Grafico Mapa Conceptual sobre la Contabilidad de Costos
Sne
1. UNIVERSIDAD NACIONAL ANDINA DEL CUSCO SUB SEDE SICUANI
CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS
CONTABILIDAD
TRABAJO MONOGRAFICO
SISTEMA NACIONAL DE ENDEUDAMIENTO
PRESENTADO POR:
Leonarda,HANCCO SONCCO
DOCENTE:
C.P.C. Yuri Yumar,ESPIRILLAMEDRANO
CONTABILIDAD IX
CUSCO-PERU.
3. 3
Contenido
CAPITULO I.........................................................................................................................6
Ley Sistema Nacional de Endeudamiento...........................................................................6
1.1 Sistema Nacional de Endeudamiento ...............................................................6
2.1 Principios del Sistema Nacional de Endeudamiento.......................................6
3.1 Atribuciones del Sistema Nacional de Endeudamiento ..................................7
• Conducir la programación.............................................................................7
la concertación y el desembolso de las operaciones de Endeudamiento del
Gobierno Nacional y de sus avales o garantías;............................................7
• Registrar la deuda de las entidades y organismos del Sector Público; .........7
• Atender el servicio de la deuda del Gobierno Nacional; ..............................7
• Desarrollar la administración de pasivos; .....................................................7
• Actuar como agente financiero único ...........................................................7
del Gobierno Nacional pudiendo autorizarse la realización de gestiones
financieras específicas a otras entidades del Estado mediante resolución
ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;.....................................7
• Emitir títulos representativos de deuda del Estado;......................................7
• Actuar como fideicomisario..........................................................................7
y/o fideicomitente en patrimonios fideicometidos derivados de operaciones de
Endeudamiento Público y de administración de deuda; ...............................7
• Otorgar o contratar garantías.........................................................................7
para atender requerimientos derivados del proceso de promoción de la inversión
privada y concesiones, así como registrar y atender su ejecución. ...............7
4.1 Las entidades están sujetas al Sistema Nacional de Endeudamiento ............8
5.1 Las Operaciones están en el ámbito de aplicación del Sistema Nacional de
Endeudamiento ..................................................................................................8
Se encuentran en el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, aquellos
financiamientos sujetos a reembolso acordado a plazos mayores a un año
(operaciones de mediano y largo plazo). Así como, los financiamientos
sujetos a reembolso acordados, a plazos menores o iguales a un año, cuyo
período de repago concluye en el año fiscal siguiente al de su celebración
(operaciones de corto plazo). ........................................................................8
6.1 Una operación de endeudamiento público.......................................................8
4. 4
Es toda modalidad de financiamiento sujeta a reembolso acordada por una entidad
integrante del sector público no financiero con personas naturales y jurídicas
domiciliadas o no en el país; bajo las siguientes modalidades: ....................8
En el caso de las operaciones de endeudamiento de corto plazo, éstas sólo pueden
ser bajo la modalidad de préstamos, emisión de títulos y adquisiciones de
bienes de capital a plazos..............................................................................9
6.1.1.-Una operación de endeudamiento público interno ....................................9
6.1.2. Una operación de endeudamiento público externo ....................................9
6.1.3. Una operación de endeudamiento público de corto plazo .........................9
6.1.4. Una operación de administración de deuda pública...................................9
CONCLUSION ...................................................................................................................10
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS ..............................................................................11
5. 5
PRESENTACIÓN
Como estudiante de la UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO, de la facultad de
CIENCIAS ECONÓMICAS, CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS, escuela
académico profesional de CONTABILIDAD, en el curso de Finanzas Publicas;
pongo en consideración del docente del mismo curso el presente trabajo
monográfico.
El contenido de este trabajo es un tema que actualmente está latente en nuestro país
y que se relaciona con la carrera que estoy estudiando.
Estoy segura que en el contenido de este habrá errores que los he cometido
involuntariamente; pero como toda actividad humana es perfectible por lo que espero
sus aportes y sugerencias para poder mejorarlo.
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CAPITULO I
Ley Sistema Nacional de Endeudamiento
1.1 Sistema Nacional de Endeudamiento
Es el conjunto de órganos, normas y procedimientos orientados al logro de una
eficiente administración del endeudamiento a plazos mayores de un año de las
entidades y organismos del Sector Público; está integrado por la Dirección Nacional
del Endeudamiento Público, dependiente del Viceministerio de Hacienda y por las
Unidades Ejecutoras las cuales conducen los procesos relacionados con el sistema, a
nivel de todas las entidades del Sector Público que administran fondos de las
entidades y organismos públicos, las mismas que son responsables de velar por el
cumplimiento de las normas y procedimientos que emita el órgano rector.
El Sistema Nacional de Endeudamiento (SNE), es el conjunto de órganos, e
instituciones, normas y procesos orientados al logro de una eficiente concertación
de obligaciones financieras, y a una prudente administración de la deuda del
Sector Público No Financiero. LEY Nº 28563 (Art.03).
2.1Principios del Sistema Nacional de Endeudamiento
o Eficiencia y prudencia.
El Endeudamiento Público interno y externo se basa en una estrategia de largo
plazo que tiene como objetivo fundamental cubrir parte de los requerimientos de
financiamiento del Sector Público a los más bajos costos posibles, sujetos a un
grado de riesgo prudente y en concordancia con la capacidad de pago del país.
o Responsabilidad fiscal.
El Endeudamiento Público debe contribuir a la estabilidad macroeconómica y a la
sostenibilidad de la política fiscal, mediante el establecimiento de reglas y límites
a la concertación de operaciones de endeudamiento del Sector Público y una
prudente administración de la deuda. El Gobierno Nacional no reconocerá deudas
contraídas por los Gobiernos Regionales y Locales, salvo las debidamente avaladas.
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o Transparencia y credibilidad.
El proceso de Endeudamiento Público debe llevarse a cabo mediante mecanismos
previstos en la Ley, que sean transparentes y predecibles.
o Capacidad de pago.
El Endeudamiento Público permite obtener financiamiento externo e interno, de
acuerdo con la capacidad de pago del Gobierno Nacional, los Gobiernos
Regionales, los Gobiernos Locales o de la entidad obligada.
o Centralización normativa y descentralización operativa.
El Endeudamiento Público se sujeta a la regla de centralización normativa y
descentralización operativa en el Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales.
3.1Atribuciones del Sistema Nacional de Endeudamiento
• Conducir la programación
la concertación y el desembolso de las operaciones de Endeudamiento del
Gobierno Nacional y de sus avales o garantías;
• Registrar la deuda de las entidades y organismos del Sector Público;
• Atender el servicio de la deuda del Gobierno Nacional;
• Desarrollar la administración de pasivos;
• Actuar como agente financiero único
del Gobierno Nacional pudiendo autorizarse la realización de gestiones
financieras específicas a otras entidades del Estado mediante resolución
ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;
• Emitir títulos representativos de deuda del Estado;
• Actuar como fideicomisario
y/o fideicomitente en patrimonios fideicometidos derivados de operaciones de
Endeudamiento Público y de administración de deuda;
• Otorgar o contratar garantías
para atender requerimientos derivados del proceso de promoción de la
inversión privada y concesiones, así como registrar y atender su ejecución.
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La Dirección Nacional del Endeudamiento Público (DNEP), es el órgano rector
del Sistema Nacional de Endeudamiento. La DNEP, dicta las normas del sistema
y establece los procedimientos relacionados con su ámbito en el marco de lo
establecido en la Ley “SAFI” N° 28112. (Art. 6)
4.1 Las entidades estánsujetas al Sistema Nacional de Endeudamiento
Las normas del Sistema Nacional de Endeudamiento, son aplicables a las entidades
y organismos señalados en el artículo 2º de la Ley Nº 28563 - Ley General del
Sistema Nacional de Endeudamiento, concordante con el artículo 2º de la Ley Nº
28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público.
No se encuentra en los alcances de Sistema Nacional de Endeudamiento, el Banco
Central de Reserva del Perú, de conformidad con la Constitución Política del Perú
(MarcadorDePosición1pág. Art. 84)
5.1 Las Operaciones están en el ámbito de aplicación del Sistema Nacional de
Endeudamiento
Se encuentran en el ámbito del Sistema Nacional de Endeudamiento, aquellos
financiamientos sujetos a reembolso acordado a plazos mayores a un año
(operaciones de mediano y largo plazo). Así como, los financiamientos sujetos a
reembolso acordados, a plazos menores o iguales a un año, cuyo período de repago
concluye en el año fiscal siguiente al de su celebración (operaciones de corto plazo).
6.1 Una operación de endeudamiento público
Es toda modalidad de financiamiento sujeta a reembolso acordada por una entidad
integrante del sector público no financiero con personas naturales y jurídicas
domiciliadas o no en el país; bajo las siguientes modalidades:
o Préstamo;
o Emisión y colocación de bonos, títulos y obligaciones constitutivos de empréstitos;
o Adquisiciones de bienes y servicios a plazos;
o Avales, garantías y fianzas;
9. 9
o Asignaciones de líneas de crédito;
o Leasing financiero;
o Titulizaciones de activos o flujos de recursos;
o Otras operaciones similares, incluidas aquellas que resulten de la combinación de
una o más de las modalidades mencionadas en los literales precedentes.
En el caso de las operaciones de endeudamiento de corto plazo, éstas sólo pueden
ser bajo la modalidad de préstamos, emisión de títulos y adquisiciones de bienes de
capital a plazos.
6.1.1.-Una operación de endeudamiento público interno
Es el financiamiento sujeto a reembolso celebrado por una entidad del Sector Público, con una
persona natural o jurídica domiciliada en el Perú.
6.1.2. Una operación de endeudamiento público externo
Es el financiamiento sujeto a reembolso celebrado por una entidad del Sector Público, con una
persona natural o jurídica no domiciliada en el Perú.
6.1.3. Una operación de endeudamiento público de corto plazo
Las operaciones de endeudamiento de corto plazo son los financiamientos sujetos a reembolso
acordados por una entidad del Sector Público con el acreedor, a plazos menores o iguales a un
año, cuyo período de repago concluye en el año fiscal siguiente al de su celebración.
6.1.4. Una operación de administración de deuda pública
Aquella que tiene por finalidad renegociar las condiciones de la deuda pública. Se
encuentran comprendidas en esta definición, entre otras, las siguientes operaciones
ejecutadas individual o conjuntamente:
o Refinanciación;
o Reestructuración;
o Prepagos;
o Conversión;
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o Intercambio o canje de deuda;
o Recompra de deuda;
o Cobertura de riesgos y;
o Otras con efectos similares.
CONCLUSION
Podemos concluir señalando que Las organizaciones creadas conforme al
ordenamiento jurídico nacional, así como los órganos desconcentrados de las
Entidades pueden realizar contrataciones, siempre que estos cuenten con capacidad
para gestionar sus contrataciones, conforme a sus normas autoritativas.
Cada Entidad identifica en su Reglamento de Organización y Funciones u otros
documentos de organización y/o gestión al órgano encargado de las contrataciones,
de acuerdo con lo que establece el presente Reglamento.
El órgano encargado de las contrataciones tiene como función la gestión
administrativa del contrato, que involucra el trámite de perfeccionamiento,
aplicación de penalidades, procedimiento de pago en lo que corresponda, entre otras
actividades de índole administrativo; siendo que la supervisión de la ejecución del
contrato le compete al área usuaria o al órgano al que se le haya asignado tal función.
Los servidores del órgano encargado de las contrataciones de la Entidad que, en razón
de sus funciones intervienen directamente en alguna de las fases de la contratación,
deben ser profesionales y/o técnicos certificados de acuerdo a los niveles y perfiles
establecidos por el OSCE.
Mediante directivas el OSCE establece las estrategias, los procedimientos y
requisitos para la certificación, así como para la acreditación de las instituciones o
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empresas con la finalidad de que estas capaciten a los operadores en aspectos
vinculados con las contrataciones del Estado.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS
http://www.mef.gob.pe/
CONSTITUCION POLITICA DEL PERU Edic 6. 1993
Ley “SAFI” N° 28112 Año 2010
Ley Nº 29627 de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2011
LEY Nº 28563 General del Sistema Nacional de Endeudamiento Publico