Este documento describe el Fondo de Inversión en Telecomunicaciones del Estado Peruano y su objetivo de promover el desarrollo de la banda ancha en todo el territorio nacional. Explica que la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica conectará todas las capitales provinciales y permitirá la conectividad de banda ancha fija y móvil en todo el país. También establece que la Red Nacional del Estado Peruano (REDNACE) proveerá conectividad de banda ancha a entidades públicas priorizando educación, salud y otros sect
1. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
RED NACIONAL DEL
ESTADO PERUANO
REDNACE
Secretaría Técnica del FITEL
Agosto 2014
2. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Ley 29904 – Promoción de la Banda
Ancha y Construcción de la Red
Dorsal Nacional de Fibra Óptica
Impulsar el desarrollo, utilización y masificación de la
Banda Ancha en todo el territorio nacional.
Promover el despliegue de infraestructura, servicios,
contenidos, aplicaciones y habilidades digitales, como un
medio para favorecer y facilitar:
La inclusión social,
El desarrollo socioeconómico,
La competitividad,
La seguridad del país, y
La transformación organizacional hacia una sociedad de
la información y el conocimiento.
3. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Objetivo de la Red Dorsal Nacional
de Fibra Óptica - RDNFO
Será una red de transporte de alta velocidad, disponibilidad
y confiabilidad, que estará diseñada en base al tendido de
fibra óptica, con esquemas de redundancia y puntos de
presencia en las capitales de provincia.
La construcción de la RDNFO integrará a “todas” las
capitales de las provincias del país y permitirá el despliegue
de redes de alta capacidad para interconectar a “todos” los
distritos.
La RDNFO hará posible la conectividad de Banda Ancha fija
y móvil, en “todo” el territorio nacional.
La RDNFO facilitará la competencia entre operadores de
servicios de telecomunicaciones.
4. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
REDNACE - Sustento Legal
La Ley 29904 de Promoción de la Banda Ancha y
Construcción de la Red Dorsal Nacional de Fibra Óptica,
indica que el Estado contará con una Red Nacional,
REDNACE.
Las entidades de la administración pública formarán la
REDNACE. Éstas deben determinar y registrar sus
respectivas demandas de conectividad de Banda Ancha.
La Secretaría Técnica del FITEL entregará a los
responsables designados por las entidades públicas, los
datos de acceso al portal de Internet del FITEL para que
registren la información de demanda de conectividad de
Banda Ancha.
5. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Objetivo de la REDNACE
Será una red de acceso
que se utilizará para el
desarrollo de la Sociedad
de la Información y el
Conocimiento.
Se dará prioridad a la
educación, salud, defensa
nacional, seguridad,
cultura, investigación y
desarrollo e innovación
para cumplir con las
políticas y lograr los
objetivos nacionales de
inclusión y transparencia
social.
6. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Red Nacional de Investigación y
Educación - RNIE
Estará formada por las
universidades públicas e
institutos de investigación.
La RNIE se integrará a las
redes regionales de
investigación y educación
del mundo.
El CONCYTEC supervisará
la implementación de la
RNIE.
Las universidades privadas
podrán interconectarse a la
RNIE.
7. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Sistema de Registro de Demanda de
Conectividad de Banda Ancha
RED NACIONAL
DEL ESTADO PERUANO REDNACE: Fin deseado
http://usdebtclock.org/
8. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Sistema de Registro de Demanda de
Conectividad de Banda Ancha
Objetivo del Sistema
Realizar el registro de las demandas de conectividad de Banda
Ancha y servicios de telecomunicaciones complementarios de las
entidades públicas del país, para cumplir con la disposición del
artículo 41 del Reglamento de la Ley 29904, y determinar la
demanda inicial de la REDNACE.
La información solicitada está contenida en el formato del Anexo 2
del reglamento de la Ley 29904.
10. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Arquitectura del sistema de información
Sur
Centro
Norte
Oriente
Entidades Públicas
Gob. Central
Gob. Regional
Gob. Local
Internet
FITEL
Sistema de
Registro de
Información
Consultas
Reportes
Usuario, Control
Requisitos para acceder al sistema:
Se debe usar alguno de los siguientes navegadores web: Internet
Explorer 9, Internet Explorer 10, Google Chrome, Mozilla, Opera y
Safari.
11. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Funciones del Sistema
Funciones
principales
Registrar
usuarios
Registrar
Demandas
Reportes Administración
12. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Panel de usuario
• Se accede desde la página
web del FITEL.
• Panel de identificación de
usuarios autorizados para
registrar demandas de
conectividad de su entidad.
13. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Panel de usuario
• Datos de usuario. • Usuario autorizado.
14. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Panel de usuario
• Ingresa datos iniciales para
registrar demanda.
• Ingreso de los datos del
Anexo 2.
15. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Panel de usuario
• Antes de grabar la
demanda, el sistema
solicita una conformidad.
• Se confirma grabación de
demanda de conectividad.
• Se envía una constancia al
E-mail del usuario.
16. FONDO DE INVERSIÓN EN TELECOMUNICACIONES
Gracias por su atención
Secretaría Técnica del FITEL
Agosto 2014
Notas del editor
Se construirá 13,500 Km de fibra óptica en todo el país. Se atenderá a 21 regiones (No se incluye a Loreto, Madre de Dios, Ucayali, El Callao y Lima Metropolitana), 180 provincias (de 190) y 1,630 distritos (de 1,838).
Por qué implementar una Red Nacional del Estado.
Alguna vez Charles Darwin dijo algo así como que "No son las especies más fuertes ni las más inteligentes las que sobrevivirán, sino las que se adapten mejor al cambio". Esta frase compuesta hace casi 2 siglos cobra más relevancia que nunca estos días en los que vivimos "tiempos exponenciales", a la radio le tomo 38 años llegar a 50 millones de habitantes, a la televisión le tomo 13 años, a Internet 4 años y a Facebook solo 2 años.
Realizar el registro en línea (vía internet) de los datos solicitados en el formato para el reporte de demandas de conectividad, Anexo 2 del Reglamento de la Ley 29904.
Realizar el registro off line de los datos solicitados en el formato para el reporte de demandas, previo registro en un formulario predeterminado que contendrá todos los campos requeridos en el Anexo 2 del Reglamento de la Ley 29904.
Realizar el registro de usuarios autorizados (altas, bajas, bloqueos, cambio de claves de acceso), artículo 40.