2. CLASE 5: CREDITOS TRIBUTARIOS
● Un crédito no reembolsable reduce la cantidad de la responsabilidad fiscal.
● Un crédito reduce directamente el impuesto, diferente a la deducción que
reduce el ingreso bruto para poder llegar AGI
● El crédito sólo reducirá la responsabilidad fiscal a 0,
● Los créditos son de 2 tipos: CRÉDITOS REEMBOLSABLES Y CRÉDITOS
NO REEMBOLSABLES.
3. CRÉDITO DE IMPUESTO EXTRANJERO
● Reduce la carga de pagar doble impuesto
● Se puede reclamar este crédito en el formu
lario 1040 o en el formulario 1116 o tomarlo
en el SCH-A, bajo otros impuestos.
CUIDADO DE HIJOS Y DEPENDIENTES
● Permite un crédito de hasta el 35% de los gastos.
● Gastos limitados a $3000 por niño,máximo 2 niños.
● Se utiliza el Formulario 2441.
● Si declara MFJ ambos deben haber ganado ingreso por trabajo durante el año, o
haber estado buscando trabajo.
● Debe identificar al proveedor de cuidado infantil.
CREDITO
4. PERSONA CALIFICADA PARA CRÉDITO DE CUIDADO
● Hijo calificado debe ser dependiente
menor de 13 años
● La persona no está física o mentalmente
capacitada para cuidarse por sí misma y
vivió con el contribuyente por mas de la
mitad del año.
● Si es hijo de padres divorciados el crédito puede ser reclamado por el padre que
tenga la custodia física.
ASISTENCIA DEL EMPLEADOR CON EL CUIDADO DE DEPENDIENTES
● Es reportado en la casilla 10 en el W-2 o en la caja 13 del K-1
● Si el empleador da beneficio de cuidado excluido en el ingreso, el contribuyente no
puede reclamar este crédito. O si el beneficio que da el empleador es menor al
crédito de cuidado, el contribuyente debe sustraer esta parte y reclamar el crédito
por la diferencia.
5. GASTOS QUE NO SON POR CUIDADO
● Gastos por comida, hospedaje, educación y entretenimiento.
● Gastos por ir a Kinder o algún nivel superior no califican.
● Tampoco califican gastos por tutoria o clases de verano.
PAGOS A FAMILIARES
● Pagar a un familiar que vive en la misma
residencia del contribuyente si puede calificar
● Pero si el hijo que ofrece el cuidado es menor
de 19 años, no califica.
● Tampoco puede ser el cónyuge del contribuyente
para poder reclamar el crédito
● Tampoco puede ser el padre del hijo calificado.
6. CRÉDITOS POR EDUCACIÓN
Hay 2 tipos de créditos no reembolsables de educación:
1.- Crédito de oportunidad estadounidense (parcialmente reembolsable)
2.- Crédito perpetuo por aprendizaje (no reembolsable)
Citizenship Class
7. ● Los gastos de educación tienen que ser pagados por el contribuyente
● Los alimentos, alojamientos, actividades estudiantiles, atletismo, transporte, seguro
y gastos de vivienda personales no son considerados como gastos calificados.
El crédito Perpetuo de aprendizaje
● Está disponible para el contribuyente en todo momento.
● El crédito permitido máximo es de $2 000 o el 20% de los primeros $10 000, de la
matrícula y gastos calificados.
● Este crédito no está basado en el cargo académico del estudiante.
● Los gastos por cursos de titulación de postgrado son elegibles.
8. Crédito de Oportunidad Estadounidense
● Es un crédito de hasta $2500, de los cuales hasta el 40% puede ser reembolsable
● Se basa en el 100% de los primeros $2000 y en el 25% de los próximos $2000
● Debe haber cursado la mitad del programa de estudios en el que está inscrito.
● Debe de estar libre de ofensas criminales, federales y estatales, que consistan de
posesión o distribución de sustancias controladas
● El estudiante no tiene que haber completado los 4 años de educación superior
● No tiene que haber reclamado el crédito en los últimos 4 años anteriores
9. BECAS
● Es una cantidad asignada o pagada para el beneficio del estudiante para que asista
a una institución educativa.
● Está libre de impuestos si utiliza los fondos para titularse en una institución
educativa.
● Si los fondos no fueron usados para gastos calificados, entonces pueden estar
sujetos a impuestos.
FORM 1098-T
● Sirve para ayudar a calcular el crédito por la educación, que se reporta en el
formulario 8863
● La institución educativa elegible debe mandar este formulario a cada estudiante
matriculado
10. OTROS CREDITOS
Se reportan en la línea 54, por ejemplo:
● Credito general de negocio
● Crédito por año anterios, impuesto mínimo
● Crédito de interés hipotecario
● Credito para mayores o discapacitados
● Crédito de adopción
● Crédito por ser primer comprador de casa
● Vehículo motorizado eléctrico
11. CREDITOS TRIBUTARIOS DE CALIFORNIA
● California tiene varias diferencias con la ley federal
● Ciertos tipos de impuestos están exentos de impuestos en California
● Hay también tipos de ingresos que están sujetos a impuestos de California pero no
por la ley federal.
CRÉDITOS POR GASTOS DE CUIDADO A MENORES Y DEPENDIENTES
● Los contribuyentes deben tener un AGI federal de $100 000 o menos,
● Se calcula en el formulario 3506
● El cuidado solo se puede dar en California
12. CRÉDITO NO REEMBOLSABLE DE INQUILINOS
● Tiene que haber pagado alquiler en California por lo menos 6 meses
● No tiene que haber vivido con otra persona que lo reclame como dependiente
● Montos que pueden reclamar son:
Soltero / MFS $ 60
MFJ $ 120
HH / Viudo $ 120