SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 11
Patrono y los trabajadores
frente a la Ley Orgánica del
Trabajo, el Trabajador y la
Trabajadora (LOTTT)
PARTICIPANTE: JORGE ROJAS V- 24.926.635
CURSO: EJERCICIO LEGAL DE LA INGENIERÍA
PATRONO
El Patrono es la persona natural o
jurídica que en nombre propio y por su
cuenta en forma directa asume las
obligaciones,
beneficios, pérdidas y demás riesgos de
la entidad de trabajo y tiene a su cargo
su dirección y administración en calidad
o no de propietaria,
así como tiene la responsabilidad legal,
moral y social de uno o
más trabajadores por la labor que le
prestan en forma dependiente.
A pesar del cambio de redacción en la
LOTTT, el patrono, en concepto sigue
siendo el mismo
“Se entiende por patrono o patrona,
toda persona natural o jurídica que
tenga bajo su dependencia a uno o más
trabajadores o trabajadoras, en virtud de
una relación laboral en el proceso social
de trabajo”
TRABAJADOR
Se denomina trabajador (o su variante en
femenino, trabajadora) a la persona que presta
servicios que son retribuidos por otra persona,
a la cual el trabajador se
encuentra subordinado,
pudiendo ser una persona
en particular, una empresa
o también una institución.
El trabajador, para poder
desempeñarse como tal
debe tener la edad legal que
en su país debe tener para
convertirse en tal, por
ejemplo, dieciocho años.
TIPOS DE TRABAJADOR
Trabajador Dependiente: se define
como, toda persona natural que preste
servicios personales en el proceso social
de trabajo bajo dependencia de otra
persona natural o jurídica. La prestación
de su servicio debe ser remunerado
Trabajador no Dependiente: es aquel o
aquella persona que en el ejercicio de la
actividad que realiza en el proceso social
de trabajo, no depende de patrono
alguno o patrona alguna.
Trabajador de Inspección: es aquel quien
tenga a su cargo la revisión del trabajo
de otros trabajadores o de otras
trabajadoras
Trabajador de Dirección: Se entiende
por trabajador o trabajadora de
dirección el que interviene en la toma
de decisiones u orientaciones de la
entidad de trabajo,
así como el que tiene el carácter de
representante del patrono o patrona
frente a otros trabajadores,
trabajadoras o terceros, y puede
sustituirlo o sustituirlas, en todo o en
parte, en sus funciones
Por lo tanto, el trabajador de
dirección puede tomar decisiones u
orientar las políticas de la entidad de
trabajo, representa al patrono frente
al resto de los trabajadores y terceros;
pudiendo sustituir total o
parcialmente al patrono en el
ejercicio de sus funciones
VACACIONES
1. Según la nueva Ley Orgánica del
Trabajo, los Trabajadores y las
Trabajadoras, todo trabajador tiene
derecho a un mínimo de 15 días de
vacaciones remuneradas al año, un bono
vacacional equivalente al mismo número
de días correspondientes a las
vacaciones y a la cancelación de la
cestaticket.
2. Según lo establecido en el artículo 190 de la LOTTT, cuando el trabajador
cumple 1 año ininterrumpido de labores tiene derecho al disfrute de vacaciones.
Al cumplir el primer año de servicio al trabajador le corresponderán 15 días hábiles
de disfrute remunerados.
3. Los años siguientes tendrá derecho
a 15 días hábiles más un (1) día
adicional (contados a partir del
segundo año) hasta un máximo de 15
días hábiles adicionales. Es decir,
aquellos trabajadores con 16 o más
años de servicio sólo podrán tener un
máximo de 30 días hábiles de
vacaciones.
BONO VACACIONAL
Bono Vacacional según los años de servicios (pago)
Según el artículo 192 de la LOTTT, Además del pago correspondiente a
los días de vacaciones, el patrono deberá cancelar al trabajador un
bono especial comúnmente conocido como Bono Vacacional, el cual
será equivalente a 15 días de salario normal, más un día adicional por
cada año de servicios, hasta un total de treinta días de salario normal.
Este bono vacacional tiene carácter salarial.
Tabla de días de Bono Vacacional por
años de servicios
Años de
Servicio
Días de Bono
Vacacional
Días
Adicionales
Total Días
de Bono
Vacacional
1 15 1 16
2 15 2 17
3 15 3 18
4 15 4 19
5 15 5 20
6 15 6 21
7 15 7 22
8 15 8 23
9 15 9 24
10 15 10 25
11 15 11 26
12 15 12 27
13 15 13 28
14 15 14 29
15 15 15 30
UTILIDADES
Las utilidades están contempladas en la reforma de la
ley (LOTTT) como los Beneficios anuales o utilidades,
establecido en el Artículo 131 de la LOTT (Esto se refiere
a empresas con fines de lucro. Ver artículo 140 para
empresa sin fines de lucro)
Artículo 131. Las entidades de trabajo deberán
distribuir entre todos sus trabajadores y trabajadoras,
por lo menos, el quince por ciento de los beneficios
líquidos que hubieren obtenido al fin de su ejercicio
anual. A este fin, se entenderá por beneficios líquidos, la
suma de los enriquecimientos netos gravables y de los
exonerados conforme a la Ley de Impuesto Sobre la
Renta.
Utilidad a
pagar a cada
trabajador
=
Total devengado
anual por el
trabajador
X
15% de
Utilidades
Empresa
declarados en el
ISLR
Total de Salarios
Anuales
Determinación del Monto Distribuible (Artículos 131, 133 y 136 de la LOTTT)
Comúnmente este cálculo es realizado por la empresa al
momento de realizar la declaración del Impuesto Sobre la Renta,
en el mes de marzo, por eso muchas empresa grandes (y serias)
pagan las llamadas “Liquidas” que son la porción de las utilidades
que le corresponde pagar a cada trabajador y que no fueron
canceladas en el mes de diciembre en el “adelanto” de Utilidades
que puede ser de 1 a 4 meses dependiendo de la política de la
compañía. Este adelanto o pago de utilidades exigido por la ley
esta establecido en el mismo artículo 131 de la LOTT, ratificados
en los artículos 132 y 133, indiferentemente si la empresa
presente ganancias o pérdidas en su ejercicio contable.
Despido o Renuncia
Según la Ley Orgánica del Trabajo vigente el
patrono puede terminar la relación laboral
por despido justificado o por las causales de
despido injustificado, o por voluntad común
de las partes o causa ajena a la voluntad de
ambas.
La terminación de la relación laboral se
encuentra tutelada entre los artículos 98 al
111 de la LOT, específicamente el artículo
99 establece que el despido es la
"manifestación de voluntad del patrono de
poner fin a la relación de trabajo que lo
vincula a uno o más trabajadores" y será
a) Justificado, cuando el trabajador ha
incurrido en una causa prevista por la Ley; y
b) Injustificado, cuando se realiza sin que el
trabajador haya incurrido en causa que lo
justifique.
CAUSAS JUSTIFICADAS DE DESPIDO
El artículo 102 de la LOTTT establece como causas justificadas de despido los siguientes hechos del
trabajador:
• Falta de probidad o conducta inmoral en el trabajo;
• Vías de hecho, salvo en legítima defensa;
• Injuria o falta grave al respeto y consideración debidos al patrono, a sus representantes o a los
miembros de su familia que vivan con él;
• Hecho intencional o negligencia grave que afecte a la seguridad o higiene del trabajo;
• Omisiones o imprudencias que afecten gravemente a la seguridad o higiene del trabajo;
• Inasistencia injustificada al trabajo durante tres (3) días hábiles en el período de un (1)mes.
• La enfermedad del trabajador se considerará causa justificada de inasistencia al trabajo. El
trabajador deberá, siempre que no exista circunstancias que lo impida, notificar al patrono la causa
que lo imposibilite para asistir al trabajo;
• Perjuicio material causado intencionalmente o con negligencia grave en las máquinas, herramientas
y útiles de trabajo, mobiliario de la empresa, materias primas o productos elaborados o en
elaboración, plantaciones y otras pertenencias;
• Revelación de secretos de manufactura, fabricación o procedimiento;
• Falta grave a las obligaciones que impone la relación de trabajo; y
• Abandono del trabajo.
Despido o Renuncia
TABLA DEL PREAVISO SEGÚN EL TIEMPO DE
TRABAJO ININTERRUMPIDO:
Tiempo de trabajo
ininterrumpido
Días de preaviso
1 mes
7 días (una
semana)
6 meses
15 días (una
quincena)
1 año 30 días (un mes)
SANCIONES
La LOTTT no estipula ningún tipo de sanciones o
descuento, en el caso de que el empleado no cumpla
con el preaviso.
Sin embargo, si un trabajador se marcha sin realizar el
preaviso, el empleador podría acogerse a lo establecido
en el causal "J" del artículo 79 de la LOTTT que
establece el "abandono del trabajo" como causa de
despido justificado. Asimismo, si éste acto causara
pérdidas o daños a la empresa, el empleado deberá
indemnizar a la empresa según lo establecido en artículo
1185 del Código Civil.
Diferencia entre el Bono de Fin de Año y
las Utilidades
BONO DE FIN DE AÑO/ AGUINALDO
•Son otorgados a trabajadores del sector público y se asocia también
a las organizaciones sin fines de lucro. No es una obligación para
los patronos de estas empresas cancelar las utilidades entre los
beneficios, pero deberán entregar una bonificación al terminar
el año por un total (cómo mínimo) de 15 días de sueldo.
•Los s aguinaldos son otorgados, además, por las empresas con las
siguientes características:
•1. Empresas comerciales cuyo capital invertido no exceda del
equivalente a sesenta (60) salarios mínimos mensuales.
•2. Empresas industriales cuyo capital invertido no exceda del
equivalente a ciento treinta y cinco (135) salarios mínimos
mensuales.
•3. Empresas agrícolas y pecuarias cuyo capital invertido no exceda
del equivalente a doscientos cincuenta (250) salarios mínimos
mensuales.
UTILIDADES
•Se calculan en base al 15% de los beneficios líquidos recibidos, es
decir, la utilidad neta antes del Impuesto Sobre La Renta (ISLR), por
lo que es necesario que cierre el ejercicio económico para su
entrega.
•Villavicencio aseguró que “las utilidades le corresponden a las
empresas privadas, cuyos patronos están obligados a entregar a
sus empleados el 15% de las ganancias obtenidas durante el año”.
•Además, existe aquello que se conoce como ‘utilidades
fraccionadas’. Cuando un trabajador no ha ejercido su labor
durante el año completo, las utilidades serán calculadas de acuerdo
al tiempo que el trabajador ha prestado servicio.
•Tienen una participación directamente relacionada a la empresa
privada que genera riqueza desde el punto de vista material y
económico, pudiendo otorgar el 15%, cantidad establecida en el
Artículo 131 de la nueva Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y
Trabajadoras.
Cesta Ticket
Cestaticket o bono de alimentación es un
beneficio alimentario establecido en la ley para
trabajadores del sector público y privado,
calculado con base a la Unidad Tributaria
El valor mensual del Cesta Ticket equivale a 240
unidades tributarias.
Cualquier valor menor que sea otorgado por
concepto de bono de alimentación podrá ser
reclamado de forma retroactiva por el trabajador.
Por otra parte, cualquier valor por encima del
establecido por ley no se considera como bono
de alimentación, sino como salario, y por
consiguiente puede producir pasivos laborales.
Actualmente el Cesta Ticket tiene un valor fijo.
Quienes reciben el beneficio de alimentación
Anteriormente la Ley de Alimentación no obligaba al otorgamiento
del beneficio de alimentación a empresas con menos de 20
trabajadores. El artículo 14 (ahora derogado) establecía que era
otorgado a trabajadores cuyos empleadores tenían "veinte (20) o
más trabajadores", aunque dejaba abierta la posibilidad que fuese
"concedido, concertada o voluntariamente" por el patrono en estos
casos.
El 1 de mayo de 2011 entró en vigencia una nueva Ley de
Alimentación con la que fue eliminada esta limitación y comenzó a
otorgarse el beneficio de forma obligatoria a todos los trabajadores
en empresas o instituciones del sector público o privado,
indiferentemente del número de trabajadores que tengan. La única
condición para el otorgamiento de este beneficio es que el
trabajador devengue un salario no mayor a tres salario mínimos.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

3 conceptos remunerativos y no remunerativos
3 conceptos remunerativos y no remunerativos3 conceptos remunerativos y no remunerativos
3 conceptos remunerativos y no remunerativosHeiner Rivera
 
Remuneración y condiciones de trabajo
Remuneración y condiciones de trabajoRemuneración y condiciones de trabajo
Remuneración y condiciones de trabajoabatemarco
 
Cuadro comparativo lottt_2012 y 1997
Cuadro comparativo lottt_2012 y 1997Cuadro comparativo lottt_2012 y 1997
Cuadro comparativo lottt_2012 y 1997oscarlaya1979
 
Contratos Laborales y Reglamento Interno de Trabajo
Contratos Laborales y Reglamento Interno de TrabajoContratos Laborales y Reglamento Interno de Trabajo
Contratos Laborales y Reglamento Interno de TrabajoMaya Contadores S.C
 
Reforma laboral 2012
Reforma laboral 2012Reforma laboral 2012
Reforma laboral 2012IFRA asesores
 
Derecho laboral
Derecho laboralDerecho laboral
Derecho laboralmaqaperu
 
Estructura del salario en España
Estructura del salario en EspañaEstructura del salario en España
Estructura del salario en EspañaBalbino Rodriguez
 
Conceptos remunerativos y no remunerativos
Conceptos remunerativos y no remunerativosConceptos remunerativos y no remunerativos
Conceptos remunerativos y no remunerativosJuan Ñaupari Sullca
 
Convenio Colectivo del Comercio General de Albacete.
Convenio Colectivo del Comercio General de Albacete.Convenio Colectivo del Comercio General de Albacete.
Convenio Colectivo del Comercio General de Albacete.ProyectoRoda04
 
Participación de los trabajadores en utilidades
Participación de los trabajadores en utilidadesParticipación de los trabajadores en utilidades
Participación de los trabajadores en utilidadesRenzo Cervantes Cámara
 
Conceptos legislacion laboral
Conceptos legislacion laboralConceptos legislacion laboral
Conceptos legislacion laboralPAHO1
 
8 derecho del trabajo
8 derecho del trabajo8 derecho del trabajo
8 derecho del trabajochumber23
 
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajoExplicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajoformapaco
 
La extinción del contrato de trabajo
La extinción del contrato de trabajoLa extinción del contrato de trabajo
La extinción del contrato de trabajoJosé Luis
 

La actualidad más candente (20)

CÓDIGO DE TRABAJO DE HONDURAS
CÓDIGO DE TRABAJO DE HONDURASCÓDIGO DE TRABAJO DE HONDURAS
CÓDIGO DE TRABAJO DE HONDURAS
 
3 conceptos remunerativos y no remunerativos
3 conceptos remunerativos y no remunerativos3 conceptos remunerativos y no remunerativos
3 conceptos remunerativos y no remunerativos
 
Remuneración y condiciones de trabajo
Remuneración y condiciones de trabajoRemuneración y condiciones de trabajo
Remuneración y condiciones de trabajo
 
NOMINA RUTH SALAZAR
NOMINA RUTH SALAZARNOMINA RUTH SALAZAR
NOMINA RUTH SALAZAR
 
gestion del talento humano
gestion del talento humano gestion del talento humano
gestion del talento humano
 
Cuadro comparativo lottt_2012 y 1997
Cuadro comparativo lottt_2012 y 1997Cuadro comparativo lottt_2012 y 1997
Cuadro comparativo lottt_2012 y 1997
 
Contratos Laborales y Reglamento Interno de Trabajo
Contratos Laborales y Reglamento Interno de TrabajoContratos Laborales y Reglamento Interno de Trabajo
Contratos Laborales y Reglamento Interno de Trabajo
 
Reforma laboral 2012
Reforma laboral 2012Reforma laboral 2012
Reforma laboral 2012
 
Derecho laboral
Derecho laboralDerecho laboral
Derecho laboral
 
Estructura del salario en España
Estructura del salario en EspañaEstructura del salario en España
Estructura del salario en España
 
Conceptos remunerativos y no remunerativos
Conceptos remunerativos y no remunerativosConceptos remunerativos y no remunerativos
Conceptos remunerativos y no remunerativos
 
Convenio Colectivo del Comercio General de Albacete.
Convenio Colectivo del Comercio General de Albacete.Convenio Colectivo del Comercio General de Albacete.
Convenio Colectivo del Comercio General de Albacete.
 
Resumen de los cambios contemplados en la nueva lottt
Resumen de los cambios contemplados en la nueva lotttResumen de los cambios contemplados en la nueva lottt
Resumen de los cambios contemplados en la nueva lottt
 
Participación de los trabajadores en utilidades
Participación de los trabajadores en utilidadesParticipación de los trabajadores en utilidades
Participación de los trabajadores en utilidades
 
Resumen sobre el Código de trabajo de Honduras
Resumen sobre el Código de trabajo de HondurasResumen sobre el Código de trabajo de Honduras
Resumen sobre el Código de trabajo de Honduras
 
Conceptos legislacion laboral
Conceptos legislacion laboralConceptos legislacion laboral
Conceptos legislacion laboral
 
Legislación laboral
Legislación laboralLegislación laboral
Legislación laboral
 
8 derecho del trabajo
8 derecho del trabajo8 derecho del trabajo
8 derecho del trabajo
 
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajoExplicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
Explicación de la Modificación, Suspensión y Extinción del contrato de trabajo
 
La extinción del contrato de trabajo
La extinción del contrato de trabajoLa extinción del contrato de trabajo
La extinción del contrato de trabajo
 

Destacado

Diego leal. Revista patrono LOTTT y trabajadores
Diego leal. Revista patrono LOTTT  y trabajadoresDiego leal. Revista patrono LOTTT  y trabajadores
Diego leal. Revista patrono LOTTT y trabajadoresUFT
 
Introduccion a osha 2 norma 1926
Introduccion a osha 2 norma 1926Introduccion a osha 2 norma 1926
Introduccion a osha 2 norma 1926talporcual
 
EJERCICIOS PRACTICOS
EJERCICIOS PRACTICOSEJERCICIOS PRACTICOS
EJERCICIOS PRACTICOSRGAZIZT
 
Rpp 5 1-fungsi_peripheral
Rpp 5 1-fungsi_peripheralRpp 5 1-fungsi_peripheral
Rpp 5 1-fungsi_peripheralyanus yan
 
The Bespoke Trust Protector - Tailoring the Protector's Role
The Bespoke Trust Protector - Tailoring the Protector's RoleThe Bespoke Trust Protector - Tailoring the Protector's Role
The Bespoke Trust Protector - Tailoring the Protector's RoleMatthew McClintock
 
10 razões para_parar_de_fazer_dietas_e_5_sacadas_para_driblar_o_efeito_sanfon...
10 razões para_parar_de_fazer_dietas_e_5_sacadas_para_driblar_o_efeito_sanfon...10 razões para_parar_de_fazer_dietas_e_5_sacadas_para_driblar_o_efeito_sanfon...
10 razões para_parar_de_fazer_dietas_e_5_sacadas_para_driblar_o_efeito_sanfon...Pat Queiroz
 
Yosemite Project - Part 3 - Transformations for Integrating VA data with FHIR...
Yosemite Project - Part 3 - Transformations for Integrating VA data with FHIR...Yosemite Project - Part 3 - Transformations for Integrating VA data with FHIR...
Yosemite Project - Part 3 - Transformations for Integrating VA data with FHIR...DATAVERSITY
 
WEBINAR: The Yosemite Project: An RDF Roadmap for Healthcare Information Inte...
WEBINAR: The Yosemite Project: An RDF Roadmap for Healthcare Information Inte...WEBINAR: The Yosemite Project: An RDF Roadmap for Healthcare Information Inte...
WEBINAR: The Yosemite Project: An RDF Roadmap for Healthcare Information Inte...DATAVERSITY
 
Yosemite part-4 webinar-final
Yosemite part-4 webinar-finalYosemite part-4 webinar-final
Yosemite part-4 webinar-finalDATAVERSITY
 
Enterprise Data World 2016 and CDO Vision Mural Summary
Enterprise Data World 2016 and CDO Vision Mural SummaryEnterprise Data World 2016 and CDO Vision Mural Summary
Enterprise Data World 2016 and CDO Vision Mural SummaryDATAVERSITY
 
Nomina y calculo de prestaciones sociales
Nomina y calculo de prestaciones socialesNomina y calculo de prestaciones sociales
Nomina y calculo de prestaciones socialesJulio César
 
Smart Data Slides: Leverage the IOT to Build a Smart Data Ecosystem
Smart Data Slides: Leverage the IOT to Build a Smart Data EcosystemSmart Data Slides: Leverage the IOT to Build a Smart Data Ecosystem
Smart Data Slides: Leverage the IOT to Build a Smart Data EcosystemDATAVERSITY
 
Introduction-and-RDF-Representation-of-FHIR-for-Clinical-Data
Introduction-and-RDF-Representation-of-FHIR-for-Clinical-DataIntroduction-and-RDF-Representation-of-FHIR-for-Clinical-Data
Introduction-and-RDF-Representation-of-FHIR-for-Clinical-DataDATAVERSITY
 
Using Semantic Technology to Drive Agile Analytics - SLIDES
Using Semantic Technology to Drive Agile Analytics - SLIDESUsing Semantic Technology to Drive Agile Analytics - SLIDES
Using Semantic Technology to Drive Agile Analytics - SLIDESDATAVERSITY
 

Destacado (17)

Revista pisteyo 1
Revista pisteyo 1Revista pisteyo 1
Revista pisteyo 1
 
Diego leal. Revista patrono LOTTT y trabajadores
Diego leal. Revista patrono LOTTT  y trabajadoresDiego leal. Revista patrono LOTTT  y trabajadores
Diego leal. Revista patrono LOTTT y trabajadores
 
Introduccion a osha 2 norma 1926
Introduccion a osha 2 norma 1926Introduccion a osha 2 norma 1926
Introduccion a osha 2 norma 1926
 
EJERCICIOS PRACTICOS
EJERCICIOS PRACTICOSEJERCICIOS PRACTICOS
EJERCICIOS PRACTICOS
 
Rpp 5 1-fungsi_peripheral
Rpp 5 1-fungsi_peripheralRpp 5 1-fungsi_peripheral
Rpp 5 1-fungsi_peripheral
 
The Bespoke Trust Protector - Tailoring the Protector's Role
The Bespoke Trust Protector - Tailoring the Protector's RoleThe Bespoke Trust Protector - Tailoring the Protector's Role
The Bespoke Trust Protector - Tailoring the Protector's Role
 
10 razões para_parar_de_fazer_dietas_e_5_sacadas_para_driblar_o_efeito_sanfon...
10 razões para_parar_de_fazer_dietas_e_5_sacadas_para_driblar_o_efeito_sanfon...10 razões para_parar_de_fazer_dietas_e_5_sacadas_para_driblar_o_efeito_sanfon...
10 razões para_parar_de_fazer_dietas_e_5_sacadas_para_driblar_o_efeito_sanfon...
 
Roxi y tirso
Roxi y tirsoRoxi y tirso
Roxi y tirso
 
Yosemite Project - Part 3 - Transformations for Integrating VA data with FHIR...
Yosemite Project - Part 3 - Transformations for Integrating VA data with FHIR...Yosemite Project - Part 3 - Transformations for Integrating VA data with FHIR...
Yosemite Project - Part 3 - Transformations for Integrating VA data with FHIR...
 
WEBINAR: The Yosemite Project: An RDF Roadmap for Healthcare Information Inte...
WEBINAR: The Yosemite Project: An RDF Roadmap for Healthcare Information Inte...WEBINAR: The Yosemite Project: An RDF Roadmap for Healthcare Information Inte...
WEBINAR: The Yosemite Project: An RDF Roadmap for Healthcare Information Inte...
 
Yosemite part-4 webinar-final
Yosemite part-4 webinar-finalYosemite part-4 webinar-final
Yosemite part-4 webinar-final
 
Enterprise Data World 2016 and CDO Vision Mural Summary
Enterprise Data World 2016 and CDO Vision Mural SummaryEnterprise Data World 2016 and CDO Vision Mural Summary
Enterprise Data World 2016 and CDO Vision Mural Summary
 
Nomina y calculo de prestaciones sociales
Nomina y calculo de prestaciones socialesNomina y calculo de prestaciones sociales
Nomina y calculo de prestaciones sociales
 
Smart Data Slides: Leverage the IOT to Build a Smart Data Ecosystem
Smart Data Slides: Leverage the IOT to Build a Smart Data EcosystemSmart Data Slides: Leverage the IOT to Build a Smart Data Ecosystem
Smart Data Slides: Leverage the IOT to Build a Smart Data Ecosystem
 
Introduction-and-RDF-Representation-of-FHIR-for-Clinical-Data
Introduction-and-RDF-Representation-of-FHIR-for-Clinical-DataIntroduction-and-RDF-Representation-of-FHIR-for-Clinical-Data
Introduction-and-RDF-Representation-of-FHIR-for-Clinical-Data
 
Using Semantic Technology to Drive Agile Analytics - SLIDES
Using Semantic Technology to Drive Agile Analytics - SLIDESUsing Semantic Technology to Drive Agile Analytics - SLIDES
Using Semantic Technology to Drive Agile Analytics - SLIDES
 
Super sweets empresa
Super sweets empresaSuper sweets empresa
Super sweets empresa
 

Similar a Patrono y los trabajadores frente a la ley.. jorge rojas

Similar a Patrono y los trabajadores frente a la ley.. jorge rojas (20)

Asignacion 5 - lottt
Asignacion 5  - lotttAsignacion 5  - lottt
Asignacion 5 - lottt
 
Derechos del trabajador
Derechos del trabajador Derechos del trabajador
Derechos del trabajador
 
Trabajador y patrono
Trabajador y patronoTrabajador y patrono
Trabajador y patrono
 
Utilidades
UtilidadesUtilidades
Utilidades
 
Prestaciones sociales
Prestaciones socialesPrestaciones sociales
Prestaciones sociales
 
Ley organica del trabajo lottt
Ley organica del trabajo lotttLey organica del trabajo lottt
Ley organica del trabajo lottt
 
BENEFICIOS SOCIALES
BENEFICIOS SOCIALESBENEFICIOS SOCIALES
BENEFICIOS SOCIALES
 
Prestaciones Sociales
Prestaciones SocialesPrestaciones Sociales
Prestaciones Sociales
 
Prestaciones sociales
Prestaciones socialesPrestaciones sociales
Prestaciones sociales
 
Cuadro lottt-2012
Cuadro lottt-2012Cuadro lottt-2012
Cuadro lottt-2012
 
Contall07
Contall07Contall07
Contall07
 
Participacion de los trabajadores
Participacion de los trabajadoresParticipacion de los trabajadores
Participacion de los trabajadores
 
Derechos y obligaciones de trabajadores y empleadores
Derechos y obligaciones de trabajadores y empleadoresDerechos y obligaciones de trabajadores y empleadores
Derechos y obligaciones de trabajadores y empleadores
 
Nomina
NominaNomina
Nomina
 
Lott presentacion recuperativo
Lott presentacion recuperativoLott presentacion recuperativo
Lott presentacion recuperativo
 
Que-Es-Un-Regimen-Laboral-Publico.pptx
Que-Es-Un-Regimen-Laboral-Publico.pptxQue-Es-Un-Regimen-Laboral-Publico.pptx
Que-Es-Un-Regimen-Laboral-Publico.pptx
 
8 ContratacióN
8  ContratacióN8  ContratacióN
8 ContratacióN
 
ESTUDIO DE LA MANO DE OBRA
ESTUDIO DE LA MANO DE OBRAESTUDIO DE LA MANO DE OBRA
ESTUDIO DE LA MANO DE OBRA
 
ADMINISTRACIÓN LABORAL PRESENTACION 1.pdf
ADMINISTRACIÓN LABORAL PRESENTACION 1.pdfADMINISTRACIÓN LABORAL PRESENTACION 1.pdf
ADMINISTRACIÓN LABORAL PRESENTACION 1.pdf
 
Legislación Laboral
Legislación LaboralLegislación Laboral
Legislación Laboral
 

Último

RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticostexto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticosisabeltrejoros
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdfBaker Publishing Company
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Carlos Muñoz
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptxJunkotantik
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónLourdes Feria
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinavergarakarina022
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleJonathanCovena1
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuaDANNYISAACCARVAJALGA
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Lourdes Feria
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxjosetrinidadchavez
 
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdfNeurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxzulyvero07
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxEXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxPryhaSalam
 

Último (20)

RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticostexto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
texto argumentativo, ejemplos y ejercicios prácticos
 
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
2024 - Expo Visibles - Visibilidad Lesbica.pdf
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
Plan Refuerzo Escolar 2024 para estudiantes con necesidades de Aprendizaje en...
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptx
 
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcciónEstrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
Estrategia de prompts, primeras ideas para su construcción
 
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo SostenibleIntroducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
 
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahuacortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
cortes de luz abril 2024 en la provincia de tungurahua
 
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
Caja de herramientas de inteligencia artificial para la academia y la investi...
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
 
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdfNeurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptxACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
ACUERDO MINISTERIAL 078-ORGANISMOS ESCOLARES..pptx
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptxEXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
EXPANSIÓN ECONÓMICA DE OCCIDENTE LEÓN.pptx
 

Patrono y los trabajadores frente a la ley.. jorge rojas

  • 1. Patrono y los trabajadores frente a la Ley Orgánica del Trabajo, el Trabajador y la Trabajadora (LOTTT) PARTICIPANTE: JORGE ROJAS V- 24.926.635 CURSO: EJERCICIO LEGAL DE LA INGENIERÍA
  • 2. PATRONO El Patrono es la persona natural o jurídica que en nombre propio y por su cuenta en forma directa asume las obligaciones, beneficios, pérdidas y demás riesgos de la entidad de trabajo y tiene a su cargo su dirección y administración en calidad o no de propietaria, así como tiene la responsabilidad legal, moral y social de uno o más trabajadores por la labor que le prestan en forma dependiente. A pesar del cambio de redacción en la LOTTT, el patrono, en concepto sigue siendo el mismo “Se entiende por patrono o patrona, toda persona natural o jurídica que tenga bajo su dependencia a uno o más trabajadores o trabajadoras, en virtud de una relación laboral en el proceso social de trabajo”
  • 3. TRABAJADOR Se denomina trabajador (o su variante en femenino, trabajadora) a la persona que presta servicios que son retribuidos por otra persona, a la cual el trabajador se encuentra subordinado, pudiendo ser una persona en particular, una empresa o también una institución. El trabajador, para poder desempeñarse como tal debe tener la edad legal que en su país debe tener para convertirse en tal, por ejemplo, dieciocho años.
  • 4. TIPOS DE TRABAJADOR Trabajador Dependiente: se define como, toda persona natural que preste servicios personales en el proceso social de trabajo bajo dependencia de otra persona natural o jurídica. La prestación de su servicio debe ser remunerado Trabajador no Dependiente: es aquel o aquella persona que en el ejercicio de la actividad que realiza en el proceso social de trabajo, no depende de patrono alguno o patrona alguna. Trabajador de Inspección: es aquel quien tenga a su cargo la revisión del trabajo de otros trabajadores o de otras trabajadoras Trabajador de Dirección: Se entiende por trabajador o trabajadora de dirección el que interviene en la toma de decisiones u orientaciones de la entidad de trabajo, así como el que tiene el carácter de representante del patrono o patrona frente a otros trabajadores, trabajadoras o terceros, y puede sustituirlo o sustituirlas, en todo o en parte, en sus funciones Por lo tanto, el trabajador de dirección puede tomar decisiones u orientar las políticas de la entidad de trabajo, representa al patrono frente al resto de los trabajadores y terceros; pudiendo sustituir total o parcialmente al patrono en el ejercicio de sus funciones
  • 5. VACACIONES 1. Según la nueva Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, todo trabajador tiene derecho a un mínimo de 15 días de vacaciones remuneradas al año, un bono vacacional equivalente al mismo número de días correspondientes a las vacaciones y a la cancelación de la cestaticket. 2. Según lo establecido en el artículo 190 de la LOTTT, cuando el trabajador cumple 1 año ininterrumpido de labores tiene derecho al disfrute de vacaciones. Al cumplir el primer año de servicio al trabajador le corresponderán 15 días hábiles de disfrute remunerados. 3. Los años siguientes tendrá derecho a 15 días hábiles más un (1) día adicional (contados a partir del segundo año) hasta un máximo de 15 días hábiles adicionales. Es decir, aquellos trabajadores con 16 o más años de servicio sólo podrán tener un máximo de 30 días hábiles de vacaciones.
  • 6. BONO VACACIONAL Bono Vacacional según los años de servicios (pago) Según el artículo 192 de la LOTTT, Además del pago correspondiente a los días de vacaciones, el patrono deberá cancelar al trabajador un bono especial comúnmente conocido como Bono Vacacional, el cual será equivalente a 15 días de salario normal, más un día adicional por cada año de servicios, hasta un total de treinta días de salario normal. Este bono vacacional tiene carácter salarial. Tabla de días de Bono Vacacional por años de servicios Años de Servicio Días de Bono Vacacional Días Adicionales Total Días de Bono Vacacional 1 15 1 16 2 15 2 17 3 15 3 18 4 15 4 19 5 15 5 20 6 15 6 21 7 15 7 22 8 15 8 23 9 15 9 24 10 15 10 25 11 15 11 26 12 15 12 27 13 15 13 28 14 15 14 29 15 15 15 30
  • 7. UTILIDADES Las utilidades están contempladas en la reforma de la ley (LOTTT) como los Beneficios anuales o utilidades, establecido en el Artículo 131 de la LOTT (Esto se refiere a empresas con fines de lucro. Ver artículo 140 para empresa sin fines de lucro) Artículo 131. Las entidades de trabajo deberán distribuir entre todos sus trabajadores y trabajadoras, por lo menos, el quince por ciento de los beneficios líquidos que hubieren obtenido al fin de su ejercicio anual. A este fin, se entenderá por beneficios líquidos, la suma de los enriquecimientos netos gravables y de los exonerados conforme a la Ley de Impuesto Sobre la Renta. Utilidad a pagar a cada trabajador = Total devengado anual por el trabajador X 15% de Utilidades Empresa declarados en el ISLR Total de Salarios Anuales Determinación del Monto Distribuible (Artículos 131, 133 y 136 de la LOTTT) Comúnmente este cálculo es realizado por la empresa al momento de realizar la declaración del Impuesto Sobre la Renta, en el mes de marzo, por eso muchas empresa grandes (y serias) pagan las llamadas “Liquidas” que son la porción de las utilidades que le corresponde pagar a cada trabajador y que no fueron canceladas en el mes de diciembre en el “adelanto” de Utilidades que puede ser de 1 a 4 meses dependiendo de la política de la compañía. Este adelanto o pago de utilidades exigido por la ley esta establecido en el mismo artículo 131 de la LOTT, ratificados en los artículos 132 y 133, indiferentemente si la empresa presente ganancias o pérdidas en su ejercicio contable.
  • 8. Despido o Renuncia Según la Ley Orgánica del Trabajo vigente el patrono puede terminar la relación laboral por despido justificado o por las causales de despido injustificado, o por voluntad común de las partes o causa ajena a la voluntad de ambas. La terminación de la relación laboral se encuentra tutelada entre los artículos 98 al 111 de la LOT, específicamente el artículo 99 establece que el despido es la "manifestación de voluntad del patrono de poner fin a la relación de trabajo que lo vincula a uno o más trabajadores" y será a) Justificado, cuando el trabajador ha incurrido en una causa prevista por la Ley; y b) Injustificado, cuando se realiza sin que el trabajador haya incurrido en causa que lo justifique. CAUSAS JUSTIFICADAS DE DESPIDO El artículo 102 de la LOTTT establece como causas justificadas de despido los siguientes hechos del trabajador: • Falta de probidad o conducta inmoral en el trabajo; • Vías de hecho, salvo en legítima defensa; • Injuria o falta grave al respeto y consideración debidos al patrono, a sus representantes o a los miembros de su familia que vivan con él; • Hecho intencional o negligencia grave que afecte a la seguridad o higiene del trabajo; • Omisiones o imprudencias que afecten gravemente a la seguridad o higiene del trabajo; • Inasistencia injustificada al trabajo durante tres (3) días hábiles en el período de un (1)mes. • La enfermedad del trabajador se considerará causa justificada de inasistencia al trabajo. El trabajador deberá, siempre que no exista circunstancias que lo impida, notificar al patrono la causa que lo imposibilite para asistir al trabajo; • Perjuicio material causado intencionalmente o con negligencia grave en las máquinas, herramientas y útiles de trabajo, mobiliario de la empresa, materias primas o productos elaborados o en elaboración, plantaciones y otras pertenencias; • Revelación de secretos de manufactura, fabricación o procedimiento; • Falta grave a las obligaciones que impone la relación de trabajo; y • Abandono del trabajo.
  • 9. Despido o Renuncia TABLA DEL PREAVISO SEGÚN EL TIEMPO DE TRABAJO ININTERRUMPIDO: Tiempo de trabajo ininterrumpido Días de preaviso 1 mes 7 días (una semana) 6 meses 15 días (una quincena) 1 año 30 días (un mes) SANCIONES La LOTTT no estipula ningún tipo de sanciones o descuento, en el caso de que el empleado no cumpla con el preaviso. Sin embargo, si un trabajador se marcha sin realizar el preaviso, el empleador podría acogerse a lo establecido en el causal "J" del artículo 79 de la LOTTT que establece el "abandono del trabajo" como causa de despido justificado. Asimismo, si éste acto causara pérdidas o daños a la empresa, el empleado deberá indemnizar a la empresa según lo establecido en artículo 1185 del Código Civil.
  • 10. Diferencia entre el Bono de Fin de Año y las Utilidades BONO DE FIN DE AÑO/ AGUINALDO •Son otorgados a trabajadores del sector público y se asocia también a las organizaciones sin fines de lucro. No es una obligación para los patronos de estas empresas cancelar las utilidades entre los beneficios, pero deberán entregar una bonificación al terminar el año por un total (cómo mínimo) de 15 días de sueldo. •Los s aguinaldos son otorgados, además, por las empresas con las siguientes características: •1. Empresas comerciales cuyo capital invertido no exceda del equivalente a sesenta (60) salarios mínimos mensuales. •2. Empresas industriales cuyo capital invertido no exceda del equivalente a ciento treinta y cinco (135) salarios mínimos mensuales. •3. Empresas agrícolas y pecuarias cuyo capital invertido no exceda del equivalente a doscientos cincuenta (250) salarios mínimos mensuales. UTILIDADES •Se calculan en base al 15% de los beneficios líquidos recibidos, es decir, la utilidad neta antes del Impuesto Sobre La Renta (ISLR), por lo que es necesario que cierre el ejercicio económico para su entrega. •Villavicencio aseguró que “las utilidades le corresponden a las empresas privadas, cuyos patronos están obligados a entregar a sus empleados el 15% de las ganancias obtenidas durante el año”. •Además, existe aquello que se conoce como ‘utilidades fraccionadas’. Cuando un trabajador no ha ejercido su labor durante el año completo, las utilidades serán calculadas de acuerdo al tiempo que el trabajador ha prestado servicio. •Tienen una participación directamente relacionada a la empresa privada que genera riqueza desde el punto de vista material y económico, pudiendo otorgar el 15%, cantidad establecida en el Artículo 131 de la nueva Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras.
  • 11. Cesta Ticket Cestaticket o bono de alimentación es un beneficio alimentario establecido en la ley para trabajadores del sector público y privado, calculado con base a la Unidad Tributaria El valor mensual del Cesta Ticket equivale a 240 unidades tributarias. Cualquier valor menor que sea otorgado por concepto de bono de alimentación podrá ser reclamado de forma retroactiva por el trabajador. Por otra parte, cualquier valor por encima del establecido por ley no se considera como bono de alimentación, sino como salario, y por consiguiente puede producir pasivos laborales. Actualmente el Cesta Ticket tiene un valor fijo. Quienes reciben el beneficio de alimentación Anteriormente la Ley de Alimentación no obligaba al otorgamiento del beneficio de alimentación a empresas con menos de 20 trabajadores. El artículo 14 (ahora derogado) establecía que era otorgado a trabajadores cuyos empleadores tenían "veinte (20) o más trabajadores", aunque dejaba abierta la posibilidad que fuese "concedido, concertada o voluntariamente" por el patrono en estos casos. El 1 de mayo de 2011 entró en vigencia una nueva Ley de Alimentación con la que fue eliminada esta limitación y comenzó a otorgarse el beneficio de forma obligatoria a todos los trabajadores en empresas o instituciones del sector público o privado, indiferentemente del número de trabajadores que tengan. La única condición para el otorgamiento de este beneficio es que el trabajador devengue un salario no mayor a tres salario mínimos.