1. Ramón Antonio Peláez Hernández
Abogado de la U. Autónoma de Colombia. Especialista en
Derecho Privado Económico de la U. Nacional de Colombia y
en Derecho Procesal de la U. Libre de Colombia. Magíster en
Derecho Procesal de la U. Libre y Doctorado en Derecho U.
Externado de Colombia. Miembro del Instituto Colombiano de
Derecho Procesal. Docente de postgrados de la U. Externado
de Colombia. Católica de Colombia y Militar Nueva Granada,
Docente de pregrado de la U. Autónoma de Colombia, Incca y
Colegio Mayor de Cundinamarca. Coordinador del área de
procesales de la Fundación Universitaria San Martín.
Coordinador de la Especialización de Derechos Humanos de
la Universidad Incca de Colombia. Autor de las obras, Manual
para el manejo de la prueba; Elementos Teóricos del Proceso
-procesos civiles parte especial- y la oralidad en el Sistema
Jurídico Colombiano publicados por Editorial Doctrina y Ley
2. PRINCIPALES REFORMAS
CONTENIDAS EN EL CÒDIGO
GENERAL DEL PROCESO
OBJETIVO:
APROXIMAR CONCEPTUALMENTE A
LOS ASISTENTES A LAS PRINCIPALES
REFORMAS EN EL C.G.P.
3. o La Oralidad en el Sistema Jurídico
Colombiano
o Principios Rectores del
Nuevo Código. Reglas del
procedimiento.
o Actos Procesales: de Introducción
y Decisión.
o Clasificación de los
procesos.
o Estructura procesal.
o Elementos del acto
probatorio.
o Reformas en materia
probatoria.
o Conclusiones.
TEMATICA
5. • Aproximación a las Olas de Justicia.
• Sentencia C 1195 de 2001
Reformas en materia:
• Disciplinaria (Ley 734 de 2002)
• Laboral (Ley 1149 de 2007)
• Penal (Ley 906 de 2004)
• Fiscal (Ley 1474 de 2011)
• Contencioso Administrativo
(Ley 1437 de 2011)
• Civil
(Ley 1395 de 2010 y 1564 de 2012 )
6. FUNDAMENTOS DE LA REFORMA EN
MATERIA CIVIL
•Proceso de duración razonable.
•Proceso por audiencias con marcada
tendencia a la oralidad
•Optimización de los tiempos del proceso
•Fortalecimiento de la audiencia preliminar
del artículo 101.
•Cambio de cultura en los actores del
proceso
7. PRUEBAS PILOTO PARA
IMPLEMENTAR LA ORALIDAD
• Acuerdo No. PSAA08-4642 de marzo 10 de 2008
• Acuerdo No. PSAA08-4712 de marzo 27 de 2008
• Acuerdo No. PSAA08-4713 de marzo 27 de 2008
• Acuerdo No. PSAA08-4714 de marzo 27 de 2008
• Acuerdo No. PSAA08-4715 de marzo 27 de 2008
• Acuerdo No. PSAA08-4716 de marzo 27 de 2008
• Acuerdo No. PSAA08-4717 de marzo 27 de 2008
• Acuerdo No. PSAA08-4718 de marzo 27 de 2008
• Acuerdo No. PSAA08-4727 de marzo 27 de2008
8. PRINCIPIOS RECTORES C.G.P.
DISPOSICIONES
Acceso a la Justicia
(art. 2)
Proceso oral y por
audiencias (art. 3)
Igualdad de las partes
(art. 4)
Concentración (art. 5)
Inmediación (art. 6)
Legalidad (art. 7)
Iniciación e impulso
(art . 8)
GENERALES
Instancias (art. 9)
Gratuidad (art. 10)
Interpretación de las
leyes (art. 11)
Vacios y deficiencias
(art. 12)
Observancia de la ley
procesal. (art. 13)
Debido Proceso
(art. 14)
9. PRINCIPIOS RECTORES C.G.P.
REGLAS GENERALES
Uso de las TICS (art. 103)
Idioma (art. 104)
Firmas (art. 105)
Actuación judicial (art.
106)
Audiencias y diligencias
(art. 107)
DEL PROCEDIMIENTO
Emplazamiento (art. 108)
Presentación y trámite de
memoriales (art . 109)
Traslados (art. 110)
Comunicaciones (art. 111)
15. PROCESOS
DECLARATIVOS
ESPECIALES
GENERALES VERBALES
MAYOR Y MENOR
CUANTIA
SUMARIO
EXPROPIACION
DIVISORIOS
DESLINDE
PROCESOS DE
JURISDICCION
VOLUNTARIA
PROCESOS
LIQUIDATORIOS
PROCESOS
EJECUTIVOS
HIPOTECARIO
SINGULAR
JURISDICCION
COACTIVA
SUCESION LIQUIDACION
SOCIEDAD
CONYUGAL POR
CAUSA
DISTINTA A
MUERTE
LIQUIDACION
DE
SOCIEDADES
18. SUCESION
Art. 473 al 522
LIQUIDACION DE SOCIEDADES CONYUGALES O
PATRIMONIALES POR CAUSA DISTINTA A MUERTE DE
LOS CONYUGES O COMPAÑEROS PERMANENTES
Art 523
DISOLUCION, NULIDAD Y LIQUIDACION DE
SOCIEDADES Art. 524 al 530
INSOLVENCIA DE PERSONA NATURAL NO
COMERCIANTE Art. 531 al 576
PROCESOS DE
JURISDICCION
VOLUNTARIA
PROCESOS DE
LIQUIDACION
PROCESOS
EJECUTIVOS
SINGULAR
HIPOTECARIO
JURISDICCION
COACTIVA
21. FASE DE DISCUSION Y DECISORIA
ORALIDAD
CONCILIACION
AUDIENCIA INICIAL
Art. 372 Ley 1564 de 2012
SANEAMIENTO
DEL PROCESO
DECISION DE EXCEPCIONES
PREVIAS
FIJACION DEL
LITIGIO
AUDIENCIA DE INSTRUCCIÓN Y
JUZGAMIENTO Art. 373 C.G.P.
DECRETO DE PRUEBAS
ALEGATOS
PRACTICA DE
PRUEBAS
SENTENCIA
23. ELEMENTOS DE LA PRUEBA
• ELEMENTO SUBJETIVO
Sujeto proponente
Sujeto contradictor
Sujeto destinatario
• ELEMENTO OBJETIVO
• ELEMENTO ACTIVIDAD
Fase de producción la cual se subdivide en:
a) averiguación o investigación
b) aseguramiento
c) proposición o presentación (requisitos intrínsecos)
d) admisión y ordenación
e) recepción y práctica (requisitos extrínsecos)
Fase de Asunción
Fase de Valoración
24. REQUISITOS PARA LA PRODUCCION
DE LA PRUEBA
REQUISITOS
INTRÍNSECOS
Conducencia.
Pertinencia.
Utilidad.
Ausencia de prohibición
legal.
REQUISITOS
EXTRÍNSECOS
Oportunidad procesal.
Formalidades procesales.
La legitimación del
proponente.
La competencia del
funcionario o su
comisionado.
Capacidad general del
funcionario y de los órganos
de prueba.
26. Ley Estatutaria 1285 de 2009
Control de Legalidad
Pruebas extraprocesales
Ley 1395 de 2010, Arts. 113-
116
Ley 1564 de 2012, Arts. 183-
190
Decreto oficioso de pruebas
Art. 180 C.P.C. Art. 170 Ley
1564 de 2012
Regla de exclusión
Arts. 14, 164, 168
PRINCIPIOS
GENERALES
27. Carga de la prueba
Art. 167, y opera por:
Cercanía al material probatorio.
Tener en su poder objeto de prueba
Por circunstancias técnicas especiales
Por haber intervenido directamente en los
hechos
Por el estado de indefensión o incapacidad de
la contraparte.
Prueba de confesión
Art.194-209 del C.P.C. Arts. 191-205 Ley 1564/12
Confesión ficta
Art. 210 C.P.C. Arts. 96 nral 2, 372 nral. 4 205,
233, 237, 267 Ley 1564/12