2. La planificación de los Recursos Humanos es el
proceso de elaboración e implantación de planes y
programas por el cual una institución determina las
necesidades de personal, se asegura el número
suficiente de personal, con la cualificación necesaria,
en los puestos adecuados y en el momento oportuno
(adecuado), para satisfacer las necesidades de la
organización en cumplimiento de su misión.
SUBSISTEMA DE PLANEAMIENTO DE TALENTO HUMANO
3. EL RECLUTAMIENTO
Es un medio con el cual la institución divulga y ofrece sus
requerimientos de personal al mercado de trabajo. Para ser
eficaz, el reclutamiento debe atraer un contingente de
candidatos suficientes para realizar adecuadamente el
proceso de selección.
4. • Sus características personales y estado físico.
• Vocación de servicio que se resume en el sacrificio,
la humildad, la empatía y el valor.
• Sus condiciones morales y éticas.
• Disciplina y respeto.
PERFIL POLICIAL
5. Es todo aquello que la institución defiende y define en
su filosofía. Es lo que le da grandeza en un noble
cometido dentro de la sociedad. Servir y proteger reza
en cada una de las unidades de patrulla de la Policía;
los valores institucionales tienen una importancia
fundamental al momento de definir la disciplina
institucional, ya que esta se basa en los principios que
rigen el destino de la organización.
LOS VALORES INSTITUCIONALES
6. CLASIFICACIÓN Y AGRUPACIÓN DE
CARGOS
Titular.- Es el conferido para el ejercicio de un
cargo o función mediante designación expresa de
plazo indefinido o por el tiempo que determine la
ley.
Subrogante.- Es el conferido por orden escrita
del titular del cargo, de conformidad a lo previsto
en la ley, cuando el titular se encuentre
legalmente ausente hasta 30 días.
Encargado.- Es el conferido por designación
temporal en cargo vacante hasta que se nombre
al titular
7. Las y los aspirantes a servidores policiales directivos y técnicos
operativos se incorporarán de los centros de formación policiales
nacionales e internacionales una vez culminado y aprobado el
proceso de formación y ejecutado el acto administrativo por parte
del Ministerio Rector de la Seguridad Ciudadana y Orden Público
y el Comandante General de la Policía Nacional declarándolos
como servidores policiales en servicio activo.
INGRESO AL SERVICIO ACTIVO