1. ESCUELA DE POSGRADO
MAESTRÍA EN GESTIÓN PÚBLICA
INFORME
TÍTULO:
“INFORME DE ANÁLISIS CRITICO DEL PRESUPUESTO
PARTICIPATIVO DE UN GOBIERNO LOCAL”
AUTOR
VERGARAY ARMANZA, LUIS ORLANDO
DOCENTE:
GREGORIO DAVID, FIGUEROA ALVARADO
ASIGNATURA
GESTIÓN DE PARTICIPACIÓN Y CONTROL
CIUDADANO
Trujillo – Perú
2020
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I. INTRODUCCION
Desde la primera norma del actual marco de descentralización del Estado,
la Ley de
Bases de la Descentralización (Ley N.º 27783 del 20 de julio de 2002), está
presente
la obligación de que los gobiernos descentralizados convoquen a
representantes
de la sociedad para definir las prioridades de la inversión.1
En la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales (Ley N.° 27867 del 18 de noviembre de 2002) se
señala como
Hoy en día el presupuesto participativo es un instrumento clave para la gestión
democrática del territorio, favorece la transparencia en el uso de los recursos y favorece
la priorización concertada de la inversión pública para la mejora del bienestar de la
población.
la participación ciudadana en los asuntos del Estado se asocia al fortalecimiento de la
democracia y la gobernabilidad de los sistemas políticos, teniendo en cuenta, por una
parte, que un régimen democráticosupone la existencia de mecanismos departicipación
ciudadana en el ejercicio del poder y en los asuntos públicos; y, por otra parte, que la
gobernabilidad está condicionada, entre otros factores, por la capacidad de los
gobiernos para satisfacerlas demandas sociales y mantener la estabilidad y el consenso
político, lo cual solo es posible si existen elevados niveles de participación popular.
Es así que un Derecho Fundamental de los Ciudadanos respaldado en la Constitución
Política de 1993 en su articulo 2º, numeral 17 prescribe que Toda Persona Tiene
derecho a participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica social
y cultural de la Nación. Los derechos de elección, de remoción o revocación de
autoridades de iniciativa legislativa y de referéndum.
La revocatoria de autoridades municipales es un derecho de participación política
mediante referéndum; iniciativa reconocido por el art. 31° de la Constitución Política del
Perú de 1993 y desarrollado por la Ley de los derechos de participación y control
ciudadanos, Básicamente podemos decir que la base normativa de la revocatoria la
encontramos en los artículos antes mencionados de la Constitución, y en la Ley
N° 26300, Ley de los derechos de participación y control ciudadanos, norma de
desarrollo constitucional que regula los mecanismos de participación política recogidos
en la Carta Magna. Este derecho consiste en la capacidad que tienen los ciudadanos
para retirar el mandato de las autoridades que fueron elegidas a través del voto popular
cuando han perdido la confianza de sus electores.
Para hacer viable este derecho de naturaleza política la ley establece un mecanismo
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llamado “consulta popular”, mediante el cual los ciudadanos se pronuncian sobre si
están a favor o en contra de retirar el mandato de la autoridad para quien se solicita la
revocatoria. Para ello intervienen los organismos electorales que deberán organizar el
proceso electoral y garantizar el ejercicio del derecho al sufragio a fin de que los
electores “voten” en la consulta popular y, de acuerdo con la decisión democrática de la
mayoría, proclamen la revocatoria o no de la autoridad sometida a este mecanismo de
control.
Los promotores o interesados pueden solicitar la revocatoria de uno o más miembros
de un concejo municipal o regional; y para que el pedido proceda, las autoridades de
quienes se pide la revocatoria de sus cargos, se deben encontrar en el ejercicio de los
mismos y no hayan vacado en sus cargos.
El proceso de revocatoria es igual a cualquier procesoelectoral, con la diferencia de que
la cédula de sufragio llevará dos recuadros con las opciones SI (para separar del cargo
a la autoridad) y NO (para que continúe).
En el presente informe se realizará un análisis crítico sobre una caso de revocatoria de
autoridades en el Perú.
II. DESARROLLO
LA CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DE MARZO DE 2013 DESTITUCIÓN
DE SUSANA VILLARA DE LA ALCADÍA DE LIMA
Entre fines del año 2012 e Inicios del año 2013, un tema alrededor del cual se configuro
la coyuntura y se alinearon las fuerzas políticas de la capital. Esto se refiere al proceso
de la consulta popular de revocatoria que enfrentó la Ex alcaldesa de Lima Susana
Villarán.
Fue la primera consulta de revocatoria realizada en la historia de la capital. Poco
después de un año de haber sido elegida, Villarán, candidata de una confluencia de
partidos identificados como de izquierda (la Confluencia por Lima), enfrentó una
campaña de revocatoria impulsada por el abogado Marco Tulio Gutiérrez, principal
dirigente del denominado “Comité pro revocatoria”. Esta organización comenzó en
enero del año 2012 la recolección de las 400 000 firmas que, según la Ley de los
Derechos de Participación y Control Ciudadanos (ley 26300), son necesarias para
solicitar una consulta popular de revocatoria en la ciudad de Lima. El 6 de julio de 2012
fue entregado el último lote de firmas y a finales de octubre del mismo año estas fueron
aprobadas.
Luego estas tenían que ser validadas o invalidadas por el Jurado Nacional de
Elecciones (JNE). Si la institución daba luz verde al proceso revocatorio se debía
convocar a un referendo consultivo. El 13 de octubre de 2012 se dio a conocer a la
ciudadanía a través de los medios de comunicación que el 17 de marzo de 2013 se
convocaría a referendo consultivo para decidir la destitución o permanencia de la
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autoridad edil. La fecha se decidió a través de un acuerdo (oral) entre los miembros de
la institución electoral el mismo día del anuncio. El 17 de marzo de 2013. Este proceso
electoral se convocó para decidir la remoción o permanencia de la alcaldesa Susana
Villarán y de la totalidad de regidores de la Municipalidad Metropolitana de Lima por el
resto de su período hasta diciembre de 2014. Cabe recordar que la alusión al Si, se
entiende en tanto la consulta de revocatoria se formuló de la siguiente manera: ¿Debe
dejar el cargo de alcalde? / ¿Debe dejar el cargo de regidor?, debajo el nombre de la
persona en el cargo y al lado las opciones SÍ y NO.
Sabemos ya el desenlace de la consulta. Luego de una reñida campaña y con
resultados bastante ajustados, la alcaldesa se mantuvo en el cargo (51.3% votó por que
no sea revocada), dejaron sus cargos 22 de 39 regidores y se convocaron elecciones
de Concejo Municipal en noviembre del año pasado. Estamos hoy frente a un escenario
político distinto en varios aspectos y los temas de coyuntura son otros, de modo que
resulta un buen momento para hacer un balance y preguntarse cómo entender el
conjunto de hechos que configuraron esa coyuntura, que abarca la campaña y la
consulta de revocatoria
Pero ante ello es importante analizar las estrategias que utilizó Susana Villarán para
poder dar pelea al Si de la revocatoria, una de sus primeras medidas a favor del NO a
la revocatoria fue instalar en diversos puntos de Lima gigantografías con la imagen de
personajes conocidos, con los brazos cruzados en el pecho y acompañados de una
frase que resalta la palabra NO, asimismo la estrategia de incorporar los medios de
comunicación política con la difusión de la propuesta por el equipo de la alcaldesa
Susana Villarán.
Como se aprecia, la sola diferencia ideológica o la identificación de falencias
institucionales que hacen posible aquella consulta de revocatoria sería ampliamente
insuficiente para explicar por qué confluyeron tales intereses, cómo se articularon
organizadamente entre sí y cómo se movilizaron recursos de diverso tipo para sacar
adelante la campaña del SÍ.
Finalmente, Partiendo de un diagnóstico en el que la estabilidad es necesaria para
fortalecer la democracia, una campaña para revocar a la alcaldesa de la ciudad capital
iría en el camino contrario a ese fortalecimiento, generando desorden, pérdida de
continuidad en reformas importantes y gastos innecesarios. Sumado a ello la
revocatoria no tenían sustento suficiente que dieran lugar a que la población limeña
diera el SI por la cual querían sacar del cargo de alcaldesa de Lima a Susana Villarán.
III. CONCLUSIONES
El procesode revocatoria a la alcaldesa de Lima, Susana Villarán, las probabilidades
de mantenerse en el cargo eran mínimas, y al final lo logró gracias a la magnífica
estrategia de comunicación política que realizó con su equipo.
Los procesos de revocatoria han obedecido en buena medida a propósitos
subalternos y mezquinos. La Ley Electoral y las revocatorias han contribuido de esa
manera a desacreditar el sistema democrático y no a afianzarlo, generando
desorden, pérdida de continuidad en reformas importantes y gastos innecesarios.
IV. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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Congreso de la República. (s.f.). Obtenido de
http://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con4_uibd.nsf/CAAE0EDE67262D920
5257C5B005DBA84/$FILE/Conociendo_Formato_Catalogacion_Junio2009.pdf
GESTION. (2013). Obtenido de https://gestion.pe/noticias/revocatoria-de-susana-
villaran/?ref=gesr
PORTAL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES. (s.f.). Obtenido de
https://portal.jne.gob.pe/portal/Pagina/Ver/315/page/Revocatorias#:~:text=La%20re
vocatoria%20consiste%20en%20un,Alcaldes%20y%20regidores%20provinciales.
Rada, F. M.-Q. (2013). La revocación: el caso peruano. Pensamiento Constitucional,
16.
RPP Noticias. (03 de 2013). Obtenido de https://rpp.pe/politica/judiciales/que-fue-la-
revocatoria-y-por-que-persigue-hasta-ahora-a-susana-villaran-noticia-
1090211?ref=rpp