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Pincipales Cambios en la
Miscelánea Fiscal 2022:
Control, claridad y simplificación
Centro de Investigación Económica y Presupuestaria, A.C. 19 de octubre de 2021
Juan Pablo López Reynosa | juanpablolopez@ciep.mx
Resumen
La Miscelánea Fiscal propuesta en el Paquete Económico 2022 contiene medidas que pueden clasificarse como refor-
mas enfocadas en control, claridad y simplificación. Sin embargo, es necesario revisar la complementariedad de
las leyes para prevenir complicaciones en su aplicación o resultados imprevistos.
1 | Introducción
El pasado 8 de septiembre del 2021, se publicó como
parte del Paquete Económico 2022 la propuesta de
cambios a la ley del ISR, IVA, IEPS y Código fiscal de
la federación. En esta investigación, los cambios pro-
puestos al régimen tributario serán referidos como
Miscelánea Fiscal 2022.
Los cambios propuestos en la Miscelánea Fiscal 2022
fueron aprobados en lo general el 19 de octubre de
2021 por la Cámara de Diputados y deberá ser votada
en lo particular antes del 20 de octubre del mismo año.
Una vez aprobado, el dictamen deberá ser revisado y
votado por la Cámara de Senadores.
La Miscelánea Fiscal 2022 reafirma la postura del go-
bierno federal de no crear nuevos impuestos ni au-
mentar las tasas estipuladas; sin embargo, ante la ne-
cesidad de (i) fortalecer la recaudación pública, (ii) me-
jorar la administración tributaria, y (iii) combatir la eva-
sión, elusión y corrupción, se proponen reformas pa-
ra fortalecer a la autoridad tributaria.
Se identificaron los siguientes ejes rectores sobre las
propuestas en la Miscelánea fiscal 2022 que ilustran
los objetivos de la misma:
1. Control: Enfocado en monitorear a los contri-
buyentes para seguir los nuevos lineamientos
en materia fiscal.
2. Claridad: Modificaciones que limitan, redefinen
o acotan ciertos conceptos tributarios.
3. Simplificación: En particular los cambios de dis-
tintos regímenes de actividad empresarial para
incorporarse al nuevo Régimen Simplificado de
Confianza (RSC).
La estructura de la investigación sigue estas tres cla-
sificaciones. Para cada clasificación se mencionan al-
gunas reformas, adiciones, derogaciones o implicacio-
nes en las diversas disposiciones dentro de la Miscelá-
nea Fiscal 2022. Para concluir se abordan las implica-
ciones generales de Política Pública que incluirán con-
sideraciones a tomar en cuenta previo a la aprobación
y legislación de estas iniciativas.
2 | Reformas de Control
Las reformas de control tienen la intención de com-
batir la evasión y la elusión fiscal, así como, mejorar
la gestión tributaria a través de distintas herramien-
tas que incentiven y monitoreen el cumplimiento fis-
cal. Dentro de estas reformas se identificaron cuatro
@ciepmx 1 /ciepmx
Pincipales Cambios en la Miscelánea Fiscal 2022:
Control, claridad y simplificación
conceptos que fortalecerán el control y monitoreo tri-
butario:
1. Facultad comprobatoria de razón de negocio.
2. Obligaciones internacionales.
3. Reformas y adiciones en materia de deduccio-
nes.
4. Uso y manejo de la información fiscal.
Se identificaron distintas operaciones de negocio, que
fueron realizadas entre partes relacionadas como si-
mulación de actos jurídicos exclusivos para efectos fis-
cales. Debido a esto se busca facultar al Sistema de
Administración Tributaria (SAT) para comprobar si
las operaciones carecen de razón de negocio.
Las facultades propuestas permitirán al SAT reinterpre-
tar el concepto de las operaciones engañosas y preve-
nir la simulación. Dentro de estas operaciones se en-
cuentran las fusiones, adquisiciones, restructuracio-
nes, entre otras. Por ejemplo, en caso de identificar
una restructuración corporativa o una fusión cuya úni-
ca razón sea la reducción de las obligaciones fiscales;
es decir, carezcan de razón de negocio, se cambiará la
tipificación legal a una enajenación de bienes o accio-
nes, según sea el caso. Estas herramientas le darán
facultades comprobatorias al SAT para combatir pla-
neaciones fiscales agresivas.
Se adicionan reformas que inciden en personas físi-
cas y morales que residen en el extranjero. Entre
estas reformas se encuentra la obligación de presen-
tar información sobre precios de transferencia a per-
sonas con fuente de riqueza ubicada en territorio na-
cional. Además, se fortalece el control por la adquisi-
ción de bienes en el extranjero, así como la enajena-
ción de acciones. Respecto a las multinacionales, se
busca tener mejor monitoreo entre los rangos com-
parables para determinar la utilidad, así como redac-
tar los métodos aplicables para un posible ajuste de
rangos. Para finalizar, se elimina la distinción entre na-
cional y extranjero para operaciones dentro de los re-
gímenes fiscales preferentes.
Adicionalmente, se proponen cambios en materia de
deducciones por medio de aclaraciones, adiciones y
obligaciones legales de los contribuyentes. Primero,
se aclara que ahora algunas Erogaciones1
ya no de-
penden del país de residencia. Además, se agregan
nuevos conceptos al límite global de deducciones per-
sonales2
.
Por otro lado, debe presentarse nueva documentación
en caso de querer deducir un crédito incobrable, do-
cumentando que se intentaron todos los medios posi-
bles para cobrarlo. Por último, como parte del comba-
te al mercado ilícito de hidrocarburos y petrolíferos se
exige el permiso vigente por parte del vendedor para
poder deducir la compra de estos bienes.
Respecto al uso y manejo de la información fiscal,
se propone un cambio en la declaración informativa
del Sistema Financiero. Esto sería un cambio a la pe-
riodicidad de los reportes de los depósitos en efecti-
vo mayores a $15,000 pesos, pasando de ser anual a
mensual. Por último, se propone incorporar a las per-
sonas físicas mayores de edad al Régimen Fiscal de
Contribuyentes (RFC). Esto le permite al SAT contar con
mejor información para su planeación, monitoreo y
eventual comprobación.
3 | Reformas de Claridad
Se identificaron distintos conceptos que se malinter-
pretaban o eran ambiguos dentro de la Ley del Im-
puesto Sobre la Renta (LISR), creando huecos legales
que propiciaban la elusión. Debido a esto, se propo-
ne su modificación, limitación o acotación de distintos
1
Se mencionan las Erogaciones por asistencia técnica, transfe-
rencia de tecnología o regalías.
2
Se agrega a los donativos, planes personales y aportaciones
complementarias de retiro como parte del límite global de de-
ducciones personales.
@ciepmx 2 /ciepmx
Pincipales Cambios en la Miscelánea Fiscal 2022:
Control, claridad y simplificación
conceptos dentro de la ley. Además, se amplían defi-
niciones y se realizan cambios en la aplicación de LIVA
y LIEPS.
Respecto a las inversiones se proponen cuatro refor-
mas. Se plantea ampliar la definición de monto origi-
nal de la inversión3
. Además, se deberá presentar avi-
so a las autoridades sobre los bienes que han dejado
de ser útiles para generar ingresos, con el fin de evi-
tar deducciones indebidas. Por otro lado, se aclara la
tipificación sobre el usufructo de bienes4
.
Respecto al sector minero también se explica que las
concesiones mineras no son parte del periodo pre-
operativo5
. Adicionalmente, se especifica que las cons-
trucciones dentro de la mina son activos fijos y debe-
rán deducirse como tal.
Debido a los huecos legales y erogaciones de la base
gravable, se proponen distintas aclaraciones dentro
de la LISR. Por ejemplo, se propone especificar que la
Participación de los Trabajadores en las Utilidades de
las empresas no tiene que restarse para obtener la uti-
lidad fiscal. Por otro lado, se especificaron los paráme-
tros para la determinación de la ganancia cambiaria6
;
además de aclaraciones sobre la ganancia y acumula-
ción de bienes derivados de algunas adquisiciones de
bienes inmuebles7
.
Derivado de la discusión pública y las distintas nece-
sidades de reforma identificadas por el SAT en su fa-
3
Agregando la preparación del emplazamiento fijo, instalación,
montaje, manejo y entrega.
4
Actualmente se deduce con una tasa del 15 %. Como activo fijo
la tasa de deducción pasará a ser del 5 % con su nueva tipifica-
ción.
5
Actualmente se deducen al 10 % y deberán ser deducidas a una
tasa menor.
6
Se establece que las ganancias o pérdidas cambiarias no po-
drán ser menores ni mayores a las que resulten de aplicarse
para solventar las obligaciones el tipo de cambio establecido
por el Banco de México y publicado en el Diario Oficial de la
Federación el día que se sufra la ganancia o la pérdida.
7
Específicamente, la ley se refiere a la nuda propiedad y el usu-
fructo de bienes. La nuda propiedad es cuando una persona,
física o moral, es titular de un bien, pero no puede hacer uso
de este.
cultad comprobatoria, se aclaran y redefinen distintos
conceptos dentro de la Ley del Impuesto Sobre el Va-
lor Agregado (LIVA). Estos cambios incluyen reformas
a tasas, acreditaciones y obligaciones. Por ejemplo, se
propone el gravamen a tasa 0.0 % para los productos
de gestión menstrual y alimentos para animales.
Entre otros cambios y aclaraciones sobre la LIVA, hay
aclaraciones sobre la acreditación del IVA de impor-
tación y la especificación sobre el no acreditamiento
para actividades realizadas fuera del territorio nacio-
nal. También se aclara que los bienes intangibles se
conceden en el lugar de su uso o goce temporal, no
del lugar físico donde fue traspasado.
Además, se proponen aclaraciones dentro de la Ley
del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS)
para fortalecer la recaudación y combatir la corrup-
ción. Una de las aclaraciones fue sobre la importación
de combustibles, especificando que cuando se evada
el impuesto se perderán los estímulos fiscales, ade-
más de la sanción administrativa o penal correspon-
diente. También, se propone la incorporación de los
conceptos de marbete electrónico, y establecimiento
de consumo final,entre otras.
4 | Reformas de Simplificación
Se crea el nuevo RSC con la intención de una máxima
simplificación, a efecto de que la determinación y pa-
go del impuesto sea accesible y sin la necesidad de
apoyo de terceros, beneficiando a los contribuyentes
con menor capacidad administrativa. En este nuevo
régimen tributarán las personas morales y físicas con
actividad empresarial que ingresen menos de 35 y 3.5
millones de pesos anuales, respectivamente.
En el caso de las personas físicas con actividad empre-
sarial, se eliminan algunos regímenes8
para su incor-
8
Entre los regímenes que se propone eliminar se encuentran el
Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas o Pes-
queras y el Régimen de Incorporación Fiscal.
@ciepmx 3 /ciepmx
Pincipales Cambios en la Miscelánea Fiscal 2022:
Control, claridad y simplificación
poración al nuevo RSC, que tiene como objetivo sim-
plificar el pago tributario y disminuir la informalidad.
Se aplican tasas progresivas que van desde 1 % hasta
2.5 % de los ingresos totales.
Además, se eliminan deducciones para disminuir el
costo de cumplimiento y que el cálculo se haga auto-
mático con base en lo facturado. Se propone también
la legislación de leyes transitorias que permitan a los
contribuyentes contar con acreditamientos, deduccio-
nes pendientes de aplicar y saldos a favor, entre otros
beneficios.
En el caso de personas morales se permite acumular
ingresos cuando efectivamente se perciban y se pa-
guen, esto mediante el flujo de efectivo9
. Se propo-
ne un esquema de deducción de inversiones a menor
plazo que incentive la inversión. Además, la determi-
nación de los pagos provisionales dejará de utilizar el
coeficiente de utilidad obtenido del ejercicio fiscal an-
terior, buscando apoyar a las micro y pequeñas em-
presas.
Estos cambios serán apoyados con el uso de herra-
mientas tecnológicas con las que actualmente cuenta
el SAT. También se propone incluir disposiciones tran-
sitorias referentes a los ingresos y deducciones du-
rante el periodo de transición. Además de estos be-
neficios, las personas morales del RSC calcularán su
impuesto y deducciones como todas las demás per-
sonas morales.
5 | Implicaciones de política
pública
Las tres categorías mencionadas destacan la intención
gubernamental de no crear nuevos impuestos o au-
mentar los existentes, pero sí fortalecer el sistema tri-
9
Para mantener el esquema de simplificación basado en el flujo
de efectivo dentro del RSC para personas morales, se eliminan
los conceptos de créditos incobrables y el costo de ventas.
butario, combatir la evasión, elusión y corrupción, ade-
más de incentivar al sector informal a incorporarse al
nuevo RSC. Sin embargo, es necesario revisar la com-
plementariedad de la ley para prevenir complica-
ciones en su aplicación o resultados imprevistos.
Por ejemplo, realizar modificaciones en la LIVA para
acompañar la simplificación del Nuevo Régimen Sim-
plificado de Confianza y evitar la contratación de un
tercero. También, monitorear con regularidad el im-
pacto de las reformas y su eficiencia recaudatoria.
Acrónimos
LIEPS Ley del Impuesto Especial sobre Producción
y Servicios
LISR Ley del Impuesto Sobre la Renta
LIVA Ley del Impuesto Sobre el Valor Agregado
RSC Régimen Simplificado de Confianza
RFC Régimen Fiscal de Contribuyentes
SAT Sistema de Administración Tributaria
@ciepmx 4 /ciepmx
Pincipales Cambios en la Miscelánea Fiscal 2022:
Control, claridad y simplificación
Cuadro 1. Prinipales cambios en la Miscelánea Fiscal 2022
Clasificación Principales Cambios Observaciones
Control Facultad comprobatoria al SAT sobre razón de negocio Reformas enfocadas en el
Obligaciones internacionales de los contribuyentes monitoreo sobre el cumplimiento de
Reformas y adiciones sobre deducciones las obligaciones fiscales
Uso y manejo de la información fiscal
Claridad Aclaraciones conceptuales sobre inversiones Modificaciones, aclaraciones y acotamientos
Aclaración sobre el cálculo de la utilidad fiscal sobre los conceptos tributarios
Especificación sobra las ganancias cambiaras para evitar elusiones
Productos de gestión menstrual gravados a tasa 0.0 % y malinterpretaciones
Incentivos fiscales contra venta ilegal de hidrocarburos
Simplificación Creación del RSC para personas físicas Régimen creado para simplificar los
Creación del RSC para personas morales procesos administrativos, reducir la informalidad
y sustituir otros regímenes
@ciepmx 5 /ciepmx
Somos un centro de investigación de la sociedad civil, sin fines de
lucro ni agenda partidista, que provee información y análisis ac-
cesibles, relevantes y técnicamente sólidos para incidir, mejorar y
democratizar las discusiones y la toma de decisiones en economía
y finanzas públicas, con el propósito de darle sostenibilidad al sis-
tema fiscal en beneficio de las generaciones presentes y futuras.

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  • 1. Pincipales Cambios en la Miscelánea Fiscal 2022: Control, claridad y simplificación Centro de Investigación Económica y Presupuestaria, A.C. 19 de octubre de 2021 Juan Pablo López Reynosa | juanpablolopez@ciep.mx Resumen La Miscelánea Fiscal propuesta en el Paquete Económico 2022 contiene medidas que pueden clasificarse como refor- mas enfocadas en control, claridad y simplificación. Sin embargo, es necesario revisar la complementariedad de las leyes para prevenir complicaciones en su aplicación o resultados imprevistos. 1 | Introducción El pasado 8 de septiembre del 2021, se publicó como parte del Paquete Económico 2022 la propuesta de cambios a la ley del ISR, IVA, IEPS y Código fiscal de la federación. En esta investigación, los cambios pro- puestos al régimen tributario serán referidos como Miscelánea Fiscal 2022. Los cambios propuestos en la Miscelánea Fiscal 2022 fueron aprobados en lo general el 19 de octubre de 2021 por la Cámara de Diputados y deberá ser votada en lo particular antes del 20 de octubre del mismo año. Una vez aprobado, el dictamen deberá ser revisado y votado por la Cámara de Senadores. La Miscelánea Fiscal 2022 reafirma la postura del go- bierno federal de no crear nuevos impuestos ni au- mentar las tasas estipuladas; sin embargo, ante la ne- cesidad de (i) fortalecer la recaudación pública, (ii) me- jorar la administración tributaria, y (iii) combatir la eva- sión, elusión y corrupción, se proponen reformas pa- ra fortalecer a la autoridad tributaria. Se identificaron los siguientes ejes rectores sobre las propuestas en la Miscelánea fiscal 2022 que ilustran los objetivos de la misma: 1. Control: Enfocado en monitorear a los contri- buyentes para seguir los nuevos lineamientos en materia fiscal. 2. Claridad: Modificaciones que limitan, redefinen o acotan ciertos conceptos tributarios. 3. Simplificación: En particular los cambios de dis- tintos regímenes de actividad empresarial para incorporarse al nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RSC). La estructura de la investigación sigue estas tres cla- sificaciones. Para cada clasificación se mencionan al- gunas reformas, adiciones, derogaciones o implicacio- nes en las diversas disposiciones dentro de la Miscelá- nea Fiscal 2022. Para concluir se abordan las implica- ciones generales de Política Pública que incluirán con- sideraciones a tomar en cuenta previo a la aprobación y legislación de estas iniciativas. 2 | Reformas de Control Las reformas de control tienen la intención de com- batir la evasión y la elusión fiscal, así como, mejorar la gestión tributaria a través de distintas herramien- tas que incentiven y monitoreen el cumplimiento fis- cal. Dentro de estas reformas se identificaron cuatro @ciepmx 1 /ciepmx
  • 2. Pincipales Cambios en la Miscelánea Fiscal 2022: Control, claridad y simplificación conceptos que fortalecerán el control y monitoreo tri- butario: 1. Facultad comprobatoria de razón de negocio. 2. Obligaciones internacionales. 3. Reformas y adiciones en materia de deduccio- nes. 4. Uso y manejo de la información fiscal. Se identificaron distintas operaciones de negocio, que fueron realizadas entre partes relacionadas como si- mulación de actos jurídicos exclusivos para efectos fis- cales. Debido a esto se busca facultar al Sistema de Administración Tributaria (SAT) para comprobar si las operaciones carecen de razón de negocio. Las facultades propuestas permitirán al SAT reinterpre- tar el concepto de las operaciones engañosas y preve- nir la simulación. Dentro de estas operaciones se en- cuentran las fusiones, adquisiciones, restructuracio- nes, entre otras. Por ejemplo, en caso de identificar una restructuración corporativa o una fusión cuya úni- ca razón sea la reducción de las obligaciones fiscales; es decir, carezcan de razón de negocio, se cambiará la tipificación legal a una enajenación de bienes o accio- nes, según sea el caso. Estas herramientas le darán facultades comprobatorias al SAT para combatir pla- neaciones fiscales agresivas. Se adicionan reformas que inciden en personas físi- cas y morales que residen en el extranjero. Entre estas reformas se encuentra la obligación de presen- tar información sobre precios de transferencia a per- sonas con fuente de riqueza ubicada en territorio na- cional. Además, se fortalece el control por la adquisi- ción de bienes en el extranjero, así como la enajena- ción de acciones. Respecto a las multinacionales, se busca tener mejor monitoreo entre los rangos com- parables para determinar la utilidad, así como redac- tar los métodos aplicables para un posible ajuste de rangos. Para finalizar, se elimina la distinción entre na- cional y extranjero para operaciones dentro de los re- gímenes fiscales preferentes. Adicionalmente, se proponen cambios en materia de deducciones por medio de aclaraciones, adiciones y obligaciones legales de los contribuyentes. Primero, se aclara que ahora algunas Erogaciones1 ya no de- penden del país de residencia. Además, se agregan nuevos conceptos al límite global de deducciones per- sonales2 . Por otro lado, debe presentarse nueva documentación en caso de querer deducir un crédito incobrable, do- cumentando que se intentaron todos los medios posi- bles para cobrarlo. Por último, como parte del comba- te al mercado ilícito de hidrocarburos y petrolíferos se exige el permiso vigente por parte del vendedor para poder deducir la compra de estos bienes. Respecto al uso y manejo de la información fiscal, se propone un cambio en la declaración informativa del Sistema Financiero. Esto sería un cambio a la pe- riodicidad de los reportes de los depósitos en efecti- vo mayores a $15,000 pesos, pasando de ser anual a mensual. Por último, se propone incorporar a las per- sonas físicas mayores de edad al Régimen Fiscal de Contribuyentes (RFC). Esto le permite al SAT contar con mejor información para su planeación, monitoreo y eventual comprobación. 3 | Reformas de Claridad Se identificaron distintos conceptos que se malinter- pretaban o eran ambiguos dentro de la Ley del Im- puesto Sobre la Renta (LISR), creando huecos legales que propiciaban la elusión. Debido a esto, se propo- ne su modificación, limitación o acotación de distintos 1 Se mencionan las Erogaciones por asistencia técnica, transfe- rencia de tecnología o regalías. 2 Se agrega a los donativos, planes personales y aportaciones complementarias de retiro como parte del límite global de de- ducciones personales. @ciepmx 2 /ciepmx
  • 3. Pincipales Cambios en la Miscelánea Fiscal 2022: Control, claridad y simplificación conceptos dentro de la ley. Además, se amplían defi- niciones y se realizan cambios en la aplicación de LIVA y LIEPS. Respecto a las inversiones se proponen cuatro refor- mas. Se plantea ampliar la definición de monto origi- nal de la inversión3 . Además, se deberá presentar avi- so a las autoridades sobre los bienes que han dejado de ser útiles para generar ingresos, con el fin de evi- tar deducciones indebidas. Por otro lado, se aclara la tipificación sobre el usufructo de bienes4 . Respecto al sector minero también se explica que las concesiones mineras no son parte del periodo pre- operativo5 . Adicionalmente, se especifica que las cons- trucciones dentro de la mina son activos fijos y debe- rán deducirse como tal. Debido a los huecos legales y erogaciones de la base gravable, se proponen distintas aclaraciones dentro de la LISR. Por ejemplo, se propone especificar que la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas no tiene que restarse para obtener la uti- lidad fiscal. Por otro lado, se especificaron los paráme- tros para la determinación de la ganancia cambiaria6 ; además de aclaraciones sobre la ganancia y acumula- ción de bienes derivados de algunas adquisiciones de bienes inmuebles7 . Derivado de la discusión pública y las distintas nece- sidades de reforma identificadas por el SAT en su fa- 3 Agregando la preparación del emplazamiento fijo, instalación, montaje, manejo y entrega. 4 Actualmente se deduce con una tasa del 15 %. Como activo fijo la tasa de deducción pasará a ser del 5 % con su nueva tipifica- ción. 5 Actualmente se deducen al 10 % y deberán ser deducidas a una tasa menor. 6 Se establece que las ganancias o pérdidas cambiarias no po- drán ser menores ni mayores a las que resulten de aplicarse para solventar las obligaciones el tipo de cambio establecido por el Banco de México y publicado en el Diario Oficial de la Federación el día que se sufra la ganancia o la pérdida. 7 Específicamente, la ley se refiere a la nuda propiedad y el usu- fructo de bienes. La nuda propiedad es cuando una persona, física o moral, es titular de un bien, pero no puede hacer uso de este. cultad comprobatoria, se aclaran y redefinen distintos conceptos dentro de la Ley del Impuesto Sobre el Va- lor Agregado (LIVA). Estos cambios incluyen reformas a tasas, acreditaciones y obligaciones. Por ejemplo, se propone el gravamen a tasa 0.0 % para los productos de gestión menstrual y alimentos para animales. Entre otros cambios y aclaraciones sobre la LIVA, hay aclaraciones sobre la acreditación del IVA de impor- tación y la especificación sobre el no acreditamiento para actividades realizadas fuera del territorio nacio- nal. También se aclara que los bienes intangibles se conceden en el lugar de su uso o goce temporal, no del lugar físico donde fue traspasado. Además, se proponen aclaraciones dentro de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS) para fortalecer la recaudación y combatir la corrup- ción. Una de las aclaraciones fue sobre la importación de combustibles, especificando que cuando se evada el impuesto se perderán los estímulos fiscales, ade- más de la sanción administrativa o penal correspon- diente. También, se propone la incorporación de los conceptos de marbete electrónico, y establecimiento de consumo final,entre otras. 4 | Reformas de Simplificación Se crea el nuevo RSC con la intención de una máxima simplificación, a efecto de que la determinación y pa- go del impuesto sea accesible y sin la necesidad de apoyo de terceros, beneficiando a los contribuyentes con menor capacidad administrativa. En este nuevo régimen tributarán las personas morales y físicas con actividad empresarial que ingresen menos de 35 y 3.5 millones de pesos anuales, respectivamente. En el caso de las personas físicas con actividad empre- sarial, se eliminan algunos regímenes8 para su incor- 8 Entre los regímenes que se propone eliminar se encuentran el Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas o Pes- queras y el Régimen de Incorporación Fiscal. @ciepmx 3 /ciepmx
  • 4. Pincipales Cambios en la Miscelánea Fiscal 2022: Control, claridad y simplificación poración al nuevo RSC, que tiene como objetivo sim- plificar el pago tributario y disminuir la informalidad. Se aplican tasas progresivas que van desde 1 % hasta 2.5 % de los ingresos totales. Además, se eliminan deducciones para disminuir el costo de cumplimiento y que el cálculo se haga auto- mático con base en lo facturado. Se propone también la legislación de leyes transitorias que permitan a los contribuyentes contar con acreditamientos, deduccio- nes pendientes de aplicar y saldos a favor, entre otros beneficios. En el caso de personas morales se permite acumular ingresos cuando efectivamente se perciban y se pa- guen, esto mediante el flujo de efectivo9 . Se propo- ne un esquema de deducción de inversiones a menor plazo que incentive la inversión. Además, la determi- nación de los pagos provisionales dejará de utilizar el coeficiente de utilidad obtenido del ejercicio fiscal an- terior, buscando apoyar a las micro y pequeñas em- presas. Estos cambios serán apoyados con el uso de herra- mientas tecnológicas con las que actualmente cuenta el SAT. También se propone incluir disposiciones tran- sitorias referentes a los ingresos y deducciones du- rante el periodo de transición. Además de estos be- neficios, las personas morales del RSC calcularán su impuesto y deducciones como todas las demás per- sonas morales. 5 | Implicaciones de política pública Las tres categorías mencionadas destacan la intención gubernamental de no crear nuevos impuestos o au- mentar los existentes, pero sí fortalecer el sistema tri- 9 Para mantener el esquema de simplificación basado en el flujo de efectivo dentro del RSC para personas morales, se eliminan los conceptos de créditos incobrables y el costo de ventas. butario, combatir la evasión, elusión y corrupción, ade- más de incentivar al sector informal a incorporarse al nuevo RSC. Sin embargo, es necesario revisar la com- plementariedad de la ley para prevenir complica- ciones en su aplicación o resultados imprevistos. Por ejemplo, realizar modificaciones en la LIVA para acompañar la simplificación del Nuevo Régimen Sim- plificado de Confianza y evitar la contratación de un tercero. También, monitorear con regularidad el im- pacto de las reformas y su eficiencia recaudatoria. Acrónimos LIEPS Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios LISR Ley del Impuesto Sobre la Renta LIVA Ley del Impuesto Sobre el Valor Agregado RSC Régimen Simplificado de Confianza RFC Régimen Fiscal de Contribuyentes SAT Sistema de Administración Tributaria @ciepmx 4 /ciepmx
  • 5. Pincipales Cambios en la Miscelánea Fiscal 2022: Control, claridad y simplificación Cuadro 1. Prinipales cambios en la Miscelánea Fiscal 2022 Clasificación Principales Cambios Observaciones Control Facultad comprobatoria al SAT sobre razón de negocio Reformas enfocadas en el Obligaciones internacionales de los contribuyentes monitoreo sobre el cumplimiento de Reformas y adiciones sobre deducciones las obligaciones fiscales Uso y manejo de la información fiscal Claridad Aclaraciones conceptuales sobre inversiones Modificaciones, aclaraciones y acotamientos Aclaración sobre el cálculo de la utilidad fiscal sobre los conceptos tributarios Especificación sobra las ganancias cambiaras para evitar elusiones Productos de gestión menstrual gravados a tasa 0.0 % y malinterpretaciones Incentivos fiscales contra venta ilegal de hidrocarburos Simplificación Creación del RSC para personas físicas Régimen creado para simplificar los Creación del RSC para personas morales procesos administrativos, reducir la informalidad y sustituir otros regímenes @ciepmx 5 /ciepmx
  • 6. Somos un centro de investigación de la sociedad civil, sin fines de lucro ni agenda partidista, que provee información y análisis ac- cesibles, relevantes y técnicamente sólidos para incidir, mejorar y democratizar las discusiones y la toma de decisiones en economía y finanzas públicas, con el propósito de darle sostenibilidad al sis- tema fiscal en beneficio de las generaciones presentes y futuras.