de Capital por $ 5.000.-


2- Desde Prov de Bs As
2.a- Ventas por correspondencia a clientes domiciliados en Chaco que retiranla mercadería del local de
ventas de Mendoza por $ 10.000.-
2.b- Por medio de representantes a clientes de:
Catamarca: $ 4.000.-
San Juan: $ 6.000.-
2.c- Ventas al mostrador a clientes domiciliados en Salta por $ 7.000.-. Se entrega la mercadería en el
domicilio del cliente.


3- Desde Pcia de Mendoza:
                                                   25
3.a- Ventas de mostrador por $ 15.000


(b) Corresponde al costo de la materia prima para la fabricación de jeans.


(c)
1- Jornales de producción $ 10.000.- corresponden $ 7.000.- a la fabricación de jeans y el resto a la
cosecha de duraznos.
2- Fuerza Motriz $ 1.5000.- ( $ 300.- corresponden a la finca)
3- Fletes desde Pcia de Bs As a Mendoa $ 4.500.-; desde Prov. de Bs As a Capital Federal por $ 1.500.-
y desde Catamarca a Prov de Bs As $ 3.000.-


(d)
- Sueldos administración $ 3.000.-
- Honorarios directores $ 2.500.-
- Amortizaciones $ 400, las amortizaciones calculadas de acuerdo a las normas del impuesto a las
ganancias ascienden a $ 800. Los bienes están ubicados en la administración.
- Impuestos y tasas $ 1.000.


(e)
- Sueldos del personal comercial $ 4.000 el cual se deposita en banco de la Capital Federal que efectúa
la distribución de los mismos en las cuentas corrientes de los empleados según la siguiente
distribución:
Mendoza: 1.000,00
Bs As 3.000,00
- Comisiones a representantes abonados en Capital Federal $1.500, de los cuales le corresponde el 50%
a cada uno.
- Publicidad en un diario local de la Pcia de Santiago del Estero $ 300.
- Fletes correspondientes al punto 1 a) por $ 700.-
- Impuesto sobre los ingresos brutos $ 1.600.


(f) Venta de duraznos cosechados en la finca ubicada en Catamarca. Corresponde a las ventas
realizadas por la sucursal Bs As de los duraznos recibidos desde la finca de Catamarca. La modalidad
de comercialización consiste en que la finca hace las entregas a la sucursal semanalmente y esta las
comercializa.
Durante del ejercicio cerrado en julio del 2008 la comercialización se efectuó exclusivamente en la
Pcia de Bs As.


(g)
- Intereses a plazo fijo en el banco nación de Capital Federal por $ 250.-
- Exportación concertada en Capital Federal a Uruguay por $ 2.500.-
- Ventas de maquinarias pertenecientes a la sucursal de Bs As 2.600.-


                                                      26
(h) Intereses bancarios $ 2.200.-


Ingresos de Abril de 2009
1) Venta de jeans:
Capital Federal 10.000.-
Bs As 5.000.-
Santa Fe 2.000.-
Por correspondencia desde Capital Federal a clientes de Tierra del Fuego $ 1.000.-
2) Venta de duraznos desde Bs As por $ 8.000.-
3) Intereses de plazo fijo $ 150.-
4) Vendió en $ 4.100 una furgoneta con la que efectuaba los fletes entre la fabrica y las sucursales.




                                                   27
INGRESOS BRUTOS - CONVENIO MULTILATERAL
EJERCICIO Nº 3: MARTIN PEREZ


Actividad Principal: Contador Público
Actividad Secundaria: Venta de equipos de computación
Posee su estudio en Capital Federal.´


Se pide:
Liquidar el anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al mes de abril de 2009.


No lleva libros contables. De sus anotaciones al 31/12/2008 surgen los siguientes datos:


Servicios profesionales          30.000,00 (1)
Venta de equipos                 15.000,00 (2)
Costo                            (4.500,00) (3)
Amortizaciones                     (900,00) (4)
Publicidad                       (1.800,00) (5)
Intereses                          (400,00) (6)
Resultado del ejercicio             37.400,00


(1) Corresponde a servicios prestados en el domicilio de los clientes de acuerdo al siguiente detalle.
Domic. del cliente Importe
Capital Federal $ 10.000.-
Buenos Aires $ 15.000.-
Salta $ 5.000.-


(2) Venta de equipos
Clientes que retiraron de Capital Federal $ 10.000.-
Venta telefónica a Bs. As. $ 5.000. El flete estuvo a cargo de Martin Perez.


(3) Es el costo de los equipos vendidos en el punto 2)


(4) Las amortizaciones impositivas ascienden a $ 800 y corresponden íntegramente a la amortización
del sistema utilizada para brindar los servicios profesionales.
(5) Corresponde a una publicidad realizada durante diciembre en el diario local de Chaco
promocionando un nuevo equipo de computación. Por problemas en el contrato se decidió no renovar
tal publicidad el año 2009.


(6) Intereses pagados a un Banco Chileno, por un préstamo para comprar equipos para la venta.


Datos adicionales:
Alícuotas:
                                                    28
Servicios profesionales               Actividad comercial
Capital Federal                Exento                                3.00%
Buenos Aires                   3.50%                                 3.50%
Salta                           3.00%                                3.00%
La Rioja                        2,50%                                 2,50%


Ingresos Abril 2009
Servicios profesionales $ 5.000, corresponde a una auditoría realizada en Salta.
Venta de equipos $ 40.000, corresponde a la venta telefónica con flete a cargo del cliente según el
siguiente detalle:
Clientes domiciliados en Buenos Aires $ 20.000.-
Clientes domiciliados en Capital Federal $13.000.-
Clientes domiciliados en La Rioja $ 7.000.-




                                                   29
INGRESOS BRUTOS - CONVENIO MULTILATERAL
EJERCICIO Nº 4: SU CASITA S.A.


Actividad Principal: Construcción
Actividades Secundarias:1) Corralón de materiales;
                            2) Intermediación en la venta de maquinarias para la construcción.


La empresa posee la administración de sus actividades en Capital Federal, el corralón y locales de
venta en esa ciudad y en la Provincia de Buenos Aires. En el mes de junio de 2009 abrió un nuevo
local de ventas de materiales en la Provincia de Jujuy.
Al mes de octubre de 2009 la empresa se encontraba realizando obras en las Provincias de Formosa,
Mendoza y Corrientes.


Se Pide:
Liquidar el anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al mes de octubre de 2009,
teniendo en cuenta que la empresa cierra su ejercicio el 30 de junio de cada año.


ESTADO DE RESULTADOS AL 30 DE JUNIO DE 2008
Ingresos por obras, ventas y coMendoza (1) 950.000
Costo de Obras y Ventas                  (2) (365.000)
Utilidad Bruta                               485.000
Gastos de Administración                 (3) (100.000)
Gastos de Comercialización               (4) (25.000)
Gastos Financieros                       (5) (20.000)
Resultado Final – Ganancia                   440.000

(1) Ingresos
a– Certificados de obra por construcciones en la Provincia de Formosa: $ 150.000.
b– Certificados de obra por construcciones en la Provincia de Mendoza: $ 420.000.
c– Venta de materiales a clientes domiciliados en la Provincia de Salta por $ 80.000. La venta se
efectuó en el local de la Provincia de Buenos Aires.
d– Venta de materiales a clientes de la Provincia de Santa Fe por $ 50.000. La venta se realizó por
medio de un representante que actúa en dicha provincia y correspondió a materiales provenientes del
local de Capital Federal.
e– Ventas por fax, de materiales desde el local de Provincia de Buenos Aires a clientes domiciliados en
la Provincia de Santa Fe por $ 70.000. El flete estuvo a cargo del comprador.
f– Comisiones por venta de máquinas situadas en la Provincia de Mendoza por $ 180.000. Tanto los
propietarios de los bienes como sus compradores tienen domicilio en Capital Federal.


(2) Costo de Obras y Venta de Materiales
Concepto             Activ.de revent              Obra          Obra            Obra
                                                 Formosa      Mendoza        Corrientes


                                                   30
E.I. materiales              150.000                        50.000           60.000           40.000
Cpas. Materiales             200.000                      100.000           50.000            50.000
Sueldos y Jornales            35.000 (*)                   10.000            5.000            20.000
E.F. materiales               (20.000)                      (5.000)          (5.000)         (10.000)
COSTO                         365.000                     155.000          110.000          100.000


(*) Corresponde a los sueldos de dos empleados que trabajan en los depósitos de los locales de Capital Federal y Provincia de
Buenos Aires (uno de cada depósito). Ambos dependientes perciben idéntica remuneración.



(3) Gastos de Administración
a- Honorarios al directorio $ 15.000.-
b- Alquiler de computadoras para la administración general $ 5.000.-
c- Sueldos de administración $ 40.000.-
d- Cargas sociales por sueldos de administración $ 10.000.-
e- Gastos administrativos atribuibles a las obras en ejecución $ 30.000.-


(4) Gastos de Comercialización
a- Comisiones abonadas en Provincia de Buenos Aires por las ventas de materiales realizadas por el
representante que actúa en la Provincia de Formosa $ 10.000.-
b- Honorarios abonados por las operaciones del punto (1) f) $ 15.000.-


(5) Gastos Financieros
Intereses devengados por descuentos de facturas $ 20.000.


INGRESOS DEL MES DE OCTUBRE DE 2009
a) Venta de materiales desde el local de Capital Federal $ 5.000.-
b) Exportación de materiales a Uruguay $ 50.000.-
c) Venta de materiales desde el local de la Provincia de Bs. As. $ 32.000.-
d) Intereses por el pago financiado de la operación del punto c) $ 150.-
e) Certificados de obras ejecutadas en la Pcia. de Corrientes $ 40.000.-
f) Comisiones por ventas de máquinas situadas en la Pcia. de Santa Fe $ 25.000.-
g) Venta de materiales en el local de Jujuy $ 10.000.-


Alícuotas para todas las jurisdicciones:
– Construcción 1.5 %
– Comercialización 3.0 %
– Prestación de Servicios 3.5 %
– Intermediación 4.9 %
– Prestaciones financieras 4.9 %




                                                            31
SOLUCIÓN EJERCICIOS DE PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO

1.a)     FALSO
1.b)     VERDADERO
1.c)     FALSO

2.a)     FALSO
2.b)     VERDADERO
2.c)     FALSO
2.d)     FALSO
2.e)     VERDADERO

3.a)     FALSO
3.b)     VERDADERO
3.c)     FALSO
3.d)     FALSO
3.e)     VERDADERO
3.f)     FALSO
3.g)     VERDADERO
3.h)     FALSO
3.i)     VERDADERO


         Art. 37 Ley 11.683 - Se devengaron intereses resarcitorios entre la fecha del vto. para el
         ingreso y la fecha efectiva de ingreso.
3 II
         Anatocismo: Si los intereses no se ingresaron, éstos se transforman en capital a la fecha
         de depósito de la obligación principal y devengan intereses resarcitorios.

         Art. 48 Ley 11.683. Multa por defraudación: Será reprimido con multa de 2 a 10 veces
         el tributo retenido o percibido, los agentes de retención o percepción que lo mantengan
         en su poder después de vencidos los plazos en que debieran ingresarlo. No se admite
         excusación basada en la falta de existencia de fondos cuando éstas se encuentren
         documentadas, registradas, o exteriorizada de cualquier modo.

         No es aplicable la Ley Penal Tributaria por no superar los $10.000

4 I.a)   FALSO
4.b)     FALSO
4.c)     FALSO
4.d)     VERDADERO


         Por el saldo de $8.500 se suspende el término de la prescripción desde el 01/04/06. Por
         lo tanto, la acción de repetición prescribirá el 01/10/2011. Por el saldo de $2.300, la
4 II)
         acción prescribe el 01/01/2012. La normativa aplicable son los artículos 57, 62 y 65 de
         la Ley 11.683




                                               32
La prescripción para exigir el pago que se intima habrá de producirse el 01/01/2010
         dado que habiéndose iniciado el 01/01/05, la misma se suspende por un año desde la
4 III)
         fecha de la intimación (18/09/04), reanudándose su cómputo a partir del 19/09/05.
         (artículo 65 de la ley 11.683)


5.a)     FALSO
5.b)     FALSO
5.c)     VERDADERO

6.a)     FALSO
6.b)     VERDADERO
6.c)     FALSO
6.d)     VERDADERO

6.e)     Forma parte del proceso de determinación de oficio:
         ·    Vista
         ·    Descargo
         ·    Producción de la prueba
         ·    Resolución
         ·    Dictado de medidas de mejor proveer
         ·    Solicitud de Prorroga
         ·    Solicitud de toma de vista del expediente con suspensión de plazos


         Es de aplicación el artículo 40 de la Ley 11.683, por la cual dispone que serán
         sancionados con multas de $300 a $30.000 y clausura de 3 a 10 días del
         establecimiento. Se configura el inciso c) del artículo 40. el cual dispone la sanción a
         quienes transporten comercialmente mercaderías aunque no sean de su propiedad, sin el
         respaldo documental que exige la AFIP (RG 1415)
7)




         Que la apelación a la Cámara Nacional de apelaciones tenga efectos devolutivos,
8 I)     implica:
         c) Que el fisco tendrá habilitadas las facultades para iniciar el juicio de ejecución fiscal.

8 II)    Que la apelación al Tribunal Fiscal tenga efectos suspensivos, implica:

         c) Que la AFIP no puede ejecutar la deuda hasta tanto el Tribunal Fiscal decida.
         d) Que se suspende toda acción del fisco para volver a determinar de oficio la materia
         imponible en discusión.


         De acuerdo a lo expuesto la multa no está firma y como tal el fisco no puede iniciar el
         cobro compulsivo. Por lo tanto la Boleta de deuda estaría mal confeccionada en virtud
         de incluir conceptos e importes incorrectos, ya que no corresponden los $5.000 de
8 III)   multa y el 15% estaría mal calculado.


9)       La única afirmación válida es:

                                                33
g) El allanamiento de la pretensión fiscal efectuado luego de haberse corrido la vista
tiene el carácter de declaración jurada para el responsable y determinación de oficio
para el contribuyente.




                                      34
SOLUCIÓN IMPUESTOS INTERNOS
EJERCICIO Nº 1 - JB S.A.

Ejercicio Nº 1
Tasa Nominal whisky                                                20%
Tasa Efectiva: (100*20/100-20)                                     25%

Punto 1) "BLACK"
Valor FOB                                                      10.000,00
Seguro y Flete                                                    300,00   Art 3 Ley 24.674
Derechos y tasa estadística                                       550,00   Art 3 Ley 24.674
IVA (No computable)                                        -
Retención IVA (no deduc.)                                  -
Retención Ganancias (no deduc.)                            -
Gastos despachante (no computables)                        -
Importe neto                                                   10.850,00
Base incrementada (importaciones - 30%)                        14.105,00   Art 7 Ley 24.674
Impuesto Interno (25%)                                          3.526,25
Total Base imponible                                           17.631,25
Impuesto Interno (20%)                                          3.526,25

Cálculo pago a cuenta. Criterio Físico "BLACK"                    3,526
(3.526,25/1.000)

Punto 2) "NEW"
Valor Venta                                                    75.000,00
Intereses de financiación (no computable)                  -
Impuesto Interno (25%)                                         18.750,00
Total Base imponible                                           93.750,00
Impuesto Interno (20%)                                         18.750,00

Punto 3) "ICE"
Precio Neto                                                    15.000,00
Intereses de financiación (no computable)                  -
IVA (No computable)                                        -
Impuesto Interno (25%)                                          3.750,00
Total Base imponible                                           18.750,00
Impuesto Interno (20%)                                          3.750,00
Impuesto interno facturado $1.350 (se toma $1.350 y NO
$3.750)
Cálculo pago a cuenta. Criterio Físico "ICE"                        1,80
(1.350/750)

Punto 4) "ICE"
Exportación - Exceptuado del impuesto art. 10 Ley 24.674

Punto 5) "BLACK"
Valor Venta (500 botellas)                                      9.000,00
Bonificación pronto pago (deducible)                             -900,00
Precio Neto                                                     8.100,00
Impuesto Interno (8100*0,25)                                    2.025,00
                                                35
Total Base imponible                                              10.125,00
Impuesto Interno (20%)                                             2.025,00

Crédito de Impuesto (pago a cta.) "BLACK"                          1.763,13   Art 6 Ley 24.674
(500 unidades vendidas x 3,526)

Punto 6)
Valor Venta "ICE" (100 botellas)                                   2.000,00
IVA (N/C)                                                     -
Bonificación especie (5 botellas)- Gravado                           100,00   Art 4 Ley 24.674
Bonificación pago contado                                           -150,00   Art 4 Ley 24.674
Precio neto                                                        1.950,00
Impuesto Interno (25%)                                               487,50
Total Base imponible                                               2.437,50
Impuesto Interno (20%)                                               487,50

Cómputo de Impuesto pago a cta.                                     189,00    Art 6 Ley 24.674
(100+5=105 unidades x $1,8)

Punto 7)

Valor Venta (80 botellas "NEW")                                    1.200,00   Art 2 Ley 24.674
Impuesto Interno (25%)                                               300,00
Total Base imponible                                               1.500,00
Impuesto Interno (20%)                                               300,00

Liquidación mes 11/2008

                  WHISKY "BLACK"
                       3.526,25                   1)
                       2.025,00                   5)
                      -1.763,13                   Pago cta.
                       3.788,13

                    WHISKY "NEW"
                      18.750,00                   2)
                        300,00                    7)
                      19.050,00

                     WHISKY "ICE"
                           -                      3)
                           -                      4)
                         487,50                   6)
                        -189,00                   Pago cta.
                         298,5

TOTAL                                             23.136,63




                                             36
SOLUCIÓN IMPUESTOS INTERNOS
EJERCICIO Nº 2 - LA ESPUMA S.A.


    Tasa Nominal                                                    8%
    Tasa Efectiva: (100*8/100-8)                                8,69565

    Punto 1)

    Valor FOB                                                  10.000,00
    Seguro y Flete                                                300,00   Art 3 Ley 24.674
    Derechos y tasa estadística                                   550,00   Art 3 Ley 24.674
    IVA (No computable)                                        -
    Otros gastos (no computables)                              -
    Importe neto                                               10.850,00
    Base incrementada (importaciones - 30%)                    14.105,00   Art 7 Ley 24.674
    Impuesto Interno (8,69565)                                  1.226,52
    Total Base imponible                                       15.331,52
    Impuesto Interno (8%)                                       1.226,52

    Cálculo pago a cuenta. Criterio Físico                          0,06
    (1.226,52/20.000)

    Punto 2)

    Valor Venta                                                20.000,00
    Intereses de financiación (no computable)            -
    Impuesto Interno (8,69565)                                  1.739,13
    Total Base imponible                                       21.739,13
    Impuesto Interno (8%)                                       1.739,13

    Punto 3) - Puntaje:
    Exportación - Exceptuado del impuesto art. 10 Ley 24.674

    Punto 4)

    Valor Venta                                                 4.800,00
    Impuesto Interno (8,69565)                                    417,39
    Total Base imponible                                        5.217,39
    Impuesto Interno (8%)                                         417,39

    Cómputo de Impuesto pago a cta.                              -367,96   Art 6 Ley 24.674
    (6.000 unidades vendidas x 0,06)

    Punto 5)

    Valor Venta                                                 4.000,00
    Bonificación pago contado (no computable)                  -           Art 4 Ley 24.674
    Bonificación especie - Gravado                                400,00   Art 4 Ley 24.674
    Precio neto                                                 4.400,00

                                                37
Impuesto Interno (8,69565)                  382,61
    Total Base imponible                      4.782,61
    Impuesto Interno (8%)                       382,61

    Cómputo de Impuesto pago a cta.              -330    Art 6 Ley 24.674
    (5.000+500=5.500 unidades x 0,06)

    Punto 6)

    Valor Venta                                650,00    Art 2 Ley 24.674
    Impuesto Interno (8,69565)                  56,52
    Total Base imponible                       706,52
    Impuesto Interno (8%)                       56,52

    Punto 7)

    Devolución                                     -20
    Impuesto Interno (8,69565)                   -1,74
    Total Base imponible                        -21,74
    Impuesto Interno (8%)                        -1,74



    Liquidación mes 02/2008

                    Cerveza "Germany"
1                        1.226,52
4                         417,39
4                        -367,96
5                         382,61
5                          -330
                         1.328,57

                   Cerveza "La Espuma"
2                        1.739,13
6                          56,52
7                          -1,74
                         1.793,91




                                         38
SOLUCIÓN IMPUESTOS INTERNOS
  EJERCICIO Nº 3

Ejercicio a)


Tasa efectiva=(100 * T) / (100 - T)=(100 * 20) / (100 - 20) = 25


Precio antes de IVA y de Internos $ 3.000.-
25% sobre $ 3.000 = $ 750
Cálculo del Impuesto Interno: 20% sobre (3.000 + 750) = $ 750.-


Precio del producto con internos                                                        3.750,00
IVA (21% sobre $ 3.000)                                                                  630,00


Precio de venta al público                                                              4.380,00


Las bonificaciones y descuentos no forman parte de la base imponible de I.I. art. 4
inc. a. En IVA corresponde el art. 12 b.


Precio antes del impuesto                                                               3.000,00
Descuento 10%                                                                            -300,00
Total                                                                                   2.700,00


Imp. Interno 25% s/2.700                                                                 675,00


Precio con I.I.                                                                         3.375,00
IVA 21% s/2.700                                                                          567,00
Precio final de venta                                                                   3.942,00


Ejercicio b)


Valor FOB                                                                             218.000,00
Fletes                                                                                 15.600,00
Seguros                                                                                 2.138,00
BASE IMPONIBLE PARA CALCULO DERECHOS DE IMPORTACION                                   235.738,00
Derechos 1,95%                                                                          4.496,87
Estadística 3%                                                                          7.072,14
TOTAL                                                                                 247.307,01


Tasa nominal: 10%

                                                 39
CALCULO DE LA BASE
$ 247.307,01 * 11,11% = $ 27.475,81
(247.307,01 + 27.475,81) * 130% = $ 357.217,66


CALCULO DEL IMPUESTO
Impuesto 10% s/ $ 357.217,66 = $ 35.721,77


Ejercicio c)
Determinación de la Base Imponible
30.000 unidades a $ 3 c/u                                                                 90.000,00
Descuento 3%                                                                               -2.700,00
Flete                                                                                      2.500,00
Total                                                                                     89.800,00
Tasa nominal                                                                                     8%
Tasa efectiva                                                                                 8,70%
Impuesto 8,70% s/ 89.800.-                                                                 7.812,60


Calculo del pago a cuenta:
Importación:
$ 46.000 * 130% * 8,7%                                                                     5.202,60
Impuesto a ingresar                                                                        2.610,00



En virtud del art. 9 de la ley la exportación de los productos importados no debería tributar el
Impuesto, pero no existe derecho a cómputo de créditos por pagos a cuenta por no tratarse de
productos nacionales que cumplan con los requisitos del art. 10. Por lo tanto el impuesto interno
abonado en al importación es mayor costo. Si esta situación fuera recurrente debería importarse la
mercadería bajo el régimen de Importación temporaria para no pagar impuestos.




                                                 40
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
EJERCICIO INTEGRAL Nº 1 - LA TABLITA SRL



              Importación - gravado - art. 1º c)
              Fabricación - gravado - art. 1º b)
              Venta       - gravado - art. 1º a)
              Exportación - exento - art. 8º d)

              OPERACIONES DEL 11/2009


                                                    CONCEPTO                                           IMPORTE NETO     D. F.      C.F.
              1- a) Venta de Bs. a R.I.                                              Gravado-1º a)
                    N.H.I = 11/2009-Entrega o factura lo anterior (5º a) )
                    100 x 500 x 21% =                                                                        50.000,00 10.500,00

              1- b) Vta. de Bs. a Resp. Monotributo                                  Gravado-1º a)
                    N.H.I = 11/2009-Entrega o factura lo anterior (5º a) )
                    1 x 750 / 1,21 =                                                                           619,83     130,17

              2-   Exportación                                                    Exenta- 8º d)                  0,00       0,00
                   los bs. salen en 12/2009 NO SE TOMARIA PARA PRORRATEO DR. 41º
              3-   Importación de Bienes                                          Gravado-art. 1º c)
                   Nacim. H. I. en el momento en que sea definitiva-5º f) 10/2009                                0,00       0,00

                                                                               41
4-   Desfectacion de Bs. para consumo propio                                   Gravado-2º b)
     Base Imponible 10º 3er. Parr. El $ es el fijado para operaciones normales
     efectuadas por el responsable
     s/pto. 1)   1 x $500 =                                                                           500,00     105,00

5-   Vta. de Bs. a Sujeto NO categorizado RG. (AFIP) Nº 2126                        Gravado-1º a)
     N.H.I = 11/2009-Entrega o factura lo anterior (5º a) )
     20 x 1430 / 1,21 =                                                                             23.636,36   4.963,64
     Percepción 23.636,36 + 4.963,64 x 0,105 = 3.003.-      Se ingresa a través del SICORE

6-   Vta. de Bs. a Resp. Monotributo                                               Gravado-1º a)
     N.H.I = 11/2009-Entrega o factura lo anterior (5º a) )
     30x 920 / 1,21 =                                                                               22.809,92   4.790,08

7-   Donación de Bien de Uso                Dictamen (DATJ) Nº 7/81
     Año de alta            : 2004
     Año Fin V. Útil        : 2010 (amort. imp. 5 años)
     Impositivamente esta totalmente amortizado por lo tanto no
     corresponde el reintegro del C. F. ( D.R. 58º )                                                     0,00      0,00

8-   Prest. Serv. de un Resp. Monotributo- No discrimina IVA
     No genera C. F.-25º L. 25.865


                                                                            42
9-   Compra de Inmueble
     Nacim. H.I. Escritura o Posesión lo que fuera anterior -5º e) 1/2010                                                      0,00       0,00
     Int. por vta con pago diferido Nacim. H. I. vto. plazo rendimiento o pago D. R. 22º

10- Energía Eléctrica de la Administración                                           Asignación Directa
    1er. Vto. C. F. $ 650.-
    2.300 x 27 % = $ 621.-      Aplica "Regla del Tope "     12º a)                                                       2.300,00                  621,00

11- Compra a R.I.                                                                    Asignación Directa
    24.000.- x 21% =                                                                                                     24.000,00                 5.040,00



                                                                                                                            Totales 20.488,88 5.661,00

     No se hace prorrateo del C.F. porque no hay operaciones exentas ( las exportaciones se suman a las operaciones gravadas para el prorrateo )




DECLARACION JURADA PERIODO 11/2009

Débito Fiscal                                            20.488,88
Crédito Fiscal                           5.661,00
Sdo. a Fav. 1er. P. Anterior            14.900,00

                                                                              43
Subtotales                     20.561,00   20.488,88
Saldo 1er. P.                    72,12
Ret./Perc.                           -
Sdo. A Fav. 2do. P. Anterior     540,00
Monto Utilizado
Subtotal                         540,00           -
Saldo 2do. P.                   540,00




                                                       44
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
        EJERCICIO INTEGRAL Nº 2 - ALEJANDRO MAGNO




  Alquiler de Inmuebles       - Gravado 7º h) pto. 22 ultimo parr.-D.R. 38º
  Hab. Compra/vta Bs. Usados - Gravado - 18º
  Asesor de empresas          - Gravado - 1º b)
  Socio Gerente                 - Exento - 7º h) pto. 18
  Venta de carbón             - Gravado - 1º a)
  Exportacion de Carbón       - Exento - 8º



                              CONCEPTO                                                                           GRAVADO / EXPORT. NO GRAVADO/EXE   D. F.   C. F. Computable Ret./Perc.
   INGRESOS
1. Venta de Bs. a R.I.                                                  Gravada
   N.H.I = 7/2009-Entrega o factura lo anterior                         5º a)                                               -
   Ret. Sufrida: Pago Parcial-La ret se detremina s/importe total Op.   RG ( AFIP ) 18- 10º
   5000 x 10,5% =                                                                                                                                                                525,00
2. Exportacion de Carbón                                                Exento- 8º
   N.H.I = 6/2009-cumplido de embarque                                  D.R.41º                                             -
   Exportacion de Serv. Prestada en el país, utilizada en el ext.       Exenta-1º b) ultimo párrafo-D.R. 77.1º
   N.H.I = 8/2009                                                                                                     6.000,00

                                                                                                          45
3. Venta de Terreno                                                     No gravado                                        50.000,00
    Pago Aporte de Capital                                               No gravado                                  -
 4. Venta de Bs. a Resp. Monotributo c/seña que congela $                5º ultimo parr.
    N.H.I.= 9/2009- No están puesto a disposición los bs.                6º ultimo parr.                             -
 5. Honorarios Socio Gerente                                             Exento-7º h) pto. 18                              10.000,00
 6. Alquiler Inmueble a R.I.-Valor de Locación>$1.500,                   Gravado-7º h) pto. 22-D.R. 38º
    N. H. I.: 8/2009- vencimiento o pago lo que fuera anterior           5º b) pto. 8
    B.I.= 1950 - 180 (Expensas)                                          No integra B. I-D.R: 49º.1            1.770,00                 371,70
 7. ND emitida por Intereses Resarcitorios        GENERA D.F.            Gravada-D.R. 24º
    N. H. I.: 9/2009- Al momento de su percepción                        D.R. 24º                                    -
 8. Prest. Serv. A Exento                                                Gravado-3º e) pto. 21
    N. H. I.: 8/2009- cuando termina la prestación o cobro lo anterior   5º b)
    500 / 1,21 =                                                                                                 413,22                  86,78
 9. Prestación Serv.                                                     Gravado-3º e) pto. 10
    N. H. I.: 9/2009- cuando termina la prestación o cobro lo anterior   5º b)                                 13.000,00               2.730,00
10. Vta. Bs. Mueble a Resp. Monotributo                                  Gravado-1º a)
    14000 / 1,21 =                                                                                             11.570,25               2.429,75
11. Venta a Exento                                                       Gravado-1º a)
    2000 / 1,21 =                                                                                                826,45                 173,55
    Habitualista en la compravta. Bs. Usados                             Computo C. F. - 18º
    coeficiente: 21 / 100 + 21 = 0,17
    Computo CF. De Adquisición: 500 * 0,17 = 86,78,-                     no excede el limite                                                      86,78
    Limite: 2.000 / 1,21 = 1.652,89 x 21% x 90 %= 312,4
12. NC emitida a R. I.                               GENERA C.F.         12º b)

                                                                                                          46
300 x 21%                                                                                            -      300,00                                          63,00
13. Donación de Bs. Uso                                          Reintegro C. F.-D.R. 58º
    Escritorio + biblioteca: vida útil 5 años                    DATJ. ( AFIP ) 7/81
    Año de alta             : 2007
    Año Fin V. Útil         : 2011
    Restan 3 años amort. al 2009                                 Reintegro C. F.
    1500 x 21% = 420 /5 x 3 =                                                                                                                189,00
    Pc': vida util 3 años                                        DATJ. ( AFIP ) 7/81
    Año de alta             : 2002
    Año Fin V. Útil         : 2004
    Totalmente amort. al 2009                                    No reintegra C.F.                                                                  -

                                                                                            Subtotales        33.279,92       60.000,00     5.791,78           149,78            -



                                 CONCEPTO                                                                GRAVADO / EXPORT. NO GRAVADO/EXE   D. F.       C. F. Computable Ret./Perc.
    COMPRAS
 1. Compra de Bs. No puestos a disposición
    Para el vendedor no nació el H.I.                            6º
    No procede el computo del C.F. Sino se perfecciono el D.F.   12º ultimo Parr.
 2. Fc. Teléfono
    480 x 27% = 86,4 ok. Facturado
    86,4 x 0,3568 =                                              Prorrateo General                              320,00                                          30,83          9,60
 3. NC recibida        GENERA D.F.

                                                                                               47
35 x 27% = 9,45 x 0,3568                                     Prorrateo General                            -       35,00        3,37               -    4,00
 4. Honorarios Contador R.I.
    2500 x 21% = 525 Facturado 500           Regla del Tope      12º a)
    500 x 0,3568 =                                               Prorrateo General                                 2.500,00                 178,39
 5. Importación de Bienes                                        Gravado-1º c)
    Valor CIF - Flete a cargo del vendedor                       El flete NO integra B. I. - 25º - D.R. 64º
    5000 + 500 + 400 =                                                                                             5.900,00                1.239,00       590,00
 6. Importación de Bien de Uso                                   Gravado-1º c)
    Valor FOB - Flete a cargo del comprador
    10000 + 1500 + 1000 + 900 =                                  El flete integra B. I. - 25 º - D.R. 64º          13.400,00               2.814,00           -
    No corresp. Percepción s/Bs. De Uso
 7. Compra a Resp. Monotributo
    No genera C.F.                                                                                                       -     -
 8. Locación con opción de Compra                                5º g)
    Duración del Contrato      : 2 años
    Limite:V. Útil: 3 años 1/3: 1 año        supera el limite    5º g) pto. 2
    Nacim. H.I.: F. de Devengam.. o pago lo que fuera anterior   5º d)
    1.500 x 21% x 0,3568 =                                       Prorrateo General                                 1.500,00                 112,38
 9. Compra de Camioneta no afectada a la actividad               C.F. No computable-12º 2do. parr.
10. Gto. de Restaurante                                          C. F. No computable - 12º a) pto. 3                     -                       -
11. Compra Inmueble
    1ra. Vta.- Empresa Constructora factura D.F.
    $ Obra: 216.000.- s/$ 270.000.-= 80%                                                                          216.000,00              45.360,00
    Porcentaje s/valuacion fiscal = 75%                          10º 6to. Parraf.

                                                                                                        48
SubTotales         236.800,00                -            -         49.525,38   595,60
                                                 Totales                                                                       5.791,78        49.675,16   595,60


                                                                                   DD.JJ. IVA 8/2009

                                                                                   Debito Fiscal                                    5.791,78
                                                                                   Crédito Fiscal                  49.675,16
                                                                                   Sdo a Fav. 1er. P. Anterior      5.000,00
Prorrateo                                                                          Subtotales                      54.675,16        5.791,78
                                                                                   Saldo a Fav. 1er. P.           48.883,38
General                                                                            Ret./Perc.                         595,60
Ventas Gravadas / Exportaciones   33.279,92   0,3568        Computable             Sdo. A Fav. 2do. P. Anterior       300,00
Ventas No Gravadas / Exentas      60.000,00    0,6432      No Computable           Monto Utilizado                                   237,00 200 + 37
Total Ventas                      93.279,92                                        Subtotal                          895,60          237,00
                                                                                   Sdo. A Fav. 2do. P.               658,60




                                                                              49
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
    EJERCICIO INTEGRAL Nº 3 - OFFICE SA



    Compra-venta - gravado - art. 1º a)
    Reparación       - gravado - art. 1º b)


    CONCEPTO                                                                        GRAVADO           NO GRAV.        DEBITO FISCAL       RETENCIONES         CREDITO FISCAL
                                                                                    EXPORTAC.         EXENTO                                 RG 18
    INGRESOS

1- Reparac. s/bs. mueble ( art. 3º e) pto. 9)
    N. H. I.: 5/2009- cuando termina la prestación o cobro lo anterior ( 5º b) )
    (art. 6º 2do.párr.) Anticipo debe: - congelar el pcio. total de la operación.
                                 - bienes deben estar puestos a disposición.
    No se cumple este requisito, puesta a disposición el 05/2009                     ------------      ------------      ------------


2- Vta. Bs. a R.I.
   N.H.I = 4/2009-Entrega o factura lo anterior (5º a) )
   4.000 x 21% =                                                                           4.000,00                              840,00              420,00


3- Vta.bs. a Consumidor Final
   N.H.I = 4/2009-Entrega o factura lo anterior (5º a) )
   $ 230 corresponden a gtos de transp.art.10 5º párraf.Pto.1
                                                                                      50
( 970 + 230 ) / 1,21 =                                                                        991,74                           208,26

4- Vta. de cosa mueble.
    1.900 / 21%=              (art. 10 3º párr. precio fijado para operaciones normales)         1.570,25                          329,75

5- Vta. De cosa mueble a R.I.
    N.H.I. c/ la entrega y factura el día 04/2009                                                3.000,00                          630,00
    3000 x 21%=

6- Vta. de bs. a R.I.
    N. H. I.= 5/2009 c/entrega del importador (art. 5º a) )
    (art. 6º 2do.párr.) Anticipo debe: - congelar el pcio. total de la operación.
                                    - bienes deben estar puestos a disposición.
    No se cumple este requisito, puesta a disposición el 05/2009                           ------------     ------------   ------------


7- Reparac. s/bs. mueble a un RI ( art. 3º e) pto. 9)
   N. H.I.= c/entrega el 04/2009 (art.5 b) pto.1)
    670 x 21%=                                                                                    670,00                           140,70   112,56


8- Exportación de bienes
   N. H. I.= el 4/2009 c/fecha de embarque (art. 8º d) y art.43º)                                9.000,00
    Servicio de asesoramiento: realización y utilización económica en Chile
    No gravado, no se cumple el elemento territorial.                                                         1.000,00

                                                                                            51
9- Alquiler Inmueble destino casa habitación. Exenta ( art. 7º inc. h) pto. 22)                                    800,00
    N.H.I. c/ percepción el día 04
    Crédito Fiscal por comisión no se computa, ya que está destinado a actividad exenta.


                                                                                                 15.231,98       1.800,00           2.148,72                  532,56



                                           OPERACIÓN                                       NETO GRAVADO        C.F. IVA      NO COMPUTABLE       PERCEP.                DEBITO FISCAL
                                                                                                                                               RG 3337/3431
    COMPRAS

10- Import.de escritorios
    $ 10.200.- Valor CIF+tasas y derechos de import.                                             10.200,00       2.142,00                                    1.020,00
                                                                                                                                               (RG 3431) 10 %
11- No genera C.F. Compra a                                                                   -----------      -----------                        ----------
    Monotributista Fact.C
12- Honor. Asesor Impositivo
    trabajo continuo NHI con percepción total o parcial.                                             900,00        108,37            188,57        -------

13- Art. 3 c)                                                                                       1.600,00       336,00                          -------

14- Cpra. De bibliotecas a R.I.                                                                     5.600,00     1.176,00                                     168,00
                                                                                               52
(RG 2408 ex-3337) 3 %
15- NC recibida                                                                                                                                           441,00


16- Servicio de Gas
    500 x 0,27= 135.-
    Iva Facturado: $ 105 (tope)
    Prorrateo Especifico $ 105 x 0,5830 =                                                         500,00         78,71    56,30
    Intereses Resarcitorios. Art.24 DR N.H.I. c/ percepción.
    Prorrateo Especifico 25 x 0,27 x 0,5830 =                                                      25,00          3,94    2,81
    Percepción RG 3337 $ 500 x 0,03= $ 15,00. No se efectúa la percepción mínimo $ 21,30


17- No se puede computar el
    C.F. destino a act.exenta                                                              -----------      ----------   483,00


                                                                                                 8.625,00    1.703,01    730,68                1.188,00   441,00




                                                                                            53
PRORRATEO GENERAL (ACT.COMERCIAL Y ALQUILER INMUEBLE)              DECLARACION JURADA PERIODO 4/2009
Vtas. Gravadas/ Exportac.            $ 15.231,98 57,34%
Vtas. Exentas/ No gravadas.             $ 1.800,00   42,66%        Débito Fiscal                                  2.589,72
                                                                   Crédito Fiscal                      1.703,01
                                       $ 17.031,98
                                                                   Sdo a Fav. 1er. P. Anterior          180,00

PRORRATEO ESPECíFICO (ACT.COMERCIAL)                               Subtotales                          1.883,01   2.589,72
Vtas. Gravadas/ Exportac.              $ 15.231,98   58,30%        Saldo a Fav. 1er. P.           -     706,70
Vtas. No gravadas                       $ 1.000,00   41,70%        Ret./Perc.                          1.188,00
                                                                   Sdo. A Fav. 2do. P. Anterior         215,00
                                       $ 16.231,98
                                                                   Monto Utilizado                                 170,00
                                                                   Subtotal                            1.403,00    170,00
                                                                   Sdo. A Fav. 2do. P.                1.233,00




                                                              54
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Impuestos II: Ejercicios de Procedimiento Tributario

  • 1. Impuestos II Guía de Estudio Clases de Apoyo 2
  • 2. GUÍA DE TRABAJOS PRÁCTICOS PLANTEOS Impuestos II  Procedimiento Tributario - Ejercicios de Procedimiento Tributario Pág. 5  Impuestos Internos - Ejercicio Nº 1 - JB S.A. Pág. 9 - Ejercicio Nº 2 - La Espuma Pág. 11 - Ejercicio Nº 3 . Pág. 12  Impuesto al Valor Agregado - Ejercicio Integral Nº 1 - La Tablita SRL Pág. 13 - Ejercicio Integral Nº 2 - Alejandro Magno Pág. 15 - Ejercicio Integral Nº 3 - Office S.A. Pág. 18 - Ejercicio Integral Nº 4 - Sushi S.A. Pág. 20  Ingresos Brutos – Convenio Multilateral - Ejercicio Nº 1 - Dr. Campos Pág. 22 - Ejercicio Nº 2 - La Estanciera S.A. Pág. 25 - Ejercicio Nº 3 - Martín Perez Pág. 28 - Ejercicio Nº 4 - Su Casita S.A. Pág. 30 SOLUCIONES Impuestos II  Procedimiento Tributario - Ejercicios de Procedimiento Tributario Pág. 32  Impuestos Internos - Ejercicio Nº 1 - JB S.A. Pág. 35 - Ejercicio Nº 2 - La Espuma Pág. 37 - Ejercicio Nº 3 Pág. 39  Impuesto al Valor Agregado - Ejercicio Integral Nº 1 - La Tablita SRL Pág. 41 - Ejercicio Integral Nº 2 - Alejandro Magno Pág. 45 - Ejercicio Integral Nº 3 - Office S.A. Pág. 50 - Ejercicio Integral Nº 4 - Sushi S.A. Pág. 55  Ingresos Brutos – Convenio Multilateral 3
  • 3. - Ejercicio Nº 1 - Dr. Campos Pág. 62 - Ejercicio Nº 2 - La Estanciera S.A. Pág. 68 - Ejercicio Nº 3 - Martín Perez Pág. 72 - Ejercicio Nº 4 - Su Casita S.A. Pág. 74 4
  • 4. EJERCICIOS DE PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO 1. Principio de la realidad económica a) El Principio de la realidad económica es aplicable cuando el contribuyente intente efectuar, mediante una figura jurídica adecuada, operaciones que resulten un menor pago del impuesto del que le hubiere correspondido según las prácticas normales de mercado. b) El uso del principio de la realidad económica permite descubrir la verdadera intención de las partes, más allá de las formas que hubieran utilizado los contribuyentes. c) El principio de la realidad económica es un método de interpretación de las leyes tributarias. 2. Domicilio Indique cuales de las siguientes afirmaciones son válidas: a) El domicilio fiscal de las personas físicas es el real, independientemente del lugar donde se encuentre situada su administración. b) El domicilio fiscal electrónico es optativo. Una vez constituido, serán válidas todas las notificaciones que allí se cursen. c) En el caso de personas jurídicas, cuando el domicilio de las operaciones no coincida con el de la administración, el contribuyente podrá declarar ambos domicilios como fiscal, siempre el mismo pueda probar fehacientemente el domicilio donde tenga sus operaciones y su administración. d) El domicilio fiscal de una persona física del exterior será el domicilio donde dicho responsable tenga su residencia permanente en el exterior. e) Cuando la AFIP compruebe que el domicilio declarado por el contribuyente no es previsto por la ley, podrá declararlo de oficio por resolución fundada. 3. Determinación de Oficio I) ¿Cuándo es posible efectuar una nueva determinación de oficio sobre el mismo impuesto y período?: a) Cuando en la determinación de oficio anterior se hubiese dejado expresa constancia que la misma fue parcial, pudiendo de esta forma efectuar una nueva determinación por los mismos impuestos, conceptos y períodos. b) Cuando se comprueba que el contribuyente omitió exhibir documentación que sirve de base para la determinación del impuesto. c) Cuando se compruebe la existencia de que la AFIP cuantificó erróneamente la base imponible. d) Cuando la AFIP haya modificado la apreciación de los hechos por motivo de un cambio de criterio. Responder con Verdadero o Falso, fundamentando la respuesta. e) La determinación de oficio, ya sea realizada sobre cierta o presunta, una vez firme, nunca puede ser modificada en contra del contribuyente. f) Siempre es necesario el dictamen jurídico previo a la resolución determinativa de oficio. g) La determinación de oficio sobre base presunta es la alternativa supletoria a la determinación de oficio sobre base cierta. h) La enumeración de los indicios en los cuales se podrá fundar la determinación de oficio que realiza la ley es taxativa. i) Todas las presunciones establecidas en la ley, en las cuales se puede fundar la Determinación oficio son Juris Tantum. II) Determinar las sanciones previstas por la Ley 11.683 y la Ley Penal Tributaria frente a los acontecimientos que a continuación se describen:  La empresa Contadores S.A., efectuó retenciones en concepto de Impuesto a las Ganancias por la suma de $ 9.000.- en la segunda quincena del mes 02/2009 y por la suma de $ 11.000, en la primera quincena del mes 03/2009. 5
  • 5. El presidente de la empresa le informa que: o (1) Ingresó las retenciones indicadas en primer término, un día después de la fecha de vencimiento. o (2) Ingresará las retenciones por $ 11.000.- con fecha 15/05/2009 debido a que no cuenta con fondos disponibles. 4. Prescripción I) Una empresa es notificada con fecha 30/05/2006, el inicio de un procedimiento de determinación de oficio por el impuesto a las ganancias (en el cual se encontraba inscripto) por el período fiscal 2000. Cabe aclarar, que el vencimiento para presentar la declaración jurada de dicho período operó el 10/05/2001. Ante tales hechos, indicar la afirmación correcta: a) El inicio determinativo del fisco es inválido en virtud que el período fiscal 2000 se encuentra prescripto dado que en este caso la prescripción es de 5 años y se comienza a contar a partir del 01/01/2001. b) El inicio determinativo del fisco es inválido en virtud que el período fiscal 2000 se encuentra prescripto dado que en este caso la prescripción es de 10 años. c) El inicio determinativo del fisco es válido en virtud de que dicha notificación suspende los plazos de la prescripción. d) En cualquier caso estando prescripto el período fiscal, es inválido que el fisco inicie el procedimiento de determinación de oficio. II) El contribuyente "Editoriales S.A." ingresa el 20/05/05 (fecha de vto. de la obligación) $ 8.500 en concepto de saldo de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias relativa al período fiscal 2004. El 31/03/06, como consecuencia de una determinación de oficio, abona $ 2.300 más por el mismo concepto. Señale cuándo prescribe la acción de repetición para ambos casos. III) El contribuyente Restaurant S.A. tiene como cierre de ejercicio el 31 de diciembre de cada año y omitió la presentación de la declaración jurada relativa al período fiscal 2003, cuyo vencimiento operó el 18/5/2004. Un tiempo después, con fecha 18/9/04, el Organismo Recaudador procede a intimarle el ingreso del impuesto resultante de una determinación de oficio. Indicar la fecha en que prescriben las acciones y poderes del Fisco para exigir el pago intimado. 5. Recurso de repetición Indique cuales de las siguientes afirmaciones son válidas: a) Los contribuyentes podrán interponer directamente el recurso de repetición ante el Tribunal Fiscal o ante la Justicia Nacional por los tributos abonados de más, ya sea que los mismos se hubieran efectuado espontáneamente o a requerimiento. b) Cuando se trate de impuestos indirectos, sólo podrán interponer el recurso de repetición cuando los contribuyentes de derecho acrediten que el impuesto se ha trasladado al precio. c) Cuando la AFIP deniegue una solicitud de repetición interpuesta por el contribuyente por un impuesto abonado de más, el mismo podrá optar por interponer cualquiera de los siguientes recursos: (i) Reconsideración, (ii) apelación ante el Tribunal Fiscal de la Nación o (iii) apelación ante la Judicial Nacional de 1º instancia. 6
  • 6. 6. Facultades de verificación y fiscalización de la AFIP Indique cuales de las siguientes afirmaciones son válidas: a) La AFIP podrá directamente allanar domicilios, sin necesidad de una orden de un Juez Nacional, únicamente cuando se configuren circunstancias que pongan en grave peligro la renta fiscal. b) La AFIP podrá clausurar preventivamente un establecimiento sin necesidad de una orden de un Juez Nacional, cuando se hayan configurado las omisiones previstas en el artículo 40 de la Ley 11.683 y concurrentemente exista un grave perjuicio. c) De acuerdo con las facultades de verificación y fiscalización contempladas en la ley 11.683, la AFIP podrá solicitar al contribuyente información de todo tipo, incluso las que no tenga trascendencia fiscal, sin necesidad de acudir a la fuerza pública. d) La AFIP podrá que los responsables otorguen determinados comprobantes y conserven sus duplicados por un término de 10 años, o excepcionalmente por un plazo mayor, cuando se refieran a operaciones indispensables para la determinación de la materia imponible. e) Marque con una cruz las etapas que integran el procedimiento de determinación de oficio. Fundamente su respuesta.  Inspección  Vista  Descargo  Producción de la prueba  Resolución  Recurso del art. 76 (Ley 11.683 t.o. 1998)  Sentencia del TFN  Dictado de medidas de mejor proveer  Solicitud de Prorroga  Solicitud de toma de vista del expediente con suspensión de plazos  Pre-vista  Intimación de pago de la declaración jurada  Presenta declaración jurada rectificativa a instancia de los inspectores actuantes  Aplicación de sanción por resistencia pasiva a la fiscalización 7. Clausura Indique que sanciones de corresponder aplicaría en la siguiente situación, indicar que argumentos de defensa puede plantear el contribuyente- La firma Plax SA ha decidido transportar parte de su stock de botellas a la sucursal que posee en la Provincia de Mendoza para su comercialización. Cuando se dirigía a su destino el conductor es intersecado por funcionarios del fisco. En ese momento le labran un acta, en donde el chofer declara que se había olvidado los remitos pero que tiene en su poder la factura correspondiente. A los cinco días de producido el hecho, se cita al presidente de la empresa a una audiencia para que formule su descargo. 8. Efectos de las apelaciones I. Que consecuencias tiene que apelación ante la Cámara Nacional de Apelaciones sea con efectos devolutivo? a) Que la apelación no se considerara realizada si no paga el tributo. b) Que si el fisco no ejecuta la deuda dejan de correr los intereses resarcitorios. c) Que el fisco tendrá habilitadas las facultades para iniciar el juicio de ejecución fiscal. d) Se suspenden los plazos de prescripción. e) Que se suspende las facultades de la AFIP para volver a determinar de oficio por el mismo período e impuesto. II. ¿Que significa que la apelación ante el Tribunal tiene efectos suspensivos? 7
  • 7. a) Que el reclamo de la AFIP queda suspendido y por lo tanto no corren los intereses que se devenguen durante el transcurso de tiempo que demande el proceso de apelación ante el Tribunal Fiscal. b) Se suspenden los plazos de prescripción respecto del período e impuesto en cuestión. c) Que la AFIP no puede ejecutar la deuda hasta tanto el Tribunal Fiscal decida. d) Que se suspende toda acción del fisco para volver a determinar de oficio la materia imponible en discusión. e) Que se suspenden las facultades del fisco para aplicar sanción materiales respecto del impuesto en discusión. III. Contra una sentencia del Tribunal Fiscal de la Nación que confirmaba una resolución determinativa de impuesto por $ 10000 y una aplicación de multa del art 45 por $ 5000, un contribuyente apeló en tiempo y forma el 15/02/2003, ante la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo la multa del art 45. El 25 de marzo el contribuyente es intimado al pago del impuesto confirmado por el Tribunal Fiscal y la multa. El contribuyente contestó que la multa la había apelado. El 30 de Abril el contribuyente es notificado de la Ejecución Fiscal iniciada por la DGI, que había emitido la boleta de deuda por S 10000 de impuesto omitido, $ 5000 por la multa del art. 45 y por el 15 % estimado para costas de acuerdo a lo previsto en el texto legal. ¿Que debería hacer el contribuyente frente a tal situación? 9. Temas varios Indique cuales de las siguientes afirmaciones son válidas: f) Las infracciones formales protegen como bien jurídico tutelado de la renta fiscal. g) El allanamiento de la pretensión fiscal efectuado luego de haberse corrido la vista tiene el carácter de declaración jurada para el responsable y determinación de oficio para el contribuyente. h) De acuerdo con las facultades de verificación y fiscalización contempladas en la ley 11.683, la AFIP podrá solicitar al contribuyente información de todo tipo. i) La AFIP se encuentra facultada para determinar de oficio en base presunta, cuando le sea muy laborioso hacerla sobre base presunta. 8
  • 8. IMPUESTOS INTERNOS EJERCICIO Nº 1 - JB S.A. Contribuyente: JB S.A. Actividad: ELABORA, COMERCIALIZA E IMPORTA WHISKY Productos comercializados: 1) “BLACK” (producto importado) 2) “NEW” (producto de elaboración propia) 3) “ICE” (producto elaborado por terceros) Período: 11/2008 Tasa Nominal del WHISKY: 20% Se solicita: Efectuar la liquidación de impuestos internos correspondiente al mes de 11/2008 y por tipo de producto. 1) La Compañía importó 1.000 botellas de WHISKY “BLACK” a $ 10 por unidad conforme a la siguiente liquidación: Valor FOB $ 10.000,00 Seguro y flete $ 300,00 Derechos y tasa estadística $ 550,00 IVA (21 % s/10.850) $ 2.278,50 Retención IVA (RG 3431) $1.000 Retención Ganancias (RG 3543) $400 Gasto Despachante $ 1.100,00 Fecha de arribo de mercadería y pago al proveedor del exterior: 29/10/2008 Fecha de despacho a plaza de los depósitos fiscales: 02/11/2008. 2) Venta en el mercado interno de 5.000 botellas de WHISKY “NEW”, de elaboración propia por valor neto de $ 75.000,00 ($15 por botella), más un interés por financiación de $1.000 (neto de IVA). 3) La compañía AA SRL, elaboró por cuenta de JB S.A. 750 botellas de WHISKY “ICE”, las cuales fueron entregadas el día 02/11/2008. De la factura, surgen los siguientes datos: Precio neto (750 botellas a $20) $ 15.000,00 Interés de financiación 10% $ 1500 IVA $3.000 Impuesto Interno $1.350 4) Exportación de 10.000 WHISKY “ICE” por valor neto de $ 100.000,00 9
  • 9. 5) Venta en el país de 500 botellas de WHISKY importado “BLACK”. La operación se realizó por un valor neto de $ 9.000,00 ($18 por botella). A dicho importe ($9.000), se le aplicó un 10% de descuento por pronto pago en efectivo. 6) Venta en el país de 100 botellas de WHISKY importado “ICE”, según el siguiente detalle: Precio neto (100 botellas a $20) $ 2.000,00 IVA $ 420,00 Bonificación en especie 5 botellas adicionales a las 100 vendidas (precio de mercado por botella: $20 neto de IVA) Descuento pronto pago en efectivo $(150,00) 7) Se entregaron de carácter de obsequio 80 botellas de WIHISY “NEW” (de propia elaboración) a los empleados de la Compañía, el cual se comercializa a $15 por unidad –neto de IVA- en el mercado interno. 10
  • 10. IMPUESTOS INTERNOS EJERCICIO Nº 2 - LA ESPUMA S.A. Contribuyente: LA ESPUMA S.A. Actividad: FABRICANTE E IMPORTADOR DE CERVEZA. Operaciones correspondientes al período FEBRERO de 2008: 1 - Importación de 20.000 botellas de cerveza "Germany" a $ 0,50 por unidad conforme a la siguiente liquidación: - Valor FOB $ 10.000,00 - Seguro y flete $ 300,00 - Derechos y tasa estadística $ 550,00 - IVA (21 % s/10.850) $ 2.278,50 - Otros gastos (Despachante, etc.) $ 1.100,00 - Fecha despacho a plaza: 08-02-2008 2 - Venta en el mercado interno de 50.000 latas de cerveza "La Espuma", de elaboración propia por valor neto de $ 20.000,00 ($0,4 por unidad), asimismo con más un interés por financiación de $1.000 (neto de IVA). 3 - Exportación de 40.000 botellas de cerveza "La Espuma", de propia elaboración, por valor neto de $ 26.000,00 4 - Venta en el país de 6.000 botellas de cerveza importada "Germany". La operación se realizó por un valor neto de $ 4.800,00 5 – Venta en el país de 5.000 botellas de cerveza importada “Germany”, según el siguiente detalle: a) Precio neto $ 4.000 b) IVA: $840 c) Descuento por pago contado: ($400) d) Bonificación en especie: 500 botellas (precio por botella bonificada: $0,80 neto de IVA) 6 – Para una campaña de publicidad, se entregaron a supermercados 1.000 botellas de cerveza de fabricación propia “La Espuma” a título gratuito. La comercialización en el mercado interno de dicho producto es de $0,65 por unidad –neto de IVA-. 7.- De la venta efectuada en el punto 2, el cliente devuelve 50 latas de cerveza por encontrarse las mismas en mal estado. Datos adicionales: Tasa Nominal de la cerveza: 8% Se solicita: Efectuar la liquidación de impuestos internos correspondiente al mes de febrero/2008 y por tipo de producto. 11
  • 11. IMPUESTOS INTERNOS EJERCICIO Nº 3 a) Determine cuál es el precio final de venta de un producto que antes de Impuestos Internos e IVA es de $ 3.000.- (IVA 21%, Internos 20%) Ejemplifique para el caso anterior un descuento del 10% que se factura conjuntamente. b) Calcule el Impuesto Interno correspondiente a una Importación de motores gasoleros realizada en el mes de enero de 2003 de la que se tienen los siguientes datos. Valor FOB: 218.000,00 Fletes: 15.600,00 Seguros: 2.138,00 Gastos de despachante: 2.180,00 Derechos 1,95%: 4.496,87 Estadística 3%: 7.072,14 IVA 21%: 51.934,47 IVA R.G. 3431 10%: 24.730,70 Ganancias R.G. 3543 3%: 7.419,21 c) Se solicita determinar la Declaración Jurada mensual del Impuesto Interno de la firma Tamex S.A., dedicada a importar cervezas y a comercializarla en el mercado interno. En el mes 03/2009 realizó las siguientes operaciones: i. Vendió 30.000 unidades del producto “A” a $3 cada una (neto de IVA e Internos). ii. Facturó por la venta del punto anterior, $2.500 en concepto de flete para entregar dicha mercadería. iii. Emitió una Nota de Crédito por pronto pago del 3% que no incluye al flete. iv. La importación de los productos comercializados en el punto i) se efectuaron a $46.000 (precio normal para la importación más derechos, neto de IVA e Internos). v. Como no pudo ubicar en el mercado local una partida de 20.000 unidades del producto B, la exportó al Uruguay a $3,50 cada una. En la importación de ese producto se abonó $4.732 en concepto de impuesto interno. 12
  • 12. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EJERCICIO INTEGRAL Nº 1: LA TABLITA SRL La empresa “La Tablita SRL” responsable inscripto en el IVA se dedica a la importación, fabricación, venta y exportación de muebles de algarrobo. El contribuyente no es agente de retención del IVA. Los importes son netos de IVA cuando corresponda. Las alícuotas aplicables son las vigentes. Realiza los prorrateos de crédito fiscal por el método de operaciones del mes. Se solicita: Confeccionar la declaración jurada de IVA correspondiente al período 11-2009. OPERACIONES REALIZADAS EN EL MES DE NOVIEMBRE DE 2009 1- Ventas de mesas a: a) Responsables Inscriptos: 100 mesas a $ 500.- cada una. b) Responsable monotributista: 1 mesa a $ 750.- cada una. 2- Exporta muebles a Chile por $ 148.000. Los mismos saldrán del país el 1/12/2009. 3- Recibe un cargamento de madera de algarrobo del Brasil. La nacionalización de la madera se produjo durante el mes de octubre. Valor total de la importación neto de IVA $53.000.-. 4- El socio gerente de la sociedad retira 1 mesa para usarla en su domicilio particular. 5- Vende al Sr. Palacios 20 modulares a $ 1.430.- cada una. El Sr. Palacios manifiesta que es consumidor final. 6- “El Socio”, sociedad responsable monotributista adquiere 30 sillas a $ 920 cada una. 7- Realiza una donación a la escuela ENET Nº 17, de un torno y otros bienes de uso que fueron adquiridos todos ellos en el año 2004. El crédito fiscal computado por dichos bienes fue de $ 3.840.- 8- Contrató a un plomero, responsable Monotributo, para la instalación del agua corriente en el depósito por $ 5.000. 9- Compra a la empresa constructora “El Constructor S.A.” (Responsable Inscripto) un inmueble en la localidad de Haedo (Pcia. de Buenos Aires), para ser utilizado como depósito por $ 476.000 (precio neto del edificio $ 370.000 y del terreno $ 106.00). Dicho importe será pagado en 60 cuotas mensuales con un interés sobre saldo del 15% anual. La primer cuota tiene como fecha de pago el 07-01-2010, momento en el que tambien se escritura y se da la posesión del bien. 10- Recibe la factura de energía eléctrica consumida en el local donde realiza la administración general de la empresa, el cual se encuentra ubicado en el mismo inmueble en que realiza la fabricación de los muebles. Detalle de la factura: 1º Vencimiento: 20/11/2009 2º Vencimiento: 10/12/2009 Precio Neto: $ 2.300 Precio Neto: $ 2.300 IVA: $ 650 Recargo: $ 200 IVA: $ 680 11- Le compró a un aserradero ubicado en la Pcia. de Corrientes (responsable inscripto) madera por $ 13
  • 13. 24.000. OTROS DATOS: Posee 4 inmuebles, en uno de ellos fabrica los muebles y tiene la administración, en otro efectúa sólo ventas al por mayor y en los otros dos sólo ventas minoristas. Cierre del ejercicio: 30 de noviembre de cada año. Sistema de amortización de bienes de uso: contable 8 años, impositivo 5 años. Operaciones realizadas desde el 1/12/2008 hasta el 30/10/2009: - Importaciones: $ 1.000.000.- - Venta en el mercado interno: $ 680.000.- - Exportaciones: $ 750.000.- De la declaración jurada del mes de 10/2009 surgen los siguientes datos: Saldo a favor 1er. párrafo: $ 14.900.- Saldo a favor 2do. párrafo: $ 540.- 14
  • 14. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EJERCICIO INTEGRAL Nº 2 - ALEJANDRO MAGNO El señor Alejandro Magno, responsable inscripto en el IVA desarrolla las siguientes actividades: - Alquiler de inmuebles - Habitualista en la compraventa de bienes usados - Asesoramiento a empresas - Socio gerente de “El Ladrillo SRL” - Venta y exportación de carbón El contribuyente no es agente de retención del IVA. Los importes son netos de IVA cuando corresponda. Las alícuotas aplicables son las vigentes. Realiza los prorrateos de crédito fiscal por el método de operaciones del mes. Se solicita: Confeccionar la declaración jurada de IVA correspondiente al período 08-2009 INGRESOS 1- Vende carbón a "El negrito SA", agente de retención en el IVA, por $ 6.050.-. Fecha de factura: 20-08-2009, en ese momento se cobró un 50% en efectivo y el resto con un cheque. La entrega del bien se realizó el 31-07-2009. 2- Exportación de carbón por $ 20.000.- a Brasil. Fecha de permiso de embarque: 20-06-2009. Esta empresa brasilera solicitó asesoramiento sobre la fabricación del carbón para la instalación de una planta en Brasil, siendo dicho asesoramiento prestado en nuestro país, y por el cual se percibieron $ 6.000.- el 10-08-2009. 3- El 17-08-2009 vendió en $ 100.000, 15 hectáreas de campo localizadas en Rawson. El 13-08- 2009 percibió el 20 % de dicho importe en efectivo, aportándolo a la firma "La Campiña S.A." dedicada a la construcción y venta de inmuebles, en carácter de aporte de capital. El 80 % restante lo cobra el 31-10-2009. 4- Vendió bolsas de carbón a un responsable monotributo por $ 1.000.-. Por la operación recibió un anticipo de $ 300.- el 10-08-2009, que congela el precio total. Por problemas de desabastecimiento la mercaderías fue entregada al cliente el 03-09-2009. 5- En asamblea de accionistas, el 22-08-2009 la firma El Ladrillo SRL resuelve el pago de honorarios del socio gerente $ 10.000 por el desempeño de sus funciones durante el ejercicio 2008. 6- Alquila un inmueble de su propiedad a un responsable inscripto para utilizarlo en el desarrollo de su actividad comercial. El valor pactado del alquiler (incluido el importe de las expensas por $ 180 mensuales) es de $ 1.950 mensuales. Vencimiento de pago: día 5 de cada mes, por mes adelantado. El 9-08-2009 cobró $ 3.900 correspondientes a los alquileres de 07-2009 y 08- 2009. 7- El 30-08-2009, a raíz de la demora en el pago del alquiler del mes de 07-2009, emite una nota de débito por intereses del 10%, la cual es cobrada el 05-09-2009. 8- El 28-07-2009 fue contratado por la Provincia de Chaco para brindar unas serie de charlas 15
  • 15. mensuales sobre técnicas para la fabricación del carbón vegetal. Por dichos servicios, pacta una retribución de $ 500 por cada charla. El primer curso lo realizada el 4-08-2009. Emite una factura con fecha: 10-08-2009, cobrándola el 5-09-2009. 9- El 23-8-2009 realizó un asesoramiento al estudio del. Dr. Gomez, responsable inscripto en IVA, cobrando por el mismo $ 13.000.- el 30-09-2009. 10- Vende el 23-08-2009 una camioneta afectada para el desarrollo de sus actividades, por $ 14.000.-, a un contador, sujeto monotributista frente al IVA. 11- Vende el 17-08-2009 por $ 1.000 un automóvil a una fundación. Dicho bien había sido adquirido el 10-08-2007 a un consumidor final por $ 450. 12- Con fecha 31-08-2009 emite una nota de crédito al cliente "El Negrito SA" por la devolución de 10 bolsas de carbón por un valor de $ 300. 13- El 10-08-2009 dona a una entidad sin fines de lucro, 3 escritorios, 1 biblioteca y 1 PC que utilizaba en su oficina. El valor de mercado al momento de la donación eran: - Escritorios y biblioteca $ 500. Los muebles habían sido comprados el 23-07-2007 en $ 1.500. La vida útil impositiva es de 5 años. -PC $ 200.- La compra de la misma fue realizada el 15-10-2002, por $ 1.980.-. La vida útil impositiva es de 3 años. COMPRAS 1- Compra de leña a un responsable inscripto por $ 4.200 (Neto: $ 3.500 + IVA: $ 700). Fecha factura: 31-08-2009. Pero al ir a retirarlas ese mismo día al depósito de su proveedor, le informan que por un corte de rutas, no les ha llegado la mercadería por lo que no se encuentran disponibles a la fecha (se estima que podrán ser retiradas en 5 días). 2- Recibe el 12-08-2009 la factura de teléfono. Fecha de vto.: 20-08-2008. Precio Neto facturado: $ 320.- -IVA: $ 86,40 - RG 3337: $ 9,60 3- El 10-08-2009 recibe una nota de crédito de la compañía telefónica, debido a un error en la facturación realizada: - Precio Neto: $ 35 - IVA: $ 9,45 - RG 3337: $ 4 4- El 21-08-2009 le pagó los honorarios a su contador, Responsable Inscripto, por el mes de 08- 2009, por $ 3.000. (Neto: $ 1.500 - IVA: $ 500). 5- Recibe del exterior una partida de leña para venderlo en el mercado interno. EL 15-08-2009 la mercadería es despachada a plaza. Valor CIF: $ 5.000.- Seguros y fletes: $ 900.- Derechos de Importación: $ 500.- Tasa de Estadística: $ 400. La D.G.A. efectuó la percepción de la RG 3431. 6- El 20-08-2009 importó una maquinaria para fabricar carbón, procedente de Alemania. La fecha de despacho fue 30-08-2009. Valor FOB: $ 10.000.- Seguros y fletes: $ 1.500.- Derechos de Importación: $ 1.000.- 16
  • 16. Tasa de Estadística: $ 900.- En caso de corresponder calcular la Percepción RG 3431. 7- El 27-08-2009 contrato a un electricista, monotributista, para unos arreglos en su oficina, emitiéndole una por $ 310. El pago del servicio lo realiza el 05-09-2009. 8- Locación con opción a compra de 1 fotocopiadora afectada a toda su actividad: Entrega de la máquina: 10-07-2009 Contrato: 2 años Vida útil: 3 años Cuota mensual: $ 1.500 Fecha vto. de las cuotas: por mes adelantado (el día 5 de cada mes) Fecha de pago de la 1º cuota: 05-08-2009 9- Compró una camioneta a "El Rodado SRL.", Agente de Retención para utilizarla en forma ocasional los fines de semana en actividades de pesca con su sobrino. - Valor de compra: $ 45.000. - IVA: $ 9.450. - Fecha de factura: 27-08-2009 - Fecha de pago: 10-09-2009. - Forma de pago: Efectivo $ 25.000 y por la diferencia entrega una moto kawasaki modelo 2006. 10- Realizó gastos de almuerzo en el restaurante "Cabaña Las Lilas", responsable inscripto, por $ 240.- 11- Adquiere un inmueble a una empresa constructora, Responsable Inscripta, para destinarlo a locaciones gravadas por un valor total de $ 270.000. Según la escritura traslativa de dominio, de fecha 15-08-2009, se le atribuye a la obra $ 216.000. De acuerdo con la valuación fiscal, la proporción asignable a la obra fue del 75%. OTROS DATOS De la declaración jurada del mes de 07/2009 surgen los siguientes datos: Saldo a favor 1er. párrafo: $ 5.00 Saldo a favor 2do. párrafo: $ 300. El 20-08-2009 compensó una multa adeudada por $ 200 e intereses resarcitorios de $ 37 por pago fuera de término del saldo de DD.JJ. de impuesto a las ganancias del período 2007. 17
  • 17. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EJERCICIO INTEGRAL Nº 3 - OFFICE S.A. La empresa Office S.A., responsable inscripto en el IVA desarrolla las siguientes actividades: - Compra y venta de muebles de oficina. - Repara muebles de oficina. El contribuyente no es agente de retención del IVA. Los importes son netos de IVA cuando corresponda. Las alícuotas aplicables son las vigentes. Realiza los prorrateos de crédito fiscal por el método de operaciones del mes. El cierre de ejercicio comercial es el 31-12. Se solicita: Confeccionar la declaración jurada de IVA correspondiente al período 04-2009. INGRESOS 1- Recibe de un responsable inscripto un escritorio para reparar, que estará en condiciones de ser entregado el día 10-05-2009. El monto de la reparación es de $ 520.-, cobrándose el 20 de abril $ 320.- a cuenta del total, congelándose con este pago el precio de la reparación. 2- Vende al estudio contable J & J Asociados, agente de retención de IVA, una biblioteca con en $ 4.000.-. El cliente lo retira el 15-04-2009, abonando en ese momento el 60 % y el resto a los 30 días. 3- Vende el 20-04-2009 a Sr. Gonzalez, consumidor final, un cajonero para su casa por un total de $ 970.- más un cargo por la entrega en el día de $ 230.-. 4- El presidente de la sociedad retira el 10-04-2009 un escritorio para utilizar en su oficina particular, cuyo precio de venta al público por una promoción de verano era de $ 500.-, siendo su valor de plaza en negocios del ramo, de $ 1.900.- (en ambos casos el precio incluye IVA). 5- Vende a un responsable inscripto, un mueble para carpetas colgantes, en $ 3.000.-, el que será utilizado por el adquirente para su posterior reventa. Fecha de factura y entrega: 25-4-2009. 6- Vende a la mueblería “Belgrano SA”, responsable inscripto, un escritorio destinado a la reventa. El precio total del mismo es de $ 2.200. Debido a que al momento de concertarse la operación, Office SA no poseía este escritorio en stock, debió encargarlo al importador, quien lo entregará el 01-05-2009. Por otro lado “Belgrano SA” pagó el 25-4-2009 un anticipo de $ 1.500.- que congela el precio total del bien. 7- Se entrega al banco HSBC, agente de retención en IVA, un escritorio dado en reparación, que había sido dejado el 20-03-2009. El importe de la reparación es de $ 670.-, cobrados íntegramente el 30-04- 2009, simultáneamente con la entrega del bien reparado. 8- Exporta a Chile un modular para armar por $ 9.000, realizándose el embarque el 10-04-2009. La empresa chilena compradora le contrata también el asesoramiento para la instalación del mismo en su oficina ubicada en la ciudad de Viña del Mar, para lo cual se envía personal técnico especializado. El 20-04-2009 se factura $ 1.000 por este servicio. 9- Alquila en $ 38.400 un inmueble que poseía la empresa como inversión. El locatario, el Señor Abel Dávalos lo destinará como casa-habitación. La operación fue realizada por intermedio de una inmobiliaria el 10-04-2009, la cual cobra en ese acto una comisión que asciende a $ 1.000 más IVA. 18
  • 18. Los $ 38.400.- del alquiler se percibirán de la siguiente forma: 48 cuotas mensuales de $ 800.- La primer cuota vence el 5-5-2009, siendo abonada por el Sr. Dávalos el 30-4-2009. COMPRAS 10- EL 20-4-2009, se produce el despacho a plaza de escritorios importados por la empresa. El valor al cual ingresan, incluido fletes, seguros y tasa de estadística, es de $ 10.200. La DGA realiza el cobro del IVA y la percepción correspondiente. 11- El 5-04-2009 compra a un responsable monotributista, sillas que revestían para éste el carácter de bien de uso, por $ 650. Office SA destinará estos bienes a la reventa. La entrega de los bienes se produce el 16-4-2009. 12- El 11-4-2009 abona a su contador, responsable inscripto en IVA, honorarios por asesoramiento del mes de marzo y abril por $ 1.800 ($ 900 por mes). 13- El 18-04-2009 le encarga a un carpintero, responsable inscripto, la realización de un escritorio a medida cuyo valor asciende a $ 1.600.-. El bien es abonado y entregado el 31-5-2009. 14- El 13-04-2009 compra a un responsable inscripto y agente de percepción de IVA, bibliotecas por un total de $ 5.600, abonándose la operación en ese mismo momento. 15- El 12-4-2009, recibe una nota de crédito de la firma “Tropea SA ”, por la cancelación de una compra realizada en el mes de diciembre de 2008 por $ 2.100.- 16- El 30-4-2009 abona la factura de gas correspondiente al mes de marzo de 2009, con vencimiento 12-4-2009, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Neto $ 500- IVA 27 % $ 105.- Recargo por pago fuera de termino $ 25.- Percepción RG 3337 – calcular La factura de gas corresponde al inmueble en el que desarrolla la actividad comercial (compraventa y reparación de muebles para oficina). 17- Para la locación del inmueble del punto 7), se contrato un pintor, responsable inscripto, abonándole el 22-4-2009 $ 2.300.-, IVA facturado $ 483.-. OTROS DATOS De la declaración jurada del mes de 03/2009 surgen los siguientes datos: Débito Fiscal $ 2.940.- Crédito Fiscal $ 3.120.- Retenciones y percepciones sufridas $ 415.- Monto utilizado $ 200.- El 21-4-2009 se compensó con el saldo a favor correspondiente, un anticipo del impuesto a las ganancias por $ 170.- 19
  • 19. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EJERCICIO INTEGRAL Nº 4: SUSHI S.A. Una cadena de restaurant japonesa, SUSHI SA, responsable inscripto en el IVA, que en su local a su vez vende delibery y libros de cocina. La fecha de cierre de ejercicio es 4/2009. Los precios son netos de IVA, excepto en los casos en que no corresponda su discriminación. Las alícuotas aplicables son las vigentes. Se solicita: Confeccionar la declaración jurada de IVA por el mes de marzo 2009. INGRESOS 1) Venta de libros de cocina a responsables inscriptos. $ 10.000.- 2) Venta de comida a consumidor final $ 48.400.- 3) Exportación de libros de cocina a la Asociación de Veteranos de guerra de Japón sita en la Chile por $ 8.000.- 4) Venta de leche de soja a un almacén cuyo propietario es responsable Monotributo $ 726.- 5) Venta a nombre propio y por cuenta de El Laurel SA, responsable inscripto, de salsa de soja a - Responsables inscriptos por $ 5.000.- - Consumidor final por $ 3.630.- La comisión acordada es del 5% sobre el precio neto de IVA. 6) Venta de comida a la Fundación Benefactora de inmigrantes Japoneses, sujeto exento en el IVA , por $ 3.025.- 7) Se facturaron intereses por la operación 2) por $ 600.- cuyo vencimiento y pago opera el 16/4/2009. 8) Exportación de leche de soja a Brasil por $ 10.000.-. COMPRAS 1) Compra de 10kg. de carne vacuna a responsable inscripto por $ 700.- más $ 73,50 de IVA. 2) Para realizar entregas de ventas de comida a domicilio, se decidió la compra de un ciclomotor a un responsable inscripto. El precio facturado fue de $ 2.000.- más $ 425.- de IVA. El pago del vehículo se realizo mediante la entrega de $ 500.- en comida y el resto en efectivo. 3) Devolución de 5kg. de carne de la operación 7). 4) Compra de libros a responsable inscripto por $ 3.000.- 5) Compra de embalaje para la exportación de libros, a responsable inscripto por $ 250.- más $ 42.- de IVA. 6) Compra de leche de soja a responsable inscripto por $ 4.000.- más $ 840.- de IVA. La mercadería fue facturada y el proveedor aclaro que la fecha estimada de entrega es el próximo 10 de abril. 8) Trabajo de impresión, sujeto responsable inscripto, de etiquetas que se adhieren en la primera página de todos los libros con el logo del restaurant por $ 400.- más $ 84.- de IVA. 7) Honorarios de responsables inscriptos, por asesoramiento contable e impositivo por $ 3.000.-más $ 630.- de IVA Otras operaciones: 1) Venta de un aparador de libros que se utilizaba en el local, a un responsable inscripto, quien declara 20
  • 20. que lo utilizará como bien de uso por $ 350.-. 2) Alquiler de maquina de hacer jugos de su propiedad a responsable inscripto en el IVA. El contrato, que no se realizo bajo la ley de leasing, establece el plazo de 2 años de duración a partir del mes de marzo de 2009 y prevé la posibilidad de ejercer la opción de compra en cualquier momento abonando $ 500.-. La vida útil del bien es de 5 años. El monto mensual de alquiler desde $ 200.-. El primer alquiler se cobro el 5 de marzo. 3) Se cobro al Sr. Jun Chi, profesor de Yoga, responsable inscripto, el saldo del precio por el alquiler efectuado en el mes de febrero del local del 1er. piso para la realización de una conferencia sobre “La Comida y la Salud”. El monto total del alquiler fue $ 500.- y el saldo $ 300.-. 4) Se donaron libros de cocina a la Fundación Benefactora de Inmigrantes Japoneses, los cuales habían sido adquiridos en noviembre de 2008 por $ 500.- más $ 125.- de IVA. El valor de reventa de los libros donados es de $ 900.- 5) Venta de un segundo local, desocupado, donde funcionaba hasta hace dos años el restaurant, en $ 50.000.- al contado al restaurant “Cielito Lindo”, responsable inscripto. Dicho local, construido sobre inmueble propio, obtuvo el final de la obra en diciembre de 1998. La valuación fiscal arroja las siguientes proporciones: 90% edificio y 10% terreno. Los créditos fiscales computados que demando la obra son: 03/1998 $ 1.000.- 04/1988 $ 500.- 05/1998 $ 2.500.- 07/1998 $ 400.- 08/1998 $ 1.200.- 10/1998 $ 4.000.- Otros datos: 1) Ventas en el local, acumuladas a febrero de 2009, - De comidas $ 75.000.- - De libros $ 12.000.- - De leche de soja $ 21.000.- - De salsa de soja $ 8.000.- 2) El crédito fiscal de los meses anteriores fue computado correctamente excepto por el mes de febrero de 2009, en que el crédito correcto debió ser $ 1.200.- y se computó sin considerar su vinculación con operaciones gravadas $ 1.500.- 3) El saldo técnico de la declaración jurada de IVA de febrero de 2009 es de $ 20.000 y se le practicaron retenciones por $ 500.- 21
  • 21. INGRESOS BRUTOS - CONVENIO MULTILATERAL EJERCICIO Nº 1: DR. CAMPOS Actividades realizadas: 1. Ingeniero Agrónomo, ejerce su profesión en forma independiente en su estudio ubicado en la Capital Federal. Asimismo, concurre una vez al mes al establecimiento agropecuario “La Estanciera”, ubicado en la Provincia de Buenos Aires, para asesoramiento de la hacienda. 2. Posee una empresa unipersonal, “El Vacuno”, con depósito, administración y ventas en Capital Federal. Cuenta con un representante en Provincia de Buenos Aires. La firma comercializa productos veterinarios, y a su vez vende alimentos para animales que le dejan en consignación. Por esta última actividad recibe una comisión del cinco 5% de las ventas efectuadas. 3. Posee un campo explotado en la Provincia de Bs.As, dedicado a la cría, engorde y posterior venta en el mercado de Liniers de ganado vacuno. El campo se halla en la localidad de Santa Rosa. 4. Ejerce la docencia universitaria como Profesor adjunto en la Facultad de Agronomía de la Universidad de la Matanza. Si bien el contribuyente no está obligado a confeccionar estados contables, lleva cuenta y orden de sus operaciones, tratándose de un responsable inscripto en el IVA. Sus operaciones las cobra al contado. Se pide Liquidar el anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al mes de abril de 2009. INGRESOS DEL AÑO 2008 (a) Honorarios profesionales: 1. Atención en consultorio de Capital Federal: $ 6.000 2. Atención en el Establecimiento “La Estanciera”: $ 2.000 (b) Empresa “El Vacuno” 1. Productos veterinarios – Ventas por representante en Pcia. de Bs.As. $ 9.000 – Pedidos formulados por Internet, de clientes domiciliados en Santa Fe. $ 1.200 – Ventas en mostrador: * Clientes de Buenos Aires: $ 600 * Clientes de Capital Federal $ 8.000. Sobre estas ventas, se concedieron bonificaciones de $ 500 y descuentos por pronto pago de $ 300. Estas bonificaciones y descuentos concedidos son normales en plaza y no se encuentran neteados del monto de ventas. – Ventas de vacunas a México por $ 3.100.- De estas ventas, $ 2.000 fueron despachadas por vía aérea a Guadalajara y $ 1.100 fueron retiradas del mostrador de Capital Federal por un representante de la empresa mexicana. – Intereses comerciales cobrados: * Ventas en mostrador Capital Federal: $ 120.- 22
  • 22. * Ventas por representante en Bs. As.: $ 150.- 2. Ventas en mostrador de alimentos en consignación para ovejas: $ 5.000.- (c) Establecimiento agropecuario: – Despacha al mercado de Liniers 1 camión jaula de vacunos para su venta en dicho mercado, obteniendo un precio total de $ 34.000.- – Venta de una cosechadora afectada a la explotación agropecuaria como bien de uso, por la suma de $ 25.000.- (d) Actividad docente: Percibió $ 5.000 en concepto de sueldo por su actividad de docente. (e) Otros ingresos: Cobró intereses por un plazo fijo en el Banco HSBC, sucursal Capital Federal por $ 1.500.- GASTOS DEL AÑO 2008 (1) Actividad profesional – Compra material descartable para la atención veterinaria en consultorio por $2.000.- (2) Empresa “La Estanciera” – Compra de mercaderías por $ 45.000.- (3) Gastos de comercialización – Comisión del representante: $ 3.000.- – Sueldos: $20.000.- (4) Fletes por $ 500.- – Corresponden a la mercadería adquirida al proveedor “Holando S.A.” ubicado en Bs. As. y trasladada al depósito de la empresa en Capital Federal. Incluye alimento para equinos recibido en consignación, que representa un 45 % de la carga transportada. (5) Publicidad y propaganda – En la revista “Chacra”, por $ 450.- (6) Amortización del Inmueble (empresa unipersonal) $ 1.700 (amortización impositiva) (7) Gastos de Administración $ 4.000.- (8) Gastos Varios de Administración $ 700.- (9) Gastos de la explotación agropecuaria $ 6.000.- (10) Honorarios abonados al contador por su asesoramiento en todas las actividades independientes del Dr. Campos, por $ 3.500.- OPERACIONES DEL MES DE ABRIL DE 2009 Honorarios profesionales: 1. Atención consultorio: $ 2.000.- 2. Venta de productos veterinarios en mostrador (Capital): $ 600.- 3. Venta de productos veterinarios a Uruguay: $ 4.000.- 4. Un cliente de la distribuidora le reembolsa el capital de un préstamo de $ 1.500 de enero de 2009, debiendo intereses por un monto de $ 140.- 5. Vende al contado en el Mercado de Liniers 5 terneros, criados y engordados en su establecimiento de Santa Rosa por $ 8.700.- 23
  • 23. 6. Alquila el 3 de abril un departamento de su propiedad en Capital Federal, que será utilizado como consultorio por un profesional de su amistad. Establece en el contrato que el pago del alquiler de $ 800 se efectuará a mes vencido, del 1 al 5 del mes siguiente. Datos complementarios: – Bases imponibles acumuladas de enero a marzo del año 2009: Por actividad profesional en consultorio: 2.500.- Por la actividad en el establec. agrop.: 3.000.- Por su empresa “El Vacuno”: – Por ventas propias (mostrador): 1.300.- – Por exportaciones: 3.000.- Alícuotas: Venta de productos veterinarios: – Capital Federal 3 % – Buenos Aires 3 % – Santa Fe 3,5 % Actividad profesional: – Capital Federal 3 % – Buenos Aires 3,5 % – Santa Fe 3,5 % Coeficientes unificados de convenio multilateral, año 2008: - Capital Federal: 0,6250 - Buenos Aires: 0,3750 24
  • 24. INGRESOS BRUTOS - CONVENIO MULTILATERAL EJERCICIO Nº 2: LA ESTANCIERA S.A. Actividad Principal: Fabricación de pantalones de jeans Act. Secundaria: Producción de duraznos Administración: Capital Federal Fábrica: Pcia de Bs As Locales de venta: Capital, Bs As y Mendoza Finca: Catamarca Cierre de ejercicio: Julio Determinar los coeficientes unificados a aplicar en el año 2009 y calcular la base imponible correspondiente a abril’2009. Datos adicionales: Durante el mes de noviembre de 2008 abre un nuevo local de ventas en Tucuman. Estados de Resultados al 31/07/2008 Ventas jeans (a) 54.000,00 Ventas duraznos (f) 10.300,00 Costo Mercadería Vendida (b) (40.000,00) Utilidad Bruta 24.300,00 Gtos de producción (c) (20.500,00) Gtos de Administ (d) (6.900,00) Gtos de comercializ. (e) (8.100,00) Otros Ingresos (g) 5.350,00 Otros Egresos (h) (2.200,00) Resultado del ejercicio (8.050,00) (a) Ventas 1- Desde Capital Federal 1.a- Desde el mostrador a un cliente de Prov de Bs As por $ 5.000.-, la mercaderia es enviada al domicilio del cliente. 1.b- Un cliente de Catamarca envió un pedido de remeras por fax por $ 2.000.- 1.c- Desde el mostrador a clientes de Capital por $ 5.000.- 2- Desde Prov de Bs As 2.a- Ventas por correspondencia a clientes domiciliados en Chaco que retiranla mercadería del local de ventas de Mendoza por $ 10.000.- 2.b- Por medio de representantes a clientes de: Catamarca: $ 4.000.- San Juan: $ 6.000.- 2.c- Ventas al mostrador a clientes domiciliados en Salta por $ 7.000.-. Se entrega la mercadería en el domicilio del cliente. 3- Desde Pcia de Mendoza: 25
  • 25. 3.a- Ventas de mostrador por $ 15.000 (b) Corresponde al costo de la materia prima para la fabricación de jeans. (c) 1- Jornales de producción $ 10.000.- corresponden $ 7.000.- a la fabricación de jeans y el resto a la cosecha de duraznos. 2- Fuerza Motriz $ 1.5000.- ( $ 300.- corresponden a la finca) 3- Fletes desde Pcia de Bs As a Mendoa $ 4.500.-; desde Prov. de Bs As a Capital Federal por $ 1.500.- y desde Catamarca a Prov de Bs As $ 3.000.- (d) - Sueldos administración $ 3.000.- - Honorarios directores $ 2.500.- - Amortizaciones $ 400, las amortizaciones calculadas de acuerdo a las normas del impuesto a las ganancias ascienden a $ 800. Los bienes están ubicados en la administración. - Impuestos y tasas $ 1.000. (e) - Sueldos del personal comercial $ 4.000 el cual se deposita en banco de la Capital Federal que efectúa la distribución de los mismos en las cuentas corrientes de los empleados según la siguiente distribución: Mendoza: 1.000,00 Bs As 3.000,00 - Comisiones a representantes abonados en Capital Federal $1.500, de los cuales le corresponde el 50% a cada uno. - Publicidad en un diario local de la Pcia de Santiago del Estero $ 300. - Fletes correspondientes al punto 1 a) por $ 700.- - Impuesto sobre los ingresos brutos $ 1.600. (f) Venta de duraznos cosechados en la finca ubicada en Catamarca. Corresponde a las ventas realizadas por la sucursal Bs As de los duraznos recibidos desde la finca de Catamarca. La modalidad de comercialización consiste en que la finca hace las entregas a la sucursal semanalmente y esta las comercializa. Durante del ejercicio cerrado en julio del 2008 la comercialización se efectuó exclusivamente en la Pcia de Bs As. (g) - Intereses a plazo fijo en el banco nación de Capital Federal por $ 250.- - Exportación concertada en Capital Federal a Uruguay por $ 2.500.- - Ventas de maquinarias pertenecientes a la sucursal de Bs As 2.600.- 26
  • 26. (h) Intereses bancarios $ 2.200.- Ingresos de Abril de 2009 1) Venta de jeans: Capital Federal 10.000.- Bs As 5.000.- Santa Fe 2.000.- Por correspondencia desde Capital Federal a clientes de Tierra del Fuego $ 1.000.- 2) Venta de duraznos desde Bs As por $ 8.000.- 3) Intereses de plazo fijo $ 150.- 4) Vendió en $ 4.100 una furgoneta con la que efectuaba los fletes entre la fabrica y las sucursales. 27
  • 27. INGRESOS BRUTOS - CONVENIO MULTILATERAL EJERCICIO Nº 3: MARTIN PEREZ Actividad Principal: Contador Público Actividad Secundaria: Venta de equipos de computación Posee su estudio en Capital Federal.´ Se pide: Liquidar el anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al mes de abril de 2009. No lleva libros contables. De sus anotaciones al 31/12/2008 surgen los siguientes datos: Servicios profesionales 30.000,00 (1) Venta de equipos 15.000,00 (2) Costo (4.500,00) (3) Amortizaciones (900,00) (4) Publicidad (1.800,00) (5) Intereses (400,00) (6) Resultado del ejercicio 37.400,00 (1) Corresponde a servicios prestados en el domicilio de los clientes de acuerdo al siguiente detalle. Domic. del cliente Importe Capital Federal $ 10.000.- Buenos Aires $ 15.000.- Salta $ 5.000.- (2) Venta de equipos Clientes que retiraron de Capital Federal $ 10.000.- Venta telefónica a Bs. As. $ 5.000. El flete estuvo a cargo de Martin Perez. (3) Es el costo de los equipos vendidos en el punto 2) (4) Las amortizaciones impositivas ascienden a $ 800 y corresponden íntegramente a la amortización del sistema utilizada para brindar los servicios profesionales. (5) Corresponde a una publicidad realizada durante diciembre en el diario local de Chaco promocionando un nuevo equipo de computación. Por problemas en el contrato se decidió no renovar tal publicidad el año 2009. (6) Intereses pagados a un Banco Chileno, por un préstamo para comprar equipos para la venta. Datos adicionales: Alícuotas: 28
  • 28. Servicios profesionales Actividad comercial Capital Federal Exento 3.00% Buenos Aires 3.50% 3.50% Salta 3.00% 3.00% La Rioja 2,50% 2,50% Ingresos Abril 2009 Servicios profesionales $ 5.000, corresponde a una auditoría realizada en Salta. Venta de equipos $ 40.000, corresponde a la venta telefónica con flete a cargo del cliente según el siguiente detalle: Clientes domiciliados en Buenos Aires $ 20.000.- Clientes domiciliados en Capital Federal $13.000.- Clientes domiciliados en La Rioja $ 7.000.- 29
  • 29. INGRESOS BRUTOS - CONVENIO MULTILATERAL EJERCICIO Nº 4: SU CASITA S.A. Actividad Principal: Construcción Actividades Secundarias:1) Corralón de materiales; 2) Intermediación en la venta de maquinarias para la construcción. La empresa posee la administración de sus actividades en Capital Federal, el corralón y locales de venta en esa ciudad y en la Provincia de Buenos Aires. En el mes de junio de 2009 abrió un nuevo local de ventas de materiales en la Provincia de Jujuy. Al mes de octubre de 2009 la empresa se encontraba realizando obras en las Provincias de Formosa, Mendoza y Corrientes. Se Pide: Liquidar el anticipo del impuesto sobre los ingresos brutos correspondiente al mes de octubre de 2009, teniendo en cuenta que la empresa cierra su ejercicio el 30 de junio de cada año. ESTADO DE RESULTADOS AL 30 DE JUNIO DE 2008 Ingresos por obras, ventas y coMendoza (1) 950.000 Costo de Obras y Ventas (2) (365.000) Utilidad Bruta 485.000 Gastos de Administración (3) (100.000) Gastos de Comercialización (4) (25.000) Gastos Financieros (5) (20.000) Resultado Final – Ganancia 440.000 (1) Ingresos a– Certificados de obra por construcciones en la Provincia de Formosa: $ 150.000. b– Certificados de obra por construcciones en la Provincia de Mendoza: $ 420.000. c– Venta de materiales a clientes domiciliados en la Provincia de Salta por $ 80.000. La venta se efectuó en el local de la Provincia de Buenos Aires. d– Venta de materiales a clientes de la Provincia de Santa Fe por $ 50.000. La venta se realizó por medio de un representante que actúa en dicha provincia y correspondió a materiales provenientes del local de Capital Federal. e– Ventas por fax, de materiales desde el local de Provincia de Buenos Aires a clientes domiciliados en la Provincia de Santa Fe por $ 70.000. El flete estuvo a cargo del comprador. f– Comisiones por venta de máquinas situadas en la Provincia de Mendoza por $ 180.000. Tanto los propietarios de los bienes como sus compradores tienen domicilio en Capital Federal. (2) Costo de Obras y Venta de Materiales Concepto Activ.de revent Obra Obra Obra Formosa Mendoza Corrientes 30
  • 30. E.I. materiales 150.000 50.000 60.000 40.000 Cpas. Materiales 200.000 100.000 50.000 50.000 Sueldos y Jornales 35.000 (*) 10.000 5.000 20.000 E.F. materiales (20.000) (5.000) (5.000) (10.000) COSTO 365.000 155.000 110.000 100.000 (*) Corresponde a los sueldos de dos empleados que trabajan en los depósitos de los locales de Capital Federal y Provincia de Buenos Aires (uno de cada depósito). Ambos dependientes perciben idéntica remuneración. (3) Gastos de Administración a- Honorarios al directorio $ 15.000.- b- Alquiler de computadoras para la administración general $ 5.000.- c- Sueldos de administración $ 40.000.- d- Cargas sociales por sueldos de administración $ 10.000.- e- Gastos administrativos atribuibles a las obras en ejecución $ 30.000.- (4) Gastos de Comercialización a- Comisiones abonadas en Provincia de Buenos Aires por las ventas de materiales realizadas por el representante que actúa en la Provincia de Formosa $ 10.000.- b- Honorarios abonados por las operaciones del punto (1) f) $ 15.000.- (5) Gastos Financieros Intereses devengados por descuentos de facturas $ 20.000. INGRESOS DEL MES DE OCTUBRE DE 2009 a) Venta de materiales desde el local de Capital Federal $ 5.000.- b) Exportación de materiales a Uruguay $ 50.000.- c) Venta de materiales desde el local de la Provincia de Bs. As. $ 32.000.- d) Intereses por el pago financiado de la operación del punto c) $ 150.- e) Certificados de obras ejecutadas en la Pcia. de Corrientes $ 40.000.- f) Comisiones por ventas de máquinas situadas en la Pcia. de Santa Fe $ 25.000.- g) Venta de materiales en el local de Jujuy $ 10.000.- Alícuotas para todas las jurisdicciones: – Construcción 1.5 % – Comercialización 3.0 % – Prestación de Servicios 3.5 % – Intermediación 4.9 % – Prestaciones financieras 4.9 % 31
  • 31. SOLUCIÓN EJERCICIOS DE PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO 1.a) FALSO 1.b) VERDADERO 1.c) FALSO 2.a) FALSO 2.b) VERDADERO 2.c) FALSO 2.d) FALSO 2.e) VERDADERO 3.a) FALSO 3.b) VERDADERO 3.c) FALSO 3.d) FALSO 3.e) VERDADERO 3.f) FALSO 3.g) VERDADERO 3.h) FALSO 3.i) VERDADERO Art. 37 Ley 11.683 - Se devengaron intereses resarcitorios entre la fecha del vto. para el ingreso y la fecha efectiva de ingreso. 3 II Anatocismo: Si los intereses no se ingresaron, éstos se transforman en capital a la fecha de depósito de la obligación principal y devengan intereses resarcitorios. Art. 48 Ley 11.683. Multa por defraudación: Será reprimido con multa de 2 a 10 veces el tributo retenido o percibido, los agentes de retención o percepción que lo mantengan en su poder después de vencidos los plazos en que debieran ingresarlo. No se admite excusación basada en la falta de existencia de fondos cuando éstas se encuentren documentadas, registradas, o exteriorizada de cualquier modo. No es aplicable la Ley Penal Tributaria por no superar los $10.000 4 I.a) FALSO 4.b) FALSO 4.c) FALSO 4.d) VERDADERO Por el saldo de $8.500 se suspende el término de la prescripción desde el 01/04/06. Por lo tanto, la acción de repetición prescribirá el 01/10/2011. Por el saldo de $2.300, la 4 II) acción prescribe el 01/01/2012. La normativa aplicable son los artículos 57, 62 y 65 de la Ley 11.683 32
  • 32. La prescripción para exigir el pago que se intima habrá de producirse el 01/01/2010 dado que habiéndose iniciado el 01/01/05, la misma se suspende por un año desde la 4 III) fecha de la intimación (18/09/04), reanudándose su cómputo a partir del 19/09/05. (artículo 65 de la ley 11.683) 5.a) FALSO 5.b) FALSO 5.c) VERDADERO 6.a) FALSO 6.b) VERDADERO 6.c) FALSO 6.d) VERDADERO 6.e) Forma parte del proceso de determinación de oficio: · Vista · Descargo · Producción de la prueba · Resolución · Dictado de medidas de mejor proveer · Solicitud de Prorroga · Solicitud de toma de vista del expediente con suspensión de plazos Es de aplicación el artículo 40 de la Ley 11.683, por la cual dispone que serán sancionados con multas de $300 a $30.000 y clausura de 3 a 10 días del establecimiento. Se configura el inciso c) del artículo 40. el cual dispone la sanción a quienes transporten comercialmente mercaderías aunque no sean de su propiedad, sin el respaldo documental que exige la AFIP (RG 1415) 7) Que la apelación a la Cámara Nacional de apelaciones tenga efectos devolutivos, 8 I) implica: c) Que el fisco tendrá habilitadas las facultades para iniciar el juicio de ejecución fiscal. 8 II) Que la apelación al Tribunal Fiscal tenga efectos suspensivos, implica: c) Que la AFIP no puede ejecutar la deuda hasta tanto el Tribunal Fiscal decida. d) Que se suspende toda acción del fisco para volver a determinar de oficio la materia imponible en discusión. De acuerdo a lo expuesto la multa no está firma y como tal el fisco no puede iniciar el cobro compulsivo. Por lo tanto la Boleta de deuda estaría mal confeccionada en virtud de incluir conceptos e importes incorrectos, ya que no corresponden los $5.000 de 8 III) multa y el 15% estaría mal calculado. 9) La única afirmación válida es: 33
  • 33. g) El allanamiento de la pretensión fiscal efectuado luego de haberse corrido la vista tiene el carácter de declaración jurada para el responsable y determinación de oficio para el contribuyente. 34
  • 34. SOLUCIÓN IMPUESTOS INTERNOS EJERCICIO Nº 1 - JB S.A. Ejercicio Nº 1 Tasa Nominal whisky 20% Tasa Efectiva: (100*20/100-20) 25% Punto 1) "BLACK" Valor FOB 10.000,00 Seguro y Flete 300,00 Art 3 Ley 24.674 Derechos y tasa estadística 550,00 Art 3 Ley 24.674 IVA (No computable) - Retención IVA (no deduc.) - Retención Ganancias (no deduc.) - Gastos despachante (no computables) - Importe neto 10.850,00 Base incrementada (importaciones - 30%) 14.105,00 Art 7 Ley 24.674 Impuesto Interno (25%) 3.526,25 Total Base imponible 17.631,25 Impuesto Interno (20%) 3.526,25 Cálculo pago a cuenta. Criterio Físico "BLACK" 3,526 (3.526,25/1.000) Punto 2) "NEW" Valor Venta 75.000,00 Intereses de financiación (no computable) - Impuesto Interno (25%) 18.750,00 Total Base imponible 93.750,00 Impuesto Interno (20%) 18.750,00 Punto 3) "ICE" Precio Neto 15.000,00 Intereses de financiación (no computable) - IVA (No computable) - Impuesto Interno (25%) 3.750,00 Total Base imponible 18.750,00 Impuesto Interno (20%) 3.750,00 Impuesto interno facturado $1.350 (se toma $1.350 y NO $3.750) Cálculo pago a cuenta. Criterio Físico "ICE" 1,80 (1.350/750) Punto 4) "ICE" Exportación - Exceptuado del impuesto art. 10 Ley 24.674 Punto 5) "BLACK" Valor Venta (500 botellas) 9.000,00 Bonificación pronto pago (deducible) -900,00 Precio Neto 8.100,00 Impuesto Interno (8100*0,25) 2.025,00 35
  • 35. Total Base imponible 10.125,00 Impuesto Interno (20%) 2.025,00 Crédito de Impuesto (pago a cta.) "BLACK" 1.763,13 Art 6 Ley 24.674 (500 unidades vendidas x 3,526) Punto 6) Valor Venta "ICE" (100 botellas) 2.000,00 IVA (N/C) - Bonificación especie (5 botellas)- Gravado 100,00 Art 4 Ley 24.674 Bonificación pago contado -150,00 Art 4 Ley 24.674 Precio neto 1.950,00 Impuesto Interno (25%) 487,50 Total Base imponible 2.437,50 Impuesto Interno (20%) 487,50 Cómputo de Impuesto pago a cta. 189,00 Art 6 Ley 24.674 (100+5=105 unidades x $1,8) Punto 7) Valor Venta (80 botellas "NEW") 1.200,00 Art 2 Ley 24.674 Impuesto Interno (25%) 300,00 Total Base imponible 1.500,00 Impuesto Interno (20%) 300,00 Liquidación mes 11/2008 WHISKY "BLACK" 3.526,25 1) 2.025,00 5) -1.763,13 Pago cta. 3.788,13 WHISKY "NEW" 18.750,00 2) 300,00 7) 19.050,00 WHISKY "ICE" - 3) - 4) 487,50 6) -189,00 Pago cta. 298,5 TOTAL 23.136,63 36
  • 36. SOLUCIÓN IMPUESTOS INTERNOS EJERCICIO Nº 2 - LA ESPUMA S.A. Tasa Nominal 8% Tasa Efectiva: (100*8/100-8) 8,69565 Punto 1) Valor FOB 10.000,00 Seguro y Flete 300,00 Art 3 Ley 24.674 Derechos y tasa estadística 550,00 Art 3 Ley 24.674 IVA (No computable) - Otros gastos (no computables) - Importe neto 10.850,00 Base incrementada (importaciones - 30%) 14.105,00 Art 7 Ley 24.674 Impuesto Interno (8,69565) 1.226,52 Total Base imponible 15.331,52 Impuesto Interno (8%) 1.226,52 Cálculo pago a cuenta. Criterio Físico 0,06 (1.226,52/20.000) Punto 2) Valor Venta 20.000,00 Intereses de financiación (no computable) - Impuesto Interno (8,69565) 1.739,13 Total Base imponible 21.739,13 Impuesto Interno (8%) 1.739,13 Punto 3) - Puntaje: Exportación - Exceptuado del impuesto art. 10 Ley 24.674 Punto 4) Valor Venta 4.800,00 Impuesto Interno (8,69565) 417,39 Total Base imponible 5.217,39 Impuesto Interno (8%) 417,39 Cómputo de Impuesto pago a cta. -367,96 Art 6 Ley 24.674 (6.000 unidades vendidas x 0,06) Punto 5) Valor Venta 4.000,00 Bonificación pago contado (no computable) - Art 4 Ley 24.674 Bonificación especie - Gravado 400,00 Art 4 Ley 24.674 Precio neto 4.400,00 37
  • 37. Impuesto Interno (8,69565) 382,61 Total Base imponible 4.782,61 Impuesto Interno (8%) 382,61 Cómputo de Impuesto pago a cta. -330 Art 6 Ley 24.674 (5.000+500=5.500 unidades x 0,06) Punto 6) Valor Venta 650,00 Art 2 Ley 24.674 Impuesto Interno (8,69565) 56,52 Total Base imponible 706,52 Impuesto Interno (8%) 56,52 Punto 7) Devolución -20 Impuesto Interno (8,69565) -1,74 Total Base imponible -21,74 Impuesto Interno (8%) -1,74 Liquidación mes 02/2008 Cerveza "Germany" 1 1.226,52 4 417,39 4 -367,96 5 382,61 5 -330 1.328,57 Cerveza "La Espuma" 2 1.739,13 6 56,52 7 -1,74 1.793,91 38
  • 38. SOLUCIÓN IMPUESTOS INTERNOS EJERCICIO Nº 3 Ejercicio a) Tasa efectiva=(100 * T) / (100 - T)=(100 * 20) / (100 - 20) = 25 Precio antes de IVA y de Internos $ 3.000.- 25% sobre $ 3.000 = $ 750 Cálculo del Impuesto Interno: 20% sobre (3.000 + 750) = $ 750.- Precio del producto con internos 3.750,00 IVA (21% sobre $ 3.000) 630,00 Precio de venta al público 4.380,00 Las bonificaciones y descuentos no forman parte de la base imponible de I.I. art. 4 inc. a. En IVA corresponde el art. 12 b. Precio antes del impuesto 3.000,00 Descuento 10% -300,00 Total 2.700,00 Imp. Interno 25% s/2.700 675,00 Precio con I.I. 3.375,00 IVA 21% s/2.700 567,00 Precio final de venta 3.942,00 Ejercicio b) Valor FOB 218.000,00 Fletes 15.600,00 Seguros 2.138,00 BASE IMPONIBLE PARA CALCULO DERECHOS DE IMPORTACION 235.738,00 Derechos 1,95% 4.496,87 Estadística 3% 7.072,14 TOTAL 247.307,01 Tasa nominal: 10% 39
  • 39. CALCULO DE LA BASE $ 247.307,01 * 11,11% = $ 27.475,81 (247.307,01 + 27.475,81) * 130% = $ 357.217,66 CALCULO DEL IMPUESTO Impuesto 10% s/ $ 357.217,66 = $ 35.721,77 Ejercicio c) Determinación de la Base Imponible 30.000 unidades a $ 3 c/u 90.000,00 Descuento 3% -2.700,00 Flete 2.500,00 Total 89.800,00 Tasa nominal 8% Tasa efectiva 8,70% Impuesto 8,70% s/ 89.800.- 7.812,60 Calculo del pago a cuenta: Importación: $ 46.000 * 130% * 8,7% 5.202,60 Impuesto a ingresar 2.610,00 En virtud del art. 9 de la ley la exportación de los productos importados no debería tributar el Impuesto, pero no existe derecho a cómputo de créditos por pagos a cuenta por no tratarse de productos nacionales que cumplan con los requisitos del art. 10. Por lo tanto el impuesto interno abonado en al importación es mayor costo. Si esta situación fuera recurrente debería importarse la mercadería bajo el régimen de Importación temporaria para no pagar impuestos. 40
  • 40. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EJERCICIO INTEGRAL Nº 1 - LA TABLITA SRL Importación - gravado - art. 1º c) Fabricación - gravado - art. 1º b) Venta - gravado - art. 1º a) Exportación - exento - art. 8º d) OPERACIONES DEL 11/2009 CONCEPTO IMPORTE NETO D. F. C.F. 1- a) Venta de Bs. a R.I. Gravado-1º a) N.H.I = 11/2009-Entrega o factura lo anterior (5º a) ) 100 x 500 x 21% = 50.000,00 10.500,00 1- b) Vta. de Bs. a Resp. Monotributo Gravado-1º a) N.H.I = 11/2009-Entrega o factura lo anterior (5º a) ) 1 x 750 / 1,21 = 619,83 130,17 2- Exportación Exenta- 8º d) 0,00 0,00 los bs. salen en 12/2009 NO SE TOMARIA PARA PRORRATEO DR. 41º 3- Importación de Bienes Gravado-art. 1º c) Nacim. H. I. en el momento en que sea definitiva-5º f) 10/2009 0,00 0,00 41
  • 41. 4- Desfectacion de Bs. para consumo propio Gravado-2º b) Base Imponible 10º 3er. Parr. El $ es el fijado para operaciones normales efectuadas por el responsable s/pto. 1) 1 x $500 = 500,00 105,00 5- Vta. de Bs. a Sujeto NO categorizado RG. (AFIP) Nº 2126 Gravado-1º a) N.H.I = 11/2009-Entrega o factura lo anterior (5º a) ) 20 x 1430 / 1,21 = 23.636,36 4.963,64 Percepción 23.636,36 + 4.963,64 x 0,105 = 3.003.- Se ingresa a través del SICORE 6- Vta. de Bs. a Resp. Monotributo Gravado-1º a) N.H.I = 11/2009-Entrega o factura lo anterior (5º a) ) 30x 920 / 1,21 = 22.809,92 4.790,08 7- Donación de Bien de Uso Dictamen (DATJ) Nº 7/81 Año de alta : 2004 Año Fin V. Útil : 2010 (amort. imp. 5 años) Impositivamente esta totalmente amortizado por lo tanto no corresponde el reintegro del C. F. ( D.R. 58º ) 0,00 0,00 8- Prest. Serv. de un Resp. Monotributo- No discrimina IVA No genera C. F.-25º L. 25.865 42
  • 42. 9- Compra de Inmueble Nacim. H.I. Escritura o Posesión lo que fuera anterior -5º e) 1/2010 0,00 0,00 Int. por vta con pago diferido Nacim. H. I. vto. plazo rendimiento o pago D. R. 22º 10- Energía Eléctrica de la Administración Asignación Directa 1er. Vto. C. F. $ 650.- 2.300 x 27 % = $ 621.- Aplica "Regla del Tope " 12º a) 2.300,00 621,00 11- Compra a R.I. Asignación Directa 24.000.- x 21% = 24.000,00 5.040,00 Totales 20.488,88 5.661,00 No se hace prorrateo del C.F. porque no hay operaciones exentas ( las exportaciones se suman a las operaciones gravadas para el prorrateo ) DECLARACION JURADA PERIODO 11/2009 Débito Fiscal 20.488,88 Crédito Fiscal 5.661,00 Sdo. a Fav. 1er. P. Anterior 14.900,00 43
  • 43. Subtotales 20.561,00 20.488,88 Saldo 1er. P. 72,12 Ret./Perc. - Sdo. A Fav. 2do. P. Anterior 540,00 Monto Utilizado Subtotal 540,00 - Saldo 2do. P. 540,00 44
  • 44. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EJERCICIO INTEGRAL Nº 2 - ALEJANDRO MAGNO Alquiler de Inmuebles - Gravado 7º h) pto. 22 ultimo parr.-D.R. 38º Hab. Compra/vta Bs. Usados - Gravado - 18º Asesor de empresas - Gravado - 1º b) Socio Gerente - Exento - 7º h) pto. 18 Venta de carbón - Gravado - 1º a) Exportacion de Carbón - Exento - 8º CONCEPTO GRAVADO / EXPORT. NO GRAVADO/EXE D. F. C. F. Computable Ret./Perc. INGRESOS 1. Venta de Bs. a R.I. Gravada N.H.I = 7/2009-Entrega o factura lo anterior 5º a) - Ret. Sufrida: Pago Parcial-La ret se detremina s/importe total Op. RG ( AFIP ) 18- 10º 5000 x 10,5% = 525,00 2. Exportacion de Carbón Exento- 8º N.H.I = 6/2009-cumplido de embarque D.R.41º - Exportacion de Serv. Prestada en el país, utilizada en el ext. Exenta-1º b) ultimo párrafo-D.R. 77.1º N.H.I = 8/2009 6.000,00 45
  • 45. 3. Venta de Terreno No gravado 50.000,00 Pago Aporte de Capital No gravado - 4. Venta de Bs. a Resp. Monotributo c/seña que congela $ 5º ultimo parr. N.H.I.= 9/2009- No están puesto a disposición los bs. 6º ultimo parr. - 5. Honorarios Socio Gerente Exento-7º h) pto. 18 10.000,00 6. Alquiler Inmueble a R.I.-Valor de Locación>$1.500, Gravado-7º h) pto. 22-D.R. 38º N. H. I.: 8/2009- vencimiento o pago lo que fuera anterior 5º b) pto. 8 B.I.= 1950 - 180 (Expensas) No integra B. I-D.R: 49º.1 1.770,00 371,70 7. ND emitida por Intereses Resarcitorios GENERA D.F. Gravada-D.R. 24º N. H. I.: 9/2009- Al momento de su percepción D.R. 24º - 8. Prest. Serv. A Exento Gravado-3º e) pto. 21 N. H. I.: 8/2009- cuando termina la prestación o cobro lo anterior 5º b) 500 / 1,21 = 413,22 86,78 9. Prestación Serv. Gravado-3º e) pto. 10 N. H. I.: 9/2009- cuando termina la prestación o cobro lo anterior 5º b) 13.000,00 2.730,00 10. Vta. Bs. Mueble a Resp. Monotributo Gravado-1º a) 14000 / 1,21 = 11.570,25 2.429,75 11. Venta a Exento Gravado-1º a) 2000 / 1,21 = 826,45 173,55 Habitualista en la compravta. Bs. Usados Computo C. F. - 18º coeficiente: 21 / 100 + 21 = 0,17 Computo CF. De Adquisición: 500 * 0,17 = 86,78,- no excede el limite 86,78 Limite: 2.000 / 1,21 = 1.652,89 x 21% x 90 %= 312,4 12. NC emitida a R. I. GENERA C.F. 12º b) 46
  • 46. 300 x 21% - 300,00 63,00 13. Donación de Bs. Uso Reintegro C. F.-D.R. 58º Escritorio + biblioteca: vida útil 5 años DATJ. ( AFIP ) 7/81 Año de alta : 2007 Año Fin V. Útil : 2011 Restan 3 años amort. al 2009 Reintegro C. F. 1500 x 21% = 420 /5 x 3 = 189,00 Pc': vida util 3 años DATJ. ( AFIP ) 7/81 Año de alta : 2002 Año Fin V. Útil : 2004 Totalmente amort. al 2009 No reintegra C.F. - Subtotales 33.279,92 60.000,00 5.791,78 149,78 - CONCEPTO GRAVADO / EXPORT. NO GRAVADO/EXE D. F. C. F. Computable Ret./Perc. COMPRAS 1. Compra de Bs. No puestos a disposición Para el vendedor no nació el H.I. 6º No procede el computo del C.F. Sino se perfecciono el D.F. 12º ultimo Parr. 2. Fc. Teléfono 480 x 27% = 86,4 ok. Facturado 86,4 x 0,3568 = Prorrateo General 320,00 30,83 9,60 3. NC recibida GENERA D.F. 47
  • 47. 35 x 27% = 9,45 x 0,3568 Prorrateo General - 35,00 3,37 - 4,00 4. Honorarios Contador R.I. 2500 x 21% = 525 Facturado 500 Regla del Tope 12º a) 500 x 0,3568 = Prorrateo General 2.500,00 178,39 5. Importación de Bienes Gravado-1º c) Valor CIF - Flete a cargo del vendedor El flete NO integra B. I. - 25º - D.R. 64º 5000 + 500 + 400 = 5.900,00 1.239,00 590,00 6. Importación de Bien de Uso Gravado-1º c) Valor FOB - Flete a cargo del comprador 10000 + 1500 + 1000 + 900 = El flete integra B. I. - 25 º - D.R. 64º 13.400,00 2.814,00 - No corresp. Percepción s/Bs. De Uso 7. Compra a Resp. Monotributo No genera C.F. - - 8. Locación con opción de Compra 5º g) Duración del Contrato : 2 años Limite:V. Útil: 3 años 1/3: 1 año supera el limite 5º g) pto. 2 Nacim. H.I.: F. de Devengam.. o pago lo que fuera anterior 5º d) 1.500 x 21% x 0,3568 = Prorrateo General 1.500,00 112,38 9. Compra de Camioneta no afectada a la actividad C.F. No computable-12º 2do. parr. 10. Gto. de Restaurante C. F. No computable - 12º a) pto. 3 - - 11. Compra Inmueble 1ra. Vta.- Empresa Constructora factura D.F. $ Obra: 216.000.- s/$ 270.000.-= 80% 216.000,00 45.360,00 Porcentaje s/valuacion fiscal = 75% 10º 6to. Parraf. 48
  • 48. SubTotales 236.800,00 - - 49.525,38 595,60 Totales 5.791,78 49.675,16 595,60 DD.JJ. IVA 8/2009 Debito Fiscal 5.791,78 Crédito Fiscal 49.675,16 Sdo a Fav. 1er. P. Anterior 5.000,00 Prorrateo Subtotales 54.675,16 5.791,78 Saldo a Fav. 1er. P. 48.883,38 General Ret./Perc. 595,60 Ventas Gravadas / Exportaciones 33.279,92 0,3568 Computable Sdo. A Fav. 2do. P. Anterior 300,00 Ventas No Gravadas / Exentas 60.000,00 0,6432 No Computable Monto Utilizado 237,00 200 + 37 Total Ventas 93.279,92 Subtotal 895,60 237,00 Sdo. A Fav. 2do. P. 658,60 49
  • 49. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EJERCICIO INTEGRAL Nº 3 - OFFICE SA Compra-venta - gravado - art. 1º a) Reparación - gravado - art. 1º b) CONCEPTO GRAVADO NO GRAV. DEBITO FISCAL RETENCIONES CREDITO FISCAL EXPORTAC. EXENTO RG 18 INGRESOS 1- Reparac. s/bs. mueble ( art. 3º e) pto. 9) N. H. I.: 5/2009- cuando termina la prestación o cobro lo anterior ( 5º b) ) (art. 6º 2do.párr.) Anticipo debe: - congelar el pcio. total de la operación. - bienes deben estar puestos a disposición. No se cumple este requisito, puesta a disposición el 05/2009 ------------ ------------ ------------ 2- Vta. Bs. a R.I. N.H.I = 4/2009-Entrega o factura lo anterior (5º a) ) 4.000 x 21% = 4.000,00 840,00 420,00 3- Vta.bs. a Consumidor Final N.H.I = 4/2009-Entrega o factura lo anterior (5º a) ) $ 230 corresponden a gtos de transp.art.10 5º párraf.Pto.1 50
  • 50. ( 970 + 230 ) / 1,21 = 991,74 208,26 4- Vta. de cosa mueble. 1.900 / 21%= (art. 10 3º párr. precio fijado para operaciones normales) 1.570,25 329,75 5- Vta. De cosa mueble a R.I. N.H.I. c/ la entrega y factura el día 04/2009 3.000,00 630,00 3000 x 21%= 6- Vta. de bs. a R.I. N. H. I.= 5/2009 c/entrega del importador (art. 5º a) ) (art. 6º 2do.párr.) Anticipo debe: - congelar el pcio. total de la operación. - bienes deben estar puestos a disposición. No se cumple este requisito, puesta a disposición el 05/2009 ------------ ------------ ------------ 7- Reparac. s/bs. mueble a un RI ( art. 3º e) pto. 9) N. H.I.= c/entrega el 04/2009 (art.5 b) pto.1) 670 x 21%= 670,00 140,70 112,56 8- Exportación de bienes N. H. I.= el 4/2009 c/fecha de embarque (art. 8º d) y art.43º) 9.000,00 Servicio de asesoramiento: realización y utilización económica en Chile No gravado, no se cumple el elemento territorial. 1.000,00 51
  • 51. 9- Alquiler Inmueble destino casa habitación. Exenta ( art. 7º inc. h) pto. 22) 800,00 N.H.I. c/ percepción el día 04 Crédito Fiscal por comisión no se computa, ya que está destinado a actividad exenta. 15.231,98 1.800,00 2.148,72 532,56 OPERACIÓN NETO GRAVADO C.F. IVA NO COMPUTABLE PERCEP. DEBITO FISCAL RG 3337/3431 COMPRAS 10- Import.de escritorios $ 10.200.- Valor CIF+tasas y derechos de import. 10.200,00 2.142,00 1.020,00 (RG 3431) 10 % 11- No genera C.F. Compra a ----------- ----------- ---------- Monotributista Fact.C 12- Honor. Asesor Impositivo trabajo continuo NHI con percepción total o parcial. 900,00 108,37 188,57 ------- 13- Art. 3 c) 1.600,00 336,00 ------- 14- Cpra. De bibliotecas a R.I. 5.600,00 1.176,00 168,00 52
  • 52. (RG 2408 ex-3337) 3 % 15- NC recibida 441,00 16- Servicio de Gas 500 x 0,27= 135.- Iva Facturado: $ 105 (tope) Prorrateo Especifico $ 105 x 0,5830 = 500,00 78,71 56,30 Intereses Resarcitorios. Art.24 DR N.H.I. c/ percepción. Prorrateo Especifico 25 x 0,27 x 0,5830 = 25,00 3,94 2,81 Percepción RG 3337 $ 500 x 0,03= $ 15,00. No se efectúa la percepción mínimo $ 21,30 17- No se puede computar el C.F. destino a act.exenta ----------- ---------- 483,00 8.625,00 1.703,01 730,68 1.188,00 441,00 53
  • 53. PRORRATEO GENERAL (ACT.COMERCIAL Y ALQUILER INMUEBLE) DECLARACION JURADA PERIODO 4/2009 Vtas. Gravadas/ Exportac. $ 15.231,98 57,34% Vtas. Exentas/ No gravadas. $ 1.800,00 42,66% Débito Fiscal 2.589,72 Crédito Fiscal 1.703,01 $ 17.031,98 Sdo a Fav. 1er. P. Anterior 180,00 PRORRATEO ESPECíFICO (ACT.COMERCIAL) Subtotales 1.883,01 2.589,72 Vtas. Gravadas/ Exportac. $ 15.231,98 58,30% Saldo a Fav. 1er. P. - 706,70 Vtas. No gravadas $ 1.000,00 41,70% Ret./Perc. 1.188,00 Sdo. A Fav. 2do. P. Anterior 215,00 $ 16.231,98 Monto Utilizado 170,00 Subtotal 1.403,00 170,00 Sdo. A Fav. 2do. P. 1.233,00 54