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Prevención CONTRA el lavado
de activos
Prevención del Lavado de Activos y
Financiamiento del Terrorismo
 RESPONSABILIDAD FRENTE AL LAVADO
DE ACTIVOS
 DEFINICIÓN DE LAVADO DE
ACTIVOS/TIPOLOGÍA
 PREVENCIÓN/BUENAS PRÁCTICAS
Artículo 323° Lavado de Activos
El que adquiera, resguarde, invierta,
transporte, transforme, custodie o
administre bienes que tengan su origen
mediato o inmediato en actividades de
tráfico de migrantes, trata de
personas, extorsión, enriquecimiento
ilícito, secuestro extorsivo, rebelión,
tráfico de armas, financiación del
terrorismo y administración de
recursos relacionados con actividades
FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO, LAVADO
DE ACTIVOS y UIAF.
LEY 1121 DE 2006 (diciembre 29) por la cual
se dictan normas para la prevención,
detección,
investigación y sanción de la financiación
del terrorismo y otras disposiciones.
El Congreso de la República
DECRETA:
Artículo 1°. Modificarse el numeral 1 y el
literal d) del numeral 2 del artículo 102
del Decreto 663
de 1993, los cuales quedarán así:
Artículo 102. Régimen general.
.
1. Obligación y control a actividades
delictivas. Las instituciones sometidas
al control y vigilancia de la
Superintendencia Financiera o quien
haga sus veces, estarán obligadas a
adoptar medidas de control
apropiadas y suficientes, orientadas a
evitar que en la realización de sus
operaciones puedan ser utilizadas
como instrumento para el
ocultamiento, manejo, inversión o
aprovechamiento en cualquier forma
de dinero u otros bienes provenientes
de actividades
2. Mecanismos de control. (...)
d) Reportar de forma inmediata y
suficiente a la Unidad de Información y
Análisis Financiero cualquier
información relevante sobre manejo
de activos o pasivos u otros recursos,
cuya cuantía o características no
guarden relación con la actividad
económica de sus clientes, o sobre
transacciones de sus usuarios que por
su número, por las cantidades
transadas o por las características
particulares de las mismas, puedan
Artículo 2°. Modifícarse el artículo
105 del Decreto 663 de 1993,
modificado por el artículo 11 de la
Ley 526 de 1999, el cual quedará así:
Artículo 105. Reserva sobre la
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d) del numeral 2 del artículo 102, las
instituciones financieras solo estarán
obligadas a suministrar información
obtenida en desarrollo de los
mecanismos previstos en los artículos
Las autoridades, las entidades, sus
administradores y sus funcionarios que
tengan conocimiento por cualquier
motivo de las informaciones y
documentos a que se refieren los
artículos anteriores deberán mantener
reserva sobre los mismos.
• Es el proceso que consiste en
convertir, custodiar, ocultar o
transferir dinero, bienes o ganancias
con el fin de evitar la identificación
de su origen ilícito y hacerlos
aparentar como legítimos.
• Los delincuentes realizan el lavado
de activos mediante el
enmascaramiento de la fuente,
cambiando la forma o moviendo los
 La diferencia entre el lavado de
activos y el financiamiento del
terrorismo es que los fondos que
financian el terrorismo pueden ser
de origen licito.
El lavar dinero incluye tres pasos:
-COLOCACIÓN: El ingreso de los fondos
ilegales en el sistema financiero.
Ubicar el dinero en bancos, casinos,
Negocios, casa de cambio, Cias. de seguro
y otro negocios, tanto localmente
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-DISIMULACIÓN: Se convierten los
beneficios resultantes del delito en
otra forma y se crean capas complejas
Se incluyen transacciones como
transferencia de efectivo, Inversiones
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legítimos, inversiones en productos
financieros (fondos mutuos,
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• INTEGRACIÓN: Implica ubicar los fondos
nuevamente en el sistema financiero,
para crear la sensación de
Legitimidad. Es extremadamente
difícil distinguir el origen legal del
ilegal.
• Es importante recordar que a los
lavadores no les importa perder
dinero, es parte del costo del
negocio. A los terroristas les
interesa contar con efectivo para
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•Los testaferros.
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Los lavadores usan empresas y personas para colocar el dinero en la
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Hacen propuestas fáciles para usar un nombre o una empresa, a cambio
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El mas perjudicado es aquel que presto su nombre o la empresa.
Lavar dinero en los servicios de SERVITRA
Es posible lavar dinero en SERVITRANSA a través de los siguientes
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de activos.
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Ayudemos a prevenir el lavado de Activo
La prevención del lavado de activos, consiste en establecer políticas y
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para legitimar fondos o bienes de procedencia ilícita.
Es importante estar prevenidos porque el sistema financiero cuenta con
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lavadores buscan usar empresas de diversos sectores.
Proceso de reporte de Operación Sospec
1. El cliente solicita el servicio.
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• Conocimiento del Cliente.
• Conocimiento del mercado.
• Conocimiento de los trabajadores.
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• Código de Conducta.
• Registro de Operaciones en Efectivo.
• Reporte de Transacciones Sospechosas.
• Gerencia de Cumplimiento.
• Auditorias Interna y Externa.
Cifras
• Cada año en el mundo se lavan entre 500 y 1500 TRILLONES de
dólares.
• En Estados Unidos de America se lavan 200,000 millones de
dólares anuales.
• En el Peru se lavan entre 1,000 y 2,000 millones dólares anuales.
Señales de Alerta
• Dudemos de operaciones fáciles y tarifas muy altas.
• Sepamos quien es nuestro cliente.
• Siempre pregunte el origen de los fondos o de los bienes.
• Documentemos las operaciones.
“NO HAY UNA FORMULA PARA PROTEGERNOS, SOLO
BUENAS PRACTICAS NOS PUEDEN AYUDAR”.
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  • 1. Prevención CONTRA el lavado de activos
  • 2. Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo
  • 3.  RESPONSABILIDAD FRENTE AL LAVADO DE ACTIVOS  DEFINICIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS/TIPOLOGÍA  PREVENCIÓN/BUENAS PRÁCTICAS
  • 4. Artículo 323° Lavado de Activos El que adquiera, resguarde, invierta, transporte, transforme, custodie o administre bienes que tengan su origen mediato o inmediato en actividades de tráfico de migrantes, trata de personas, extorsión, enriquecimiento ilícito, secuestro extorsivo, rebelión, tráfico de armas, financiación del terrorismo y administración de recursos relacionados con actividades
  • 5. FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO, LAVADO DE ACTIVOS y UIAF. LEY 1121 DE 2006 (diciembre 29) por la cual se dictan normas para la prevención, detección, investigación y sanción de la financiación del terrorismo y otras disposiciones. El Congreso de la República DECRETA: Artículo 1°. Modificarse el numeral 1 y el literal d) del numeral 2 del artículo 102 del Decreto 663 de 1993, los cuales quedarán así: Artículo 102. Régimen general. .
  • 6. 1. Obligación y control a actividades delictivas. Las instituciones sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera o quien haga sus veces, estarán obligadas a adoptar medidas de control apropiadas y suficientes, orientadas a evitar que en la realización de sus operaciones puedan ser utilizadas como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades
  • 7. 2. Mecanismos de control. (...) d) Reportar de forma inmediata y suficiente a la Unidad de Información y Análisis Financiero cualquier información relevante sobre manejo de activos o pasivos u otros recursos, cuya cuantía o características no guarden relación con la actividad económica de sus clientes, o sobre transacciones de sus usuarios que por su número, por las cantidades transadas o por las características particulares de las mismas, puedan
  • 8. Artículo 2°. Modifícarse el artículo 105 del Decreto 663 de 1993, modificado por el artículo 11 de la Ley 526 de 1999, el cual quedará así: Artículo 105. Reserva sobre la información reportada. Sin perjuicio de la obligación de reportar de forma inmediata y suficiente a la Unidad de Información y Análisis Financiero la información a que se refiere la letra d) del numeral 2 del artículo 102, las instituciones financieras solo estarán obligadas a suministrar información obtenida en desarrollo de los mecanismos previstos en los artículos
  • 9. Las autoridades, las entidades, sus administradores y sus funcionarios que tengan conocimiento por cualquier motivo de las informaciones y documentos a que se refieren los artículos anteriores deberán mantener reserva sobre los mismos.
  • 10. • Es el proceso que consiste en convertir, custodiar, ocultar o transferir dinero, bienes o ganancias con el fin de evitar la identificación de su origen ilícito y hacerlos aparentar como legítimos. • Los delincuentes realizan el lavado de activos mediante el enmascaramiento de la fuente, cambiando la forma o moviendo los
  • 11.  La diferencia entre el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo es que los fondos que financian el terrorismo pueden ser de origen licito.
  • 12. El lavar dinero incluye tres pasos: -COLOCACIÓN: El ingreso de los fondos ilegales en el sistema financiero. Ubicar el dinero en bancos, casinos, Negocios, casa de cambio, Cias. de seguro y otro negocios, tanto localmente como en el exterior. -DISIMULACIÓN: Se convierten los beneficios resultantes del delito en otra forma y se crean capas complejas
  • 13. Se incluyen transacciones como transferencia de efectivo, Inversiones inmobiliarias, compra de negocios legítimos, inversiones en productos financieros (fondos mutuos, Fideicomisos, compra de acciones).
  • 14. • INTEGRACIÓN: Implica ubicar los fondos nuevamente en el sistema financiero, para crear la sensación de Legitimidad. Es extremadamente difícil distinguir el origen legal del ilegal. • Es importante recordar que a los lavadores no les importa perder dinero, es parte del costo del negocio. A los terroristas les interesa contar con efectivo para financiar sus actividades.
  • 15. ¿Quiénes lavan dinero? •Los delincuentes que comenten delitos que generan mucho efectivo. •Los testaferros. •Los funcionarios públicos (PEP’S). Los lavadores usan empresas y personas para colocar el dinero en la economía. Hacen propuestas fáciles para usar un nombre o una empresa, a cambio de dinero. El mas perjudicado es aquel que presto su nombre o la empresa.
  • 16. Lavar dinero en los servicios de SERVITRA Es posible lavar dinero en SERVITRANSA a través de los siguientes servicios: •Transporte de bolsa cerrada y precintada. •Custodia en bóveda de bolsa cerrada y precintada. •Transporte de valores de punto a punto. •Recuento y abono de dinero falso.
  • 17. Consecuencias • Pérdida de la buena imagen y reputación frente a los clientes. • Estar involucrados en rumores de ser una empresa que favorece el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. • Ser incluídos en la lista OFAC (Ley de Clinton). • Ser multados y sancionados hasta con el cierre definitivo de la empresa. • PRISION
  • 18. Transacciones • Transacción Inusual: Aquella inconsistente con el perfil del cliente y con su actividad. • Transacción Sospechosa: son operaciones de magnitud y velocidad inusual. De acuerdo a la información proporcionada se presume provienen de una actividad ilícita. Registro de Transacciones en efectivo Es el registro donde constan las operaciones realizadas por nuestros clientes, a partir de US$ 10,000 por operaciones o múltiples en un mes superen los US$ 50,000.
  • 19. Misión de Prosegur La misión de la empresa consiste en garantizar que su actividad esté rodeada de seguridad y transparencia y de impedir el uso de nuestros servicios para favorecer el lavado de activos.
  • 20. “AYUDEMOS A TENER UN MAÑANA MAS LIMPIO” Ayudemos a prevenir el lavado de Activo La prevención del lavado de activos, consiste en establecer políticas y procedimientos con el objetivo de reducir el uso de nuestros servicios para legitimar fondos o bienes de procedencia ilícita. Es importante estar prevenidos porque el sistema financiero cuenta con mecanismos de protección cada vez mas eficaces, por lo que ahora los lavadores buscan usar empresas de diversos sectores.
  • 21. Proceso de reporte de Operación Sospec 1. El cliente solicita el servicio. 2. El Oficial de Cumplimiento toma conocimiento de la operación. 3. Evalúa la operación y al cliente. 4. Se realiza, o no, el servicio al cliente. 5. Se registra la operación en el Registro de Operaciones en efectivo. 6. Se reporta la operación a la Unidad de Inteligencia Financiera.
  • 22. Mecanismos de prevención • Conocimiento del Cliente. • Conocimiento del mercado. • Conocimiento de los trabajadores. • Capacitación. • Código de Conducta. • Registro de Operaciones en Efectivo. • Reporte de Transacciones Sospechosas. • Gerencia de Cumplimiento. • Auditorias Interna y Externa.
  • 23. Cifras • Cada año en el mundo se lavan entre 500 y 1500 TRILLONES de dólares. • En Estados Unidos de America se lavan 200,000 millones de dólares anuales. • En el Peru se lavan entre 1,000 y 2,000 millones dólares anuales.
  • 24. Señales de Alerta • Dudemos de operaciones fáciles y tarifas muy altas. • Sepamos quien es nuestro cliente. • Siempre pregunte el origen de los fondos o de los bienes. • Documentemos las operaciones. “NO HAY UNA FORMULA PARA PROTEGERNOS, SOLO BUENAS PRACTICAS NOS PUEDEN AYUDAR”.