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LEY DE RETORNO




     CENTRO CULTURAL DE HISPANOHABLANTES DE ÁMSTERDAM
INTRODUCCIÓN
   Ley de 1985.

   Regulación actual del 2001

   Posible modificación
AYUDA HOLANDESA PARA EL RETORNO
   LEY DE RETORNO HOLANDESA
    (REMIGRATIEWET)

       Ayuda Básica  Pago único para GASTOS DE VIAJE +
        MUDANZA + PRIMEROS DOS MESES

       Prestación de Retorno      Prestación mensual y ayuda
        económica para concertar SEGURO MÉDICO. Sólo
        accesible a mayores de 45 años.

    Subsidios pagados por el SVB (Sociale Verzekeringsbank)
DESTINATARIOS de la LEY
   Nacionales de: Bosnia-Herzegovina, China, Grecia, Italia, Cabo
    Verde, Kosovo, Croacia, Macedonia, Marruecos, Montenegro,
    Serbia, Portugal, Eslovenia, ESPAÑA, Surinam, Túnez o Turquía.

       Nacionalidad holandesa pero origen de un país enumerado. PUEDEN pero
        están obligadas a adquirir la nacionalidad de ese país y renunciar a la
        nacionalidad holandesa.
       Doble nacionalidad. PUEDEN pero deberán renunciar a la nacionalidad
        holandesa.

   Residentes en Holanda como refugiados o con derecho de asilo.
    No importa país de origen.
   Residente en Holanda por reagrupación familiar con refugiado
    reconocido. No importa país de origen.
REQUISITOS GENERALES
   Solicitud mientras se resida en los Países Bajos. RESIDENCIA LEGAL.
   Mayor de 18 años.

   Pareja o cónyuge también deberá regresar.

   Ni solicitante (ni cónyuge) tiene deudas con el Estados holandés o entidades estatales.

   Solicitud efectuada sólo por uno de los miembros de la unidad familiar




                                                 [cónyuge/pareja del solicitante
                                                 e hijos menores]
AYUDA ECONÓMICA BÁSICA
   Pago único para sufragar
       Gastos de viaje
       Mudanza
       Primeros 2 meses
   Requisitos
       Si no tienes nacionalidad holandesa. Residir legalmente en Holanda un
        año antes de presentar solicitud.
       No renta anual superior a 91.000 euros.
   Cuantía y pago.
       La cuantía es variable dependiendo del numero de retornados.
       Pago
           GASTOS DE VIAJE + MUDANZA se abonan en cuenta bancaria en Holanda
            antes del retorno
           GASTOS DE LOS PRIMEROS MESES se abonan en cuenta bancaria en el
            Pais de origen y depende de la composición familiar.
PRESTACIÓN DE RETORNO
 Pago mensual y ayuda económica para concertar un seguro médico.
 Requisitos.
   Edad mínima de 45 años

   No nacionalidad holandesa. Residencia legal en Holanda un mínimo de 3
     años.
   Haber percibido una prestación o pensión holandesa un MÍNIMO DE 6
     MESES antes de presentar la solicitud
 Cuantía y pago

Dependerá de la situación del beneficiario al momento del retorno.
        -Variaciones en la situación familiar sí repercuten en la prestación.
        -Trabajar u obtener ingresos económicos no repercuten en la
  prestación.
        -Beneficiario de otra prestación holandesa: se descontará de la
  prestación de retorno.
Ejemplo, retornados a Españla en febrero 2009:
      retornados con cónyuge/pareja (que no vivan separados):
                   571,15 + 110,93 asistencia sanitaria = 682,08;
      retornados sin cónyuge/pareja que tengan a cargo a un hijo menor de 18 años:
                   517,81 + 75,34, asistencia sanitaria = 593,15;
      retornados sin cónyuge/pareja o hijos menores a cargo:
                   400,22 + 64,11, asistencia sanitaria = 464,33.




Cómputo: El derecho a la prestación de retorno comienza el día siguiente de la
  fecha de retorno.
PROCEDIMIENTO
        SOLICITUD                                                           RESOLUCIÓN
        EN LAS OFICINAS DEL BANCO                                           DE CONCESIÓN EN CASO DE CUMPLIR
        DE LA SEGURIDAD SOCIAL                                              CON LOS REQUISITOS
            (SVB)




                                                              TARJETA DE RETORNO
                                                              IMPRESO QUE INDICA LA FECHA DE REGRESO



                                                              Tarjeta que debe rellenar y remitir al SVB. El pago no será
                                                              efectuado hasta que el SVB no disponga de la tarjeta.

Si el solicitante no esta de acuerdo con la resolución podrá interponer una reclamación dentro de los 6 semanas desde la
fecha de la resolución impugnada. Y en caso de que tampoco este de acuerdo con la resolución a esta reclamación podrá en
acudir al Juez.
SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN DEL PAGO
   No remisión del Modelo de fe de vida

       Modelo que envía todos los años el SVB
       Debe completarse, firmarse y sellarse por autoridad competente
       Remisión al SVB en un plazo de 4 SEMANAS. En caso contrario: Suspensión
       No respuesta en un plazo de 6 meses se extingue el derecho a la prestación.

   No comunicación de las variaciones en la situación personal y familiar. Plazo de
    4 SEMANAS

   El retornado o cónyuge/pareja vuelve a fijar su residencia en Holanda

   El retornado, el cónyuge o los hijos no retornan en el plazo de 6 meses después
    de la concesión de la prestación.
DEBER DE INFORMACIÓN AL SVB
   decide no retornar o retorna en otra fecha
   el cónyuge desea quedarse en Holanda
    retorna un número distinto de miembros de la familia del que se había indicado
    cambia de domicilio
   él o su cónyuge vuelven a fijar la residencia en Holanda
   deja de convivir, se separa o divorcia de su pareja/cónyuge
   contrae matrimonio o comienza a convivir maritalmente
   nace un hijo
   fallece un miembro de la unidad familiar
   un hijo menor de 18 años se va a vivir con otra persona, contrae matrimonio o comienza a convivir
    maritalmente
   él o su cónyuge adquieren o renuncian a la nacionalidad holandesa
   pierde la nacionalidad
   se revisa o se suspende la prestación holandesa del solicitante/retornado o de sucónyuge/pareja
    se le concede a él o a su cónyuge/pareja

En caso de que el retornado vuelva a Holanda DEBERÁ REEMBOLSAR LA AYUDA BÁSICA PERCIBIDA
    dejará de tener derecho a la prestación de retorno.
CONSECUENCIAS DE LA REEMIGRACIÓN

   Renuncia a la nacionalidad holandesa.

   Pérdida de seguros holandeses

   Posibilidad de exportar subsidios
       Pensión de vejez (AOW)
       Ley de incapacidad laboral (WAO)
       Pensión de supervivencia (Anw)


    Siempre podrá volver a Holanda para estancia temporales
    (vacaciones…)
INSTITUTO HOLANDES DE MIGRACIÓN (NMI)
   Organismo encargado del retorno
   Facilita información y ofrece ayuda GRATUITA
       En aspectos materiales e inmateriales relacionados con el retorno
       Ayuda para cumplimentar los formularios de solicitud
      Material informativo (folletos, libros, revistas y similares sobre el retorno)
       Ventajas y desventajas del retorno para mujeres y niños
       Información sobre el retorno y las consecuencias para el permiso de residencia
       Información sobre la combinación de la provisión básica o la de retorno con
       otras prestaciones (exportables) tales como la de invalidez y la pensión de vejez.
      Normativa para la creación de una empresa en el país de origen
      Cuestiones a tener en cuenta antes de la salida como la anulación del contrato
       de arrendamiento o el darse de baja en los registros del ayuntamiento
      Las posibilidades de reconocimiento de los refugiados en otros países.
      Información sobre la posibilidad de acumular pensiones
      Información sobre el retorno y los impuestos
      Información sobre una nueva opción de entrada y la ampliación del visado
      Información sobre las posibilidades de cobertura por el servicio nacional de
       salud
      Información sobre los cambios en el sistema de seguridad social para los
       retornados
   Contacto: http://www.nmigratie.nl/

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Ley de retorno

  • 1. LEY DE RETORNO CENTRO CULTURAL DE HISPANOHABLANTES DE ÁMSTERDAM
  • 2. INTRODUCCIÓN  Ley de 1985.  Regulación actual del 2001  Posible modificación
  • 3. AYUDA HOLANDESA PARA EL RETORNO  LEY DE RETORNO HOLANDESA (REMIGRATIEWET)  Ayuda Básica Pago único para GASTOS DE VIAJE + MUDANZA + PRIMEROS DOS MESES  Prestación de Retorno Prestación mensual y ayuda económica para concertar SEGURO MÉDICO. Sólo accesible a mayores de 45 años. Subsidios pagados por el SVB (Sociale Verzekeringsbank)
  • 4. DESTINATARIOS de la LEY  Nacionales de: Bosnia-Herzegovina, China, Grecia, Italia, Cabo Verde, Kosovo, Croacia, Macedonia, Marruecos, Montenegro, Serbia, Portugal, Eslovenia, ESPAÑA, Surinam, Túnez o Turquía.  Nacionalidad holandesa pero origen de un país enumerado. PUEDEN pero están obligadas a adquirir la nacionalidad de ese país y renunciar a la nacionalidad holandesa.  Doble nacionalidad. PUEDEN pero deberán renunciar a la nacionalidad holandesa.  Residentes en Holanda como refugiados o con derecho de asilo. No importa país de origen.  Residente en Holanda por reagrupación familiar con refugiado reconocido. No importa país de origen.
  • 5. REQUISITOS GENERALES  Solicitud mientras se resida en los Países Bajos. RESIDENCIA LEGAL.  Mayor de 18 años.  Pareja o cónyuge también deberá regresar.  Ni solicitante (ni cónyuge) tiene deudas con el Estados holandés o entidades estatales.  Solicitud efectuada sólo por uno de los miembros de la unidad familiar [cónyuge/pareja del solicitante e hijos menores]
  • 6. AYUDA ECONÓMICA BÁSICA  Pago único para sufragar  Gastos de viaje  Mudanza  Primeros 2 meses  Requisitos  Si no tienes nacionalidad holandesa. Residir legalmente en Holanda un año antes de presentar solicitud.  No renta anual superior a 91.000 euros.  Cuantía y pago.  La cuantía es variable dependiendo del numero de retornados.  Pago  GASTOS DE VIAJE + MUDANZA se abonan en cuenta bancaria en Holanda antes del retorno  GASTOS DE LOS PRIMEROS MESES se abonan en cuenta bancaria en el Pais de origen y depende de la composición familiar.
  • 7. PRESTACIÓN DE RETORNO  Pago mensual y ayuda económica para concertar un seguro médico.  Requisitos.  Edad mínima de 45 años  No nacionalidad holandesa. Residencia legal en Holanda un mínimo de 3 años.  Haber percibido una prestación o pensión holandesa un MÍNIMO DE 6 MESES antes de presentar la solicitud  Cuantía y pago Dependerá de la situación del beneficiario al momento del retorno. -Variaciones en la situación familiar sí repercuten en la prestación. -Trabajar u obtener ingresos económicos no repercuten en la prestación. -Beneficiario de otra prestación holandesa: se descontará de la prestación de retorno.
  • 8. Ejemplo, retornados a Españla en febrero 2009:  retornados con cónyuge/pareja (que no vivan separados): 571,15 + 110,93 asistencia sanitaria = 682,08;  retornados sin cónyuge/pareja que tengan a cargo a un hijo menor de 18 años: 517,81 + 75,34, asistencia sanitaria = 593,15;  retornados sin cónyuge/pareja o hijos menores a cargo: 400,22 + 64,11, asistencia sanitaria = 464,33. Cómputo: El derecho a la prestación de retorno comienza el día siguiente de la fecha de retorno.
  • 9. PROCEDIMIENTO SOLICITUD RESOLUCIÓN EN LAS OFICINAS DEL BANCO DE CONCESIÓN EN CASO DE CUMPLIR DE LA SEGURIDAD SOCIAL CON LOS REQUISITOS (SVB) TARJETA DE RETORNO IMPRESO QUE INDICA LA FECHA DE REGRESO Tarjeta que debe rellenar y remitir al SVB. El pago no será efectuado hasta que el SVB no disponga de la tarjeta. Si el solicitante no esta de acuerdo con la resolución podrá interponer una reclamación dentro de los 6 semanas desde la fecha de la resolución impugnada. Y en caso de que tampoco este de acuerdo con la resolución a esta reclamación podrá en acudir al Juez.
  • 10. SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN DEL PAGO  No remisión del Modelo de fe de vida  Modelo que envía todos los años el SVB  Debe completarse, firmarse y sellarse por autoridad competente  Remisión al SVB en un plazo de 4 SEMANAS. En caso contrario: Suspensión  No respuesta en un plazo de 6 meses se extingue el derecho a la prestación.  No comunicación de las variaciones en la situación personal y familiar. Plazo de 4 SEMANAS  El retornado o cónyuge/pareja vuelve a fijar su residencia en Holanda  El retornado, el cónyuge o los hijos no retornan en el plazo de 6 meses después de la concesión de la prestación.
  • 11. DEBER DE INFORMACIÓN AL SVB  decide no retornar o retorna en otra fecha  el cónyuge desea quedarse en Holanda  retorna un número distinto de miembros de la familia del que se había indicado  cambia de domicilio  él o su cónyuge vuelven a fijar la residencia en Holanda  deja de convivir, se separa o divorcia de su pareja/cónyuge  contrae matrimonio o comienza a convivir maritalmente  nace un hijo  fallece un miembro de la unidad familiar  un hijo menor de 18 años se va a vivir con otra persona, contrae matrimonio o comienza a convivir maritalmente  él o su cónyuge adquieren o renuncian a la nacionalidad holandesa  pierde la nacionalidad  se revisa o se suspende la prestación holandesa del solicitante/retornado o de sucónyuge/pareja  se le concede a él o a su cónyuge/pareja En caso de que el retornado vuelva a Holanda DEBERÁ REEMBOLSAR LA AYUDA BÁSICA PERCIBIDA dejará de tener derecho a la prestación de retorno.
  • 12. CONSECUENCIAS DE LA REEMIGRACIÓN  Renuncia a la nacionalidad holandesa.  Pérdida de seguros holandeses  Posibilidad de exportar subsidios  Pensión de vejez (AOW)  Ley de incapacidad laboral (WAO)  Pensión de supervivencia (Anw) Siempre podrá volver a Holanda para estancia temporales (vacaciones…)
  • 13. INSTITUTO HOLANDES DE MIGRACIÓN (NMI)  Organismo encargado del retorno  Facilita información y ofrece ayuda GRATUITA  En aspectos materiales e inmateriales relacionados con el retorno  Ayuda para cumplimentar los formularios de solicitud  Material informativo (folletos, libros, revistas y similares sobre el retorno)  Ventajas y desventajas del retorno para mujeres y niños  Información sobre el retorno y las consecuencias para el permiso de residencia  Información sobre la combinación de la provisión básica o la de retorno con otras prestaciones (exportables) tales como la de invalidez y la pensión de vejez.  Normativa para la creación de una empresa en el país de origen  Cuestiones a tener en cuenta antes de la salida como la anulación del contrato de arrendamiento o el darse de baja en los registros del ayuntamiento  Las posibilidades de reconocimiento de los refugiados en otros países.  Información sobre la posibilidad de acumular pensiones  Información sobre el retorno y los impuestos  Información sobre una nueva opción de entrada y la ampliación del visado  Información sobre las posibilidades de cobertura por el servicio nacional de salud  Información sobre los cambios en el sistema de seguridad social para los retornados  Contacto: http://www.nmigratie.nl/