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Bono covid pautas
1. BONIFICACIÓN EXTRAORDINARIA A FAVOR DEL PERSONAL DE LA SALUD,
DISPUESTA EN EL ARTÍCULO 4 DEL DECRETO DE URGENCIA N° 026-2020
PAUTAS Y PRECISIONES PARA LA ENTREGA DE LA BONIFICACION
EXTRAORDINARIA ESTABLECIDAS EN EL D.S. 068-2020-EF
I.- OBJETO
Establecer una de las medidas adicionales extraordinarias que permitan adoptar las
acciones preventivas y de respuesta para reducir el riesgo de propagación y el impacto
sanitario de la enfermedad causada por el virus del COVID-19, en el territorio nacional.
II.- AMBITO DE APLICACIÓN
Personal asistencial de la salud (profesionales, técnicos y auxiliares) comprendidos en
el ámbito de aplicación del numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153
(nombrados y contratados), y personal asistencial contratado del Régimen Especial del
Decreto Legislativo N° 1057 (CAS).
III.- MONTO MENSUAL
S/ 720,00 (SETECIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES)
IV. OPORTUNIDAD PARA LA ENTREGA
La implementación de la bonificación extraordinaria tiene carácter progresivo, a
medida que se va incorporando el personal asistencial de la salud.
El pago de la bonificación extraordinaria es mensual.
La bonificación extraordinaria se otorga solamente durante la vigencia de la
Emergencia Sanitaria a nivel nacional y hasta 30 días posteriores al término de la
misma.
El pago de la bonificación extraordinaria es proporcional a los días de servicio
efectivamente laborados durante el mes que corresponda.
V.- NATURALEZA DE LA BONIFICACION
La bonificación extraordinaria no tiene carácter remunerativo, compensatorio, ni
pensionable y no está sujeta a cargas sociales.
VI.- CRITERIOS PARA DETERMINAR EL OTORGAMIENTO
Existencia de casos confirmados de COVID-19 en el ámbito de los Gobiernos
Regionales o de Lima Metropolitana, según corresponda.
2. Son beneficiarios de la bonificación extraordinaria el personal de la salud asistencial,
del Ministerio de Salud y sus organismos públicos, y las Unidades Ejecutoras de
Salud de los Gobiernos Regionales, así como las entidades comprendidas en el
ámbito de aplicación del Decreto Legislativo Nº 1153.
Servicios en el marco de la existencia del COVID-19 para la identificación de
beneficiarios:
a) Unidad de cuidados intensivos
b) Unidad de hospitalización COVID (área diferenciada en el servicio de
hospitalización)
c) Vigilancia epidemiológica:
Actividades destinadas a la identificación clínica y de apoyo al diagnóstico
de casos confirmados de COVID-19 (Triaje diferenciado COVID - áreas
COVID de Laboratorio Clínico y Diagnóstico por Imágenes).
Gestión y manejo de residuos biocontaminados en los establecimientos de
salud del primer, segundo y tercer nivel de atención (salud ambiental).
Laboratorios de referencia nacional y regional.
Personal de la salud que realiza vigilancia epidemiológica en los órganos del
Ministerio de Salud, DIRESA/GERESA, DIRIS, Direcciones de Redes de
Salud.
Personal que realiza visitas domiciliarias, las cuales contemplan la
identificación de casos sospechosos de COVID-19, el seguimiento de casos
positivos que se encuentren en manejo ambulatorio.
Manejo prehospitalario y traslado de casos positivos con complicaciones
(SAMU)
VII.- PERSONAL NO CONSIDERADO
Personal de la salud que ocupa cargos de confianza o directivo
Personal de la salud que realiza actividades de carácter administrativo
Personal administrativo
VIII.- REGISTRO PARA VALIDACION DE PEAS
El personal de la salud debe encontrarse registrado en el Registro Nacional del Personal
de la Salud (Aplicativo Informático INFORHUS del Ministerio de Salud)
IX.- PERIODO DE APLICACIÓN
La bonificación se entrega desde la fecha de entrada en vigencia de la Emergencia
Sanitaria a nivel nacional (11 de marzo de 2020) y hasta treinta (30) días posteriores al
término de su vigencia.
X.- FECHA DE CORTE PARA VALIDACION
La fecha de corte será el último día de cada mes.
3. La máxima autoridad administrativa de la Unidad Ejecutora remitirá a la
DIGEP/MINSA, copia del acto resolutivo indicado en el literal precedente en un plazo
máximo de diez (10) días hábiles contados desde el inicio de cada mes, a efectos
de sustentar ante el Ministerio de Economía y Finanzas la Transferencia
Presupuestal correspondiente.
Respecto a los beneficiarios del mes de marzo, la fecha límite para el envío del acto
resolutivo será el día 16 de abril de 2020.
XI. FORMATO EXCEL PARA EL ENVIO DE LA PEA BENEFICIARIA
Nº
Tipo
Documento
Número
Documento
Nombres
Apellido
Paterno
Apellido
Materno
Régimen
Laboral
Condición
Laboral
Id
Cargo
1
Cargo
Grupo
Final
Código RENIPRES
de EESS en
Formato de Texto
PLIEGO +
DESCRIP
UE + DESCRIP
UE
Departamento Provincia Distrito
DIRESA Red Microrred
Descripción
Establecimiento
Categoría
Área/Servicio
COVID
N° de
horas
N° de Visitas
Domiciliarias
Monto
Total
*La información tiene carácter de declaración jurada y está sujeta a control posterior.
XII.PROCEDIMIENTO UE/MINSA/MEF PARA OTORGAMIENTO DEL BONO