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UNIVERSIDAD RAFAEL LANDÍVAR
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
LIC. JULIO BONIFACIO BAQUIAX BULUX
LOS DERECHOS HUMANOS
Y SU CLASIFICACIÓN
DENNIS JOSUE GUEVARA MEJIA
2288615
WILLIAM ENRIQUE MORALES MEYER
2221216
CHELSEA DEYANA MENDOZA MARTINEZ
2210417
HUEHUETENANGO, ENERO DE 2018
CAMPUS REGIONAL SAN ROQUE GONZÁLEZ DE SANTA CRUZ S.J.
Contenido
Introducción.....................................................................................................................................ii
¿Qué son los derechos humanos?.................................................................................................... 1
Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948...................................................................... 3
Clasificación de los Derechos Humanos......................................................................................... 4
Comentario grupal........................................................................................................................... 8
Conclusiones ....................................................................................................................................ii
Recomendaciones............................................................................................................................iii
ii
Introducción
Los derechos humanos rigen las relaciones de convivencia humana, orientan el
ordenamiento jurídico institucional y tienen una función crítica frente al orden
establecido
Todo derecho implica un deber. Según la Declaración Universal de Derechos
Humanos, éstos son el ideal común por el que todos los pueblos y Naciones deben
esforzarse, ya que se fundamentan en el reconocimiento de la dignidad y del valor
como cualidades intrínsecas de los humanos; es decir, que tanto el hombre como la
mujer son un fin en sí y no un medio o un instrumento para otros fines. Las Naciones
Unidas, reconoce a los derechos humanos como el conjunto de condiciones materiales
y espirituales inherentes al ser humano, orientados a su plena realización; esto es,
realización en el plano material, racional y espiritual.
1
¿Qué son los derechos humanos?
Los derechos humanos son “el reconocimiento de la denudad inalienable de los
seres humanos”. Libre de discriminación, desigualdad o distinciones de cualquier
índole, la dignidad humana es universal, igual e inalienable.
Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin
distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o
étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los
mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son
interrelacionados, interdependientes e indivisibles.
Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y
garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional
consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho
internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las
obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas
situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de
promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de
los individuos o grupos.
Los derechos humanos están divididos en ciertos grupos:
 Universales e inalienables
El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra
angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este
principio, tal como se destacará inicialmente en la Declaración Universal
de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios,
declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la
Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993,
por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber,
independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales,
de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades
fundamentales.
Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en
determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por
ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de
justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un
delito.
 Interdependientes e indivisibles
Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos,
como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de
expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el
derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos
2
colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos
son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El
avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la
privación de un derecho afecta negativamente a los demás.
 Iguales y no discriminatorios
La no discriminación es un principio transversal en el derecho
internacional de derechos humanos. Está presente en todos los
principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de
algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional
sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer.
El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos
humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de
una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así
sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con
el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración
Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres
e iguales en dignidad y derechos”.
 Derechos y obligaciones
Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los
Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho
internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos.
La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse
de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La
obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los
derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de
realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas
para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano
individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos
humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los
demás.1
1http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx
3
Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948
Acerca de la Declaración
En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración
Universal de Derechos Humanos, la cual representa un estándar común a ser
alcanzado por todos los pueblos y naciones.
El texto de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 está
inspirado en el texto de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano
de 1789.
Luego de los horrores de la Segunda Guerra Mundial, la comunidad
internacional decidió bosquejar una carta de derechos que afirmara los valores
defendidos en la lucha contra el fascismo y el nazismo.
El armado de dicha carta fue confiado a un comité presidido por Eleanor
Roosvelt y compuesto por miembros de 18 países. La Carta fue redactada por el
canadiense John Peters Humphrey y revisada luego por el francés René Cassin.
La Declaración Universal de Derechos Humanos fue adoptada por la tercera
Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948 en París.
Ninguno de los 56 miembros de las Naciones Unidas votó en contra del texto,
aunque Sudáfrica, Arabia Saudita y la Unión Soviética se abstuvieron.
Contenido de la Declaración Universal de Derechos Humanos
La Declaración Universal de Derechos Humanos es el “estándar común a ser
alcanzado por todos los pueblos y naciones”.
La Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “la maternidad y
la infancia tienen derechos a cuidados especiales y asistencia” y describe la
familia como “la unidad grupal natural y fundamental de la sociedad”.
Aunque los niños son rara vez mencionados en este texto, es de todas maneras
un documento significativo y su impacto en todos los seres humanos, incluyendo
los niños, es lo que hace a esta Declaración tan importante. De hecho, los
derechos del niño se basan en los derechos humanos.
La Declaración de los Derechos del Niño de 1959 remarcó esta naturaleza única
de la infancia y, por lo tanto, de la aplicación de los derechos concernientes
específicamente a la infancia.2
2https://www.humanium.org/es/derechos-humanos-
1948/?gclid=Cj0KCQiAzfrTBRC_ARIsAJ5ps0tlmko5AWcyx865JQC6A5Rq4bTHlDFd
pybrR28cim7vq10dbXNHD8UaAsldEALw_wcB
4
Clasificación de los Derechos Humanos
La clasificación de carácter histórico basada en la aparición o reconocimiento
cronológico de los DDHH por parte del orden jurídico normativo internacional,
distingue entre los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y
Políticos, los Derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos,
Sociales y Culturales y los Derechos de Tercera generación o Derechos de Los
Pueblos. La mayor parte de los tratados en el ámbito de los DDHH hacen una
distinción entre los denominados "derechos civiles y políticos" y los derechos
"económicos, sociales y culturales".
Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos
Los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos se refieren
a los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos
internos e internacionales.
Derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y
Culturales
Los derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y
Culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico,
el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el
desarrollo de los seres humanos y de los pueblos.
Derechos de Tercera generación o Derechos de Los Pueblos
Los Derechos de Tercera Generación también conocidos como Derechos de
Solidaridad o de los Pueblos contemplan cuestiones de carácter supranacional
como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano.3
Diferencia entre Derecho Internacional de los DDHH y Derecho Internacional
Humanitario
El derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los Derechos
Humanos (en adelante, los Derechos Humanos) son complementarios. La
3https://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y-
caracteristicas/clasificacion
5
finalidad de ambos es proteger a la persona. Pero, la protegen en circunstancias
y según modalidades diferentes.
El derecho humanitario se aplica en situaciones de conflicto armado, mientras
que los Derechos Humanos o, al menos, algunos de ellos protegen a la persona
humana en todo tiempo, haya guerra o paz.
Si el derecho humanitario tiene por objeto proteger a las víctimas procurando
limitar los sufrimientos provocados por la guerra, los Derechos Humanos
protegen a la persona humana y favorecen su completo desarrollo.
La principal finalidad de los Derechos Humanos es impedir la arbitrariedad,
limitando el dominio del Estado sobre los individuos; no es su objeto regular la
conducción de las operaciones militares.
Para garantizar su respeto, el derecho humanitario establece mecanismos que
instituyen un tipo de control continuo de su aplicación y hace resaltar la
cooperación entre las partes en conflicto y un intermediario neutral, con miras a
impedir las eventuales violaciones.
Por lo que atañe a los Derechos Humanos, los mecanismos de control son muy
variados. En muchos casos, las instituciones previstas se encargan de
determinar si un Estado ha respetado o no el derecho.
Los mecanismos de aplicación de los Derechos Humanos están esencialmente
orientados hacia las acciones de reparación de los perjuicios sufridos.
4
Derechos Fundamentales de los guatemaltecos
Artículo 2o. Deberes del Estado. Es deber del Estado garantizarles a los
habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el
desarrollo integral de la persona.
El derecho a la vida se protege desde la concepción, también se protegen otros
derechos que se dan durante la vida de la persona. Uno de los derechos que
más se protege constitucionalmente durante la vida de la persona, es el derecho
a la libertad, ya que abarca varios aspectos, el derecho a la libre locomoción, a
4https://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y-
caracteristicas/diferencia-entre-derecho-internacional-de-los-ddhh-y-derecho-
internacional-humanitario
6
la libre emisión de pensamiento, de elección, de religión entre otros varios. Este
derecho se regula, entre varios otros artículos, en los artículos 4 y 5, los cuales
indican que:
Artículo 4o. Libertad e igualdad. En Guatemala todos los seres humanos son
libres e iguales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que
sea su estado civil tienen iguales oportunidades y responsabilidades. Ninguna
persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra condición que menoscabe
su dignidad. Los seres humanos deben guardar conducta fraternal entre sí.
Artículo 5o. Libertad de acción. Toda persona tiene derecho a hacer lo que la
ley no prohíbe; no está obligada a acatar órdenes que no estén basadas en ley y
emitidas conforme a ella. Tampoco podrá ser perseguida ni molestada por sus
opiniones o por actos que no impliquen infracción a la misma
Se hace especial énfasis en el artículo 5, ya que este da un límite a la libertad,
indicando que la persona puede hacer todo lo que no está prohibido por la ley.
Esta afirmación genera un límite ya que, al haber una prohibición expresa, el
ciudadano o la persona no puede realizar dicha acción; es decir, sino está
claramente prohibido entonces es permitido.
Ahora bien, con el derecho de libertad se unen tanto el derecho sustantivo como
el derecho procesal; esto se refiere a que existe una forma de limitar el derecho
de libertad y existen ciertos procedimientos que deben de seguir las autoridades
para limitar dicho derecho. Existen tres limitaciones al derecho de libertad y
estas son: el delito flagrante, prisión preventiva y sentencia condenatoria. El
delito fragante es aquel que se está cometiendo al momento de ser atrapado por
la autoridad competente.
La Constitución obliga a la autoridad que detiene al ciudadano a ponerlo a
disposición de autoridad competente, es decir, la persona que será encargada
de juzgar el delito cometido. De este tema se derivan varios derechos inherentes
de las personas, tal es el derecho de ser notificado el motivo por el cual se es
detenido, de tener un abogado durante todo el proceso, a tener un derecho de
defensa, es decir, que nadie podrá ser condenado sin haber sido citado, oído y
vencido ante autoridad competente. Es importante mencionar que el hecho que
la persona esté en prisión no la hace culpable, ya que nadie es culpable hasta
que se declare en sentencia firme, esto por el derecho que se tiene a la
presunción de inocencia.
Por último, en cuanto a los derechos inherentes a la persona humana, establece
la Constitución que:
7
Artículo 44. Derechos inherentes a la persona humana. Los derechos y
garantías que otorga la Constitución no excluyen otros que, aunque no figuren
expresamente en ella, son inherentes a la persona humana. El interés social
prevalece sobre el interés particular. Serán nulas ipso jure las leyes y las
disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden que disminuyan, restrinjan
o tergiversen los derechos que la Constitución garantiza.
Este artículo contiene elementos importantes, el primero es que, aunque en la
Constitución no se figuren diferentes tipos de derechos, pero estos se regulen en
otras leyes, entonces estos derechos son considerados como inherentes, es
decir propio de la persona, los cuales deben de ser respetados y protegidos por
el Estado. El otro elemento importante es el hecho que el interés social
prevalece sobre el interés particular por lo que el bien común es superior al bien
individual, tal y como queda establecido en la expropiación. El último elemento
de este artículo es que toda norma que vaya en contra de la Constitución es
considerada no vigente y no puede entrar al ordenamiento jurídico, es decir, no
puede ser considerada como válida.
Se puede ver claramente que la Constitución de Guatemala regula los derechos
fundamentales que todos los guatemaltecos gozan, los cuales deben de ser
garantizados y protegidos por el Estado. Es el Estado el encargado de
proporcionar los medios necesarios para que todos los guatemaltecos conozcan
sus derechos, para que los mismos puedan exigir que se les respete y
resguarde.
8
Comentario grupal
En conclusión, nosotros creemos que los derechos humanos son fundamentales
para la vida pues estos te garantizan que tu dignidad como persona sea
respetada y poder vivir de manera correcta y como todos los seres humanos del
mundo se lo merecen, pero para poder hacer cumplir tus derechos es necesario
conocerlos y ante una injusticia pedir ayuda y hacerlos valer de lo contrario estos
no servirían de nada
ii
Conclusiones
 la Constitución de Guatemala regula los derechos fundamentales que
todos los guatemaltecos gozan, los cuales deben de ser garantizados y
protegidos por el Estado
 El derecho a la vida se protege desde la concepción, también se protegen
otros derechos que se dan durante la vida de la persona.
 Al derecho humanitario competen, principalmente, el trato debido a las
personas que están en poder de la parte adversaria y la conducción de
las hostilidades.

iii
Recomendaciones
 Reconocer los derechos de las demás personas y sobre todo respetarlos
así mismo los propios
 Fomentar a las demás personas para que no dejen violentar sus derechos
 Conocer las limitaciones que algunos derechos traen consigo, por
ejemplo, Libertad de acción, ya que este da un límite a la libertad,
indicando que la persona puede hacer todo lo que no está prohibido por la
ley

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Derechos Humanos

  • 1. UNIVERSIDAD RAFAEL LANDÍVAR FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES LIC. JULIO BONIFACIO BAQUIAX BULUX LOS DERECHOS HUMANOS Y SU CLASIFICACIÓN DENNIS JOSUE GUEVARA MEJIA 2288615 WILLIAM ENRIQUE MORALES MEYER 2221216 CHELSEA DEYANA MENDOZA MARTINEZ 2210417 HUEHUETENANGO, ENERO DE 2018 CAMPUS REGIONAL SAN ROQUE GONZÁLEZ DE SANTA CRUZ S.J.
  • 2. Contenido Introducción.....................................................................................................................................ii ¿Qué son los derechos humanos?.................................................................................................... 1 Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948...................................................................... 3 Clasificación de los Derechos Humanos......................................................................................... 4 Comentario grupal........................................................................................................................... 8 Conclusiones ....................................................................................................................................ii Recomendaciones............................................................................................................................iii
  • 3. ii Introducción Los derechos humanos rigen las relaciones de convivencia humana, orientan el ordenamiento jurídico institucional y tienen una función crítica frente al orden establecido Todo derecho implica un deber. Según la Declaración Universal de Derechos Humanos, éstos son el ideal común por el que todos los pueblos y Naciones deben esforzarse, ya que se fundamentan en el reconocimiento de la dignidad y del valor como cualidades intrínsecas de los humanos; es decir, que tanto el hombre como la mujer son un fin en sí y no un medio o un instrumento para otros fines. Las Naciones Unidas, reconoce a los derechos humanos como el conjunto de condiciones materiales y espirituales inherentes al ser humano, orientados a su plena realización; esto es, realización en el plano material, racional y espiritual.
  • 4.
  • 5. 1 ¿Qué son los derechos humanos? Los derechos humanos son “el reconocimiento de la denudad inalienable de los seres humanos”. Libre de discriminación, desigualdad o distinciones de cualquier índole, la dignidad humana es universal, igual e inalienable. Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. Los derechos humanos universales están a menudo contemplados en la ley y garantizados por ella, a través de los tratados, el derecho internacional consuetudinario, los principios generales y otras fuentes del derecho internacional. El derecho internacional de los derechos humanos establece las obligaciones que tienen los gobiernos de tomar medidas en determinadas situaciones, o de abstenerse de actuar de determinada forma en otras, a fin de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de los individuos o grupos. Los derechos humanos están divididos en ciertos grupos:  Universales e inalienables El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacará inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales. Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Por ejemplo, se puede restringir el derecho a la libertad si un tribunal de justicia dictamina que una persona es culpable de haber cometido un delito.  Interdependientes e indivisibles Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos
  • 6. 2 colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.  Iguales y no discriminatorios La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. El principio se aplica a toda persona en relación con todos los derechos humanos y las libertades, y prohíbe la discriminación sobre la base de una lista no exhaustiva de categorías tales como sexo, raza, color, y así sucesivamente. El principio de la no discriminación se complementa con el principio de igualdad, como lo estipula el artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”.  Derechos y obligaciones Los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones. Los Estados asumen las obligaciones y los deberes, en virtud del derecho internacional, de respetar, proteger y realizar los derechos humanos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos. La obligación de protegerlos exige que los Estados impidan los abusos de los derechos humanos contra individuos y grupos. La obligación de realizarlos significa que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.1 1http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx
  • 7. 3 Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948 Acerca de la Declaración En 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos, la cual representa un estándar común a ser alcanzado por todos los pueblos y naciones. El texto de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 está inspirado en el texto de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Luego de los horrores de la Segunda Guerra Mundial, la comunidad internacional decidió bosquejar una carta de derechos que afirmara los valores defendidos en la lucha contra el fascismo y el nazismo. El armado de dicha carta fue confiado a un comité presidido por Eleanor Roosvelt y compuesto por miembros de 18 países. La Carta fue redactada por el canadiense John Peters Humphrey y revisada luego por el francés René Cassin. La Declaración Universal de Derechos Humanos fue adoptada por la tercera Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948 en París. Ninguno de los 56 miembros de las Naciones Unidas votó en contra del texto, aunque Sudáfrica, Arabia Saudita y la Unión Soviética se abstuvieron. Contenido de la Declaración Universal de Derechos Humanos La Declaración Universal de Derechos Humanos es el “estándar común a ser alcanzado por todos los pueblos y naciones”. La Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “la maternidad y la infancia tienen derechos a cuidados especiales y asistencia” y describe la familia como “la unidad grupal natural y fundamental de la sociedad”. Aunque los niños son rara vez mencionados en este texto, es de todas maneras un documento significativo y su impacto en todos los seres humanos, incluyendo los niños, es lo que hace a esta Declaración tan importante. De hecho, los derechos del niño se basan en los derechos humanos. La Declaración de los Derechos del Niño de 1959 remarcó esta naturaleza única de la infancia y, por lo tanto, de la aplicación de los derechos concernientes específicamente a la infancia.2 2https://www.humanium.org/es/derechos-humanos- 1948/?gclid=Cj0KCQiAzfrTBRC_ARIsAJ5ps0tlmko5AWcyx865JQC6A5Rq4bTHlDFd pybrR28cim7vq10dbXNHD8UaAsldEALw_wcB
  • 8. 4 Clasificación de los Derechos Humanos La clasificación de carácter histórico basada en la aparición o reconocimiento cronológico de los DDHH por parte del orden jurídico normativo internacional, distingue entre los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos, los Derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales y los Derechos de Tercera generación o Derechos de Los Pueblos. La mayor parte de los tratados en el ámbito de los DDHH hacen una distinción entre los denominados "derechos civiles y políticos" y los derechos "económicos, sociales y culturales". Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos Los Derechos de Primera Generación o Derechos Civiles y Políticos se refieren a los primeros derechos que fueron consagrados en los ordenamientos jurídicos internos e internacionales. Derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales Los derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Derechos de Tercera generación o Derechos de Los Pueblos Los Derechos de Tercera Generación también conocidos como Derechos de Solidaridad o de los Pueblos contemplan cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano.3 Diferencia entre Derecho Internacional de los DDHH y Derecho Internacional Humanitario El derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los Derechos Humanos (en adelante, los Derechos Humanos) son complementarios. La 3https://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y- caracteristicas/clasificacion
  • 9. 5 finalidad de ambos es proteger a la persona. Pero, la protegen en circunstancias y según modalidades diferentes. El derecho humanitario se aplica en situaciones de conflicto armado, mientras que los Derechos Humanos o, al menos, algunos de ellos protegen a la persona humana en todo tiempo, haya guerra o paz. Si el derecho humanitario tiene por objeto proteger a las víctimas procurando limitar los sufrimientos provocados por la guerra, los Derechos Humanos protegen a la persona humana y favorecen su completo desarrollo. La principal finalidad de los Derechos Humanos es impedir la arbitrariedad, limitando el dominio del Estado sobre los individuos; no es su objeto regular la conducción de las operaciones militares. Para garantizar su respeto, el derecho humanitario establece mecanismos que instituyen un tipo de control continuo de su aplicación y hace resaltar la cooperación entre las partes en conflicto y un intermediario neutral, con miras a impedir las eventuales violaciones. Por lo que atañe a los Derechos Humanos, los mecanismos de control son muy variados. En muchos casos, las instituciones previstas se encargan de determinar si un Estado ha respetado o no el derecho. Los mecanismos de aplicación de los Derechos Humanos están esencialmente orientados hacia las acciones de reparación de los perjuicios sufridos. 4 Derechos Fundamentales de los guatemaltecos Artículo 2o. Deberes del Estado. Es deber del Estado garantizarles a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona. El derecho a la vida se protege desde la concepción, también se protegen otros derechos que se dan durante la vida de la persona. Uno de los derechos que más se protege constitucionalmente durante la vida de la persona, es el derecho a la libertad, ya que abarca varios aspectos, el derecho a la libre locomoción, a 4https://www.cubaencuentro.com/derechos-humanos/clasificacion-y- caracteristicas/diferencia-entre-derecho-internacional-de-los-ddhh-y-derecho- internacional-humanitario
  • 10. 6 la libre emisión de pensamiento, de elección, de religión entre otros varios. Este derecho se regula, entre varios otros artículos, en los artículos 4 y 5, los cuales indican que: Artículo 4o. Libertad e igualdad. En Guatemala todos los seres humanos son libres e iguales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil tienen iguales oportunidades y responsabilidades. Ninguna persona puede ser sometida a servidumbre ni a otra condición que menoscabe su dignidad. Los seres humanos deben guardar conducta fraternal entre sí. Artículo 5o. Libertad de acción. Toda persona tiene derecho a hacer lo que la ley no prohíbe; no está obligada a acatar órdenes que no estén basadas en ley y emitidas conforme a ella. Tampoco podrá ser perseguida ni molestada por sus opiniones o por actos que no impliquen infracción a la misma Se hace especial énfasis en el artículo 5, ya que este da un límite a la libertad, indicando que la persona puede hacer todo lo que no está prohibido por la ley. Esta afirmación genera un límite ya que, al haber una prohibición expresa, el ciudadano o la persona no puede realizar dicha acción; es decir, sino está claramente prohibido entonces es permitido. Ahora bien, con el derecho de libertad se unen tanto el derecho sustantivo como el derecho procesal; esto se refiere a que existe una forma de limitar el derecho de libertad y existen ciertos procedimientos que deben de seguir las autoridades para limitar dicho derecho. Existen tres limitaciones al derecho de libertad y estas son: el delito flagrante, prisión preventiva y sentencia condenatoria. El delito fragante es aquel que se está cometiendo al momento de ser atrapado por la autoridad competente. La Constitución obliga a la autoridad que detiene al ciudadano a ponerlo a disposición de autoridad competente, es decir, la persona que será encargada de juzgar el delito cometido. De este tema se derivan varios derechos inherentes de las personas, tal es el derecho de ser notificado el motivo por el cual se es detenido, de tener un abogado durante todo el proceso, a tener un derecho de defensa, es decir, que nadie podrá ser condenado sin haber sido citado, oído y vencido ante autoridad competente. Es importante mencionar que el hecho que la persona esté en prisión no la hace culpable, ya que nadie es culpable hasta que se declare en sentencia firme, esto por el derecho que se tiene a la presunción de inocencia. Por último, en cuanto a los derechos inherentes a la persona humana, establece la Constitución que:
  • 11. 7 Artículo 44. Derechos inherentes a la persona humana. Los derechos y garantías que otorga la Constitución no excluyen otros que, aunque no figuren expresamente en ella, son inherentes a la persona humana. El interés social prevalece sobre el interés particular. Serán nulas ipso jure las leyes y las disposiciones gubernativas o de cualquier otro orden que disminuyan, restrinjan o tergiversen los derechos que la Constitución garantiza. Este artículo contiene elementos importantes, el primero es que, aunque en la Constitución no se figuren diferentes tipos de derechos, pero estos se regulen en otras leyes, entonces estos derechos son considerados como inherentes, es decir propio de la persona, los cuales deben de ser respetados y protegidos por el Estado. El otro elemento importante es el hecho que el interés social prevalece sobre el interés particular por lo que el bien común es superior al bien individual, tal y como queda establecido en la expropiación. El último elemento de este artículo es que toda norma que vaya en contra de la Constitución es considerada no vigente y no puede entrar al ordenamiento jurídico, es decir, no puede ser considerada como válida. Se puede ver claramente que la Constitución de Guatemala regula los derechos fundamentales que todos los guatemaltecos gozan, los cuales deben de ser garantizados y protegidos por el Estado. Es el Estado el encargado de proporcionar los medios necesarios para que todos los guatemaltecos conozcan sus derechos, para que los mismos puedan exigir que se les respete y resguarde.
  • 12. 8 Comentario grupal En conclusión, nosotros creemos que los derechos humanos son fundamentales para la vida pues estos te garantizan que tu dignidad como persona sea respetada y poder vivir de manera correcta y como todos los seres humanos del mundo se lo merecen, pero para poder hacer cumplir tus derechos es necesario conocerlos y ante una injusticia pedir ayuda y hacerlos valer de lo contrario estos no servirían de nada
  • 13. ii Conclusiones  la Constitución de Guatemala regula los derechos fundamentales que todos los guatemaltecos gozan, los cuales deben de ser garantizados y protegidos por el Estado  El derecho a la vida se protege desde la concepción, también se protegen otros derechos que se dan durante la vida de la persona.  Al derecho humanitario competen, principalmente, el trato debido a las personas que están en poder de la parte adversaria y la conducción de las hostilidades. 
  • 14. iii Recomendaciones  Reconocer los derechos de las demás personas y sobre todo respetarlos así mismo los propios  Fomentar a las demás personas para que no dejen violentar sus derechos  Conocer las limitaciones que algunos derechos traen consigo, por ejemplo, Libertad de acción, ya que este da un límite a la libertad, indicando que la persona puede hacer todo lo que no está prohibido por la ley