1. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA C.MA. DE LOS
ANGELES VILLASEÑOR ACOSTA A QUIEN SE LE DENOMINARA “EL ARRENDADOR”, Y
POR OTRA PARTE EL C.MIGUEL ANGEL CORTES POLANCO A QUIEN SE LE
DENOMINARA “EL ARRENDATARIO” RESPECTO DE LA CASA HABITACIÓN UBICADA EN
LA CALLE _FRANCISCO VILLA NUMERO 622 COL. 1ª. SAN GABRIEL DE LA CIUDAD DE
IRAPUATO, GUANAJUATO, Y EL CUAL SUJETAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES
CLAUSULAS.
PRIMERA.- El C.MA. DE LOS ANGELES VILLASEÑOR ACOSTAdenominado “EL ARRENDADOR”
da en arrendamiento al C. MIGUEL ANGEL CORTES POLANCO “EL ARRENDATARIO” quien recibe
en tal calidad la casa habitación ubicado en la calleFRANCISCO VILLA número 622, Col._1ª._COL.
SAN GABRIEL, de esta ciudad de IRAPUATO, GUANAJUATO.
SEGUNDA.- El monto de la renta mensual convenida es la cantidad de $ 1,000.00(un mil pesos
00/100 moneda nacional), cantidad que se pagará por “EL ARRENDATARIO”a “EL ARRENDADOR”
en mensualidades adelantadas en el domicilio que ambas partes convienen a más tardar el día24 de
cada mes. La falta de pago oportuno será causa de recisión de este contrato.
TERCERA.- El término del arrendamiento es de 12 meses forzosos para ambas partes y el cual
empieza el día 24/12/13 y termina el 24/12/2014. “EL ARRENDATARIO” renuncia al derecho del tanto
que le corresponde en caso de que “EL ARRENDADOR” quiera vender el inmueble objeto de este
contrato.
CUARTA.- El consumo de agua potable y alcantarillado, así como la energía eléctrica, es por cuenta
de “EL ARRENDATARIO”, quien se obliga a ello y por lo que se compromete a dejar a salvo de
cualquier adeudo a “EL ARRENDADOR” por el uso de dichos servicios del inmueble arrendado.A fin
de comprobar “EL ARRENDATARIO” estar al corriente en el pago de estos servicios, se obliga a
entregar a “EL ARRENDADOR” el original del recibo del pago por tales conceptos.
QUINTA.- Queda expresamente convenido que “EL ARRENDATARIO” por ningún caso podrá rentar,
subarrendar, o traspasar, ni parte ni la totalidad del inmueble a que se refiere este contrato y si lo
hace es causa de rescisión de este contrato.
SEXTA.- El inmueble materia de este contrato se destinará para casa habitación y en ningún caso
podrá destinarse para otra cosa. “EL ARRENDATARIO” renuncia expresamente al contenido de los
Arts. 1909, 1910, 1914,1918, 1919,1920,1941,1947,l992, 1933 y 2001 del Código Civil del Estado de
Guanajuato en vigor.
SEPTIMA.- EL ARRENDATARIO” manifiesta que recibe en buen estado y limpio el
inmueblearrendado con su instalación eléctrica completa y la sanitaria completa y al terminar se
obliga a devolverlo en el mismo buen estado y limpio, en que lo recibió salvo el deterioro por el uso
normal del inmueble.
OCTAVA.- “EL ARRENDATARIO” se compromete a que cualquier desperfecto que sufran
losSanitarios, llaves de agua, caños, coladeras, desagües, bomba del agua, apagadores, contactos,
luminarias, resanes, etc., del inmueble arrendado, serán reparados por su cuenta sin que el
arrendador tenga que indemnizarle por cualquier gasto por concepto de albañilería, reparación, etc.,
que con tal motivo tenga que efectuar “EL ARRENDATARIO”.
NOVENA.- “EL ARRENDATARIO” no podrá hacer ninguna mejora sin la autorización de “EL
ARRENDADOR” dada por escrito, y las que hiciere en contravención de ésta cláusula ya sean de
ornato, útiles o necesarias, quedarán en beneficio de la finca, sin que por éste concepto “EL
ARRENDATARIO” pueda exigir indemnización alguna.
DECIMA.-“EL ARRENDADOR” no está obligado a prolongar en ningún caso el presente contrato de
arrendamiento y tal condición la acepta el arrendatario en todas sus partes renunciando al beneficio
de la prorroga que le concede el art. 1992 del Código Civil del Estado de Guanajuato en vigor y si
sigue ocupando el inmueble después de vencido el término del arrendamiento se acordará un
incremento a la renta mensual estipulada en este contrato sin que ello implique prorroga de contrato.
2. DECIMA PRIMERA.- “EL ARRENDATARIO” está de acuerdo y se obliga permitir a “EL
ARRENDADOR” el poder inspeccionar el inmueble arrendado a fin de constatar que no se le causen
daños ni deterioro.
DECIMA SEGUNDA.-A fin de garantizar los gastos que por deterioros anormales atribuibles a “EL
ARRENDATARIO” que deje en el inmueble arrendado por el maltrato de pisos y muros, puertas,
cerraduras, chapas o en la instalación eléctrica o en la sanitaria o hidráulica, etc.,deja un depósito de
$ 1,000.00 (Un mil pesos 00/100 MN) por este motivo, al desocupar “EL ARRENDATARIO” el
inmueble arrendado se compromete a dejar las mensualidades al corriente, así como no dejar
adeudos de luz, ni de agua, ni tenga daños el inmueble arrendado.
DECIMA TERCERA.- “EL ARRENDADOR” y “EL ARRENDATARIO” convienen que al vencimiento
del presente contrato deciden desde ahora que están de acuerdo en citarse, “EL ARRENDATARIO”
para entregar la finca, llaves, haberes, etc., y “EL ARRENDADOR” para recibirla tal y como lo estipula
el presente contrato.
DECIMA CUARTA.- Ambas partes para el caso de conflicto judicial señalan como aplicables las leyes
del estado de Guanajuato y como competente los tribunales de la ciudad de Irapuato, Gto., por lo
que renuncian al fuero de sus domicilios presentes o futuros y el inquilino se da por recibido del
inmueble arrendado.
DECIMA QUINTA.- “EL ARRENDATARIO” recibe el inmueble con el siguiente inventario:
Puertas con sus llaves respectivas funcionando,muebles de baño completos en buen estado y
funcionando,contactos, apagadores en buen estado y funcionando.
Irapuato, Guanajuato., a24 DE JUNIO DEL 2013
“EL ARRENDADOR”
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MA. DE LOS ANGELES VILLASEÑOR ACOSTA
“EL ARRENDATARIO”
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MIGUEL ANGEL CORTES POLANCO