2. 15 frases de Wert que invitan
a la huelga (www.eldiario.es)
"La educación pública ha dejado
de contribuir a la sociedad. Hay
que centrarse en la calidad". (31
de enero de 2012).
"Pensar que el éxito educativo
depende de los recursos es
equivocado. Es como pensar que
la belleza de una casa reside en la
cantidad de cemento que tenga".
(14 de junio de 2013).
"Se debería inculcar a los alumnos universitarios a que no piensen solo en estudiar
lo que les apetece (...) sino a que piensen en términos de necesidades y de su
posible empleabilidad". (4 de febrero de 2013).
"La comunidad educativa no puede ser una comunidad democrática, porque el
proceso educativo no es democrático".
15. "Comparado con otros países de nuestro entorno cultural que están embarcados
en reformas educativas, como México o Chile, el nivel de discrepancia en España se
puede considerar una fiesta de cumpleaños". (12 de septiembre de 2013).
5. Las leyes educativas de los últimos 40
años
1970: LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, regula y estructura por
primera vez todo el sistema educativo español (8 cursos EGB /
BUP / FP/ nuevos métodos didácticos, introducción del
Magisterio en la Universidad….)
1980: LOECE (Ley Orgánica de Centros Docentes) que introduce
un modelo democrático en la organización de los centros
educativos.
1985: LODE (Ley Orgánica del Derecho a la Educación), que no
modifica el sistema educativo, pero sí crea nuevos organismos
como el consejo escolar, las asociaciones de padres de
alumnos, la elección del director; y se aprueba la concertación
con fondos públicos de los centros educativos privados.
6. Las leyes educativas de los últimos 40
años
1990: LOGSE (Ley Orgánica General del Sistema Educativo) que
modifica todo el sistema educativo: educación obligatoria hasta
los 16 años, implantación de la ESO, reducción de la duración
del Bachillerato, flexibiliza el paso de curso, se crean dos niveles
de FP, nueva filosofía pedagógica…..
1995: LOPEG, ley que reforma algunos puntos de la LOGSE
referidos a la organización y funcionamiento de los centros.
2002: LOCE (Ley Orgánica de Calidad de la Educación), aunque
entró en vigor en 2003, su calendario de aplicación quedó
paralizado por un Real Decreto tras el cambio de gobierno
resultante de las elecciones del año 2004.
7. Las leyes educativas de los últimos 40
años
2006: LOE (Ley Orgánica de Educación), una ley que funde la
LOGSE, la LOPEG y la LOCE, manteniendo la estructura de la
LOGSE. Esta ley es la que actualmente regula el sistema
educativo, y que de seguir adelante la reforma educativa
planteada
por
el
Partido
Popular,
será
sustituida,
previsiblemente, a partir del curso 2014-2015 por la LOMCE (Ley
Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa), conocida también
como “Ley Wert”.
8. Las leyes educativas de los últimos 40
años
2012: PROPUESTA LOMCE. El primer borrador de esta nueva ley
se presentó públicamente en julio de 2012, sin previa consulta
con la comunidad educativa, habilitándose únicamente un sitio
web del Ministerio de Educación para recibir aportaciones
durante el período vacacional.
21/9/2012: el ministro de Educación presentó en el Consejo de
Ministros el anteproyecto de la LOMCE, y a partir de esa fecha
se inician las reuniones con las Comunidades Autónomas y
organizaciones educativas.
Febrero 2013: cuarto borrador. Es el borrador aprobado por
el Consejo de Ministros y se remitirá para su debate y
aprobación a las Cortes y Senado de España.
17/05/2013: Consejo de Ministros aprueba el proyecto de Ley
de Mejora de la Calidad Educativa.
10/10/2013: Congreso de los Diputados aprueba LOMCE y la
remite al Senado.
9. Principales modificaciones
La estructura general del sistema educativo no se modifica,
manteniéndose las actuales etapas educativas, con la excepción
de la inclusión de la denominada “FP Básica” en la Enseñanza
Secundaria Obligatoria (ESO):
Educación Infantil (0-6 años), dividida en dos ciclos (0-3 / 3-6).
Educación Primaria (6-12 años).
Educación Secundaria Obligatoria (12-16 años), con la inclusión de
la FP Básica.
Educación Secundaria Post-Obligatoria (16-18) con dos itinerarios
diferentes: Bachillerato y FP Grado Medio.
Estudios Universitarios y FP Grado Superior.
Aunque se mantiene la estructura general, sin embargo en las
diferentes etapas, a excepción de la Educación Infantil (que
apenas se cita en la nueva Ley), se producen modificaciones
importantes.
10. Educación Primaria / Lehen Hezkuntza
Evaluación
final de etapa
Evaluación
diagnóstica
Se rompe el
planteamiento
integrador del ciclo
Evaluación (posibilidad de repetición)
Dividida en seis cursos (ahora tiene 3 ciclos).
•Al finalizar el 2º o 3er. curso, evaluación a todo el alumnado para medir las
competencias lingüística y matemática. El profesorado decidirá qué medidas especiales
aplicar a los que no superen (incluido repetir curso)
•Al finalizar el 6º curso, evaluación de fin de primaria. El Gobierno español establecerá
criterios de evaluación y características generales de las pruebas.
•Se desdoblan Ciencias Naturales y Ciencias Sociales (Ahora es una única asignatura
Conocimiento del medio natural, social y cultural)
•Desaparece la asignatura de Educación para la Ciudadanía de 6º curso y también los
objetivos para trabajar la igualdad entre mujeres y hombres.
11. DBH / ESO
La ESO se desdobla en dos ciclos:
• 1er. ciclo (1º, 2º y 3º)
• 2º ciclo : único curso (4º) pero con dos itinerarios diferentes:
• enseñanzas académicas (vía para Bachillerato)
• enseñanzas aplicadas (vía para FP).
12. DBH / ESO
Enseñanzas aplicadas
Enseñanzas académicas
1º: desaparece Música
2º : Música y Ed. CívicaConstitucional y 1 optativa
3º: asignaturas específicas
para itinerarios de 4º
4º : dos itinerarios a escoger:
enseñanza aplicadas o
académicas
En lugar de la
diversificación curricular,
se plantean Programas de
mejora de aprendizaje y del
rendimiento.
Evaluación fin de etapa (Reválida con criterios y características fijadas por el
Estado y corregida por profesorado externo), diferenciando los dos
itinerarios:
• Nota mínima para título ESO: un 5.
• Calificación final de la ESO: 70% de la media de los cursos / 30% nota evaluación
externa
• El título de ESO-enseñanza académicas permite acceder al Bachillerato / el título
ESO-enseñanzas aplicadas permite el acceso a los Ciclos Medios de la FP.
14. FORMACIÓN PROFESIONAL
Universidad
FP GRADO
SUPERIOR
Prueba de acceso
4º curso
Básica
Tres tipos FP: Básica, Grado Medio,
Grado Superior
MODALIDAD DE ACCESO:
• FP Básica: tener 15 años y haber
cursado primer ciclo de ESO sin superarlo /
o haber cursado 1º y 2º de ESO y repetido
un curso.
• FP Grado Medio: título de ESO + prueba
de evaluación superada / título de FP
Básica .
• FP Superior: título Grado medio (o
Bachillerato) + prueba de acceso.
• El título de FP de Grado Superior
permitirá el acceso a la Universidad,
previa superación de una prueba de
admisión.
16. DETERMINACIÓN DEL CURRÍCULO
Actualmente (LOE): El Estado establece el 55% del currículo y
el Gobierno Vasco el 45% restante.
LOMCE: únicamente se mantienen estos porcentajes para
establecer los contenidos del 2º ciclo de Educación Infantil,
las Enseñanzas Artísticas, Profesionales y Deportivas.
También para los contenidos de la FP.
Para el resto de los contenidos se modifica el planteamiento,
estableciéndose tres categorías diferentes de asignaturas,
cada una de las cuales tiene un tratamiento diferente, tanto en
carga horaria como en determinación del currículo:
ASIGNATURAS TRONCALES
ASIGNATURAS ESPECÍFICAS
ASIGNATURAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA
17. ASIGNATURAS TRONCALES
100% de los contenidos son definidos por el Ministerio de Educación,
que establece asimismo los criterios de evaluación y logro de
competencias, estándares de evaluación y horario mínimo.
Educación Primaria: Ciencias de la Naturaleza, Ciencias Sociales,
Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas y Primera Lengua
Extranjera. *Horario mínimo: 50% del total.
Educación Secundaria Obligatoria: Biología y Geología, Física y
Química, Geografía e Historia, Lengua Castellana y Literatura,
Matemáticas
y
primera
Lengua
Extranjera.
*En 3º hay que elegir entre 2 tipos de Matemáticas: una dirigida a
Bachillerato y otra a FP (a elección de las familias o el alumnado).
*Horario mínimo del 50% del total.
18. ASIGNATURAS TRONCALES
4º ESO: Dos opciones (Enseñanzas académicas y enseñanzas
aplicadas).
Bachillerato: cada modalidad tiene sus propias troncales, que
incluirían asignaturas como: Filosofía, Lengua Castellana y Literatura,
Matemáticas, Primera Lengua Extranjera, Economía, Historia,
….*Horario mínimo del 50% del total.
En las pruebas finales de evaluación, que hay que superar para
conseguir los títulos oficiales, entrarán todas las materias del bloque
de asignaturas troncales.
19. ASIGNATURAS ESPECÍFICAS
Los contenidos, directrices metodológicas y horario (dentro del
máximo establecido por Madrid) son definidos por la
Administración Autonómica (Euskadi).
Educación Primaria: Educación Física, Religión o Valores
Culturales y Sociales. Elegir entre: Educación Artísticas o
segunda Lengua Extranjera.*Horario máximo: 50%
Educación Secundaria Obligatoria: Educación Física, Religión o
Valores Éticos.
Elegir entre 1 y 3 de: Cultura Clásica, Educación Plástica y
Visual, Iniciación a la actividad emprendedora y empresarial,
Música, Tecnología y Segunda Lengua Extranjera.
* En las reválidas se pondrá a prueba una de estas asignaturas, a
excepción de Educación Física y Religión/Valores.
20. ASIGNATURAS DE LIBRE
CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA
Los contenidos, directrices metodológicas y horario son
definidos por la Administración Autonómica (Euskadi). Su
horario dependerá de lo que desde Madrid se haya fijado para
las otras asignaturas y cada Comunidad Autónoma haya fijado
en el resto de materias.
En este apartado estaría la lengua cooficial y su literatura, en
nuestro caso el euskera y literatura vasca, y alguna otra que
cada Comunidad Autónoma pudiese contemplar.
En las pruebas finales de evaluación, se evaluará el idioma
cooficial y su literatura.
21. LENGUAS COOFICIALES - EUSKERA
Se ha “mejorado” algo en el tercer borrador:
Se habla de “lenguas cooficiales y lenguas que gocen de
protección legal”.
Se recoge que el alumnado “debe comprender y expresarse, de
forma oral y escrita, en la lengua castellana, y en su caso, en la
lengua cooficial correspondiente”.
Se recoge que “Las Administraciones educativas podrán
establecer sistemas en los que las asignaturas no lingüísticas
se impartan exclusivamente en la lengua cooficial siempre que
exista oferta alternativa de enseñanza sostenida con fondos
públicos en que se utilice la lengua castellana como lengua
vehicular en una proporción razonable”.
22. LENGUAS COOFICIALES - EUSKERA
Sin embargo, la LOMCE:
Legitima un sistema de modelos
ya superado y se refuerza el
modelo A.
Recoge el derecho a no
aprender Euskara a través de
las exenciones.
No permite avanzar hacia un
único modelo que euskaldunice
a todo el alumnado.
El Euskara no es asignatura
troncal, Lengua Española sí.
23. PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA EN LA GESTIÓN DEL CENTRO
Pérdida del poder decisorio del Consejo Escolar, pasando a ser prácticamente un
órgano consultivo y no decisorio como hasta ahora:
•
Aprobar y Evaluar los proyectos y las normas
•
Aprobar y Evaluar la programación general anual del centro
•
Participar en la selección del director del centro (aunque con menos representación)
•
Decidir Informar sobre la admisión de alumnos
•
Fijar Informar de las directrices para la colaboración con otras entidades
Todas estas facultades del Consejo Escolar de aprobar, decidir, fijar … pasan
a ser competencia de la Dirección del Centro Escolar.
24. PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA EN LA GESTIÓN DEL CENTRO
Se produce una pérdida de representación del Consejo Escolar en la elección de la
Dirección del Centro.
• Actualmente el director/a es elegido por una Comisión formada mayoritariamente por
personas de la propia comunidad educativa elegidas por el Consejo Escolar, siendo
minoritaria la representación de la Administración.
• Con la LOMCE el director/a lo sigue eligiendo una Comisión, pero más del 50% de los
miembros de la misma serán nombrados por la Administración, quedando de esta
forma en minoría la representación de la comunidad educativa del propio centro. La
redacción de la LOMCE establece que “La selección será realizada por una comisión
constituida por un lado por representantes de las Administraciones educativas, y por otro, en
una proporción mayor del treinta y menor del cincuenta por ciento, por representantes
del centro correspondiente. De estos últimos, al menos el cincuenta por ciento lo serán del
Claustro de profesores de dicho centro. Las Administraciones educativas determinarán el
número total de vocales de las comisiones y la proporción entre los representantes de la
Administración y de los centros; en cualquier caso deberán dar participación en las
comisiones a los Consejos Escolares de los centros.”
25. FORTALECIMIENTO DE LA ASIGNATURA
DE RELIGIÓN Y SU ALTERNATIVA
El alumnado ha de elegir obligatoriamente Religión confesional
Alternativa:
o su
• Primaria: Religión / Valores Culturales y Sociales
• Secundaria: Religión / Valores Éticos
Por lo tanto, desaparece la posibilidad actual de que si ningún alumno
elige Religión, ese tiempo pudiera dedicarse a dar materia curricular.
La Religión o su Alternativa se clasifican como asignaturas específicas,
por lo que su carga horaria tiene que ser igual a otras como Educación
Física, Plástica…, siendo además asignaturas evaluables, aunque no
entrarán en el temario de la evaluación de final de etapa.
El currículo de Religión lo establecen las autoridades eclesiásticas, al
igual que la selección del profesorado.
Desaparece la asignatura Educación para la Ciudadanía.
26. FORTALECIMIENTO DE LA ASIGNATURA
DE RELIGIÓN Y SU ALTERNATIVA
La disposición adicional segunda queda redactada como sigue:
1. La enseñanza de la religión católica se ajustará a lo establecido en el
Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales suscrito entre la Santa
Sede y el Estado español.
A tal fin, y de conformidad con lo que disponga dicho Acuerdo, se incluirá
la religión católica como área o materia en los niveles educativos que
corresponda, que será de oferta obligatoria para los centros y de
carácter voluntario para los alumnos.
2. La enseñanza de otras religiones se ajustará a lo dispuesto en los
Acuerdos de Cooperación celebrados por el Estado español con la
Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, la
Federación de Comunidades Israelitas de España, la Comisión Islámica
de España y, en su caso, a los que en el futuro puedan suscribirse con
otras confesiones religiosas.
27. FORTALECIMIENTO DE LA ASIGNATURA
DE RELIGIÓN Y SU ALTERNATIVA
3. La determinación del currículo y de los estándares de aprendizaje
evaluables que permitan la comprobación del logro de los objetivos y
adquisición de las competencias correspondientes a la asignatura Religión
será competencia de las respectivas autoridades religiosas.
Las
decisiones
sobre
utilización de libros de texto
y materiales didácticos y, en
su caso, la supervisión y
aprobación de los mismos
corresponden
a
las
autoridades
religiosas
respectivas, de conformidad
con lo establecido en los
Acuerdos suscritos con el
Estado español.”
28. FORTALECIMIENTO DE LA CONCERTADA
• Los conciertos con los centros concertados privados amplían
su duración y pasan de cuatro a seis años en Primaria con
carácter general, abriendo la posibilidad de que existan
conciertos en etapas post-obligatorias.
• Se incluye el término “demanda social” para la creación de
nuevas plazas escolares, lo que puede permitir que se puedan
concertar nuevas aulas privadas, aun existiendo plazas públicas
sin ocupar.
• Se autoriza la publicación de rankings con los resultados de
las diferentes pruebas externas. Es decir que las evaluaciones
de fin de etapa, además de obligatorias para conseguir los
títulos oficiales, van a servir para realizar clasificaciones de
centros escolares en función de sus resultados.
• Se recoge la posibilidad de concertar a los centros privados
que segregan por sexo.