2. CONTRATO DE SEGURO
FUNDAMENTO TÉCNICO:
Un programa de seguro, tanto a nivel público como privado, no es una
aventura administrativa o comercial. Para que sea factible asumir
riesgos por cuenta de otro, es necesario un estudio previo de los
factores que pueden hacer viable o exitosa a la empresa, usando
cálculos actuariales certeros.
En otras palabras, el seguro se fundamenta en el cálculo científico, que
sumado a una correcta administración, posibilita sus resultados como
política social de un Estado o como negocio Mercantil.
3. CONTRATO DE SEGURO
CONCEPTO:
Es aquel por el cual una persona se obliga, mediante cierta retribución a
entregar a otra una suma fijada o a indemnizarle de unos daños sufridos
para el caso de determinado riesgo, previsto en el contrato que se
realice.
Por el contrato de seguro el asegurador se obliga, mediante la
percepción de una cuota o prima, a realizar la prestación convenida, al
asegurado o a los beneficiarios por él designados, de producirse la
eventualidad prevista en el contrato relativa a la persona o bienes del
asegurado.