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Yo, _____________________, venezolano/a, mayor de edad, de este domicilio, titular de la
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cédula de identidad No. V-_______________ e inscrito en el Registro de Información Fiscal
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(RIF) bajo el No. V-__________________, procediendo en este acto en mi carácter de
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Director de ___________________, sociedad mercantil domiciliada en la ciudad de
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______________, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil ___________ de la
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Circunscripción Judicial del _________________________, en fecha
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__________________, bajo el No. ___, Tomo ___, inscrita en el Registro de Información
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Fiscal (RIF) bajo el No. J-_____________, (en lo sucesivo la “Compañía), por el presente
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documento declaro: Que en nombre y representación de la Compañía, confiero poder general
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de administración y disposición de todos los bienes de la Compañía, sin limitación alguna y
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en la forma más amplia permitida por el derecho, a
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_________________________________________________________________________
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_________________________________________________________________________,
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venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, legalmente hábiles y titulares de las cédulas
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de identidad Nos.
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________________________________________________________________________ ,
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respectivamente, para que ejerzan plena representación en todos los actos y negocios en los
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cuales sea parte, pueda llegar a ser parte o tenga interés alguno en la República Bolivariana
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de Venezuela. En consecuencia, los apoderados generales, que por este documento
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constituyo, quedan investidos de las más amplias facultades para realizar actos de simple
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administración y de disposición, para comprar, vender, enajenar, gravar e hipotecar, en
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cualquier forma, toda clase de bienes muebles o inmuebles, hacer daciones en pago, dar y
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tomar en arredramiento aún por más de dos (2) años, celebrar contratos de cualquier clase,
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dar y recibir cantidades de dinero y otorgar los correspondientes finiquitos; abrir, movilizar
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y cerrar cuentas corrientes, de crédito, de ahorro o de depósito en instituciones bancarias, o
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de otra índole, emitir, aceptar, endosar y avalar letras de cambios, pagarés y demás títulos de
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crédito; aprobar o improbar cuentas que le presenten administradores, socios o gestores,
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ocurrir ante cualesquiera personas naturales o jurídicas o autoridades por cualquier respecto,
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formular solicitudes o declaraciones, representar a la compañía ante cualquier asamblea de
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sociedades en nombre colectivo, anónima, en comandita o de responsabilidad limitada de las
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cuales sea accionista o socia; gravar, enajenar y ceder las participaciones, cuotas o acciones
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en las respectivas sociedades de que la Compañía sea titular, por medio de endoso o traspaso
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o en cualquier otra forma. En ejercicio de este poder los apoderados nombrados podrán
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representar a la Compañía ante cualesquiera organismos administrativos o judiciales; intentar
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2. y contestar excepciones; promover y evacuar toda clase de pruebas; desistir, convenir, y
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transigir, hacer posturas en remate; comprometer en árbitros arbitradores o de derecho y
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nombrarlos; pedir posiciones juradas; intentar toda clase de recursos ordinarios y
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extraordinarios, inclusive el de casación y seguir todos los juicios en todas sus incidencias,
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instancias y trámites hasta su definitiva conclusión; recibir y entregar cantidades de dinero y
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otorgar los recibos y finiquitos correspondientes y, en general, realizar todos los actos
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judiciales necesarios para la mejor defensa de los derechos e intereses de la compañía. Los
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prenombrados apoderados podrás sustituir parcial o totalmente este poder en personas de su
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confianza, reservándose siempre su ejercicio, con facultades para revocar sustituciones
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cuando lo juzguen conveniente. La enumeración de las anteriores facultades es de carácter
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enunciativo y, por lo tanto, no constituye una limitación para el apoderado.
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En Caracas, a la fecha de su autenticación.
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