SIMON EL MAGO por Pr. Luis Polo de "Verdades de la Biblia"
Kervinbarco
1. Introduccion
El proceso de trabajo se basa en conocer los derechos de trabajadores(a) que
se encuentren en su ejecucion de trabajo
El presente trabajo tiene como finalidad informar a las aplicaciones que se
hacen en una empresa y tener presente todas las normativas que se tienen que
realizar
El trabajo se dividirá en tres partes. En la primera se presentara los derechos
y deberes que se pueden conocer todo relacionado con los empleadores como
se conforma un comité funciones y atribuciones.
Finalmente la tercera parte se reserva para las conclusiones que se llego luego
de un análisis de la información obtenida.
2. Lopcymat
Ley organica de prevencion, condicion y medio ambiente de trabajo. Que es la ley
que regula en la republica bolivariana de venezuela, entre otras cosas los derechos
y deberes de los trabajadores y empleados en relacion con la seguridad,salud y
ambiente de trabajo.
Derechos y debere
Derechos y deberes de los trabajadores y trabajadoras:
Art. 53
Tiene derechos a ejercicios en ambientes laborales adecuados, salubres y seguro que
propicien entonces el buen desarrollo de sus ejercicios fisicos y mentales.
El trabajador y trabajadora tiene derecho a :
Suministro de imformacion previa de manera periodica, teoricas y practicas relevantes
a su trabajo.
Mejorar las condiciones o ambiente para prevenir accidentes o estado solubres.
No debe ser sujeto a relizar actividades peligrosas, o insalubres asi como rehusarse a
trabajar por causa razonables sea peligrosa.
Inspeccion acompañada por el personal.
Expresar libremente sus ideas u opiniones.
Deberes del trabajador o trabajadora
Art. 54
Ejercer las actividades correspondientes a su contrato laboral regidas por sus
respectivas normas y leyes en ambiente de segurida y salubridad para el vienestar
comun.
El trabajador (a) debe ser buen uso adecuado dy mantener en buen estado los
sistemas de control, asi como el de denunciarlos a los supervisores respentivos de
condiciones donde afecten la seguridad y salud de la comunidad laboral.
Usar y mantener responsablemente los equipos de proteccion personal.
Participar activamente en las elecciones de los comited de seguridad y salud laboral.
3. Abstenerse de incurrir a conductas inapropiadas que puedan hacer incumplir las
normas de seguridad y salubridad.
Los empeadores (A) Tienen derecho a:
Art. 55
Exigir de sus trabajadores y trabajadoras el cumplimiento de las normas de higiene,
seguridad y ergonomía, y de las políticas de prevención y participar en los programas
para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social que mejoren
su calidad de vida, salud y productividad
Participar activamente en los Comités de Seguridad y Salud Laboral
Participar de manera individual o colectiva en las actividades tendentes a mejorar la
calidad de la prestación de los servicios del Régimen Prestacional de Seguridad y Salud
en el Trabajo
Recibir información y capacitación en materia de salud, higiene, seguridad, bienestar en
el trabajo, recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social, por parte
de los organismos competentes
Exigir a los trabajadores y trabajadoras el uso adecuado y mantener en buenas
condiciones de funcionamiento los sistemas de control de las condiciones inseguras de
trabajo instalados en la empresa o puesto de trabajo
Exigir a los trabajadores y trabajadoras el uso adecuado y de forma correcta, y mantener
en buenas condiciones los equipos de protección personal suministrados para preservar
la salud
Exigir a los trabajadores y trabajadoras hacer buen uso y cuidar las instalaciones de
saneamiento básico, así como también las instalaciones y comodidades para la
recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, consumo de alimentos,
actividades culturales, deportivas y en general, de todas las instalaciones del centro de
trabajo
Exigir a los trabajadores y trabajadoras el respeto y acatamiento de los avisos, las
carteleras y advertencias que se fijaren en los diversos sitios, instalaciones y
maquinarias de su centro de trabajo, en materia de salud, higiene y seguridad
4. Deberes de los empleadores(a)
Art.56
Organizar el trabajo de conformidad con los avances tecnológicos que permitan su
ejecución en condiciones adecuadas a la capacidad física y mental de los
trabajadores y trabajadoras, a sus hábitos y creencias culturales y a su dignidad
como personas humanas.
Consultar a los trabajadores y trabajadoras y a sus organizaciones, y al Comité de
Seguridad y Salud Laboral, antes de que se ejecuten, las medidas que prevean
cambios en la organización del trabajo que puedan afectar a un grupo o la totalidad
de los trabajadores y trabajadoras o decisiones importantes de seguridad e higiene
y medio ambiente de trabajo
Informar por escrito a los trabajadores y trabajadoras de los principios de la
prevención de las condiciones inseguras o insalubres, tanto al ingresar al trabajo
como al producirse un cambio en el proceso laboral o una modificación del puesto
de trabajo e instruirlos y capacitarlos respecto a la promoción de la salud y la
seguridad, la prevención de accidentes y enfermedades profesionales así como
también en lo que se refiere a uso de dispositivos personales de seguridad y
protección
Informar por escrito a los trabajadores y trabajadoras y al Comité de Seguridad y
Salud Laboral de las condiciones inseguras a las que están expuestos los primeros,
por la acción de agentes físicos, químicos, biológicos, meteorológicos o a
condiciones disergonómicas o psicosociales que puedan causar daño a la salud, de
acuerdo a los criterios establecidos por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y
Seguridad Laborales
Comité de seguridad y salud laboral
En toda organización debe existir un comited de segurida y salud laboral.
Esta constituido por los delegados de de prvencion y reprecentante del patrono.
Los representante del patrono dben ser elegido por el mismo y este emite el
comunicado a la impectoria del trabajo indicando quienes son sus representantes.
Sus atributos:
5. Fomentar, vigilar y supervisar la seguridad y salud en el trabajo.
Aprovar el proyecto de seguridad y salud en el trabajo y vigilar por su
cumplimiento.
Denunciar condiciones inseguras y proponer medidad preventivas y correctivas.
Constitucion del comited:
Planilla para el regimen del comité
Carta de designacion de los representantes del patrono
Carta de aceptacion de los representantes del patrono
Carta suscrita por los integrantes del comited, se consigan los documentos:
NIL,
Registro mercntil
Carta de designacion
Carta de aceptacion
La responsabilidad de la constitución del Comité de Seguridad y Salud
Laboral recae sobre:
Los Delegados o Delegadas de Prevención, las organizaciones sindicales de
trabajadores y los trabajadores y trabajadoras en general.
Los empleadores o empleadoras, quienes deben participar activamente en su
constitución y funcionamiento.
El instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales por medio de sus
funcionarios o funcionarias, y los inspectores o inspectoras y supervisores y
supervisoras del trabajo, quienes podrán convocar a las partes a realizar las
actuaciones necesarias para su constitución.
Funciones del comité:
El Comité de Seguridad y Salud es el ór gano paritario y colegiado de participación
destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en
materia de prevención de riesgos.
Se constituirá un Comité de Seguridad y Salud en todas las empresas o centros de
trabajo que cuenten con 50 o más trabajadores.
El Comité estará formado por los Delega dos de Prevención, de una parte, y por el
6. empresario y/o sus representantes en número igual al de los Delegados de
Prevención, de la otra.
Nueva redacción dada por la
Ley 54/2003
:
Participar en la elaboración, puesta en práctica y evaluación de los planes y
programas de prevención de riesgos en la empresa. A tal efecto, en su seno se
debatirán, antes de su puesta en práctica y en lo referente a su incidencia en la
prevención de riesgos, los proyectos en
materia de planificación, organización del trabajo e introducción de nuevas tecnol
ogías, organización y desarrollo de las
actividades de protección y prevención a que se refiere el
artículo 16 de esta ley y proyecto y organización de la formación en materia
preventiva.
Promover iniciativas sobre métodos y pro cedimientos para la efectiva prevención
de los riesgos, proponiendo a la empres a la mejora de las condiciones o la
corrección de las deficiencias existentes.
Atribuciones de los delegados
Las atribuciones de estos delegados están establecidas, de manera enunciativa, en
el artículo 42 de la Lopcymat:
Constituir conjuntamente, con los representantes de los empleadores o
empleadoras, el Comité de Seguridad y Salud Laboral.
Recibir las denuncias relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo y a
los programas e instalaciones para la recreación, utilización del tiempo libre y
descanso que formulen los trabajadores y trabajadoras con el objeto de tramitarlas
ante el Comité de Seguridad y Salud Laboral para su solución.
Participar conjuntamente con el empleador o empleadora y sus representantes en
la mejora de la acción preventiva y de promoción de la salud y seguridad en el
trabajo.
Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores y trabajadoras en la
ejecución de la normativa sobre condiciones y medio ambiente de trabajo.
Coordinar con las organizaciones sindicales, las acciones de defensa, promoción,
control y vigilancia de la seguridad y salud en el trabajo.
7. Elecciones de delegados
Para iniciar la elección de delegados o delegadas se sugiere que posteriormente (o
incluso antes) a la entrega del Anexo 1, elegir una comisión electoral que se
encargue de organizar y dirigir el proceso de elecciones, para ello debe usarse el
Anexo 6.
Se recomienda que los miembros de la comisión electoral no sean ni candidatos a
delegados, ni personal de confianza de la empresa, ni directivos de la misma.
La comisión electoral estará conformada por un(a) secretario(a) y un(a)
presidente(a).
La postulación podrá realizarse mediante el llenado del Anexo 5.
Pueden postularse todos los trabajadores que así lo deseen, fijos o contratados, con
excepción de los empleados de dirección y trabajadores de confianza.
Deberán elaborarse Boletas de Votación (Anexo 4) donde se indique como mínimo,
la foto, el nombre y apellido de los candidatos a ser electos como delegados o
delegadas de prevención.
8. Conclusion
Los articulos son muy importante dentro de una empresa y sus conocimienntos
ayuda a defenderla.
Todos son elementales para no encontrar malos resultados sabiendo cada uno de
ellos, aprovechando todos estos articulos conformando un comité y con sus
respectivos delegados aplicando las funciones y luego elecciones para estar bien
organizados y teniendo un seguimiento de todas estas.