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EL AVANCE DE
LA
CORRUPCIÓN
DESDE LA
PERSPECTIVA
DE LA DEFENSA
JURÍDICA DEL
ESTADO
Gobiernos Regionales y Locales
INFORME
TEMÁTICO 2022
PROCURADURÍA PÚBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCIÓN
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 1
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales y Locales
INFORME TEMÁTICO – SETIEMBRE 2022
JAVIER ALONSO PACHECO PALACIOS
Procurador Público (e) Especializado en Delitos de Corrupción
YUDITH VILLEGAS ESPINOZA
Procuradora Pública Adjunta Especializada en Delitos de Corrupción
CESAR AUGUSTO OLANO ROJAS
Coordinador de la Unidad de Análisis de Información Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción
La elaboración y edición del informe especial “El Avance de la Corrupción desde la Perspectiva de la Defensa Jurídica del
Estado. Caso Gobiernos Regionales y Locales” estuvo a cargo del equipo de la Unidad de Análisis de Información (UAI) de
la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción, integrado por los profesionales que se consignan líneas
abajo.
Se reconoce y agradece el apoyo y aporte de los Procuradores Públicos, Coordinadores y demás colaboradores de esta
Procuraduría en la sede central y de las treinta y site sedes descentralizadas para la elaboración del presente informe
especial.
Responsables de la elaboración, edición, diseño y diagramación:
• Carmen Rosa Sara Campos Ormeño
• César Augusto Larrea Falen
• César Augusto Olano Rojas
• Germán Bedoya Gómez
• John Palomino Ramírez
• Julio Augusto Yauri Medina
• Rosario Mercedes María Mendoza Zuta
Colaboradores
• Blandina Maldonado Valenzuela
• Ephraim Santiago Sánchez Limaylla
• Milagros Beatriz Silva Florián
• Milagros Sophia Luque Uturunco
• Stefany Julissa Maurita Villar Álvarez
• Thalia Lizbeth Torres Polar
Editado por:
Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción (PPEDC)
Av. Arequipa N° 5060 – 5070, Miraflores
Central telefónica: (511) 204-8020 anexo 1433
https://procuraduriaanticorrupción.minjus.gob.pe
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 2
Presentación
Desde su origen, la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción - PPEDC -
tiene como objetivo, la defensa de los derechos e intereses del Estado ante instancias
jurisdiccionales en los procesos que tienen que ver con la comisión de los ilícitos penales
contemplados en las secciones II, III y IV del Capítulo II del Título XVIII del Libro Segundo del
Código Penal; lo que supone la defensa de toda Entidad Estatal que sea vea amenazada por
tales actos.
Sin embargo, la tarea de la PPEDC no solo se circunscribe únicamente a la defensa de los
derechos e intereses del Estado ante diversos fueros; consiste también en informar con
transparencia, el grado de evolución de este hecho llamado corrupción, con la finalidad de
comprender, prevenir, asimilar y reflexionar sobre su origen, desarrollo y consecuencias;
información que resulta un insumo en extremo importante para la mejora continua en las
políticas de Estado.
La PPEDC ha comenzado a informar de manera progresiva y técnica, mediante un primer
precedente (año 2012), el cual consistió en el primer informe situacional denominado “La
procuraduría anticorrupción en perspectiva crítica: Reparaciones civiles / investigación /
sistema de información”. Dicho Informe que comprendía el periodo de noviembre de 2011
a mayo de 2012, señala que, según los casos conocidos por la PPEDC, solo el 1,1% tenía
relación con Gobiernos Regionales, el 1,7% con Municipalidades Provinciales y el 14,8% con
Municipalidades Distritales. Posteriormente, en agosto de 2017 la PPEDC publica el
informe: “Sospecha generalizada de corrupción contra gobernadores y alcaldes del país.
Informe especial de la PPEDC” identificando que, en 26 gobiernos regionales1 existe un
total de 395 investigaciones contra gobernadores o ex gobernadores a junio de 2017; luego,
en septiembre del 2018, se publica el informe temático: “La Corrupción en los gobiernos
Regionales y Locales” informe en el cual la PPEDC desarrolla el concepto de mapas de
corrupción, ubicándose la existencia de 4225 casos de los cuales, 222 están en etapa de
ejecución y 4003 procesos en trámite; así mismo, de las cifras que arrojan datos sobre
funcionarios involucrados en hechos de corrupción tenemos que, a mayo del año 2018,
existían 2059 procesos que involucran a gobernadores y/o alcaldes por delitos de
1
No esta demás aclarar que además de los 24 departamentos se reconoce al Callao como región y Lima se
divide en Lima provincias como un gobierno regional y a Lima Metropolitana que la Ley de Gobiernos
Regionales, Ley Nº 27867, le da nivel de gobierno regional, de ahí que se habla de 26 gobiernos regionales.
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 3
corrupción de funcionarios, siendo el Cusco con 203 procesados, la región con el mayor
número, y el Callao, con solo 7 la convertía en la región con menos procesados.
Respecto del tipo de delito de mayor incidencia al año 2012, se identificó que del total de
tipos penales en que incurrían los funcionarios, el 30.6% corresponde al delito de peculado
y el 15.7 % a colusión; al año 2018 esta tendencia se mantuvo puesto que, de los 4225 casos,
1928 son por peculado y 1455 por colusión. Lo que indica esta tendencia, es que los
funcionarios procesados incurren principalmente en apropiación de caudales del Estado.
Entidades de alcance nacional como la Contraloría General de la República del Perú y la
Defensoría del Pueblo, así como algunas de carácter internacional, como Transparency
International, o la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD)
hacen estimaciones en relación al comportamiento del fenómeno de la corrupción; La
Contraloría toma como fuente de información su propio Sistema de Auditoría
Gubernamental (SAGU) y el Sistema Integrado de Administración de Finanzas (SIAF) del
Ministerio de Economía y Finanzas; la Defensoría toma las publicaciones de la PPEDC, y sus
propios métodos de recolección de información a través de sus oficinas descentralizadas
como fuente de información, en tanto que Transparency International hace sus
estimaciones sobre la base de datos de entidades, como el Banco Mundial y el Foro
Económico Mundial lo que acredita el interés y la importancia del tema de corrupción.
Esperamos que el presente documento, sirva como guía para identificar las variables
respecto de los delitos de corrupción, tales como la tipología de delitos, y el grado de
concentración de la corrupción en el ámbito nacional entre otros, a efecto que la Sociedad
Peruana complete su proceso de conciencia en relación al grave perjuicio que genera la
corrupción al Estado y a la colectividad.
Javier Alonso Pacheco Palacios
Procurador Público (e) Especializado en
Delitos de Corrupción
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 4
El Avance de la Corrupción desde la Perspectiva de la Defensa Jurídica del
Estado - Caso Gobiernos Regionales y Locales
PRESENTACIÓN ............................................................................................................. 2
ABREVIATURAS Y SIGLAS............................................................................................... 6
RESUMEN...................................................................................................................... 7
1 INTRODUCCIÓN.......................................................................................................... 8
2 PERSPECTIVA NACIONAL........................................................................................... 11
• MAPA DE LA CORRUPCIÓN.......................................................................................................................... 12
• EVOLUCIÓN DE LA CORRUPCIÓN EN GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES .............................................................. 14
• CANTIDAD DE AUTORIDADES PROCESADAS POR REGIÓN.................................................................................... 15
• CASOS POR TIPO DE DELITO ........................................................................................................................ 17
• CASOS POR ETAPA PROCESAL ...................................................................................................................... 18
• CASOS POR MEDIDAS DE COERCIÓN Y SITUACIÓN JURÍDICA DE LOS INCULPADOS..................................................... 20
• CASOS VINCULADOS A CONTRATACIONES DEL ESTADO...................................................................................... 21
• CASOS EMBLEMÁTICOS.............................................................................................................................. 29
3 PERSPECTIVA REGIONAL Y LOCAL.............................................................................. 65
CUSCO .......................................................................................................................................................... 66
LIMA............................................................................................................................................................. 71
ANCASH........................................................................................................................................................ 76
JUNÍN ........................................................................................................................................................... 82
HUÁNUCO .................................................................................................................................................... 87
LORETO ........................................................................................................................................................ 91
ICA................................................................................................................................................................ 95
PUNO............................................................................................................................................................ 98
PASCO ........................................................................................................................................................ 102
CAJAMARCA ............................................................................................................................................... 107
AYACUCHO................................................................................................................................................. 110
HUANCAVELICA.......................................................................................................................................... 114
SAN MARTIN............................................................................................................................................... 118
AREQUIPA .................................................................................................................................................. 121
APURÍMAC.................................................................................................................................................. 124
PIURA ......................................................................................................................................................... 127
UCAYALI...................................................................................................................................................... 131
LA LIBERTAD ............................................................................................................................................... 134
TACNA ........................................................................................................................................................ 137
AMAZONAS ................................................................................................................................................ 140
LAMBAYEQUE............................................................................................................................................. 143
MADRE DE DIOS ......................................................................................................................................... 147
TUMBES...................................................................................................................................................... 150
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 5
MOQUEGUA............................................................................................................................................... 154
CALLAO....................................................................................................................................................... 157
4 CONCLUSIONES ...................................................................................................... 160
5 RECOMENDACIONES............................................................................................... 162
6 GLOSARIO............................................................................................................... 163
7 ANEXOS.................................................................................................................. 165
• CASOS QUE INVOLUCRAN A CANDIDATOS A ELECCIONES 2022........................................................................ 165
• CUADRO DEL TOTAL DE PROCESOS VINCULADOS A AUTORIDADES ELECTAS ENTRE EL 2002 A 2022. ........................ 209
8 REFERENCIAS.......................................................................................................... 614
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 6
Abreviaturas y siglas
CAN : Comisión de Alto Nivel Anticorrupción
C.P. : Código Penal
C.P.P. : Código Procesal Penal
Const. : Constitución Política del Perú
GORE : Gobierno Regional
IOARR : Inversión de Optimización de Ampliación Marginal, de Reposición y
………….Rehabilitación.
OCDE : Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
PGE : Procuraduría General del Estado.
PPEDC : Procuraduría Pública Especializada en Corrupción
SAGU : Sistema de Auditoria Gubernamental
SIAP : Sistema Integrado de Administración Financiera
UAI : Unidad de análisis de la información de la Procuraduría Pública
Especializada en Corrupción
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 7
Resumen
En el año 2018 la PPEDC realizó un informe temático sobre el estado de la corrupción en el
marco de los gobiernos regionales y locales de los años 2002 al 2018. En cada una de estas
instancias gubernamentales, se realizaron estudios en base a los legajos de casos en trámite
que, con posterioridad, dieron lugar a dicho documento.
El presente informe, actualiza y comunica la situación jurídica procesal de una diversidad
de autoridades en particular, los gobernadores regionales, alcaldes provinciales, así como
distritales, por tanto, incluye a autoridades electas hasta el presente año, mediante el
análisis de los registros de casos de corrupción asumidos por la PPEDC.
Así mismo, este documento está dividido en tres partes, la primera parte denominada
perspectiva nacional que recoge la información estadística de la corrupción en gobiernos
regionales y gobiernos locales de manera integral; se expone también el mapa de la
corrupción en las diversas regiones además de identificar tipos de delitos de mayor
incidencia y por etapas, de acuerdo al desarrollo del proceso penal; en la segunda parte
sobre la corrupción en gobiernos regionales y gobiernos locales desde ambas perspectivas
se aprecia el avance de la corrupción desarrollado en un mapa de corrupción a nivel
regional, hasta la presencia de casos por contrataciones con el Estado, entre otros; así
mismo se acompaña un cuadro resumen básico con los principales casos por región; y la
última parte, corresponde a las conclusiones, sugerencias y un anexo que contiene dos
cuadros: el primero sobre candidatos vinculados a procesos de corrupción en el periodo
2002 a 2022 y el segundo cuadro sobre el total de procesos vinculados a autoridades electas
entre el 2002 a 2022.
En ese orden de ideas, el presente informe busca identificar los principales
comportamientos delictivos de los gobernadores, alcaldes provinciales y distritales del país,
vale decir, de las circunstancias, prácticas o características en las que se cometen delitos
como peculado, colusión y negociación incompatible, los cuales en estos últimos años
suceden en el ámbito de una organización criminal, esquema que en general cuenta con
una multiplicidad de imputados, abundante prueba documental y una defensa altamente
especializada.
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 8
1 Introducción
La sociedad, con el objetivo de crecer de manera permanente en un clima de evolución
humana en equilibrio, demanda que sus autoridades propicien con adecuadas decisiones,
un estado de bienestar general, a través de eficientes servicios de salud, educación, óptima
infraestructura, entre otros aspectos; la satisfacción de tales demandas, sufre daños
irreversibles y se contamina con el avance de la corrupción, situación que se refleja en la
falta de probidad y transparencia en los actos de algunos funcionarios, así como su
constante infracción del deber en el ejercicio del cargo para el que fueron elegidos.
Evidentemente, estas infracciones y delitos, afectan el avance y el desarrollo de nuestra
sociedad, por lo que es de vital importancia, identificar a la corrupción como uno de los más
grandes problemas que urge atender y en especial conocer a fondo con el objetivo del
control y mitigación de sus efectos, como corresponde a toda sociedad con aspiraciones de
desarrollo y crecimiento.
Según Transparencia Internacional2 en la última publicación de “Índice de Percepción de la
Corrupción 2021”, durante el año 2021, el Perú fue calificado con un puntaje de 36, en una
escala donde 100 puntos representa a un país libre de corrupción y 0 equivale un país con
corrupción generalizada, lo que significa que estamos a una distancia de 64 puntos para ser
considerado como un país sin corrupción. Dicha referencia tiene una influencia directa en
la percepción que tienen los actores internacionales, entre ellos numerosos países con las
más diversas economías, en la posibilidad de entablar o no, relaciones de un amplio tipo
con el Perú, así también diversos organismos internacionales, entre ellos la OCDE y,
evidentemente la sociedad y el empresariado nacional quienes observan
permanentemente los efectos de la corrupción, como un componente importante en la
toma de sus decisiones.
2
Transparencia Internacional (TI) es una organización no gubernamental que promueve medidas contra
crímenes corporativos y corrupción política en el ámbito internacional. Se fundó en 1993. Publica anualmente
el Índice de Percepción de Corrupción, una lista corporativa de corrupción a nivel mundial. El Índice de
Percepción de la Corrupción 2021, publicado en Berlín, el 25 de enero de 2022 indica que los niveles de
corrupción se encuentran estancados a nivel mundial, con escaso o ningún progreso en el 86 % de los países
evaluados en los últimos diez años.
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 9
Los efectos de la corrupción en nuestro país, perjudica el desarrollo de los objetivos de una
serie de entidades públicas y privadas, por lo que es fundamental identificar el origen del
problema, asimilar sus dimensiones y mediante las conclusiones de un análisis serio dar un
tratamiento eficaz al problema. En dicho análisis, además de explicar didácticamente a la
sociedad, la naturaleza de dicho problema, es necesario comunicar el avance de dichos
efectos a las autoridades especializadas, en el objetivo de tomar mejores decisiones, todo
ello, dirigido a la evolución en los mecanismos de solución.
A la fecha, y en esa línea de acción, existen varios trabajos desarrollados por la Contraloría
General de la República mediante sus publicaciones anuales, una de ellas, por ejemplo,
denominada “Incidencia de la Corrupción y la Inconducta Funcional en el Perú 2020”. Por
otro lado, cabe mencionar las publicaciones de la Defensoría del Pueblo, entre ellas,
“Riesgos de corrupción en la distribución de productos alimentarios del Programa Nacional
de Alimentación Escolar Qali Warma” autorizada por Decreto Legislativo N° 1472, en el
contexto de la COVID 19”. En ambos casos, y desde su especialidad, plantean un enfoque
específico de los hechos. Sin embargo, la defensa especializada de los intereses del Estado
por parte de la PPEDC, consiste en las acciones directas de lucha contra la corrupción, en
consonancia con la labor del Ministerio Público. Corresponde así mismo, difundir nuestra
labor en aras de aumentar la eficiencia de un Estado que, además de propiciar las mejores
condiciones para el crecimiento y el desarrollo social, tiene la compleja tarea de
garantizarlas.
La Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción como parte del Sistema de
Defensa Jurídica del Estado, además de ejecutar su labor diaria en defensa del Estado en el
fuero jurisdiccional denunciando delitos de corrupción, y recabado las consecuentes
reparaciones civiles, ha asumido la labor de difusión de sus actividades mediante informes
temáticos que permitan apreciar desde todos los ámbitos y niveles administrativos de la
Nación, en esta ocasión esta labor se materializa mediante el Informe temático “EL AVANCE
DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO – Caso
Gobiernos Regionales y Locales” es un documento cuyo objetivo consiste en graficar la
situación y el avance de la corrupción en los gobiernos regionales y locales mediante el uso
de estadística actualizada y de un lenguaje práctico. Es preciso señalar también que el
presente informe, da a conocer la información que el contexto normativo permite, por lo
que se han omitido detalles en relación a procesados, delitos y otros, que solo podrán ser
expuestos, si están fuera de los alcances del principio de presunción de inocencia y reserva
de la investigación, principios que están protegidos por prohibición taxativa de la norma
adjetiva en materia penal.
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 10
El propósito de este informe es rescatar la experiencia acumulada por la defensa jurídica
del Estado ejercida por la PPEDC en las distintas cortes superiores del país, por lo que
trataremos de identificar con la mayor precisión posible a los gobernadores, alcaldes
provinciales y distritales del país que tengan investigaciones y procesos penales a fin de
poder proyectar estrategias de prevención, dirigidas a la mejora continua de las políticas de
Estado y su aplicación transversal en todo el aparato público, en el más estricto sentido
técnico.
Es preciso señalar que el término autoridades, para efectos del presente informe, se aplica
a gobernadores, ex gobernadores, alcaldes y ex alcaldes; así mismo la cantidad de procesos
que en este informe se señala se refiere exclusivamente a los procesos en los que están
involucrados gobernadores, ex gobernadores, alcaldes y ex alcaldes.
Por otro lado, la totalidad de gráficos y cuadros son de creación de la UAI de la PPEDC y el
rango de datos usados se ubica entre los años 2002 a junio del 2022; esta información se
extrajo en base a la data remitida de nuestras treinta y siete oficinas descentralizadas y
nuestra sede central en la ciudad de Lima; es de precisar además, que nuestra data tiene
base exclusiva en los procesos en que la PPEDC ha iniciado acciones y/o esta apersonada,
puesto que existe la posibilidad que la defensa jurídica del Estado haya sido asumida por la
Contraloría General de la República o se trate de procesos en sede judicial o fiscal en los
que no nos hayan corrido traslado; ese, entre otros motivos, determinaron la denominación
del presente informe: “El avance de la corrupción desde la perspectiva de la defensa
jurídica del Estado: Caso Gobiernos Regionales y Locales”.
Equipo UAI-PPEDC
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 11
2 Perspectiva nacional
Estando que los actos de corrupción casi siempre se vinculan a la facultad que tiene los
funcionarios para disponer de fondos públicos ya sea en la adquisición de bienes y/o
servicios en desmedro del correcto funcionamiento de la administración pública; tal
condición evidencia la existencia de dos componentes importantes: el proceso de
descentralización de poder desde la capital al interior del país y, el control que se pueda
realizarse al uso de recursos asignados; vale decir que la facultad de funcionarios para la
disposición de recursos, va de la mano con el proceso de descentralización cuya
característica no solo es política, sino también económica y financiera.
En el aspecto normativo, se encuentran la Ley de Descentralización, Ley Nº 27783 del año
2002; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 del año 2002 y Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley N° 27972 del año 2003; normas mediante las cuales se logra
importantes avances en el proceso de descentralización, determinado nivel de control
económico y financiero; la dación de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector
Público, Ley Nº 28112 del año 2003 que establece la obligatoriedad para todas las entidades
y organismos del sector público de registrar toda información financiera en el sistema
conocido como SIAF; sistema que permite conocer los montos asignados a entidades, el
detalle de la ejecución presupuestal y el nivel de gasto de las mismas; dicho sistema se trata
de una de las herramientas más importantes, que permite alcanzar niveles de transparencia
en el gasto público, y a la vez, identificar infracciones de carácter administrativo e incluso
penal.
En tal sentido, se advierte que el artículo 189° de nuestra Constitución, dispone la forma
de demarcación territorial que rige para la república, precisando que nuestro territorio está
integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos; de acuerdo a la Ley de Bases
de la Descentralización, Ley Nº 27783, que desarrolla este mandato constitucional respecto
de la conformación de las regiones en número de veinticinco, y naturalmente se regula a
las municipalidades, además de la situación particular de Lima y Callao; de acuerdo a lo
señalado en el artículo sesenta y cinco de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº
27867, se precisa que toda mención contenida en la legislación nacional que haga
referencia a los gobiernos regionales, se entiende también hecha a la Municipalidad
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 12
Metropolitana de Lima, en lo que le resulte aplicable; es decir se considera a veintiséis
circunscripciones con prerrogativas de gobierno regional.
A continuación, se presentan ocho ítems desde una visión macro y de carácter nacional
observando la corrupción en gobiernos regionales y gobiernos locales; estos son: mapa de
la corrupción, evolución de la corrupción en gobiernos regionales y locales, cantidad de
autoridades procesadas por región, casos por tipo de delito, casos por etapa procesal, casos
por medidas de coerción y situación jurídica de los inculpados, casos vinculados a
contrataciones del estado y, cerrando esta primeraparte, diecinueve casos emblemáticos.
• Mapa de la corrupción
La PPEDC a junio del presente año tiene 54 246 casos registrados a nivel nacional, de los
cuales, para el presente informe se ha analizado 7 895 casos de corrupción relacionados a
autoridades electas del periodo 2 002 a 2 018, de los cuales 535 tienen la categoría de casos
emblemáticos. El presente mapa de la corrupción -gráfico 01- tiene por objeto evidenciar la
cantidad de casos en trámite y concluidos (sentencias firmes), cuya reparación civil está en
proceso de cobro, así como el número de investigaciones y procesos que se encuentran
actualmente en giro en las regiones de nuestro país, donde la participación de la PPEDC es
fundamental en el extremo de salvaguardar los intereses del Estado.
La PPEDC expone la estadística sobre el avance en estos últimos años, de los casos por los
delitos de corrupción relacionados a autoridades electas en las regiones, sus provincias y
distritos del país. Así, tenemos 5 regiones con mayor incidencia de corrupción como son:
Cusco, Lima, Ancash, Junín y Huánuco; en ese orden, del 100% de los casos a nivel nacional
se advierte que el 40.6% se concentra en las regiones antes mencionadas.
Sin duda llama la atención el caso de Cusco por ser quien ocupa el primer lugar con mayor
cantidad de casos registrados 799, correspondiendo al 10.12% de los casos a nivel nacional,
es menester hacer un acercamiento más preciso, el mismo que lo haremos cuando
detallemos información región por región, la cual se realizará en la segunda parte de este
informe.
Por otro lado, las regiones con menos incidencias de procesos por corrupción son Tumbes
con 1.33% y Madre de Dios con un 1.62% téngase en cuenta que este dato no significa que
no haya corrupción sino podría haber factores escondidos como la poca o nula denuncia; la
cantidad de población, y por qué los casos reportados hacen referencia exclusivamente a
donde estarían involucrados autoridades de elección popular.
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 13
Gráfico N° 01
Mapa de la Corrupción
Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC
DATOS:
5 4246 casos registrados por la PPEDC
a nivel nacional:
7 895 casos analizados para el
presente informe
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 14
• Evolución de la corrupción en gobiernos regionales y
locales
En principio debemos señalar que los casos que aquí exponemos se encuentran en
trámite (tanto con la antigua y nueva norma procesal penal) donde estarían
comprometidos gobernadores, ex gobernadores, alcaldes y ex alcaldes.
Se ha tomado como referencia lo informado en el año 2018, donde se registró un total
de 4 225 casos en los gobiernos regionales y locales, estando 222 en ejecución y 4 003
en trámite, de los cuales 239 tienen la categoría de casos emblemáticos, en el presente
año, se puede evidenciar un incremento del 86.86%, esto quiere decir que tenemos
7 895 casos de los cuales 587 se encuentran en ejecución y 7 308 en trámite, donde 535
tienen la categoría de casos emblemáticos.
En un lapso de 4 años la cantidad de procesos por corrupción contra autoridades (en
trámite y ejecución) han pasado de 4 225 a 7 895; es decir se incrementó en 86.86%.
Los efectos de la corrupción tienen un impacto negativo en la confianza de los
ciudadanos en las entidades públicas, porque menoscaba la legitimidad de tales
instituciones y de sus principales autoridades, e incrementa las brechas respecto de
necesidades en la población, que deben ser atendidas por el Estado a través de sus
autoridades elegidas por voto popular.
Cuadro N° 01
Evolución de la corrupción en gobiernos regionales y locales
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 15
• Cantidad de autoridades procesadas por región
Desde el inicio del proceso de descentralización como una necesidad para el desarrollo de
nuestro país, concepto recogido en nuestra Carta Magna y desarrollado en la legislación,
(Ley de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N°
27867 y Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972) los gobiernos locales y regionales
ejecutan sus propios presupuestos y comienzan atender sus necesidades, lo cual se
comprueba en el nivel de asignación presupuestal; así tenemos que de acuerdo a la Ley N°
31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, el presupuesto para
este año es de S/. 197 002 269 014,00 (ciento noventa y siete mil dos millones doscientos
setenta y nueve mil catorce y 00/100) de los cuales al gobierno central asignó a su propio
ámbito el 32%, mientras tanto el 42% está destinado para la ejecución por parte de los
gobiernos regionales – GORES - , y un 26% para los gobiernos locales, así las cosas, la
mayoría del presupuesto público es asignado a los gobiernos regionales y locales, lo que
hace que éstos, sean vistos por algunos malos funcionarios como un botín para apropiarse
de caudales del Estado y consecuentemente, a la comisión de ilícitos penales.
Bajo ese contexto normativo para junio de 2022 dentro de los 7 895 procesos tenemos un
total de 3 976 autoridades electas involucradas en proceso de corrupción siendo la región
Áncash con más incidencia con 369 autoridades procesadas, seguida por la región Cusco
con 351 autoridades procesadas, Junín con 327 autoridades procesadas y Lima con 304
autoridades procesadas
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 16
Gráfico N° 02
Autoridades procesadas por región
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
DATO:
3 976 autoridades electas.
Las cifras señaladas en las regiones
se refieren a las autoridades electas
que vienen siendo investigadas y
procesadas por delitos de
corrupción.
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 17
• Casos por tipo de delito
La PPEDC ejerce la defensa jurídica de los intereses del Estado ante instancias
jurisdiccionales y no jurisdiccionales, vale decir, en investigaciones y procesos relacionados
con los delitos de corrupción de funcionarios en sus distintas modalidades, que se
encuentran ubicados en las secciones II, III y IV del capítulo II del título XVIII, del libro
segundo del Código Penal3, bajo el nombre de delitos cometidos por funcionarios públicos
(artículos 382 al 401 de nuestro Código Penal)4.
De los 7 895 casos en trámite seguidos por la PPEDC contra exgobernadores, gobernadores,
exalcaldes y alcaldes, se tiene registrado según el tipo de delito lo siguiente: peculado con
un 33.72 %, colusión con un 30.59 %, negociación incompatible con un 13.8 %, malversación
7.61 %, crimen organizado 1.29% y otros delitos un 12.99%.
Peculado es el tipo de delito que tiene ver directamente con el uso o apropiación de bienes
del Estado; esto quiere decir que es necesario desarrollar una campaña de información
sobre el uso adecuado de los recursos del Estado; y el otro delito de mayor incidencia es el
de colusión, este delito tiene que ver directamente con el favorecimiento de proveedores
en las diversas etapas en las que se desarrolla un proceso de contratación.
Es importante precisar que el tipo penal de asociación ilícita para delinquir nace como
agrupación ilícita, siendo modificado con la denominación de organización, dando a
entender como “organización criminal”. Posteriormente, con la promulgación de la Ley N°
30077, publicado en el Diario El Peruano el 29 de octubre de 2 016, cambio su denominación
propiamente a organización criminal. Dicho esto, en principio el artículo 317 del Código
Penal se denominaba como asociación ilícita, lo que el legislador reconoció como
organización criminal; finalmente, aquel tipo penal fue modificado mediante el artículo 2
del Decreto Legislativo N° 1244 publicado el 27 de octubre de 2 016, quedando como
organización criminal.
3
Artículo 46 del Decreto Legislativo N.° 018-2019-JUS. Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del
Decreto Legislativo N.° 1326.
4
ENCO TIRADO, Amado. Los delitos de corrupción en el Perú. Un enfoque desde la Procuraduría Pública
Especializada en Delitos de Corrupción. Primera edición, setiembre de 2020. Gaceta Jurídica S.A., p. 53
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PPEDC- UAI 18
Cuadro N° 02
Casos por tipo de delito
Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC
• Casos por etapa procesal
Conforme al nuevo modelo procesal, tres son las etapas del proceso penal común, en las
cuales la PPEDC viene participando en la defensa jurídica del Estado:
Gráfico N° 03
Por etapa procesal
Elaboración: UAI – PPEDC
Investigación
preparatoria
Etapa intermedia Juzgamiento
Investigación
preparatoria
•A cargo del Fiscal:
•1.- Dirige la investigación
•2.- Solicita medidas coercitivas.
•3.- Reúne los medios de prueba
Etapa
intermedia
•Fiscal: Presenta la acusación o solicita el
sobreseimiento
•Juez: Controla y decide sobre la solicitud del fiscal
Juzgamiento
•Juez: Dirige el debate entre las partes. El fiscal
sustenta la acusación. el abogado sustenta la
defensa.
•Decide sobre la culpabilidad o inocencia del
imputado.
•Emite la sentencia condenatoria o absolutoria.
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En el marco de estas tres etapas procesales, la PPEDC viene participando un aproximado de
7 895 casos seguidos contra exgobernadores, gobernadores, exalcaldes y alcaldes,
principalmente por los delitos de peculado, colusión, cohecho y negociación incompatible,
conductas previstas y sancionadas en los artículos 387, 384, 393 y 399 del Código Penal.
Desde este enfoque, presentamos el siguiente gráfico a fin de exponer los casos registrados
por la PPEDC, en los que es parte:
Cuadro N° 03
Casos por etapa procesal
Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC
De los datos precedentes, podemos advertir que el departamento con mayor índice de
corrupción respecto de autoridades electas, es la región de Áncash, Cusco, Junín y Lima de
acuerdo a lo expuesto en el gráfico Nº 02.
DATOS:
7 895 casos analizados
328 código de Procedimientos Penales:
7567 código Procesal Penal:
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PPEDC- UAI 20
Así también, se puede apreciar que de los 7 565 casos que se tramitan con el nuevo Código
Procesal Penal, 5 027 se encuentran en investigación preparatoria; en etapa intermedia
1231, en juzgamiento 702 y en ejecución de sentencia 379 casos.
Es necesario señalar que de los 316 casos tramitados con el Código de procedimientos
penales (antiguo código) 108 están sin sentencia firme y solo 208 se encuentran en
ejecución de sentencia.
De este modo, a partir de este dato podemos advertir que la mayor cantidad de casos se
encuentran a nivel de investigación preparatoria, en la que vienen siendo investigados
gobernadores y ex gobernadores regionales, como alcaldes y ex alcaldes provinciales y
distritales de nuestro país.
• Casos por medidas de coerción y situación jurídica de los
inculpados
El Código Procesal Penal establece una serie de medidas de coerción procesal que van desde
la detención, prisión preventiva, la comparecencia, el impedimento de salida, suspensión
preventiva de derechos y otras de carácter real, esta parte del informe busca identificar los
casos que hayan desplegado en mayor número, medidas de coerción personal.
Las medidas de coerción, están dirigidas a restringir la libertad de una persona, antes de la
sentencia, y dicha medida es de carácter excepcional, variable, provisional y aplicable en
función a los principios de proporcionalidad, razonabilidad y de necesidad; la PPEDC como
representante de la parte agraviada, considera que los delitos de corrupción de
funcionarios, generan daño a los caudales del Estado y a su imagen. En ese sentido,
mediante dichas medidas, se busca lograr no solo la cautela del acervo probatorio mientras
dure la medida, sino también se estaría asegurando a largo plazo un posible pago de
reparación civil, limitando la disposición de bienes por parte del inculpado.
En el siguiente cuadro, se presenta la cantidad de procesados con medidas restrictivas, es
de tomar en cuenta que solo cuando una investigación esta formalizada se puede
determinar la situación de los investigados, ya sea si es simple o con restricciones y como
se puede advertir en al cuadro Nº 03 tenemos 3 436 casos en los que aun la investigación
no ha sido formalizada.
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Con respecto a las medidas de coerción en la investigaciones formalizadas han resultado las
siguientes cifras: 664 procesados se encuentran con comparecencia simple, 53 con
comparecencia restrictiva; 42 procesados contra quienes el Poder Judicial dictó prisión
preventiva, de los cuales 23 se encuentran cumpliendo dicha medida.
Por otro lado, contamos con 10 autoridades en calidad de prófugos y, 2 procesados con
detención preliminar.
Cuadro N° 04
Por medidas de coerción de los inculpados
Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC
• Casos vinculados a contrataciones del Estado
Cuando la corrupción se desarrolla en las estructuras administrativas del Estado, esta
representa un tremendo factor de riesgo para la concreción de sus fines, que son por
naturaleza públicos. Se habla entonces de corrupción pública cuando su manifestación
DATOS:
De 3 976 autoridades electas que están siendo investigadas y procesadas por delito de
corrupción, 761 se encuentran con investigación formalizada por lo que se puede advertir su
condición con respecto a las medidas de coerción; así tenemos 664 invesigados con
comparencoia simple, 44 autoridades con mandato de detención preliminar y prisión
preventiva y de estos últimos, 10 se encuentran prófugos, a junio 2022.
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PPEDC- UAI 22
responde a la participación de aquellos funcionarios o servidores públicos que abusan del
cargo para favorecer intereses privados5.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en un estudio sobre
el soborno internacional ha indicado que, de 427 casos registrados de corrupción en 17
países, entre los años 1999 y 2014, el 57% de los casos estaban relacionados con
contrataciones públicas. Por lo que se advierte, que el ámbito de las contrataciones
estatales constituye un espacio vulnerable a la corrupción. En este sentido, el Perú también
es afectado.
En este contexto, de los casos registrados en la PPEDC a nivel nacional, existen casos de
corrupción que involucran a exgobernadores, gobernadores, exalcaldes y alcaldes en
relación con el ámbito de las contrataciones estatales. Entre ellas, de los 7 895 casos de
corrupción, el 62.96 % de estos se encuentra relacionado con los procesos de contratación
que efectuaron las autoridades regionales y locales desde sus respectivas Instituciones.
Cuadro N° 05
Vinculados a contrataciones con el Estado
5
Amando Enco Tirado. (2020). Los delitos de corrupción en el Perú. Un enfoque desde la Procuraduría Pública
Especializada en Delitos de Corrupción. Lima: Gaceta Jurídica, p. 17
DATOS:
7 895 casos analizados
4 971 casos vinculados a contrataciones con el
Estado.
2 924 no son vinculados a contrataciones con el
Estado
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PPEDC- UAI 23
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
De los procesos analizados vinculados a contrataciones con el Estado se debe tener en
cuenta que un proceso penal podría vincularse no solo a un objeto de contratación
(personal, bienes, obras y/o servicios) simultáneamente podría verse más de uno; en ese
orden de ideas si analizamos de acuerdo al objeto de contratación tendríamos:
Cuadro N° 06
De acuerdo al objeto de contracciones
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
Con respecto a casos sobre corrupción, registrados por cada región relacionada a las
contrataciones estatales, se verifica que la mayor incidencia se encuentra en los
departamentos de Cusco, Lima, Ancash y Junín entre otros, conforme se muestra a
continuación:
DATOS:
5 642 contrataciones por objeto de contrato
2 724 contrataciones de obras
1 703 contrataciones de servicios
979 contrataciones de bienes
29 contrataciones en sede fiscal aún no
determinadas
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Cuadro N° 07
Casos registrados en relación a contrataciones estatales por región
DEPARTAMENTO BIENES OBRAS PERSONAL SERVICIOS
NO
PRECISA TOTAL
AMAZONAS 25 71 4 32 132
ANCASH 56 226 7 121 1 411
APURÍMAC 18 66 2 29 115
AREQUIPA 40 93 2 34 169
AYACUCHO 35 137 9 76 1 258
CAJAMARCA 36 170 1 40 247
CALLAO 3 10 2 9 24
CUSCO 146 213 38 230 2 629
HUANCAVELICA 31 130 17 78 256
HUÁNUCO 19 185 4 33 10 251
ICA 15 89 2 81 187
JUNÍN 59 280 28 181 2 550
LA LIBERTAD 35 91 5 41 172
LAMBAYEQUE 21 69 33 123
LIMA 116 129 26 178 6 455
LORETO 45 153 11 117 1 327
MADRE DE DIOS 15 22 2 20 1 60
MOQUEGUA 3 10 19 32
PASCO 21 128 7 58 214
PIURA 55 86 18 91 250
PUNO 72 117 2 76 267
SAN MARTIN 35 118 7 42 202
TACNA 39 23 6 45 3 116
TUMBES 13 48 2 13 1 77
UCAYALI 26 60 5 26 1 118
TOTAL 979 2724 207 1703 29 5 642
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
De los procesos analizados vinculados a las fases en las contrataciones con el Estado se debe
tener en cuenta que un proceso penal podría vincularse no solo a una fase de contratación
(preparatoria, selección y ejecución) simultáneamente podría verse más de uno.
Respecto a estas fases (preparatoria, selección y ejecución) de la contratación estatal, se
puede evidenciar una mayor incidencia de este fenómeno en la fase de ejecución
contractual, en la cual, las partes se obligan mutuamente al cumplimiento de sus
prestaciones. El Estado se obliga a pagar por una prestación a cargo del contratista, y éste
se obliga a ejecutar la obra y/o suministrar el bien y/o prestar el servicio, en los términos
establecidos en el contrato; es en este ínterin que se configuraría los ilícitos penales en
mayor porcentaje:
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Cuadro N° 08
De acuerdo a la fase en el proceso de contratación
Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC
Entonces, la corrupción en la fase de ejecución contractual se materializa en los siguientes
actos:
a) Financiamiento y/o liquidez ilegal a favor del Contratista, mediante adelantos y/o pagos
indebidos a pesar que la prestación aún no se ha ejecutado y/o culminado.
b) Liberar al Contratista de la parte más compleja de la obra y/o servicio y/o bien en
menoscabo para el Estado, a través de reducciones ilegales.
c) Mayor costo de la prestación a causa de:
− Ampliaciones de plazos simuladas y/o aprobadas ilegalmente, con la finalidad de
evadir la aplicación de penalidades y/o generar el pago al Contratista de mayores
gastos generales.
− Modificaciones al contrato simuladas y/o aprobadas ilegalmente, que afectan el
equilibrio económico financiero del mismo en detrimento del Estado.
− Adicionales simulados y/o aprobados ilegalmente.
DATOS:
7 769 casos por fase del contrato
3 278 ejecución contractual
2 449 proceso de selección
1 998 actos preparatorios
44 En sede fiscal aún no determinadas
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PPEDC- UAI 26
La fase de actos preparatorios también concentra un gran porcentaje de casos de
corrupción (25.72%), es en ésta que se producen6:
− Los sobornos por parte de los proveedores a los funcionarios de los gobiernos
regionales y locales, mucho antes que se inicie el proceso de selección, ello con el
fin de direccionar el otorgamiento de la buena pro o que se permitan los actos de
defraudación antes identificados durante la fase de ejecución contractual.
− El favorecimiento a proveedores "allegados", con quienes se contrata, pese a que
están impedidos de ser participantes, postores, contratistas y/o subcontratistas,
incluso en las contrataciones menores a 3 UIT7 y 8 UIT8.
Por otro lado, en cuanto a los casos registrados en función al objeto de contratación, se
tiene que, del total de casos registrados por la PPEDC, 5 642 están relacionados con
contrataciones estatatles de acuerdo al objeto de contrato; de los cuales 979 por
adquisición de bienes estatales 1 703 casos en relación con algún servicio, mientras que 2
724 relacionados a obras públicas, conforme se ilustra en el siguiente cuadro:
Cuadro N° 09
En función al objeto de contratación
ADQUISICIÓN O CONTRATACIÓN CASOS
Bienes 979
Servicios 1703
Obras públicas 2724
Personal 207
No se precisa9 29
Total 5 642
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
6
La siguiente nominación no es taxativa sino referencial en relación a algunos casos analizados.
7
De acuerdo al literal j) del numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1017, si, independientemente
del objeto de una contratación (bienes, servicios u obras), su monto es igual o inferior a tres (3) Unidades
impositivas Tributarias (3 UIT), dicha contratación se encuentra fuera del ámbito de aplicación de la normativa
de contrataciones del Estado, correspondiendo a la Entidad observar para estos efectos los lineamientos
establecidos en sus normas de organización interna, garantizando su eficiencia y transparencia.
8
Conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 5 de la Ley N° 30225, se encuentran excluidos del ámbito
de aplicación de la normativa de contrataciones del Estado, sujetos a supervisión del Organismo Supervisor de
las Contrataciones del Estado: “Las contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades
Impositiva Tributaria, vigentes al momento de la transacción. Lo señalado en el presente literal no es aplicable
a las contrataciones de bienes y servicios incluidos en el Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco.”.
9
Se refiere a procesos aun en calificación en sede fiscal por lo que no esta precisado el objeto del contrato
en la investigación.
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PPEDC- UAI 27
Mención especial se hace sobre los casos vinculados a la contratación de bienes y
servicios con respecto al COVID-19, dado que el Estado a fin de reducir el impacto de la
alta propagación del COVID-19 en el territorio nacional, que afecta a la población ante la
existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y su vida, emitió diversos
decretos de urgencia (2019 - 2022), con la finalidad de mejorar las condiciones sanitarias
y la calidad de vida, adoptando acciones destinadas a tal fin.
Estos decretos de urgencia tienen por objeto establecer medidas extraordinarias que
permitan a las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos
locales, implementar en el marco de sus competencias, la contratación directa de bienes
y servicios ante la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, entre los cuales se
encontraba la compra de mascarillas textiles y pruebas de COVID -19, la adquisición de
dispositivos electrónicos y servicios de Internet para las clases no presenciales, el
equipamiento de hospitales provisionales, el alojamiento de peruanos repatriados, entre
otros.
Antes de verificar la información que arroja nuestra base de datos es menester precisar
que en algunas regiones se puede observar un 0% por procesos que tengan que ver con
la adquisición de bienes o servicios relativos a la pandemia; esto no quiere decir que no
haya procesos de corrupción por temas de contrataciones en el contexto del COVID-19 ;
este dato lo que quiere decir que no hay procesos vinculados directamente con alguna
autoridad (alcalde o gobernador) vinculado a este tema, lo que deja la posibilidad que
existan procesos por COVID-19 donde estén incluidos otro tipo de funcionarios, que no
es materia de este informe.
Con esas precisiones se puede observar que la región con mayor cantidad de casos de
contrataciones que tenga que ver con atenciones en la lucha contra el COVID-19 es la
región de Lima seguida por Amazonas y Pasco; que entre las tres regiones concentran
más del 30% de casos COVID-19 a nivel nacional que involucra a autoridades elegidas por
voto popular (alcalde y/o gobernador) vinculados a casos que tengan que ver con
contrataciones para la lucha contra la COVID-19.
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PPEDC- UAI 28
Gráfico N° 04
Vinculados a casos por contrataciones para la lucha contra el COVID-19
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
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PPEDC- UAI 29
• Casos emblemáticos
Para considerar un caso emblemático, es necesario evaluar una serie de factores, siendo
el primero de ellos, el valor social del bien o servicio público afectado, luego el número
de procesados y el impacto mediático que pueda tener en la sociedad, esto último
determinado principalmente por el tipo de servicio afectado (salud, educación, previsión
social, entre otros); otro aspecto a considerar es que la denominación que se le da a los
casos es consignada por el Ministerio Público o por la PNP al momento del inicio de las
investigaciones. De los 54 246 casos en los que esa parte la PPEDC, 7 895 que involucran
a autoridades electas de estos se considera a 420 como emblemáticos de los cuales se
ha seleccionado veinte, los mismos que detallamos:
CUSCO
• "Hospital Lorena"
Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC
Hechos:
El gobierno regional de Cusco, mediante la Oficina de las Naciones Unidades de Servicios
para Proyectos (UNOPS), convocó el proceso de selección de Licitación Pública Internacional
PER/12/82063/1745, para la Elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de Obra
“Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Antonio
Lorena Nivel III-1 Cusco”; el 12 de julio del 2012, el gobierno regional de Cusco adjudicó la
Buena Pro al contratista Consorcio Salud Lorena por el monto total de su propuesta
económica, ascendente a S/ 197,580,499.16 (Ciento noventa y un millones cuatrocientos
cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y un con 58/100 soles), incluido IGV. El 24 de julio
de 2012 el GORE Cusco, suscribe con el Consorcio Salud Lorena el contrato N° 239-2012-
GR.CUSCO/PR, que tiene como objeto la elaboración del Expediente Técnico u ejecución de
la Obra antes mencionado, del mismo modo el GORE Cusco convocó el Concurso Público
Delito Colusión, negociación incompatible o aprovechamiento
indebido de cargo, cohecho, peculado
N° Expediente 3440-2017
Etapa Investigación preparatoria
N° de Imputados 40
Entidad agraviada Gobierno regional Cusco
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PPEDC- UAI 30
N° 005-2012-GR.CUSCO, para la supervisión de la elaboración del expediente técnico a nivel
de ejecución de obra u construcción, con fecha 11 de setiembre del 2012 se adjudicó la
buena pro a la empresa consultora CESEL S.A., suscribiendo el contrato N° 352-2012-
GR.CUSCO/GR con fecha 09 de octubre del 2012. Ahora mediante Resolución Ejecutiva N°
638-2013-GR. CUSCO/PR del 15 de abril del 2013, se aprobó el Expediente Técnico a nivel
de ejecución de obra y construcción de obra “Mejoramiento de la capacidad resolutiva de
los servicios de Salud del Hospital Antonio Lorena III-1 Cusco”, estableciéndose como
monto de ejecución de la obra, la suma de S/ 191 455 361.58 (Ciento noventa y un millones
cuatrocientos cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y un con 58/100 soles) , incluido IGV
y como plazo de ejecución de obra, 540 días calendario. Con fecha 12 de mayo del 2014, se
suscribió la adenda al contrato N° 239-2012- GR. CUSCO/GGR, modificando el monto
contractual hasta por el monto de S/ 204 697 509.82 (Doscientos cuatro millones seis
cientos noventa y siete mil quinientos nueve con 82/100 soles). A través de la Resolución
Gerencial General Regional N° 01-2015-GR. CUSCO/GGR y Carta Notarial N° 011-2015-GR.
CUSCO/GGR, ambos del 06 de marzo del 2015, se comunicó al Consorcio Salud Lorena la
decisión de resolver el contrato, fijando fecha y hora para la constatación física de obra e
inventario de materiales en el lugar de la obra.
La infraestructura del proyecto está paralizada desde el año 2015 debido a que la ex gestión
regional consideró que no había avances significativos. Esto generó una controversia con el
consorcio ejecutor que se ventila en un arbitraje. La obra debió concluirse a fines del 2014
y se encontraría con un avance aproximado menos del 50%.
Estado actual del proceso:
El caso “Hospital Lorena” se encuentra en etapa intermedia que está a cargo de la Fiscalía
especializada en delitos de corrupción de funcionarios del distrito fiscal del cusco y por el
octavo juzgado de investigación preparatoria especializada en delitos de corrupción de
funcionarios, los delitos investigados son Contra la Administración Pública en la modalidad
de Colusión agravada, negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo,
cohecho pasivo propio, colusión simple y peculado doloso de acuerdo a los artículos 384,
390, 393, respectivamente del Código Penal.
Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil. Así mismo,
ha postulado como monto de la reparación civil (daño patrimonial y extrapatrimonial) a
favor del Estado la suma de S/ 15 279 644.00 (Quince millones doscientos setenta y nueve
mil seiscientos cuarenta y cuatro 00/100 soles).
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PPEDC- UAI 31
ÁNCASH
• "La centralita"
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
Hechos:
Se tiene la presunta existencia de una organización criminal, que habría operado desde el
2007, con el inicio de las funciones de César Joaquín Álvarez Aguilar, como Presidente
Regional de Ancash ocurrido el 02 de enero de 2007 por el Movimiento Independiente
Regional Cuenta Conmigo (MIR), hasta mayo de 2014, en que se dictaron medidas
coercitivas de carácter personal contra varios de sus miembros; así habría operado una
organización criminal liderada por Álvarez y conformada por funcionarios y servidores
públicos de la Región Ancash y César Joaquín Aguilar, sus unidades Ejecutoras (Sub Región
Pacífico y Proyecto Especial Chinecas), así como por personas que no tenían dicha
condición; organización criminal que tuvo por propósito realizar ilícitos de corrupción de
funcionarios, lavado de activos en sus diversas modalidades, encubrimiento real y violencia
y resistencia contra la autoridad; actuando con fines lucrativos, además de pretender
perpetuar en el poder a su líder, ensalzando su imagen y atacando a sus opositores.
Para ello, habría operado con una organización jerárquica y flexible, estructurada
internamente mediante aparatos:
Central, de apoyo legal y político, de prensa, de apoyo social y de fuerza; con un ámbito de
acción en la región Ancash (específicamente la ciudad de Huaraz y Chimbote) y
posteriormente de manera progresiva, amplió su ámbito de acción a la ciudad de Lima,
donde varios de sus integrantes ejecutaron determinadas conductas como parte del plan
de la estructura asociativa.
Así pues "Se le imputa a César Joaquín Álvarez Aguilar, ser coautor del delito de asociación
ilícita para delinquir, al haber integrado y liderado una organización criminal (en el Aparato
Central de la misma), que ejecutó actividades delictivas dentro del espacio geográfico de
la Región Ancash y la ciudad de Lima, que desplegó sus labores criminales en el espacio
temporal comprendido desde enero de 2007 a mayo de 2014, aproximadamente,
Delito Organización Criminal, Lavado de activos y Otros
N° Expediente 00160-2014-356-5002-JR-PE-01
Etapa Juzgamiento
N° de Imputados 43 personas naturales y tres personas jurídicas
Entidad agraviada Gobierno regional de Ancash
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PPEDC- UAI 32
organización criminal que tenía como integrantes a funcionarios públicos y personas ajenas
a la gestión estatal con la finalidad de beneficiar económicamente a sus integrantes y a la
propia organización, mediante la comisión de delitos contra la Administración Pública
(Colusiones, Peculado, Peculado de Uso, etc.), así como el Delito de Lavado de Activos en sus
diversas modalidades, agenciándose, para el desarrollo de sus actividades ilícitas, de fondos
públicos como de recursos de origen privado, defraudando de esta manera al Estado,
empresa criminal que se sostuvo estructuralmente mediante su composición orgánica y de
la asignación de roles y funciones definidas esquemáticamente por este imputado".
Estado actual del proceso:
El caso “La Centralita” se encuentra en etapa de juzgamiento que está a cargo del tercer
despacho de la Fiscalía Supraprovincial Especializada en delitos de corrupción de
funcionarios y Juzgado Penal Colegiado Nacional Conformado Especializado en Delitos de
Corrupción de Funcionarios, Contra la Administración Pública en la modalidad de asociación
ilícita para delinquir, peculado, encubrimiento real, contra la autoridad para impedir el
ejercicio de sus funciones, colusión de acuerdo a los artículos 317, 387,404 y 384
respectivamente del Código Penal; y Lavado de Activos (Artículo 1° y 4.2° del Decreto
Legislativo N.° 1106 - Artículo 1° y 3.b° de la Ley 27765).
Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil; así mismo,
ha solicitado como monto de pretensión resarcitoria a favor del Estado la suma de S/ 35
530,073.63 (treinta y cinco millones quinientos treinta mil setenta y tres con 63/100 soles).
Ha obtenido medidas cautelares de forma de inscripción de bienes de los procesados a fin
de poder garantizar la reparación civil.
• Hospital “Eleazar Guzmán Barrón”
Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC
Hechos:
Delito Colusión agravada
N° Expediente 869-2020
Etapa Etapa intermedia
N° de Imputados 16
Entidad agraviada GORE Ancash Hospital Eleazar Guzmán Barrón
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 33
Este caso se desarrolla en torno al IOARR “Remodelación del ambiente complementario,
adquisición de monitor de funciones vitales, ventilador mecánico y equipo ecógrafo;
además de otros activos en el Hospital Eleazar Guzmán Barrón, distrito de Nuevo Chimbote,
Provincia del Santa, departamento de Áncash” por un valor de S/. 10´061,072.61 (Diez
millones sesenta y un mil setenta y dos con 61/100 soles) proceso de adquisición que se
habría impulsado sin el debido procedimiento técnico. Dicho servicio se dividió en dos
componentes.
Con respecto al componente infraestructura se debe precisar según la fiscalía, no se
encuentra justificado, debido a que mediante Resolución Gerencial N° 0060-2020-GRA/GRI,
de fecha 02 de abril de 2020, que aprueba el Expediente Técnico, en el Punto II. METAS DE
LA IOARR, Componente Infraestructura, entre los trabajos a realizar destaca movimiento de
tierras, tijerales de drywall, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, entre otros.
Según la hipótesis fiscal no existiría la necesidad de elaborar el Componente I –
Infraestructura, pues con la implementación de este componente se ha generado dos
hechos perjudiciales, el retraso en la dotación de los insumos necesarios para el
funcionamiento del Hospital COVID-19/EGB y se habría generado un perjuicio económico al
Estado, en la ejecución de un componente innecesario, el mismo que asciende a la suma de
S/ 152,352.05 soles.
Con respecto al componente equipamiento se habría aprobado mediante Resolución
Gerencial N° 0060-2020- GRA/GRI, de fecha 02 de abril del 2020, que aprueba, valga la
redundancia, el Expediente Técnico, en el Punto II. cuyas metas de la IOARR, serian
ventilador mecánico, pulsómetro, nebulizador, monitor de funciones vitales, esterilizador
con generador eléctrico de vapor, equipo de rayos X portátil, electrocardiograma de tres
canales, ecógrafo portátil multiparámetro, desfibrilador, coche de paro equipado, camilla
de transporte, cama clínica rodable, cama camilla multipropósito tipo UCI, bomba de
infusión doble canal, aspirador de secreciones rodable , ambulancia urbana tipo III y
ambulancia rural tipo II.
Según la hipótesis fiscal en este componente, también habría existido irregularidades, pues
como se tiene conocimiento, la ejecución del proyecto de Inversión, se dio inicio el 08 de
abril del 2020, así también conforme a lo informado por la Dirección Regional de Salud de
Ancash, en dicha fecha existían 48 Infectados con COVID-19, de los cuales 41 eran de la
jurisdicción del Hospital Eleazar Guzmán Barrón, consecuentemente lo que se tenía que
proveer era su inmediata implementación y dotación de materiales importantes; sin
embargo, a la fecha de la denuncia esto no ha sucedido.
Estado actual del proceso:
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 34
A la fecha existen en el expediente cuatro cuadernillos de colaboración eficaz, dos
casaciones y el principal se encuentra en la etapa intermedia. La PPEDC está constituido
como actor civil, ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado la suma
de S/. 632,352.05 (seiscientos treinta y dos mil trecientos cincuenta y dos con 5/100 soles).
• CASO “Remodelación de ambiente complementario adquisición de monitor de funciones
vitales, ventilador mecánico y desfibrilador, además de otros activos en el EESS Víctor Ramos
Guardia- distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash ” 179-2020-PPECD
Hechos:
El 6 de mayo de 2020, la PPAD- sede Áncash interpuso la denuncia contra Juan Carlos Morillo Ulloa
y otros, por el presunto delito de colusión agravada, toda vez que mediante Informe N° 686-2020-
GRA-GRI/SGEIT, de fecha 01 de abril de 2020, el Sub Gerente de Estudios e Inversiones, solicitó al
Gerente Regional la aprobación del expediente técnico denominado “Remodelación de ambiente
complementario adquisición de monitor de funciones vitales, ventilador mecánico y desfibrilador,
además de otros activos en el EESS Víctor Ramos Guardia- distrito y provincia de Huaraz,
departamento de Ancash” al cual se le asigno el código de Proyecto de Pre Inversión N° 2485357, y
mediante el Informe N° 041-2020-GRA/GRI-SGEI/EVAL/JRAP, de fecha 02 de abril de 200, el
ingeniero Jordan Renzo Alva Pineda, otorga la aprobación del componente de infraestructura de la
IOARR- Estado de emergencia nacional
Remodelación del ambiente complementario, asimismo mediante Informe N° 03-2020-GRA/GRI-
SGEI-EVAL/IBKLP de fecha 02 de abril de 2020 el ingeniero Ítalo Lon Kan Pérez , especialista
biomédico, otorga la probación del componente equipamiento de la IOARR, por lo que mediante
Resolución Gerencial Regional N° 0061-2020-GRA/GRI de fecha 02 de abril de 2020, se resuelve
aprobar el expediente técnico antes mencionado, con valor referencial de S/12 010 963.71 (doce
millones diez mil novecientos sesenta y tres con 71/100 soles. Siendo la distribución la siguiente:
a) Componente de infraestructura la suma de S/ 2 037 918.51 (Dos millones treinta y siete mil
novecientos dieciocho con 51/100 soles).
b) Componente de equipamiento la suma de S/ 9 973 045.20 (nueve millones novecientos
setenta y tres mil cuarenta y cinco con 20/100 soles)
Delito colusión agravada
N° Expediente 1309-2020-29-0201-JR-PE-05
Estado Etapa Intermedia
N° de Imputados 11
Entidad Gobierno Regional de Ancash
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 35
De la presente investigación se presume el favorecimiento de parte de los funcionarios del Gobierno
Regional de Ancash en la contratación de la Empresa Inversiones Pacchioni E Ingenieros Contratistas
S.R.L, representada por Gina Carol Chávez Pacchioni, para ejecutar el proyecto IOARR antes
mencionado, por el plazo de ejecución de 30 días por el monto de S/ 1 978 561.66 soles, primer
componente de infraestructura.
Del mismo modo, el presunto favorecimiento de parte de los funcionarios del Gobierno Regional de
Ancash en la contratación de las Empresas: Empresa Spectrum Ingenieros SAC, Autoespar SA,
Bertonati Technologies SA y empresa Amezaga Arellano SAC Ingenieros, con relación al segundo
componente de equipamiento.
Estado actual del proceso:
El caso “Remodelación de ambiente complementario adquisición de monitor de funciones vitales,
ventilador mecánico y desfibrilador, además de otros activos en el EESS Víctor Ramos Guardia-
distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash” se encuentra en etapa intermedia que está
a cargo del 8° Despacho de la Fiscalía Corporativa Especializada en delitos de corrupción de
funcionarios y por el quinto juzgado de investigación preparatoria especializada en delitos de
corrupción de funcionarios de Áncash, los delitos investigados son Contra la Administración Pública
en la modalidad de colusión agravada, artículo 384° del Código Penal.
Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil y ha postulado
como monto de la reparación civil a favor del Estado la suma de S/ 1’673,052.62 soles.
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 36
AREQUIPA
• "Los Hijos del Cóndor"
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
Hechos:
Cuando asumió como Gobernador Regional de Arequipa el señor Elmer Cáceres Llica (a)
“Cóndor”, actuó como líder y es hombre clave en esta presunta mafia, es investigado como
autor principal de los delitos de cohecho activo genérico y organización criminal, se señala
que por intermedio de funcionarios del gobierno Regional de Arequipa de su confianza,
capta a siete (07) consejeros regionales de Arequipa de los catorce (14) que conforman el
citado consejo, ofreciéndoles la “entrega de dadivas, terrenos, obras, designación de
funcionarios en el gobierno regional de Arequipa, puestos de trabajo y otros”, a cambio de
que su gestión no sea cuestionada ni fiscalizada, y tener su incondicional apoyo en la
designación y/o ratificación de funcionarios en puestos de alto nivel, así como blindaje ante
cualquier pedido de interpelación en contra de él y sus funcionarios de confianza, para
poder así actuar con impunidad y perpetrar actos de corrupción y otros delitos en agravio
del estado y asegurar su permanencia en el tiempo.
Una vez captados los consejeros regionales, dispone la designación de uno de ellos como
presidente del Consejo Regional de Arequipa, el mismo que tiene voto dirimente en las
votaciones empatadas en el Consejo Regional; es así, que, una vez obtenido el control del
Consejo Regional de Arequipa, el citado líder de la organización criminal, procede a
perpetrar sus actos de corrupción con total impunidad.
Estado actual del proceso:
El caso “Los hijos del Cóndor” se encuentra en etapa intermedia que está a cargo de la
fiscalía provincial Corporativa Especializada en delitos de corrupción de funcionarios del
Distrito Fiscal de Arequipa y por el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria
Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios, como autores del delito contra la
tranquilidad pública en su modalidad Organización Criminal previsto en el artículo 317 del
Delito Organización Criminal, cohecho activo genérico
N° Expediente 7181-2021
Etapa Investigación Preparatoria
N° de Imputados 23
Entidad agraviada Gobierno regional de Arequipa
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 37
Código Penal, así como Contra la Administración Pública en la modalidad de cohecho activo
genérico, previsto en el segundo párrafo del artículo 397 del Código Penal.
Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil; así mismo,
ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado la suma de S/ 2
000,000.00 (dos millones con 00/100 soles).
• "La Joya"
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
Hechos:
Para poner en contexto el presente caso, se debe señalar que en el marco del Convenio de
Fortalecimiento Institucional entre el gobierno Regional de Arequipa y la Sociedad Minera
Cerro Verde, con fecha 13 de julio de 2011, el ingeniero civil Jack Jorge López Acuña
presentó a la referida Entidad el Informe Final del Anteproyecto a nivel de pre — inversión
del Puente de la Cultura sobre el río Chili, en Uchumayo, que contemplaba la construcción
de dos puentes paralelos aporticados de dos carriles, de 405 metros cada uno. Ahora bien,
durante el periodo de gestión del ex presidente del gobierno regional de Arequipa, Juan
Manuel Guillén Benavides, antes de la convocatoria a proceso de selección “Concurso
Público N° 013-2012-GRA”, propuso al ingeniero Jack Jorge López Acuña se hiciera cargo de
la formulación de los estudios para la construcción de un puente sobre el río Chili como
parte de la autopista regional Arequipa — La Joya.
De acuerdo a la investigación se habría determinado que el gobernador y ex funcionarios
del gobierno regional de Arequipa, habrían intervenido indirectamente en el proceso de
contratación mediante la concertación sostenida con el Consorcio Ingeniería Arequipa La
Joya (conformado por las empresas Clothos S.L., Estudios Proyectos y Planificación S.A.
EPYPSA y Jack López Ingenieros SAC). Durante la elaboración y evaluación del estudio de
factibilidad del proyecto aún inconcluso. La empresa evaluadora, no habría cumplido con
acreditar al equipo de profesionales para realizar el servicio. En ese sentido, de los hechos
antes referidos se advertiría que hubo concertación entre funcionarios del gobierno
Delito Colusión Agravada
N° Expediente 02968-2015-301-0401-JR-PE-02
Estado del proceso Juzgamiento
N° de Imputados 19
Entidad agraviada Gobierno regional de Arequipa
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 38
Regional de Arequipa y las empresas que conformaron el Consorcio ganador de la Buena
Pro, causando con ello un perjuicio al citado gobierno.
Estado actual del proceso:
El caso “La Vía Arequipa la Joya” se encuentra en etapa de juzgamiento que está a cargo de
la Fiscalía Especializada en delitos de corrupción de funcionarios del Distrito Fiscal de
Arequipa y por el Juzgado Unipersonal Anticorrupción de Arequipa, Contra la
Administración Pública en la modalidad de colusión agravada, previsto en el segundo
párrafo del artículo 384° del Código Penal.
Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil; así mismo,
ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado la suma de S/ 50 000
000.00 (cincuenta millones con 00/100 soles). Ha obtenido medidas cautelares de forma de
inscripción de bienes de los procesados a fin de poder garantizar la reparación civil.
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 39
JUNÍN
• "Dinámicos del Centro"
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
Hechos:
Durante el mes de abril de 2019 a junio de 2021, habría estado operando en el interior de
la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Junín (sedes Huancayo, Satipo y
Chanchamayo) una presunta organización criminal denominada “Los Dinámicos del
Centro”, teniendo como integrantes de ésta organización, a miembros de escuelas de
manejo, centros médicos, etc., ubicadas por inmediaciones de la DRTCJ, donde captaban a
los administrados que acudían para efectuar trámites tendientes a la obtención de licencias
de conducir (en diferentes categorías), revalidación, recategorización, etc. ofreciéndoles la
obtención de los mismos de manera ilegal a cambio de sumas dinerarias, todo ellos con la
participación de funcionarios y servidores públicos de la DRTCJ. Dicha investigación
involucra a dirigentes del partido político Perú Libre y al exgobernador regional de Junín
Vladimir Roy Cerrón Rojas.
Esta presunta organización criminal no solamente involucraría el ingreso de dinero ilícito en
la economía formal, sino también la obtención de ingresos ilícitos por parte de sus
integrantes, funcionarios y servidores públicos activos al interior de la DRTCJ, quienes,
conforme se desprende del decurso de la investigación, tendrían como finalidad entre otras,
la obtención de fondos para financiar la campaña presidencial del partido político "Perú
Libre", el pago de reparación civil a favor de Vladimir Cerrón Rojas y el favorecimiento de
militantes del partido, colocándolos en puestos clave al interior de la DRTCJ entre otros.
En virtud a estos hechos, el Ministerio Público mediante Disposición N° 01 -CF N° 154-2019,
dispuso la apertura de investigación preliminar en contra de LQR, por la presunta comisión
de los delitos de concusión, cohecho pasivo propio y tráfico de influencias, debidamente
Delito Cohecho pasivo propio, tráfico de influencias, lavado de
activos, negociación incompatible y organización criminal.
Carpeta fiscal Nº 004-2021
Etapa Investigación preparatoria
N° de Imputados 46
Entidad agraviada Dirección regional de Transportes y Comunicaciones del
Gobierno regional de Junín.
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 40
tipificado en los artículos 382, 393 y 400 del Código Penal respectivamente; y, contra la
tranquilidad pública en la modalidad de organización criminal, prevista en el artículo 317 y
el delito de falsedad ideológica previsto en el artículo 428 del mismo código en agravio del
Estado
Estado actual del proceso:
El caso “Los dinámicos del centro” por delitos de corrupción se encuentra en etapa de
investigación preparatoria ante la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en
Delitos de Corrupción de Lima.
• "Antalsis"
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
Hechos:
El presente caso involucra a más de una autoridad regional en delitos de Corrupción en el
marco de una organización criminal, presuntamente liderada por Martín Belaunde Lossio
que, en complicidad con los entonces Gobernadores Regionales de Madre de Dios, de Junín
y de Cusco, José Luis Aguirre Pastor, Vladimir Roy Cerrón Rojas y Jorge Isaacs Acurio Tito,
respectivamente, habrían integrado una organización criminal destinada a defraudar al
Estado, a través de delitos contra la administración pública.
La participación de las ex autoridades regionales desde la administración pública fue
fundamental, debido a que contaban con el poder para disponer de presupuesto,
especialmente, destinado a las obras públicas. La forma de operar de esta organización,
liderada presuntamente por Belaunde Lossio, era la de apoyar las campañas políticas de los
candidatos, es el caso de los antes mencionados, a través de publicidad gratuita o dádivas
durante los comicios.
Delito Tráfico de influencias, cohecho, colusión, negociación
incompatible, organización criminal y otros
Carpeta fiscal N° 20-2014
Etapa Investigación preparatoria
N° de Imputados 16
Entidad agraviada Gobiernos regionales de Madre de Dios, Junín y Cusco
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 41
Una vez instaurados en los cargos públicos, Belaunde Lossio se habría coludido con los
entonces Gobernadores Regionales de Madre de Dios, de Junín y de Cusco, para que
adjudiquen los contratos de obras públicas a empresarios que integraban la mencionada
organización criminal, entre las cuales figuraba Antalsis.
Las acciones delictivas se gestaron en el interior de la administración pública por lo que la
estructura de la red también involucró a servidores públicos de confianza de las entonces
autoridades regionales. Estas personas se encargarían de direccionar los proyectos a favor
de los particulares. A cambio, toda la organización obtenía un beneficio económico en
agravio de los intereses del Estado.
Situación actual
El presente caso, se encuentra en etapa de investigación preparatoria y está siendo
investigado por la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de
Corrupción de funcionarios y por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la
Corte Superior de Justicia de Lima.
• "Tiranos del centro"
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
Hechos:
A partir del mes de junio de 2019, en la Municipalidad Provincial de Huancayo,
departamento de Junín, habría estado operando una presunta organización criminal
denominada “Los tiranos del centro”, organización presuntamente liderada por Henry
López Cantorín, quien habría dispuesto el cobro de dinero (cupos) a comerciantes y dueños
de negocios ubicados la provincia de Huancayo a cambio de permitirles realizar actividades
de comercio; es así que, funcionarios públicos de dicha municipalidad, con el apoyo de
policías municipales, personal de seguridad o personas de confianza conocidas como
“recolectores o encargados”, venían lucrando con el cobro de cupos que lo ejercían a través
Delito Cohecho pasivo propio, organización criminal y otros.
Carpeta Fiscal N° 202-2019
Etapa Investigación preliminar
N° de Imputados 22
Entidad agraviada Municipalidad provincial de Huancayo
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 42
de diversos medios de coacción, pues diversos funcionarios que laboraban en la Gerencia
de Promoción Económica y Turismo bajo la fachada o acto simulado de efectuar “actos de
fiscalización, orden y control” de las vías públicas, intimidaban directa e indirectamente a
los comerciantes y/o ambulantes, todo ellos con la finalidad de que accedan al pago de
sumas de dinero y de este modo se les permita a continuar con sus actividades comerciales.
Estado del proceso:
El caso “Los tiranos del centro” se encuentra en etapa de investigación preliminar ante la
Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de funcionarios de Junín.
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 43
LAMBAYEQUE
• "El Imperio del mal"
Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC
Hechos:
El presente caso se trata de una presunta organización criminal que operó en
la Municipalidad Distrital de La Victoria, entre el 2015 y 2018, y que habría actuado para
direccionar obras públicas a cambio del pago de sobornos. Durante este período, Anselmo
Lozano Centurión ejerció el cargo de alcalde del distrito de La Victoria y, en complicidad
con sus funcionarios de confianza, habría cometido ilícitos. Posteriormente, Anselmo
Lozano Centurión ganó las elecciones municipales y regionales de 2018, y logró el cargo de
Gobernador Regional de Lambayeque, el cual habría sido aprovechado para cometer el
mismo modus operandi ilícito.
En la Municipalidad Distrital de la Victoria, entre el 2015-2018 se habría instaurado una
organización criminal destinada a cometer delitos de corrupción de funcionarios (cohecho
pasivo, cohecho activo, tráfico de Influencias), organización liderada por el alcalde en
ejercicio de ese entonces Anselmo Lozano Centurión e integrada por sus cercanos
colaboradores, funcionarios de la entidad municipal, con capacidad de decisión
administrativa, vinculada a las contrataciones públicas, habiéndose identificado a Rita
Castro Grosso (Gerente Municipal) Harry Gonzales Solano (DIDUR), Wilfredo Castro
Carmona (Asesoría Legal), Walter Enrique Mondragón Vera (jefe de abastecimiento),
German Pisfil Agapito (Jefe de la Unidad de contabilidad), Leoncio Paucar Merino (teniente
alcalde) Luis Alberto Díaz Bravo (regidor) y Dick Carlo Silva Ravines (Jefe de división de
estudios y proyectos).
Se advierte que, de forma coordinada y sistemática se habría implantado un modus
operandi- patrón de actuación- en los procesos de contratación de obras públicas, en los
que los funcionarios, solicitaban, aceptaban, y/o recibían dadivas del contratista. La compra
y venta de la función pública habría sido una constante en el tiempo. Es así que los
Delito Cohecho, tráfico de influencias, organización criminal y
colusión
N° Expediente 540-2021
Estado Investigación Formalizada
N° de Imputados 21
Entidad agraviada Municipalidad distrital de La Victoria y Gobierno regional de
Lambayeque
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 44
contratistas entregaban dadivas económicas a efectos de obtener la buena pro de los
procesos, o habiendo ganado los procesos, entregaban dadivas a efectos de continuar
obteniendo la buena pro en dicho municipio. Para ello, cada uno de los investigados dentro
de su esfera funcional se repartieron y/o dividieron funciones específicas, dentro de la
estructura estatal a efecto de obtener ganancias ilícitas.
Asimismo, se advierte que, en la estructura de la organización, en la cúspide se encontraba
el alcalde en ejercicio, Anselmo Lozano Centurión, quien habría instrumentalizado la
administración pública con el objeto de obtener ganancias ilícitas, productos de las dadivas
que se requerían y/o aceptaban en los procesos de contratación. Para ello habría
estructurado a través del comité especial, una dinámica u modalidad de roles para los
requerimientos y/o aceptación de dadivas, siendo pieza importante en la estructura, Dick
Carlo Silva Ravines, quien inicialmente no formaba parte del comité de selección, sin
embargo, se habría encargado de requerir, aceptar y/o recibir las dadivas de los
contratistas; las cuales estaban destinadas al comité de selección y al alcalde Anselmo
Lozano Centurión.
Por otro lado, con relación al gobierno regional de Lambayeque en su momento el
gobernador Anselmo Lozano Centurión habría continuado con el mismo modus operandi-
patrón de actuación- que se habría instaurado en la Municipalidad Distrital de La Victoria,
del mismo modo, habría tenido decisión, manejo y control del gobierno regional, más aún
si sus principales colaboradores (funcionarios) del Municipio, ahora ostentan cargos de
dirección en el gobierno regional, siendo sus principales intervenciones en los procesos de
contratación de obras públicas, donde los funcionarios, solicitaban, aceptaban, y/o recibían
dadivas del contratista.
Estado actual del proceso:
El caso “El imperio del mal” se encuentra en etapa intermedia que está a cargo de la Fiscalía
Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios Distrito de
Lambayeque y por el 10° Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de
Corrupción de Funcionarios, Contra la Administración Pública en la modalidad de cohecho
activo genérico, cohecho pasivo propio, tráfico de influencias, organización criminal y
colusión previstos en los artículos 397, 393, 400, 317 y 384° respectivamente del Código
Penal.
Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil; así mismo,
ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado la suma de S/ 8 000
000.00 (Ocho millones con 00/100 soles).
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 45
• "Los Temerarios del Crimen"
Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC
Hechos:
Al interior de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, se habría constituido una organización
criminal, presuntamente liderada por el actual ex alcalde de Chiclayo David Cornejo
Chinguel, quienes apartados del ordenamiento legal, con permanencia en el tiempo,
mediante labor conjunta y coordinada desde el año 2015, se dedicaron a la comisión de una
serie de delitos contra la Administración Pública y Otros, los funcionarios ediles se valían de
sus cargos para emitir resoluciones a favor de diferentes empresas de transportes, por el
cual recibían bonos que iban desde los 40 000 soles hasta los 110 000 soles para otorgarles
licencia de funcionamiento definitiva y 10 000 hasta 15 000 soles para darles permiso
provisional a las empresas de transportes, estos malos funcionarios, en complicidad con
terceros, generaron una red criminal que estaba cobrando cupos dinerarios.
Desde el año 2015 hasta antes de su detención, se habrían dedicado a cometer delitos
contra la Administración Pública, Criminalidad Organizada, delitos de Corrupción de
Funcionarios y otros.
El ex alcalde, habría ubicado en puestos estratégicos a algunos integrantes de la presunta
Organización Criminal, colocándolos en: Gerencias, Subgerencias, Oficinas y Comité de
Selección de las Licitaciones; puestos de trabajo que resultan ser claves para el objetivo
(plan criminal), consistente en el apoderamiento del patrimonio de la Municipalidad
Provincial de Chiclayo y la recepción de beneficios económicos y de otra índole indebidos
de particulares; este modus operandi se plasma en la designaciones de Washington Aliaga
Marín en la Gerencia de Infraestructura Pública, a Marco Antonio Medina Villena en la
Secretaria Técnica de Procesos Administrativos, a Isaías Merino Chavesta, en la Gerencia de
Tránsito y Transportes, a Homero Edmundo Vigo Quintana en la Subgerencia de Logística,
a Edgar Vásquez Díaz, en la Sub Gerencia de Tránsito y Transportes, Cesar Guzmán Castillo
en Gerencia de Recursos Humanos, Manuel Odar Farro en la Sub Gerencia de Obras Públicas
y Convenios, Daniel Coronado Tarrillo en la Gerencia de Asesoría Jurídica, Eberth Luis Gil
Otiniano en la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos, Miguel José Luis Quiroz Miñope en la
Delito Cohecho, concusión y colusión
N° Expediente 6984-2018
Etapa Investigación Formalizada
N° de imputados 44
Entidad Municipalidad Provincial de Chiclayo
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 46
Gerencia de Infraestructura, Waldramina Charito Noemí Aguilar Cueva, en el área de
Supervisoras de Control de Disposición Final de Residuos Sólidos, como colaboradores de
los actos ilícitos Marlon Segundo Guevara Rosado, Emiliana Garnique Gonzales, Mario
Estiven López Correa y como asesor subrepticio a su hermano Juan Noé Cornejo Chinguel,
con la finalidad de beneficiarse económicamente de las arcas del Estado, y de cobro de
sobornos o coimas de particulares o beneficios indebidos utilizando sus puestos de trabajo
en la Municipalidad de Chiclayo, contando supuestamente con el apoyo para tal fin, de los
Regidores oficialistas Juan Carlos Pérez Bautista y Alfredo Montenegro Bermeo.
Estado actual del proceso:
El caso “Los temerarios del Crimen” se encuentra en la etapa intermedia que está a cargo
de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra La Criminalidad Organizada De
Chiclayo y por el 10° Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de
Corrupción de Funcionarios, los delitos son Contra la Administración Pública en la
modalidad de cohecho activo genérico, cohecho pasivo propio, cohecho pasivo impropio,
concusión y colusión previstos en los artículos 397, 393, 394, 382 y 384° respectivamente
del Código Penal
Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil; así mismo,
ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado, la suma de S/ 1 000,
000,00 (un millón con 00/100 soles) y ha solicitado medidas cautelares en forma de
inscripción de bienes de los procesados a fin de poder garantizar la reparación civil.
• "Los Limpios de la corrupción"
Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
Hechos:
En la Municipalidad Provincial de Chiclayo entre el período 2008 – 2014, liderada por el
exalcalde Roberto Torres Gonzales y algunos funcionarios de confianza de la municipalidad,
se dedicaron a la comisión de una serie de delitos relacionados con delitos contra la
Delito Cohecho y colusión
N° Expediente 5604-2018
Etapa Juzgamiento
N° de Imputados 9
Entidad Municipalidad Provincial de Chiclayo
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 47
Administración Pública y Otros, como es la del direccionamiento de la Licitación Pública N°
01-2014, “Mejoramiento de Pavimento de la Urbanización Campodónico y Urbanización
San Martin de la ciudad de Chiclayo, Distrito Chiclayo, Provincia de Chiclayo, Lambayeque”,
en la que el exalcalde Roberto Torres Gonzales habría instigado y direccionado el
otorgamiento de la buena pro, y posteriormente comunicó el pacto colusorio a funcionarios
de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, quienes fueron parte de los que conformaron el
comité especial. En la presente licitación resultó ganador el Consorcio Chiclayo integrado
por los acusados Julio Giancarlo Otiniano Plasencia y Julio Porfirio Otiniano Ortiz, siendo
que el acusado Roberto Torres Gonzales, Alcalde de la Entidad agraviada, habría sido quien
hostigó y direccionó el otorgamiento de la buena pro, habiendo comunicado el pacto
colusorio en un primer momento a Carlos Alberto Mendoza Oliden y a su vez a los acusados
César Raúl Regalado Rodríguez, Ernesto Sánchez Vásquez, Segundo Deodato Alcántara
Chávez y Fernando Fernández Bravo quienes eran Funcionarios de la Municipalidad
Provincial de Chiclayo, precisando que Carlos Alberto Mendoza Oliden, Segundo Deodato
Alcántara Chávez y Fernando Fernández Bravo conformaban el Comité Especial y que Carlos
Alberto Mendoza Oliden, y Ernesto Sánchez Vásquez aprobaron los requerimientos técnicos
mínimos, este último fue quien viso tal documento que contenía las características,
elementos para el direccionamiento de la buena pro y que el acusado César Raúl Regalado
Rodríguez intervino en dicho proceso de selección en su condición de Gerente General, a
su vez el acusado Artemio Rengifo Valverde fue el nexo entre Julio Giancarlo Otiniano
Plasencia y Roberto Torres Gonzáles; asimismo, se le imputa al acusado Roberto Torres
Gonzáles ser autor de Cohecho Pasivo Propio ya que para instigar a un Funcionario de la
Entidad Agraviada había solicitado al representante del Consorcio Chiclayo un donativo de
cuatrocientos mil soles (S/. 400,000.00), a su vez los acusados Julio Giancarlo Otiniano
Plasencia, Julio Porfirio Otiniano Ortiz y Artemio Rengifo Valverde se les imputa ser autores
de Cohecho Activo Genérico en el sentido de que los dos primeros habrían aceptado la
propuesta de Roberto Torres Gonzáles siendo el intermediario Artemio Rengifo Valverde;
asimismo, se le imputa a Carlos Alberto Mendoza Oliden ser autor del delito Cohecho Pasivo
Propio, subsecuentemente ya que este habría pedido una dádiva a Julio Giancarlo Otiniano
Plasencia a consecuencia de las funciones que cumplió de la ejecución del contrato derivado
de la Licitación Pública N° 01-2014 para la ejecución de la obra “Mejoramiento de
Pavimento de la Urbanización Campodónico y Urbanización San Martin de la Ciudad de
Chiclayo”.
Estado actual del proceso:
El caso “Los Limpios de la corrupción” se encuentra en la etapa de Juzgamiento que está a
cargo de la Tercera Fiscalía Penal Corporativa de Chiclayo y por el 10° Juzgado Penal
EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE
LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO
Caso Gobiernos Regionales
y Locales
PPEDC- UAI 48
Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de funcionarios, los delitos son Contra
la Administración Pública en la modalidad de cohecho activo genérico, cohecho pasivo
propio, y colusión agravada previstos en los artículos 397, 393 y 384° respectivamente del
Código Penal
Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil; así mismo,
ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado la suma de S/. 3
376,896.37 (Tres millones trescientos setenta y seis mil ochocientos noventa y siete con
37/100 soles).
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  • 1. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Gobiernos Regionales y Locales INFORME TEMÁTICO 2022 PROCURADURÍA PÚBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCIÓN
  • 2. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 1 EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales INFORME TEMÁTICO – SETIEMBRE 2022 JAVIER ALONSO PACHECO PALACIOS Procurador Público (e) Especializado en Delitos de Corrupción YUDITH VILLEGAS ESPINOZA Procuradora Pública Adjunta Especializada en Delitos de Corrupción CESAR AUGUSTO OLANO ROJAS Coordinador de la Unidad de Análisis de Información Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción La elaboración y edición del informe especial “El Avance de la Corrupción desde la Perspectiva de la Defensa Jurídica del Estado. Caso Gobiernos Regionales y Locales” estuvo a cargo del equipo de la Unidad de Análisis de Información (UAI) de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción, integrado por los profesionales que se consignan líneas abajo. Se reconoce y agradece el apoyo y aporte de los Procuradores Públicos, Coordinadores y demás colaboradores de esta Procuraduría en la sede central y de las treinta y site sedes descentralizadas para la elaboración del presente informe especial. Responsables de la elaboración, edición, diseño y diagramación: • Carmen Rosa Sara Campos Ormeño • César Augusto Larrea Falen • César Augusto Olano Rojas • Germán Bedoya Gómez • John Palomino Ramírez • Julio Augusto Yauri Medina • Rosario Mercedes María Mendoza Zuta Colaboradores • Blandina Maldonado Valenzuela • Ephraim Santiago Sánchez Limaylla • Milagros Beatriz Silva Florián • Milagros Sophia Luque Uturunco • Stefany Julissa Maurita Villar Álvarez • Thalia Lizbeth Torres Polar Editado por: Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción (PPEDC) Av. Arequipa N° 5060 – 5070, Miraflores Central telefónica: (511) 204-8020 anexo 1433 https://procuraduriaanticorrupción.minjus.gob.pe
  • 3. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 2 Presentación Desde su origen, la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción - PPEDC - tiene como objetivo, la defensa de los derechos e intereses del Estado ante instancias jurisdiccionales en los procesos que tienen que ver con la comisión de los ilícitos penales contemplados en las secciones II, III y IV del Capítulo II del Título XVIII del Libro Segundo del Código Penal; lo que supone la defensa de toda Entidad Estatal que sea vea amenazada por tales actos. Sin embargo, la tarea de la PPEDC no solo se circunscribe únicamente a la defensa de los derechos e intereses del Estado ante diversos fueros; consiste también en informar con transparencia, el grado de evolución de este hecho llamado corrupción, con la finalidad de comprender, prevenir, asimilar y reflexionar sobre su origen, desarrollo y consecuencias; información que resulta un insumo en extremo importante para la mejora continua en las políticas de Estado. La PPEDC ha comenzado a informar de manera progresiva y técnica, mediante un primer precedente (año 2012), el cual consistió en el primer informe situacional denominado “La procuraduría anticorrupción en perspectiva crítica: Reparaciones civiles / investigación / sistema de información”. Dicho Informe que comprendía el periodo de noviembre de 2011 a mayo de 2012, señala que, según los casos conocidos por la PPEDC, solo el 1,1% tenía relación con Gobiernos Regionales, el 1,7% con Municipalidades Provinciales y el 14,8% con Municipalidades Distritales. Posteriormente, en agosto de 2017 la PPEDC publica el informe: “Sospecha generalizada de corrupción contra gobernadores y alcaldes del país. Informe especial de la PPEDC” identificando que, en 26 gobiernos regionales1 existe un total de 395 investigaciones contra gobernadores o ex gobernadores a junio de 2017; luego, en septiembre del 2018, se publica el informe temático: “La Corrupción en los gobiernos Regionales y Locales” informe en el cual la PPEDC desarrolla el concepto de mapas de corrupción, ubicándose la existencia de 4225 casos de los cuales, 222 están en etapa de ejecución y 4003 procesos en trámite; así mismo, de las cifras que arrojan datos sobre funcionarios involucrados en hechos de corrupción tenemos que, a mayo del año 2018, existían 2059 procesos que involucran a gobernadores y/o alcaldes por delitos de 1 No esta demás aclarar que además de los 24 departamentos se reconoce al Callao como región y Lima se divide en Lima provincias como un gobierno regional y a Lima Metropolitana que la Ley de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, le da nivel de gobierno regional, de ahí que se habla de 26 gobiernos regionales.
  • 4. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 3 corrupción de funcionarios, siendo el Cusco con 203 procesados, la región con el mayor número, y el Callao, con solo 7 la convertía en la región con menos procesados. Respecto del tipo de delito de mayor incidencia al año 2012, se identificó que del total de tipos penales en que incurrían los funcionarios, el 30.6% corresponde al delito de peculado y el 15.7 % a colusión; al año 2018 esta tendencia se mantuvo puesto que, de los 4225 casos, 1928 son por peculado y 1455 por colusión. Lo que indica esta tendencia, es que los funcionarios procesados incurren principalmente en apropiación de caudales del Estado. Entidades de alcance nacional como la Contraloría General de la República del Perú y la Defensoría del Pueblo, así como algunas de carácter internacional, como Transparency International, o la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OECD) hacen estimaciones en relación al comportamiento del fenómeno de la corrupción; La Contraloría toma como fuente de información su propio Sistema de Auditoría Gubernamental (SAGU) y el Sistema Integrado de Administración de Finanzas (SIAF) del Ministerio de Economía y Finanzas; la Defensoría toma las publicaciones de la PPEDC, y sus propios métodos de recolección de información a través de sus oficinas descentralizadas como fuente de información, en tanto que Transparency International hace sus estimaciones sobre la base de datos de entidades, como el Banco Mundial y el Foro Económico Mundial lo que acredita el interés y la importancia del tema de corrupción. Esperamos que el presente documento, sirva como guía para identificar las variables respecto de los delitos de corrupción, tales como la tipología de delitos, y el grado de concentración de la corrupción en el ámbito nacional entre otros, a efecto que la Sociedad Peruana complete su proceso de conciencia en relación al grave perjuicio que genera la corrupción al Estado y a la colectividad. Javier Alonso Pacheco Palacios Procurador Público (e) Especializado en Delitos de Corrupción
  • 5. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 4 El Avance de la Corrupción desde la Perspectiva de la Defensa Jurídica del Estado - Caso Gobiernos Regionales y Locales PRESENTACIÓN ............................................................................................................. 2 ABREVIATURAS Y SIGLAS............................................................................................... 6 RESUMEN...................................................................................................................... 7 1 INTRODUCCIÓN.......................................................................................................... 8 2 PERSPECTIVA NACIONAL........................................................................................... 11 • MAPA DE LA CORRUPCIÓN.......................................................................................................................... 12 • EVOLUCIÓN DE LA CORRUPCIÓN EN GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES .............................................................. 14 • CANTIDAD DE AUTORIDADES PROCESADAS POR REGIÓN.................................................................................... 15 • CASOS POR TIPO DE DELITO ........................................................................................................................ 17 • CASOS POR ETAPA PROCESAL ...................................................................................................................... 18 • CASOS POR MEDIDAS DE COERCIÓN Y SITUACIÓN JURÍDICA DE LOS INCULPADOS..................................................... 20 • CASOS VINCULADOS A CONTRATACIONES DEL ESTADO...................................................................................... 21 • CASOS EMBLEMÁTICOS.............................................................................................................................. 29 3 PERSPECTIVA REGIONAL Y LOCAL.............................................................................. 65 CUSCO .......................................................................................................................................................... 66 LIMA............................................................................................................................................................. 71 ANCASH........................................................................................................................................................ 76 JUNÍN ........................................................................................................................................................... 82 HUÁNUCO .................................................................................................................................................... 87 LORETO ........................................................................................................................................................ 91 ICA................................................................................................................................................................ 95 PUNO............................................................................................................................................................ 98 PASCO ........................................................................................................................................................ 102 CAJAMARCA ............................................................................................................................................... 107 AYACUCHO................................................................................................................................................. 110 HUANCAVELICA.......................................................................................................................................... 114 SAN MARTIN............................................................................................................................................... 118 AREQUIPA .................................................................................................................................................. 121 APURÍMAC.................................................................................................................................................. 124 PIURA ......................................................................................................................................................... 127 UCAYALI...................................................................................................................................................... 131 LA LIBERTAD ............................................................................................................................................... 134 TACNA ........................................................................................................................................................ 137 AMAZONAS ................................................................................................................................................ 140 LAMBAYEQUE............................................................................................................................................. 143 MADRE DE DIOS ......................................................................................................................................... 147 TUMBES...................................................................................................................................................... 150
  • 6. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 5 MOQUEGUA............................................................................................................................................... 154 CALLAO....................................................................................................................................................... 157 4 CONCLUSIONES ...................................................................................................... 160 5 RECOMENDACIONES............................................................................................... 162 6 GLOSARIO............................................................................................................... 163 7 ANEXOS.................................................................................................................. 165 • CASOS QUE INVOLUCRAN A CANDIDATOS A ELECCIONES 2022........................................................................ 165 • CUADRO DEL TOTAL DE PROCESOS VINCULADOS A AUTORIDADES ELECTAS ENTRE EL 2002 A 2022. ........................ 209 8 REFERENCIAS.......................................................................................................... 614
  • 7. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 6 Abreviaturas y siglas CAN : Comisión de Alto Nivel Anticorrupción C.P. : Código Penal C.P.P. : Código Procesal Penal Const. : Constitución Política del Perú GORE : Gobierno Regional IOARR : Inversión de Optimización de Ampliación Marginal, de Reposición y ………….Rehabilitación. OCDE : Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos PGE : Procuraduría General del Estado. PPEDC : Procuraduría Pública Especializada en Corrupción SAGU : Sistema de Auditoria Gubernamental SIAP : Sistema Integrado de Administración Financiera UAI : Unidad de análisis de la información de la Procuraduría Pública Especializada en Corrupción
  • 8. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 7 Resumen En el año 2018 la PPEDC realizó un informe temático sobre el estado de la corrupción en el marco de los gobiernos regionales y locales de los años 2002 al 2018. En cada una de estas instancias gubernamentales, se realizaron estudios en base a los legajos de casos en trámite que, con posterioridad, dieron lugar a dicho documento. El presente informe, actualiza y comunica la situación jurídica procesal de una diversidad de autoridades en particular, los gobernadores regionales, alcaldes provinciales, así como distritales, por tanto, incluye a autoridades electas hasta el presente año, mediante el análisis de los registros de casos de corrupción asumidos por la PPEDC. Así mismo, este documento está dividido en tres partes, la primera parte denominada perspectiva nacional que recoge la información estadística de la corrupción en gobiernos regionales y gobiernos locales de manera integral; se expone también el mapa de la corrupción en las diversas regiones además de identificar tipos de delitos de mayor incidencia y por etapas, de acuerdo al desarrollo del proceso penal; en la segunda parte sobre la corrupción en gobiernos regionales y gobiernos locales desde ambas perspectivas se aprecia el avance de la corrupción desarrollado en un mapa de corrupción a nivel regional, hasta la presencia de casos por contrataciones con el Estado, entre otros; así mismo se acompaña un cuadro resumen básico con los principales casos por región; y la última parte, corresponde a las conclusiones, sugerencias y un anexo que contiene dos cuadros: el primero sobre candidatos vinculados a procesos de corrupción en el periodo 2002 a 2022 y el segundo cuadro sobre el total de procesos vinculados a autoridades electas entre el 2002 a 2022. En ese orden de ideas, el presente informe busca identificar los principales comportamientos delictivos de los gobernadores, alcaldes provinciales y distritales del país, vale decir, de las circunstancias, prácticas o características en las que se cometen delitos como peculado, colusión y negociación incompatible, los cuales en estos últimos años suceden en el ámbito de una organización criminal, esquema que en general cuenta con una multiplicidad de imputados, abundante prueba documental y una defensa altamente especializada.
  • 9. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 8 1 Introducción La sociedad, con el objetivo de crecer de manera permanente en un clima de evolución humana en equilibrio, demanda que sus autoridades propicien con adecuadas decisiones, un estado de bienestar general, a través de eficientes servicios de salud, educación, óptima infraestructura, entre otros aspectos; la satisfacción de tales demandas, sufre daños irreversibles y se contamina con el avance de la corrupción, situación que se refleja en la falta de probidad y transparencia en los actos de algunos funcionarios, así como su constante infracción del deber en el ejercicio del cargo para el que fueron elegidos. Evidentemente, estas infracciones y delitos, afectan el avance y el desarrollo de nuestra sociedad, por lo que es de vital importancia, identificar a la corrupción como uno de los más grandes problemas que urge atender y en especial conocer a fondo con el objetivo del control y mitigación de sus efectos, como corresponde a toda sociedad con aspiraciones de desarrollo y crecimiento. Según Transparencia Internacional2 en la última publicación de “Índice de Percepción de la Corrupción 2021”, durante el año 2021, el Perú fue calificado con un puntaje de 36, en una escala donde 100 puntos representa a un país libre de corrupción y 0 equivale un país con corrupción generalizada, lo que significa que estamos a una distancia de 64 puntos para ser considerado como un país sin corrupción. Dicha referencia tiene una influencia directa en la percepción que tienen los actores internacionales, entre ellos numerosos países con las más diversas economías, en la posibilidad de entablar o no, relaciones de un amplio tipo con el Perú, así también diversos organismos internacionales, entre ellos la OCDE y, evidentemente la sociedad y el empresariado nacional quienes observan permanentemente los efectos de la corrupción, como un componente importante en la toma de sus decisiones. 2 Transparencia Internacional (TI) es una organización no gubernamental que promueve medidas contra crímenes corporativos y corrupción política en el ámbito internacional. Se fundó en 1993. Publica anualmente el Índice de Percepción de Corrupción, una lista corporativa de corrupción a nivel mundial. El Índice de Percepción de la Corrupción 2021, publicado en Berlín, el 25 de enero de 2022 indica que los niveles de corrupción se encuentran estancados a nivel mundial, con escaso o ningún progreso en el 86 % de los países evaluados en los últimos diez años.
  • 10. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 9 Los efectos de la corrupción en nuestro país, perjudica el desarrollo de los objetivos de una serie de entidades públicas y privadas, por lo que es fundamental identificar el origen del problema, asimilar sus dimensiones y mediante las conclusiones de un análisis serio dar un tratamiento eficaz al problema. En dicho análisis, además de explicar didácticamente a la sociedad, la naturaleza de dicho problema, es necesario comunicar el avance de dichos efectos a las autoridades especializadas, en el objetivo de tomar mejores decisiones, todo ello, dirigido a la evolución en los mecanismos de solución. A la fecha, y en esa línea de acción, existen varios trabajos desarrollados por la Contraloría General de la República mediante sus publicaciones anuales, una de ellas, por ejemplo, denominada “Incidencia de la Corrupción y la Inconducta Funcional en el Perú 2020”. Por otro lado, cabe mencionar las publicaciones de la Defensoría del Pueblo, entre ellas, “Riesgos de corrupción en la distribución de productos alimentarios del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma” autorizada por Decreto Legislativo N° 1472, en el contexto de la COVID 19”. En ambos casos, y desde su especialidad, plantean un enfoque específico de los hechos. Sin embargo, la defensa especializada de los intereses del Estado por parte de la PPEDC, consiste en las acciones directas de lucha contra la corrupción, en consonancia con la labor del Ministerio Público. Corresponde así mismo, difundir nuestra labor en aras de aumentar la eficiencia de un Estado que, además de propiciar las mejores condiciones para el crecimiento y el desarrollo social, tiene la compleja tarea de garantizarlas. La Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción como parte del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, además de ejecutar su labor diaria en defensa del Estado en el fuero jurisdiccional denunciando delitos de corrupción, y recabado las consecuentes reparaciones civiles, ha asumido la labor de difusión de sus actividades mediante informes temáticos que permitan apreciar desde todos los ámbitos y niveles administrativos de la Nación, en esta ocasión esta labor se materializa mediante el Informe temático “EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO – Caso Gobiernos Regionales y Locales” es un documento cuyo objetivo consiste en graficar la situación y el avance de la corrupción en los gobiernos regionales y locales mediante el uso de estadística actualizada y de un lenguaje práctico. Es preciso señalar también que el presente informe, da a conocer la información que el contexto normativo permite, por lo que se han omitido detalles en relación a procesados, delitos y otros, que solo podrán ser expuestos, si están fuera de los alcances del principio de presunción de inocencia y reserva de la investigación, principios que están protegidos por prohibición taxativa de la norma adjetiva en materia penal.
  • 11. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 10 El propósito de este informe es rescatar la experiencia acumulada por la defensa jurídica del Estado ejercida por la PPEDC en las distintas cortes superiores del país, por lo que trataremos de identificar con la mayor precisión posible a los gobernadores, alcaldes provinciales y distritales del país que tengan investigaciones y procesos penales a fin de poder proyectar estrategias de prevención, dirigidas a la mejora continua de las políticas de Estado y su aplicación transversal en todo el aparato público, en el más estricto sentido técnico. Es preciso señalar que el término autoridades, para efectos del presente informe, se aplica a gobernadores, ex gobernadores, alcaldes y ex alcaldes; así mismo la cantidad de procesos que en este informe se señala se refiere exclusivamente a los procesos en los que están involucrados gobernadores, ex gobernadores, alcaldes y ex alcaldes. Por otro lado, la totalidad de gráficos y cuadros son de creación de la UAI de la PPEDC y el rango de datos usados se ubica entre los años 2002 a junio del 2022; esta información se extrajo en base a la data remitida de nuestras treinta y siete oficinas descentralizadas y nuestra sede central en la ciudad de Lima; es de precisar además, que nuestra data tiene base exclusiva en los procesos en que la PPEDC ha iniciado acciones y/o esta apersonada, puesto que existe la posibilidad que la defensa jurídica del Estado haya sido asumida por la Contraloría General de la República o se trate de procesos en sede judicial o fiscal en los que no nos hayan corrido traslado; ese, entre otros motivos, determinaron la denominación del presente informe: “El avance de la corrupción desde la perspectiva de la defensa jurídica del Estado: Caso Gobiernos Regionales y Locales”. Equipo UAI-PPEDC
  • 12. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 11 2 Perspectiva nacional Estando que los actos de corrupción casi siempre se vinculan a la facultad que tiene los funcionarios para disponer de fondos públicos ya sea en la adquisición de bienes y/o servicios en desmedro del correcto funcionamiento de la administración pública; tal condición evidencia la existencia de dos componentes importantes: el proceso de descentralización de poder desde la capital al interior del país y, el control que se pueda realizarse al uso de recursos asignados; vale decir que la facultad de funcionarios para la disposición de recursos, va de la mano con el proceso de descentralización cuya característica no solo es política, sino también económica y financiera. En el aspecto normativo, se encuentran la Ley de Descentralización, Ley Nº 27783 del año 2002; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 del año 2002 y Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 del año 2003; normas mediante las cuales se logra importantes avances en el proceso de descentralización, determinado nivel de control económico y financiero; la dación de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, Ley Nº 28112 del año 2003 que establece la obligatoriedad para todas las entidades y organismos del sector público de registrar toda información financiera en el sistema conocido como SIAF; sistema que permite conocer los montos asignados a entidades, el detalle de la ejecución presupuestal y el nivel de gasto de las mismas; dicho sistema se trata de una de las herramientas más importantes, que permite alcanzar niveles de transparencia en el gasto público, y a la vez, identificar infracciones de carácter administrativo e incluso penal. En tal sentido, se advierte que el artículo 189° de nuestra Constitución, dispone la forma de demarcación territorial que rige para la república, precisando que nuestro territorio está integrado por regiones, departamentos, provincias y distritos; de acuerdo a la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, que desarrolla este mandato constitucional respecto de la conformación de las regiones en número de veinticinco, y naturalmente se regula a las municipalidades, además de la situación particular de Lima y Callao; de acuerdo a lo señalado en el artículo sesenta y cinco de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, se precisa que toda mención contenida en la legislación nacional que haga referencia a los gobiernos regionales, se entiende también hecha a la Municipalidad
  • 13. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 12 Metropolitana de Lima, en lo que le resulte aplicable; es decir se considera a veintiséis circunscripciones con prerrogativas de gobierno regional. A continuación, se presentan ocho ítems desde una visión macro y de carácter nacional observando la corrupción en gobiernos regionales y gobiernos locales; estos son: mapa de la corrupción, evolución de la corrupción en gobiernos regionales y locales, cantidad de autoridades procesadas por región, casos por tipo de delito, casos por etapa procesal, casos por medidas de coerción y situación jurídica de los inculpados, casos vinculados a contrataciones del estado y, cerrando esta primeraparte, diecinueve casos emblemáticos. • Mapa de la corrupción La PPEDC a junio del presente año tiene 54 246 casos registrados a nivel nacional, de los cuales, para el presente informe se ha analizado 7 895 casos de corrupción relacionados a autoridades electas del periodo 2 002 a 2 018, de los cuales 535 tienen la categoría de casos emblemáticos. El presente mapa de la corrupción -gráfico 01- tiene por objeto evidenciar la cantidad de casos en trámite y concluidos (sentencias firmes), cuya reparación civil está en proceso de cobro, así como el número de investigaciones y procesos que se encuentran actualmente en giro en las regiones de nuestro país, donde la participación de la PPEDC es fundamental en el extremo de salvaguardar los intereses del Estado. La PPEDC expone la estadística sobre el avance en estos últimos años, de los casos por los delitos de corrupción relacionados a autoridades electas en las regiones, sus provincias y distritos del país. Así, tenemos 5 regiones con mayor incidencia de corrupción como son: Cusco, Lima, Ancash, Junín y Huánuco; en ese orden, del 100% de los casos a nivel nacional se advierte que el 40.6% se concentra en las regiones antes mencionadas. Sin duda llama la atención el caso de Cusco por ser quien ocupa el primer lugar con mayor cantidad de casos registrados 799, correspondiendo al 10.12% de los casos a nivel nacional, es menester hacer un acercamiento más preciso, el mismo que lo haremos cuando detallemos información región por región, la cual se realizará en la segunda parte de este informe. Por otro lado, las regiones con menos incidencias de procesos por corrupción son Tumbes con 1.33% y Madre de Dios con un 1.62% téngase en cuenta que este dato no significa que no haya corrupción sino podría haber factores escondidos como la poca o nula denuncia; la cantidad de población, y por qué los casos reportados hacen referencia exclusivamente a donde estarían involucrados autoridades de elección popular.
  • 14. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 13 Gráfico N° 01 Mapa de la Corrupción Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC DATOS: 5 4246 casos registrados por la PPEDC a nivel nacional: 7 895 casos analizados para el presente informe
  • 15. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 14 • Evolución de la corrupción en gobiernos regionales y locales En principio debemos señalar que los casos que aquí exponemos se encuentran en trámite (tanto con la antigua y nueva norma procesal penal) donde estarían comprometidos gobernadores, ex gobernadores, alcaldes y ex alcaldes. Se ha tomado como referencia lo informado en el año 2018, donde se registró un total de 4 225 casos en los gobiernos regionales y locales, estando 222 en ejecución y 4 003 en trámite, de los cuales 239 tienen la categoría de casos emblemáticos, en el presente año, se puede evidenciar un incremento del 86.86%, esto quiere decir que tenemos 7 895 casos de los cuales 587 se encuentran en ejecución y 7 308 en trámite, donde 535 tienen la categoría de casos emblemáticos. En un lapso de 4 años la cantidad de procesos por corrupción contra autoridades (en trámite y ejecución) han pasado de 4 225 a 7 895; es decir se incrementó en 86.86%. Los efectos de la corrupción tienen un impacto negativo en la confianza de los ciudadanos en las entidades públicas, porque menoscaba la legitimidad de tales instituciones y de sus principales autoridades, e incrementa las brechas respecto de necesidades en la población, que deben ser atendidas por el Estado a través de sus autoridades elegidas por voto popular. Cuadro N° 01 Evolución de la corrupción en gobiernos regionales y locales Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
  • 16. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 15 • Cantidad de autoridades procesadas por región Desde el inicio del proceso de descentralización como una necesidad para el desarrollo de nuestro país, concepto recogido en nuestra Carta Magna y desarrollado en la legislación, (Ley de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972) los gobiernos locales y regionales ejecutan sus propios presupuestos y comienzan atender sus necesidades, lo cual se comprueba en el nivel de asignación presupuestal; así tenemos que de acuerdo a la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, el presupuesto para este año es de S/. 197 002 269 014,00 (ciento noventa y siete mil dos millones doscientos setenta y nueve mil catorce y 00/100) de los cuales al gobierno central asignó a su propio ámbito el 32%, mientras tanto el 42% está destinado para la ejecución por parte de los gobiernos regionales – GORES - , y un 26% para los gobiernos locales, así las cosas, la mayoría del presupuesto público es asignado a los gobiernos regionales y locales, lo que hace que éstos, sean vistos por algunos malos funcionarios como un botín para apropiarse de caudales del Estado y consecuentemente, a la comisión de ilícitos penales. Bajo ese contexto normativo para junio de 2022 dentro de los 7 895 procesos tenemos un total de 3 976 autoridades electas involucradas en proceso de corrupción siendo la región Áncash con más incidencia con 369 autoridades procesadas, seguida por la región Cusco con 351 autoridades procesadas, Junín con 327 autoridades procesadas y Lima con 304 autoridades procesadas
  • 17. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 16 Gráfico N° 02 Autoridades procesadas por región Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC DATO: 3 976 autoridades electas. Las cifras señaladas en las regiones se refieren a las autoridades electas que vienen siendo investigadas y procesadas por delitos de corrupción.
  • 18. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 17 • Casos por tipo de delito La PPEDC ejerce la defensa jurídica de los intereses del Estado ante instancias jurisdiccionales y no jurisdiccionales, vale decir, en investigaciones y procesos relacionados con los delitos de corrupción de funcionarios en sus distintas modalidades, que se encuentran ubicados en las secciones II, III y IV del capítulo II del título XVIII, del libro segundo del Código Penal3, bajo el nombre de delitos cometidos por funcionarios públicos (artículos 382 al 401 de nuestro Código Penal)4. De los 7 895 casos en trámite seguidos por la PPEDC contra exgobernadores, gobernadores, exalcaldes y alcaldes, se tiene registrado según el tipo de delito lo siguiente: peculado con un 33.72 %, colusión con un 30.59 %, negociación incompatible con un 13.8 %, malversación 7.61 %, crimen organizado 1.29% y otros delitos un 12.99%. Peculado es el tipo de delito que tiene ver directamente con el uso o apropiación de bienes del Estado; esto quiere decir que es necesario desarrollar una campaña de información sobre el uso adecuado de los recursos del Estado; y el otro delito de mayor incidencia es el de colusión, este delito tiene que ver directamente con el favorecimiento de proveedores en las diversas etapas en las que se desarrolla un proceso de contratación. Es importante precisar que el tipo penal de asociación ilícita para delinquir nace como agrupación ilícita, siendo modificado con la denominación de organización, dando a entender como “organización criminal”. Posteriormente, con la promulgación de la Ley N° 30077, publicado en el Diario El Peruano el 29 de octubre de 2 016, cambio su denominación propiamente a organización criminal. Dicho esto, en principio el artículo 317 del Código Penal se denominaba como asociación ilícita, lo que el legislador reconoció como organización criminal; finalmente, aquel tipo penal fue modificado mediante el artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1244 publicado el 27 de octubre de 2 016, quedando como organización criminal. 3 Artículo 46 del Decreto Legislativo N.° 018-2019-JUS. Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1326. 4 ENCO TIRADO, Amado. Los delitos de corrupción en el Perú. Un enfoque desde la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción. Primera edición, setiembre de 2020. Gaceta Jurídica S.A., p. 53
  • 19. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 18 Cuadro N° 02 Casos por tipo de delito Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC • Casos por etapa procesal Conforme al nuevo modelo procesal, tres son las etapas del proceso penal común, en las cuales la PPEDC viene participando en la defensa jurídica del Estado: Gráfico N° 03 Por etapa procesal Elaboración: UAI – PPEDC Investigación preparatoria Etapa intermedia Juzgamiento Investigación preparatoria •A cargo del Fiscal: •1.- Dirige la investigación •2.- Solicita medidas coercitivas. •3.- Reúne los medios de prueba Etapa intermedia •Fiscal: Presenta la acusación o solicita el sobreseimiento •Juez: Controla y decide sobre la solicitud del fiscal Juzgamiento •Juez: Dirige el debate entre las partes. El fiscal sustenta la acusación. el abogado sustenta la defensa. •Decide sobre la culpabilidad o inocencia del imputado. •Emite la sentencia condenatoria o absolutoria.
  • 20. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 19 En el marco de estas tres etapas procesales, la PPEDC viene participando un aproximado de 7 895 casos seguidos contra exgobernadores, gobernadores, exalcaldes y alcaldes, principalmente por los delitos de peculado, colusión, cohecho y negociación incompatible, conductas previstas y sancionadas en los artículos 387, 384, 393 y 399 del Código Penal. Desde este enfoque, presentamos el siguiente gráfico a fin de exponer los casos registrados por la PPEDC, en los que es parte: Cuadro N° 03 Casos por etapa procesal Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC De los datos precedentes, podemos advertir que el departamento con mayor índice de corrupción respecto de autoridades electas, es la región de Áncash, Cusco, Junín y Lima de acuerdo a lo expuesto en el gráfico Nº 02. DATOS: 7 895 casos analizados 328 código de Procedimientos Penales: 7567 código Procesal Penal:
  • 21. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 20 Así también, se puede apreciar que de los 7 565 casos que se tramitan con el nuevo Código Procesal Penal, 5 027 se encuentran en investigación preparatoria; en etapa intermedia 1231, en juzgamiento 702 y en ejecución de sentencia 379 casos. Es necesario señalar que de los 316 casos tramitados con el Código de procedimientos penales (antiguo código) 108 están sin sentencia firme y solo 208 se encuentran en ejecución de sentencia. De este modo, a partir de este dato podemos advertir que la mayor cantidad de casos se encuentran a nivel de investigación preparatoria, en la que vienen siendo investigados gobernadores y ex gobernadores regionales, como alcaldes y ex alcaldes provinciales y distritales de nuestro país. • Casos por medidas de coerción y situación jurídica de los inculpados El Código Procesal Penal establece una serie de medidas de coerción procesal que van desde la detención, prisión preventiva, la comparecencia, el impedimento de salida, suspensión preventiva de derechos y otras de carácter real, esta parte del informe busca identificar los casos que hayan desplegado en mayor número, medidas de coerción personal. Las medidas de coerción, están dirigidas a restringir la libertad de una persona, antes de la sentencia, y dicha medida es de carácter excepcional, variable, provisional y aplicable en función a los principios de proporcionalidad, razonabilidad y de necesidad; la PPEDC como representante de la parte agraviada, considera que los delitos de corrupción de funcionarios, generan daño a los caudales del Estado y a su imagen. En ese sentido, mediante dichas medidas, se busca lograr no solo la cautela del acervo probatorio mientras dure la medida, sino también se estaría asegurando a largo plazo un posible pago de reparación civil, limitando la disposición de bienes por parte del inculpado. En el siguiente cuadro, se presenta la cantidad de procesados con medidas restrictivas, es de tomar en cuenta que solo cuando una investigación esta formalizada se puede determinar la situación de los investigados, ya sea si es simple o con restricciones y como se puede advertir en al cuadro Nº 03 tenemos 3 436 casos en los que aun la investigación no ha sido formalizada.
  • 22. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 21 Con respecto a las medidas de coerción en la investigaciones formalizadas han resultado las siguientes cifras: 664 procesados se encuentran con comparecencia simple, 53 con comparecencia restrictiva; 42 procesados contra quienes el Poder Judicial dictó prisión preventiva, de los cuales 23 se encuentran cumpliendo dicha medida. Por otro lado, contamos con 10 autoridades en calidad de prófugos y, 2 procesados con detención preliminar. Cuadro N° 04 Por medidas de coerción de los inculpados Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC • Casos vinculados a contrataciones del Estado Cuando la corrupción se desarrolla en las estructuras administrativas del Estado, esta representa un tremendo factor de riesgo para la concreción de sus fines, que son por naturaleza públicos. Se habla entonces de corrupción pública cuando su manifestación DATOS: De 3 976 autoridades electas que están siendo investigadas y procesadas por delito de corrupción, 761 se encuentran con investigación formalizada por lo que se puede advertir su condición con respecto a las medidas de coerción; así tenemos 664 invesigados con comparencoia simple, 44 autoridades con mandato de detención preliminar y prisión preventiva y de estos últimos, 10 se encuentran prófugos, a junio 2022.
  • 23. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 22 responde a la participación de aquellos funcionarios o servidores públicos que abusan del cargo para favorecer intereses privados5. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en un estudio sobre el soborno internacional ha indicado que, de 427 casos registrados de corrupción en 17 países, entre los años 1999 y 2014, el 57% de los casos estaban relacionados con contrataciones públicas. Por lo que se advierte, que el ámbito de las contrataciones estatales constituye un espacio vulnerable a la corrupción. En este sentido, el Perú también es afectado. En este contexto, de los casos registrados en la PPEDC a nivel nacional, existen casos de corrupción que involucran a exgobernadores, gobernadores, exalcaldes y alcaldes en relación con el ámbito de las contrataciones estatales. Entre ellas, de los 7 895 casos de corrupción, el 62.96 % de estos se encuentra relacionado con los procesos de contratación que efectuaron las autoridades regionales y locales desde sus respectivas Instituciones. Cuadro N° 05 Vinculados a contrataciones con el Estado 5 Amando Enco Tirado. (2020). Los delitos de corrupción en el Perú. Un enfoque desde la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción. Lima: Gaceta Jurídica, p. 17 DATOS: 7 895 casos analizados 4 971 casos vinculados a contrataciones con el Estado. 2 924 no son vinculados a contrataciones con el Estado
  • 24. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 23 Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC De los procesos analizados vinculados a contrataciones con el Estado se debe tener en cuenta que un proceso penal podría vincularse no solo a un objeto de contratación (personal, bienes, obras y/o servicios) simultáneamente podría verse más de uno; en ese orden de ideas si analizamos de acuerdo al objeto de contratación tendríamos: Cuadro N° 06 De acuerdo al objeto de contracciones Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC Con respecto a casos sobre corrupción, registrados por cada región relacionada a las contrataciones estatales, se verifica que la mayor incidencia se encuentra en los departamentos de Cusco, Lima, Ancash y Junín entre otros, conforme se muestra a continuación: DATOS: 5 642 contrataciones por objeto de contrato 2 724 contrataciones de obras 1 703 contrataciones de servicios 979 contrataciones de bienes 29 contrataciones en sede fiscal aún no determinadas
  • 25. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 24 Cuadro N° 07 Casos registrados en relación a contrataciones estatales por región DEPARTAMENTO BIENES OBRAS PERSONAL SERVICIOS NO PRECISA TOTAL AMAZONAS 25 71 4 32 132 ANCASH 56 226 7 121 1 411 APURÍMAC 18 66 2 29 115 AREQUIPA 40 93 2 34 169 AYACUCHO 35 137 9 76 1 258 CAJAMARCA 36 170 1 40 247 CALLAO 3 10 2 9 24 CUSCO 146 213 38 230 2 629 HUANCAVELICA 31 130 17 78 256 HUÁNUCO 19 185 4 33 10 251 ICA 15 89 2 81 187 JUNÍN 59 280 28 181 2 550 LA LIBERTAD 35 91 5 41 172 LAMBAYEQUE 21 69 33 123 LIMA 116 129 26 178 6 455 LORETO 45 153 11 117 1 327 MADRE DE DIOS 15 22 2 20 1 60 MOQUEGUA 3 10 19 32 PASCO 21 128 7 58 214 PIURA 55 86 18 91 250 PUNO 72 117 2 76 267 SAN MARTIN 35 118 7 42 202 TACNA 39 23 6 45 3 116 TUMBES 13 48 2 13 1 77 UCAYALI 26 60 5 26 1 118 TOTAL 979 2724 207 1703 29 5 642 Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC De los procesos analizados vinculados a las fases en las contrataciones con el Estado se debe tener en cuenta que un proceso penal podría vincularse no solo a una fase de contratación (preparatoria, selección y ejecución) simultáneamente podría verse más de uno. Respecto a estas fases (preparatoria, selección y ejecución) de la contratación estatal, se puede evidenciar una mayor incidencia de este fenómeno en la fase de ejecución contractual, en la cual, las partes se obligan mutuamente al cumplimiento de sus prestaciones. El Estado se obliga a pagar por una prestación a cargo del contratista, y éste se obliga a ejecutar la obra y/o suministrar el bien y/o prestar el servicio, en los términos establecidos en el contrato; es en este ínterin que se configuraría los ilícitos penales en mayor porcentaje:
  • 26. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 25 Cuadro N° 08 De acuerdo a la fase en el proceso de contratación Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC Entonces, la corrupción en la fase de ejecución contractual se materializa en los siguientes actos: a) Financiamiento y/o liquidez ilegal a favor del Contratista, mediante adelantos y/o pagos indebidos a pesar que la prestación aún no se ha ejecutado y/o culminado. b) Liberar al Contratista de la parte más compleja de la obra y/o servicio y/o bien en menoscabo para el Estado, a través de reducciones ilegales. c) Mayor costo de la prestación a causa de: − Ampliaciones de plazos simuladas y/o aprobadas ilegalmente, con la finalidad de evadir la aplicación de penalidades y/o generar el pago al Contratista de mayores gastos generales. − Modificaciones al contrato simuladas y/o aprobadas ilegalmente, que afectan el equilibrio económico financiero del mismo en detrimento del Estado. − Adicionales simulados y/o aprobados ilegalmente. DATOS: 7 769 casos por fase del contrato 3 278 ejecución contractual 2 449 proceso de selección 1 998 actos preparatorios 44 En sede fiscal aún no determinadas
  • 27. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 26 La fase de actos preparatorios también concentra un gran porcentaje de casos de corrupción (25.72%), es en ésta que se producen6: − Los sobornos por parte de los proveedores a los funcionarios de los gobiernos regionales y locales, mucho antes que se inicie el proceso de selección, ello con el fin de direccionar el otorgamiento de la buena pro o que se permitan los actos de defraudación antes identificados durante la fase de ejecución contractual. − El favorecimiento a proveedores "allegados", con quienes se contrata, pese a que están impedidos de ser participantes, postores, contratistas y/o subcontratistas, incluso en las contrataciones menores a 3 UIT7 y 8 UIT8. Por otro lado, en cuanto a los casos registrados en función al objeto de contratación, se tiene que, del total de casos registrados por la PPEDC, 5 642 están relacionados con contrataciones estatatles de acuerdo al objeto de contrato; de los cuales 979 por adquisición de bienes estatales 1 703 casos en relación con algún servicio, mientras que 2 724 relacionados a obras públicas, conforme se ilustra en el siguiente cuadro: Cuadro N° 09 En función al objeto de contratación ADQUISICIÓN O CONTRATACIÓN CASOS Bienes 979 Servicios 1703 Obras públicas 2724 Personal 207 No se precisa9 29 Total 5 642 Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC 6 La siguiente nominación no es taxativa sino referencial en relación a algunos casos analizados. 7 De acuerdo al literal j) del numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1017, si, independientemente del objeto de una contratación (bienes, servicios u obras), su monto es igual o inferior a tres (3) Unidades impositivas Tributarias (3 UIT), dicha contratación se encuentra fuera del ámbito de aplicación de la normativa de contrataciones del Estado, correspondiendo a la Entidad observar para estos efectos los lineamientos establecidos en sus normas de organización interna, garantizando su eficiencia y transparencia. 8 Conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 5 de la Ley N° 30225, se encuentran excluidos del ámbito de aplicación de la normativa de contrataciones del Estado, sujetos a supervisión del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado: “Las contrataciones cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositiva Tributaria, vigentes al momento de la transacción. Lo señalado en el presente literal no es aplicable a las contrataciones de bienes y servicios incluidos en el Catálogo Electrónico de Acuerdo Marco.”. 9 Se refiere a procesos aun en calificación en sede fiscal por lo que no esta precisado el objeto del contrato en la investigación.
  • 28. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 27 Mención especial se hace sobre los casos vinculados a la contratación de bienes y servicios con respecto al COVID-19, dado que el Estado a fin de reducir el impacto de la alta propagación del COVID-19 en el territorio nacional, que afecta a la población ante la existencia de situaciones de riesgo elevado para la salud y su vida, emitió diversos decretos de urgencia (2019 - 2022), con la finalidad de mejorar las condiciones sanitarias y la calidad de vida, adoptando acciones destinadas a tal fin. Estos decretos de urgencia tienen por objeto establecer medidas extraordinarias que permitan a las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, implementar en el marco de sus competencias, la contratación directa de bienes y servicios ante la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, entre los cuales se encontraba la compra de mascarillas textiles y pruebas de COVID -19, la adquisición de dispositivos electrónicos y servicios de Internet para las clases no presenciales, el equipamiento de hospitales provisionales, el alojamiento de peruanos repatriados, entre otros. Antes de verificar la información que arroja nuestra base de datos es menester precisar que en algunas regiones se puede observar un 0% por procesos que tengan que ver con la adquisición de bienes o servicios relativos a la pandemia; esto no quiere decir que no haya procesos de corrupción por temas de contrataciones en el contexto del COVID-19 ; este dato lo que quiere decir que no hay procesos vinculados directamente con alguna autoridad (alcalde o gobernador) vinculado a este tema, lo que deja la posibilidad que existan procesos por COVID-19 donde estén incluidos otro tipo de funcionarios, que no es materia de este informe. Con esas precisiones se puede observar que la región con mayor cantidad de casos de contrataciones que tenga que ver con atenciones en la lucha contra el COVID-19 es la región de Lima seguida por Amazonas y Pasco; que entre las tres regiones concentran más del 30% de casos COVID-19 a nivel nacional que involucra a autoridades elegidas por voto popular (alcalde y/o gobernador) vinculados a casos que tengan que ver con contrataciones para la lucha contra la COVID-19.
  • 29. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 28 Gráfico N° 04 Vinculados a casos por contrataciones para la lucha contra el COVID-19 Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC
  • 30. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 29 • Casos emblemáticos Para considerar un caso emblemático, es necesario evaluar una serie de factores, siendo el primero de ellos, el valor social del bien o servicio público afectado, luego el número de procesados y el impacto mediático que pueda tener en la sociedad, esto último determinado principalmente por el tipo de servicio afectado (salud, educación, previsión social, entre otros); otro aspecto a considerar es que la denominación que se le da a los casos es consignada por el Ministerio Público o por la PNP al momento del inicio de las investigaciones. De los 54 246 casos en los que esa parte la PPEDC, 7 895 que involucran a autoridades electas de estos se considera a 420 como emblemáticos de los cuales se ha seleccionado veinte, los mismos que detallamos: CUSCO • "Hospital Lorena" Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC Hechos: El gobierno regional de Cusco, mediante la Oficina de las Naciones Unidades de Servicios para Proyectos (UNOPS), convocó el proceso de selección de Licitación Pública Internacional PER/12/82063/1745, para la Elaboración del Expediente Técnico y Ejecución de Obra “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios de Salud del Hospital Antonio Lorena Nivel III-1 Cusco”; el 12 de julio del 2012, el gobierno regional de Cusco adjudicó la Buena Pro al contratista Consorcio Salud Lorena por el monto total de su propuesta económica, ascendente a S/ 197,580,499.16 (Ciento noventa y un millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y un con 58/100 soles), incluido IGV. El 24 de julio de 2012 el GORE Cusco, suscribe con el Consorcio Salud Lorena el contrato N° 239-2012- GR.CUSCO/PR, que tiene como objeto la elaboración del Expediente Técnico u ejecución de la Obra antes mencionado, del mismo modo el GORE Cusco convocó el Concurso Público Delito Colusión, negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo, cohecho, peculado N° Expediente 3440-2017 Etapa Investigación preparatoria N° de Imputados 40 Entidad agraviada Gobierno regional Cusco
  • 31. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 30 N° 005-2012-GR.CUSCO, para la supervisión de la elaboración del expediente técnico a nivel de ejecución de obra u construcción, con fecha 11 de setiembre del 2012 se adjudicó la buena pro a la empresa consultora CESEL S.A., suscribiendo el contrato N° 352-2012- GR.CUSCO/GR con fecha 09 de octubre del 2012. Ahora mediante Resolución Ejecutiva N° 638-2013-GR. CUSCO/PR del 15 de abril del 2013, se aprobó el Expediente Técnico a nivel de ejecución de obra y construcción de obra “Mejoramiento de la capacidad resolutiva de los servicios de Salud del Hospital Antonio Lorena III-1 Cusco”, estableciéndose como monto de ejecución de la obra, la suma de S/ 191 455 361.58 (Ciento noventa y un millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y un con 58/100 soles) , incluido IGV y como plazo de ejecución de obra, 540 días calendario. Con fecha 12 de mayo del 2014, se suscribió la adenda al contrato N° 239-2012- GR. CUSCO/GGR, modificando el monto contractual hasta por el monto de S/ 204 697 509.82 (Doscientos cuatro millones seis cientos noventa y siete mil quinientos nueve con 82/100 soles). A través de la Resolución Gerencial General Regional N° 01-2015-GR. CUSCO/GGR y Carta Notarial N° 011-2015-GR. CUSCO/GGR, ambos del 06 de marzo del 2015, se comunicó al Consorcio Salud Lorena la decisión de resolver el contrato, fijando fecha y hora para la constatación física de obra e inventario de materiales en el lugar de la obra. La infraestructura del proyecto está paralizada desde el año 2015 debido a que la ex gestión regional consideró que no había avances significativos. Esto generó una controversia con el consorcio ejecutor que se ventila en un arbitraje. La obra debió concluirse a fines del 2014 y se encontraría con un avance aproximado menos del 50%. Estado actual del proceso: El caso “Hospital Lorena” se encuentra en etapa intermedia que está a cargo de la Fiscalía especializada en delitos de corrupción de funcionarios del distrito fiscal del cusco y por el octavo juzgado de investigación preparatoria especializada en delitos de corrupción de funcionarios, los delitos investigados son Contra la Administración Pública en la modalidad de Colusión agravada, negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo, cohecho pasivo propio, colusión simple y peculado doloso de acuerdo a los artículos 384, 390, 393, respectivamente del Código Penal. Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil. Así mismo, ha postulado como monto de la reparación civil (daño patrimonial y extrapatrimonial) a favor del Estado la suma de S/ 15 279 644.00 (Quince millones doscientos setenta y nueve mil seiscientos cuarenta y cuatro 00/100 soles).
  • 32. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 31 ÁNCASH • "La centralita" Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC Hechos: Se tiene la presunta existencia de una organización criminal, que habría operado desde el 2007, con el inicio de las funciones de César Joaquín Álvarez Aguilar, como Presidente Regional de Ancash ocurrido el 02 de enero de 2007 por el Movimiento Independiente Regional Cuenta Conmigo (MIR), hasta mayo de 2014, en que se dictaron medidas coercitivas de carácter personal contra varios de sus miembros; así habría operado una organización criminal liderada por Álvarez y conformada por funcionarios y servidores públicos de la Región Ancash y César Joaquín Aguilar, sus unidades Ejecutoras (Sub Región Pacífico y Proyecto Especial Chinecas), así como por personas que no tenían dicha condición; organización criminal que tuvo por propósito realizar ilícitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos en sus diversas modalidades, encubrimiento real y violencia y resistencia contra la autoridad; actuando con fines lucrativos, además de pretender perpetuar en el poder a su líder, ensalzando su imagen y atacando a sus opositores. Para ello, habría operado con una organización jerárquica y flexible, estructurada internamente mediante aparatos: Central, de apoyo legal y político, de prensa, de apoyo social y de fuerza; con un ámbito de acción en la región Ancash (específicamente la ciudad de Huaraz y Chimbote) y posteriormente de manera progresiva, amplió su ámbito de acción a la ciudad de Lima, donde varios de sus integrantes ejecutaron determinadas conductas como parte del plan de la estructura asociativa. Así pues "Se le imputa a César Joaquín Álvarez Aguilar, ser coautor del delito de asociación ilícita para delinquir, al haber integrado y liderado una organización criminal (en el Aparato Central de la misma), que ejecutó actividades delictivas dentro del espacio geográfico de la Región Ancash y la ciudad de Lima, que desplegó sus labores criminales en el espacio temporal comprendido desde enero de 2007 a mayo de 2014, aproximadamente, Delito Organización Criminal, Lavado de activos y Otros N° Expediente 00160-2014-356-5002-JR-PE-01 Etapa Juzgamiento N° de Imputados 43 personas naturales y tres personas jurídicas Entidad agraviada Gobierno regional de Ancash
  • 33. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 32 organización criminal que tenía como integrantes a funcionarios públicos y personas ajenas a la gestión estatal con la finalidad de beneficiar económicamente a sus integrantes y a la propia organización, mediante la comisión de delitos contra la Administración Pública (Colusiones, Peculado, Peculado de Uso, etc.), así como el Delito de Lavado de Activos en sus diversas modalidades, agenciándose, para el desarrollo de sus actividades ilícitas, de fondos públicos como de recursos de origen privado, defraudando de esta manera al Estado, empresa criminal que se sostuvo estructuralmente mediante su composición orgánica y de la asignación de roles y funciones definidas esquemáticamente por este imputado". Estado actual del proceso: El caso “La Centralita” se encuentra en etapa de juzgamiento que está a cargo del tercer despacho de la Fiscalía Supraprovincial Especializada en delitos de corrupción de funcionarios y Juzgado Penal Colegiado Nacional Conformado Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Contra la Administración Pública en la modalidad de asociación ilícita para delinquir, peculado, encubrimiento real, contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones, colusión de acuerdo a los artículos 317, 387,404 y 384 respectivamente del Código Penal; y Lavado de Activos (Artículo 1° y 4.2° del Decreto Legislativo N.° 1106 - Artículo 1° y 3.b° de la Ley 27765). Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil; así mismo, ha solicitado como monto de pretensión resarcitoria a favor del Estado la suma de S/ 35 530,073.63 (treinta y cinco millones quinientos treinta mil setenta y tres con 63/100 soles). Ha obtenido medidas cautelares de forma de inscripción de bienes de los procesados a fin de poder garantizar la reparación civil. • Hospital “Eleazar Guzmán Barrón” Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC Hechos: Delito Colusión agravada N° Expediente 869-2020 Etapa Etapa intermedia N° de Imputados 16 Entidad agraviada GORE Ancash Hospital Eleazar Guzmán Barrón
  • 34. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 33 Este caso se desarrolla en torno al IOARR “Remodelación del ambiente complementario, adquisición de monitor de funciones vitales, ventilador mecánico y equipo ecógrafo; además de otros activos en el Hospital Eleazar Guzmán Barrón, distrito de Nuevo Chimbote, Provincia del Santa, departamento de Áncash” por un valor de S/. 10´061,072.61 (Diez millones sesenta y un mil setenta y dos con 61/100 soles) proceso de adquisición que se habría impulsado sin el debido procedimiento técnico. Dicho servicio se dividió en dos componentes. Con respecto al componente infraestructura se debe precisar según la fiscalía, no se encuentra justificado, debido a que mediante Resolución Gerencial N° 0060-2020-GRA/GRI, de fecha 02 de abril de 2020, que aprueba el Expediente Técnico, en el Punto II. METAS DE LA IOARR, Componente Infraestructura, entre los trabajos a realizar destaca movimiento de tierras, tijerales de drywall, instalaciones sanitarias, instalaciones eléctricas, entre otros. Según la hipótesis fiscal no existiría la necesidad de elaborar el Componente I – Infraestructura, pues con la implementación de este componente se ha generado dos hechos perjudiciales, el retraso en la dotación de los insumos necesarios para el funcionamiento del Hospital COVID-19/EGB y se habría generado un perjuicio económico al Estado, en la ejecución de un componente innecesario, el mismo que asciende a la suma de S/ 152,352.05 soles. Con respecto al componente equipamiento se habría aprobado mediante Resolución Gerencial N° 0060-2020- GRA/GRI, de fecha 02 de abril del 2020, que aprueba, valga la redundancia, el Expediente Técnico, en el Punto II. cuyas metas de la IOARR, serian ventilador mecánico, pulsómetro, nebulizador, monitor de funciones vitales, esterilizador con generador eléctrico de vapor, equipo de rayos X portátil, electrocardiograma de tres canales, ecógrafo portátil multiparámetro, desfibrilador, coche de paro equipado, camilla de transporte, cama clínica rodable, cama camilla multipropósito tipo UCI, bomba de infusión doble canal, aspirador de secreciones rodable , ambulancia urbana tipo III y ambulancia rural tipo II. Según la hipótesis fiscal en este componente, también habría existido irregularidades, pues como se tiene conocimiento, la ejecución del proyecto de Inversión, se dio inicio el 08 de abril del 2020, así también conforme a lo informado por la Dirección Regional de Salud de Ancash, en dicha fecha existían 48 Infectados con COVID-19, de los cuales 41 eran de la jurisdicción del Hospital Eleazar Guzmán Barrón, consecuentemente lo que se tenía que proveer era su inmediata implementación y dotación de materiales importantes; sin embargo, a la fecha de la denuncia esto no ha sucedido. Estado actual del proceso:
  • 35. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 34 A la fecha existen en el expediente cuatro cuadernillos de colaboración eficaz, dos casaciones y el principal se encuentra en la etapa intermedia. La PPEDC está constituido como actor civil, ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado la suma de S/. 632,352.05 (seiscientos treinta y dos mil trecientos cincuenta y dos con 5/100 soles). • CASO “Remodelación de ambiente complementario adquisición de monitor de funciones vitales, ventilador mecánico y desfibrilador, además de otros activos en el EESS Víctor Ramos Guardia- distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash ” 179-2020-PPECD Hechos: El 6 de mayo de 2020, la PPAD- sede Áncash interpuso la denuncia contra Juan Carlos Morillo Ulloa y otros, por el presunto delito de colusión agravada, toda vez que mediante Informe N° 686-2020- GRA-GRI/SGEIT, de fecha 01 de abril de 2020, el Sub Gerente de Estudios e Inversiones, solicitó al Gerente Regional la aprobación del expediente técnico denominado “Remodelación de ambiente complementario adquisición de monitor de funciones vitales, ventilador mecánico y desfibrilador, además de otros activos en el EESS Víctor Ramos Guardia- distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash” al cual se le asigno el código de Proyecto de Pre Inversión N° 2485357, y mediante el Informe N° 041-2020-GRA/GRI-SGEI/EVAL/JRAP, de fecha 02 de abril de 200, el ingeniero Jordan Renzo Alva Pineda, otorga la aprobación del componente de infraestructura de la IOARR- Estado de emergencia nacional Remodelación del ambiente complementario, asimismo mediante Informe N° 03-2020-GRA/GRI- SGEI-EVAL/IBKLP de fecha 02 de abril de 2020 el ingeniero Ítalo Lon Kan Pérez , especialista biomédico, otorga la probación del componente equipamiento de la IOARR, por lo que mediante Resolución Gerencial Regional N° 0061-2020-GRA/GRI de fecha 02 de abril de 2020, se resuelve aprobar el expediente técnico antes mencionado, con valor referencial de S/12 010 963.71 (doce millones diez mil novecientos sesenta y tres con 71/100 soles. Siendo la distribución la siguiente: a) Componente de infraestructura la suma de S/ 2 037 918.51 (Dos millones treinta y siete mil novecientos dieciocho con 51/100 soles). b) Componente de equipamiento la suma de S/ 9 973 045.20 (nueve millones novecientos setenta y tres mil cuarenta y cinco con 20/100 soles) Delito colusión agravada N° Expediente 1309-2020-29-0201-JR-PE-05 Estado Etapa Intermedia N° de Imputados 11 Entidad Gobierno Regional de Ancash
  • 36. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 35 De la presente investigación se presume el favorecimiento de parte de los funcionarios del Gobierno Regional de Ancash en la contratación de la Empresa Inversiones Pacchioni E Ingenieros Contratistas S.R.L, representada por Gina Carol Chávez Pacchioni, para ejecutar el proyecto IOARR antes mencionado, por el plazo de ejecución de 30 días por el monto de S/ 1 978 561.66 soles, primer componente de infraestructura. Del mismo modo, el presunto favorecimiento de parte de los funcionarios del Gobierno Regional de Ancash en la contratación de las Empresas: Empresa Spectrum Ingenieros SAC, Autoespar SA, Bertonati Technologies SA y empresa Amezaga Arellano SAC Ingenieros, con relación al segundo componente de equipamiento. Estado actual del proceso: El caso “Remodelación de ambiente complementario adquisición de monitor de funciones vitales, ventilador mecánico y desfibrilador, además de otros activos en el EESS Víctor Ramos Guardia- distrito y provincia de Huaraz, departamento de Ancash” se encuentra en etapa intermedia que está a cargo del 8° Despacho de la Fiscalía Corporativa Especializada en delitos de corrupción de funcionarios y por el quinto juzgado de investigación preparatoria especializada en delitos de corrupción de funcionarios de Áncash, los delitos investigados son Contra la Administración Pública en la modalidad de colusión agravada, artículo 384° del Código Penal. Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil y ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado la suma de S/ 1’673,052.62 soles.
  • 37. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 36 AREQUIPA • "Los Hijos del Cóndor" Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC Hechos: Cuando asumió como Gobernador Regional de Arequipa el señor Elmer Cáceres Llica (a) “Cóndor”, actuó como líder y es hombre clave en esta presunta mafia, es investigado como autor principal de los delitos de cohecho activo genérico y organización criminal, se señala que por intermedio de funcionarios del gobierno Regional de Arequipa de su confianza, capta a siete (07) consejeros regionales de Arequipa de los catorce (14) que conforman el citado consejo, ofreciéndoles la “entrega de dadivas, terrenos, obras, designación de funcionarios en el gobierno regional de Arequipa, puestos de trabajo y otros”, a cambio de que su gestión no sea cuestionada ni fiscalizada, y tener su incondicional apoyo en la designación y/o ratificación de funcionarios en puestos de alto nivel, así como blindaje ante cualquier pedido de interpelación en contra de él y sus funcionarios de confianza, para poder así actuar con impunidad y perpetrar actos de corrupción y otros delitos en agravio del estado y asegurar su permanencia en el tiempo. Una vez captados los consejeros regionales, dispone la designación de uno de ellos como presidente del Consejo Regional de Arequipa, el mismo que tiene voto dirimente en las votaciones empatadas en el Consejo Regional; es así, que, una vez obtenido el control del Consejo Regional de Arequipa, el citado líder de la organización criminal, procede a perpetrar sus actos de corrupción con total impunidad. Estado actual del proceso: El caso “Los hijos del Cóndor” se encuentra en etapa intermedia que está a cargo de la fiscalía provincial Corporativa Especializada en delitos de corrupción de funcionarios del Distrito Fiscal de Arequipa y por el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios, como autores del delito contra la tranquilidad pública en su modalidad Organización Criminal previsto en el artículo 317 del Delito Organización Criminal, cohecho activo genérico N° Expediente 7181-2021 Etapa Investigación Preparatoria N° de Imputados 23 Entidad agraviada Gobierno regional de Arequipa
  • 38. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 37 Código Penal, así como Contra la Administración Pública en la modalidad de cohecho activo genérico, previsto en el segundo párrafo del artículo 397 del Código Penal. Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil; así mismo, ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado la suma de S/ 2 000,000.00 (dos millones con 00/100 soles). • "La Joya" Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC Hechos: Para poner en contexto el presente caso, se debe señalar que en el marco del Convenio de Fortalecimiento Institucional entre el gobierno Regional de Arequipa y la Sociedad Minera Cerro Verde, con fecha 13 de julio de 2011, el ingeniero civil Jack Jorge López Acuña presentó a la referida Entidad el Informe Final del Anteproyecto a nivel de pre — inversión del Puente de la Cultura sobre el río Chili, en Uchumayo, que contemplaba la construcción de dos puentes paralelos aporticados de dos carriles, de 405 metros cada uno. Ahora bien, durante el periodo de gestión del ex presidente del gobierno regional de Arequipa, Juan Manuel Guillén Benavides, antes de la convocatoria a proceso de selección “Concurso Público N° 013-2012-GRA”, propuso al ingeniero Jack Jorge López Acuña se hiciera cargo de la formulación de los estudios para la construcción de un puente sobre el río Chili como parte de la autopista regional Arequipa — La Joya. De acuerdo a la investigación se habría determinado que el gobernador y ex funcionarios del gobierno regional de Arequipa, habrían intervenido indirectamente en el proceso de contratación mediante la concertación sostenida con el Consorcio Ingeniería Arequipa La Joya (conformado por las empresas Clothos S.L., Estudios Proyectos y Planificación S.A. EPYPSA y Jack López Ingenieros SAC). Durante la elaboración y evaluación del estudio de factibilidad del proyecto aún inconcluso. La empresa evaluadora, no habría cumplido con acreditar al equipo de profesionales para realizar el servicio. En ese sentido, de los hechos antes referidos se advertiría que hubo concertación entre funcionarios del gobierno Delito Colusión Agravada N° Expediente 02968-2015-301-0401-JR-PE-02 Estado del proceso Juzgamiento N° de Imputados 19 Entidad agraviada Gobierno regional de Arequipa
  • 39. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 38 Regional de Arequipa y las empresas que conformaron el Consorcio ganador de la Buena Pro, causando con ello un perjuicio al citado gobierno. Estado actual del proceso: El caso “La Vía Arequipa la Joya” se encuentra en etapa de juzgamiento que está a cargo de la Fiscalía Especializada en delitos de corrupción de funcionarios del Distrito Fiscal de Arequipa y por el Juzgado Unipersonal Anticorrupción de Arequipa, Contra la Administración Pública en la modalidad de colusión agravada, previsto en el segundo párrafo del artículo 384° del Código Penal. Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil; así mismo, ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado la suma de S/ 50 000 000.00 (cincuenta millones con 00/100 soles). Ha obtenido medidas cautelares de forma de inscripción de bienes de los procesados a fin de poder garantizar la reparación civil.
  • 40. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 39 JUNÍN • "Dinámicos del Centro" Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC Hechos: Durante el mes de abril de 2019 a junio de 2021, habría estado operando en el interior de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Junín (sedes Huancayo, Satipo y Chanchamayo) una presunta organización criminal denominada “Los Dinámicos del Centro”, teniendo como integrantes de ésta organización, a miembros de escuelas de manejo, centros médicos, etc., ubicadas por inmediaciones de la DRTCJ, donde captaban a los administrados que acudían para efectuar trámites tendientes a la obtención de licencias de conducir (en diferentes categorías), revalidación, recategorización, etc. ofreciéndoles la obtención de los mismos de manera ilegal a cambio de sumas dinerarias, todo ellos con la participación de funcionarios y servidores públicos de la DRTCJ. Dicha investigación involucra a dirigentes del partido político Perú Libre y al exgobernador regional de Junín Vladimir Roy Cerrón Rojas. Esta presunta organización criminal no solamente involucraría el ingreso de dinero ilícito en la economía formal, sino también la obtención de ingresos ilícitos por parte de sus integrantes, funcionarios y servidores públicos activos al interior de la DRTCJ, quienes, conforme se desprende del decurso de la investigación, tendrían como finalidad entre otras, la obtención de fondos para financiar la campaña presidencial del partido político "Perú Libre", el pago de reparación civil a favor de Vladimir Cerrón Rojas y el favorecimiento de militantes del partido, colocándolos en puestos clave al interior de la DRTCJ entre otros. En virtud a estos hechos, el Ministerio Público mediante Disposición N° 01 -CF N° 154-2019, dispuso la apertura de investigación preliminar en contra de LQR, por la presunta comisión de los delitos de concusión, cohecho pasivo propio y tráfico de influencias, debidamente Delito Cohecho pasivo propio, tráfico de influencias, lavado de activos, negociación incompatible y organización criminal. Carpeta fiscal Nº 004-2021 Etapa Investigación preparatoria N° de Imputados 46 Entidad agraviada Dirección regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno regional de Junín.
  • 41. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 40 tipificado en los artículos 382, 393 y 400 del Código Penal respectivamente; y, contra la tranquilidad pública en la modalidad de organización criminal, prevista en el artículo 317 y el delito de falsedad ideológica previsto en el artículo 428 del mismo código en agravio del Estado Estado actual del proceso: El caso “Los dinámicos del centro” por delitos de corrupción se encuentra en etapa de investigación preparatoria ante la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Lima. • "Antalsis" Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC Hechos: El presente caso involucra a más de una autoridad regional en delitos de Corrupción en el marco de una organización criminal, presuntamente liderada por Martín Belaunde Lossio que, en complicidad con los entonces Gobernadores Regionales de Madre de Dios, de Junín y de Cusco, José Luis Aguirre Pastor, Vladimir Roy Cerrón Rojas y Jorge Isaacs Acurio Tito, respectivamente, habrían integrado una organización criminal destinada a defraudar al Estado, a través de delitos contra la administración pública. La participación de las ex autoridades regionales desde la administración pública fue fundamental, debido a que contaban con el poder para disponer de presupuesto, especialmente, destinado a las obras públicas. La forma de operar de esta organización, liderada presuntamente por Belaunde Lossio, era la de apoyar las campañas políticas de los candidatos, es el caso de los antes mencionados, a través de publicidad gratuita o dádivas durante los comicios. Delito Tráfico de influencias, cohecho, colusión, negociación incompatible, organización criminal y otros Carpeta fiscal N° 20-2014 Etapa Investigación preparatoria N° de Imputados 16 Entidad agraviada Gobiernos regionales de Madre de Dios, Junín y Cusco
  • 42. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 41 Una vez instaurados en los cargos públicos, Belaunde Lossio se habría coludido con los entonces Gobernadores Regionales de Madre de Dios, de Junín y de Cusco, para que adjudiquen los contratos de obras públicas a empresarios que integraban la mencionada organización criminal, entre las cuales figuraba Antalsis. Las acciones delictivas se gestaron en el interior de la administración pública por lo que la estructura de la red también involucró a servidores públicos de confianza de las entonces autoridades regionales. Estas personas se encargarían de direccionar los proyectos a favor de los particulares. A cambio, toda la organización obtenía un beneficio económico en agravio de los intereses del Estado. Situación actual El presente caso, se encuentra en etapa de investigación preparatoria y está siendo investigado por la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de funcionarios y por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima. • "Tiranos del centro" Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC Hechos: A partir del mes de junio de 2019, en la Municipalidad Provincial de Huancayo, departamento de Junín, habría estado operando una presunta organización criminal denominada “Los tiranos del centro”, organización presuntamente liderada por Henry López Cantorín, quien habría dispuesto el cobro de dinero (cupos) a comerciantes y dueños de negocios ubicados la provincia de Huancayo a cambio de permitirles realizar actividades de comercio; es así que, funcionarios públicos de dicha municipalidad, con el apoyo de policías municipales, personal de seguridad o personas de confianza conocidas como “recolectores o encargados”, venían lucrando con el cobro de cupos que lo ejercían a través Delito Cohecho pasivo propio, organización criminal y otros. Carpeta Fiscal N° 202-2019 Etapa Investigación preliminar N° de Imputados 22 Entidad agraviada Municipalidad provincial de Huancayo
  • 43. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 42 de diversos medios de coacción, pues diversos funcionarios que laboraban en la Gerencia de Promoción Económica y Turismo bajo la fachada o acto simulado de efectuar “actos de fiscalización, orden y control” de las vías públicas, intimidaban directa e indirectamente a los comerciantes y/o ambulantes, todo ellos con la finalidad de que accedan al pago de sumas de dinero y de este modo se les permita a continuar con sus actividades comerciales. Estado del proceso: El caso “Los tiranos del centro” se encuentra en etapa de investigación preliminar ante la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de funcionarios de Junín.
  • 44. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 43 LAMBAYEQUE • "El Imperio del mal" Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC Hechos: El presente caso se trata de una presunta organización criminal que operó en la Municipalidad Distrital de La Victoria, entre el 2015 y 2018, y que habría actuado para direccionar obras públicas a cambio del pago de sobornos. Durante este período, Anselmo Lozano Centurión ejerció el cargo de alcalde del distrito de La Victoria y, en complicidad con sus funcionarios de confianza, habría cometido ilícitos. Posteriormente, Anselmo Lozano Centurión ganó las elecciones municipales y regionales de 2018, y logró el cargo de Gobernador Regional de Lambayeque, el cual habría sido aprovechado para cometer el mismo modus operandi ilícito. En la Municipalidad Distrital de la Victoria, entre el 2015-2018 se habría instaurado una organización criminal destinada a cometer delitos de corrupción de funcionarios (cohecho pasivo, cohecho activo, tráfico de Influencias), organización liderada por el alcalde en ejercicio de ese entonces Anselmo Lozano Centurión e integrada por sus cercanos colaboradores, funcionarios de la entidad municipal, con capacidad de decisión administrativa, vinculada a las contrataciones públicas, habiéndose identificado a Rita Castro Grosso (Gerente Municipal) Harry Gonzales Solano (DIDUR), Wilfredo Castro Carmona (Asesoría Legal), Walter Enrique Mondragón Vera (jefe de abastecimiento), German Pisfil Agapito (Jefe de la Unidad de contabilidad), Leoncio Paucar Merino (teniente alcalde) Luis Alberto Díaz Bravo (regidor) y Dick Carlo Silva Ravines (Jefe de división de estudios y proyectos). Se advierte que, de forma coordinada y sistemática se habría implantado un modus operandi- patrón de actuación- en los procesos de contratación de obras públicas, en los que los funcionarios, solicitaban, aceptaban, y/o recibían dadivas del contratista. La compra y venta de la función pública habría sido una constante en el tiempo. Es así que los Delito Cohecho, tráfico de influencias, organización criminal y colusión N° Expediente 540-2021 Estado Investigación Formalizada N° de Imputados 21 Entidad agraviada Municipalidad distrital de La Victoria y Gobierno regional de Lambayeque
  • 45. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 44 contratistas entregaban dadivas económicas a efectos de obtener la buena pro de los procesos, o habiendo ganado los procesos, entregaban dadivas a efectos de continuar obteniendo la buena pro en dicho municipio. Para ello, cada uno de los investigados dentro de su esfera funcional se repartieron y/o dividieron funciones específicas, dentro de la estructura estatal a efecto de obtener ganancias ilícitas. Asimismo, se advierte que, en la estructura de la organización, en la cúspide se encontraba el alcalde en ejercicio, Anselmo Lozano Centurión, quien habría instrumentalizado la administración pública con el objeto de obtener ganancias ilícitas, productos de las dadivas que se requerían y/o aceptaban en los procesos de contratación. Para ello habría estructurado a través del comité especial, una dinámica u modalidad de roles para los requerimientos y/o aceptación de dadivas, siendo pieza importante en la estructura, Dick Carlo Silva Ravines, quien inicialmente no formaba parte del comité de selección, sin embargo, se habría encargado de requerir, aceptar y/o recibir las dadivas de los contratistas; las cuales estaban destinadas al comité de selección y al alcalde Anselmo Lozano Centurión. Por otro lado, con relación al gobierno regional de Lambayeque en su momento el gobernador Anselmo Lozano Centurión habría continuado con el mismo modus operandi- patrón de actuación- que se habría instaurado en la Municipalidad Distrital de La Victoria, del mismo modo, habría tenido decisión, manejo y control del gobierno regional, más aún si sus principales colaboradores (funcionarios) del Municipio, ahora ostentan cargos de dirección en el gobierno regional, siendo sus principales intervenciones en los procesos de contratación de obras públicas, donde los funcionarios, solicitaban, aceptaban, y/o recibían dadivas del contratista. Estado actual del proceso: El caso “El imperio del mal” se encuentra en etapa intermedia que está a cargo de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios Distrito de Lambayeque y por el 10° Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Contra la Administración Pública en la modalidad de cohecho activo genérico, cohecho pasivo propio, tráfico de influencias, organización criminal y colusión previstos en los artículos 397, 393, 400, 317 y 384° respectivamente del Código Penal. Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil; así mismo, ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado la suma de S/ 8 000 000.00 (Ocho millones con 00/100 soles).
  • 46. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 45 • "Los Temerarios del Crimen" Fuente: PPEDC - Elaboración: UAI – PPEDC Hechos: Al interior de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, se habría constituido una organización criminal, presuntamente liderada por el actual ex alcalde de Chiclayo David Cornejo Chinguel, quienes apartados del ordenamiento legal, con permanencia en el tiempo, mediante labor conjunta y coordinada desde el año 2015, se dedicaron a la comisión de una serie de delitos contra la Administración Pública y Otros, los funcionarios ediles se valían de sus cargos para emitir resoluciones a favor de diferentes empresas de transportes, por el cual recibían bonos que iban desde los 40 000 soles hasta los 110 000 soles para otorgarles licencia de funcionamiento definitiva y 10 000 hasta 15 000 soles para darles permiso provisional a las empresas de transportes, estos malos funcionarios, en complicidad con terceros, generaron una red criminal que estaba cobrando cupos dinerarios. Desde el año 2015 hasta antes de su detención, se habrían dedicado a cometer delitos contra la Administración Pública, Criminalidad Organizada, delitos de Corrupción de Funcionarios y otros. El ex alcalde, habría ubicado en puestos estratégicos a algunos integrantes de la presunta Organización Criminal, colocándolos en: Gerencias, Subgerencias, Oficinas y Comité de Selección de las Licitaciones; puestos de trabajo que resultan ser claves para el objetivo (plan criminal), consistente en el apoderamiento del patrimonio de la Municipalidad Provincial de Chiclayo y la recepción de beneficios económicos y de otra índole indebidos de particulares; este modus operandi se plasma en la designaciones de Washington Aliaga Marín en la Gerencia de Infraestructura Pública, a Marco Antonio Medina Villena en la Secretaria Técnica de Procesos Administrativos, a Isaías Merino Chavesta, en la Gerencia de Tránsito y Transportes, a Homero Edmundo Vigo Quintana en la Subgerencia de Logística, a Edgar Vásquez Díaz, en la Sub Gerencia de Tránsito y Transportes, Cesar Guzmán Castillo en Gerencia de Recursos Humanos, Manuel Odar Farro en la Sub Gerencia de Obras Públicas y Convenios, Daniel Coronado Tarrillo en la Gerencia de Asesoría Jurídica, Eberth Luis Gil Otiniano en la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos, Miguel José Luis Quiroz Miñope en la Delito Cohecho, concusión y colusión N° Expediente 6984-2018 Etapa Investigación Formalizada N° de imputados 44 Entidad Municipalidad Provincial de Chiclayo
  • 47. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 46 Gerencia de Infraestructura, Waldramina Charito Noemí Aguilar Cueva, en el área de Supervisoras de Control de Disposición Final de Residuos Sólidos, como colaboradores de los actos ilícitos Marlon Segundo Guevara Rosado, Emiliana Garnique Gonzales, Mario Estiven López Correa y como asesor subrepticio a su hermano Juan Noé Cornejo Chinguel, con la finalidad de beneficiarse económicamente de las arcas del Estado, y de cobro de sobornos o coimas de particulares o beneficios indebidos utilizando sus puestos de trabajo en la Municipalidad de Chiclayo, contando supuestamente con el apoyo para tal fin, de los Regidores oficialistas Juan Carlos Pérez Bautista y Alfredo Montenegro Bermeo. Estado actual del proceso: El caso “Los temerarios del Crimen” se encuentra en la etapa intermedia que está a cargo de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra La Criminalidad Organizada De Chiclayo y por el 10° Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, los delitos son Contra la Administración Pública en la modalidad de cohecho activo genérico, cohecho pasivo propio, cohecho pasivo impropio, concusión y colusión previstos en los artículos 397, 393, 394, 382 y 384° respectivamente del Código Penal Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil; así mismo, ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado, la suma de S/ 1 000, 000,00 (un millón con 00/100 soles) y ha solicitado medidas cautelares en forma de inscripción de bienes de los procesados a fin de poder garantizar la reparación civil. • "Los Limpios de la corrupción" Fuente: PPEDC. Elaboración: UAI – PPEDC Hechos: En la Municipalidad Provincial de Chiclayo entre el período 2008 – 2014, liderada por el exalcalde Roberto Torres Gonzales y algunos funcionarios de confianza de la municipalidad, se dedicaron a la comisión de una serie de delitos relacionados con delitos contra la Delito Cohecho y colusión N° Expediente 5604-2018 Etapa Juzgamiento N° de Imputados 9 Entidad Municipalidad Provincial de Chiclayo
  • 48. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 47 Administración Pública y Otros, como es la del direccionamiento de la Licitación Pública N° 01-2014, “Mejoramiento de Pavimento de la Urbanización Campodónico y Urbanización San Martin de la ciudad de Chiclayo, Distrito Chiclayo, Provincia de Chiclayo, Lambayeque”, en la que el exalcalde Roberto Torres Gonzales habría instigado y direccionado el otorgamiento de la buena pro, y posteriormente comunicó el pacto colusorio a funcionarios de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, quienes fueron parte de los que conformaron el comité especial. En la presente licitación resultó ganador el Consorcio Chiclayo integrado por los acusados Julio Giancarlo Otiniano Plasencia y Julio Porfirio Otiniano Ortiz, siendo que el acusado Roberto Torres Gonzales, Alcalde de la Entidad agraviada, habría sido quien hostigó y direccionó el otorgamiento de la buena pro, habiendo comunicado el pacto colusorio en un primer momento a Carlos Alberto Mendoza Oliden y a su vez a los acusados César Raúl Regalado Rodríguez, Ernesto Sánchez Vásquez, Segundo Deodato Alcántara Chávez y Fernando Fernández Bravo quienes eran Funcionarios de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, precisando que Carlos Alberto Mendoza Oliden, Segundo Deodato Alcántara Chávez y Fernando Fernández Bravo conformaban el Comité Especial y que Carlos Alberto Mendoza Oliden, y Ernesto Sánchez Vásquez aprobaron los requerimientos técnicos mínimos, este último fue quien viso tal documento que contenía las características, elementos para el direccionamiento de la buena pro y que el acusado César Raúl Regalado Rodríguez intervino en dicho proceso de selección en su condición de Gerente General, a su vez el acusado Artemio Rengifo Valverde fue el nexo entre Julio Giancarlo Otiniano Plasencia y Roberto Torres Gonzáles; asimismo, se le imputa al acusado Roberto Torres Gonzáles ser autor de Cohecho Pasivo Propio ya que para instigar a un Funcionario de la Entidad Agraviada había solicitado al representante del Consorcio Chiclayo un donativo de cuatrocientos mil soles (S/. 400,000.00), a su vez los acusados Julio Giancarlo Otiniano Plasencia, Julio Porfirio Otiniano Ortiz y Artemio Rengifo Valverde se les imputa ser autores de Cohecho Activo Genérico en el sentido de que los dos primeros habrían aceptado la propuesta de Roberto Torres Gonzáles siendo el intermediario Artemio Rengifo Valverde; asimismo, se le imputa a Carlos Alberto Mendoza Oliden ser autor del delito Cohecho Pasivo Propio, subsecuentemente ya que este habría pedido una dádiva a Julio Giancarlo Otiniano Plasencia a consecuencia de las funciones que cumplió de la ejecución del contrato derivado de la Licitación Pública N° 01-2014 para la ejecución de la obra “Mejoramiento de Pavimento de la Urbanización Campodónico y Urbanización San Martin de la Ciudad de Chiclayo”. Estado actual del proceso: El caso “Los Limpios de la corrupción” se encuentra en la etapa de Juzgamiento que está a cargo de la Tercera Fiscalía Penal Corporativa de Chiclayo y por el 10° Juzgado Penal
  • 49. EL AVANCE DE LA CORRUPCIÓN DESDE LA PERSPECTIVA DE LA DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO Caso Gobiernos Regionales y Locales PPEDC- UAI 48 Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de funcionarios, los delitos son Contra la Administración Pública en la modalidad de cohecho activo genérico, cohecho pasivo propio, y colusión agravada previstos en los artículos 397, 393 y 384° respectivamente del Código Penal Esta Procuraduría Pública Especializada se encuentra constituida en actor civil; así mismo, ha postulado como monto de la reparación civil a favor del Estado la suma de S/. 3 376,896.37 (Tres millones trescientos setenta y seis mil ochocientos noventa y siete con 37/100 soles).