2. CLASE1: ETICA
● QUE ES LA ÉTICA? es la disciplina de lidiar con lo que es bueno y lo que es
malo y con la responsabilidad moral y la obligación
Es una teoría o sistema de principios o de valores morales.
Engloba las reglas y estándares de comportamiento.
● CUAL ES EL COMPORTAMIENTO ÉTICO? es la práctica en base a las reglas y estándares
que gobiernan la conducta de una profesión.
Ética = Hacer lo correcto.
● LA MORAL: La ética y la moral son paralelas en teoría y en la práctica. Etica denota la teoria
de las acciones correctas y erróneas, mientras lo moral indica su práctica dentro
de los lineamientos.
3. ● Moral tiene un significado doble:
1.- Comprension de moralidad que tiene una persona y la capacidad en ponerlo en práctica.
Siendo su antónimo: AMORAL, que es la incapacidad de distinguir entre lo correcto y lo
incorrecto.
2.- La práctica activa de esos valores.
Su antónimo es INMORAL, refiriéndose a acciones que quebrantan los principios éticos.
● CIRCULAR 230: Contiene las reglas y estándares que gobiernan la conducta del preparador de
impuestos.
● OPR : Oficina de Responsabilidad Profesional
4. BASE CENTRAL DE LA ETICA
Decisiones éticas son basadas en un número de influencias externas, dependiendo
en los antecedentes de la cultura, ética y religión del individuo
como también por influencias socio-económicas.
El Departamento de Rentas Internas, ha establecido directrices y prácticas éticas.
Estas directrices, leyes y estándares son provistas por la Circular 230 del
Departamento de Rentas Internas.
La Oficina de Responsabilidad Profesional, es responsable sobre asuntos
relacionados con la conducta del practicante y su disciplina, incluyendo el
procedimiento en disciplina y sus multas.
5. TENER PRESENTE
● NATURALEZA DEL PROBLEMA
● DOCUMENTACIÓN : recaudar información necesaria.
● INVESTIGACIÓN a fondo del problema.
● EXAMINAR SOLUCION
● MEDIR CONSECUENCIAS
● INFORMAR AL CLIENTE
● SOLUCIÓN LEGAL Y ÉTICA
6. CIRCULAR 230
En la circular 230 podemos encontrar diferentes definiciones como la de
Abogado, CPA, Comisionado entre otras.
La practica incluye:
- Preparar y transmitir documentos
- Comunicación con el IRS
- Proporcionar información por escrito ante cualquier nota relevante.
- Representar a clientes.
7. QUIENES PUEDEN PRACTICAR:
Abogados
Contador Publico Colegiado
Agente Registrado
Actuarios Enrolados
Agentes de planes de retiro registrados
Preparadores de Impuestos Registrados
8. El RTRP debe:
- Tener 18 años o mayor
- Demostrar ser competente para realizar
declaraciones federales a través de un
examen escrito
- Cumplir con los requerimientos estándares
- provistos por el IRS
- Tener un PTIN vigente
- No tener conductas que lo lleven a suspensión
o inhabilitación de la práctica.
9. REGLAS EN LA PREPARACIÓN DE IMPUESTOS
● Todo individuo que recibe un pago
debe tener un numero de PTIN, y cumplir
con la respectivas actualizaciones.
● Siempre debe firmar toda preparación que realice.
● Es responsable principal de la precisión de dicha declaración.
● El preparador puede no firmar la declaración o asesoría, siempre y cuando
no sea relevante o sustancial y en proporción al tiempo que tome la
consulta.
10. ● Factores que considerar para determinar si es sustancial:
- El tamaño y complejidad relevante al ingreso bruto del contribuyente
- El tamaño del cálculo erróneo.
11. TENER EN CUENTA
● CONOCIMIENTO DE OMISIÓN
● DILIGENCIA AL IGUAL QUE EXACTITUD
● PRONTA DISPOSICION
● INTERESES EN CONFLICTO
● DEVOLUCIÓN DE REGISTROS
● PETICION DE INFORMACION
● CALIDAD EN LA ASESORÍA
12. ● SANCIONES quebrantar la ley está sujeto a sanción
● OFICINA DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
● BUENA FE Y CAUSA RAZONABLE
NOTA:
ES RESPONSABILIDAD DEL PREPARADOR DE
IMPUESTOS REMUNERADO EL ENTENDER LO QUE ES
CUBIERTO EN LA CIRCULAR 230 Y QUE LA ORP
ESPERA QUE EL PREPARADOR ESTÉ EN
CONFORMIDAD DE MANERA VOLUNTARIA.
13. OPR:
La Oficina de Responsabilidad Profesional hace
cumplir las regulaciones que gobiernan ante el
Departamento de Rentas Internas, como esta
previsto en la Circular 230.
Establece y Refuerza consistentemente los
estándares de competencia, integridad y la
conducta de los profesionales de impuestos.
Los problemas más frecuentes investigados por la OPR son, retardo sin razón
justificada, información falsa y engañosa, conducta despectiva, fallar en dar la
información adecuada y correcta al contribuyente.
14. HONORARIOS
● Un preparador no puede cobrar una cuota desmedida por representar sobre
algún asunto ante el IRS
● Nose puede cobrar honorarios contingente por preparar una declaración de
impuestos original.
● Un preparador si puede cobrar un honorario contingente ante una declaración
enmendada o asesoramiento de una revisión comprobatoria por el IRS.
● Contingente: basado en el porcentaje del reembolso, como resultado final.
15. ● El preparador debe devolver de manera inmediata los registros si es que así
lo solicito su cliente.
● Así haya disputa por los honorarios no se puede negar a devolver los
registros.
● No podrá representar a un cliente ante el IRS, si esto involucra intereses en
conflicto. por ejemplo puede afectar directamente a otro cliente
● El preparador no puede endosar o de alguna manera negociar cualquier
cheque que fue emitido para el cliente por parte del gobierno con respecto a
una declaración
16. SANCIONES IMPUESTAS POR LA OPR
● Reprimenda privada: la OPR cree que con
esta carta va a rectificar el comportamiento. No es pública
● Censurado de la práctica ante el Departamento de Rentas Internas: Es una carta
pública, se notifica y se publica en el boletín de Rentas Internas. Esta censura no
afecta la habilidad de un individuo para representar a un contribuyente ante el IRS.
● Suspendido de la práctica ante el Departamento de Rentas Internas: No es elegible
para representar a su contribuyente ante el IRS, durante el periodo que dure la
suspensión. El periodo puede ser de meses a 5 años.
17. ● Inhabilitado de la práctica ante el Departamento de Rentas Internas: Esto
ocurre cuando la suspensión exceda los 5 años. Puede involucrar una
conducta que implica un daño para la comunidad, el contribuyente y el IRS y
debe ser detenida.
● Multas monetaria: La OPR puede aplicar multas monetarias por la mala
conducta del preparador. Cualquier practicante puede aplicar para ser
reconstituido después de haber sido inhabilitado por 5 años, con previa
demostración de un buen comportamiento.
18. PREPARADOR DE IMPUESTOS
● Debe poseer un PTIN number
● Debe ser un abogado, contador público certificado, agente registrado,
o preparador de impuestos registrado.
● Es sujeto a las obligaciones y restricciones con relación a la práctica ante el IRS
● Es sujeto a sanciones por quebrantar las regulaciones
● Debe estar “APTO” para la práctica.
19. 10.50 SANCIONES
Pueden censurar, suspender, o inhabilitar a cualquier practicante si se demuestra que es incompetente o
tiene mala fama o falla en estar en conformidad con las regulaciones de esta parte La censura es una
amonestación pública.
10.51 INCOMPETENCIA Y CONDUCTA CUESTIONABLE
1.- Falla intencional a transmitir una declaración electrónica
2.- Actuar como un preparador de impuestos remunerado sin poseer un PTIN actual o válido
3.- Representar al contribuyente ante el IRS, sin tener la autorización para hacerlo.
.
20. 10.52 FALLA SUJETA A SANCIÓN
Un practicante puede ser inhabilitado o suspendido de la práctica ante el IRS por:
1.- Intencionalmente quebranto cualquiera de las regulaciones
2.- Imprudencia o por incompetencia.
IRC 6694
La Ley de oportunidad de Trabajo para los Pequeños Negocios del 2007 incrementó las multas para los
preparadores de impuestos si se determinó que una posición no realista fue tomada en una declaracion de
impuestos y no fue revelada. La multa se incrementó de $250 a $1000
NINGUNA MULTA O SANCIÓN SERÁ IMPUESTA SI EL PREPARADOR PUEDE DEMOSTRAR QUE
ACTUÓ EN BUENA FE Y LA SUBESTIMACIÓN FUE HECHA BAJO CAUSA RAZONABLE