2. Es el conjunto de principios y normas que tienen por objeto reglar los
organismos estatales encargados de registrar personas, hechos, actos,
documentos o derechos
así como también la forma como han de practicarse tales
registraciones y los efectos o consecuencias jurídicas derivadas de
aquellos”.
3. El Derecho Registral es una ordenación lógica y coherente de
elementos Jurídicos y Catastrales que coadyuvan a lograr la seguridad
jurídica de una determinada parcela o fundo el cual es representativo
del aspecto económico de la sociedad.
Tal existencia se da por la necesidad de dar notoriedad a determinado
hechos, controlando así su legalidad y produciendo efectos en el
ámbito de las relaciones jurídicas privadas.
Su objetivo entonces es proporcionar seguridad al tráfico jurídico
patrimonial y transparencia en el mercado.
4. Todo Registro se considera importante por la trascendencia que tiene
para el ámbito jurídico y económico de un país.
Ya que su existencia y organización junto con el marco
jurídico que lo regule.
Deben tener en consideración no sólo la publicidad de los actos
jurídicos sino también, asegurar “la constitución, autenticidad, y
prueba de aquellos derechos sujetos a inscripción”.
5. Fue el primer lugar donde se conocio
que fue implementado el Registro de la
Propiedad Inmueble, en el cual
existieron los primeros registros que se
conocieron como “anagrafe”,
lo que a su vez sé crearon con el propósito de evitar
engaños. llegándose a exigir la puesta de un cartel
para mostrar en los inmuebles que estaban afectados
por el cumplimiento de las obligaciones contraídas
por su dueño.
ANTIGUA
GRECIA.
REGISTRO DE LA PROPIEDAD
INMUEBLE
EGIPTO.
INSTITUCION REGISTRAL
se archivaban las declaraciones de impuestos,
y la “Enkleseon” bibliozeke (archivo de
adquisiciones)
era la oficina que intervenía en el movimiento
Inmobiliario
6. La aparición de un sistema registral inmobiliario responde a la
organización y régimen de propiedad, así, un sistema de inscripción
ha llegado a ser de tal importancia que constituye una pieza esencial
para todo buen régimen de publicidad inmobiliaria de transmisiones y
gravámenes.
De ahí que entendemos por Sistema Registral “el conjunto de normas
que en un país determinado regulan las formas de publicidad de los
derechos reales sobre bienes inmuebles mediante el registro de la
propiedad, así como el régimen y organización de esa institución”.
7. Los sistemas regístrales pueden clasificarse pueden clasificarse de
acuerdo a diversos criterios.
1) Según los efectos de la Publicidad Registral:
a) Sistemas Registrales de simple oponibilidad de lo escrito: Son aquellos en que
lo escrito se puede hacer valer contra terceros.
b) Sistemas Registrales Convalidantes: Admiten prueba en contrario, acerca de la
exactitud y veracidad de lo inscrito.
c) Sistemas Registrales Constitutivos: Son aquellos que no admiten prueba en
contrario, acerca de la exactitud y veracidad de lo inscrito.
8. 2) Según la forma de organización de los Asientos Registrales:
a) De Folio Real:
Los asientos registrales se clasifican
tomando como elementos a los
bienes, objeto del hecho jurídico.
b) De Folio Personal:
Se clasifican considerando como
elemento a las personas que otorgan el
documento, sujetos del hecho jurídico.
3) Según la forma de realización de las inscripciones:
a) Sistemas Registrales de Inscripción:
los asientos registrales, se elaboran
haciendo un resumen o extracto del
documento señalando sólo sus
elementos esenciales.
b) Sistemas Registrales de
Transcripción:
se realizan copiando textualmente el
documento, bien sea utilizando la
forma manuscrita o la fotocopia.
9. SISTEMA REGISTRAL
FRANCÉS
Se caracteriza por el predominio del titulo,
o sea, de la voluntad individual para crear,
modifican, trasmitir o distinguir derecho
sobre los inmuebles.
SISTEMA REGISTRAL
ALEMAN
SISTEMAAUTRALIANO
de transición o de clandestinidad
paternidad de los principios de la
publicidad inmobiliaria.
Es obligatoria la organización del catastro
de la propiedad de los inmuebles que
verifica su realidad física y el registro de la
realidad jurídica para ambos.
sustantividad de la inscripción, publicidad
y garantía que presta el estado a quien ha
registrado el derecho, principios que
realizan a base de la organización del
catastro.
sintetiza los principios
fundamentales de todo sistema
registral como son:
10. El sistema venezolano es
mixto, ya que reúne
características de diversas
clases de sistemas como
lo son:
De inscripción y De
transcripción.
Personal.
Constitutivo de Folio Real.
Convalidante.
Sistema de oponibilidad de lo
inscrito.
Nuestro ordenamiento registral se ha alineado, definitiva
e indisatiblemente, dentro del sistemas de presunción de
corrección y veracidad de los asientos regístrales