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Dignidad humana y responsabilidad social
1. Dignidad humana y responsabilidad social
Introducción
El artículo 1° de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos, adoptada por las Naciones Unidas el 10 de diciembre
de 1948, inicia con la siguiente afirmación: "Todos los seres
humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos."
Definición
La dignidad humana es el derecho que tiene cada ser humano, de ser respetado y valorado
como ser individual y social, con sus características y condiciones particulares, por el solo
hecho de ser persona.
Desarrollo
dignidad se basa en el reconocimiento de la persona de ser merecedora de respeto, es decir
que todos merecemos respeto sin importar cómo seamos. Al reconocer y tolerar las diferencias
de cada persona, para que ésta se sienta digna y libre, se afirma la virtud y la propia dignidad
del individuo, fundamentado en el respeto a cualquier otro ser. Se trata de una cualidad
totalmente individual, de la persona concreta.[7] Se considera innata a cada persona. Ha de ser
respetada por todos, pero no es otorgada por nadie, su existencia no depende del
reconocimiento.[3] A su vez, una persona digna puede sentirse orgullosa de las consecuencias
de sus actos y de quienes se han visto afectados por ellos, o culpable, si ha causado daños
inmerecidos a otros. La misma dignidad que nos pone por encima de la naturaleza, pues
podemos transformarla también en nosotros mismos, contenerla, regularla, nos hace
responsables. Un exceso de dignidad puede fomentar el orgullo propio, pudiendo crear la
sensación al individuo de tener derechos exclusivos (privilegios).
La dignidad refuerza la personalidad, fomenta la sensación de plenitud y satisfacción. Para
justificar la esclavitud se decía que el esclavo no era persona humana, sino un objeto, al igual
que judíos, gitanos y homosexuales durante el nazismo.
La dignidad es reconocida por los seres humanos sobre sí mismos, como un producto de
la racionalidad, la autonomía de la voluntad y el libre albedrío, aunque los críticos sobre esta
forma de asignar dignidad indican que existen humanos que bajo ese criterio no podrían
tenerla: bebés, niños, disminuidos psíquicos profundos, seniles, dementes, etc.
Se oponen a la dignidad humana, los tratos humillantes, indecorosos, discriminatorios, la
violencia, la desigualdad legal y jurídica.
J Habermas - Diánoia, 2010 - scielo.org.mx
https://deconceptos.com/ciencias-juridicas/dignidad-humana
2. concepto de dignidad puede abordarse desde dos ópticas. Por un lado,
como una determinada forma de comportamiento de la persona, precedida por
su gravedad y decoro. Por el otro, como la calidad que se predica de toda
persona, con independencia de cual sea su específica forma de
comportamiento, pues ni tan siquiera una actuación indigna priva a la persona
de su dignidad[16]
.
En palabras de González Pérez, la dignidad es el rango o la categoría
que corresponde al hombre como ser dotado de inteligencia y libertad, distinto
y superior a todo lo creado, y que comparte un tratamiento concorde a todo
momento con la naturaleza humana[17]
.
En tal virtud, la dignidad humana está dentro del ser de cada persona,
surge en el preciso momento en que ésta empieza a existir y se convierte en
parte de los valores morales del ser humano. Esos valores serán los que
determinarán su conducta, y al momento de ser el hombre autónomo, podrá
decidir haciendo uso de su libertad.
De lo anterior se desprende que la dignidad, en el contexto de los
Derechos Humanos, es la que posee el hombre al momento en que inicia su
desarrollo vital, consolidándose al convertirse en persona. De ahí que
corresponda a todo ser humano y sea exclusiva del mismo, traducida en la
capacidad de decidir libre y racionalmente cualquier modelo de conducta, con
la consecuente exigencia de respeto por parte de los demás.
3. La Dignidad Humana, Valor Fundamental de la Sociedad.
Sin duda, el ser humano se ha caracterizado porque su vida gira en torno
a un ámbito social, por lo que debe establecerse un orden normativo,
económico y social que esté al servicio del mismo y que le permita a cada
hombre cultivar su propia dignidad. Por eso, la dignidad humana requiere que
el hombre actúe según su conciencia y su libre elección; por lo que los hombres
siendo más conscientes de su propia dignidad, podrán respetarse unos a otros.
Así, la dignidad humana, en la modernidad, aparece en un contexto
intelectual que ha superado los avatares históricos, ubicándose en un proceso
de humanización y de racionalización que acompaña a la persona y a la
sociedad. Para lo cual, cuando se hace la reflexión de la dignidad dentro de un
ámbito que corresponde a una sociedad bien ordenada, no se describe la
realidad, sino el deber ser de la misma. De ahí que la dignidad humana sirva
3. como un referente inicial, un punto de partida y también un horizonte final, un
punto de llegada, por lo que podría llamarse un derecho positivo justo[18]
.
3.1. La Dignidad Humana, Fundamento de los Valores Superiores.
En el ámbito del Derecho, la dignidad humana no sólo significa
superioridad de los seres humanos sobre los animales, sino que es, siguiendo
a Peces-Barba, la dignidad humana será un fundamento de la ética pública de
la modernidad, siendo el prius de los valores políticos y jurídicos y de los
principios y los derechos que se derivan de esos valores[19]
.
Por ello, hay quienes apuntan que la dignidad humana es el principio
guía del Estado, dado que se presenta en dos sentidos, por un lado, el individuo
queda libre de ofensas y humillaciones –negativa–; mientras que, por el otro,
le permite llevar a cabo el libre desarrollo de su propia personalidad y actuación
–positiva–[20]
.
Esto es, en strictu sensu, la dignidad únicamente pertenece a los
individuos, en virtud de que se presenta en la persona como sujeto individual
único e irrepetible, con una naturaleza racional y, especialmente, con
imperativos morales absolutos e incondicionales[21]
.
En palabras de Kant, la dignidad constituye un valor para el que no se
puede ofrecer ningún equivalente, esto es, la dignidad posee un carácter
absoluto porque no permite la negociación, La dignidad de la persona supera
cualquier cosa que tenga un precio, y es el valor irremplazable de un ser con
el que nunca se puede negociar[22]
.
Añade Kant “la dignidad es el atributo de un ser racional que no obedece
a ninguna otra ley que la que él mismo se da”[23]
. Por lo tanto, “la autonomía es
el fundamento de la dignidad de la naturaleza humana o de toda naturaleza
racional”[24]
, de ahí que el hombre tenga dignidad, no precio. Bajo tal perspectiva
se entiende su Teoría del Imperativo Categórico como regla moral de
actuación, pues indica al ser humano: “obra de tal modo que te relaciones con
la humanidad, tanto en tu persona como en la de cualquier otro, siempre como
un fin y no como un medio”[25]
.
Por ello, la naturaleza humana y la persona humana son realidades
complementarias, donde todos los hombres somos iguales. Partiendo de la idea de
persona, ésta se puede concebir como un ser libre en su comportamiento y en su
capacidad de elección de los fines y metas que se proponga; un ser que dispone
4. de conocimiento, especialmente en el campo de los valores y que actúa y decide en
función de convicciones íntimas que no afectan las prerrogativas y libertades de otras
personas, en tanto sujeto de derechos y obligaciones.
[14] Vid.GonzálezPérez,Jesús., La Dignidad dela Persona,Madrid,Civitas,1986, p. 19.
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