1. Unidad VI.
Salud e higiene
ocupacional
Presentado por:
Fausto Santos 2002 – 0020
Jovanny Suazo 2015 – 1691
2. Higiene y Seguridad industrial
Es el conjunto de conocimientos científicos y
tecnológicos destinados a localizar, evaluar,
controlar y prevenir las causas de los riesgos en el
trabajo a que están expuestos los trabajadores en el
ejercicio de su actividad laboral.
3. Higiene y Seguridad industrial
Objetivo: Salvaguardar la vida y la
preservación de la salud y la
integridad física de los trabajadores
a través de mecanismos encaminados
a proporcionar buenas condiciones
de trabajo, así como una adecuada
capacitación y adiestramiento en
aspectos inherentes a la prevención
de enfermedades y accidentes
laborales.
4. Comité de seguridad
El comité mixto es una instancia mixta que está compuesto de
representantes del empleador/a y de los trabajadores/as “cuyo
objetivo es impulsar y monitorear el cumplimiento de su
programa de seguridad y salud en el lugar de trabajo”.
5. Base legal del comité de
seguridad (1)
De acuerdo al Art. 62, acápite 8 sobre el derecho al trabajo de la
constitución de la República Dominicana 2010: “Es obligación
de todo empleador garantizar a sus trabajadores condiciones
de seguridad, salubridad, higiene y ambiente de trabajo
adecuados. El Estado adoptará medidas para promover la
creación de instancias integradas por empleadores/as y
trabajadores/as para la consecución de estos fines”.
6. Base legal del comité de
seguridad (2)
Y de acuerdo a la Ley 87-01 que crea el sistema dominicano de
Seguridad Social en el Art. 4, párrafo 4 estipula lo siguiente: “el
trabajador está en el deber de observar todas y cada una de las
recomendaciones orientadas a prevenir accidentes de trabajo
y/o enfermedades profesionales. Además, debe participar y/o
colaborar con los comités de seguridad e higiene en el trabajo
que se organicen en la empresa o institución donde presta sus
servicios”.
7. Formación del
comité de seguridad
De acuerdo al Reglamento No. 522-06: “TODAS las empresas de
TODAS las ramas de actividad de 15 o más trabajadores,
formarán un Comité Mixto de Seguridad y Salud en el Trabajo y
aquellas que tengan un número menor tendrán un Coordinador
de Seguridad y Salud con funciones similares a las del Comité
Mixto”.
8.
9. Funcionamiento del
comité de seguridad
Se forma el comité para la gestión preventiva de la seguridad y salud
de los trabajadores y trabajadoras, para mantener el proceso
productivo y para garantizar la continuidad de las operaciones y
procesos de la empresa.
El CMSST es un espacio de participación donde los trabajadores y
empleadores comparten una misión: seguridad y salud en el trabajo y
continuidad de la empresa.
10. Requisitos para ser miembro
del comité de seguridad
“El requisito fundamental para ser miembro del comité es ser
miembro del personal que labora en la empresa y haber sido
designado por el sindicato de trabajadores, o en su defecto,
escogido por los trabajadores de la empresa. Los representantes
de los empleados serán designados por la administración de la
empresa”.
11. Estructura del comité de
seguridad (1)
De acuerdo al Reglamento No. 522 – 06: “el número de personas
que integran el comité dependerá de las dimensiones del lugar
de trabajo y de los distintos lugares donde se realizan las tareas
laborales”. El Art. 6.2.1 establece que es indispensable que se
cuente con un técnico de prevención de riesgos laborales que le
asesore.
12. Estructura del comité de
seguridad (2)
El Comité Mixto de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene la
siguiente estructura:
Presidente: Puede ser gerente de la empresa o su
representante.
Secretario: Designado por los trabajadores y tiene voz y voto.
Vocales: Uno designado por la empresa y otro por los
trabajadores.
Vocales suplentes: Son componentes del comité mixto que
actuarán en suplencia ausencia, impedimento temporal de uno
de los vocales y que no estuviesen ocupando un cargo directo.
13. El asesor del comité de
seguridad (1)
Perfil y competencias:
El asesor del CMSS es una combinación de: asesor, mentor y
entrenador.
Como asesor debe ser el experto que va a efectuar un
diagnóstico (mirada desde fuera) de la SST y establecer
recomendaciones.
Como mentor (está dentro del sistema) apoyar en la
implementación de las recomendaciones.
14. El asesor del comité de
seguridad (2)
Perfil y competencias:
Como entrenador combina la visión global, el liderazgo para
producir cambios, analiza las tácticas y apoya con nuevas
estrategias, en un contexto o sistema integral, coherente y
continuo.
Cada acción del entrenamiento está enfocada en el desarrollo
de las competencias de los miembros del CMSST. Además apoya
en la medición del desempeño del sistema de gestión de la SST.
15. Funciones del asesor
del comité de seguridad (1)
Impulsar y monitorear el programa de SST en el lugar
de trabajo.
Apoyar al CMSST en su planificación.
En la formación de los miembros y garantizar que sean un
solo equipo, en el que prime un solo interés: permear el
sistema para que cada
uno de los componentes haga el trabajo de forma segura y
saludable.
A desarrollar las actividades de formación e información de
carácter general y a todos
los niveles de acuerdo a las necesidades detectadas.
16. Funciones del asesor
del comité de seguridad (2)
Apoyar al comité:
En la coordinación de la acción preventiva entre contratistas
y subcontratistas.
En la formulación de presupuestos
para la actividad preventiva.
En la evaluación del sistema y la
realización de las evaluaciones de riesgos a todos los
niveles.
En el desarrollo de las medidas correctivas y en el desarrollo
de los informes para la
rendición de cuentas a trabajadores y al MT.
17. Funciones y deberes del comité de
seguridad según el Reglamento 522-06 (1)
Fomentar la seguridad y salud en el lugar de trabajo.
Participar en la supervisión de las condiciones del lugar de trabajo,
en las inspecciones oficiales de las plantas, en las investigaciones de
accidentes y en los programas de atención a la salud de los
trabajadores.
Promover e impartir la formación en materia de seguridad y salud
en el trabajo.
Facilitar los acuerdos que permitan y garanticen el establecimiento
y promoción de la política de seguridad y salud en lugar de trabajo.
Informar al empleador de todas la situaciones de peligro existentes
en el lugar de trabajo que puedan afectar la seguridad y salud de los
trabajadores.
18. Funciones y deberes del comité de
seguridad según el Reglamento 522-06 (2)
Responder y resolver con prontitud los reclamos de los trabajadores en
materia de seguridad y salud en el trabajo.
Participar en la planificación de todas las propuestas relacionadas con
las condiciones laborales que influyan en la seguridad y salud de los
trabajadores.
Informar acerca de las medidas planificadas o puestas en práctica en el
lugar de trabajo orientadas a la preservación y fomento de la salud y
seguridad en el trabajo.
Motivar a los trabajadores con relación a la importancia de una
efectiva seguridad y salud en el trabajo.
Colaborar en la organización e implementación de los programas de
entrenamiento sobre seguridad y salud en el trabajo.
20. Ergonomía
Es el estudio del trabajo en relación con el entorno en que se
lleva a cabo (el lugar de trabajo) y con quienes lo realizan (los
trabajadores). Se utiliza para determinar cómo diseñar o
adaptar el lugar de trabajo al trabajador a fin de evitar
distintos problemas de salud y de aumentar la eficiencia. En
otras palabras, para hacer que el trabajo se adapte al
trabajador en lugar de obligar al trabajador a adaptarse a él.
21. Principios básicos
de la ergonomía (1)
Para labores minuciosas que exigen inspeccionar de cerca los
materiales, el banco de trabajo debe estar más bajo que si se
trata de realizar una labor pesada.
Para las tareas de ensamblaje, el material debe estar situado
en una posición tal que los músculos más fuertes del
trabajador realicen la mayor parte de la labor.
Hay que modificar o sustituir las herramientas manuales que
provocan incomodidad o lesiones.
Ninguna tarea debe exigir de los trabajadores que adopten
posturas forzadas, como tener todo el tiempo extendidos los
brazos o estar encorvados durante mucho tiempo.
22. Principios básicos
de la ergonomía (2)
Hay que enseñar a los trabajadores las técnicas adecuadas para
levantar pesos.
Se debe disminuir al mínimo posible el trabajo de pie, pues a
menudo es menos cansador hacer una tarea estando sentado
que de pie.
Se deben rotar las tareas para disminuir todo lo posible el
tiempo que un trabajador dedica a efectuar una tarea
sumamente repetitiva.
Hay que colocar a los trabajadores y el equipo de manera tal
que los trabajadores puedan desempeñar sus tareas teniendo
los antebrazos pegados al cuerpo y con las muñecas rectas.
23. Factores de riesgos
ergonómicos
Fuerza: Cantidad de esfuerzo necesario para llevar a cabo una tarea.
Repetición: Número de veces que se debe realizar una tarea.
Posiciones complejas: Cuando una parte del cuerpo está fuera de su
posición neutral.
Posiciones estáticas: Cuando una posición específica se mantiene durante
una cantidad prolongada de tiempo.
Vibración: Cuando una parte del cuerpo entra en contacto con una
herramienta o superficie vibratoria.
Esfuerzos por contacto: Contacto entre tejidos sensibles del cuerpo y objetos
duros.
Temperaturas frías: Exposición a ambientes adversos como temperaturas
excesivamente calientes o frías, contaminantes del aire, ruido y otros.