La formación de los operadores de plataformas elevadoras móviles de personal [PEMP]. Casado Blanco,A. ANAPAT.
1. ORIGEN Y PUESTA EN MARCHA DE LA
FORMACIÓN DE OPERADORES DE
PEMP
EN ESPAÑA
2. ¿ QUÉ ES ANAPAT ?
• La Asociación Nacional de Alquiladores de Plataformas Aéreas de
Trabajo (ANAPAT) es una organización profesional empresarial de
ámbito nacional, constituida en noviembre de 1993 para defender
los intereses generales de los alquiladores de plataformas
elevadoras móviles de personal (PEMP)
• Actualmente, en la Asociación 63 empresas entre las que se
encuentran las más importantes del sector, con más del 80% del
parque nacional de PEMP
ANAPAT
Calle Albasanz, 67; oficina 47
28037 -MADRID
3. Máquina móvil destinada a desplazar personas hasta una posición de
trabajo, donde lleva a cabo una tarea desde la plataforma, con la
intención de que las personas entren y salgan de la plataforma de la
plataforma de trabajo en una posición de acceso definida de la
plataforma, que consiste como mínimo en una plataforma de trabajo
con controles, una estructura extensible y un chasis.
* EN-280
PLATAFORMA ELEVADORA MÓVIL DE PERSONAL
( PEMP )
4. Norma general: Todas las PEMP, antes de entrar en servicio por primera vez, tienen que ser legalizadas de
conformidad con la legislación vigente en sus respectivas fechas de puesta en servicio.
Hasta el 31 de diciembre de 1996:
Necesaria adecuación al R.D. 1215/97
Desde 1 de enero de 1997, hasta el 29 de diciembre de 2009:
“Declaración CE de conformidad", Directiva de Máquinas 98/37/CE (R.D. 1435/92*)
Desde el 29 de diciembre de 2009:
“Declaración CE de conformidad", Directiva de máquinas 2006/42/CE transpuesta a la legislación española por el
R.D. 1644/2008.
UNE-EN-280: “Plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP), cálculos de diseño, criterios de estabilidad,
construcción, seguridad, exámenes y ensayos“: Esta Norma, de acuerdo con su Anexo ZA, sirve de apoyo a los
requisitos esenciales de la Directiva de Máquinas, y la conformidad con su contenido es un medio para satisfacer
los requisitos esenciales específicos de la citada Directiva.
*Derogado
PUESTA EN SERVICIO POR PRIMERA VEZ
6. • Mantenimiento en perfecto estado del equipo:
El Informe normativo UNE 5821 IN: INSTRUCCIONES PAR LA
INSTALACIÓN, MANEJO, MANTENIMIENTO, REVISIONES E
INSPECCIONES DE LAS PLATAFORMA ELEVADORAS, MÓVILES DE
PERSONAL (PEMP), junto al Manual del Mantenimiento del
Fabricante permite mantener a la PEMP en perfectas condiciones
para su utilización.
Actualmente en revisión en el subcomité SC9 (CTN58) para publicación
como norma UNE 58921
OBLIGACIONES DEL ALQUILADOR DE PEMP
7. 1) La PEMP debe disponer del Marcado CE o puesta en
conformidad. Siempre disponible el Manual de
instrucciones y declaración CE de conformidad (CE) o
manual de uso
2) Información sobre características y limitaciones de la
maquinaria objeto del alquiler (Manual de instrucciones o
manual de uso), en cumplimiento del Art. 41 LPRL
3) Realización del contrato dejando claramente definido a
quién corresponde: mantenimientos, revisiones y/o
comprobaciones. Puede incluirse formación. Entrega de la
documentación a la empresa, usuaria (declaración CE de
conformidad y manual de instrucciones o manual de uso),
dejando constancia de dicha entrega
4) Una vez finalizado el alquiler, en su caso, recogida de
registros (mantenimiento, revisiones, comprobaciones, …)
OBLIGACIONES DEL ALQUILADOR DE PEMP
8. INFORMACIÓN DE LOS RIESGOS DEL EQUIPO
Los asociados a ANAPAT entregan documento informativo adicional al Manual del
Fabricante para informar al operador de los riesgos derivados del uso de las PEMP.
10. LA SEGURIDAD DE LOS OPERADORES
DE EQUIPOS DE TRABAJO
R.D. 1215/1997 … disposiciones mínimas de seguridad y salud para la
utilización de los equipos
Art. 5 – 1. De conformidad con los artículos 18 y 19 de la LPRL , el
empresario deberá garantizar que los trabajadores y los
representantes de los trabajadores reciban una Formación e
información adecuadas sobre la utilización de los equipos de
trabajo .
Art. 3 – 5. Obligaciones del empresario: Las operaciones cuya
realización suponga un riesgo específico podrán ser recomendadas
al personal específicamente capacitado para ello.
Art. 3 – 4. Obligaciones del empresario: Cuando la utilización de un equipo requiera un
particular conocimiento el empresario adoptará las medidas necesarias para que su
utilización quede reservada a los trabajadores designados para ello.ANEXO 2 –La conducción de los equipos
de trabajo automotores estarán reservada a
los trabajadores que hayan recibido una
formación específica para la conducción
segura esos equipos de trabajo.
12. ¿QUIÉN RESPONDE ?
¿Ministerio de Economía, Industria y Competitividad?
¿ Ministerio de Empleo y Seguridad Social ?
¿ Ministerio de Educación, Cultura y Deporte?
13. ¿ QUIÉN RESPONDE ?
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
En dos casos se reguló mediante una
Instrucción Técnica Complementaria (ITC)
ITC MIE-AEM 2: Grúas Torre;
R.D. 836/2003
ITC MIE-AEM 4: Grúas Autopropulsadas;
R.D. 837/2003
14. ¿ QUIÉN RESPONDE ?
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
• ANAPAT presentó un proyecto de ITC en 2002
• ANAPAT visita regularmente al departamento
correspondiente del Ministerio de Industria
solicitando información al respecto
• ANAPAT presentó una carta solicitando la regulación
de esta formación en 2008
No han habido avances
significativos
15. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
¿Quizá un modulo trasversal a varias profesiones?
¿Debe ser Formación profesional?
¿ QUIÉN RESPONDE ?
• ANAPAT presentó una carta solicitando la regulación de
esta formación en 2008
Hemos mantenido reuniones con el INCUAL
al respecto y el problema es que plantean es
que la formación de operación de PEMP no
tiene entidad suficiente
16. Ministerio de trabajo y Seguridad Social
¿Debe incluirse en la formación continua?
¿ QUIÉN RESPONDE ?
¿Debe regularlo el INSHT?
• ANAPAT presentó una carta solicitando la regulación
de esta formación en 2008
En ambos casos las respuesta es que
esta formación profesional no reglada
corresponde a los sectores
18. RESPUESTAS: Quién, cómo, dónde
ITC MIE-AEM 2: Grúas Torre; R.D. 836/2003
Disponer de los medios y recursos mínimos necesarios,
personales y materiales (personal competente, locales, elementos
de grúas, motores, cables, rodamientos, perfiles, manuales de
instalación y mantenimiento……)
Requisitos del operador y maquinaria
Contenidos del curso
Duración del curso
Entidades aprobadas por la comunidades autónomas
19. ITC MIE-AEM 4: Grúas Autopropulsadas; R.D. 837/2003
Director del curso: ingeniero superior o técnico con
experiencia acreditada en el sector.
Profesorado para formación teórica: ingeniero superior
o técnico con experiencia acreditada en el sector.
Profesorado para formación práctica: oficial cualificado
con experiencia acreditada de al menos tres años en el
sector
Requisitos del operador y maquinaria
Contenidos del curso
Duración del curso
Entidades aprobadas por la comunidades autónomas
RESPUESTAS: Quién, cómo, dónde
20. UNE-58923
¿Quién? Los profesionales que conocen los equipos
¿Cómo? Con los cursos y contenidos normalizados
¿Donde? En las instalaciones adecuadas y con máquinas
específicas
RESPUESTAS: Quién, cómo, cuándo, dónde
21. ¿POR QUÉ UNA NORMA?
Ante la falta de regulación oficial, ANAPAT crea un comité de expertos
formado por responsables de seguridad y formación de más de veinte
empresas con la finalidad de mejorar la situación, que decidió lo
siguiente:
• Una norma UNE es la forma más adecuada de
regular una actividad no reglada
• ANAPAT elaboró un borrador de norma con la
colaboración de las empresas asociadas
• ANAPAT propuso a AENOR la creación del
subcomité para su elaboración
22. PROCESO DE NORMALIZACIÓN
La norma se elaboró por el subcomité SC 9 “Plataformas elevadoras”
perteneciente al Comité CTN 58 “Equipos de Elevación y transporte”
• El subcomité estaba compuesto por:
Fabricantes de PEMP
Distribuidores de PEMP
Alquiladores de PEMP
Empresas de formación
Usuarios finales
• Se celebraron reuniones cada dos meses durante dos años
• Se publicó en el BOE en julio de 2012.
• Se revisó para solucionar las preguntas recibidas en AENOR
• Se publico la versión revisada en abril de 2014.
23. • ANAPAT ha impulsado la elaboración de la Norma UNE 58923.
• ANAPAT ha desarrollado una Plataforma de Formación Certificada
por AENOR en cumplimiento de las Normas UNE 58923 e ISO 18878.
• Asociados a ANAPAT se constituyen como Entidades Formadoras, con
Certificado en el cumplimiento de las Normas UNE 58923 e ISO
18878, vinculadas a ANAPAT.
CONCLUSIÓN
24. EL FUTURO
¿Dará respuesta la Administración?
• Es probable, pero, mientras tanto:
La industria ha hecho un
esfuerzo de autoregulación
La Administración valora positivamente la norma
y
el mercado debe exigir la formación certificada