El documento discute varios temas relacionados con la familia y la ley familiar en Venezuela. Explica que la familia es la base fundamental de la sociedad y el estado debe protegerla. Luego define los tipos de vínculos familiares, incluyendo la consanguinidad y afinidad. También resume algunas disposiciones legales clave como la patria potestad, la custodia, la adopción y los requisitos para adoptar.
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
La familia como base de la sociedad según la Constitución y la LOPNA
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE - RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Participante: Josmeilin Valenzuela
C.I.: V- 25.513.838
Barquisimeto, 15 de Mayo 2017
2. La base fundamental de la sociedad, por ello el
estado debe ser el garante principal de su protección
Son
Se
Pueden constituir principalmente por dos vínculos
AfinidadSon aquellos lazos
reconocidos
socialmente
(Matrimonio-
concubinato)
Hacen referencia a
los lazos por
consanguineidad
(Entre padres e
hijos, hermanos,
entre otros.)
Afiliación
CRBV (199) en el art. 75 da a entender que
la familia es una asociación perdurable y
natural, cuyos pilares están representados
por un hombre y una mujer
La
3. Es un derecho ilimitado que tiene el
tutor responsable sobre el menor y sus
bienes
La LOPNA, la patria potestad se rige
por normas explícitamente detalladas
en dos supuestos
Ocurre cuando el padre o la madre la
pierda , sin derecho a solicitar le sea
nuevamente conferida. (LOPNA, Art.
356)
En
Extinción
CausasTitularidad y
Ejercicio Dentro
del Matrimonio
Titularidad y
Ejercicio Fuera del
Matrimonio
Medidas en Caso
de Divorcio,
Separación de
Cuerpos o
Nulidad del
Matrimonio
Por mayoridad
Por
emancipación
Dar su consentimiento para que
otra persona adopte al hijo.
En el Art. 347 de la LOPNA, se expone entre
otras cosas que es la responsabilidad en
cuanto al cuidado, desarrollo y educación,
por parte de los padres, para con sus hijos
menores de edad.
4. En el Art. 385 de la LOPNA, nos plantea que es un derecho reciproco existente entre
el padre o la madre con sus hijos y viceversa.
Por otra parte el art. 386, da a entender que el contenido de la convivencia esta
vinculado no solo con el sitio de residencia, sino con cualquier otro.
El art. 359 de la LOPNA
señala que es el derecho
contraído para el cuidado
de los infantes, el cual
requiere del contacto
directo entre las partes y
de la convivencia en una
residencia común.
Esta relacionada con aquella
infantes que no pueden
convivir con sus padres o
familiares biológicos , y son
acogidos legalmente por otra
familia. (LOPNA )
5. Art. 406 de la LOPNA, es una institución de protección para la asignación de un
niño, niña o adolescente a una familia sustituta, estable y adecuada.
Requisitos
Solo Menores de edad, a
excepción de tener relaciones de
parentesco o si se trata de la
adopción del hijo del conyugue.
Condiciones
Tipos
•Tener 25 años o mas.
•Debe ser mínimo 18 años
mayor que el adoptado.
•En el caso de adopción de hijos
de conyugues el limite mayor
mínimo es de 10 años.
Nacional (podrá solicitarse
por quienes tengan residencia
habitual en el país - LOPNA
Art. 406 )
Internacional (es
subsidiaria de la
adopción nacional-
LOPNA Art. 406)