TIPOS DE PLANES administracion una perspectiva global - KOONTZ.pptx
Manejo de terceros
1.
2. concepto
• De acuerdo con su comunicación
relacionada con los pagos que efectúa
una compañía a nombre de otra
consideramos que nos encontramos
en presencia de pagos efectuados a
nombre de terceros, por lo tanto, es
importante señalar que la legislación
fiscal ha reglamentado su tratamiento
en relación con los contratos de
mandato; según el siguiente manejo
3. • El mandante: Persona que ordena el
encargo.
• El mandatario: Persona que ejecuta
el encargo por cuenta del mandante
y que puede recibir como
contraprestación una comisión.
• Objeto del contrato: La realización de
negocios jurídicos por cuenta de otro,
para los cuales se ha concedido el
mandato.
4. • Para cumplir con esta exigencia de la
contabilidad, se recurre a los terceros,
lo cual permite crear en la
contabilidad un “libro auxiliar” para
cada tercero persona natural o
jurídica con la que la empresa realice
cualquier tipo de transacción.
5. • El contrato de mandato comercial se ha
definido como el contrato por el cual una
parte se obliga a celebrar o ejecutar uno o
más actos de comercio por cuenta de otra,
el mandato puede o no conllevar la
representación del mandante, ahora bien
como partes que intervienen se identifican.