1. Universidad Fermín Toro
Vice – Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Integrante:
Ana Márquez
C.I.12.282.772
Prof. Cristina Virguez
SAIA F
San Felipe, Junio de 2016
LEY ESPECIAL CONTRA LOS DELITOS
INFORMÁTICOS, DELITOS CONTRA LOS NIÑOS, NIÑAS
Y ADOLESCENTE, DELITOS CONTRA EL ORDEN
ECONÓMICO Y LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS
2. LEY ESPECIAL CONTRA LOS
DELITOS INFORMÁTICOS
El Delito informático es toda aquella acción
ilícita llevada a cabo por vías informáticas con el fin
de desfavorecer a personas naturales, jurídicas, medios
y redes electrónicas, tales como robos o hurto, fraudes,
falsificaciones, perjuicios, estafa, sabotaje, etcétera.
Tiene como finalidad la protección integral de
los sistemas, para aplicar tecnologías de información,
así como la prevención y sanción de los delitos
cometidos.
3. Tecnología de Información: El conjunto de recursos, procedimientos
y técnicas usadas en el procesamiento, almacenamiento y transmisión
de información.
Sistema: Es un conjunto de partes o elementos organizados y
relacionados que interactúan entre sí para lograr un objetivo.
Data: instrucciones o caracteres representados de una manera apropiada
para que sean comunicados, transmitidos o procesados.
Información: asignación de la data
Documento: Registro integrado a un sistema.
4. Computador: es una máquina electrónica que nos permite desarrollar
múltiples actividades.
Hardware: Es la parte física de la informática, el material que se
emplea para que un ordenador electrónico pueda funcionar y ejecutar
las tareas para las que han sido diseñados.
Software: Son las instrucciones que se incorporan a un sistema
informático para que este lleve a cabo una determinada función.
Programa: Es un elemento imprescindible para el normal
funcionamiento de una computadora.
Virus: Programas o segmentos de programas indeseado que se
desarrolla incontroladamente.
5. DELITOS CONTRA LOS SISTEMAS QUE UTILIZAN
TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN
El acceso indebido a un sistema
El sabotaje o daño a sistemas
La posesión de equipos o
El espionaje informático.
La falsificación de documentos
mediante el uso de tecnologías.
Penado con prisión de 1 a 5 años
y multa de 10 a 50 (UT)
Penado con prisión de 4 a 8 años
y multa de 400 a 800 UT.
Penado con prisión de 3 a 6 años
y multa de 300 a 600 UT.
Penado con prisión de 3 a 6 años
y multa de 300 a 600 UT.
Penado con prisión de 3 a 6 y
multa de 300 a 600 UT
6. DELITOS CONTRA LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE
La difusión o exhibición de
material pornográfico.
La exhibición pornográfica de
niños o adolescentes.
Penado con prisión de dos a
seis años y multa de 200 a
600 UT.
Penado con prisión de cuatro
a ocho años y multa de 400 a
800 UT.
DELITOS CONTRA EL ORDEN ECONÓMICO
La apropiación indebida de
propiedad intelectual mediante la
reproducción, divulgación,
modificación o copia de un software.
La oferta engañosa de bienes o
servicios mediante la utilización de
tecnologías de la información
Penado con prisión de uno
a cinco años y multa de
100 a 500 UT.
Penado con prisión de uno
a cinco años y multa de
100 a 500 UT, sin perjuicio
de la comisión de un delito
más grave.
7. LEY SOBRE ARMAS Y EXPLOSIVOS
Son armas, en general todos los instrumentos propios
para maltratar o herir.
El porte, la detentación o el ocultamiento de las
armas, se castigará con pena de tres a cinco años.
Son armas de guerra todas las que se usen o puedan
usarse en el Ejército, la Guardia Nacional y demás Cuerpos
de Seguridad, para la defensa de la Nación y resguardo del
orden público, tales como: cañones, obuses, morteros,
ametralladoras, fúsiles, ametralladoras, fusiles, carabinas y
mosquetones; pistolas y revólveres de largo alcance.