2. PAGARÉ
El Pagaré, es un título valor
que tiene mucha importancia
en el mercado salvadoreño,
que se convierte en una
promesa de pagar una deuda
por parte del emisor al librado
3. El pagaré, basta la designación
como tal para identificarlo como
instrumento negociable, para
muchas legislaciones el termino
pagare difiere; ya que es conocido
también como pagare cambiario,
pagare negociable, vales bancarios
o simplemente vales
4. Es una promesa
incondicional hecha por
escrito por lo que una
persona se obliga bajo su
firma pagar a otra la
prestación, un término fijo
una determinada suma de
dinero
5. El pagare admite intereses; en esto
se diferencia, de la letra de
cambio. Puede pactarse intereses
durante la vigencia del pagare, así
como señalar un tipo de interés
para caso de mora
6. El cobro de los intereses
Los llamados CREDITOS CAIDOS,
esto es los intereses
correspondientes a la vigencia del
pagare, se calcula al tipo
establecido al efecto; a falta de
pacto especial, al tipo de interés
legal en materia mercantil.
7. Los INTERESES MORATORIOS se
regulan al tipo de interés pactado
especialmente para ellos; a falta de
pacto especial al respecto, al tipo
de interés pactado por los créditos
caídos; a falta de uno y otro; al tipo
de interés legal en materia
mercantil.
8. FUNCIONES DEL PAGARE
El pagare cumple funciones de
carácter económico, al igual que
otros títulos valores por ser
instrumentos de crédito. Pero el
pagare específicamente cumple una
función, la de ser garantía del
propio crédito que contiene en él,
ya que lo que busca este es
garantizar el pago.
9. LETRA DE CAMBIO PAGARÉ
La letra de cambio es
concretamente una orden
de pago,
Mientras que el pagaré es
una promesa de pago.
Elementos personales: en la
letra de cambio los
elementos personales son
el girador, el girado y el
tomador o beneficiario;
En el pagaré son dos: el
suscriptor y el tomador o
tenedor. El suscriptor
equivale al aceptante en
una letra de cambio.
En la letra de cambio toda
estipulación de interés se
tendrá por no escrita, la ley
no lo permite.
El pagaré permite la
estipulación de intereses.
11. Es un TITULO de crédito que
contiene la promesa incondicional,
dada por una persona llamada
SUSCRIPTOR a otra llamada
BENEFICIARIO, de pagar una suma
determinada de dinero en el lugar y
fecha señalados en el documento.
12. La promesa incondicional de pagar
No cabe condicionamiento en el
pagare, pues la promesa debe ser
pura y simple. Que contiene una
obligación personalísima e
irrefutable que se debe pagar una
determinada cantidad al
beneficiario que toma el pagare