2. CONCEPTO
Es un sistema de
contabilidad manual o
sistematizada en un
periodo determinado
por la empresa
(semanal, quincenal,
mensual) que consiste
en una relación
nominal de cada uno
de los individuos que
por una labor deben
percibir una
remuneración
salarial.
3. PARTES DE LA NOMINA
El devengado: valor total de
ingresos que obtiene el empleado.
Las deducciones: son los valores
que se descuentan de la nomina al
trabajador. Por ejemplo salud y
pensión.
las apropiaciones: son los valores
que la empresa debe pagar , colo
lo es la salud y pensión en el
porcentaje que le corresponde,
riesgos profesionales etc.
5. Salario Base: fijado por el convenio.
Percepciones no salariales: dietas, plus de transporte,
indemnizaciones, seguros médicos.
Pagas extra: prorrateadas por meses según permanencia de alta
en la Empresa, y según señalan los convenios colectivos
laborales las pagas extras pueden ser dos veces al año y deben
de ser abonadas en fechas determinadas -julio y Navidad-, en
diversos sectores productivos existe además la paga de
beneficios. (ver Artículo 31. Gratificaciones extraordinarias,
del Estatuto de los trabajadores.
Complementos salariales: pueden ser por antigüedad; plus
convenio (para subir el sueldo); retribución por idiomas; por
puesto de trabajo; incentivos a comerciales.
Salario en especie: coche de la empresa, vivienda, pago del
colegio o guardería de hijos.
6. Deducciones: se incluyen las de Seguridad Social y
Hacienda, y demás obligaciones adquiridas de forma
voluntaria por el trabajador con la empresa: anticipos,
préstamos, etc.
Contingencias: Cálculo de las bases de cotización por
Contingencia Comunes y la base de Cotización por
contingencias profesionales, también la base de horas
extras, etc. La base de cotización mensual se obtiene
como regla general del total devengado anual
incluyendo las pagas extras que señale el convenio,
divido por 12 meses y multiplicado por los días o meses
de alta del trabajador en la empresa
7. TIPOS DE NOMINA
Honorarios: La que esta hecha para las personas que son autónomos
y/o independientes y declaran sus propios impuestos, (Abogados,
Notarios, Registradores, Médicos, etc.)
Comisiones: los que solo reciben sueldo por realizar ventas y se llevan
una comisión, en esta el patrón les retiene el impuesto para declararlo
a hacienda y ya no tienen que hacer una declaración (a menos de que
comisionen más de 300 000 anuales)
Sueldos y salarios: son las más comunes y las que prácticamente
todos conocen, los conceptos de pagos y de deducciones son
múltiples, dando la final un líquido a percibir.