2. la seguridad social tiene
por finalidad garantizar el
derecho a la salud, la
asistencia médica, la
protección de los medios
de subsistencia, y los
servicios sociales para el
bienestar individual y
colectivo, así como el
otorgamiento de una
pensión que, en su caso y
previo cumplimiento de
los requisitos legales, será
garantizada por el Estado
IMSS LSS
3. Las prestaciones que el IMSS brinda a
sus derechohabientes se encuentran
bajo dos tipos de regímenes
• Régimen
Obligatorio
• Régimen
Voluntario
5. Para los trabajadores:
Ahorro para el retiro
Guardería para el
cuidado de sus hijos
Prestaciones sociales
Pensiones en
caso de invalidez
o fallecimiento.
Atención médica, hospitalaria,
farmacéutica y rehabilitación
para el trabajador y su familia.
6. Para los patrones persona
físicas o personas que prestan
sus servicios en forma
independiente:
Ahorro para el retiro
Pensiones en
caso de invalidez
o fallecimiento.
Atención médica, hospitalaria,
farmacéutica y rehabilitación
para el trabajador y su familia.
7. En las Afores, cada uno de
los trabajadores tiene una
cuenta individual que es
personal y única. En dicha
cuenta, a lo largo de la vida
laboral de cada trabajador
se acumulan los recursos
(cuotas y aportaciones) que
realiza periódicamente el
patrón, el gobierno y el
propio trabajador.
AFORE
8. Aperturan las
cuentas individuales
Administran e
invierten el
ahorro
Envían un estado de
cuenta
Reciben las cuotas y
aportaciones
Registran
rendimientos que
vaya generando el
ahorro
Entregan recursos por
las prestaciones a que
tienen derecho
Reciben y registran
las aportaciones
voluntarias
Registran
aportaciones para
el INFONAVIT
Al momento del retiro,
entregan el monto de
su pensión.
9. RENTA VITALICIA
Ley 97
IMSS
Es una Pensión de por vida que se contrata
con una Aseguradora de las que indica el
IMSS.
Es una pensión que contrata con la AFORE en
la que se esté registrado, dependiendo del
monto que haya acumulado en su Cuenta
AFORE, de los rendimientos que se obtengan y
la esperanza de vida que te hayan calculado.
RETIRO PROGRAMADO
10. • Para el año 2022, se necesitan 775 semanas
cotizadas. Se incrementarán 25 semanas
por año, hasta llegar a 1,000 en el 2031.
• Tener 60 a 64 años en caso de Pensión por
Cesantía.
• Tener 65 años en caso de Pensión por Vejez.
Esta modalidad es pagada
por el Gobierno Federal