El documento describe los principios fundamentales del Derecho Laboral, como el principio protector que busca equiparar las partes del contrato de trabajo protegiendo al trabajador, y los principios de igualdad ante la ley, irrenunciabilidad, continuidad, primacía de la realidad y razonabilidad. También explica conceptos como la vigencia de las normas en el tiempo y el espacio, resolviendo conflictos entre normas y su aplicación a situaciones transfronterizas.
3. “El Derecho de Trabajo tiene como preocupación
central la de proteger a una de las partes y así lograr
una igualdad sustantiva y real entre ellas”
Son líneas directrices que
informan a las normas e
inspiran soluciones y sirven
en diversas fases de la vida
normativa.
5. El Derecho laboral parte de una desigualdad, por lo
que trata de proteger a una de las partes del
contrato de trabajo para equipararla con la otra.
La equiparación se fundamenta en darle más
protección al trabajador frente al empleador, el cual
tiene muchas más obligaciones y menos derechos
que el segundo.
El principio protector contiene tres reglas: Regla
más favorable. Regla de la condición más
beneficiosa. Regla in dubio pro operario.
6. • Entre interpretaciones que puede tener
una norma, se debe seleccionar la que
más favorezca al trabajador.
Regla in dubio
pro operario
• Cuando existe concurrencia de normas,
debe aplicarse aquella que es más
favorable para el trabajador.
Regla más
favorable.
• Una nueva norma no puede empeorar
las condiciones que ya tiene un
trabajador.
Regla de la
condición más
beneficiosa.
7. •Principio de continuidad•Principio de continuidad•Principio de continuidadEste principio exige un determinado comportamiento a ambas partes de la relación de trabajo: empleador y trabajador.Este principio exige un determinado comportamiento a ambas partes de la relación de trabajo: empleador y trabajador.Este principio exige un determinado comportamiento a ambas partes de la relación de trabajo: empleador y trabajador.
Ante la Ley
• vínculo del
estado con los
individuos, en
donde se hallan
prohibidos de
expedir leyes
especiales por la
diferencia de las
personas.
DeTrato
• Opera este
principio en el
caso en que un
Empresario
concede a uno
de sus
trabajadores;
una hora más de
descanso que
los demás.
De
Oportunidades
• implica una
participación
equilibrada de
cualquier
persona que
forme parte de
un colectivo o
sociedad en
todas las esferas
de la vida
pública y
privada.
8. Prohíbe que los actos de disposición del
titular de un derecho raigan sobre
derechos originados en normas
imperativas y sanciona con invalidez, la
transgresión de esta regla.
La invalidez afecta a la clausula que
contiene la disposición transgresión y
no todo el acto.
9. Es aquel principio que instruye al juez, ante
duda, a considerar la duración del contrato
individual de trabajo en la mayor extensión
posible según los hechos y la realidad
demostrada..
•Principio de continuidad•Principio de continuidad•Principio de continuidad
Este Principio se basa en que el trabajo es la principal
fuente de ingreso económico, por lo que debe
considerarse lo más extenso, para así beneficiar al
trabajador.
10. Es aquel principio se aplica que
cuando hay discordancia entre
lo que ocurre en la practica y lo
que surge de
documentos, debe preferirse lo
primero, es decir lo que sucede
en el terreno de los hechos.
•Principio de continuidad•Principio de continuidad•Principio de continuidad
11. •Principio de continuidad•Principio de continuidad•Principio de continuidadEste principio exige un determinado comportamiento a ambas partes de la relación de trabajo: empleador y trabajador.Este principio exige un determinado comportamiento a ambas partes de la relación de trabajo: empleador y trabajador.Este principio exige un determinado comportamiento a ambas partes de la relación de trabajo: empleador y trabajador.
Este principio exige un determinado
comportamiento a ambas partes de la
relación de trabajo: empleador y
trabajador.
Se exige la CONFIANZA RECIPROCA,
para el debido cumplimiento de esas
obligaciones se exige que las partes
actúen de buena fe.
12.
13. RELACIONES ENTRE NORMASY HECHOS,Y
ENTRE NORMAS
NORMAS: REGULAN HECHOS
NO HAY
NORMA
APLICABLE
LAGUNA MÉTODOS DE
INTEGRACIÓN
ÚNICA NORMA
APLICABLE
HIPÓTESIS
SENCILLA
NORMA
RELACIONADA CON
OTRA
RESOLVER ESTA RELACIÓN
APLICAR NORMA APLICADA AL
HECHO
14. 1) NINGUNA NORMAAPLICABLE
EL HECHO NO ESTÁ
REGULADO POR NINGUNA
NORMA
LAGUNA
EL JUEZ NO DEJA DE
ADMINISTRAR JUSTICIA
MÉTODOS DE
INTEGRACIÓN
ANALOGÍA
INTERPRETACIÓN
EXTENSIVA
15. 2) UNA ÚNICA NORMAAPLICABLE
(IN DUBIO PRO OPERARIO)
UNA NORMATIENE
VARIOS SENTIDOS
DISTINTOS
INTÉRPRETE
ELIGE: EL MÁS
FAVORABLE PARA EL
TRABAJADOR
3) UNA NORMAAPLICABLE
RELACIONADACON OTRA
SUPLETORIEDAD SUBSIRIEDAD
16. SUPLETORIEDAD
NORMA UNO
(SUPLIDA)
NORMA DOS
(GENERAL)
LE CORRESPONDE
REGULAR UN HECHO
NO LO HACE
CONTIENE REGULACIÓN
PARA EL HECHO
APLICACIÓN
SUPLETORIA
ORDENAMIENTO
CIVIL
INCOMPATILIBILIDAD DE
NATURALEZA
ORDENAMIENTOS
VINCULADOS
NO HAY NORMA
APLICABLE
18. CONFLICTO: NORMA
MÁS FAVORABLE
CONTRADICCIÓN VÍA DE DEROGACIÓN O
MODIFICACIÓN
UNA NORMA POR
OTRA
CÓDIGO CIVIL ART. ITÍTULO PRELIMINAR
CONCURRENCIA
DISCREPANCIA ENTRE
NORMAS ELIMINACIÓN DE
UNA DE ELLAS
SUPRESIÓN DEL PROPIO
CONFLICTO
DIVERGENCIA
INAPLICACIÓN DE UNA
DE LAS NORMAS
CASO CONCRETO
DEJA SUBSISTENTE
EN EL
ORDENAMIENTO
conlleva a la
para el
pero
19. Comprende dos figuras: la derogación y la modificación. La
primera, la regulación antigua se elimina sin reemplazarse
por otra. Por la segunda, la nueva regulación sustituye o
añade a la anterior. Ambas pueden ser totales o parciales.
el principio de la condición más beneficiosa, que permite
al trabajador mantener la ventaja alcanzada
El derecho nace de un producto no normativo:
•un acto; que puede ser
Unilateral : una concesión del empleador
bilateral: un acuerdo entre este y un trabajador.
20. •un hecho: tenemos una consolidación
por el transcurso del tiempo que es un
beneficio que se convierte en obligatorio
por su otorgamiento reiterado a un o
algunos trabajadores.
21. Complementariedad
Se puede apreciar dos normas: la primera tiene como
carácter dejar incompleta la regulación del hecho y la
segunda ya que la completa ya que se ocupara de ciertos
aspectos más puntuales
Suplementariedad
Una norma se configura como mínima y otra la mejora, se
requiere que la primera sea de un rango mayor que la
segunda ( ley y convenio colectivo que ofrece mayores
beneficios)
22.
23. VIGENCIA EN EL TIEMPOVIGENCIA EN EL TIEMPOVIGENCIA EN EL TIEMPOVIGENCIA EN EL TIEMPO
VIGENCIA EN EL ESPACIO
situaciones que requieren la acción
del derecho laboral
•En el caso de transnacionales, al desplazar al trabajador de una filial a otra.•En el caso de transnacionales, al desplazar al trabajador de una filial a otra.•Otro es el del trabajo realizado en sedes diplomáticas (de estados extranjeros o de organizaciones internacionales).•Otro es el del trabajo realizado en sedes diplomáticas (de estados extranjeros o de organizaciones internacionales).•Otro es el del trabajo realizado en sedes diplomáticas (de estados extranjeros o de organizaciones internacionales).
En el caso de transnacionales, al desplazar al
trabajador de una filial a otra.
Otro es el del trabajo realizado en sedes
diplomáticas (de estados extranjeros o de
organizaciones internacionales).
En estas dos situaciones, en determinar ante qué juez y
con qué ley debe reclamar el trabajador si su empleador
incumple su obligación para con él .
El problema radica
24. VIGENCIA EN EL ESPACIO
En el caso de transnacionales, al desplazar al
trabajador de una filial a otra.
“Suponiendo que un trabajador interpone una
demanda ante juez peruano”
Tendrá que averiguar si es competenteAhora analizando las dos situaciones:Ahora analizando las dos situaciones:
El juez tendrá que averiguar si es competente:
si hay un tratado y regula la competencia
jurisdiccional y legislativa aplicable
Y si solo lo anterior no sucede, entonces
acudiremos a nuestro ordenamiento.
25. VIGENCIA EN EL ESPACIO
A falta de tratado pertinente, debemos remitirlo al ordenamiento nacional (libro
sobre Derecho Internacional Privado) para saber la competencia del juez:
Art. 2057
Art. 2058
Competente siempre que el demandado
domicilie en el Perú.
Es competente si el contrato se celebro o la
relación se ejecuto en el Perú o si las partes se
someten a la jurisdicción peruana.
(Aun cuando el demandado
no domicilie en el Perú)
Verificada la competencia del juez
peruano, entonces debe establecerse
que ley se aplicara. analizar primero los
tratados y luego nuestra legislación.
legislación aplicable en el caso de
obligaciones contractuales (art. 2095 C.C.)
la ley aplicable es sucesivamente, la
elegida por las partes, o la del lugar de
cumplimiento, si se ha producido en un
solo país, o del cumplimiento de la
obligación principal, si ha ocurrido en
varios, o en defecto de esta, la del lugar
de celebración.
26. •Otro es el del trabajo realizado en sedes diplomáticas acreditadas (de estados extranjeros o de organizaciones internacionales)
Otro es el del trabajo realizado en sedes diplomáticas acreditadas (de
estados extranjeros o de organizaciones internacionales)
VIGENCIA EN EL ESPACIO
exención jurisdiccional
lo cual provocaría grandes
dificultades a los trabajadores para
hacer efectivos sus derechos.
Para la doctrina, consideran que las
relaciones laborales no deben disfrutar de
exención jurisdiccional.
En cuanto a la ley aplicable, en las
embajadas: no es la ley del Estado
receptor, y el Org. Internacionales
tienen su propia ley.
En las Org. internacionales: se tendría
que renunciar a esa exención para que el
juez peruano sea competente.
Tanto para los miembros de las
embajadas como para las
organizaciones internacionales.
En cuanto a las embajadas se tendría
que denunciar ante el juez de la
nacionalidad de la embajada.
27. VIGENCIA EN ELTIEMPO
En todo Estado de derecho se
establece como regla la
irretroactividad de la norma (por
seguridad jurídica), y se admite
como exención su retroactividad.
La interpretación para esos
términos son dos y vienen
formuladas desde las llamadas
teorías de los derechos adquiridos
y de los hechos cumplidos.
•Teoría de los Derechos Adquiridos
TEORIA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS
•Teoría de los Derechos Adquiridos•Teoría de los Derechos Adquiridos•Teoría de los Derechos Adquiridos
La irretroactividad (situación
ordinaria) consiste en
continuar aplicando la norma
anterior a los derechos ya
adquiridos de las relaciones
existentes a la fecha de su
sucesión.
En cambio, la
retroactividad (situación
extraordinaria) supone que
tales derechos se rigen
inmediatamente por la
nueva norma, desde su
entrada en vigor.
28. VIGENCIA EN ELTIEMPO
TEORIA DE LOS HECHOS CUMPLIDOS
irretroactividad cuando la
nueva norma pasa a regir
inmediatamente los hechos
no cumplidos de las
relaciones existentes, a partir
de la oportunidad en que
aquella entre en vigencia.
la situación es de
retroactividad, si los
hechos ya cumplidos
son revisados en virtud
de la norma posterior.
Como puede verse, para el
Derecho laboral, la teoría de los
hechos cumplidos seria más
ventajosa que la teoría de los
derecho adquiridos.
un derecho se adquiere, cuando se
cumple los requisitos previstos por
la norma antigua para su
disfrute, aunque no se haya
iniciado.
los hechos cumplidos, se necesita
distinguir los hechos que se
cumplen una única vez, de los que
lo hacen periódicamente.
29. VIGENCIA EN ELTIEMPO
Entonces se llega a la pregunta de si al entrar en
vigencia la nueva norma, que no interesa
cuando sea, pero que deberá ocurrir con
posterioridad a su publicación, afectara o no las
relaciones y situaciones existentes.
con la reforma constitucional, noviembre del
2004, se produce un cambio sustancial en la
regulación de la vigencia en el tiempo de la
normatividad: expresamente se acoge a la
teoría de los hechos cumplidos, para todo el
ordenamiento (art. 103) y se suprime la
exención en materia pensionaria.