SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 6
Descargar para leer sin conexión
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
´´UNIANDES´´
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
PRURALISMO JURIDICO
RESUMEN DE CLASE
ALUMNO: GABRIELA RODRIGUEZ
DOCENTE: ABG. CRISTINA ROSERO MORÁ
TULCÁN – ECUADOR
2022
INTRODUCCION
Según García, (2019) distingue entre las fuentes del fuentes o bloque de formación formal o escrita.
Al que permanecen los fenómenos que la doctrina tradicional de las fuentes se conoce como costumbre y principios generales de del
derecho, adicional muestra que las fuentes del derecho son normas supremas establecidas siempre en diferentes ramas iniciando desde
la constitución, las fuentes con las formas que revisen el sistema jurídico como norma de ley y reglamento entonces, en su utilización,
por parte de la doctrina, en una triple acepción: Fuentes de producción: para aludir a los órganos o sujetos a los que el ordenamiento
jurídico atribuye competencia normativa Parlamento, Gobierno. Fuentes de elaboración o sobre la producción: para hacer referencia a
los procedimientos de creación de normas que reconoce y determina el ordenamiento jurídico procedimiento legislativo, procedimiento
de elaboración de normas reglamentarias. Fuentes de conocimiento: para identificar las formas mediante las que se expresa la norma
jurídica ley, reglamento.
DESARROLLO
Derecho es un concepto equívoco dada la pluralidad de significados que se le han atribuido
distingue entre fuenteso bloque denormación formal o escrita, para aludir a las normas escritas Constitución, ley, reglamento dictadas
por órganos dotados de capacidad normativa, Parlamento, Administración estatal.
Derecho es un concepto equívoco dada la pluralidad de significados que se le han atribuido
distingue entre fuentes o bloque de normación formal o escrita, para aludir a las normas escritas Constitución, ley, reglamento,
dictadas por órganos dotados de capacidad normativa, Parlamento, Administración estatal.
Fuentes de producción Fuentes de elaboración o sobre la producción:
Fuentes de conocimiento:
las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho,
Derecho Constitucional, como el Derecho común, no sólo del Derecho Público, sino de todo el ordenamiento jurídico, al que dota de
unidad y coherencia.
Introducción: Sobre el concepto de fuentes del Derecho
La Constitución escrita
El ordenamiento jurídico del Estado. es origen mediato e inmediato de derechos y obligaciones y de no inmediato cumplimiento
hasta su desarrollo por vía legal, es una norma jurídica, norma suprema del Ordena- miento, y en cuanto tal, tanto los ciudadanos como
los poderes públicos, y, por consiguiente, también los jueces y magistrados integrantes del poder judicial, están sujetos a ella.
El bloque de la constitucionalidad
La configuración de la Constitución como norma suprema del ordenamiento jurídico, ha supuesto, en buena lógica, que el
denominado “bloque de la constitucionalidad” cobre, en la actualidad, de verdadera carta de naturaleza, al exigirse, en coherencia con
la supremacía de la Constitución, el control de la constitucionalidad de las leyes, las cuales, no podrán, en ningún caso, vulnerar la
Norma Fundamental. La jurisprudencia: especial referencia a la jurisprudencia constitucional La aplicación del Derecho por parte de los
órganos judiciales requiere, siempre, una previa actividad interpretativa, función ésta que, adquiere especial relieve cuando incide
directamente sobre la Constitución.
La costumbre, las convenciones y las normas de corrección constitucional
La costumbre y las convenciones adquieren especial relieve por ser su Constitución fundamentalmente consuetudinaria y
convencional, en los modelos que sitúan en la cúspide de su pirámide normativa a la Constitución escrita, estas normas gozan de una
importancia menor, adquiriendo, a pesar de ello, la condición de fuentes del Derecho, pero, siempre, ocupando una posición
jerárquicamente inferior a la norma escrita. La costumbre fue definida por nuestro Tribunal Supremo como “la norma jurídica elaborada
por la conciencia social mediante la repetición de actos realizados con intención jurídica”
La Constitución como norma suprema del ordenamiento jurídico, ha supuesto, en buena lógica, que el denominado en la actualidad, de
verdaderacarta denaturaleza, al exigirse, en coherencia con la supremacía dela Constitución, el procedimiento deproducción normativa
con rango de ley. Es precisamente, a este conjunto de normas al que se denomina, por el propio Tribunal Constitucional, bloque de la
constitucionalidad, el cual ha de entenderse integrado por los Estatutos de Autonomía, las Leyes marco, las Leyes de transferencia y
delegación, y las Leyes de armonización. Las Leyes que contengan delegaciones legislativas. Las Leyes orgánicas, en supuestos
concretos y respecto del control de constitucionalidad de las leyes ordinarias, la norma afecta a materia de derechos fundamentales
¿hasta qué punto no se ha de tomar en consideración por nuestro Tribunal Constitucional aquél o aquellos Tratados Internacionales que
incidan sobre tales derechos, siempre que se trate de Tratados ratificados por España y que forman parte de nuestro ordenamiento
jurídico interno. Otro tanto se podría decir, de las interpretaciones que, de algunos de esos Tratados Internacionales, hacen el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos, y el Tribunal de Justicia.
CONCLUSIONES
En este aspecto el derecho constitucional hace referencia a las ramas constitucionales del derecho tanto como público como privado el
derecho constitucional es que nos varia nos ayuda a los procesos de constitución siendo la norma suprema que esta por encima de otras
leyes. La Constitución como norma suprema del ordenamiento jurídico, ha supuesto, en buena lógica, que el denominado en la
actualidad, de verdadera carta de naturaleza, la cual debemos regirnos con estos procedimientos que debemos llevar siempre en cuenta,
dado los detalles de contenido y producción de normas las cuales siempre van a fundamentar el desarrollo de mandatos constituyentes.
Referencias
ENTERRÍA, G. D. (2019). DEREFCHO CONSTITUCIONAL. Obtenido de E LIBRO:
https://elibro.net/es/ereader/uniandesecuador/60920
FUENTES DEL
DERECHO
CONSTITUCIONAL
Introducción: Sobre
el concepto de fuentes
del Derecho
distingue entre fuentes o bloque
de normación formal o escrita, para
aludir a las normas escritas en la
Constitución, ley, reglamento,
dictadas por órganos dotados de
capacidad normativa, Parlamento,
Administraciónestatal.
Derecho es un concepto
equívoco dada la pluralidad de
significados que se le han atribuido
Fuentes de producción, Fuentes
de elaboracióno sobre la producción,
Fuentes de conocimiento, las fuentes
del ordenamiento jurídico español
son la ley, la costumbre y los
principios generales del Derecho.
Derecho Constitucional.
La Constitucióncomonorma
suprema del ordenamientojurídico,
ha supuesto, en buena lógica, que el
denominado enla actualidad, de
verdadera cartade naturaleza,al
exigirse, en coherencia conla
supremacía dela Constitución,
Estas normas debían adecuarse, no
sólo a la Constitución francesa que
se reconoce por el Preámbulodel
Texto Constitucional francés de
1946 las Leyes ordinarias y normas
reglamentarias,causa ésta, por otra
parte, que noreza para el sistema
español el procedimientode
producciónnormativa conrango de
ley. Es precisamente, a este
conjuntode normas al que se
denomina, por el propio Tribunal
Constitucional, bloque dela
constitucionalidad, el cual hade
entenderse integrado porlos
Estatutos de Autonomía,las Leyes
marco, las Leyes de transferencia y
delegación, y las Leyes de
armonización
El tema relativo a las fuentes del
Derecho debe partir deconsiderar que
la Constituciónes la norma suprema
del ordenamientojurídico, y por
tanto, pará- metrode validezdel resto
de las normas que integranel
ordenamiento jurídico del Estado es
origen mediatoe inmediatode
derechos y obligaciones y deno
inmediato cumplimiento hasta su
desarrollo por víalegal, es una norma
jurídica, norma suprema del Ordena-
miento, y en cuantotal, tantolos
ciudadanos comolos poderes
públicos, y, porconsiguiente, también
los jueces y magistrados integrantes
del poder judicial,estánsujetos a ella.
La Constitución
escrita
los modelosque sitúan en
la cúspide de su pirámide
normativa a la Constitución
escrita, estas normasgozan de
una importancia menor,
adquiriendo,a pesarde ello, la
condición de fuentesdel
Derecho, pero, siempre,
ocupando una posición
jerárquicamente inferior a la
norma escrita. La costumbre
fue definida por nuestro
Tribunal Supremo como “la
norma jurídica elaborada por
la conciencia social mediante
la repetición de actos
realizadoscon intención
jurídica son los operadores
jurídico-constitucionales
habituales.
De acuerdo con nuestro
Tribunal Constitucional: “Los
principios generales del
Derecho incluidos en la
Constitución, tienen carácter
informadorde todo el
ordenamiento jurídico.
De acuerdo con nuestro
Tribunal Constitucional:
Los principios generales
del Derecho incluidos en la
Constitución, tienen
carácterinformadorde todo
el ordenamiento jurídico
como afirma el art. 1.4 del
Título Preliminar del
Código Civil que debe así
ser interpretado acuerdo
con los mismos. su validez
y su eficacia.En pocas
palabras,pasan de ser
fuente supletoria y
subordinada a la ley y a la
costumbre art. 1.3 del
Código Civil, a convertirse
en la primera fuente de
nuestro ordena-miento
jurídico, a ser Constitución,
encontrándose,portanto,
desde un punto de vista
jerárquico, por encima de
la ley, la cual, no podrá
vulnerar un principio
constitucional, pues, de ser
así,devendrá en
inconstitucional.
La jurisprudencia:
especial referencia a la
jurisprudencia
constitucional
NavasCastillo, A. y
NavasCastillo, F.
(2015). Derecho
constitucional: estado
constitucional. Madrid,
Spain: Dykinson.
Recuperado de
https://elibro.net/es/eread
er/uniandesecuador/6092
0?page=226.La
Constitución escrita
La costumbre, las
convencionesy las
normasde corrección
constitucional
Los principios
generales del Derecho
NavasCastillo, A. y
NavasCastillo, F.
(2015). Derecho
constitucional: estado
constitucional. Madrid,
Spain: Dykinson.
Recuperado de
https://elibro.net/es/eread
er/uniandesecuador/6092
0?page=228.

Más contenido relacionado

Similar a teoria te estado

La ley introducción al derecho jhoivert amaro
La ley  introducción al derecho jhoivert amaroLa ley  introducción al derecho jhoivert amaro
La ley introducción al derecho jhoivert amaro
Jhoivert
 
390239950-MAPA-MENTAL-FUENTES-DE-DERECHO-pptx.pdf
390239950-MAPA-MENTAL-FUENTES-DE-DERECHO-pptx.pdf390239950-MAPA-MENTAL-FUENTES-DE-DERECHO-pptx.pdf
390239950-MAPA-MENTAL-FUENTES-DE-DERECHO-pptx.pdf
quimico11
 
fuentes-del-derecho
fuentes-del-derechofuentes-del-derecho
fuentes-del-derecho
Juan Josue
 

Similar a teoria te estado (20)

Fuentes del derecho
Fuentes del derechoFuentes del derecho
Fuentes del derecho
 
Revista
RevistaRevista
Revista
 
Ensayo derecho financiero listo
Ensayo derecho financiero listoEnsayo derecho financiero listo
Ensayo derecho financiero listo
 
DERECHO ADMINISTRATIVO
DERECHO ADMINISTRATIVODERECHO ADMINISTRATIVO
DERECHO ADMINISTRATIVO
 
Ensayo
EnsayoEnsayo
Ensayo
 
Las fuentes del derecho administrativo
Las fuentes del derecho administrativo Las fuentes del derecho administrativo
Las fuentes del derecho administrativo
 
Actividad nro 6
Actividad nro 6Actividad nro 6
Actividad nro 6
 
Ensayo fuentes del derecho tributario
Ensayo fuentes del derecho tributarioEnsayo fuentes del derecho tributario
Ensayo fuentes del derecho tributario
 
Las Fuentes del Derecho Aeronáutico
Las  Fuentes del Derecho AeronáuticoLas  Fuentes del Derecho Aeronáutico
Las Fuentes del Derecho Aeronáutico
 
Fuentes del Derecho Administrativo
Fuentes del Derecho AdministrativoFuentes del Derecho Administrativo
Fuentes del Derecho Administrativo
 
El juez constitucional
El juez constitucionalEl juez constitucional
El juez constitucional
 
La ley introducción al derecho jhoivert amaro
La ley  introducción al derecho jhoivert amaroLa ley  introducción al derecho jhoivert amaro
La ley introducción al derecho jhoivert amaro
 
Fuentes katherine freitez
Fuentes katherine freitezFuentes katherine freitez
Fuentes katherine freitez
 
Derecho const. y proc. const.[1] 11 10
Derecho const. y proc. const.[1] 11 10Derecho const. y proc. const.[1] 11 10
Derecho const. y proc. const.[1] 11 10
 
Ensayo de administrativo I
Ensayo de administrativo IEnsayo de administrativo I
Ensayo de administrativo I
 
Derecho constitucional 1
Derecho constitucional 1Derecho constitucional 1
Derecho constitucional 1
 
390239950-MAPA-MENTAL-FUENTES-DE-DERECHO-pptx.pdf
390239950-MAPA-MENTAL-FUENTES-DE-DERECHO-pptx.pdf390239950-MAPA-MENTAL-FUENTES-DE-DERECHO-pptx.pdf
390239950-MAPA-MENTAL-FUENTES-DE-DERECHO-pptx.pdf
 
fuentes-del-derecho
fuentes-del-derechofuentes-del-derecho
fuentes-del-derecho
 
El DERECHO COLOMBIANO Y SUS FUENTES
El DERECHO COLOMBIANO Y SUS FUENTESEl DERECHO COLOMBIANO Y SUS FUENTES
El DERECHO COLOMBIANO Y SUS FUENTES
 
Revista del derecho administrativo
Revista del derecho administrativoRevista del derecho administrativo
Revista del derecho administrativo
 

Último

DERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaragua
DERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaraguaDERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaragua
DERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaragua
AlexGranados20
 
MANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdf
MANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdfMANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdf
MANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdf
joseph957764
 
Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
jesusdanielmontielar1
 
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptxConceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
PilarStefannyBuitrag
 

Último (18)

LA ETAPA INTERMEDIA EN EL PROCESO PENAL EXPOSICION
LA ETAPA INTERMEDIA EN EL PROCESO PENAL EXPOSICIONLA ETAPA INTERMEDIA EN EL PROCESO PENAL EXPOSICION
LA ETAPA INTERMEDIA EN EL PROCESO PENAL EXPOSICION
 
03 ECOLOGIA.pdf sociologia una puno biodiversidad
03 ECOLOGIA.pdf sociologia una puno biodiversidad03 ECOLOGIA.pdf sociologia una puno biodiversidad
03 ECOLOGIA.pdf sociologia una puno biodiversidad
 
DERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaragua
DERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaraguaDERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaragua
DERECHO NOTARIAL DE FAMILIA.ppt en nicaragua
 
LA METODOLOGÍA DEL DERECHO O TÉCNICA JURÍDICA.pptx
LA  METODOLOGÍA  DEL  DERECHO  O  TÉCNICA  JURÍDICA.pptxLA  METODOLOGÍA  DEL  DERECHO  O  TÉCNICA  JURÍDICA.pptx
LA METODOLOGÍA DEL DERECHO O TÉCNICA JURÍDICA.pptx
 
Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...
Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...
Proyecto de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar la tortura, ti...
 
MANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdf
MANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdfMANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdf
MANUAL-DE-CRIMINOLOGIA teoria del delito del delincuente y la victima.pdf
 
PPTS- INEJECUCION DE LAS OBLIGACIONES.pdf
PPTS- INEJECUCION DE LAS OBLIGACIONES.pdfPPTS- INEJECUCION DE LAS OBLIGACIONES.pdf
PPTS- INEJECUCION DE LAS OBLIGACIONES.pdf
 
Código de Trabajo Guatemalteco para el año 2024
Código de Trabajo Guatemalteco para el año 2024Código de Trabajo Guatemalteco para el año 2024
Código de Trabajo Guatemalteco para el año 2024
 
Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
Derechos políticos y civiles EXP.pptx uueueu3737474774
 
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdfGUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
GUIAS PARA LA VALORACIÓN JUDICIAL DE LA PRUEBA PERICIAL.pdf
 
La Escuela de Glosadores y Post Glosador.pdf
La Escuela de Glosadores y Post Glosador.pdfLa Escuela de Glosadores y Post Glosador.pdf
La Escuela de Glosadores y Post Glosador.pdf
 
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptxConceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
Conceptos esenciales de la política actividad 2.pptx
 
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDFCircular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
Circular 0069 fuero por acoso laboral.PDF
 
CONCILIACIÓN EN DERECHO............pptx
CONCILIACIÓN  EN DERECHO............pptxCONCILIACIÓN  EN DERECHO............pptx
CONCILIACIÓN EN DERECHO............pptx
 
CONFERENCIA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CAL.pptx
CONFERENCIA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CAL.pptxCONFERENCIA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CAL.pptx
CONFERENCIA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO CAL.pptx
 
Cronograma DE ACTIVIDADES TECNOLOGIA EN ADSO.docx
Cronograma DE ACTIVIDADES TECNOLOGIA EN ADSO.docxCronograma DE ACTIVIDADES TECNOLOGIA EN ADSO.docx
Cronograma DE ACTIVIDADES TECNOLOGIA EN ADSO.docx
 
LA EVOLUCION DEL DRECHO IP LOS GLOSADORES
LA EVOLUCION DEL DRECHO IP LOS GLOSADORESLA EVOLUCION DEL DRECHO IP LOS GLOSADORES
LA EVOLUCION DEL DRECHO IP LOS GLOSADORES
 
Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...
Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...
Ley General para la Reparación. Integral para las Victimas de Violencia de Gr...
 

teoria te estado

  • 1. UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES ´´UNIANDES´´ FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO PRURALISMO JURIDICO RESUMEN DE CLASE
  • 2. ALUMNO: GABRIELA RODRIGUEZ DOCENTE: ABG. CRISTINA ROSERO MORÁ TULCÁN – ECUADOR 2022 INTRODUCCION Según García, (2019) distingue entre las fuentes del fuentes o bloque de formación formal o escrita. Al que permanecen los fenómenos que la doctrina tradicional de las fuentes se conoce como costumbre y principios generales de del derecho, adicional muestra que las fuentes del derecho son normas supremas establecidas siempre en diferentes ramas iniciando desde la constitución, las fuentes con las formas que revisen el sistema jurídico como norma de ley y reglamento entonces, en su utilización, por parte de la doctrina, en una triple acepción: Fuentes de producción: para aludir a los órganos o sujetos a los que el ordenamiento jurídico atribuye competencia normativa Parlamento, Gobierno. Fuentes de elaboración o sobre la producción: para hacer referencia a los procedimientos de creación de normas que reconoce y determina el ordenamiento jurídico procedimiento legislativo, procedimiento de elaboración de normas reglamentarias. Fuentes de conocimiento: para identificar las formas mediante las que se expresa la norma jurídica ley, reglamento. DESARROLLO Derecho es un concepto equívoco dada la pluralidad de significados que se le han atribuido
  • 3. distingue entre fuenteso bloque denormación formal o escrita, para aludir a las normas escritas Constitución, ley, reglamento dictadas por órganos dotados de capacidad normativa, Parlamento, Administración estatal. Derecho es un concepto equívoco dada la pluralidad de significados que se le han atribuido distingue entre fuentes o bloque de normación formal o escrita, para aludir a las normas escritas Constitución, ley, reglamento, dictadas por órganos dotados de capacidad normativa, Parlamento, Administración estatal. Fuentes de producción Fuentes de elaboración o sobre la producción: Fuentes de conocimiento: las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho, Derecho Constitucional, como el Derecho común, no sólo del Derecho Público, sino de todo el ordenamiento jurídico, al que dota de unidad y coherencia. Introducción: Sobre el concepto de fuentes del Derecho La Constitución escrita El ordenamiento jurídico del Estado. es origen mediato e inmediato de derechos y obligaciones y de no inmediato cumplimiento hasta su desarrollo por vía legal, es una norma jurídica, norma suprema del Ordena- miento, y en cuanto tal, tanto los ciudadanos como los poderes públicos, y, por consiguiente, también los jueces y magistrados integrantes del poder judicial, están sujetos a ella. El bloque de la constitucionalidad La configuración de la Constitución como norma suprema del ordenamiento jurídico, ha supuesto, en buena lógica, que el denominado “bloque de la constitucionalidad” cobre, en la actualidad, de verdadera carta de naturaleza, al exigirse, en coherencia con
  • 4. la supremacía de la Constitución, el control de la constitucionalidad de las leyes, las cuales, no podrán, en ningún caso, vulnerar la Norma Fundamental. La jurisprudencia: especial referencia a la jurisprudencia constitucional La aplicación del Derecho por parte de los órganos judiciales requiere, siempre, una previa actividad interpretativa, función ésta que, adquiere especial relieve cuando incide directamente sobre la Constitución. La costumbre, las convenciones y las normas de corrección constitucional La costumbre y las convenciones adquieren especial relieve por ser su Constitución fundamentalmente consuetudinaria y convencional, en los modelos que sitúan en la cúspide de su pirámide normativa a la Constitución escrita, estas normas gozan de una importancia menor, adquiriendo, a pesar de ello, la condición de fuentes del Derecho, pero, siempre, ocupando una posición jerárquicamente inferior a la norma escrita. La costumbre fue definida por nuestro Tribunal Supremo como “la norma jurídica elaborada por la conciencia social mediante la repetición de actos realizados con intención jurídica” La Constitución como norma suprema del ordenamiento jurídico, ha supuesto, en buena lógica, que el denominado en la actualidad, de verdaderacarta denaturaleza, al exigirse, en coherencia con la supremacía dela Constitución, el procedimiento deproducción normativa con rango de ley. Es precisamente, a este conjunto de normas al que se denomina, por el propio Tribunal Constitucional, bloque de la constitucionalidad, el cual ha de entenderse integrado por los Estatutos de Autonomía, las Leyes marco, las Leyes de transferencia y delegación, y las Leyes de armonización. Las Leyes que contengan delegaciones legislativas. Las Leyes orgánicas, en supuestos concretos y respecto del control de constitucionalidad de las leyes ordinarias, la norma afecta a materia de derechos fundamentales ¿hasta qué punto no se ha de tomar en consideración por nuestro Tribunal Constitucional aquél o aquellos Tratados Internacionales que incidan sobre tales derechos, siempre que se trate de Tratados ratificados por España y que forman parte de nuestro ordenamiento jurídico interno. Otro tanto se podría decir, de las interpretaciones que, de algunos de esos Tratados Internacionales, hacen el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y el Tribunal de Justicia. CONCLUSIONES
  • 5. En este aspecto el derecho constitucional hace referencia a las ramas constitucionales del derecho tanto como público como privado el derecho constitucional es que nos varia nos ayuda a los procesos de constitución siendo la norma suprema que esta por encima de otras leyes. La Constitución como norma suprema del ordenamiento jurídico, ha supuesto, en buena lógica, que el denominado en la actualidad, de verdadera carta de naturaleza, la cual debemos regirnos con estos procedimientos que debemos llevar siempre en cuenta, dado los detalles de contenido y producción de normas las cuales siempre van a fundamentar el desarrollo de mandatos constituyentes. Referencias ENTERRÍA, G. D. (2019). DEREFCHO CONSTITUCIONAL. Obtenido de E LIBRO: https://elibro.net/es/ereader/uniandesecuador/60920
  • 6. FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL Introducción: Sobre el concepto de fuentes del Derecho distingue entre fuentes o bloque de normación formal o escrita, para aludir a las normas escritas en la Constitución, ley, reglamento, dictadas por órganos dotados de capacidad normativa, Parlamento, Administraciónestatal. Derecho es un concepto equívoco dada la pluralidad de significados que se le han atribuido Fuentes de producción, Fuentes de elaboracióno sobre la producción, Fuentes de conocimiento, las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho. Derecho Constitucional. La Constitucióncomonorma suprema del ordenamientojurídico, ha supuesto, en buena lógica, que el denominado enla actualidad, de verdadera cartade naturaleza,al exigirse, en coherencia conla supremacía dela Constitución, Estas normas debían adecuarse, no sólo a la Constitución francesa que se reconoce por el Preámbulodel Texto Constitucional francés de 1946 las Leyes ordinarias y normas reglamentarias,causa ésta, por otra parte, que noreza para el sistema español el procedimientode producciónnormativa conrango de ley. Es precisamente, a este conjuntode normas al que se denomina, por el propio Tribunal Constitucional, bloque dela constitucionalidad, el cual hade entenderse integrado porlos Estatutos de Autonomía,las Leyes marco, las Leyes de transferencia y delegación, y las Leyes de armonización El tema relativo a las fuentes del Derecho debe partir deconsiderar que la Constituciónes la norma suprema del ordenamientojurídico, y por tanto, pará- metrode validezdel resto de las normas que integranel ordenamiento jurídico del Estado es origen mediatoe inmediatode derechos y obligaciones y deno inmediato cumplimiento hasta su desarrollo por víalegal, es una norma jurídica, norma suprema del Ordena- miento, y en cuantotal, tantolos ciudadanos comolos poderes públicos, y, porconsiguiente, también los jueces y magistrados integrantes del poder judicial,estánsujetos a ella. La Constitución escrita los modelosque sitúan en la cúspide de su pirámide normativa a la Constitución escrita, estas normasgozan de una importancia menor, adquiriendo,a pesarde ello, la condición de fuentesdel Derecho, pero, siempre, ocupando una posición jerárquicamente inferior a la norma escrita. La costumbre fue definida por nuestro Tribunal Supremo como “la norma jurídica elaborada por la conciencia social mediante la repetición de actos realizadoscon intención jurídica son los operadores jurídico-constitucionales habituales. De acuerdo con nuestro Tribunal Constitucional: “Los principios generales del Derecho incluidos en la Constitución, tienen carácter informadorde todo el ordenamiento jurídico. De acuerdo con nuestro Tribunal Constitucional: Los principios generales del Derecho incluidos en la Constitución, tienen carácterinformadorde todo el ordenamiento jurídico como afirma el art. 1.4 del Título Preliminar del Código Civil que debe así ser interpretado acuerdo con los mismos. su validez y su eficacia.En pocas palabras,pasan de ser fuente supletoria y subordinada a la ley y a la costumbre art. 1.3 del Código Civil, a convertirse en la primera fuente de nuestro ordena-miento jurídico, a ser Constitución, encontrándose,portanto, desde un punto de vista jerárquico, por encima de la ley, la cual, no podrá vulnerar un principio constitucional, pues, de ser así,devendrá en inconstitucional. La jurisprudencia: especial referencia a la jurisprudencia constitucional NavasCastillo, A. y NavasCastillo, F. (2015). Derecho constitucional: estado constitucional. Madrid, Spain: Dykinson. Recuperado de https://elibro.net/es/eread er/uniandesecuador/6092 0?page=226.La Constitución escrita La costumbre, las convencionesy las normasde corrección constitucional Los principios generales del Derecho NavasCastillo, A. y NavasCastillo, F. (2015). Derecho constitucional: estado constitucional. Madrid, Spain: Dykinson. Recuperado de https://elibro.net/es/eread er/uniandesecuador/6092 0?page=228.