1. FUNDAMENTOS DE LA ETNOEDUCAION
PROFESORADO
POR:
VALERIS EPINAYU PUSHAINA
ARGELIA IPUANA
OSIRIS CUELLO
UNIVERSIDAD DE LA GUAJIRA- EXTENSION FONSECA
LIC. EN ETNOEDUCACION
FONSECA
2014
2. PROFESORADO
El desarrollo de procesos en profesionalización de etnoeducadores
ha sido un esfuerzo considerable por parte del Estado para la
optimización de la educación en las comunidades étnicas
minoritarias, ya que considera al maestro un pilar fundamental en la
transmisión de conocimientos que conserven la integridad y
originalidad de las tradiciones. Para ejemplificar, es la Ley 115
quien especifica lineamientos especiales para esta nueva y
diferenciada educación, estableciendo condicionamientos que
hagan posible la investigación y participación del maestro no solo
en el proceso pedagógica, sino también social.
En la etnoeducación el maestro es uno de los pilares principales ya
que su labor es garantizar la transmisión de conocimientos,
conservando la educación propia de los pueblos indígenas,
incluyendo en los principios curriculares la enseñanza de las
tradiciones y ciencias, sirviendo de ejemplo en la apropiación de la
cultura y la conservación de la misma aun estando en un entorno
diferente. En el planteamiento de estos lineamientos, la
comunidades indígenas piden que los docentes contribuyan en la
solución de problemas en la escuela y la comunidad, alguien que
valore y respete sus tradiciones, costumbres y conocimientos
ancestrales, incluyendo las figuras de autoridad (líderes indígenas y
ancianos) , lo que le hará competente.
La selección de docentes para grupos étnicos esta especificada en
el artículo 62 de la ley 115, establece parámetros para la
escogencia de estos, y también resalta la participación de la
comunidad indígena en esta labor. Los requisitos a los que hace
alusión esta ley son: formación profesional en etnoeducación,
conocer la cultura, dominar la lengua y el castellano, resultando
preferible que este pertenezca a la comunidad.
En línea de lo anterior, la ley también establece procesos y
programas especiales para la formación de los maestros. La
3. impartición de ésta correrá por parte de instituciones de formación
superior o básica indicada por el ministerio de educación,
capacitadas en el desarrollo de programas que los instruyan
eficazmente. La orientación básica consiste en generar elementos
que fortalezcan el proyecto en la vida de la comunidad, diseñando y
llevando a cabo las investigaciones de identidad de la cultura,
respetarlas, fomentarlas, identificar las formas tradicionales de
aprendizajes y relacionarlas con las curriculares, fomentar la
conservación de la cultura, como lo es uso de la lengua, y también
liderar en la construcción de proyectos educativos que beneficien a
la comunidad.
La idea del Estado al desarrollar leyes, es regular y fomentar la
conciencia del maestro sobre el modelo de educación que
implementará en un marco de conservación de modos de vida, usos
y costumbres, teniendo como resultado una mentalidad pedagógica
de acción comunicativa y argumentativa en grupos minoritarios;
tarea que requiere mayor esfuerzo.
Percibiendo lo expuesto, sobre el etnoeducador recae una gran
responsabilidad, ya que su labor no es implementar aspectos
curriculares de culturas de población mayoritaria en las etnias de
menor población, ya que su formación es especial , y está orientada
hacia una cultura específica pues tiene como fin dominar los
conocimiento de las culturas y aplicarlas a los actos curriculares; de
ésta forma también adquiere habilidades en la participación
intercultural , ósea una posible labor social con otras etnias ,de tal
manera puedan solucionar problemas que afronta la comunidad en
relación con otras.
Actualmente el proceso de formación es algo contradictorio ya que
la mayor parte de esta formación está basada en aspectos
occidentales, como materias que se imparten en ese tipo de
educación, orientadas a solucionar problemas de esa índole.La
comunidad indígena posee cultura propia así como problemática
propias,por ende originalmente estas tienen formas tradicionales de
solucionarlas, pero el etnoeducador no podrá ser parte de ella si no
4. está capacitado totalmente para hacerlo. El maestro para grupos
étnicos no necesita un distinguido curriculum en las que figuren
diplomas de estudios en universidades o cursos de capacitación, el
verdadero etnoeducador es aquel que indaga y conoce las prácticas
de la comunidad, tradiciones, costumbres y lenguas, aplicando su
saber a los procesos pedagógicos del contexto.
BIBLIOGRAFIA: Constitución política de Colombia
Ley 115, decreto 804
Ley 115, artículo 58
Ley 115, articulo 62
Ley 5 y 6, decreto 804