El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El Nombre Derecho Civil I
1. N
O
M
B
R
E
4.1 CONCEPTO
4.2 DERECHO AL NOMBRE
4.3 PROTECCION DEL NOMBRE
2. 4.1 CONCEPTO
Francesco Ferrara dice
que “nombre civil es el
signo estable de
individualización que sirve
para distinguir al sujeto
como unidad en la vida
jurídica”.
En la evolución del
concepto, encontramos que
desde los pueblos antiguos,
como lo demuestra su
literatura, las personas
poseían un nombre único.
3. En roma se organizo el nombre en forma sabia
dándosele un sistema de tipo legal, que permitió que
el mismo llegara a ser hereditario.
EL NOMEN EL GENTILICIO EL COGNOMEN
En efecto quedo integrado por tres conceptos.
El nombre en las personas jurídicas queda definido en el acta o
escritura de constitución misma, así en las sociedades civiles y
comerciales el nombre se llama razón social y en las sociedades
anónimas denominación de giro.
4. 4.2 DERECHO AL
NOMBRE
El nombre es inalienable,
por que no puede cederse
ni adquirirse. Es a la
vez imprescriptible, ya que
el mismo ni se adquiere ni
se pierde por su uso, el
apellido es lo que identifica
a las familias.
5. 4.3 PROTECCION AL NOMBRE
Nicolás Coviello, asegura que quienes afirman la existencia de un
Derecho al nombre, no tienen otro fundamento que el de que el nombre es
protegido por el Derecho y por eso toda persona tiene derecho al el. El
nombre es una propiedad o una “propiedad sui generis”, deberá admitirse
que la garantía constitucional establecida en el articulo 115.