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UNIVERSIDAD NACIONAL DE
        COLOMBIA




 FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
PROGRAMA DE EDUCACION CONTINUADA
VIGILANCIA Y CONTROL
DEL SISTEMA GENERAL
DE SEGURIDAD SOCIAL
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL

OBJETO:
Garantizar los derechos
irrenunciables    de     la
persona y la comunidad
para obtener la calidad de
vida acorde a la dignidad
humana, mediante la
protección      de      las
contingencias    que     la
afecten
(Art. 1)
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL

OBJETIVO:
Regular el Servicio
Público esencial de
salud      y      crear
condiciones de acceso
en toda la población al
servicio en todos los
niveles de atención.
(Art. 152)
PRINCIPIOS GENERALES (I)
            • EFICIENCIA: Mejor uso
              de Recursos financieros,
              administrativos y técnicos
              disponibles.
            • UNIVERSALIDAD: No
              discriminación de las
              personas.
            • SOLIDARIDAD: Mutua
              Ayuda entre las personas.
            • INTEGRALIDAD: Total
              cobertura      de       las
              contingencias que afectan
              la salud.
PRINCIPIOS GENERALES (II)

• UNIDAD: Articulación
  de políticas, instituciones,
  regímenes,
  procedimientos             y
  prestaciones.
• PARTICIPACION:
  Intervención       de     la
  Comunidad         en      la
  Organización,       Control,
  Gestión y Fiscalización
  del Sistema.
  (Art. 2).
FUNDAMENTOS DEL SERVICIO
       PUBLICO EN SALUD
• EQUIDAD: Igual calidad del
  servicio para todas las
  personas.
• OBLIGATOREIDAD:            La
  Afiliación es responsabilidad
  del Empleador y del Estado.
• PROTECCION
  INTEGRAL: El Sistema
  brindará protección integral
  en Salud a la población.
• LIBRE ESCOGENCIA: Los
  usuarios son libres para
  decidir sus IPS y EPS.
FUNDAMENTOS DEL SERVICIO
    PUBLICO EN SALUD
           •  AUTONOMIA                     DE
              INSTITUCIONES: De acuerdo al
              tamaño, las IPS tendrán personería
              jurídica, autonomía administrativa
              y patrimonio independiente.
           • DESCENTRALIZACION
              ADMINISTRATIVA
           • PARTICIPACION SOCIAL
           • PARTICIPACION
              CIUDADANA
           • CONCENTRACION
           • CALIDAD
           (Art. 153)
AFILIADOS AL SISTEMA
           Todo            colombiano
           participará en el servicio
           público esencial de salud
           que permite el Sistema
           General de Seguridad
           Social en Salud. Uno los
           harán en su condición de
           afiliados    al    régimen
           contributivo o subsidiado
           y otros lo harán en forma
           temporal              como
           participantes vinculados
AFILIADOS AL SISTEMA
• Afiliados al Sistema de • Personas Vinculadas al
  Seguridad Social          Sistema
   – Mediante       Régimen     Personas         que      por
     Contributivo: Personas     incapacidad de pago y
     con capacidad de pago      mientras       logran     ser
   – Mediante       Régimen     beneficiarios del régimen
     Subsidiado:          Sin   subsidiado tendrán derecho
     capacidad de pago para     a los servicios de salud.
     cubrir el monto total de   (Art. 157)
     la cotización. Población
     más pobre y vulnerable
     del país en áreas urbana
     y rural.
GARANTIAS DE LOS AFILIADOS

• Servicios      del     Plan
  Obligatorio de Salud.
• Atención en todo el país.
• Libre     escogencia       y
  traslado entre EPS e IPS.
• Participación      de    las
  entidades          rectoras,
  promotoras y prestadoras.
  (Art. 159)
COBERTURA DEL SISTEMA DE SALUD EN
            COLOMBIA
         AFILIADOS AL SISTEMA SOCIAL DE SALUD
                       (Datos Estimados en Personas)
             ENTIDADES                                 AFILIADOS

             19 Entidades Promotoras de Salud (EPS)    3,571,852
Sistema      Privadas
Contributivo 11 Entidades Promotoras de Salud (EPS)     387,857
             Públicas
             Seguro Social                             8,197,510
             Caprecom                                   221,854
             Cajanal                                    476,986

             16 Administradoras de; Régimen            3,652,946
             Subsidiado (ARS)
Sistema
             27 Cajas de Compensación Familiar         1,583,359
Subsidiado
             159 Entidades Solidarias de Salud         2,792,696
             TOTAL SISTEMA SOCIAL DE SALUD             20,885,060
BENEFICIOS DEL SISTEMA
Plan Obligatorio de
Salud
Este plan permitirá la
protección integral de las
familias a la maternidad y
enfermedad en general, en
las fases de promoción y
fomento de la salud y la
prevención, diagnóstico,
tratamiento              y
rehabilitación para todas
las patologías.
(Art. 162)
BENEFICIOS DEL SISTEMA

COBERTURA FAMILIAR
• Cónyuge o compañero (a)
  permanente del afiliado.
• Hijos menores de 18 años que
  hagan parte del núcleo familiar
  y dependan económicamente de
  este.
• Hijos mayores de 18 años que
  tengan incapacidad permanente.
• Hijos menores de 25 años que
  sean estudiantes con dedicación
  exclusiva.
  (Art. 163)
OTROS BENEFICIOS DEL
      SISTEMA
          • Preexistencias
          • Atención Básica
          • Atención          Materno
            Infantil
          • Riesgos Catastróficos y
            Accidentes de Tránsito
          • Atención     Inicial   de
            Urgencias
          • Planes Complementarios
DIRECCION DEL SISTEMA




El Sistema está bajo la orientación, regulación,
supervisión y control del Gobierno Nacional y del
Ministerio de Salud y atenderá las políticas, planes,
programas y prioridades del gobierno en la lucha
contra las enfermedades y el mantenimiento de la
salud
(Art. 170)
DIRECCION DEL SISTEMA
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL
EN SALUD (I)
Es un organismo creado para dirigir el Sistema General de
Seguridad Social, de forma permanente. Se conforma por:
– El Ministro de Salud quien lo preside.
– El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, o su delegado.
– El Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su delegado.
– Sendos representantes de las Entidades departamentales y
  municipales de salud.
– Dos (2) representantes de los empleadores, uno de los cuales
  representa la pequeña y mediana empresa y otras formas
  asociativas.
DIRECCION DEL SISTEMA

CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL
EN SALUD (II)
– Dos (2) representantes por los trabajadores, uno de los cuales
  representa a los pensionados.
– El representante legal del Instituto de Seguros Sociales.
– Un (1) representante por las Entidades Promotoras de Salud
  diferente del ISS.
– Un (1) representante de los profesionales del área de la salud, de la
  asociación mayoritaria.
– Un (1) representante de las asociaciones de usuarios de servicios
  de salud del sector rural.
DIRECCION DEL SISTEMA
    FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE
    SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (I)
•   Definir el Plan Obligatorio de Salud para los afiliados.
•   Definir el Monto de la cotización de los Afiliados al
    Sistema.
•   Definir el valor de la Unidad de Pago por capitación UPC
•   Definir el valor por beneficiario del régimen de subsidios
    de salud.
•   Definir los medicamentos esenciales y genéricos que harán
    parte del Plan Obligatorio de Salud.
•   Definir los criterios generales de selección de los
    beneficiarios del régimen subsidiado de salud por parte de
    las entidades territoriales.
DIRECCION DEL SISTEMA
    FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE
    SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (II)
•   Definir el régimen de pagos compartidos.
•   Definir el régimen que deben aplicar las EPS para el
    reconocimiento y pago de las incapacidades.
•   Definir las medidas necesarias para evitar la selección
    adversa de usuarios por parte de las EPS.
•   Recomendar el régimen y los criterios que debe adoptar el
    Gobierno Nacional para establecer procedimientos de
    cobro y pago y las tarifas de los servicios prestados.
•   Reglamentar los Consejos Territoriales de Seguridad
    Social en Salud.
DIRECCION DEL SISTEMA
    FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE
    SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (III)
•   Ejercer las Funciones de Consejo de Administración del
    Fondo de Solidaridad y Garantía.
•   Presentar ante las Comisiones séptimas de Senado y
    Cámara un informe anual sobre evolución del Sistema
    General de Seguridad Social en Salud.
•   Adoptar su propio reglamento.
•   Las demás que le sean asignadas por ley o que sean
    necesarias para el adecuado funcionamiento del Consejo.
    (Art. 172)
ORGANIZACION DEL SISTEMA




ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD
Son aquellas entidades responsables de la afiliación y el
registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones,
por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía. Su
función básica será organizar y garantizar la prestación del
Plan Obligatorio de Salud a sus afiliados
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA

    FUNCIONES DE LAS ENTIDADES PROMOTORAS
    DE SALUD (I)
•   Ser delegatarias del Fondo de Solidaridad y Garantía para
    la captación de los aportes de los afiliados al Sistema.
•   Promover la afiliación de grupos de población no cubiertos
    actualmente por la Seguridad Social.
•   Organizar la forma y mecanismos a través de los cuales los
    afiliados y sus familias puedan acceder a los servicios de
    salud en todo el territorio nacional.
•   Definir procedimientos para garantizar el libre acceso de
    los afiliados y sus familias, a las Instituciones Prestadoras.
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA

  FUNCIONES DE LAS ENTIDADES PROMOTORAS
  DE SALUD (II)
• Remitir al Fondo de Solidaridad y Compensación la
  información relativa a la afiliación del trabajador y su
  familia.
• Establecer procedimientos para controlar la atención
  integral, eficiente, oportuna y de calidad en los servicios
  prestados.
• Las demás que determine el Consejo Nacional de
  Seguridad Social en Salud.
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA




INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
Son las entidades médicas o paramédicas a través de las cuales se
presta el Plan Obligatorio de Salud a los afiliados.
Pueden ser de naturaleza privada, pública, mixta o pertenecer al sector
solidario de la economía.
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA

    FUNCIONES            DE      LAS      INSTITUCIONES
    PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
•   Prestar servicios en su nivel de atención correspondiente
    a los afiliados y beneficiarios.
•   Deben laborar con calidad y eficiencia.
•   Tendrán autonomía administrativa, técnica y financiera.
•   Deben cumplir con las normas y requisitos expedidos
    por el Ministerio de Salud.
    (Art. 185)
FINANCIACION DEL SISTEMA

REGIMEN CONTRIBUTIVO
El     régimen     contributivo   se     financia
exclusivamente por medio de cotizaciones. La tasa
de cotización es del 12%. (8% para el empleador,
4% para el empleado, 12% para los independientes
y pensionados). De la cual:
– Un punto se va al sistema subsidiado
– 0.5 puntos son para promoción y prevención
– 10.5 puntos son para el propio sistema contributivo
FINANCIACION DEL SISTEMA

REGIMEN SUBSIDIADO
El sistema subsidiado se financia con varias
fuentes, a saber:
– 45% proviene de un porcentaje de la nómina del país.
– 33% Corresponde a I.C.N. (Ingresos Corrientes de la
  Nación).
– 10% Está formado por el situado fiscal.
  (Departamentos)
– 9%. Esfuerzos propios. (Municipios).
– 3%. Cajas de Compensación Familiar.
VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA

 INFORMACION
 REQUERIDA
 Las EPS, cualquiera sea
 su naturaleza, deberán
 establecer sistemas de
 costos (discriminando la
 cuantía      subsidiada),
 facturación            y
 publicidad.
 (Art. 225)
VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA

 INFORMACION PARA LA VIGILANCIA DEL
 RECAUDO
 La afiliación al Sistema General de Seguridad Social en
 Salud podrá hacerse en forma independiente a la afiliación
 del régimen general de pensiones.
 La Superintendencia Nacional de Salud podrá solicitar a
 las entidades rectoras del régimen general de pensiones la
 información que permita determinar la evasión y elusión
 de los aportes por parte de los afiliados al Sistema General
 de Seguridad Social en Salud.
 (Art. 226)
VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA

               CONTROL Y EVALUACION DE
               LA CALIDAD DEL SERVICIO
               EN SALUD
               Es facultad del Gobierno Nacional
               expedir las normas relativas a la
               organización      de     un    sistema
               obligatorio de garantía de calidad de
               la atención en salud, incluyendo la
               auditoría médica, de obligatorio
               desarrollo     en     las    Entidades
               Promotoras de Salud, con el objeto de
               garantizar la adecuada calidad en la
               prestación de los servicios.
VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA
 REVISORIA FISCAL
 Las Entidades Promotoras de Salud, cualquiera sea su
 naturaleza, deberán tener un Revisor Fiscal designado por
 la Asamblea General de Accionistas, o por el órgano
 competente. Este será posesionado por el Superintendente
 Nacional de Salud. (Art. 228)
VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA




 CONTROL FISCAL
 El Control Fiscal de las entidades de que habla la Ley, se
 hará por las respectivas Contralorías para las que tenga
 carácter oficial y, por los controles estatutarios para las
 que tenga un carácter privado.
 (Art. 229)
VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA

 REGIMEN
 SANCIONATORIO
 La        Superintendencia
 Nacional de Salud, previa
 solicitud de explicaciones,
 podrá imponer, en caso de
 violación, multas hasta de
 1.000 salarios mínimos
 legales          mensuales
 vigentes a favor del Fondo
 de Solidaridad y Garantía.
VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA
               CAUSAS DE REVOCACION
               DEL   CERTIFICADO DE
               AUTORIZACION
                – Petición de la Entidad Promotora de
                   Salud.
                – Incumplimiento       de      requisitos
                   establecidos.
                – Cuando no haya iniciado su
                   actividad en un plazo de tres meses.
                – Cuando ejecute prácticas de
                   selección adversa.
                – Cuando se compruebe que no se
                   presta efectivamente los servicios
                   del Plan Obligatorio de Salud.
                (Art. 230)
VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA

 VEEDURIAS
 COMUNITARIAS
 Surgen      para     garantizar
 cobertura,     eficiencia     y
 calidad de servicios, la
 prestación     de     servicios
 mediante el régimen de
 subsidios en Salud son
 objeto de control por parte
 de        las        veedurías
 comunitarias,          elegidas
 popularmente.
 (Art. 231)
INSTITUTO DE MEDICAMENTOS Y
         ALIMENTOS
• Creación      del       INVIMA,      como
  establecimiento público del orden nacional,
  adscrito al Ministerio de Salud, con
  personería        jurídica,     patrimonio
  independiente y autonomía administrativa.
• FUNCION: Vigilancia Sanitaria y Control
  de Calidad
  (Art. 245).
PROGRAMAS EN EL AREA DE SALUD
POR INSTITUCIONES DE EDUCACION
           SUPERIOR




Las Instituciones de Educación Superior deberán
contar con un Centro de Salud propio o formalizar
convenios docente-asistenciales (presentados al
Ministerio de Salud)
(Art. 247)
SISTEMA DE GARANTIA DE
       CALIDAD
            Es el Conjunto de
            acciones y procesos
            regulados con que
            cuenta el Estado para
            la         evaluación,
            seguimiento y control
            para obtener la calidad
            de la atención en
            salud.
COMPONENTES GENERALES DEL
      SISTEMA DE GARANTIA DE
         CALIDAD EN SALUD
•   Subsistema de Información
•   Tecnología Biomédica
•   Control de Gestión
•   Idoneidad del Recurso Humano
•   Calidad de Otros Insumos
•   Licenciamiento
•   Acreditación
•   Participación del Usuario
COMPONENTES ESPECIFICOS
    PARA EL SISTEMA EN LAS EPS
•   Subsistema de Información.
•   Coordinación del Sistema
•   Auditoría Médica
•   Control de Gestión
•   Red de Servicios
•   Evaluación de Satisfacción de Usuarios
•   Incentivos para un mejor servicio.
COMPONENTES ESPECIFICOS
    MINIMOS PARA EL SISTEMA EN
             LAS IPS
•   Subsistema de Información
•   Coordinación del Sistema
•   Auditoría Médica
•   Comités Técnico-Científicos
•   Mantenimiento Hospitalario
•   Control de Gestión
•   Satisfacción de Usuarios
•   Control de Insumos
•   Plan de Desarrollo Institucional
AUDITORIA MEDICA
• AUDITORIA MEDICA
  Evaluación sistemática de la Atención en Salud
    principalmente en su proceso y resultado.
• PRINCIPIOS DE LA AUDITORIA MEDICA
  –   Objetividad
  –   Documentación
  –   Planeación
  –   Publicidad
  –   Continuidad
  –   Autonomía de la prestación de Servicios de Salud
MODALIDADES DE LA AUDITORIA
         MEDICA
• Funcionario Auditor
  – Auditor Principal
• Consejo Médico Auditor
  – Auditoría Médica
• Comités Ad-Hoc de auditoría
  – Comités Temporales
• Auditoría Médica Externa
DICTAMEN DE AUDITORIA
              MEDICA
•   Destinatario
•   Descripción del Problema
•   Metodología Adoptada
•   Análisis de la Información
•   Concepto
•   Recomendaciones
•   Lugar y Fecha de emisión
•   Firma del Auditor (es)
GUIAS DE ATENCION INTEGRAL

Todas las IPS deben
contar con Guías de
Atención Integral, al
menos para cada una
de las cinco primeras
causas de morbilidad y
de mortalidad de la
Institución.
VISITAS DE INSPECCION E
INSTRUCCIÓN DE LOS PROCESOS
       INVESTIGATIVOS

Las         Direcciones
Seccionales,
Distritales            y
Municipales,      deben
ejercer inspección y
vigilancia     de     la
aplicación     de    las
disposiciones.
COMITÉ TECNICO-CIENTIFICO




• Función
  Análisis y expedición de un dictamen de auditoría
  médica, en los casos que exista inconformidad por
  parte del usuario.
• Este comité es convocado por la dirección
  Seccional de Salud.
Sistema general de seguridad  martha

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  • 1. UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS PROGRAMA DE EDUCACION CONTINUADA
  • 2. VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
  • 3. SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL OBJETO: Garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde a la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afecten (Art. 1)
  • 4. SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL OBJETIVO: Regular el Servicio Público esencial de salud y crear condiciones de acceso en toda la población al servicio en todos los niveles de atención. (Art. 152)
  • 5. PRINCIPIOS GENERALES (I) • EFICIENCIA: Mejor uso de Recursos financieros, administrativos y técnicos disponibles. • UNIVERSALIDAD: No discriminación de las personas. • SOLIDARIDAD: Mutua Ayuda entre las personas. • INTEGRALIDAD: Total cobertura de las contingencias que afectan la salud.
  • 6. PRINCIPIOS GENERALES (II) • UNIDAD: Articulación de políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones. • PARTICIPACION: Intervención de la Comunidad en la Organización, Control, Gestión y Fiscalización del Sistema. (Art. 2).
  • 7. FUNDAMENTOS DEL SERVICIO PUBLICO EN SALUD • EQUIDAD: Igual calidad del servicio para todas las personas. • OBLIGATOREIDAD: La Afiliación es responsabilidad del Empleador y del Estado. • PROTECCION INTEGRAL: El Sistema brindará protección integral en Salud a la población. • LIBRE ESCOGENCIA: Los usuarios son libres para decidir sus IPS y EPS.
  • 8. FUNDAMENTOS DEL SERVICIO PUBLICO EN SALUD • AUTONOMIA DE INSTITUCIONES: De acuerdo al tamaño, las IPS tendrán personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente. • DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA • PARTICIPACION SOCIAL • PARTICIPACION CIUDADANA • CONCENTRACION • CALIDAD (Art. 153)
  • 9. AFILIADOS AL SISTEMA Todo colombiano participará en el servicio público esencial de salud que permite el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Uno los harán en su condición de afiliados al régimen contributivo o subsidiado y otros lo harán en forma temporal como participantes vinculados
  • 10. AFILIADOS AL SISTEMA • Afiliados al Sistema de • Personas Vinculadas al Seguridad Social Sistema – Mediante Régimen Personas que por Contributivo: Personas incapacidad de pago y con capacidad de pago mientras logran ser – Mediante Régimen beneficiarios del régimen Subsidiado: Sin subsidiado tendrán derecho capacidad de pago para a los servicios de salud. cubrir el monto total de (Art. 157) la cotización. Población más pobre y vulnerable del país en áreas urbana y rural.
  • 11. GARANTIAS DE LOS AFILIADOS • Servicios del Plan Obligatorio de Salud. • Atención en todo el país. • Libre escogencia y traslado entre EPS e IPS. • Participación de las entidades rectoras, promotoras y prestadoras. (Art. 159)
  • 12. COBERTURA DEL SISTEMA DE SALUD EN COLOMBIA AFILIADOS AL SISTEMA SOCIAL DE SALUD (Datos Estimados en Personas) ENTIDADES AFILIADOS 19 Entidades Promotoras de Salud (EPS) 3,571,852 Sistema Privadas Contributivo 11 Entidades Promotoras de Salud (EPS) 387,857 Públicas Seguro Social 8,197,510 Caprecom 221,854 Cajanal 476,986 16 Administradoras de; Régimen 3,652,946 Subsidiado (ARS) Sistema 27 Cajas de Compensación Familiar 1,583,359 Subsidiado 159 Entidades Solidarias de Salud 2,792,696 TOTAL SISTEMA SOCIAL DE SALUD 20,885,060
  • 13. BENEFICIOS DEL SISTEMA Plan Obligatorio de Salud Este plan permitirá la protección integral de las familias a la maternidad y enfermedad en general, en las fases de promoción y fomento de la salud y la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación para todas las patologías. (Art. 162)
  • 14. BENEFICIOS DEL SISTEMA COBERTURA FAMILIAR • Cónyuge o compañero (a) permanente del afiliado. • Hijos menores de 18 años que hagan parte del núcleo familiar y dependan económicamente de este. • Hijos mayores de 18 años que tengan incapacidad permanente. • Hijos menores de 25 años que sean estudiantes con dedicación exclusiva. (Art. 163)
  • 15. OTROS BENEFICIOS DEL SISTEMA • Preexistencias • Atención Básica • Atención Materno Infantil • Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito • Atención Inicial de Urgencias • Planes Complementarios
  • 16. DIRECCION DEL SISTEMA El Sistema está bajo la orientación, regulación, supervisión y control del Gobierno Nacional y del Ministerio de Salud y atenderá las políticas, planes, programas y prioridades del gobierno en la lucha contra las enfermedades y el mantenimiento de la salud (Art. 170)
  • 17. DIRECCION DEL SISTEMA CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (I) Es un organismo creado para dirigir el Sistema General de Seguridad Social, de forma permanente. Se conforma por: – El Ministro de Salud quien lo preside. – El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, o su delegado. – El Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su delegado. – Sendos representantes de las Entidades departamentales y municipales de salud. – Dos (2) representantes de los empleadores, uno de los cuales representa la pequeña y mediana empresa y otras formas asociativas.
  • 18. DIRECCION DEL SISTEMA CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (II) – Dos (2) representantes por los trabajadores, uno de los cuales representa a los pensionados. – El representante legal del Instituto de Seguros Sociales. – Un (1) representante por las Entidades Promotoras de Salud diferente del ISS. – Un (1) representante de los profesionales del área de la salud, de la asociación mayoritaria. – Un (1) representante de las asociaciones de usuarios de servicios de salud del sector rural.
  • 19. DIRECCION DEL SISTEMA FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (I) • Definir el Plan Obligatorio de Salud para los afiliados. • Definir el Monto de la cotización de los Afiliados al Sistema. • Definir el valor de la Unidad de Pago por capitación UPC • Definir el valor por beneficiario del régimen de subsidios de salud. • Definir los medicamentos esenciales y genéricos que harán parte del Plan Obligatorio de Salud. • Definir los criterios generales de selección de los beneficiarios del régimen subsidiado de salud por parte de las entidades territoriales.
  • 20. DIRECCION DEL SISTEMA FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (II) • Definir el régimen de pagos compartidos. • Definir el régimen que deben aplicar las EPS para el reconocimiento y pago de las incapacidades. • Definir las medidas necesarias para evitar la selección adversa de usuarios por parte de las EPS. • Recomendar el régimen y los criterios que debe adoptar el Gobierno Nacional para establecer procedimientos de cobro y pago y las tarifas de los servicios prestados. • Reglamentar los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud.
  • 21. DIRECCION DEL SISTEMA FUNCIONES DEL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD (III) • Ejercer las Funciones de Consejo de Administración del Fondo de Solidaridad y Garantía. • Presentar ante las Comisiones séptimas de Senado y Cámara un informe anual sobre evolución del Sistema General de Seguridad Social en Salud. • Adoptar su propio reglamento. • Las demás que le sean asignadas por ley o que sean necesarias para el adecuado funcionamiento del Consejo. (Art. 172)
  • 22. ORGANIZACION DEL SISTEMA ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD Son aquellas entidades responsables de la afiliación y el registro de los afiliados y del recaudo de sus cotizaciones, por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía. Su función básica será organizar y garantizar la prestación del Plan Obligatorio de Salud a sus afiliados
  • 23. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA FUNCIONES DE LAS ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD (I) • Ser delegatarias del Fondo de Solidaridad y Garantía para la captación de los aportes de los afiliados al Sistema. • Promover la afiliación de grupos de población no cubiertos actualmente por la Seguridad Social. • Organizar la forma y mecanismos a través de los cuales los afiliados y sus familias puedan acceder a los servicios de salud en todo el territorio nacional. • Definir procedimientos para garantizar el libre acceso de los afiliados y sus familias, a las Instituciones Prestadoras.
  • 24. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA FUNCIONES DE LAS ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD (II) • Remitir al Fondo de Solidaridad y Compensación la información relativa a la afiliación del trabajador y su familia. • Establecer procedimientos para controlar la atención integral, eficiente, oportuna y de calidad en los servicios prestados. • Las demás que determine el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
  • 25. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD Son las entidades médicas o paramédicas a través de las cuales se presta el Plan Obligatorio de Salud a los afiliados. Pueden ser de naturaleza privada, pública, mixta o pertenecer al sector solidario de la economía.
  • 26. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA FUNCIONES DE LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD • Prestar servicios en su nivel de atención correspondiente a los afiliados y beneficiarios. • Deben laborar con calidad y eficiencia. • Tendrán autonomía administrativa, técnica y financiera. • Deben cumplir con las normas y requisitos expedidos por el Ministerio de Salud. (Art. 185)
  • 27. FINANCIACION DEL SISTEMA REGIMEN CONTRIBUTIVO El régimen contributivo se financia exclusivamente por medio de cotizaciones. La tasa de cotización es del 12%. (8% para el empleador, 4% para el empleado, 12% para los independientes y pensionados). De la cual: – Un punto se va al sistema subsidiado – 0.5 puntos son para promoción y prevención – 10.5 puntos son para el propio sistema contributivo
  • 28. FINANCIACION DEL SISTEMA REGIMEN SUBSIDIADO El sistema subsidiado se financia con varias fuentes, a saber: – 45% proviene de un porcentaje de la nómina del país. – 33% Corresponde a I.C.N. (Ingresos Corrientes de la Nación). – 10% Está formado por el situado fiscal. (Departamentos) – 9%. Esfuerzos propios. (Municipios). – 3%. Cajas de Compensación Familiar.
  • 29. VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA INFORMACION REQUERIDA Las EPS, cualquiera sea su naturaleza, deberán establecer sistemas de costos (discriminando la cuantía subsidiada), facturación y publicidad. (Art. 225)
  • 30. VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA INFORMACION PARA LA VIGILANCIA DEL RECAUDO La afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud podrá hacerse en forma independiente a la afiliación del régimen general de pensiones. La Superintendencia Nacional de Salud podrá solicitar a las entidades rectoras del régimen general de pensiones la información que permita determinar la evasión y elusión de los aportes por parte de los afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud. (Art. 226)
  • 31. VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA CONTROL Y EVALUACION DE LA CALIDAD DEL SERVICIO EN SALUD Es facultad del Gobierno Nacional expedir las normas relativas a la organización de un sistema obligatorio de garantía de calidad de la atención en salud, incluyendo la auditoría médica, de obligatorio desarrollo en las Entidades Promotoras de Salud, con el objeto de garantizar la adecuada calidad en la prestación de los servicios.
  • 32. VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA REVISORIA FISCAL Las Entidades Promotoras de Salud, cualquiera sea su naturaleza, deberán tener un Revisor Fiscal designado por la Asamblea General de Accionistas, o por el órgano competente. Este será posesionado por el Superintendente Nacional de Salud. (Art. 228)
  • 33. VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA CONTROL FISCAL El Control Fiscal de las entidades de que habla la Ley, se hará por las respectivas Contralorías para las que tenga carácter oficial y, por los controles estatutarios para las que tenga un carácter privado. (Art. 229)
  • 34. VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA REGIMEN SANCIONATORIO La Superintendencia Nacional de Salud, previa solicitud de explicaciones, podrá imponer, en caso de violación, multas hasta de 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor del Fondo de Solidaridad y Garantía.
  • 35. VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA CAUSAS DE REVOCACION DEL CERTIFICADO DE AUTORIZACION – Petición de la Entidad Promotora de Salud. – Incumplimiento de requisitos establecidos. – Cuando no haya iniciado su actividad en un plazo de tres meses. – Cuando ejecute prácticas de selección adversa. – Cuando se compruebe que no se presta efectivamente los servicios del Plan Obligatorio de Salud. (Art. 230)
  • 36. VIGILANCIA Y CONTROL DEL SISTEMA VEEDURIAS COMUNITARIAS Surgen para garantizar cobertura, eficiencia y calidad de servicios, la prestación de servicios mediante el régimen de subsidios en Salud son objeto de control por parte de las veedurías comunitarias, elegidas popularmente. (Art. 231)
  • 37. INSTITUTO DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS • Creación del INVIMA, como establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Salud, con personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa. • FUNCION: Vigilancia Sanitaria y Control de Calidad (Art. 245).
  • 38. PROGRAMAS EN EL AREA DE SALUD POR INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR Las Instituciones de Educación Superior deberán contar con un Centro de Salud propio o formalizar convenios docente-asistenciales (presentados al Ministerio de Salud) (Art. 247)
  • 39. SISTEMA DE GARANTIA DE CALIDAD Es el Conjunto de acciones y procesos regulados con que cuenta el Estado para la evaluación, seguimiento y control para obtener la calidad de la atención en salud.
  • 40. COMPONENTES GENERALES DEL SISTEMA DE GARANTIA DE CALIDAD EN SALUD • Subsistema de Información • Tecnología Biomédica • Control de Gestión • Idoneidad del Recurso Humano • Calidad de Otros Insumos • Licenciamiento • Acreditación • Participación del Usuario
  • 41. COMPONENTES ESPECIFICOS PARA EL SISTEMA EN LAS EPS • Subsistema de Información. • Coordinación del Sistema • Auditoría Médica • Control de Gestión • Red de Servicios • Evaluación de Satisfacción de Usuarios • Incentivos para un mejor servicio.
  • 42. COMPONENTES ESPECIFICOS MINIMOS PARA EL SISTEMA EN LAS IPS • Subsistema de Información • Coordinación del Sistema • Auditoría Médica • Comités Técnico-Científicos • Mantenimiento Hospitalario • Control de Gestión • Satisfacción de Usuarios • Control de Insumos • Plan de Desarrollo Institucional
  • 43. AUDITORIA MEDICA • AUDITORIA MEDICA Evaluación sistemática de la Atención en Salud principalmente en su proceso y resultado. • PRINCIPIOS DE LA AUDITORIA MEDICA – Objetividad – Documentación – Planeación – Publicidad – Continuidad – Autonomía de la prestación de Servicios de Salud
  • 44. MODALIDADES DE LA AUDITORIA MEDICA • Funcionario Auditor – Auditor Principal • Consejo Médico Auditor – Auditoría Médica • Comités Ad-Hoc de auditoría – Comités Temporales • Auditoría Médica Externa
  • 45. DICTAMEN DE AUDITORIA MEDICA • Destinatario • Descripción del Problema • Metodología Adoptada • Análisis de la Información • Concepto • Recomendaciones • Lugar y Fecha de emisión • Firma del Auditor (es)
  • 46. GUIAS DE ATENCION INTEGRAL Todas las IPS deben contar con Guías de Atención Integral, al menos para cada una de las cinco primeras causas de morbilidad y de mortalidad de la Institución.
  • 47. VISITAS DE INSPECCION E INSTRUCCIÓN DE LOS PROCESOS INVESTIGATIVOS Las Direcciones Seccionales, Distritales y Municipales, deben ejercer inspección y vigilancia de la aplicación de las disposiciones.
  • 48. COMITÉ TECNICO-CIENTIFICO • Función Análisis y expedición de un dictamen de auditoría médica, en los casos que exista inconformidad por parte del usuario. • Este comité es convocado por la dirección Seccional de Salud.