1. “UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO”
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, ADMINISTRATIVAS
Y CONTABLES.
PROPUESTA DE MEJORA MANUAL DE
INDUCCIÓN PARA DIRECTIVOS - SUNAT
⮚ Curso :
Recursos Humanos II
⮚ Docente :
Gerardo Gaspar Deza Malca.
➢ Presentado por :
GÓNZALES RAMOS, Steven Adrián.
HERRERA SERRANO, Luz Aranceli.
LÓPEZ CÓRDOVA, Schriley Karoline.
RAFAEL FERNÁNDEZ, Lucero Beatriz
RODRÍGUEZ CONTRERAS, Evelin Geovany.
TÚLLUME FARRO, Jessica Del Rocío.
Elaborado por el EQUIPO 01
3. Leyenda
HELLO Información original del Manual de inducción
HELLO Información modificada del Manual de inducción
HELLO Información agregada por el equipo para Manual de inducción
HELLO Enlaces para ampliar la información
5. Bienvenida
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria – SUNAT, te da la más cordial
bienvenida, al incorporarte como DIRECTIVO a nuestro
equipo de trabajo. Llegas en un momento de transformación,
grandes retos y compromisos para la organización y el
Estado. Es nuestro compromiso prestar más y mejores
servicios de calidad, ser ejemplo de eficiencia, honestidad y
lealtad institucional. ¡Tenemos una importante misión por
delante! Solo podemos lograrlo con tu voluntad, entusiasmo e
inteligencia.
6. PRESENTACIÓN
La SUNAT promueve una gestión hacia los resultados y los funcionarios,
que tienen un rol directivo, ejecutan sus acciones con un enfoque
estandarizado, que les permite exhibir un desempeño orientado por la
cultura común, las políticas institucionales, una orientación hacia el
servicio, la eficiencia, la eficacia y la efectividad, sustentada en los valores
institucionales, la satisfacción de los usuarios y un adecuado manejo de los
recursos asignados. En este marco de desempeño organizacional el Manual
de Inducción para Directivos es un instrumento de naturaleza cualitativa
orientado a la gestión, en el que se identifican los principales temas
institucionales de dirección.
8. Historia
La SUNAT, de acuerdo a su Ley de creación N° 24829, Ley General aprobada por
Decreto Legislativo Nº 501 y la Ley 29816 de Fortalecimiento de la SUNAT, es un
organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas,
cuenta con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y goza de
autonomía funcional, técnica, económica, financiera, presupuestal y administrativa
que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 061-2002-PCM, expedido al
amparo de lo establecido en el
numeral 13.1 del artículo 13° de la Ley N° 27658, ha absorbido a la Superintendencia
Nacional de Aduanas, asumiendo las funciones, facultades y atribuciones que por ley,
correspondían a esta entidad.
Tiene domicilio legal en la ciudad de Lima, pudiendo establecer dependencias en
cualquier lugar del territorio nacional.
9. ● Autonomía
● Honestidad
● Compromiso
● Profesionalismo
● Vocación de Servicio
● Trabajo en Equipo
Principios
10. Competencias institucionales Competencias directivas
Integridad
Compromiso
Vocación de servicio
Mejora continua
Trabajo en equipo
Orientación a resultados
Liderazgo
Dirección
Toma de decisiones
Visión institucional
Competencias
12. Proceso de Socialización
3.1.Inducción
3.1.1.Planteamiento del
programa de inducción
3.1.2.Selección de
compañeros guías
★ Artículo 13°.PROGRAMA DE
INDUCCIÓN
La SUNAT realiza programas de inducción
para el trabajador ingresante, con la finalidad
de facilitar su adaptación e integración a la
organización y puesto de trabajo.
★ Es el/la servidor/a civil que
actúa como orientador/a
durante la ejecución de la
inducción general o
específica. Facilita la
interrelación del servidor
con su equipo de trabajo
directo y con las demás
áreas
13. 3.1.3.Capacitación a los
responsables
★ El jefe(a) de Oficina de Recursos
Humanos o quien haga sus veces, es
responsable de asegurar el
cumplimiento de lo establecido en el
presente documento.
★ El Especialista de Organización e
Incorporación o quien haga sus
veces, es responsable de supervisar el
cumplimiento de lo establecido en el
presente documento.
3.1.4.Participación del nuevo
empleado
★ Personal que se incorpora a la
entidad, que incluye a
servidores civiles nuevos o
reincorporados y practicantes
bajo el régimen especial de
modalidades formativas de
servicios en el sector público
14. 3.2.Orientación
3.2.1.Objetivos 3.2.2.Proposito
Informar a los nuevos integrantes de
la organización, acerca de sus
labores, derechos y deberes
Minimizar los problemas que puedan
suscitarse al momento de asumir su
nuevo puesto de trabajo y en su
futuro desempeño dentro de la
organización
15. 3.2.3.Encargados 3.3.Mantencion
❏ Artículo 370°.- División de
Formación y Desarrollo
Es una unidad orgánica, de cuarto nivel
organizacional, dependiente de la Gerencia
de Desarrollo de Personas, encargada de
planificar y medir el impacto de los procesos
de capacitación y formación institucional así
como de proponer y ejecutar las acciones
relativas al sistema de carrera y la gestión
del rendimiento laboral.
❏ Artículo 370°.- División de
Formación y Desarrollo
Se encarga de:
Realizar acciones de seguimiento y
evaluación de la implementación de la
normatividad y procedimientos, así como
supervisar la gestión de las áreas de soporte
administrativo; en los aspectos de su
competencia.
17. 4.Programa de Socialización
➔ 4.1.Objetivo
Establecer lineamientos técnicos de socialización y orientación del
personal que se incorpora a la entidad, que permitan facilitar mediante el
otorgamiento de información institucional, un conocimiento general de
SERVIR, sus objetivos, metas, normas internas y procedimientos para su
adaptación e integración a la entidad y al puesto
18. ➔ 4.2.Elementos
4.2.1.Asuntos organizacionales
➢ Misión ➢ Misión
● Servir al país proporcionando los
recursos necesarios para la
sostenibilidad fiscal y la estabilidad
macroeconómica, contribuyendo
con el bien común, la
competitividad y la protección de la
sociedad, mediante la
administración y el fomento de una
tributación justa y un comercio
exterior legítimo
● Convertirnos en la
administración tributaria y
aduanera más exitosa, moderna
y respetada de la región
4.2.1.1. La misión, visión y finalidad de la organización.
19. ➢ Finalidad
❏ La SUNAT tiene como finalidad
primordial administrar los tributos del
gobierno nacional y los conceptos
tributarios y no tributarios que se le
encarguen por Ley o de acuerdo a los
convenios interinstitucionales que se
celebren, proporcionando los recursos
requeridos para la solvencia fiscal y la
estabilidad macroeconómica.
❏ Código de ética
El Código de Ética tiene por objetivo
establecer, a través de una guía de
actuación, los principios éticos y las
normas de comportamiento o conducta
para los trabajadores que deben regir las
relaciones internas y/o externas en el
ejercicio de sus funciones
independientemente de sus atribuciones,
responsabilidades o jerarquía.
20. 4.2.1.2.Las políticas de la organización.
● Facilitación y control basados en gestión de riesgo
● Control aduanero y tributario integrado
● Acercamiento a los usuarios a través de servicios nuevos,
simples y que reduzcan el costo de cumplimiento.
● Impulso a la integración y/o cooperación e los procesos con
otras entidades y organismos
● Promoción del fortalecimiento de un sistema tributario y
aduanero justo.
● Reducción de la evasión y la informalidad sectorial
● Comunicación efectiva y oportuna.
.
21. 4.2.1.3. La estructura de la organización.
· Estructura orgánica
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1958262/RS%2042-2022-SUNAT%20EstructuraOrganica.pdf.pdf
· Organigrama
https://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/igo/dofp/2022/organigrama.pdf
ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN:
o Superintendente Nacional
o Consejo Directivo
o Superintendencia Nacional Adjunta de
Desarrollo Estratégico
o Superintendencia Nacional Adjunta
Operativa
o Superintendencia Nacional Adjunta de
Aduanas
o Superintendencia Nacional Adjunta de
Administración y Finanzas
ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Y DE APOYO
ESTRATÉGICO DE LA ALTA DIRECCIÓN:
Gabinete de Asesores
ÓRGANO DE CONTROL:
Órgano de Control Institucional
ÓRGANO DE DEFENSA JURÍDICA:
Procuraduría Pública
ÓRGANOS Y UNIDADES ORGÁNICAS DESCONCENTRADAS
DEPENDIENTES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL Y
SUPERINTENDENCIAS NACIONALES ADJUNTAS
22. 4.2.1.4. Funciones de la organización.
Administrar, recaudar y fiscalizar los
tributos internos del Gobierno Nacional,
con excepción de los municipales, así
como las aportaciones a ESSALUD y a
la Oficina de Normalización Previsional
(ONP), y otros cuya recaudación se le
encargue de acuerdo a ley.
Proponer al Ministerio de Economía y
Finanzas la reglamentación de las
normas tributarias y aduaneras.
Proponer al Poder Ejecutivo
los lineamientos tributarios
para la celebración de acuerdos
y convenios internacionales,
así como emitir opinión cuando
ésta le sea requerida.
Controlar y fiscalizar el tráfico de
mercancías, cualquiera sea su origen y
naturaleza a nivel nacional.
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23. 4..2.1.5. Reglas y procedimientos internos.
Reglamentos - Reglamento Interno de Trabajo - RIT
https://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/igo/rit/RIT_2018.pdf
Manual de procedimientos (MAPRO)
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1958234/RS_076-2021-SUNAT.pdf
TUPA (Texto Único de Procedimientos Administrativos)
http://www.transparencia.gob.pe/tupas/pte_clasificador_entidad.aspx?id_tema=5&id_entidad=83&ver=#.YmCsetpBy3A
El presente Reglamento Interno de
Trabajo contiene las normas
destinadas a determinar las
condiciones a las que deben sujetarse
la SUNAT y sus trabajadores en el
cumplimiento de las obligaciones que
les corresponden dentro de la relación
de trabajo, independientemente del
régimen laboral al que los
trabajadores pertenezcan.
4.2.1.6. Procedimientos de seguridad en el trabajo.
Procedimiento de comunicación interna de seguridad y salud en el trabajo de la SUNAT
https://ww3.sunat.gob.pe/legislacion/superAdjunta/rsnaaf/2015/procedimiento-rsnaaf029-2015.pdf
Procedimiento de participación y consulta en seguridad y salud en el trabajo de la SUNAT
https://www.sunat.gob.pe/legislacion/superAdjunta/rsnaaf/2015/anexo-rsnaaf-067-2015.pdf
24. 4.2.1.7. Distribución física de las instalaciones que utilizará el nuevo empleado
· Sede Central
· Dependencias y oficinas a nivel nacional
https://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/dependenciasoficinas.html
25. 4.2.2. Beneficios ofrecidos
4.2.2.1. Horario de trabajo.
Artículo 16°.- JORNADA ORDINARIA Y
HORARIO
La SUNAT respetará la jornada legal de
trabajo conforme a las disposiciones legales
vigentes.
La Intendencia Nacional de Recursos
Humanos fijará el horario de trabajo, siendo
el tiempo de refrigerio de una (1) hora.
Asimismo, por razones de servicio,
climatológicas, económicas o comerciales
propias de cada jurisdicción, la Intendencia
Nacional de Recursos Humanos podrá
disponer el cambio o adecuación del horario
de trabajo, respetando la jornada laboral
establecida.
Artículo 17°.- HORARIOS ESPECIALES
Por necesidades del servicio la Intendencia Nacional de
Recursos Humanos, podrá autorizar horarios especiales
de trabajo observando las normas sobre la materia y sin
alterar la jornada de trabajo.
https://ww3.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/igo/rit/RIT_2018.pdf
Días de paga y adelantos
Cuadro para asignación de personal
https://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/igo/cap/cap-
2014/cap-2014.html
Estructura Remunerativa
https://www.sunat.gob.pe/cuentassunat/rrhh/index.html
26. 4.2.2.3. Programa de prestaciones sociales que ofrece la organización
Es el Fondo de Empleados de los trabajadores de la SUNAT. Es una empresa de derecho
privado que tiene por finalidad proporcionar apoyo a los trabajadores aportantes de la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y a sus familiares
directos, mediante el otorgamiento de prestaciones asistenciales de salud y preventivos,
recreacionales, de bienestar social, y de préstamos para financiar necesidades básicas.
● EL FESUNAT no persigue fin lucrativo y es ajeno a toda manifestación política, religiosa o
de carácter sindical. Se rigen bajo los principios de equidad, transparencia y solidaridad.
● EL FESUNAT fue creado mediante Decreto Supremo N° 003-2003 - PCM, que fusionó los
Fondos de Empleados de la SUNAT y de Aduanas, los mismos que fueron creados por el
Artículo 10° del Decreto Legislativo N° 673 y por el Artículo 13° del Decreto Legislativo
680, respectivamente, EL FESUNAT se encuentra registrado en la partida N° 11511640
del registro de personas jurídicas del registro público de Lima y Callao.
https://www.fesunat.pe/index.php/quienes-somos-fesunat
27. Obligaciones de la organización
Establecer programas de capacitación
acordes a los objetivos institucionales,
que favorezcan el desarrollo profesional
y técnico de los trabajadores de esta
entidad.
Proporcionar al trabajador los
elementos y condiciones que resulten
necesarios para el adecuado
cumplimiento de sus funciones
Aplicar las disposiciones contenidas en
este Reglamento
Difundir entre los trabajadores las disposiciones
internas vinculadas a la relación laboral
28. Derechos del nuevo miembro
Que se le proporcionen los elementos y
condiciones que resulten necesarios para
el adecuado cumplimiento de sus
funciones
-Percibir su remuneración en la
oportunidad correspondiente.
-Que no se reduzca su remuneración
ni se rebaje su categoría, sin el
correspondiente amparo legal.
-Que en caso de ser trasladado de ámbito geográfico por razones de servicio, se
cubran los gastos que esta medida le ocasione, según lo que al respecto establezca la
Intendencia Nacional de Recursos Humanos
La reserva sobre la información que contiene su carpeta
personal, la misma que no puede ser conocida fuera del
ámbito de la relación de trabajo, salvo mandato judicial.
29. 4.2.5. Deberes del nuevo miembro
4.2.5.1. Responsabilidades del nuevo empleado
Artículo 38º OBLIGACIONES Además de aquellas obligaciones contenidas en las disposiciones legales vigentes, el
trabajador de la SUNAT tiene las siguientes:
Observar buena conducta, respeto y
cortesía hacia sus compañeros de
trabajo, superiores, subordinados y,
en su caso, con el público en general.
Cumplir las disposiciones recogidas
en este Reglamento y por las
disposiciones legales pertinentes
Respetar el principio de autoridad y
los niveles jerárquicos
Cumplir con las funciones asignadas y
contribuir con esfuerzo y dedicación
al óptimo rendimiento de la unidad
organizacional en la que presta
servicios
Cumplir con el horario de trabajo y
de refrigerio establecidos en la
SUNAT.
Guardar reserva absoluta, ante
cualquier persona, durante y después
de su período de trabajo en la
SUNAT.
Preservar las instalaciones, mobiliario
y, en general, los bienes de la SUNAT.
Comunicar y justificar su inasistencia
a laborar de conformidad con las
normas señaladas para estos casos.
Cumplir con presentar las
declaraciones juradas,
comunicaciones y demás
documentos que les sean requeridos
para los fines y usos propios de la
institución.
30. Registrar en forma personal su
ingreso y salida de los locales de la
SUNAT.
Abstenerse de realizar actos que
afecten la imagen de la SUNAT y la
ética que rige nuestro actuar de
acuerdo con lo establecido en las
normas éticas, de integridad y otras
derivadas de la normatividad laboral
interna
No atender, durante horas de
trabajo, asuntos particulares, salvo
autorización expresa de su jefe
inmediato.
Cumplir con las normas de seguridad
e higiene ocupacional que se
impartan en la SUNAT.
Contar con autorización expresa,
según corresponda, para dictar
conferencias, charlas, si los temas a
tratar están relacionadas con la
Administración Tributaria y Aduanera
o con la SUNAT.
Cumplir las disposiciones legales
sobre uso y manejo de armas que
deban portar determinados
trabajadores en razón de la función
que desempeñan, así como las
disposiciones internas.
Constituirse en el lugar de traslado
de acuerdo a las disposiciones de la
Intendencia Nacional de Recursos
Humanos.
Permitir la revisión de sus efectos
personales o paquetes cada vez que
le sea exigido, al ingresar o salir de
los locales de la Institución.
Cumplir con las normas de seguridad
informática y obligaciones referidas
al uso adecuado del internet,
software y correo electrónico que se
imparten en la SUNAT.
31. 4.2.5.2. Visión general del puesto
4.2.5.3. Funciones y objetivos del puesto.
● Reglamento de organización y funciones – ROF
sistematizado de la SUNAT
https://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/igo/rof/20
17/ROF-SistematizadoAgo-2017.pdf
● Índice del clasificador de cargos de la SUNAT, por cargos vigentes
https://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/indiceCargos.html
32. 4.3. Proceso Selectivo
https://e-consulta.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2015/anexo-222-2015.pdf
● Se identifica y selecciona a los potenciales trabajadores de la institución o profesionales externos
para ocupar determinado cargo directivo.
● La SUNAT promueve y prioriza el desarrollo y la promoción interna de sus trabajadores de carrera.
Los requisitos mínimos que deben cumplir los candidatos a
cargos directivos son aquellos que se establecen en el
Clasificador de Cargos. Asimismo, se consideran los
requisitos específicos según el perfil definido para cada
puesto directivo, cuando corresponda.
En los casos de cargos directivos de confianza o de libre
designación y remoción, se aplica lo dispuesto en la Ley
Marco del Empleo Público.
33. 4.4. Contenido del cargo
Es el conjunto de funciones y responsabilidades que corresponden a una posición dentro de una entidad, así
como los requisitos para su adecuado ejercicio. El puesto podrá tener más de una posición siempre que el perfil
de éste sea el mismo.
● Manual de Perfiles de Puestos - MPP
https://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/igo/mpp/mpp.html
4.5. Supervisor como tutor
Artículo 362°.- División de Gestión de Contratos e Información de Personal
La División de Gestión de Contratos e Información de Personal es una unidad orgánica, de cuarto nivel
organizacional, dependiente de la Gerencia de Gestión del Empleo, encargada de administrar los procesos de
contratación y desvinculación del personal, gestionar los convenios de los integrantes de las modalidades
formativas laborales, así como administrar la información del personal, de los integrantes de las modalidades
formativas laborales y de los pensionistas.
https://www.sunat.gob.pe/institucional/quienessomos/igo/rof/2016/ROF-SistematizadoMar-2016.pdf