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• Requisitos formales fundamentales
que Privado Subjetivo:
Fin debe contener el escrito de
acusación:
Por Abg. Edgar miranda.
• ACUSACIÓN

• Artículo 326 del Código Orgánico
Procesal Penal
Fin Privado Subjetivo:
ESTRUCTURA

5 El ofrecimiento de

1 Los datos que sirvan
para identificar al
imputado y el nombre y
domicilio o residencia
de su defensor;

los medios de prueba
que se presentarán en
el juicio, con indicación
de su pertinencia o
necesidad;

Fin Privado Subjetivo:
2 Una relación clara,
precisa y
circunstanciada del
hecho punible que se
atribuye al imputado;

4 La
expresión de
los preceptos
jurídicos
aplicables;

6 La solicitud de
enjuiciamiento del
imputado.
3 Los fundamentos
de la imputación, con
expresión de los
elementos de
convicción que la
motivan;
•

En cuanto a los requisitos del acto conclusivo de acusación se han pronunciado
diversos juristas, entre otros Luigi Ferrajoli 1, quien señala lo siguiente:

•

“…la acusación debe formularse en términos unívocos y precisos, idóneos para denotar
exactamente el hecho atribuido y para circunscribir el objeto del juicio y de la sentencia que
le pondrá fin, por contraste con la indeterminación del antiguo proceso inquisitivo.

•

En segundo lugar, la acusación debe contar con el apoyo de adecuados indicios de

Fin Privado Subjetivo:

culpabilidad: (…OMISSIS), al menos con la -probabilidad - de la culpabilidad del acusado.

•

En tercer lugar, debe ser completa, es decir, integrada por la información de todos los
indicios que la justifican, de forma que el imputado tenga la posibilidad de refutarlos y nada

le sea <<escondido de cuanto se prepare para su daño o de cuanto se hace, o se hará, para
reforzar el preconcepto de su culpabilidad y destruir la presunción de inocencia, que
siempre le asiste>>.
•

En cuarto lugar, debe ser oportuna, es decir, debe dejar al imputado el tiempo necesario para
organizar su defensa y a la vez proveer a cualquier otro acto instructorio de su interés.

•

Por último la notificación de la acusación ha de ser, además de expresa y formal, sometida a
refutación desde el primer acto del juicio oral que es el interrogatorio del imputado...”

•

EN ESTE MISMO SENTIDO, ALBERTO BINDER , REFIERE:

Fin Privado Subjetivo:

“…SI SE TRATA DE UNA ACUSACIÓN, TENDRÁ QUE SER UNA ACUSACIÓN
FUNDADA; ESTO NO SIGNIFICA QUE YA DEBE HALLARSE PROBADO EL HECHO,
PORQUE ELLO SIGNIFICARÍA UNA DISTORSIÓN DE TODO EL SISTEMA PROCESAL.
LA ACUSACIÓN ES UN PEDIDO DE APERTURA A JUICIO, POR UN HECHO
DETERMINADO Y CONTRA UNA PERSONA DETERMINADA, Y CONTIENE UNA
PROMESA, QUE DEBERÁ TENER FUNDAMENTO, DE QUE EL HECHO SERÁ
PROBADO EN EL JUICIO. SUPONGAMOS QUE UN FISCAL ACUSA, PERO NO
OFRECE NINGUNA PRUEBA, O PRESENTA UNA PRUEBA NOTORIAMENTE
INSUFICIENTE, INÚTIL O IMPERTINENTE. ESA ACUSACIÓN CARECERÁ DE
FUNDAMENTO Y TENDRÁ UN VICIO SUSTANCIAL, YA QUE NO SE REFIERE A
NINGUNO DE LOS REQUISITOS DE FORMA, SINO A LAS CONDICIONES DE FONDO

NECESARIAS PARA QUE ESA ACUSACIÓN SEA ADMISIBLE…”
•

La acusación deberá contener:

1°

Los datos que sirvan para identificar al imputado y el nombre y
domicilio o residencia de su defensor...”
El escrito de acusación deberá señalar expresamente todos y cada uno de los datos
personales que sirvan para identificar plenamente a la persona contra quien se dirige la
acción, tales como nombre, edad, domicilio, estado civil, cédula de
identidad, profesión, y cualquier otro dato que se tenga u que sea de utilidad, como

por ejemplo la fórmula decadactilar; así como la identificación de su abogado defensor

Fin Privado Subjetivo:

y su domicilio, a través de quien el imputado ejercerá el derecho a la defensa que la ley
le confiere.

artículo 12 del código orgánico procesal penal: “… la defensa es un derecho inviolable en todo
estado y grado del proceso. (…0missis)…”.
•

el nombramiento del defensor es de suma importancia, ya que a través de él se verifica el
derecho que tiene toda persona, a la que le es imputada la comisión de un hecho punible, a
defenderse.
• No es causa de inadmisibilidad de la
acusación, la omisión involuntaria por parte
del representante del Ministerio Público, de
mencionar en el escrito el nombre y
domicilio del abogado defensor del

Fin Privado Subjetivo:

imputado, que ya ha sido previamente
designado como tal.
2º

Una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho punible que
se atribuye al imputado

•

La sola referencia fiscal que no precisa ni ofrece una relación
circunstanciada del hecho que imputa, no constituye
fundamento suficiente para interponer una acusación y menos

aún para lograr una sentencia condenatoria.
•

Si la acusación es confusa y contradictoria, por parte del Fiscal del Ministerio Publico,

Fin Privado Subjetivo:
esto podría causar su inadmisibilidad.

•

Si son varios los imputados deben fijarse con toda precisión los hechos ejecutados por
cada uno de ellos, a los fines de determinar en forma individual la conducta ilícita en
que han incurrido.
•

Una correcta narración de los hechos en el escrito
de acusación garantiza el derecho a la defensa del
imputado, la vigencia del principio del non bis in
idem, y delimita el objeto del proceso, sobre el

cual Privado Subjetivo:
Finva a versar el juicio oral.
3º

Los fundamentos de la imputación, con expresión de los elementos
de convicción que la motiva

•

El autor Eric Lorenzo Pérez Sarmiento en su Libro “Comentarios al Código
Orgánico Procesal Penal, p. 295, expone:
“En el ordinal 3 se deben definir claramente los elementos que calcen
la convicción de que el acusado participó en los hechos imputados,
según la resultancia probatoria de la investigación preliminar...”

•

Fin Privado Subjetivo:

El representante del Ministerio Público debe exponer el contenido de todos
los elementos de convicción que le sirvieron de fundamento para la
imputación
•

Igualmente, comenta la Dra. Rose Marie España, en su monografía “Los Actos
Conclusivos de la Investigación”, contenida en la obra “La Vigencia Plena del
Nuevo Sistema, Segundas Jornadas de Derecho Procesal Penal”, Escuela de
Derecho, Facultad de Derecho Universidad Católica Andrés Bello, p. 205.

•

“… Estos fundamentos de la imputación en el escrito de acusación, están
referidos al señalamiento de las resultas de la investigación, a qué fue lo
que se obtuvo en el desarrollo de la investigación realizada en la fase
preparatoria, señalando de manera expresa, los elementos de convicción
que motivan a presentar la solicitud de enjuiciamiento del imputado…”

•

Fin Privado Subjetivo:

Cuando se trate de varios los imputados y diversos ilícitos penales, cada
delito ha de corresponder con una debida fundamentación que acredite su
existencia, así como el actuar individual de los intervinientes, con
señalamiento de su respectivo grado de participación en la comisión del
mismo.
•

Los fundamentos de la imputación emanan de los
elementos

de

investigativa,

convicción

producto

de

la

fase

por tanto es indispensable y necesario

conocer el contenido de

cada uno de ellos, lo que

permitirá la expresión correcta y adecuada de los
preceptos jurídicos aplicables, lo cual no se logra con la

Fin Privadodichos elementos.
Subjetivo:
simple enunciación de
4º

La expresión de los preceptos jurídicos aplicables

•

Una correcta calificación jurídica del delito, implica encuadrar
la conducta del imputado por la cual se le acusa, en la
correspondiente disposición legal contenida en el Código Penal,
con indicación de todas las circunstancias dadas en el caso, que
justifiquen tal invocación, a los fines de expresar en el escrito de
acusación los preceptos jurídicos aplicables, permitiéndole a éste
tener Privado Subjetivo:
Finconocimiento del porqué se le juzga y así poder refutarla
con sus alegatos de defensa en su debida oportunidad
5º

El ofrecimiento de los medios de prueba que se presentarán en el
juicio, con indicación de su pertinencia o necesidad

•

El fiscal del Ministerio Público debe indicar la necesidad y
pertinencia del medio probatorio a fin de evitar el menoscabo
del derecho a la defensa del imputado.

•

En el
acusación
deben
Finescrito delos medios deSubjetivo: elementos de
Privado no pruebaconfundirse los
convicción con
ofrecidos.
6º

La solicitud de enjuiciamiento del imputado.

•

No puede el fiscal del Ministerio Público solicitar la imposición
de la condena en su escrito de acusación, ya que en esta fase la
pretensión del Estado no es otra

que el enjuiciamiento del

imputado.

Fin Privado Subjetivo:
•

Ofrecimiento de la prueba de Experticia en el escrito de
acusación

Fin Privado Subjetivo:
• Muchas Gracias por su Atención!

Fin PrivadoFrancys Luisana Ramírez Carpio
Subjetivo:

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Acusación miranda

  • 1. • Requisitos formales fundamentales que Privado Subjetivo: Fin debe contener el escrito de acusación: Por Abg. Edgar miranda.
  • 2. • ACUSACIÓN • Artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal Fin Privado Subjetivo:
  • 3. ESTRUCTURA 5 El ofrecimiento de 1 Los datos que sirvan para identificar al imputado y el nombre y domicilio o residencia de su defensor; los medios de prueba que se presentarán en el juicio, con indicación de su pertinencia o necesidad; Fin Privado Subjetivo: 2 Una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho punible que se atribuye al imputado; 4 La expresión de los preceptos jurídicos aplicables; 6 La solicitud de enjuiciamiento del imputado. 3 Los fundamentos de la imputación, con expresión de los elementos de convicción que la motivan;
  • 4. • En cuanto a los requisitos del acto conclusivo de acusación se han pronunciado diversos juristas, entre otros Luigi Ferrajoli 1, quien señala lo siguiente: • “…la acusación debe formularse en términos unívocos y precisos, idóneos para denotar exactamente el hecho atribuido y para circunscribir el objeto del juicio y de la sentencia que le pondrá fin, por contraste con la indeterminación del antiguo proceso inquisitivo. • En segundo lugar, la acusación debe contar con el apoyo de adecuados indicios de Fin Privado Subjetivo: culpabilidad: (…OMISSIS), al menos con la -probabilidad - de la culpabilidad del acusado. • En tercer lugar, debe ser completa, es decir, integrada por la información de todos los indicios que la justifican, de forma que el imputado tenga la posibilidad de refutarlos y nada le sea <<escondido de cuanto se prepare para su daño o de cuanto se hace, o se hará, para reforzar el preconcepto de su culpabilidad y destruir la presunción de inocencia, que siempre le asiste>>.
  • 5. • En cuarto lugar, debe ser oportuna, es decir, debe dejar al imputado el tiempo necesario para organizar su defensa y a la vez proveer a cualquier otro acto instructorio de su interés. • Por último la notificación de la acusación ha de ser, además de expresa y formal, sometida a refutación desde el primer acto del juicio oral que es el interrogatorio del imputado...” • EN ESTE MISMO SENTIDO, ALBERTO BINDER , REFIERE: Fin Privado Subjetivo: “…SI SE TRATA DE UNA ACUSACIÓN, TENDRÁ QUE SER UNA ACUSACIÓN FUNDADA; ESTO NO SIGNIFICA QUE YA DEBE HALLARSE PROBADO EL HECHO, PORQUE ELLO SIGNIFICARÍA UNA DISTORSIÓN DE TODO EL SISTEMA PROCESAL. LA ACUSACIÓN ES UN PEDIDO DE APERTURA A JUICIO, POR UN HECHO DETERMINADO Y CONTRA UNA PERSONA DETERMINADA, Y CONTIENE UNA PROMESA, QUE DEBERÁ TENER FUNDAMENTO, DE QUE EL HECHO SERÁ PROBADO EN EL JUICIO. SUPONGAMOS QUE UN FISCAL ACUSA, PERO NO OFRECE NINGUNA PRUEBA, O PRESENTA UNA PRUEBA NOTORIAMENTE INSUFICIENTE, INÚTIL O IMPERTINENTE. ESA ACUSACIÓN CARECERÁ DE FUNDAMENTO Y TENDRÁ UN VICIO SUSTANCIAL, YA QUE NO SE REFIERE A NINGUNO DE LOS REQUISITOS DE FORMA, SINO A LAS CONDICIONES DE FONDO NECESARIAS PARA QUE ESA ACUSACIÓN SEA ADMISIBLE…”
  • 6. • La acusación deberá contener: 1° Los datos que sirvan para identificar al imputado y el nombre y domicilio o residencia de su defensor...” El escrito de acusación deberá señalar expresamente todos y cada uno de los datos personales que sirvan para identificar plenamente a la persona contra quien se dirige la acción, tales como nombre, edad, domicilio, estado civil, cédula de identidad, profesión, y cualquier otro dato que se tenga u que sea de utilidad, como por ejemplo la fórmula decadactilar; así como la identificación de su abogado defensor Fin Privado Subjetivo: y su domicilio, a través de quien el imputado ejercerá el derecho a la defensa que la ley le confiere. artículo 12 del código orgánico procesal penal: “… la defensa es un derecho inviolable en todo estado y grado del proceso. (…0missis)…”. • el nombramiento del defensor es de suma importancia, ya que a través de él se verifica el derecho que tiene toda persona, a la que le es imputada la comisión de un hecho punible, a defenderse.
  • 7. • No es causa de inadmisibilidad de la acusación, la omisión involuntaria por parte del representante del Ministerio Público, de mencionar en el escrito el nombre y domicilio del abogado defensor del Fin Privado Subjetivo: imputado, que ya ha sido previamente designado como tal.
  • 8. 2º Una relación clara, precisa y circunstanciada del hecho punible que se atribuye al imputado • La sola referencia fiscal que no precisa ni ofrece una relación circunstanciada del hecho que imputa, no constituye fundamento suficiente para interponer una acusación y menos aún para lograr una sentencia condenatoria. • Si la acusación es confusa y contradictoria, por parte del Fiscal del Ministerio Publico, Fin Privado Subjetivo: esto podría causar su inadmisibilidad. • Si son varios los imputados deben fijarse con toda precisión los hechos ejecutados por cada uno de ellos, a los fines de determinar en forma individual la conducta ilícita en que han incurrido.
  • 9. • Una correcta narración de los hechos en el escrito de acusación garantiza el derecho a la defensa del imputado, la vigencia del principio del non bis in idem, y delimita el objeto del proceso, sobre el cual Privado Subjetivo: Finva a versar el juicio oral.
  • 10. 3º Los fundamentos de la imputación, con expresión de los elementos de convicción que la motiva • El autor Eric Lorenzo Pérez Sarmiento en su Libro “Comentarios al Código Orgánico Procesal Penal, p. 295, expone: “En el ordinal 3 se deben definir claramente los elementos que calcen la convicción de que el acusado participó en los hechos imputados, según la resultancia probatoria de la investigación preliminar...” • Fin Privado Subjetivo: El representante del Ministerio Público debe exponer el contenido de todos los elementos de convicción que le sirvieron de fundamento para la imputación
  • 11. • Igualmente, comenta la Dra. Rose Marie España, en su monografía “Los Actos Conclusivos de la Investigación”, contenida en la obra “La Vigencia Plena del Nuevo Sistema, Segundas Jornadas de Derecho Procesal Penal”, Escuela de Derecho, Facultad de Derecho Universidad Católica Andrés Bello, p. 205. • “… Estos fundamentos de la imputación en el escrito de acusación, están referidos al señalamiento de las resultas de la investigación, a qué fue lo que se obtuvo en el desarrollo de la investigación realizada en la fase preparatoria, señalando de manera expresa, los elementos de convicción que motivan a presentar la solicitud de enjuiciamiento del imputado…” • Fin Privado Subjetivo: Cuando se trate de varios los imputados y diversos ilícitos penales, cada delito ha de corresponder con una debida fundamentación que acredite su existencia, así como el actuar individual de los intervinientes, con señalamiento de su respectivo grado de participación en la comisión del mismo.
  • 12. • Los fundamentos de la imputación emanan de los elementos de investigativa, convicción producto de la fase por tanto es indispensable y necesario conocer el contenido de cada uno de ellos, lo que permitirá la expresión correcta y adecuada de los preceptos jurídicos aplicables, lo cual no se logra con la Fin Privadodichos elementos. Subjetivo: simple enunciación de
  • 13. 4º La expresión de los preceptos jurídicos aplicables • Una correcta calificación jurídica del delito, implica encuadrar la conducta del imputado por la cual se le acusa, en la correspondiente disposición legal contenida en el Código Penal, con indicación de todas las circunstancias dadas en el caso, que justifiquen tal invocación, a los fines de expresar en el escrito de acusación los preceptos jurídicos aplicables, permitiéndole a éste tener Privado Subjetivo: Finconocimiento del porqué se le juzga y así poder refutarla con sus alegatos de defensa en su debida oportunidad
  • 14. 5º El ofrecimiento de los medios de prueba que se presentarán en el juicio, con indicación de su pertinencia o necesidad • El fiscal del Ministerio Público debe indicar la necesidad y pertinencia del medio probatorio a fin de evitar el menoscabo del derecho a la defensa del imputado. • En el acusación deben Finescrito delos medios deSubjetivo: elementos de Privado no pruebaconfundirse los convicción con ofrecidos.
  • 15. 6º La solicitud de enjuiciamiento del imputado. • No puede el fiscal del Ministerio Público solicitar la imposición de la condena en su escrito de acusación, ya que en esta fase la pretensión del Estado no es otra que el enjuiciamiento del imputado. Fin Privado Subjetivo:
  • 16. • Ofrecimiento de la prueba de Experticia en el escrito de acusación Fin Privado Subjetivo:
  • 17. • Muchas Gracias por su Atención! Fin PrivadoFrancys Luisana Ramírez Carpio Subjetivo: