2. CONTRATO DE REASEGURO
Este se consolida más un seguro, con éste contrato que viene a ser
otro seguro, con la particularidad de que el asegurador pasa a ser
sujeto asegurado.
En consecuencia el reaseguro es un contrato por medio del cual el
asegurado traslada al reasegurador todo o parte de su propio
riesgo.
3. CONTRATO DE REASEGURO
PARTICULARIDADES:
a) Deben de registrarse en la entidad fiscalizadora –entidad de bancos.
b) A diferencia de que el asegurador sólo puede ser una persona jurídica organizada
conforme el derecho guatemalteco, el reasegurador si puede ser un ente
extranjero.
c) El reaseguro puede regirse por las normas internacionales que le sean aplicables.
d) Las divergencias con motivo del contrato se resuelven por arbitraje lo más
técnico posible.
e) El asegurado primitivo no tiene ninguna relación jurídica con el reasegurador,
como tampoco la tiene el beneficiario.
5. CONTRATO DE EDICIÓN
El titular de un derecho de autor de una obra literaria, científica o
artística, que puede ser el mismo autor o sus derechohabientes, puede
contratar con un editor la reproducción de la obra, para ser vendida, a
cambio de una retribución.
El interés del titular del derecho, al celebrar el contrato, es obtener una
retribución, y el del editor es obtener una ganancia con la negociación o
venta de la obra editada.
6. CONTRATO DE EDICION
ELEMENTOS:
SUJETOS DE CONTRATO: El autor o derechohabiente y el
editor.
OBJETO DE CONTRATO: la obra que se va a reproducir y
vender y la retribución económica.
FORMA DEL CONTRATO: se formaliza por escrito.