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Directriz Técnica de Salud Ocupacional
Salud Compatible
DIR-SSO-008
Gerencia Corporativa de Seguridad y Salud Ocupacional
NOTA DE CONFIDENCIALIDAD
Este documento contiene información de propiedad de Antofagasta Minerals S.A. que ha sido preparada
estrictamente con el propósito de ser utilizada en las operaciones de la Compañía y no podrá ser proporcionada o
revelada parcial o totalmente a terceros sin autorización expresa por parte de la Compañía.
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Contenido
1. OBJETIVO ...................................................................................................................................................................... 4
2. ALCANCE ....................................................................................................................................................................... 4
3. DEFINICIONES................................................................................................................................................................ 4
4. GESTIÓN DE EVALUACIONES DE SALUD ......................................................................................................................... 5
4.1. EVALUACIONES PRE-OCUPACIONALES .................................................................................................................... 5
4.2. EVALUACIONES OCUPACIONALES Y VIGILANCIA MÉDICA ....................................................................................... 7
4.3. EVALUACIONES DE EGRESO DERIVADAS DE VIGILANCIA MÉDICA ........................................................................... 8
5. INFORMES Y ANÁLISIS DE RESULTADOS DE EVALUACIONES DE SALUD.......................................................................... 8
6. ANEXOS......................................................................................................................................................................... 9
6.1. Sin condición de riesgo laboral................................................................................................................................ 9
6.2. Neblinas ácidas. ...................................................................................................................................................... 9
6.3. Arsénico................................................................................................................................................................ 10
6.4. Plomo. .................................................................................................................................................................. 11
6.5. Otros Metales....................................................................................................................................................... 12
6.6. Radiaciones Ionizantes.......................................................................................................................................... 13
6.7. Ruido. ................................................................................................................................................................... 14
6.8. Sílice. .................................................................................................................................................................... 14
6.9. Conducción de Vehículos Livianos o No Profesional.............................................................................................. 15
6.10. Conducción Profesional, Operación de Equipos o Maquinaria Pesada. ............................................................. 16
6.11. Operación de Equipos Fijos con Partes Móviles y Puente Grúa. ........................................................................ 18
6.12. Espacios Confinados. ........................................................................................................................................ 19
6.13. Temperaturas Extremas: Frío en Recintos Cerrados No Calefaccionables. ........................................................ 21
6.14. Temperaturas Extremas: Calor (Expuesto a Fuentes Generadoras de Calor)..................................................... 21
6.15. Altura Física Sobre 1,8 metros. ......................................................................................................................... 23
6.16. Altura Física Sobre 10 Metros. .......................................................................................................................... 24
6.17. Gran Altura Geográfica (entre 3.000 y 5.500 m.s.n.m.). .................................................................................... 26
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6.18. Hiperbaria......................................................................................................................................................... 28
6.19. Fatiga y Somnolencia........................................................................................................................................ 31
6.20. Brigadista de Rescate........................................................................................................................................ 32
6.21. Telecontrolador de Tareas Críticas.................................................................................................................... 34
6.22. Vigilante Privado o Guardia de Seguridad......................................................................................................... 35
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1. OBJETIVO
Establecer los requerimientos mínimos obligatorios que se deben cumplir para cautelar la condición de salud de los
trabajadores en el desarrollo de sus funciones, contribuyendo de esta forma a la prevención de accidentes del trabajo y de
enfermedades profesionales.
2. ALCANCE
Esta Directriz entrega lineamientos a seguir y es aplicable a todos quienes se desempeñen las Compañías (entendiéndose por
tales, de manera conjunta a Minera Los Pelambres, Compañía Minera Zaldívar SpA, Minera Centinela, Minera Antucoya,
Antofagasta Minerals S.A. y el Ferrocarril de Antofagasta a Bolivia o “FCAB”; o individualmente cualquiera una de ellas como
la “Compañía”). Laadministración de cada una de estas empresas deberá implementar y supervisar los procedimientos de
gestión de salud ocupacional que se indican en esta Directriz y en los instrumentos de gestión de Salud y Seguridad
Ocupacional que determine la ley, para el personal propio y contratista. Corresponde a la gestión de cada una de esas
empresas, el adoptar las medidas que tiendan a la implementación o supervisión de esta Directriz.
Los requerimientos contenidos en este documento no reemplazan, bajo ningún punto de vista, algún requisito o disposición
legal o reglamentaria vigente en Chile. Antofagasta Minerals podrá cambiar, modificar o agregar cualquier especificación
durante la etapa de la ejecución de la obra, faena o servicio, que responda a exigencias legales, reglamentarias o
normativas, promulgadas durante la vigencia del contrato o subcontrato, y que sirva o vaya en beneficio de la salud e
integridad de los trabajadores contratistas o subcontratistas. Los cambios deberán ser comunicados al contratista o
subcontratista de manera formal y en forma oportuna.
3. DEFINICIONES
Agentes de Riesgos: Elementos o sustancias físicas, químicas o biológicas presentes en el ambiente de trabajo con potencial
de producir deterioro a la salud de las personas.
Evaluación pre-ocupacional: Evaluación médica que se realiza a los postulantes a un cargo, quienes aún no tienen la calidad
de trabajadores de la empresa a la que postulan. El contenido de dicha evaluación se relaciona con los agentes o condiciones
a los que estarían expuestos en el ejercicio de ese cargo, con el objetivo de determinar si tienen, o no, una salud compatible
para desempeñarlo.
Evaluación Ocupacional de pre-exposición (de base): Evaluación médica que se realiza a los trabajadores con contrato
vigente, que estén postulando a un cambio de puesto de trabajo o de función, que implique exposición a nuevos agentes
y/o condiciones de riesgo respecto de los cuales no tienen una evaluación de salud vigente, por lo que es necesario
determinar si su salud es compatible para dicha área.
Evaluación Ocupacional de Seguimiento: Evaluación médica que se realiza a los trabajadores con contrato vigente, con el
objeto de determinar la presencia de patologías que pudiesen complicarse por la exposición a agentes o factores que
existan o hayan existido en su lugar de trabajo, o detectar factores de riesgo que los hagan más vulnerables.
Programa de Vigilancia Médica Ocupacional (PVMO): Programa de evaluaciones de salud, en el cual el organismo
administrador de la ley debe incorporar a los trabajadores expuestos a los agentes de riesgos, para detectar efectos en la
salud derivados de la exposición.
Evaluación de egreso programa de vigilancia: Evaluación de salud que se realiza al término de la exposición del trabajador.
Grupos de Exposición Similar (GES): Conjunto de trabajadores que realizan las mismas tareas bajo similares condiciones de
organización del trabajo, de operación, controles, medidas de mitigación, factores o condiciones ambientales, entre otros
y que por ello se exponen de manera similar a uno o más agentes, factores o condiciones de riesgo presentes en su ambiente
laboral.
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Puesto de Trabajo: Denominación funcional que recibe un conjunto de tareas realizadas bajo similares condiciones de
organización del trabajo, operación, controles, medidas de mitigación, factores o condiciones ambientales, entre otros.
Salud Compatible: Condición de salud que, a través de resultados de exámenes médicos establecidos, acreditan la
compatibilidad del trabajador para ejercer el trabajo al cual postula o efectúa habiéndose considerado los agentes de
riesgos ocupacionales, condición y cargos de riesgo. Además, esta evaluación aporta información para monitorear y
gestionar la salud integral del trabajador.
Organismo administrador de la Ley N° 16.744: Es aquella institución que otorga las prestaciones médicas, preventivas y
económicas que establece la Ley 16.744 a los trabajadores dependientes, así como a los trabajadores independientes que
coticen para este Seguro.
4. GESTIÓN DE EVALUACIONES DE SALUD
La gestión de salud compatible involucra la realización de las evaluaciones de salud pre-ocupacional (candidatos, previo a
contratación), ocupacional, vigilancia médica y evaluaciones de egreso.
El resultado de las evaluaciones de salud determinará si los candidatos y trabajadores cuentan o no con salud compatible
con las exigencias laborales, con relación al riesgo, condición y un cargo determinado. De esta forma, permite que las áreas
responsables, tanto del trabajador que se está por contratar, como el que lleva tiempo en la organización, puedan gestionar
en cada caso y movilicen la toma de decisiones en el proceso de contratación o de contraindicación, según sea el caso.
La responsabilidad de establecer la compatibilidad de salud es del médico que realiza la evaluación clínica y emite el
certificado respectivo, perteneciente al prestador de salud definido por la Compañía.
La responsabilidad del equipo de salud ocupacional de la Compañía es revisar si la compatibilidad señalada por el prestador
de salud se ajusta a las baterías de exámenes y/o a los criterios de contraindicación establecidos a través de esta directriz.
No es responsabilidad del equipo de salud ocupacional de las Compañías validar la condición clínica del postulante o del
trabajador.
La aplicación de los exámenes de salud y la generación de un informe de resultados deberán ser proporcionadas por
prestador de salud vigente. Todos los exámenes de salud deberán ser realizados según las baterías y los alcances estipulados
en esta directriz, los cuales se establecen en base al Acuerdo de Homologación que defina Antofagasta Minerals con APRIMIN
y/o los Organismos administrador de la Ley N° 16.744.
4.1. EVALUACIONES PRE-OCUPACIONALES
a. La evaluación de salud pre-ocupacional se deberá realizar en los Organismos administradores de la Ley N°16.744
o en los centros de salud autorizados.
b. La vigencia del examen pre-ocupacional es de un año.
c. Es aquel que se realiza a todo postulante antes de ser contratado, donde se evalúa la condición física y psicológica
a través de un conjunto de exámenes de laboratorio clínico, funcionales, imágenes yotros de apoyo diagnóstico
para determinar si el trabajador posee, o no, contraindicaciones para desempeñar el cargo al cual postula.
d. Debe ser realizado con la finalidad de proteger la integridad física y salud de los postulantes y conocer si los
mismos tienen una salud compatible con el cargo en relación al agente de riesgo, condición y cargo determinado a
los que estarán expuestos.
e. Para certificar lo anterior, las Compañías, las empresas contratistas y subcontratistas, a través de sus organismos
administradores u otro organismo validado por las autoridades competentes y con sus certificaciones pertinentes,
deben realizar exámenes pre–ocupacionales antes de la contratación. Para estos efectos Antofagasta Minerals definirá
los requisitos mínimos legales para la validación del centro evaluador de salud en documento especial para estos
efectos.
f. Cada compañía deberá revisar y formalizar la condición de aceptación del centro evaluador de salud.
g. El proceso de las evaluaciones pre-ocupacionales será gestionado de acuerdo con el Diagrama 1.
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h. Para obtener la batería de evaluación pre-ocupacional, se utilizará una herramienta digital que permitirá asignar los
agentes, condiciones y cargos de riesgo que tendrá el postulante de acuerdo con la exposición laboral del puesto al cual
postula.
i. Las evaluaciones pre-ocupacionales incluirán la evaluación de alcohol y drogas, conforme a la directriz de la Compañía.
Diagrama 1
Proceso de evaluaciones Pre-Ocupacionales
* Prestadores de salud que cumplan requisitos
**Valida: Revisar si la compatibilidad señalada por el prestador de salud se ajusta a las baterías de exámenes y/o a los criterios de
contraindicación establecidos por AMSA.
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4.2. EVALUACIONES OCUPACIONALES Y VIGILANCIA MÉDICA
a. Estas evaluacionesseránrealizadasporelOrganismoadministradordelaLeyN°16.744alquelaCompañíaseencuentre
adherido o por el prestador de salud que ella defina.
b. Las evaluaciones ocupacionales y vigilancia médica serán gestionadas como parte del Proceso de Medicina Preventiva
según lo señalado en el Diagrama 2.
c. Las evaluaciones ocupacionales se realizarán conforme a lo señalado en el Anexo 1: “Baterías de Exámenes Pre-
Ocupacionales y Ocupacionales y sus contraindicaciones”. El prestador debe ajustarse estrictamente a las baterías y
criterios establecidos, además, deberá resolver si el trabajadortiene o no salud compatible en relación con el agente de
riesgo, condición y al cargo que se solicitó evaluar, emitiendo el respectivo informe de evaluación de salud.
d. Estas evaluaciones también se realizarán a los trabajadores que postulen a un cambio de puesto de trabajo dentro de
la empresa llamados “Exámenes Ocupacionales de Pre-Exposición” ya aquellos cuyo examen pre-ocupacional pierdasu
vigencia, llamados “Exámenes Ocupacionales de Seguimiento”, en relación con el agente de riesgo, condición y cargo a
los que están expuestos.
e. La periodicidad de las evaluaciones es cada 1, 2 o 3 años dependiendo del agente, condición o cargo de riesgo, la edad
del trabajador el nivel de riesgo.
f. La periodicidad por edad corresponde al criterio definido por la Superintendencia de Seguridad Social, esto es:
• <40 años: Cada tres años
• Entre 40 y 55 años: Cada dos años
• >55 años: Anual
g. Paralosexámenes depreexposiciónalostrabajadoresquepostulenauncambiodepuesto,seaestadentrodelamisma
Compañía u otra, el examen tendrá los siguientes criterios de revisión:
• Se podrá utilizar los exámenes Pre-Ocupacionales para postular al cambio solo si está vigente y que el cargo
al cual postula posee los mismos factores de riesgos, si los procesos son diferentes, debe realizar un examen
nuevo o agregar la batería faltante o puntual al riesgo.
• Si el cargo nuevo al cual postula posee un proceso y factores de riesgos diferentes a su cargo actual, deberá
realizar una evaluación médica nueva o agregar la batería faltante o puntual al riesgo.
h. Las evaluaciones ocupacionales incluirán la evaluación de alcohol y drogas; conforme a la directriz de la Compañía.
Diagrama 2
Proceso Medicina Preventiva
“Valida los resultados”: Revisar si la compatibilidad señalada por el prestador de salud se ajusta a las baterías de exámenes y/o a los criterios de
contraindicación establecidos por AMSA.
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4.3. EVALUACIONES DE EGRESO DERIVADAS DE VIGILANCIA MÉDICA
a. Esta evaluación será realizada por el Organismo administrador de la Ley N° 16.744 al que la Compañía se encuentre
adherido.
b. Las evaluaciones de egreso serán gestionadas según lo señalado en el Diagrama 3.
c. Podrá validarse como examen de egreso, las evaluaciones de vigilancia que cumplan la periodicidad según normativa
vigente para término de exposición.
Diagrama 3
Proceso Evaluaciones de Egreso
5. INFORMES Y ANÁLISIS DE RESULTADOS DE EVALUACIONES DE SALUD
El informe de evaluación de salud deberá contener, a lo menos, la siguiente información:
- Nombre y Razón Social de la Empresa.
- Nombre completo y RUT del trabajador evaluado.
- Fecha de realización de la evaluación de salud.
- Fecha de emisión del informe.
- Fecha de vigencia del informe.
- Puesto de trabajo, cargo.
- Listado de los agentes, condiciones o cargos de riesgo evaluados.
- Nombre de la entidad que emite el informe.
- Nombre y firma del profesional que emite el informe.
- Conclusión: la conclusión del informe debe señalar si el postulante o trabajador tiene o no salud compatible para
desempeñarse expuesto al agente o condición específica para la que fue evaluado.
La Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional de la Compañía deberá analizar sistemáticamente la información disponible
de las evaluaciones de salud. Los resultados de los análisis deberán generar planes de acción para la gestión de los casos.
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6. ANEXOS
Anexo 1
“Baterías de Exámenes Pre-Ocupacionales, Ocupacionales y sus Contraindicaciones”
6.1. Sin condición de riesgo laboral.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, oximetría, peso y talla, IMC, perímetro cuello
y perímetro cintura).
• Control médico.
• Optometría.
• Glicemia.
• Perfil lipídico.
• Radiografía tórax.
• Espirometría basal.
• ECG en reposo.
• Índice de Framingham.
• Audiometría.
• Creatinina.
• Evaluación de A&D.
Observaciones:
• Dadas sus características no presenta causales de contraindicación, sólo recomendaciones médicas.
• Según hallazgos clínicos, el médico está facultado para entregar recomendaciones de salud y derivar a
interconsultas o según parámetros de la propia compañía, contraindicar temporalmente hasta cumplir las
condiciones médicas.
• Esta evaluación corresponde a una batería base. Las compañías pueden complementarla con exámenes
adicionales, para realizar una gestión integral de la salud de los trabajadores.
6.2. Neblinas ácidas.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Encuesta de Síntomas Respiratorios.
• Radiografía de tórax PA.
• Espirometría basal.
Contraindicación transitoria:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• Encuesta de síntomas respiratorios positiva para asma o bronquitis:
- Generar interconsulta por su previsión de salud solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico
y tratamiento en caso de corresponder.
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• Embarazo:
- En caso de sospecha de embarazo, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a
f f z x íf (βHCG).
- Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución.
Contraindicación Absoluta:
• Asma confirmada.
• Hiperreactividad bronquial crónica no reversible, bronquitis crónica.
• Antecedentes de patología neoplásica de vía respiratoria.
• Dermatosis crónica en zonas expuestas (no cubiertas por EPP).
6.3. Arsénico.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• ALT (Alanina aminotransferasa)/GPT Transaminasa Glutámico-Pirúvica Sérica)
• Protrombina.
• Creatinina.
• Orina completa
• Arsénico inorgánico en orina.
Contraindicación transitoria:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• Arsénico Inorgánico >50 ug/g.:
- Si la evaluación es Pre-Ocupacional, se debe analizar en primera instancia factores laborales.
- Si trabaja en otra empresa se debe derivar a Medicina del Trabajo para evaluación.
- Si se desempeñó con exposición conocida o no a arsénico hasta 5 días antes, se debe derivar a MDT para
evaluación.
- Si de descarta exposición laboral de más de 5 días se debe analizar factores de tipo personal como son,
principalmente, vivir en zona contaminada e insuficiencia renal, en cuyo caso, se debe derivar a sistema
previsional de salud e indicar como requerimiento de reevaluación la presentación de nuevo resultado de
laboratorio que evidencie normalización del parámetro.
- Si la evaluación es ocupacional de pre-exposición, se debe derivar a Medicina del Trabajo para evaluación.
• Elevación moderada o severa de transaminasas:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
• Velocidad de filtración glomerular calculado <30 ml/min:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
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• Velocidad de filtración glomerular calculado entre 30 y 60 ml/min asociado a patología crónica que pueda
producir daño renal (como por ejemplo HTA, DM, patología autoinmune):
- Generar interconsulta por su previsión en que se solicite estudio e informe médico que indique diagnóstico,
tratamiento indicado y certifique estabilidad y adherencia al tratamiento y control.
• Antecedente de patología neurológica:
- Solicitar informe de neurólogo que haga referencia a diagnóstico, tratamiento si corresponde, estabilidad,
indique secuelas si aplica y pronóstico.
• Alteración de examen clínico que oriente a patología renal, hepática y/o neurológica (examen motor, sensitivo
y reflejos OTS):
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder.
• Embarazo/Lactancia:
- En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación
con informe que confirme o descarte embarazo x íf (βHCG).
- Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta su término.
Contraindicación Absoluta:
• Antecedentes de patología neoplásica de cualquier origen.
• Insuficiencia Hepática Crónica.
• Daño Renal Crónico.
6.4. Plomo.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud específica.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Hemoglobina.
• ALT/GPT
• Protrombina.
• Creatinina.
• Plomo en sangre.
Contraindicación Transitoria:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• ≥40 μ /100 :
- Derivar a sistema previsional de salud para estudio de causa de alteración de parámetro. Indicar como
requerimiento de reevaluación la presentación de un informe que aclare causa de elevación y el tratamiento
realizado si correspondiere más el resultado de laboratorio que evidencie la normalización del parámetro.
• Anemia:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
• Elevación moderada o severa de transaminasas:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
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• Alteración de Protrombina:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
• Velocidad de filtración glomerular calculado <30 ml/min:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
• Velocidad de filtración glomerular calculado entre 30 y 60 ml/min asociado a patología crónica que pueda
producir daño renal (como por ejemplo HTA, DM, patología autoinmune):
- Generar interconsulta por su previsión en que se solicite estudio e informe médico que indique diagnóstico,
tratamiento indicado y certifique estabilidad y adherencia al tratamiento y control.
• Antecedente de patología neurológica:
- Solicitar informe de neurólogo que haga referencia a diagnóstico, tratamiento si corresponde, estabilidad,
indique secuelas si aplica y pronóstico.
• Alteración de examen clínico que oriente a patología renal, hepática y/o neurológica (examen motor, sensitivo
y reflejos OTS):
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder.
• Embarazo/Lactancia:
- En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación
con informe que confirme o descarte embarazo y x íf (βHCG)
- Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución.
Contraindicación Absoluta:
• Insuficiencia Hepática Crónica.
• Hepatitis crónica independiente del grado de funcionalidad.
• Daño Renal Crónico.
• Secuela neurológica relevante de tipo motor y/o sensitivo.
6.5. Otros Metales.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud específica.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Hemoglobina.
• ALT/GPT.
• Protrombina.
• Creatinina.
• Indicador biológico del metal en exposición (Cadmio, Cromo, Manganeso, Mercurio).
Contraindicación Transitoria:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
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• Anemia:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
• Elevación moderada o severa de transaminasas:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
• Alteración de Protrombina:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
• Velocidad de filtración glomerular calculado <30 ml/min:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
• Velocidad de filtración glomerular calculado entre 30 y 60 ml/min asociado a patología crónica que pueda
producir daño renal (como por ejemplo HTA, DM, patología autoinmune):
- Generar interconsulta por su previsión en que se solicite estudio e informe médico que indique diagnóstico,
tratamiento indicado y certifique estabilidad y adherencia al tratamiento y control.
• Antecedente de patología neurológica:
- Solicitar informe de neurólogo que haga referencia a diagnóstico, tratamiento si corresponde, estabilidad,
indique secuelas si aplica y pronóstico.
• Alteración de examen clínico que oriente a patología renal, hepática y/o neurológica (examen motor, sensitivo
y reflejos OTS):
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder.
• Embarazo/Lactancia:
- En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación
f f z x íf (βHCG)
- Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución.
Contraindicación Absoluta:
• Insuficiencia Hepática Crónica.
• Hepatitis crónica independiente del grado de funcionalidad.
• Daño Renal Crónico.
• Secuela neurológica relevante de tipo motor y/o sensitivo.
6.6. Radiaciones Ionizantes.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud específica.
• Control médico.
• Hemograma completo con recuento de reticulocitos y plaquetas.
Contraindicación Transitoria:
• Alteración de hemograma de cualquier serie hematológica:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder.
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• Cataratas:
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y resolución.
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación, compensación e informe médico que
descarte patología que no sea vicio de refracción (catarata, glaucoma).
• Embarazo:
- En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación
f f z x íf (βHCG).
- Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución.
Contraindicación Absoluta:
• Antecedente de patología neoplásica de cualquier origen.
6.7. Ruido.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud específica.
• Evaluaciones Pre-Ocupacionales; Audiometría de cámara audiométrica.
• Evaluaciones Ocupacionales y Vigilancia Médica: Audiometría de terreno o cámara audiométrica.
• Debe citarse a audiometría de confirmación a todas las audiometrías de terreno alteradas.
Contraindicación Absoluta:
• Audiometría en condiciones de f I ≥ 15%.
6.8. Sílice.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud específica.
• Radiografía de tórax PA con técnica y lectura OIT.
• Espirometría basal.
Contraindicación Transitoria:
• Cifras tensionales mayores a 139/89 mmHg.
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• Alteración de espirometría de cualquier variable por separado:
- Generar interconsulta por su previsión de salud solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico
y tratamiento en caso de corresponder.
• Alteración de radiografía con relevancia clínica y/o sospecha de neumoconiosis (2° lectura con f ≠ 0/0):
- Si es Pre-Ocupacional se debe generar interconsulta por su previsión de salud solicitando estudio e informe
médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, más TAC tórax.
- Si es Ocupacional de pre-exposición específica y hay sospecha de neumoconiosis, se debe derivar a Medicina
de Trabajo para evaluación del caso.
Contraindicación Absoluta:
• Fibrosis pulmonar de cualquier causa.
• Patología secuelar que implique daño de pulmonar, especialmente de parénquima, de relevancia.
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6.9. Conducción de Vehículos Livianos o No Profesional.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Escala de Somnolencia de Epworth.
• Glicemia en ayunas.
• Creatinina.
• ECG de reposo >40 años.
• Optometría.
• Psicosensotécnico.
• Batería fatiga y somnolencia.
Contraindicación Transitoria:
• Cifras tensionales mayores a 139/89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• IMC igual o mayor a 40.
• Epilepsia o antecedente de epilepsia.
- Derivar a especialista por su previsión solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras
no tenga certificado de alta de neurólogo.
• Deficiencia visión de lejos AO (Topcorn <6 o VT21 <5):
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación.
- En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro.
• Alteración estereopsis o Visión de profundidad:
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y emisión de informe que indique
diagnóstico documentado, tratamiento si corresponde y probabilidad de recuperación.
- E í “ j ” ilateral detectada antes de los 5 a 6 años,
se requiere la certificación del diagnóstico y el eventual desarrollado de mecanismos de compensación.
• Test de discriminación de colores alterado:
- En estos casos debe evaluarse discriminación de colores primarios.
- Si se evidencia alteración en la visión de colores primarios: derivar a oftalmólogo por su sistema previsional
de salud para evaluación y confirmación o descarte de condición.
• Alteración de Perimetría o campimetría clínica:
- Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para
reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe
adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este
parámetro.
• Alteración de ECG:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e
informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, en la reevaluación debe adjuntarse los
exámenes realizados.
• Antecedente de patología cardiovascular (como por ejemplo portador de prótesis valvular, insuficiencia
cardiaca, cardiopatía congénita):
- Solicitar informe de cardiólogo que certifique compensación y descarte riesgo de compromiso de conciencia.
• Compromiso nivel social de audición:
- Si se pesquisa alteración del nivel social de audición se debe indicar la realización de una audiometría,
ingresándola a sistema.
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• Audiometría con Promedio Tonal Puro ( T ) í , ≥40 B ( íf ):
- Derivar a otorrinolaringólogo por su sistema previsional de salud para evaluación y compensación. Para la
reevaluación debe presentar informe, audición compensada y prueba de confirmación (audiometría de campo
libre o prueba de audífono en caso de corresponder).
• E E w h ≥9:
- Derivar a evaluación por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico
que indique causa de alteración, confirmación o descarte de patología de sueño y tratamiento si corresponde.
• Velocidad de filtración glomerular calculado <30 ml/min:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
• Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia
<126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por
sospecha diagnóstica.
• Antecedente de Diabetes Tipo 2:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie
compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y
<8% en mayores de 60 años.
• Sospecha de alteración del ánimo, trastorno de la personalidad u otras patologías psiquiátricas relevantes para
este riesgo:
- Se debe derivar, con interconsulta, a psiquiatría. Para reevaluación se requiere informe que indique
diagnóstico, tratamiento si corresponde y certificación de estabilidad.
• Alteración de examen físico de tipo motor o con relevancia clínica.
• Contraindicaciones de fatiga y somnolencia.
Contraindicación Absoluta:
• Alteración de discriminación de colores primarios.
• Alteración no recuperable de visión de estereopsis o profundidad.
• Diabetes Mellitus Tipo I.
• Velocidad de filtración glomerular menor a 15ml/min.
• Cualquier enfermedad que produzca:
- Crisis de compromiso de conciencia, cualquiera sea su causa.
- Incapacidad de efectuar movimientos voluntarios que impidan actuar con rapidez y precisión que la
conducción requiera.
- Movimientos involuntarios.
• Defecto de tipo anatómico o funcional, que con la mejor corrección imposibiliten la conducción.
Contraindicaciones de fatiga y somnolencia.
6.10. Conducción Profesional, Operación de Equipos o Maquinaria Pesada.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Escala de Somnolencia de Epworth.
• Glicemia en ayunas.
• Creatinina.
• ECG de reposo a todos.
• Optometría.
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• Psicosensométrico riguroso.
• Audiometría.
• Batería fatiga y somnolencia.
Contraindicación Transitoria:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• I C ≥ 40.
• Epilepsia o antecedente de epilepsia:
- Derivar a especialista por su previsión solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras
no tenga certificado de alta de neurólogo.
• Deficiencia visión de lejos AO (TOPCON <8 o VT21 <6):
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación.
- En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro.
• Visión de profundidad alterada (< círculo 8):
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y emisión de informe que indique
diagnóstico documentado, tratamiento si corresponde y probabilidad de recuperación.
• Test de discriminación de colores alterado:
- En estos casos debe evaluarse discriminación de colores primarios y verde.
- Si se evidencia alteración en la visión de colores primarios: derivar a oftalmólogo por su sistema previsional
de salud para evaluación y confirmación o descarte de condición.
• Alteración de Perimetría o campimetría clínica:
- Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para
reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe
adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este
parámetro.
• Alteración de ECG:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e
informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, en la reevaluación debe adjuntarse los
exámenes realizados.
• Antecedente de patología cardiovascular (como por ejemplo portador de prótesis valvular, insuficiencia
cardiaca, cardiopatía congénita):
- Informe de cardiólogo que certifique compensación y descarte riesgo de compromiso de conciencia.
• Compromiso nivel social de audición:
- Si se pesquisa alteración del nivel social de audición se debe indicar la realización de una audiometría,
ingresándola a sistema.
• Audiometría con Promedio Tonal Puro ( T ) í , ≥40 B ( íf ):
- Derivar a otorrinolaringólogo por su sistema previsional de salud para evaluación y compensación. Para la
reevaluación debe presentar informe, audición compensada y prueba de confirmación (audiometría de campo
libre o prueba de audífono en caso de corresponder).
• Escala de somnolencia de Epworth igual o mayor a 9:
- Derivar a evaluación por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico
que indique causa de alteración, confirmación o descarte de patología de sueño y tratamiento si corresponde.
• Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia
<126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años
- Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por
sospecha diagnóstica.
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• Antecedente de Diabetes Tipo 2 no insulino requirente:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie
compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y
<8% en mayores de 60 años.
• Sospecha de alteración del ánimo, trastorno de la personalidad u otras patologías psiquiátricas relevantes para
este riesgo:
- Se debe derivar, con interconsulta, a psiquiatría. Para reevaluación se requiere informe que indique
diagnóstico, tratamiento si corresponde y certificación de estabilidad.
• Alteración de examen físico de tipo motor o con relevancia clínica.
• Contraindicaciones de fatiga y somnolencia.
Contraindicación Absoluta:
• Alteración de discriminación de colores primarios.
• Alteración de visión de estereopsis o profundidad no recuperable.
• Velocidad de filtración glomerular menor a 15ml/min.
• Diabetes Mellitus tipo I y tipo II insulino requirente.
• Cualquier enfermedad que produzca:
- Crisis de compromiso de conciencia, cualquiera sea su causa.
- Incapacidad de efectuar movimientos voluntarios que impidan actuar con rapidez y precisión que la
conducción requiera.
- Movimientos involuntarios.
• Defecto de tipo anatómico o funcional, que con la mejor corrección imposibiliten la conducción.
• Contraindicaciones de fatiga y somnolencia.
6.11. Operación de Equipos Fijos con Partes Móviles y Puente Grúa.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Glicemia en ayunas.
• ECG de reposo >40 años.
• Optometría.
• Creatinina
• Psicosensométrico riguroso.
Contraindicación Transitoria:
• Deficiencia visión de lejos AO (Topcorn <6 o VT21 <5):
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación.
- En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro.
• Alteración estereopsis o Visión de profundidad:
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y tratamiento si corresponde.
• Alteración de Perimetría o campimetría clínica:
- Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para
reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe
adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este
parámetro.
• Sospecha de alteración del ánimo, trastorno de la personalidad u otras patologías psiquiátricas relevantes para
este riesgo:
- Se debe derivar, con interconsulta, a psiquiatría. Para reevaluación se requiere informe que indique
diagnóstico, tratamiento si corresponde y certificación de estabilidad.
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• Alteración que implique compromiso de motricidad fina:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder.
Contraindicación Absoluta:
• Alteración no corregible de visión de profundidad.
• Secuela neurológica relevante de tipo motor a nivel de extremidades que implique compromiso de motricidad
fina.
6.12. Espacios Confinados.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Glicemia en ayunas.
• Espirometría basal.
• Optometría.
• ECG de reposo >40 años.
• Audiometría.
Contraindicación Transitoria:
• Cifras tensionales mayores a 139/89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• Antecedente de tipo neurológico tal como síncope, mareos, AVE, TIA:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico que indique etiología, manejo, existencia
de factores de riesgo actuales y evidenciar compensación de estos.
• Antecedente de Síndrome vertiginoso agudo o crónico:
- Solicitar informe de otorrinolaringología que indique diagnóstico, estudio realizado, tratamiento indicado y
capacidad de recuperación.
• Antecedente de claustrofobia:
- Solicitar a psiquiatra, por su previsión de salud, informe que confirme diagnóstico, eventual tratamiento,
certifique estabilidad y opinión de especialista en relación con exposición a este riesgo.
• Epilepsia o antecedente de epilepsia:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene
mientras no tenga certificado de alta de neurólogo.
• I C ≥ 35.
• Alteración relevante de examen clínico, tales como claudicación a la marcha, déficit de fuerza de extremidades
de contra resistencia (bajo M4 al examen motor):
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder.
• Embarazo:
- En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación
f f z x íf (βHCG).
- Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución.
• Audiometría con Promedio Tonal Puro (PTP) í ≥40 B ( íf ):
- Derivar a otorrinolaringología para evaluación y compensación, si corresponde. Para reevaluación, debe
presentar, junto con informe médico, audiometría de campo libre si se indica audífonos.
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• Deficiencia visión de lejos AO (Topcorn <6 o VT21 <5):
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación.
- En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro.
• Visión de profundidad alterada:
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y emisión de informe que indique
diagnóstico documentado, tratamiento si corresponde y probabilidad de recuperación.
- En casos de ambliopía (alteración visual unilateral ocurrida en la infancia, antes del desarrollo de la agudeza
visual definitiva (5 a 6 años), un médico oftalmólogo debe certificar que ha desarrollado mecanismos de
compensación.
• Alteración de Perimetría o campimetría clínica:
- Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para
reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe
adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este
parámetro.
• Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia
<126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y < 8,0% para mayores de 60 años.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por
sospecha diagnóstica.
• Antecedente de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie
compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y
<8,0% para mayores de 60 años.
• Alteración de espirometría de cualquier variable por separado:
- Generar interconsulta por su previsión de salud solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico
y tratamiento en caso de corresponder.
• Alteración de ECG:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e
informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, debe adjuntar exámenes realizados en
reevaluación.
• Marcapaso con implante menor a 6 meses:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud solicitando certificado de funcionamiento adecuado
frente a demanda.
• Sospecha de alteración del ánimo, trastorno de la personalidad u otras patologías psiquiátricas relevantes para
este riesgo:
- Se debe derivar, con interconsulta, a psiquiatría. Para reevaluación se requiere informe que indique
diagnóstico, tratamiento si corresponde y certificación de estabilidad.
Contraindicación Absoluta:
• Alteración no corregible de visión de profundidad.
• Alteración electrocardiográfica, confirmada con informe cardiológico, que predisponga sincope.
• Secuela neurológica relevante de tipo motor a nivel de extremidades no recuperable.
• Amputaciones (el foco se debe fijar en la evaluación funcional):
- EEII: sobre rodilla unilateral o bajo rodilla bilateral.
- EESS que implique compromiso de capacidad de prehensión palmar bilateral.
• Claustrofobia confirmada no tratable.
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6.13. Temperaturas Extremas: Frío en Recintos Cerrados No Calefaccionables.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Glicemia en ayunas.
• Espirometría basal.
Contraindicación Transitoria:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• Alteración de espirometría de cualquier variable por separado y/o respuesta broncodilatadora:
- Generar interconsulta por su previsión de salud solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico
y tratamiento en caso de corresponder.
• Antecedente de Asma:
- Solicitar informe a médico tratante que confirme diagnóstico e indique tratamiento.
• Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia
<126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por
sospecha diagnóstica.
• Antecedente de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie
compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y
<8% en mayores de 60 años.
• Antecedentes o signos de Vasculitis:
- Generar interconsulta por su previsión, solicitando estudio e informe médico que confirme diagnóstico y
precise causa de base.
• Antecedentes o signos de Síndrome de Reynaud:
- Generar interconsulta por su previsión, solicitando estudio e informe médico que confirme diagnóstico y
precise causa de base.
Contraindicación Absoluta:
• Vasculitis confirmada.
• Arteriopatía vasomotora confirmada.
6.14. Temperaturas Extremas: Calor (Expuesto a Fuentes Generadoras de Calor).
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Glicemia en ayunas.
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Contraindicación transitoria:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• I C ≥ 40.
• Embarazo:
- En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación
f f z x íf (βHCG).
- Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución.
• Epilepsia o antecedente de epilepsia:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras
no tenga certificado de alta de neurólogo.
• Antecedente de hipertiroidismo:
- Se debe solicitar, a médico tratante mediante interconsulta, informe que confirme diagnóstico, indique
tratamiento y certifique estabilidad adjuntando perfil tiroideo.
• Portador de Marcapaso:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud solicitando certificado de funcionamiento adecuado
frente a demanda.
- Implante con antigüedad menor a 6 meses, mantiene condición de contraindicación hasta cumplir plazo y
presentar informe previamente descrito.
• Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia
<126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por
sospecha diagnóstica.
• Antecedente de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie
compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y
<8% en mayores de 60 años.
• Alteración examen físico que oriente a patología renal y cardiovascular:
- Derivar a evaluación por su sistema previsional de salud. En reevaluación debe presentar informe médico con
conclusión de estudio, diagnóstico e indicación de tratamiento si corresponde y adjuntar exámenes realizados
que fundamenten conclusión.
• Condiciones Especiales:
- Taquicardia/Bradicardia: En caso de que ≥ 90 x’ < 40 x’
compararse con frecuencia informado por el electrocardiograma y repetir control durante la consulta médica.
Contraindicaciones Absolutas:
• Insuficiencia Renal.
• I f CF ≥II 10.
OBSERVACIONES: Se debe dejar como recomendación asegurar una correcta hidratación.
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6.15. Altura Física Sobre 1,8 metros.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Glicemia en ayunas.
• Optometría.
• ECG de reposo >40 años.
Contraindicación Transitoria:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• Antecedente de tipo neurológico tales como síncope, mareos, AVE, TIA:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico que indique etiología, manejo, existencia
de factores de riesgo actuales y evidenciar compensación de estos.
• Antecedente de Síndrome vertiginoso agudo o crónico:
- Solicitar informe de otorrinolaringología que indique diagnóstico, estudio realizado, tratamiento indicado y
capacidad de recuperación.
• Alteración pruebas de equilibrio:
- Generar interconsulta a otorrinolaringología o Neurología, dependiendo de la causa estimada, por su
previsión solicitando estudio e informe médico que indique hallazgos más prueba VIII Par.
• Alteración relevante de examen clínico, tales como claudicación a la marcha de relevancia funcional, déficit de
fuerza de extremidades de contra resistencia (bajo M4 al examen motor):
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder.
• Embarazo:
- En caso de sospecha de embarazo, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a
f f z x íf (βHCG).
- Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución.
• IMC igual o mayor a 35/Peso superior a 136 kg.
• Epilepsia o antecedente de epilepsia:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene
mientras no tenga certificado de alta de neurólogo.
• Deficiencia visión de lejos AO (Topcorn <6 o VT21 <5):
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación.
- En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro.
• Alteración estereopsis o Visión de profundidad:
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y emisión de informe que indique
diagnóstico documentado, tratamiento si corresponde y probabilidad de recuperación.
- E í “ j ” ilateral detectada antes de los 5 a 6 años,
se requiere la certificación del diagnóstico y el eventual desarrollado de mecanismos de compensación.
• Alteración de Perimetría o campimetría clínica:
- Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para
reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe
adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este
parámetro.
• Alteración de ECG:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e
informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, debe adjuntar exámenes realizados en
reevaluación.
Código: DIR-SSO-008
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• Marcapaso con implante menor a 6 meses:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud solicitando certificado de funcionamiento adecuado
frente a demanda.
• Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia
<126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por
sospecha diagnóstica.
• Antecedente de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie
compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y
<8% en mayores de 60 años.
• Sospecha de alteración del ánimo, trastorno de la personalidad u otras patologías psiquiátricas relevantes para
este riesgo:
- Se debe derivar, con interconsulta, a psiquiatría. Para reevaluación se requiere informe que indique
diagnóstico, tratamiento si corresponde y certificación de estabilidad.
Contraindicación Absoluta:
• Vasculitis confirmada.
• Arteriopatía vasomotora confirmada.
• Alteración no corregible ni compensada de visión de profundidad.
• Amputaciones (el foco se debe fijar en la evaluación funcional):
- EEII: sobre rodilla unilateral o bajo rodilla bilateral.
- EESS que implique compromiso de capacidad de prehensión palmar bilateral.
• Secuela neurológica relevante de tipo motor a nivel de extremidades.
• Alteración electrocardiográfica que, en informe, el cardiólogo indique que predispone síncope.
• Síndrome Vertiginoso no recuperable.
6.16. Altura Física Sobre 10 Metros.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Glicemia en ayunas.
• Hemograma.
• Perfil lipídico.
• Optometría.
• ECG de reposo para todas las edades.
• VIII Par.
• Aversión al riesgo.
Contraindicación Transitoria:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg.
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
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• Antecedente de tipo neurológico tales como síncope, mareos, AVE, TIA.
- Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico que indique etiología, manejo, existencia de
factores de riesgo actuales y evidenciar compensación de los mismos.
• Antecedente de Síndrome vertiginoso agudo o crónico.
- Solicitar informe de otorrinolaringología que indique diagnóstico, estudio realizado, tratamiento indicado y
capacidad de recuperación.
• Alteración pruebas de equilibrio o Generar interconsulta a otorrinolaringología.
- Neurología, dependiendo de la causa estimada, por su previsión solicitando estudio e informe médico que
indique hallazgos más prueba VIII par.
• Alteración relevante de examen clínico, tales como claudicación a la marcha de relevancia funcional, déficit de fuerza
de extremidades de contra resistencia (bajo M4 al examen motor):
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder.
• Embarazo:
- En caso de sospecha de embarazo, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a
f f z x íf (βHCG).
- Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución.
• IMC igual o mayor a 35/Peso superior a 136 kg.
• Epilepsia o antecedente de epilepsia:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras
no tenga certificado de alta de neurólogo.
• Deficiencia visión de lejos AO (Topcorn <6 o VT21 <5):
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación.
- En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro.
• Alteración estereopsis:
- Visión de profundidad o Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y emisión de
informe que indique diagnóstico documentado, tratamiento si corresponde y probabilidad de recuperación.
- E í “ j ” 5 6 ñ ,
requiere la certificación del diagnóstico y el eventual desarrollado de mecanismos de compensación.
• Alteración de Perimetría o campimetría clínica:
- Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para
reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe
adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este
parámetro.
• Alteración de ECG
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e
informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, debe adjuntar exámenes realizados en
reevaluación.
• Marcapaso con implante menor a 6 meses:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud solicitando certificado de funcionamiento adecuado frente
a demanda.
• Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia.
• Taquicardia/Bradicardia:
- En caso de que la evalua ≥ 90 x’ < 40 x’ f
informado por el electrocardiograma y repetir control durante la consulta médica.
• Compromiso nivel social de audición:
- Si durante la entrevista médica se pesquisa alteración del nivel social de audición se debe indicar la realización
de una audiometría, ingresándola a sistema. Si se confirma PTP mayor a 40 en ambos oídos, se debe dejar la
“ , ”
con OTR para evaluar compensación.
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Contraindicación Absoluta:
• Alteración no corregible ni compensada de visión de profundidad.
• Amputaciones (el foco se debe fijar en la evaluación funcional).
- EEII: sobre rodilla unilateral o bajo rodilla bilateral o EESS que implique compromiso de capacidad de prehensión
palmar bilateral.
• Secuela neurológica relevante de tipo motor a nivel de extremidades.
• Alteración electrocardiográfica que, en informe, el cardiólogo indique que predispone síncope.
• Síndrome Vertiginoso no recuperable.
• En el caso de trabajadores con nivel social de audición ya sea por uso de audífono o identificación por PTP alterado,
se debe indicar como observación en informe:
- “ , ”
• Si la audiometría realizada por determinarse alteración de nivel social de audición evidencia:
- I ≥15% “ x ”.
- I ≥8 <15 “ x ”.
• Discapacidad sensorial (sordo mudo):
- En caso de evaluar un trabajador sordo mudo, NO se debe considerar esta condición como causal de
, “ , se debe considerar uso de
”.
6.17. Gran Altura Geográfica (entre 3.000 y 5.500 m.s.n.m.).
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Glicemia en ayunas.
• Hemoglobina.
• Perfil lipídico.
• Creatinina.
• Radiografía de tórax PA (cada 5 años).
• ECG de reposo (todas las edades).
• Cálculo del Índice de Framingham.
• Cuestionario de Lake Louise
• Optometría
Contraindicación Transitoria:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• I C ≥ 35.
• IMC entre 30 y 34,9 más índice de Framingham entre 5 y 9%, según cálculo de simulador de riesgo CV:
- Se debe recomendar reducción de peso a IMC bajo 30.
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación y realización de test de esfuerzo. Para
reevaluación debe presentar test de esfuerzo que cumpla con las condiciones de reevaluación (punto 9.3).
• F h ≥10% R C alto según simulador de riesgo CV:
- Se debe recomendar corrección de factores de riesgo para cálculo modificable.
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación y realización de test de esfuerzo.
- Para reevaluación debe presentar test de esfuerzo que cumpla con las condiciones de reevaluación (punto
9.3).
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• Antecedente de patología cardiovascular, tales como síndrome anginoso, infarto agudo de miocardio,
miocardiopatía dilatada o hipertrófica, insuficiencia cardiaca, cirugía cardiaca, cardiopatía congénita,
hipertensión pulmonar, etc.:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e
informe que certifique diagnóstico, tratamiento si corresponde y evidencie condición de funcionalidad. Debe
adjuntar exámenes realizados en reevaluación.
• Alteración de ECG:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e
informe que certifique diagnóstico y tratamiento si corresponde. Debe adjuntar exámenes realizados en
reevaluación.
• Portador de marcapaso:
- Solicitar a especialista tratante informe que certifique que, en consideración a indicación de uso de marcapaso
y especialmente patología de base, la respuesta cardiovascular será adecuada ante la exigencia a la que se
expondrá.
• Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia
<126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7%.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por
sospecha diagnóstica.
• Antecedente de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie
compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7%.
• Velocidad de filtración glomerular <60 ml/min (fórmula Cockroft-Gault):
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
• Antecedente de accidente vascular encefálico (transitorio y/o con secuela):
- Solicitar a médico tratante informe médico que confirme diagnóstico, patología de base y tratamiento o
indicaciones, si corresponde.
• Apnea del Sueño:
- Solicitar a médico tratante informe médico que confirme diagnóstico e indique origen de patología.
• Hemoglobina:
Hombres: > 18,5 gr/dl, < 12 gr/dl
Mujeres: > 17,5 11 gr/dl, < 11 gr/dl
- Derivar a estudio y tratamiento por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe
médico y evidenciar normalización de parámetro mediante resultado de laboratorio.
• Triglicéridos >500 mg/dl:
- Derivar a estudio y tratamiento por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe
médico y evidenciar normalización de parámetro mediante resultado de laboratorio.
• Enfermedad Tromboembólica o antecedente de TVP reciente:
- Derivar a estudio por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico que
certifique hallazgos de evaluación, tratamiento indicado si corresponde, adjuntando exámenes
complementarios realizados.
• Alteración con significado clínico de Radiografía de Tórax:
- Derivar a estudio en sistema previsional de salud. Para reevaluación debe presentar informe médico que
certifique hallazgos de evaluación, tratamiento indicado si corresponde, adjuntando exámenes
complementarios realizados.
• Antecedente de Neumotórax espontáneo:
- Derivar a especialista por su sistema previsional de salud para evaluación y generación de informe que indique
antecedentes, hallazgos, conclusión diagnóstica y acompañar TAC de tórax. Se busca descartar enfermedad
bular o microbular.
• Enfermedad bular o microbular:
- Ante la confirmación, se debe mantener la contraindicación mientras no se resuelva.
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• Patologías psiquiátricas mayores (Psicosis, Neurosis, Claustrofobias, Depresión mayor):
- Solicitar informe de especialista que confirme diagnóstico e indique tratamiento, refiriéndose a
compensación, estabilidad y recomendación de especialidad en relación con la exposición a riesgo
(aislamiento social y geográfico).
• Embarazo:
- En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación
f f z x íf (βHCG).
- Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución.
• Epilepsia o antecedente de epilepsia:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico, con certificación de diagnóstico,
tratamiento indicado y condición de estabilidad, adherencia al tratamiento y periodo transcurrido desde
último evento.
• Alteración relevante de examen clínico:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder.
• Infección aguda del ámbito respiratorio o cuadro febril:
- Derivar a tratamiento por su sistema previsional de salud. Para reevaluación debe presentar informe que
indique diagnóstico, tratamiento realizado y evidencie total recuperación.
• Antecedentes de edema pulmonar o edema cerebral de montaña:
- Para reevaluación debe presentar estudio de tolerancia a hipobaria o prueba de cámara.
• L k L ≥ 6:
- Se debe reforzar anamnesis para aclarar causa de alteración (el puntaje no es condición de contraindicación
en sí) y evaluar eventual contraindicación en caso de que las alteraciones orienten a MAM complicado (cefalea
incapacitante, disnea severa, requerimiento de atención médica y suplementación de oxígeno) indicación
médica de descenso de urgencia.
Contraindicación Absoluta:
Toda patología relevante para el riesgo, que posterior a estudio complementario, objetive compromiso funcional no
reversible, tales como:
• IC con FE <55%.
• Insuficiencia Respiratoria.
6.18. Hiperbaria.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Glicemia en ayunas.
• Hemoglobina.
• Perfil lipídico.
• Radiografía de tórax AP.
• Optometría.
• ECG de reposo para todas las edades.
• Espirometría basal.
• Índice de Ruffier.
• Protrombina.
• GGPT.
• Radiografía de cavidades paranasales.
• Radiografía de hombros y pelvis.
• Aversión al riesgo.
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Contraindicaciones Transitorias:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• I C ≥ 35.
• IMC entre 30 y 34,9 más índice de Framingham entre 5 y 9%, según cálculo de simulador de riesgo CV:
- Se debe recomendar reducción de peso a IMC bajo 30.
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación y realización de test de esfuerzo. Para
reevaluación debe presentar test de esfuerzo que cumpla con las condiciones de reevaluación (punto 9.3).
• F h ≥10% R C alto según simulador de riesgo CV o Se debe recomendar corrección
de factores de riesgo para calculo modificables:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación y realización de test de esfuerzo. Para
reevaluación debe presentar test de esfuerzo que cumpla con las condiciones de reevaluación (punto 9.3).
• Antecedente de patología cardiovascular, tales como síndrome anginoso, infarto agudo de miocardio,
miocardiopatía dilatada o hipertrófica, insuficiencia cardiaca, cirugía cardiaca, cardiopatía congénita,
hipertensión pulmonar, etc.:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e
informe que certifique diagnóstico, tratamiento si corresponde y evidencie condición de funcionalidad. Debe
adjuntar exámenes realizados en reevaluación.
• Alteración de ECG:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e
informe que certifique diagnóstico y tratamiento si corresponde. Debe adjuntar exámenes realizados en
reevaluación.
• Portador de marcapaso:
- Solicitar a especialista tratante informe que certifique que, en consideración a indicación de uso de marcapaso
y especialmente patología de base, la respuesta cardiovascular será adecuada ante la exigencia a la que se
expondrá.
• Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia
<126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7%.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por
sospecha diagnóstica.
• Antecedente de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie
compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7%.
• Velocidad de filtración glomerular <60 ml/min (fórmula Cockroft-Gault):
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
• Antecedente de accidente vascular encefálico (transitorio y/o con secuela):
- Solicitar a médico tratante informe médico que confirme diagnóstico, patología de base y tratamiento o
indicaciones, si corresponde.
• Apnea del Sueño:
- Solicitar a médico tratante informe médico que confirme diagnóstico e indique origen de patología.
• Hemoglobina:
Hombres: > 18,5 gr/dl, < 12 gr/dl.
Mujeres: > 17,5 11 gr/dl, < 11 gr/dl.
- Derivar a estudio y tratamiento por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe
médico y evidenciar normalización de parámetro mediante resultado de laboratorio.
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• Triglicéridos >500 mg/dl:
- Derivar a estudio y tratamiento por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe
médico y evidenciar normalización de parámetro mediante resultado de laboratorio.
• Enfermedad Tromboembólica o antecedente de TVP reciente:
- Derivar a estudio por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico que
certifique hallazgos de evaluación, tratamiento indicado si corresponde, adjuntando exámenes
complementarios realizados.
• Alteración con significado clínico de Radiografía de Tórax:
- Derivar a estudio en sistema previsional de salud. Para reevaluación debe presentar informe médico que
certifique hallazgos de evaluación, tratamiento indicado si corresponde, adjuntando exámenes
complementarios realizados.
• Antecedente de Neumotórax espontáneo:
- Derivar a especialista por su sistema previsional de salud para evaluación y generación de informe que indique
antecedentes, hallazgos, conclusión diagnóstica y acompañar TAC de tórax. Se busca descartar enfermedad
bular o microbular.
• Enfermedad bular o microbular:
- Ante la confirmación, se debe mantener la contraindicación mientras no se resuelva.
• Patologías psiquiátricas mayores (Psicosis, Neurosis, Claustrofobias, Depresión mayor):
- Solicitar informe de especialista que confirme diagnóstico e indique tratamiento, refiriéndose a
compensación, estabilidad y recomendación de especialidad en relación con la exposición a riesgo
(aislamiento social y geográfico).
• Embarazo:
- En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación
f f z x íf (βHCG).
- Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución.
• Epilepsia o antecedente de epilepsia:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico, con certificación de diagnóstico,
tratamiento indicado y condición de estabilidad, adherencia al tratamiento y periodo transcurrido desde
último evento.
• Alteración relevante de examen clínico:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder.
• Infección aguda del ámbito respiratorio o cuadro febril:
- Derivar a tratamiento por su sistema previsional de salud. Para reevaluación debe presentar informe que
indique diagnóstico, tratamiento realizado y evidencie total recuperación.
• Antecedentes de edema pulmonar o edema cerebral de montaña:
- Para reevaluación debe presentar estudio de tolerancia a hipobaria o prueba de cámara.
• L k L ≥ 6 f z de alteración (el
puntaje no es condición de contraindicación en sí) y evaluar eventual contraindicación en caso de que las
alteraciones orienten a MAM complicado (cefalea incapacitante, disnea severa, requerimiento de atención
médica y suplementación de oxígeno, indicación médica de descenso de urgencia, etc.).
Contraindicaciones Absolutas:
Toda patología relevante para el riesgo, que posterior a estudio complementario, objetive compromiso funcional no
reversible, tales como:
• Insuficiencia cardíaca con FE <55%
• Insuficiencia Respiratoria
Código: DIR-SSO-008
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6.19. Fatiga y Somnolencia.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• IMC.
• Perímetro de Cuello.
• Perímetro de Cintura.
• Encuesta de Epworth.
• Oximetría de Pulso.
• Estudio de Trastornos del sueño en caso de oximetría alterada.
• ECG
• Glicemia
Contraindicación Transitoria:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• I C ≥ 40.
• Epilepsia o antecedente de epilepsia:
- Derivar a especialista por su previsión solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras
no tenga certificado de alta de neurólogo.
• Alteración de ECG:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e
informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, en la reevaluación debe adjuntarse los
exámenes realizados.
• Antecedente de patología cardiovascular (como por ejemplo portador de prótesis valvular, insuficiencia
cardiaca, cardiopatía congénita):
- Informe de cardiólogo que certifique compensación y descarte riesgo de compromiso de conciencia.
• Escala de somnolencia de Epworth igual o mayor a 9:
- Derivar a evaluación por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico
que indique causa de alteración, confirmación o descarte de patología de sueño y tratamiento si corresponde.
• Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia
<126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años
- Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por
sospecha diagnóstica.
• Antecedente de Diabetes Tipo 2 no insulino requirente:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie
compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y
<8% en mayores de 60 años.
Contraindicación Absoluta:
• Diabetes Mellitus tipo I y tipo II insulino requirente.
• Cualquier enfermedad no tratada que produzca:
- Crisis de compromiso de conciencia, cualquiera sea su causa.
- Incapacidad de efectuar movimientos voluntarios que impidan actuar con rapidez y precisión que la
conducción requiera.
- Movimientos involuntarios.
• SAHOS no tratado.
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6.20. Brigadista de Rescate.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Glicemia en ayunas.
• Espirometría basal.
• Optometría.
• Creatinina.
• Índice de Ruffier.
• ECG de reposo (todas las edades).
• Aversión al riesgo.
Contraindicación Transitoria:
• Antecedente de tipo neurológico tales como síncope, mareos, AVE, TIA:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico que indique etiología, manejo, existencia
de factores de riesgo actuales y evidenciar compensación de estos.
• Antecedente de Síndrome vertiginoso agudo o crónico:
- Solicitar informe de otorrinolaringología que indique diagnóstico, estudio realizado, tratamiento indicado y
capacidad de recuperación.
• Alteración relevante de examen clínico, tales como claudicación a la marcha, déficit de fuerza de extremidades
de contra resistencia (bajo M4 al examen motor):
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder.
• Alteración de prueba de equilibrio:
- Derivar a evaluación a través de su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe
médico que indique conclusión de evaluación, diagnóstico y tratamiento si corresponde, estimación de
evolución y adjuntar resultado de prueba de VIII Par.
• Alteración de nivel social de audición, confirmada con alteración de PTP:
- Derivar a otorrinolaringología para evaluación y compensación, si corresponde. Para reevaluación, debe
presentar, junto con informe médico, audiometría de campo libre si se indica audífonos.
• Embarazo:
- En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación
f f z x íf (βHCG)
- Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta su término.
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• I C ≥ 35.
• I C ≥ 30 :
- Debe bajar de peso o bien presentar test de esfuerzo que cumpla los parámetros definidos para ser calificado
como normal.
• Riesgo Cardiovascular alto:
- Debe presentar test de esfuerzo que cumpla los parámetros definidos para ser calificado como normal y
acreditar tratamiento de factores de riesgo.
• Epilepsia o antecedente de epilepsia:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras
no tenga certificado de alta de neurólogo.
• Deficiencia visión de lejos AO (Topcorn <6 o VT21 <5):
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación.
Código: DIR-SSO-008
Directriz de Salud Ocupacional
Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022
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- En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro.
• Visión de profundidad alterada:
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y emisión de informe que indique
diagnóstico documentado, tratamiento si corresponde y probabilidad de recuperación.
- En casos de ambliopía (alteración visual unilateral ocurrida en la infancia, antes del desarrollo de la agudeza
visual definitiva (5 a 6 años), un médico oftalmólogo debe certificar que ha desarrollado mecanismos de
compensación.
• Alteración de Perimetría o campimetría clínica:
- Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para
reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe
adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este
parámetro.
• ECG alterado:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e
informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, debe adjuntar exámenes realizados en
reevaluación.
• Marcapaso con implante menor a 6 meses:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud solicitando certificado de funcionamiento adecuado
frente a demanda.
• Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia
<126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por
sospecha diagnóstica.
• Antecedente de Diabetes Tipo 2 no insulino requirente:
- Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie
compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y
<8% en mayores de 60 años.
• Sospecha de alteración del ánimo, trastorno de la personalidad u otras patologías psiquiátricas relevantes para
este riesgo:
- Se debe derivar, con interconsulta, a psiquiatría. Para reevaluación se requiere informe que indique
diagnóstico, tratamiento si corresponde y certificación de estabilidad.
• Í R ff ≥ 10 z :
- Para reevaluación se debe verificar mejora de la condición aeróbica. En caso de que la alteración se haya
producido acompañada de alguna sintomatología, debe ser derivado al especialista correspondiente.
• Alteración de espirometría de cualquier variable por separado:
- Generar interconsulta por su previsión de salud solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico
y tratamiento en caso de corresponder.
Contraindicación Absoluta:
• Alteración no corregible de visión de profundidad.
• Alteración motora no recuperable a nivel de extremidades que altere la capacidad de reacción y de fuerza.
• Secuela neurológica relevante de tipo motor a nivel de extremidades.
• Alteración electrocardiográfica en que informe de cardiólogo confirme la predisposición a síncope.
• Diabetes Tipo 1 y Tipo 2 insulino requirente.
• Síndrome vertiginoso crónico no recuperable.
• Compromiso social de audición no corregible.
• I f CF ≥II.
Código: DIR-SSO-008
Directriz de Salud Ocupacional
Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022
-091-2019
34
6.21. Telecontrolador de Tareas Críticas.
Batería de Evaluación:
• Declaración de Salud.
• Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla).
• Control médico.
• Glicemia en ayunas.
• Optometría.
• ECG de reposo.
• Creatinina.
• Encuesta de Epworth.
• Psicosensométrico riguroso.
• Batería de fatiga y somnolencia.
Contraindicación Transitoria:
• Cifras tensionales >139/>89 mmHg.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha
diagnóstica.
• Epilepsia o antecedente de epilepsia:
- Derivar a especialista por su previsión solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras
no tenga certificado de alta de neurólogo.
• Deficiencia visión de lejos AO (<0,6):
- Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación.
- En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro.
• Alteración de ECG:
- Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e
informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, en la reevaluación debe adjuntarse los
exámenes realizados.
• Compromiso nivel social de audición:
- Si se pesquisa alteración del nivel social de audición se debe indicar la realización de una audiometría,
ingresándola a sistema.
• í T ( T ) í , ≥40 B ( íf ):
- Derivar a otorrinolaringólogo por su sistema previsional de salud para evaluación y compensación. Para la
reevaluación debe presentar informe, audición compensada y prueba de confirmación (audiometría de campo
libre o prueba de audífono en caso de corresponder).
• E E w h ≥9:
- Derivar a evaluación por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico
que indique causa de alteración, confirmación o descarte de patología de sueño y tratamiento si corresponde.
• Velocidad de filtración glomerular calculado <30 ml/min (fórmula Cockroft-Gault):
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico,
justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es
el caso.
• Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.:
- Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y
tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia
<126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años.
- Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por
sospecha diagnóstica.
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  • 1. Directriz Técnica de Salud Ocupacional Salud Compatible DIR-SSO-008 Gerencia Corporativa de Seguridad y Salud Ocupacional NOTA DE CONFIDENCIALIDAD Este documento contiene información de propiedad de Antofagasta Minerals S.A. que ha sido preparada estrictamente con el propósito de ser utilizada en las operaciones de la Compañía y no podrá ser proporcionada o revelada parcial o totalmente a terceros sin autorización expresa por parte de la Compañía.
  • 2. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 2 Contenido 1. OBJETIVO ...................................................................................................................................................................... 4 2. ALCANCE ....................................................................................................................................................................... 4 3. DEFINICIONES................................................................................................................................................................ 4 4. GESTIÓN DE EVALUACIONES DE SALUD ......................................................................................................................... 5 4.1. EVALUACIONES PRE-OCUPACIONALES .................................................................................................................... 5 4.2. EVALUACIONES OCUPACIONALES Y VIGILANCIA MÉDICA ....................................................................................... 7 4.3. EVALUACIONES DE EGRESO DERIVADAS DE VIGILANCIA MÉDICA ........................................................................... 8 5. INFORMES Y ANÁLISIS DE RESULTADOS DE EVALUACIONES DE SALUD.......................................................................... 8 6. ANEXOS......................................................................................................................................................................... 9 6.1. Sin condición de riesgo laboral................................................................................................................................ 9 6.2. Neblinas ácidas. ...................................................................................................................................................... 9 6.3. Arsénico................................................................................................................................................................ 10 6.4. Plomo. .................................................................................................................................................................. 11 6.5. Otros Metales....................................................................................................................................................... 12 6.6. Radiaciones Ionizantes.......................................................................................................................................... 13 6.7. Ruido. ................................................................................................................................................................... 14 6.8. Sílice. .................................................................................................................................................................... 14 6.9. Conducción de Vehículos Livianos o No Profesional.............................................................................................. 15 6.10. Conducción Profesional, Operación de Equipos o Maquinaria Pesada. ............................................................. 16 6.11. Operación de Equipos Fijos con Partes Móviles y Puente Grúa. ........................................................................ 18 6.12. Espacios Confinados. ........................................................................................................................................ 19 6.13. Temperaturas Extremas: Frío en Recintos Cerrados No Calefaccionables. ........................................................ 21 6.14. Temperaturas Extremas: Calor (Expuesto a Fuentes Generadoras de Calor)..................................................... 21 6.15. Altura Física Sobre 1,8 metros. ......................................................................................................................... 23 6.16. Altura Física Sobre 10 Metros. .......................................................................................................................... 24 6.17. Gran Altura Geográfica (entre 3.000 y 5.500 m.s.n.m.). .................................................................................... 26
  • 3. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 3 6.18. Hiperbaria......................................................................................................................................................... 28 6.19. Fatiga y Somnolencia........................................................................................................................................ 31 6.20. Brigadista de Rescate........................................................................................................................................ 32 6.21. Telecontrolador de Tareas Críticas.................................................................................................................... 34 6.22. Vigilante Privado o Guardia de Seguridad......................................................................................................... 35
  • 4. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 4 1. OBJETIVO Establecer los requerimientos mínimos obligatorios que se deben cumplir para cautelar la condición de salud de los trabajadores en el desarrollo de sus funciones, contribuyendo de esta forma a la prevención de accidentes del trabajo y de enfermedades profesionales. 2. ALCANCE Esta Directriz entrega lineamientos a seguir y es aplicable a todos quienes se desempeñen las Compañías (entendiéndose por tales, de manera conjunta a Minera Los Pelambres, Compañía Minera Zaldívar SpA, Minera Centinela, Minera Antucoya, Antofagasta Minerals S.A. y el Ferrocarril de Antofagasta a Bolivia o “FCAB”; o individualmente cualquiera una de ellas como la “Compañía”). Laadministración de cada una de estas empresas deberá implementar y supervisar los procedimientos de gestión de salud ocupacional que se indican en esta Directriz y en los instrumentos de gestión de Salud y Seguridad Ocupacional que determine la ley, para el personal propio y contratista. Corresponde a la gestión de cada una de esas empresas, el adoptar las medidas que tiendan a la implementación o supervisión de esta Directriz. Los requerimientos contenidos en este documento no reemplazan, bajo ningún punto de vista, algún requisito o disposición legal o reglamentaria vigente en Chile. Antofagasta Minerals podrá cambiar, modificar o agregar cualquier especificación durante la etapa de la ejecución de la obra, faena o servicio, que responda a exigencias legales, reglamentarias o normativas, promulgadas durante la vigencia del contrato o subcontrato, y que sirva o vaya en beneficio de la salud e integridad de los trabajadores contratistas o subcontratistas. Los cambios deberán ser comunicados al contratista o subcontratista de manera formal y en forma oportuna. 3. DEFINICIONES Agentes de Riesgos: Elementos o sustancias físicas, químicas o biológicas presentes en el ambiente de trabajo con potencial de producir deterioro a la salud de las personas. Evaluación pre-ocupacional: Evaluación médica que se realiza a los postulantes a un cargo, quienes aún no tienen la calidad de trabajadores de la empresa a la que postulan. El contenido de dicha evaluación se relaciona con los agentes o condiciones a los que estarían expuestos en el ejercicio de ese cargo, con el objetivo de determinar si tienen, o no, una salud compatible para desempeñarlo. Evaluación Ocupacional de pre-exposición (de base): Evaluación médica que se realiza a los trabajadores con contrato vigente, que estén postulando a un cambio de puesto de trabajo o de función, que implique exposición a nuevos agentes y/o condiciones de riesgo respecto de los cuales no tienen una evaluación de salud vigente, por lo que es necesario determinar si su salud es compatible para dicha área. Evaluación Ocupacional de Seguimiento: Evaluación médica que se realiza a los trabajadores con contrato vigente, con el objeto de determinar la presencia de patologías que pudiesen complicarse por la exposición a agentes o factores que existan o hayan existido en su lugar de trabajo, o detectar factores de riesgo que los hagan más vulnerables. Programa de Vigilancia Médica Ocupacional (PVMO): Programa de evaluaciones de salud, en el cual el organismo administrador de la ley debe incorporar a los trabajadores expuestos a los agentes de riesgos, para detectar efectos en la salud derivados de la exposición. Evaluación de egreso programa de vigilancia: Evaluación de salud que se realiza al término de la exposición del trabajador. Grupos de Exposición Similar (GES): Conjunto de trabajadores que realizan las mismas tareas bajo similares condiciones de organización del trabajo, de operación, controles, medidas de mitigación, factores o condiciones ambientales, entre otros y que por ello se exponen de manera similar a uno o más agentes, factores o condiciones de riesgo presentes en su ambiente laboral.
  • 5. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 5 Puesto de Trabajo: Denominación funcional que recibe un conjunto de tareas realizadas bajo similares condiciones de organización del trabajo, operación, controles, medidas de mitigación, factores o condiciones ambientales, entre otros. Salud Compatible: Condición de salud que, a través de resultados de exámenes médicos establecidos, acreditan la compatibilidad del trabajador para ejercer el trabajo al cual postula o efectúa habiéndose considerado los agentes de riesgos ocupacionales, condición y cargos de riesgo. Además, esta evaluación aporta información para monitorear y gestionar la salud integral del trabajador. Organismo administrador de la Ley N° 16.744: Es aquella institución que otorga las prestaciones médicas, preventivas y económicas que establece la Ley 16.744 a los trabajadores dependientes, así como a los trabajadores independientes que coticen para este Seguro. 4. GESTIÓN DE EVALUACIONES DE SALUD La gestión de salud compatible involucra la realización de las evaluaciones de salud pre-ocupacional (candidatos, previo a contratación), ocupacional, vigilancia médica y evaluaciones de egreso. El resultado de las evaluaciones de salud determinará si los candidatos y trabajadores cuentan o no con salud compatible con las exigencias laborales, con relación al riesgo, condición y un cargo determinado. De esta forma, permite que las áreas responsables, tanto del trabajador que se está por contratar, como el que lleva tiempo en la organización, puedan gestionar en cada caso y movilicen la toma de decisiones en el proceso de contratación o de contraindicación, según sea el caso. La responsabilidad de establecer la compatibilidad de salud es del médico que realiza la evaluación clínica y emite el certificado respectivo, perteneciente al prestador de salud definido por la Compañía. La responsabilidad del equipo de salud ocupacional de la Compañía es revisar si la compatibilidad señalada por el prestador de salud se ajusta a las baterías de exámenes y/o a los criterios de contraindicación establecidos a través de esta directriz. No es responsabilidad del equipo de salud ocupacional de las Compañías validar la condición clínica del postulante o del trabajador. La aplicación de los exámenes de salud y la generación de un informe de resultados deberán ser proporcionadas por prestador de salud vigente. Todos los exámenes de salud deberán ser realizados según las baterías y los alcances estipulados en esta directriz, los cuales se establecen en base al Acuerdo de Homologación que defina Antofagasta Minerals con APRIMIN y/o los Organismos administrador de la Ley N° 16.744. 4.1. EVALUACIONES PRE-OCUPACIONALES a. La evaluación de salud pre-ocupacional se deberá realizar en los Organismos administradores de la Ley N°16.744 o en los centros de salud autorizados. b. La vigencia del examen pre-ocupacional es de un año. c. Es aquel que se realiza a todo postulante antes de ser contratado, donde se evalúa la condición física y psicológica a través de un conjunto de exámenes de laboratorio clínico, funcionales, imágenes yotros de apoyo diagnóstico para determinar si el trabajador posee, o no, contraindicaciones para desempeñar el cargo al cual postula. d. Debe ser realizado con la finalidad de proteger la integridad física y salud de los postulantes y conocer si los mismos tienen una salud compatible con el cargo en relación al agente de riesgo, condición y cargo determinado a los que estarán expuestos. e. Para certificar lo anterior, las Compañías, las empresas contratistas y subcontratistas, a través de sus organismos administradores u otro organismo validado por las autoridades competentes y con sus certificaciones pertinentes, deben realizar exámenes pre–ocupacionales antes de la contratación. Para estos efectos Antofagasta Minerals definirá los requisitos mínimos legales para la validación del centro evaluador de salud en documento especial para estos efectos. f. Cada compañía deberá revisar y formalizar la condición de aceptación del centro evaluador de salud. g. El proceso de las evaluaciones pre-ocupacionales será gestionado de acuerdo con el Diagrama 1.
  • 6. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 6 h. Para obtener la batería de evaluación pre-ocupacional, se utilizará una herramienta digital que permitirá asignar los agentes, condiciones y cargos de riesgo que tendrá el postulante de acuerdo con la exposición laboral del puesto al cual postula. i. Las evaluaciones pre-ocupacionales incluirán la evaluación de alcohol y drogas, conforme a la directriz de la Compañía. Diagrama 1 Proceso de evaluaciones Pre-Ocupacionales * Prestadores de salud que cumplan requisitos **Valida: Revisar si la compatibilidad señalada por el prestador de salud se ajusta a las baterías de exámenes y/o a los criterios de contraindicación establecidos por AMSA.
  • 7. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 7 4.2. EVALUACIONES OCUPACIONALES Y VIGILANCIA MÉDICA a. Estas evaluacionesseránrealizadasporelOrganismoadministradordelaLeyN°16.744alquelaCompañíaseencuentre adherido o por el prestador de salud que ella defina. b. Las evaluaciones ocupacionales y vigilancia médica serán gestionadas como parte del Proceso de Medicina Preventiva según lo señalado en el Diagrama 2. c. Las evaluaciones ocupacionales se realizarán conforme a lo señalado en el Anexo 1: “Baterías de Exámenes Pre- Ocupacionales y Ocupacionales y sus contraindicaciones”. El prestador debe ajustarse estrictamente a las baterías y criterios establecidos, además, deberá resolver si el trabajadortiene o no salud compatible en relación con el agente de riesgo, condición y al cargo que se solicitó evaluar, emitiendo el respectivo informe de evaluación de salud. d. Estas evaluaciones también se realizarán a los trabajadores que postulen a un cambio de puesto de trabajo dentro de la empresa llamados “Exámenes Ocupacionales de Pre-Exposición” ya aquellos cuyo examen pre-ocupacional pierdasu vigencia, llamados “Exámenes Ocupacionales de Seguimiento”, en relación con el agente de riesgo, condición y cargo a los que están expuestos. e. La periodicidad de las evaluaciones es cada 1, 2 o 3 años dependiendo del agente, condición o cargo de riesgo, la edad del trabajador el nivel de riesgo. f. La periodicidad por edad corresponde al criterio definido por la Superintendencia de Seguridad Social, esto es: • <40 años: Cada tres años • Entre 40 y 55 años: Cada dos años • >55 años: Anual g. Paralosexámenes depreexposiciónalostrabajadoresquepostulenauncambiodepuesto,seaestadentrodelamisma Compañía u otra, el examen tendrá los siguientes criterios de revisión: • Se podrá utilizar los exámenes Pre-Ocupacionales para postular al cambio solo si está vigente y que el cargo al cual postula posee los mismos factores de riesgos, si los procesos son diferentes, debe realizar un examen nuevo o agregar la batería faltante o puntual al riesgo. • Si el cargo nuevo al cual postula posee un proceso y factores de riesgos diferentes a su cargo actual, deberá realizar una evaluación médica nueva o agregar la batería faltante o puntual al riesgo. h. Las evaluaciones ocupacionales incluirán la evaluación de alcohol y drogas; conforme a la directriz de la Compañía. Diagrama 2 Proceso Medicina Preventiva “Valida los resultados”: Revisar si la compatibilidad señalada por el prestador de salud se ajusta a las baterías de exámenes y/o a los criterios de contraindicación establecidos por AMSA.
  • 8. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 8 4.3. EVALUACIONES DE EGRESO DERIVADAS DE VIGILANCIA MÉDICA a. Esta evaluación será realizada por el Organismo administrador de la Ley N° 16.744 al que la Compañía se encuentre adherido. b. Las evaluaciones de egreso serán gestionadas según lo señalado en el Diagrama 3. c. Podrá validarse como examen de egreso, las evaluaciones de vigilancia que cumplan la periodicidad según normativa vigente para término de exposición. Diagrama 3 Proceso Evaluaciones de Egreso 5. INFORMES Y ANÁLISIS DE RESULTADOS DE EVALUACIONES DE SALUD El informe de evaluación de salud deberá contener, a lo menos, la siguiente información: - Nombre y Razón Social de la Empresa. - Nombre completo y RUT del trabajador evaluado. - Fecha de realización de la evaluación de salud. - Fecha de emisión del informe. - Fecha de vigencia del informe. - Puesto de trabajo, cargo. - Listado de los agentes, condiciones o cargos de riesgo evaluados. - Nombre de la entidad que emite el informe. - Nombre y firma del profesional que emite el informe. - Conclusión: la conclusión del informe debe señalar si el postulante o trabajador tiene o no salud compatible para desempeñarse expuesto al agente o condición específica para la que fue evaluado. La Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional de la Compañía deberá analizar sistemáticamente la información disponible de las evaluaciones de salud. Los resultados de los análisis deberán generar planes de acción para la gestión de los casos.
  • 9. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 9 6. ANEXOS Anexo 1 “Baterías de Exámenes Pre-Ocupacionales, Ocupacionales y sus Contraindicaciones” 6.1. Sin condición de riesgo laboral. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, oximetría, peso y talla, IMC, perímetro cuello y perímetro cintura). • Control médico. • Optometría. • Glicemia. • Perfil lipídico. • Radiografía tórax. • Espirometría basal. • ECG en reposo. • Índice de Framingham. • Audiometría. • Creatinina. • Evaluación de A&D. Observaciones: • Dadas sus características no presenta causales de contraindicación, sólo recomendaciones médicas. • Según hallazgos clínicos, el médico está facultado para entregar recomendaciones de salud y derivar a interconsultas o según parámetros de la propia compañía, contraindicar temporalmente hasta cumplir las condiciones médicas. • Esta evaluación corresponde a una batería base. Las compañías pueden complementarla con exámenes adicionales, para realizar una gestión integral de la salud de los trabajadores. 6.2. Neblinas ácidas. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Encuesta de Síntomas Respiratorios. • Radiografía de tórax PA. • Espirometría basal. Contraindicación transitoria: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Encuesta de síntomas respiratorios positiva para asma o bronquitis: - Generar interconsulta por su previsión de salud solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder.
  • 10. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 10 • Embarazo: - En caso de sospecha de embarazo, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a f f z x íf (βHCG). - Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución. Contraindicación Absoluta: • Asma confirmada. • Hiperreactividad bronquial crónica no reversible, bronquitis crónica. • Antecedentes de patología neoplásica de vía respiratoria. • Dermatosis crónica en zonas expuestas (no cubiertas por EPP). 6.3. Arsénico. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • ALT (Alanina aminotransferasa)/GPT Transaminasa Glutámico-Pirúvica Sérica) • Protrombina. • Creatinina. • Orina completa • Arsénico inorgánico en orina. Contraindicación transitoria: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Arsénico Inorgánico >50 ug/g.: - Si la evaluación es Pre-Ocupacional, se debe analizar en primera instancia factores laborales. - Si trabaja en otra empresa se debe derivar a Medicina del Trabajo para evaluación. - Si se desempeñó con exposición conocida o no a arsénico hasta 5 días antes, se debe derivar a MDT para evaluación. - Si de descarta exposición laboral de más de 5 días se debe analizar factores de tipo personal como son, principalmente, vivir en zona contaminada e insuficiencia renal, en cuyo caso, se debe derivar a sistema previsional de salud e indicar como requerimiento de reevaluación la presentación de nuevo resultado de laboratorio que evidencie normalización del parámetro. - Si la evaluación es ocupacional de pre-exposición, se debe derivar a Medicina del Trabajo para evaluación. • Elevación moderada o severa de transaminasas: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso. • Velocidad de filtración glomerular calculado <30 ml/min: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso.
  • 11. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 11 • Velocidad de filtración glomerular calculado entre 30 y 60 ml/min asociado a patología crónica que pueda producir daño renal (como por ejemplo HTA, DM, patología autoinmune): - Generar interconsulta por su previsión en que se solicite estudio e informe médico que indique diagnóstico, tratamiento indicado y certifique estabilidad y adherencia al tratamiento y control. • Antecedente de patología neurológica: - Solicitar informe de neurólogo que haga referencia a diagnóstico, tratamiento si corresponde, estabilidad, indique secuelas si aplica y pronóstico. • Alteración de examen clínico que oriente a patología renal, hepática y/o neurológica (examen motor, sensitivo y reflejos OTS): - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder. • Embarazo/Lactancia: - En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación con informe que confirme o descarte embarazo x íf (βHCG). - Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta su término. Contraindicación Absoluta: • Antecedentes de patología neoplásica de cualquier origen. • Insuficiencia Hepática Crónica. • Daño Renal Crónico. 6.4. Plomo. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud específica. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Hemoglobina. • ALT/GPT • Protrombina. • Creatinina. • Plomo en sangre. Contraindicación Transitoria: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • ≥40 μ /100 : - Derivar a sistema previsional de salud para estudio de causa de alteración de parámetro. Indicar como requerimiento de reevaluación la presentación de un informe que aclare causa de elevación y el tratamiento realizado si correspondiere más el resultado de laboratorio que evidencie la normalización del parámetro. • Anemia: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso. • Elevación moderada o severa de transaminasas: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso.
  • 12. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 12 • Alteración de Protrombina: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso. • Velocidad de filtración glomerular calculado <30 ml/min: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso. • Velocidad de filtración glomerular calculado entre 30 y 60 ml/min asociado a patología crónica que pueda producir daño renal (como por ejemplo HTA, DM, patología autoinmune): - Generar interconsulta por su previsión en que se solicite estudio e informe médico que indique diagnóstico, tratamiento indicado y certifique estabilidad y adherencia al tratamiento y control. • Antecedente de patología neurológica: - Solicitar informe de neurólogo que haga referencia a diagnóstico, tratamiento si corresponde, estabilidad, indique secuelas si aplica y pronóstico. • Alteración de examen clínico que oriente a patología renal, hepática y/o neurológica (examen motor, sensitivo y reflejos OTS): - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder. • Embarazo/Lactancia: - En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación con informe que confirme o descarte embarazo y x íf (βHCG) - Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución. Contraindicación Absoluta: • Insuficiencia Hepática Crónica. • Hepatitis crónica independiente del grado de funcionalidad. • Daño Renal Crónico. • Secuela neurológica relevante de tipo motor y/o sensitivo. 6.5. Otros Metales. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud específica. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Hemoglobina. • ALT/GPT. • Protrombina. • Creatinina. • Indicador biológico del metal en exposición (Cadmio, Cromo, Manganeso, Mercurio). Contraindicación Transitoria: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica.
  • 13. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 13 • Anemia: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso. • Elevación moderada o severa de transaminasas: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso. • Alteración de Protrombina: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso. • Velocidad de filtración glomerular calculado <30 ml/min: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso. • Velocidad de filtración glomerular calculado entre 30 y 60 ml/min asociado a patología crónica que pueda producir daño renal (como por ejemplo HTA, DM, patología autoinmune): - Generar interconsulta por su previsión en que se solicite estudio e informe médico que indique diagnóstico, tratamiento indicado y certifique estabilidad y adherencia al tratamiento y control. • Antecedente de patología neurológica: - Solicitar informe de neurólogo que haga referencia a diagnóstico, tratamiento si corresponde, estabilidad, indique secuelas si aplica y pronóstico. • Alteración de examen clínico que oriente a patología renal, hepática y/o neurológica (examen motor, sensitivo y reflejos OTS): - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder. • Embarazo/Lactancia: - En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación f f z x íf (βHCG) - Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución. Contraindicación Absoluta: • Insuficiencia Hepática Crónica. • Hepatitis crónica independiente del grado de funcionalidad. • Daño Renal Crónico. • Secuela neurológica relevante de tipo motor y/o sensitivo. 6.6. Radiaciones Ionizantes. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud específica. • Control médico. • Hemograma completo con recuento de reticulocitos y plaquetas. Contraindicación Transitoria: • Alteración de hemograma de cualquier serie hematológica: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder.
  • 14. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 14 • Cataratas: - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y resolución. - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación, compensación e informe médico que descarte patología que no sea vicio de refracción (catarata, glaucoma). • Embarazo: - En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación f f z x íf (βHCG). - Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución. Contraindicación Absoluta: • Antecedente de patología neoplásica de cualquier origen. 6.7. Ruido. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud específica. • Evaluaciones Pre-Ocupacionales; Audiometría de cámara audiométrica. • Evaluaciones Ocupacionales y Vigilancia Médica: Audiometría de terreno o cámara audiométrica. • Debe citarse a audiometría de confirmación a todas las audiometrías de terreno alteradas. Contraindicación Absoluta: • Audiometría en condiciones de f I ≥ 15%. 6.8. Sílice. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud específica. • Radiografía de tórax PA con técnica y lectura OIT. • Espirometría basal. Contraindicación Transitoria: • Cifras tensionales mayores a 139/89 mmHg. - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Alteración de espirometría de cualquier variable por separado: - Generar interconsulta por su previsión de salud solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. • Alteración de radiografía con relevancia clínica y/o sospecha de neumoconiosis (2° lectura con f ≠ 0/0): - Si es Pre-Ocupacional se debe generar interconsulta por su previsión de salud solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, más TAC tórax. - Si es Ocupacional de pre-exposición específica y hay sospecha de neumoconiosis, se debe derivar a Medicina de Trabajo para evaluación del caso. Contraindicación Absoluta: • Fibrosis pulmonar de cualquier causa. • Patología secuelar que implique daño de pulmonar, especialmente de parénquima, de relevancia.
  • 15. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 15 6.9. Conducción de Vehículos Livianos o No Profesional. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Escala de Somnolencia de Epworth. • Glicemia en ayunas. • Creatinina. • ECG de reposo >40 años. • Optometría. • Psicosensotécnico. • Batería fatiga y somnolencia. Contraindicación Transitoria: • Cifras tensionales mayores a 139/89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • IMC igual o mayor a 40. • Epilepsia o antecedente de epilepsia. - Derivar a especialista por su previsión solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras no tenga certificado de alta de neurólogo. • Deficiencia visión de lejos AO (Topcorn <6 o VT21 <5): - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación. - En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro. • Alteración estereopsis o Visión de profundidad: - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y emisión de informe que indique diagnóstico documentado, tratamiento si corresponde y probabilidad de recuperación. - E í “ j ” ilateral detectada antes de los 5 a 6 años, se requiere la certificación del diagnóstico y el eventual desarrollado de mecanismos de compensación. • Test de discriminación de colores alterado: - En estos casos debe evaluarse discriminación de colores primarios. - Si se evidencia alteración en la visión de colores primarios: derivar a oftalmólogo por su sistema previsional de salud para evaluación y confirmación o descarte de condición. • Alteración de Perimetría o campimetría clínica: - Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este parámetro. • Alteración de ECG: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, en la reevaluación debe adjuntarse los exámenes realizados. • Antecedente de patología cardiovascular (como por ejemplo portador de prótesis valvular, insuficiencia cardiaca, cardiopatía congénita): - Solicitar informe de cardiólogo que certifique compensación y descarte riesgo de compromiso de conciencia. • Compromiso nivel social de audición: - Si se pesquisa alteración del nivel social de audición se debe indicar la realización de una audiometría, ingresándola a sistema.
  • 16. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 16 • Audiometría con Promedio Tonal Puro ( T ) í , ≥40 B ( íf ): - Derivar a otorrinolaringólogo por su sistema previsional de salud para evaluación y compensación. Para la reevaluación debe presentar informe, audición compensada y prueba de confirmación (audiometría de campo libre o prueba de audífono en caso de corresponder). • E E w h ≥9: - Derivar a evaluación por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico que indique causa de alteración, confirmación o descarte de patología de sueño y tratamiento si corresponde. • Velocidad de filtración glomerular calculado <30 ml/min: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso. • Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia <126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. - Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Antecedente de Diabetes Tipo 2: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. • Sospecha de alteración del ánimo, trastorno de la personalidad u otras patologías psiquiátricas relevantes para este riesgo: - Se debe derivar, con interconsulta, a psiquiatría. Para reevaluación se requiere informe que indique diagnóstico, tratamiento si corresponde y certificación de estabilidad. • Alteración de examen físico de tipo motor o con relevancia clínica. • Contraindicaciones de fatiga y somnolencia. Contraindicación Absoluta: • Alteración de discriminación de colores primarios. • Alteración no recuperable de visión de estereopsis o profundidad. • Diabetes Mellitus Tipo I. • Velocidad de filtración glomerular menor a 15ml/min. • Cualquier enfermedad que produzca: - Crisis de compromiso de conciencia, cualquiera sea su causa. - Incapacidad de efectuar movimientos voluntarios que impidan actuar con rapidez y precisión que la conducción requiera. - Movimientos involuntarios. • Defecto de tipo anatómico o funcional, que con la mejor corrección imposibiliten la conducción. Contraindicaciones de fatiga y somnolencia. 6.10. Conducción Profesional, Operación de Equipos o Maquinaria Pesada. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Escala de Somnolencia de Epworth. • Glicemia en ayunas. • Creatinina. • ECG de reposo a todos. • Optometría.
  • 17. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 17 • Psicosensométrico riguroso. • Audiometría. • Batería fatiga y somnolencia. Contraindicación Transitoria: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • I C ≥ 40. • Epilepsia o antecedente de epilepsia: - Derivar a especialista por su previsión solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras no tenga certificado de alta de neurólogo. • Deficiencia visión de lejos AO (TOPCON <8 o VT21 <6): - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación. - En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro. • Visión de profundidad alterada (< círculo 8): - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y emisión de informe que indique diagnóstico documentado, tratamiento si corresponde y probabilidad de recuperación. • Test de discriminación de colores alterado: - En estos casos debe evaluarse discriminación de colores primarios y verde. - Si se evidencia alteración en la visión de colores primarios: derivar a oftalmólogo por su sistema previsional de salud para evaluación y confirmación o descarte de condición. • Alteración de Perimetría o campimetría clínica: - Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este parámetro. • Alteración de ECG: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, en la reevaluación debe adjuntarse los exámenes realizados. • Antecedente de patología cardiovascular (como por ejemplo portador de prótesis valvular, insuficiencia cardiaca, cardiopatía congénita): - Informe de cardiólogo que certifique compensación y descarte riesgo de compromiso de conciencia. • Compromiso nivel social de audición: - Si se pesquisa alteración del nivel social de audición se debe indicar la realización de una audiometría, ingresándola a sistema. • Audiometría con Promedio Tonal Puro ( T ) í , ≥40 B ( íf ): - Derivar a otorrinolaringólogo por su sistema previsional de salud para evaluación y compensación. Para la reevaluación debe presentar informe, audición compensada y prueba de confirmación (audiometría de campo libre o prueba de audífono en caso de corresponder). • Escala de somnolencia de Epworth igual o mayor a 9: - Derivar a evaluación por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico que indique causa de alteración, confirmación o descarte de patología de sueño y tratamiento si corresponde. • Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia <126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años - Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica.
  • 18. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 18 • Antecedente de Diabetes Tipo 2 no insulino requirente: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. • Sospecha de alteración del ánimo, trastorno de la personalidad u otras patologías psiquiátricas relevantes para este riesgo: - Se debe derivar, con interconsulta, a psiquiatría. Para reevaluación se requiere informe que indique diagnóstico, tratamiento si corresponde y certificación de estabilidad. • Alteración de examen físico de tipo motor o con relevancia clínica. • Contraindicaciones de fatiga y somnolencia. Contraindicación Absoluta: • Alteración de discriminación de colores primarios. • Alteración de visión de estereopsis o profundidad no recuperable. • Velocidad de filtración glomerular menor a 15ml/min. • Diabetes Mellitus tipo I y tipo II insulino requirente. • Cualquier enfermedad que produzca: - Crisis de compromiso de conciencia, cualquiera sea su causa. - Incapacidad de efectuar movimientos voluntarios que impidan actuar con rapidez y precisión que la conducción requiera. - Movimientos involuntarios. • Defecto de tipo anatómico o funcional, que con la mejor corrección imposibiliten la conducción. • Contraindicaciones de fatiga y somnolencia. 6.11. Operación de Equipos Fijos con Partes Móviles y Puente Grúa. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Glicemia en ayunas. • ECG de reposo >40 años. • Optometría. • Creatinina • Psicosensométrico riguroso. Contraindicación Transitoria: • Deficiencia visión de lejos AO (Topcorn <6 o VT21 <5): - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación. - En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro. • Alteración estereopsis o Visión de profundidad: - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y tratamiento si corresponde. • Alteración de Perimetría o campimetría clínica: - Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este parámetro. • Sospecha de alteración del ánimo, trastorno de la personalidad u otras patologías psiquiátricas relevantes para este riesgo: - Se debe derivar, con interconsulta, a psiquiatría. Para reevaluación se requiere informe que indique diagnóstico, tratamiento si corresponde y certificación de estabilidad.
  • 19. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 19 • Alteración que implique compromiso de motricidad fina: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder. Contraindicación Absoluta: • Alteración no corregible de visión de profundidad. • Secuela neurológica relevante de tipo motor a nivel de extremidades que implique compromiso de motricidad fina. 6.12. Espacios Confinados. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Glicemia en ayunas. • Espirometría basal. • Optometría. • ECG de reposo >40 años. • Audiometría. Contraindicación Transitoria: • Cifras tensionales mayores a 139/89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Antecedente de tipo neurológico tal como síncope, mareos, AVE, TIA: - Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico que indique etiología, manejo, existencia de factores de riesgo actuales y evidenciar compensación de estos. • Antecedente de Síndrome vertiginoso agudo o crónico: - Solicitar informe de otorrinolaringología que indique diagnóstico, estudio realizado, tratamiento indicado y capacidad de recuperación. • Antecedente de claustrofobia: - Solicitar a psiquiatra, por su previsión de salud, informe que confirme diagnóstico, eventual tratamiento, certifique estabilidad y opinión de especialista en relación con exposición a este riesgo. • Epilepsia o antecedente de epilepsia: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras no tenga certificado de alta de neurólogo. • I C ≥ 35. • Alteración relevante de examen clínico, tales como claudicación a la marcha, déficit de fuerza de extremidades de contra resistencia (bajo M4 al examen motor): - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder. • Embarazo: - En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación f f z x íf (βHCG). - Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución. • Audiometría con Promedio Tonal Puro (PTP) í ≥40 B ( íf ): - Derivar a otorrinolaringología para evaluación y compensación, si corresponde. Para reevaluación, debe presentar, junto con informe médico, audiometría de campo libre si se indica audífonos.
  • 20. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 20 • Deficiencia visión de lejos AO (Topcorn <6 o VT21 <5): - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación. - En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro. • Visión de profundidad alterada: - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y emisión de informe que indique diagnóstico documentado, tratamiento si corresponde y probabilidad de recuperación. - En casos de ambliopía (alteración visual unilateral ocurrida en la infancia, antes del desarrollo de la agudeza visual definitiva (5 a 6 años), un médico oftalmólogo debe certificar que ha desarrollado mecanismos de compensación. • Alteración de Perimetría o campimetría clínica: - Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este parámetro. • Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia <126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y < 8,0% para mayores de 60 años. - Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Antecedente de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8,0% para mayores de 60 años. • Alteración de espirometría de cualquier variable por separado: - Generar interconsulta por su previsión de salud solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. • Alteración de ECG: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, debe adjuntar exámenes realizados en reevaluación. • Marcapaso con implante menor a 6 meses: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud solicitando certificado de funcionamiento adecuado frente a demanda. • Sospecha de alteración del ánimo, trastorno de la personalidad u otras patologías psiquiátricas relevantes para este riesgo: - Se debe derivar, con interconsulta, a psiquiatría. Para reevaluación se requiere informe que indique diagnóstico, tratamiento si corresponde y certificación de estabilidad. Contraindicación Absoluta: • Alteración no corregible de visión de profundidad. • Alteración electrocardiográfica, confirmada con informe cardiológico, que predisponga sincope. • Secuela neurológica relevante de tipo motor a nivel de extremidades no recuperable. • Amputaciones (el foco se debe fijar en la evaluación funcional): - EEII: sobre rodilla unilateral o bajo rodilla bilateral. - EESS que implique compromiso de capacidad de prehensión palmar bilateral. • Claustrofobia confirmada no tratable.
  • 21. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 21 6.13. Temperaturas Extremas: Frío en Recintos Cerrados No Calefaccionables. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Glicemia en ayunas. • Espirometría basal. Contraindicación Transitoria: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Alteración de espirometría de cualquier variable por separado y/o respuesta broncodilatadora: - Generar interconsulta por su previsión de salud solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. • Antecedente de Asma: - Solicitar informe a médico tratante que confirme diagnóstico e indique tratamiento. • Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia <126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. - Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Antecedente de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. • Antecedentes o signos de Vasculitis: - Generar interconsulta por su previsión, solicitando estudio e informe médico que confirme diagnóstico y precise causa de base. • Antecedentes o signos de Síndrome de Reynaud: - Generar interconsulta por su previsión, solicitando estudio e informe médico que confirme diagnóstico y precise causa de base. Contraindicación Absoluta: • Vasculitis confirmada. • Arteriopatía vasomotora confirmada. 6.14. Temperaturas Extremas: Calor (Expuesto a Fuentes Generadoras de Calor). Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Glicemia en ayunas.
  • 22. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 22 Contraindicación transitoria: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • I C ≥ 40. • Embarazo: - En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación f f z x íf (βHCG). - Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución. • Epilepsia o antecedente de epilepsia: - Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras no tenga certificado de alta de neurólogo. • Antecedente de hipertiroidismo: - Se debe solicitar, a médico tratante mediante interconsulta, informe que confirme diagnóstico, indique tratamiento y certifique estabilidad adjuntando perfil tiroideo. • Portador de Marcapaso: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud solicitando certificado de funcionamiento adecuado frente a demanda. - Implante con antigüedad menor a 6 meses, mantiene condición de contraindicación hasta cumplir plazo y presentar informe previamente descrito. • Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia <126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. - Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Antecedente de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. • Alteración examen físico que oriente a patología renal y cardiovascular: - Derivar a evaluación por su sistema previsional de salud. En reevaluación debe presentar informe médico con conclusión de estudio, diagnóstico e indicación de tratamiento si corresponde y adjuntar exámenes realizados que fundamenten conclusión. • Condiciones Especiales: - Taquicardia/Bradicardia: En caso de que ≥ 90 x’ < 40 x’ compararse con frecuencia informado por el electrocardiograma y repetir control durante la consulta médica. Contraindicaciones Absolutas: • Insuficiencia Renal. • I f CF ≥II 10. OBSERVACIONES: Se debe dejar como recomendación asegurar una correcta hidratación.
  • 23. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 23 6.15. Altura Física Sobre 1,8 metros. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Glicemia en ayunas. • Optometría. • ECG de reposo >40 años. Contraindicación Transitoria: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Antecedente de tipo neurológico tales como síncope, mareos, AVE, TIA: - Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico que indique etiología, manejo, existencia de factores de riesgo actuales y evidenciar compensación de estos. • Antecedente de Síndrome vertiginoso agudo o crónico: - Solicitar informe de otorrinolaringología que indique diagnóstico, estudio realizado, tratamiento indicado y capacidad de recuperación. • Alteración pruebas de equilibrio: - Generar interconsulta a otorrinolaringología o Neurología, dependiendo de la causa estimada, por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique hallazgos más prueba VIII Par. • Alteración relevante de examen clínico, tales como claudicación a la marcha de relevancia funcional, déficit de fuerza de extremidades de contra resistencia (bajo M4 al examen motor): - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder. • Embarazo: - En caso de sospecha de embarazo, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a f f z x íf (βHCG). - Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución. • IMC igual o mayor a 35/Peso superior a 136 kg. • Epilepsia o antecedente de epilepsia: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras no tenga certificado de alta de neurólogo. • Deficiencia visión de lejos AO (Topcorn <6 o VT21 <5): - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación. - En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro. • Alteración estereopsis o Visión de profundidad: - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y emisión de informe que indique diagnóstico documentado, tratamiento si corresponde y probabilidad de recuperación. - E í “ j ” ilateral detectada antes de los 5 a 6 años, se requiere la certificación del diagnóstico y el eventual desarrollado de mecanismos de compensación. • Alteración de Perimetría o campimetría clínica: - Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este parámetro. • Alteración de ECG: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, debe adjuntar exámenes realizados en reevaluación.
  • 24. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 24 • Marcapaso con implante menor a 6 meses: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud solicitando certificado de funcionamiento adecuado frente a demanda. • Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia <126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. - Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Antecedente de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. • Sospecha de alteración del ánimo, trastorno de la personalidad u otras patologías psiquiátricas relevantes para este riesgo: - Se debe derivar, con interconsulta, a psiquiatría. Para reevaluación se requiere informe que indique diagnóstico, tratamiento si corresponde y certificación de estabilidad. Contraindicación Absoluta: • Vasculitis confirmada. • Arteriopatía vasomotora confirmada. • Alteración no corregible ni compensada de visión de profundidad. • Amputaciones (el foco se debe fijar en la evaluación funcional): - EEII: sobre rodilla unilateral o bajo rodilla bilateral. - EESS que implique compromiso de capacidad de prehensión palmar bilateral. • Secuela neurológica relevante de tipo motor a nivel de extremidades. • Alteración electrocardiográfica que, en informe, el cardiólogo indique que predispone síncope. • Síndrome Vertiginoso no recuperable. 6.16. Altura Física Sobre 10 Metros. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Glicemia en ayunas. • Hemograma. • Perfil lipídico. • Optometría. • ECG de reposo para todas las edades. • VIII Par. • Aversión al riesgo. Contraindicación Transitoria: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg. - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica.
  • 25. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 25 • Antecedente de tipo neurológico tales como síncope, mareos, AVE, TIA. - Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico que indique etiología, manejo, existencia de factores de riesgo actuales y evidenciar compensación de los mismos. • Antecedente de Síndrome vertiginoso agudo o crónico. - Solicitar informe de otorrinolaringología que indique diagnóstico, estudio realizado, tratamiento indicado y capacidad de recuperación. • Alteración pruebas de equilibrio o Generar interconsulta a otorrinolaringología. - Neurología, dependiendo de la causa estimada, por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique hallazgos más prueba VIII par. • Alteración relevante de examen clínico, tales como claudicación a la marcha de relevancia funcional, déficit de fuerza de extremidades de contra resistencia (bajo M4 al examen motor): - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder. • Embarazo: - En caso de sospecha de embarazo, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a f f z x íf (βHCG). - Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución. • IMC igual o mayor a 35/Peso superior a 136 kg. • Epilepsia o antecedente de epilepsia: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras no tenga certificado de alta de neurólogo. • Deficiencia visión de lejos AO (Topcorn <6 o VT21 <5): - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación. - En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro. • Alteración estereopsis: - Visión de profundidad o Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y emisión de informe que indique diagnóstico documentado, tratamiento si corresponde y probabilidad de recuperación. - E í “ j ” 5 6 ñ , requiere la certificación del diagnóstico y el eventual desarrollado de mecanismos de compensación. • Alteración de Perimetría o campimetría clínica: - Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este parámetro. • Alteración de ECG - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, debe adjuntar exámenes realizados en reevaluación. • Marcapaso con implante menor a 6 meses: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud solicitando certificado de funcionamiento adecuado frente a demanda. • Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia. • Taquicardia/Bradicardia: - En caso de que la evalua ≥ 90 x’ < 40 x’ f informado por el electrocardiograma y repetir control durante la consulta médica. • Compromiso nivel social de audición: - Si durante la entrevista médica se pesquisa alteración del nivel social de audición se debe indicar la realización de una audiometría, ingresándola a sistema. Si se confirma PTP mayor a 40 en ambos oídos, se debe dejar la “ , ” con OTR para evaluar compensación.
  • 26. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 26 Contraindicación Absoluta: • Alteración no corregible ni compensada de visión de profundidad. • Amputaciones (el foco se debe fijar en la evaluación funcional). - EEII: sobre rodilla unilateral o bajo rodilla bilateral o EESS que implique compromiso de capacidad de prehensión palmar bilateral. • Secuela neurológica relevante de tipo motor a nivel de extremidades. • Alteración electrocardiográfica que, en informe, el cardiólogo indique que predispone síncope. • Síndrome Vertiginoso no recuperable. • En el caso de trabajadores con nivel social de audición ya sea por uso de audífono o identificación por PTP alterado, se debe indicar como observación en informe: - “ , ” • Si la audiometría realizada por determinarse alteración de nivel social de audición evidencia: - I ≥15% “ x ”. - I ≥8 <15 “ x ”. • Discapacidad sensorial (sordo mudo): - En caso de evaluar un trabajador sordo mudo, NO se debe considerar esta condición como causal de , “ , se debe considerar uso de ”. 6.17. Gran Altura Geográfica (entre 3.000 y 5.500 m.s.n.m.). Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Glicemia en ayunas. • Hemoglobina. • Perfil lipídico. • Creatinina. • Radiografía de tórax PA (cada 5 años). • ECG de reposo (todas las edades). • Cálculo del Índice de Framingham. • Cuestionario de Lake Louise • Optometría Contraindicación Transitoria: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • I C ≥ 35. • IMC entre 30 y 34,9 más índice de Framingham entre 5 y 9%, según cálculo de simulador de riesgo CV: - Se debe recomendar reducción de peso a IMC bajo 30. - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación y realización de test de esfuerzo. Para reevaluación debe presentar test de esfuerzo que cumpla con las condiciones de reevaluación (punto 9.3). • F h ≥10% R C alto según simulador de riesgo CV: - Se debe recomendar corrección de factores de riesgo para cálculo modificable. - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación y realización de test de esfuerzo. - Para reevaluación debe presentar test de esfuerzo que cumpla con las condiciones de reevaluación (punto 9.3).
  • 27. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 27 • Antecedente de patología cardiovascular, tales como síndrome anginoso, infarto agudo de miocardio, miocardiopatía dilatada o hipertrófica, insuficiencia cardiaca, cirugía cardiaca, cardiopatía congénita, hipertensión pulmonar, etc.: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e informe que certifique diagnóstico, tratamiento si corresponde y evidencie condición de funcionalidad. Debe adjuntar exámenes realizados en reevaluación. • Alteración de ECG: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e informe que certifique diagnóstico y tratamiento si corresponde. Debe adjuntar exámenes realizados en reevaluación. • Portador de marcapaso: - Solicitar a especialista tratante informe que certifique que, en consideración a indicación de uso de marcapaso y especialmente patología de base, la respuesta cardiovascular será adecuada ante la exigencia a la que se expondrá. • Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia <126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7%. - Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Antecedente de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7%. • Velocidad de filtración glomerular <60 ml/min (fórmula Cockroft-Gault): - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso. • Antecedente de accidente vascular encefálico (transitorio y/o con secuela): - Solicitar a médico tratante informe médico que confirme diagnóstico, patología de base y tratamiento o indicaciones, si corresponde. • Apnea del Sueño: - Solicitar a médico tratante informe médico que confirme diagnóstico e indique origen de patología. • Hemoglobina: Hombres: > 18,5 gr/dl, < 12 gr/dl Mujeres: > 17,5 11 gr/dl, < 11 gr/dl - Derivar a estudio y tratamiento por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico y evidenciar normalización de parámetro mediante resultado de laboratorio. • Triglicéridos >500 mg/dl: - Derivar a estudio y tratamiento por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico y evidenciar normalización de parámetro mediante resultado de laboratorio. • Enfermedad Tromboembólica o antecedente de TVP reciente: - Derivar a estudio por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico que certifique hallazgos de evaluación, tratamiento indicado si corresponde, adjuntando exámenes complementarios realizados. • Alteración con significado clínico de Radiografía de Tórax: - Derivar a estudio en sistema previsional de salud. Para reevaluación debe presentar informe médico que certifique hallazgos de evaluación, tratamiento indicado si corresponde, adjuntando exámenes complementarios realizados. • Antecedente de Neumotórax espontáneo: - Derivar a especialista por su sistema previsional de salud para evaluación y generación de informe que indique antecedentes, hallazgos, conclusión diagnóstica y acompañar TAC de tórax. Se busca descartar enfermedad bular o microbular. • Enfermedad bular o microbular: - Ante la confirmación, se debe mantener la contraindicación mientras no se resuelva.
  • 28. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 28 • Patologías psiquiátricas mayores (Psicosis, Neurosis, Claustrofobias, Depresión mayor): - Solicitar informe de especialista que confirme diagnóstico e indique tratamiento, refiriéndose a compensación, estabilidad y recomendación de especialidad en relación con la exposición a riesgo (aislamiento social y geográfico). • Embarazo: - En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación f f z x íf (βHCG). - Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución. • Epilepsia o antecedente de epilepsia: - Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico, con certificación de diagnóstico, tratamiento indicado y condición de estabilidad, adherencia al tratamiento y periodo transcurrido desde último evento. • Alteración relevante de examen clínico: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder. • Infección aguda del ámbito respiratorio o cuadro febril: - Derivar a tratamiento por su sistema previsional de salud. Para reevaluación debe presentar informe que indique diagnóstico, tratamiento realizado y evidencie total recuperación. • Antecedentes de edema pulmonar o edema cerebral de montaña: - Para reevaluación debe presentar estudio de tolerancia a hipobaria o prueba de cámara. • L k L ≥ 6: - Se debe reforzar anamnesis para aclarar causa de alteración (el puntaje no es condición de contraindicación en sí) y evaluar eventual contraindicación en caso de que las alteraciones orienten a MAM complicado (cefalea incapacitante, disnea severa, requerimiento de atención médica y suplementación de oxígeno) indicación médica de descenso de urgencia. Contraindicación Absoluta: Toda patología relevante para el riesgo, que posterior a estudio complementario, objetive compromiso funcional no reversible, tales como: • IC con FE <55%. • Insuficiencia Respiratoria. 6.18. Hiperbaria. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Glicemia en ayunas. • Hemoglobina. • Perfil lipídico. • Radiografía de tórax AP. • Optometría. • ECG de reposo para todas las edades. • Espirometría basal. • Índice de Ruffier. • Protrombina. • GGPT. • Radiografía de cavidades paranasales. • Radiografía de hombros y pelvis. • Aversión al riesgo.
  • 29. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 29 Contraindicaciones Transitorias: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • I C ≥ 35. • IMC entre 30 y 34,9 más índice de Framingham entre 5 y 9%, según cálculo de simulador de riesgo CV: - Se debe recomendar reducción de peso a IMC bajo 30. - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación y realización de test de esfuerzo. Para reevaluación debe presentar test de esfuerzo que cumpla con las condiciones de reevaluación (punto 9.3). • F h ≥10% R C alto según simulador de riesgo CV o Se debe recomendar corrección de factores de riesgo para calculo modificables: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación y realización de test de esfuerzo. Para reevaluación debe presentar test de esfuerzo que cumpla con las condiciones de reevaluación (punto 9.3). • Antecedente de patología cardiovascular, tales como síndrome anginoso, infarto agudo de miocardio, miocardiopatía dilatada o hipertrófica, insuficiencia cardiaca, cirugía cardiaca, cardiopatía congénita, hipertensión pulmonar, etc.: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e informe que certifique diagnóstico, tratamiento si corresponde y evidencie condición de funcionalidad. Debe adjuntar exámenes realizados en reevaluación. • Alteración de ECG: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e informe que certifique diagnóstico y tratamiento si corresponde. Debe adjuntar exámenes realizados en reevaluación. • Portador de marcapaso: - Solicitar a especialista tratante informe que certifique que, en consideración a indicación de uso de marcapaso y especialmente patología de base, la respuesta cardiovascular será adecuada ante la exigencia a la que se expondrá. • Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia <126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7%. - Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Antecedente de Diabetes Tipo 1 y Tipo 2: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7%. • Velocidad de filtración glomerular <60 ml/min (fórmula Cockroft-Gault): - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso. • Antecedente de accidente vascular encefálico (transitorio y/o con secuela): - Solicitar a médico tratante informe médico que confirme diagnóstico, patología de base y tratamiento o indicaciones, si corresponde. • Apnea del Sueño: - Solicitar a médico tratante informe médico que confirme diagnóstico e indique origen de patología. • Hemoglobina: Hombres: > 18,5 gr/dl, < 12 gr/dl. Mujeres: > 17,5 11 gr/dl, < 11 gr/dl. - Derivar a estudio y tratamiento por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico y evidenciar normalización de parámetro mediante resultado de laboratorio.
  • 30. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 30 • Triglicéridos >500 mg/dl: - Derivar a estudio y tratamiento por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico y evidenciar normalización de parámetro mediante resultado de laboratorio. • Enfermedad Tromboembólica o antecedente de TVP reciente: - Derivar a estudio por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico que certifique hallazgos de evaluación, tratamiento indicado si corresponde, adjuntando exámenes complementarios realizados. • Alteración con significado clínico de Radiografía de Tórax: - Derivar a estudio en sistema previsional de salud. Para reevaluación debe presentar informe médico que certifique hallazgos de evaluación, tratamiento indicado si corresponde, adjuntando exámenes complementarios realizados. • Antecedente de Neumotórax espontáneo: - Derivar a especialista por su sistema previsional de salud para evaluación y generación de informe que indique antecedentes, hallazgos, conclusión diagnóstica y acompañar TAC de tórax. Se busca descartar enfermedad bular o microbular. • Enfermedad bular o microbular: - Ante la confirmación, se debe mantener la contraindicación mientras no se resuelva. • Patologías psiquiátricas mayores (Psicosis, Neurosis, Claustrofobias, Depresión mayor): - Solicitar informe de especialista que confirme diagnóstico e indique tratamiento, refiriéndose a compensación, estabilidad y recomendación de especialidad en relación con la exposición a riesgo (aislamiento social y geográfico). • Embarazo: - En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación f f z x íf (βHCG). - Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta resolución. • Epilepsia o antecedente de epilepsia: - Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico, con certificación de diagnóstico, tratamiento indicado y condición de estabilidad, adherencia al tratamiento y periodo transcurrido desde último evento. • Alteración relevante de examen clínico: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder. • Infección aguda del ámbito respiratorio o cuadro febril: - Derivar a tratamiento por su sistema previsional de salud. Para reevaluación debe presentar informe que indique diagnóstico, tratamiento realizado y evidencie total recuperación. • Antecedentes de edema pulmonar o edema cerebral de montaña: - Para reevaluación debe presentar estudio de tolerancia a hipobaria o prueba de cámara. • L k L ≥ 6 f z de alteración (el puntaje no es condición de contraindicación en sí) y evaluar eventual contraindicación en caso de que las alteraciones orienten a MAM complicado (cefalea incapacitante, disnea severa, requerimiento de atención médica y suplementación de oxígeno, indicación médica de descenso de urgencia, etc.). Contraindicaciones Absolutas: Toda patología relevante para el riesgo, que posterior a estudio complementario, objetive compromiso funcional no reversible, tales como: • Insuficiencia cardíaca con FE <55% • Insuficiencia Respiratoria
  • 31. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 31 6.19. Fatiga y Somnolencia. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • IMC. • Perímetro de Cuello. • Perímetro de Cintura. • Encuesta de Epworth. • Oximetría de Pulso. • Estudio de Trastornos del sueño en caso de oximetría alterada. • ECG • Glicemia Contraindicación Transitoria: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • I C ≥ 40. • Epilepsia o antecedente de epilepsia: - Derivar a especialista por su previsión solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras no tenga certificado de alta de neurólogo. • Alteración de ECG: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, en la reevaluación debe adjuntarse los exámenes realizados. • Antecedente de patología cardiovascular (como por ejemplo portador de prótesis valvular, insuficiencia cardiaca, cardiopatía congénita): - Informe de cardiólogo que certifique compensación y descarte riesgo de compromiso de conciencia. • Escala de somnolencia de Epworth igual o mayor a 9: - Derivar a evaluación por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico que indique causa de alteración, confirmación o descarte de patología de sueño y tratamiento si corresponde. • Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia <126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años - Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Antecedente de Diabetes Tipo 2 no insulino requirente: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. Contraindicación Absoluta: • Diabetes Mellitus tipo I y tipo II insulino requirente. • Cualquier enfermedad no tratada que produzca: - Crisis de compromiso de conciencia, cualquiera sea su causa. - Incapacidad de efectuar movimientos voluntarios que impidan actuar con rapidez y precisión que la conducción requiera. - Movimientos involuntarios. • SAHOS no tratado.
  • 32. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 32 6.20. Brigadista de Rescate. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Glicemia en ayunas. • Espirometría basal. • Optometría. • Creatinina. • Índice de Ruffier. • ECG de reposo (todas las edades). • Aversión al riesgo. Contraindicación Transitoria: • Antecedente de tipo neurológico tales como síncope, mareos, AVE, TIA: - Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico que indique etiología, manejo, existencia de factores de riesgo actuales y evidenciar compensación de estos. • Antecedente de Síndrome vertiginoso agudo o crónico: - Solicitar informe de otorrinolaringología que indique diagnóstico, estudio realizado, tratamiento indicado y capacidad de recuperación. • Alteración relevante de examen clínico, tales como claudicación a la marcha, déficit de fuerza de extremidades de contra resistencia (bajo M4 al examen motor): - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder. • Alteración de prueba de equilibrio: - Derivar a evaluación a través de su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico que indique conclusión de evaluación, diagnóstico y tratamiento si corresponde, estimación de evolución y adjuntar resultado de prueba de VIII Par. • Alteración de nivel social de audición, confirmada con alteración de PTP: - Derivar a otorrinolaringología para evaluación y compensación, si corresponde. Para reevaluación, debe presentar, junto con informe médico, audiometría de campo libre si se indica audífonos. • Embarazo: - En caso de sospecha, se debe derivar a ginecoobstetricia para evaluación, se debe presentar a reevaluación f f z x íf (βHCG) - Ante embarazo confirmado, se mantiene contraindicación hasta su término. • Cifras tensionales >139/>89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • I C ≥ 35. • I C ≥ 30 : - Debe bajar de peso o bien presentar test de esfuerzo que cumpla los parámetros definidos para ser calificado como normal. • Riesgo Cardiovascular alto: - Debe presentar test de esfuerzo que cumpla los parámetros definidos para ser calificado como normal y acreditar tratamiento de factores de riesgo. • Epilepsia o antecedente de epilepsia: - Generar interconsulta por su previsión solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras no tenga certificado de alta de neurólogo. • Deficiencia visión de lejos AO (Topcorn <6 o VT21 <5): - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación.
  • 33. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 33 - En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro. • Visión de profundidad alterada: - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y emisión de informe que indique diagnóstico documentado, tratamiento si corresponde y probabilidad de recuperación. - En casos de ambliopía (alteración visual unilateral ocurrida en la infancia, antes del desarrollo de la agudeza visual definitiva (5 a 6 años), un médico oftalmólogo debe certificar que ha desarrollado mecanismos de compensación. • Alteración de Perimetría o campimetría clínica: - Se debe derivar, con interconsulta a oftalmología por su sistema previsional de salud indicando que, para reevaluación, se requiere informe que indique evaluación realizada y eventual manejo si corresponde, debe adjuntar campimetría instrumental que certifique rango de normalidad para levantar contraindicación de este parámetro. • ECG alterado: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, debe adjuntar exámenes realizados en reevaluación. • Marcapaso con implante menor a 6 meses: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud solicitando certificado de funcionamiento adecuado frente a demanda. • Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia <126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. - Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Antecedente de Diabetes Tipo 2 no insulino requirente: - Generar interconsulta a médico tratante solicitando informe médico que indique tratamiento y evidencie compensación y estabilidad metabólica, mediante hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. • Sospecha de alteración del ánimo, trastorno de la personalidad u otras patologías psiquiátricas relevantes para este riesgo: - Se debe derivar, con interconsulta, a psiquiatría. Para reevaluación se requiere informe que indique diagnóstico, tratamiento si corresponde y certificación de estabilidad. • Í R ff ≥ 10 z : - Para reevaluación se debe verificar mejora de la condición aeróbica. En caso de que la alteración se haya producido acompañada de alguna sintomatología, debe ser derivado al especialista correspondiente. • Alteración de espirometría de cualquier variable por separado: - Generar interconsulta por su previsión de salud solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. Contraindicación Absoluta: • Alteración no corregible de visión de profundidad. • Alteración motora no recuperable a nivel de extremidades que altere la capacidad de reacción y de fuerza. • Secuela neurológica relevante de tipo motor a nivel de extremidades. • Alteración electrocardiográfica en que informe de cardiólogo confirme la predisposición a síncope. • Diabetes Tipo 1 y Tipo 2 insulino requirente. • Síndrome vertiginoso crónico no recuperable. • Compromiso social de audición no corregible. • I f CF ≥II.
  • 34. Código: DIR-SSO-008 Directriz de Salud Ocupacional Salud Compatible Fecha: Diciembre 2022 -091-2019 34 6.21. Telecontrolador de Tareas Críticas. Batería de Evaluación: • Declaración de Salud. • Control de signos vitales y antropometría (Presión arterial, pulso, peso y talla). • Control médico. • Glicemia en ayunas. • Optometría. • ECG de reposo. • Creatinina. • Encuesta de Epworth. • Psicosensométrico riguroso. • Batería de fatiga y somnolencia. Contraindicación Transitoria: • Cifras tensionales >139/>89 mmHg.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder. - Si el trabajador no tiene antecedentes de HTA, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica. • Epilepsia o antecedente de epilepsia: - Derivar a especialista por su previsión solicitando informe médico, la contraindicación se mantiene mientras no tenga certificado de alta de neurólogo. • Deficiencia visión de lejos AO (<0,6): - Derivar a oftalmólogo por sistema previsional de salud para evaluación y compensación. - En reevaluación se debe repetir examen para confirmar normalización de parámetro. • Alteración de ECG: - Derivar a cardiólogo por sistema previsional de salud para evaluación, estudio, tratamiento si corresponde e informe que certifique diagnóstico y descarte riesgo de sincope, en la reevaluación debe adjuntarse los exámenes realizados. • Compromiso nivel social de audición: - Si se pesquisa alteración del nivel social de audición se debe indicar la realización de una audiometría, ingresándola a sistema. • í T ( T ) í , ≥40 B ( íf ): - Derivar a otorrinolaringólogo por su sistema previsional de salud para evaluación y compensación. Para la reevaluación debe presentar informe, audición compensada y prueba de confirmación (audiometría de campo libre o prueba de audífono en caso de corresponder). • E E w h ≥9: - Derivar a evaluación por su sistema previsional de salud, para reevaluación debe presentar informe médico que indique causa de alteración, confirmación o descarte de patología de sueño y tratamiento si corresponde. • Velocidad de filtración glomerular calculado <30 ml/min (fórmula Cockroft-Gault): - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico, justificación de este y tratamiento en caso de corresponder, evidenciando normalización de parámetro si es el caso. • Glicemia igual o mayor a 126 mg/dl.: - Generar interconsulta por su previsión solicitando estudio e informe médico que indique diagnóstico y tratamiento en caso de corresponder, para reevaluación debe presentar exámenes que evidencien glicemia <126 mg/dl y hemoglobina glicosilada <7,5% en menores de 60 años y <8% en mayores de 60 años. - Si el trabajador no tiene antecedentes de Diabetes, se debe entregar documento de Notificación GES por sospecha diagnóstica.