Teleconferencia Accionistas Q1 2024 . Primer Trimestre-
Redacción y análisis de justificativos
1. REDACCION Y ANALISIS DE LOS JUSTIFICATIVOS.
DEFINICION
Los justificativos son aquellos Instrumentos que sirven para dejar constancia de un hecho o para evidenciar algún
derecho,oel estadode las cosasen unmomentodeterminado.Encuantoal contenido del justificativo, se debe probar
lo que se quiere decir, también debe convencer parcialmente al Juez de que verdad existe el temor fundado de que
pueda desaparecer el medio probatorio, puesto que el justificativo es un indicio.
TIPOS DE JUSTIFICATIVOS:
Justificativo de no poseer vivienda Justificativo de concubinato Justificativo de soltería Justificativo de soltería para
extranjeroenVenezuelaJustificativode solteríaparacontraermatrimonioJustificativo para acompañar a la solicitud de
declaración de pobreza Justificativo para la admisión de inscripción de una partida de nacimiento Justificativo para la
obtenciónde lanacionalidadvenezolana Justificativo para obtener título supletorio por prescripción Justificativo para
preparar interdicto d despojo Justificativo para presentarlo como prueba de un divorcio Justificativo para probar la
propiedad de un vehículo
IMPORTANCIA O UTILIDAD JURIDICA.
El ordenamiento jurídico en su Artículo 936 y siguientes del Código de
ProcedimientoCivil, denominada“Justificaciones para Perpetua Memoria” o“Justificativo Ad Perpetuam”. Tiene como
finalidad las diligencias dirigidas a
demostrar algún hecho o algúnderecho propio del interesado por lo tanto enacuerdo con nuestro Código Procesal, la
importancia del objeto de estas justificaciones es amplísimo, porque tienden a demostrar hechos
REDACCIÓN DE JUSTIFICATIVOS
.En derecholaredacciónde losJustificativospuedeconsistir,enladescripcióndel hechoque debe de servir de sustento
a la calificación,esdecir,cuandose aplicaunanormajurídica debe tenercorrelaciónconla individualización del suceso
históricoque esanormahipotiza,de locontrariopudieradarse lainadmisibilidad deljustificativo;el justificativonodebe
carecer de motivación en los hechos, al contrario debe suministrar las pruebas en que se fundan las conclusiones
fácticas; en una palabra, demostrarlos. Para que sea fundada en derecho
REDACCION Y ANALISIS DE SOLICITUDES Y DILIGENCIAS
Definiciones de Solicitudes y Diligencias
Una solicitud(oinstancia) es un documento escrito que va dirigido a un organismo público o a una autoridad a
losque se pide algooante losque se plantea una reclamación con la exposición de los motivos en los que se basan. La
mayor parte de losorganismospúblicosdisponende impresosdestinadosaeste fin.Se debe preguntarporsuexistencia
y, si no los hay, se puede hacer la instancia por uno mismo.
Características
2. La Solicitud, en cuanto a los ASPECTOS FORMALES, responde a las mismas directrices que la carta de
presentación,perose suele dejarunmargenizquierdode,aproximadamente,latercera parte del ancho del papel, para
facilitarque lapersonaque ha de estudiarlainstanciapuedahacerlasanotacionesmarginalesque considere oportunas.
Redacción y análisis de solicitudes
a) Encabezamiento.
Consta de los datos personales de quien firma la solicitud: nombre y apellidos, lugar y fecha de nacimiento,
domicilio, teléfono y datos opcionales (profesión, centro de trabajo, etc.).
b) Exposiciónde motivos
Se debe describirlascircunstanciasylascausas que motivanla solicitud, de manera sistemática y esquemática;
se deben exponer todos los datos de forma argumentada y citar las disposiciones legales en que esté basada la
solicitud.
Se inicia con la palabra EXPONGO, seguida de dos puntos y, normalmente, se termina con la expresión "por
ello". Si es el caso, se hará referencia a la documentación aportada con fórmulas del tipo: "lo que acredito con la
documentación anexa", seguida de la relación de documentos incorporados a la solicitud.
El tratamientopersonal del emisor puede ser en primera persona (yo), en tercera persona y el del receptor, la
segunda persona del plural (os) o bien una fórmula impersonal. En ocasiones, cuando la instancia va dirigida a una
autoridad se hace uso del tratamiento que corresponde a la misma (V.E., V.M.E., V.I., etc.)
c) Petición o exposición de la solicitud
Se comienza con la palabra SOLICITO, seguida de dos puntos. Si esta palabra va seguida de una oración con un
verbo conjugado, se debe introducir antes la conjunción que. Por ejemplo, SOLICITO: Que sea concedido...., o bien
SOLICITO: Que se acepte esta petición de….
d) La despedida
Esta debe indicar:
o Fecha: lugar, día, mes y año
o Firma de quien presenta la instancia
3. o Nombre del organismo, institución, unidad o autoridad a quien se dirige la instancia; estos nombres
deben ir escritos todos en mayúsculas.
Solicitudes ante el Poder Judicial
Algunas solicitudes son:
Devolviendo el expediente y pidiendo se reclamen documentos necesarios para completarlo
Demanda
Solicitandolasuspensiónde laejecucióndel acto u otra medida cautelar por otro si en la demanda o en escrito
independiente
De los demandados o coadyuvantes manifestando su opinión sobre la medida cautelar
Solicitando la celebración de vista pública por medio de otro si en la demanda o contestación, o en escrito
independiente
Alegaciones previas
De contestación por el actor a las alegaciones previas
Contestación a la demanda
Incidente de acumulación.
Solicitando la acumulación de recursos
Oponiéndose a la acumulación
Aceptando la solicitud de acumulación
De proposición de pruebas por el actor o el demandado
Presentando las posiciones y preguntas para la prueba de confesión, pericial o/y de informes y testifical
Presentando la lista de testigos en escrito posterior al de proposición
Conclusiones del actor
Conclusiones del demandado
Solicitando aclaración de la sentencia
De desistimiento
De allanamiento
Las Diligencias
4. La diligencia es, en Derecho procesal, el acta redactada por el funcionario competente que tiene por objeto
dejarconstanciade un acto con trascendenciaprocesal enla sustanciación de un pleito. Es la precaución o cuidado con
que una persona desempeñan sus funciones o se comporta en su vida a fin de no causar daño o lesión a terceros.
Clasificación
Distinguimos las siguientes clases:
a) Diligenciasde ordenación: Son las que dan a los autos el curso ordenado por la ley e impulsan formalmente el
procedimiento.
b) Diligencias de ejecución: Son las que se redactan en los procedimientos de ejecución basados en títulos
judiciales o no judiciales pero con fuerza ejecutiva.
De entre las más importantes destacan la diligencia de requerimiento, diligencia de embargo, la diligencia
de lanzamiento y la diligencia de deslinde y amojonamiento.
a) Diligencias de comunicación: Son las que tienen por objeto dejar constancia de la realización de un acto de
comunicación procesal. Según su contenido reciben el nombre de diligencia de citación, diligencia de notificación y
diligencia de emplazamiento.
b) Diligenciade instrucción: Son las que se redactan durante la fase de instrucción de las causas penales. Las más
conocidas son la diligencia de inspección ocular, de levantamiento de cadáver, de reconocimiento en rueda y de
reconstrucción de los hechos.
c) Diligencia judicial: Resolución emitida por un juez dentro de un proceso
d) Diligencias preliminares: Son aquellas destinadas a la preparación del juicio
e) Diligencias previas: El juez practicará como diligencias previas a la apertura del proceso penal las esenciales
encaminadas a determinar la naturaleza y circunstancias del hecho, personas que hayan participado y procedimiento
aplicable,practicadaslascualesadoptará alguna de las siguientes resoluciones archivo de actuaciones, declaración de
falta, continuación por sumario o diligencias preparatorias, o inhibición a favor de la jurisdicción de menores.
5. Solicitud ante el Poder Judicial:
Se denomina solicitud al requerimiento del presentado ante el órgano jurisdiccional donde no hay conflicto, la
parte acude al Tribunal para que se le compruebe algún hecho o derecho propio del interesado.
Es lo que en derecho se le llama Jurisdicción Voluntaria. La jurisdicción voluntaria debe definirse como aquella
función que realizan los órganos jurisdiccionales frente a la solicitud o requerimiento de los particulares por
medio del cual se configuran situaciones jurídicas de conformidad con la Ley y su característica principal es la
ausencia de conflictos o controversias.
Carnelutti, quien le da el nombre de proceso voluntario expone que: “así como el proceso contencioso sirve para
la composición de la litis, el proceso voluntario tiene por función la prevención de la litis, haciendo imposible el
conflicto de intereses, la prevención de la litis es el fin del proceso voluntario, el cual es para el proceso
contencioso lo que la higiene para la curación de las enfermedades. En el proceso voluntario no se está en
presencia de una litis sino más bien de un (negocio) en el sentido de realización de un acto relevante en orden a
la tutela de un interés”. (Cartnelutti. Instituciones del Proceso Civil. Vol. I).
La expresión normativa de la Jurisdicción Voluntaria se encuentra en el Título XII , Parte Segunda , artículos
895 y siguientes del Cödigo de Procedimiento Civil Venezolano vigente.
Según la concepción que seacoge en el Art. 895 del nuevo Código:
“El juez, actuando en sede de jurisdicción voluntaria, interviene en la formación y desarrollo de situaciones
jurídicas de conformidad con las disposiciones de la Ley y del presente Código;” definición ésta que destaca
dos de los rasgos más característicos de la jurisdicción voluntaria: su finalidad constitutiva y la naturaleza
propiamente jurídica de la actividad que realiza el juez, pues si bien en ella no existe un conflicto de intereses, o
litigio, en el sentido de pretensiones contrapuestas entre partes interesadas, en cambio, el juez está llamado a
examinar una situación de hecho concreta y a tomar ciertas resoluciones en interés de la persona respecto de la
cual va a surtir efectos la providencia del juez, pero siempre en conformidad con las disposiciones de la ley y
del código.
Por otra parte, la norma tiene el objetivo de ilustrar al Juez para que pueda discernir cuando el asunto sometido
a su conocimiento corresponde a la jurisdicción contenciosa o a la voluntaria, y resolver en justicia lo que
convenga, de acuerdo a la facultad que se le otorga en el Art. 901.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ha sostenido reiteradamente que tal como lo ha
indicado la doctrina patria, en este tipo de jurisdicción o procedimiento, no hay litigio alguno, por lo cual no
existen partes, sino interesados. De allí que toda resolución que se produzca en esta jurisdicción tendría entre las
partes el efecto de una presunción iuris tantum de la situación jurídica declarada oconstituida y también “… es
formalmente inmutable por constituir un estado preclusivo que mantiene la autoridad de la resolución en tanto
no cambien los supuestos que le dieron origen; lo cual está en concordancia con nuestra definición de la
jurisdicción voluntaria, como: “aquella función del juez por la cual crea condicionamientos que le dan
significación jurídica a la conducta de los solicitantes y que están destinados a mantenerse con validez en tanto
no cambien las circunstancias que los originaron o no sean revocados expresamente por el juez”.
Tipos
Existen muchos tipos de solicitudes entre los más comunes se pueden mencionar:
Solicitud de Títulos Supletorios:
Es un instrumento (documento) público y tiene fuerza de tal, porque se tramita por ante un Tribunal de
Municipio del lugar donde se encuentren ubicadas las bienhechurías (según Resolución N° 2009-0006 emanada
del TSJ) y porque así expresamente lo establece el artículo 1.357 del código civil: “Instrumento Público es el
que ha sido autorizado con las solemnidades legales por un Registrador, por un Juez u otro funcionario o
6. empleado público que tenga facultad de darle fe pública, en el lugar donde el documento se haya autorizado.”
(Fin del artículo)
En esta clase de instrumentos consta –en principio- la propiedad de bienes a favor de una o varias personas
determinadas. Cuando se trata de bienhechurías inmobiliarias, el interesado en obtener un título supletorio de
propiedad debe demostrar además, que es dueño del terreno sobre el cual se encuentran edificadas
lasbienhechurías. Si la persona no es dueña del terreno, deberá obtener la autorización del propietario respectivo
para poder tramitar el correspondiente título supletorio debido a que existen disposiciones legales que
establecen la presunción de que el dueño del suelo lo es también de todo aquello construido sobre él.
Solicitud de Únicos y Universales Herederos:
La Ley venezolana prevé el procedimiento judicial de Solicitud de Declaración de Únicos y Universales
Herederos de la persona fallecida. Se inicia mediante un escrito dirigido al Juez suscrito por él o la cónyuge del
difunto, asistida por su abogado de confianza. La viuda o viudo, actuando en su propio nombre y al mismo
tiempo en representación de sus hijos, pide al sentenciador que los considere únicos y universales herederos de
cualquier derecho que les corresponda como cónyuge sobreviviente e hijos del causante. Una vez obtenida la
decisión en esos términos, los herederos podrán reclamar a su favor, como titulares, todos los beneficios
económicos dejados por el finado. Por ejemplo, las prestaciones sociales derivadas del trabajo, los haberes
tenidos en cuentas bancarias, los créditos por cobrar, pensiones, entre otros conceptos o bienes propiedad del
difunto.
Solicitud de Rectificación de Actas de Registro Civil.
Son solicitudes que se efectúan en virtud de errores u omisiones contenidas en las Actas de Nacimiento, de
Defunción, de Matrimonios etc.-
En Venezuela en fecha quince (15) de marzo del año dos mil diez (2010), entró en vigencia la Ley Orgánica del
RegistroCivil, publicada en la Gaceta Oficial número 39.264 de fecha 15 de septiembre del año dos mil nueve
(2009), y según el articulado contenido en Capítulo X (De la Rectificación, Inserciones, Notas Marginales,
Reconstrucción de Actas y Certificaciones), establece en su artículo 144 que “Las actas podrán ser rectificadas
en sede administrativa o judicial”, es decir, se introduce una nueva forma de rectificación de partidas que no
existía previa al ejecútese de esa ley, como lo es, la rectificación de actas del estado civil en sede administrativa.
La rectificación de las actas en sede administrativa procederá cuando haya omisiones de las características
generales y especificas de las actas, o errores materiales que no afecten el fondo del acta” (Artículo 145 de la
Ley Orgánica del Registro Civil), atribuyéndole en consecuencia, la competencia en materia de rectificación
sumaria contenida en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, a los Registradores Civiles, en los
casos de “… omisiones o errores materiales que no afecten el contenido de fondo del acta” (Artículo 148 de la
Ley Orgánica del Registro Civil).
Por otra parte, precisa la ley especial en materia de Registro Civil que la Rectificación Judicial procederá
“Omissis… cuando existan errores u omisiones que afecten el contenido de fondo del acta, debiendo acudirse a
la jurisdicción ordinaria” (Artículo 149 de la Ley Orgánica del Registro Civil),
Solicitud de Divorcio 185-A.
El Divorcio es definido por la doctrina como la ruptura legal de un matrimonio válidamentecontraído, durante la
vida de los cónyuges como consecuencia de un pronunciamiento judicial.
En el ordenamiento jurídico Venezolano, solo hay dos maneras de disolver el vínculo matrimonial: de manera
amistosa o de mutuo acuerdo, (no contenciosa) y de manera contenciosa mediante juicio previo; en la primera
de las mencionadas, existen dos variantes, la separación de cuerpos mediante mutuo acuerdo, y el divorcio
remedio, contemplado en el artículo 185-A del Código Civil.
7. El artículo 185-A del Código Civil es del siguiente tenor:
“Cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (5) años, cualquiera de ellos
podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Con la solicitud deberá acompañar
copia certificada de la partida de matrimonio. …Admitida la solicitud, el Juez librará sendas boletas de citación
al otro cónyuge y al Fiscal del Ministerio Público, enviándoles además, copia de la solicitud. El otro cónyuge
deberá comparecer personalmente ante el Juez en la Tercera audiencia después de citado. Si reconociere el
hecho y si el Fiscal del Ministerio Público no hiciere oposición dentro de las diez audiencias siguientes, el Juez
declarará el divorcio en la Duodécima Audiencia siguiente a la comparecencia de los interesados…”.
Se infiere del contenido del artículo 185-A del Código Civil, que los cónyuges pueden acudir juntos al Tribunal,
a declarar que desean disolver el vínculo que los ha unido, alegando que han estado separados de hecho por más
de cinco (5) años, lo queconfigura ruptura prolongada de la vida en común, y bajo el amparo de esta norma
(185-A). No es necesario estrictamente que acudan juntos, pues también podrá acudir uno de los cónyuges, por
separado a solicitar lo mismo, en consecuencia el juez(a) deberá oír del otro cónyuge si éste está de acuerdo con
la solicitud planteada, debiendo corroborar las afirmaciones referidas a la existencia de la alegada separación,
en razón de ello, deberá librarse la respectiva boleta para su comparecencia.
Solicitud de Separación de Cuerpos.
Entre las causales de divorcio establecidas en el artículo 185 del Código Civil, está la del último aparte del
mismo, denominada separación de cuerpos voluntaria o no contenciosa, que dice:“…También se podrá declarar
el divorcio por el transcurso de más de un año después de declarada la separación de cuerpos sin haber ocurrido
en dicho lapso la reconciliación de los cónyuges.- En este caso el Tribunal procediendo sumariamente y a
petición de cualquiera de las partes, declarará la conversión de cuerpos en divorcio, previa notificación del otro
cónyuge y con vista al procedimiento anterior.”
Solicitudes por Vía Administrativa
Los recursos administrativos surgen como un remedio a la legal actuación de la administración. Son medios
legales que el ordenamiento jurídico pone a disposición de los particulares para lograr, a través de la
impugnación, que la Administración rectifique su proceder. Son la garantía del particular para una efectiva
protección de su situación jurídica.
Son denominados recursos, porque setrabaja con un acto preexistente, es decir, con una materia procedimental
ya decidida, que en este caso, es un acto administrativo de efectos particulares, nunca general (artículo 85).
En cuanto a la naturaleza de los recursos administrativos, la tesis predominante considera los recursos
administrativos como un derecho del interesado, que forma parte de la garantía constitucional a la defensa. Otra
tesis considera los recursos como medios procedimentales de defensa de los derechos de los individuos ante las
autoridades públicas, criterio éste mayoritariamente aceptado, ya que el procedimiento en sí no puede ser
calificado como un derecho, sino como un medio que permita al particular revelarse ante la conducta ilegítima
de la Administración.
El recurso administrativo es un acto por el que un sujeto legitimado para ello pide a la Administración que
revise, revoque o reforme una resolución administrativa, o excepcionalmente un trámite, dentro de unos
8. determinados lazos y siguiendo unas formalidades establecidas y pertinentes al caso.
Es necesario distinguir el recurso de la petición. En el primero se parte de la existencia previa de un acto o
resolución administrativa, que es lo que se pretende que se reforme o revoque, mientras que la petición tiene
como finalidad última la realización por parte de la Administración de un acto nuevo.
Los recursos administrativos se interponen y resuelven ante la misma Administración, por lo que esta se
convierte así en juez y parte de los mismos. De ahí que la garantía que se pretende asegurarofreciendo mediante
la interposición de recursos una posibilidad de reacción contra las resoluciones administrativas se vea limitada
por el hecho de ser la propia Administración la que ha de resolver el litigio planteado y que deriva de un acto
suyo. Y de ahí que en muchas ocasiones, tras la resolución administrativa, haya que acudir a otras instancias (la
vía judicial) para la última consideración y sentencia sobre el asunto en cuestión.
Solicitudes ante Entidades Públicas
Los solicitantes deben tener el derecho de realizar las solicitudes de forma escrita u oral, en los idiomas
oficiales de su autonomía, y el único requisito debe ser proporcionar un nombre, una dirección postal o de
correo electrónico, y la descripción de la información buscada, sin que se les exija justificar el motivo de su
solicitud.
Diligencia:
Son peticiones en forma escrita que dan a los autos el curso ordenado por la ley e impulsan formalmente el
procedimiento.
Redacción de una Solicitud:
FORMATO DE DIVORCIO 185-A SIN HIJOSb
CIUDADANO
Juez de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado
Carabobo. Extensión Puerto Cabello.
SU DESPACHO.-
Nosotros, ________________________ Y ___________________________, venezolanos, titulares de las
cedulas de Identidad Números V.-_________ y V.-__________, Cónyuges, mayores de edad, ambos de este
domicilio. Debidamente asistido en este Acto por los abogados __________________y _______________,
venezolanos, Abogados, titulares de las Cédulas deIdentidad Números __________ Y ___________
respectivamente, de este domicilio, inscrito en el INPRE bajo el Nº ______ Y _______, ante usted,
respetuosamente ocurrimos para exponer:
DEL MATRIMONIO CIVIL
En fecha _________ (__) de _______________________________________ (_____), contrajimos matrimonio
civil, por ante la Autoridad Civil del Municipio Autónomo _______ Estado ________, quedando anotado en el
libro del año ______, Acta Nº ___., como se evidencia en el Acta de Matrimonio, que acompañamos, anexo
marcada con la letra "__"
De esta unión matrimonial no tenemos hijos menores de edad.
DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS
Ahora bien, ciudadano juez, es el caso que a pesar de haber contraído matrimonio como quedo evidenciado
antes, nos Residenciamos y fijamos domicilio conyugal, en ciudad ________________, Parroquia
__________________, Calle ________________, casa Nº _____, Municipio ________________, y desde el día
________ (___) de ________ de _______________________ (______), específicamente hasta el mes de
9. _________ de ______, y desde el mes de ________ de ______, nos separamos. Por desavenencias surgidas en
el curso de nuestra vida conyugal, nos separamos viviendo cada uno de nosotros en esta ciudad de
____________ en domicilio diferente y desde entonces no hemos hecho vida común bajo ningunas
circunstancias; En consecuencia, los hechos descritos se enmarcan dentro de las previsiones que contempla el
Articulo 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, en virtud de haberse producido una ruptura prolongada ypermanente de
nuestra vida conyugal que alcanza, desde __________ de _______, hasta la fecha ________ de ______, han
transcurrido ____________ (____) Años, y en consecuencia solicitamos del tribunal a su cargo, se sirva, como
en efecto lo hacemos en este Acto, se declare el divorcio y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que
nos une. A los fines legales consiguientes, en los términos que son los que hemos convenido.
DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL
En el tiempo que duro nuestra unión conyugal no adquirimos ninguna clase de bienes y así lo declaramos a los
efectos legales correspondientes. Por todas las razones expuestas, anteriormente, y con fundamento en las
facultades que nos confiere el primer párrafo de Articulo 185-A y demás preceptos legales del mismo Articulo.-
es por lo que ocurrimos ante su competente autoridad, para solicitar como en efecto lo hacemos en este Acto,
que declare el divorcio y en consecuencia disuelto él vinculo matrimonial que nos une, en los términos
señalados. A los fines legales consiguientes, rogamos a usted se sirva ordenar lo pertinente para que se libre
boleta de notificación al Ciudadano Fiscal del Ministerio Publico, remitiéndole anexo a la misma copia
certificada, de la presente solicitud; así mismo pedimos que la misma sea Admitida, Sustanciada Conforme a
Derecho y Declarada Con Lugar en la definitiva con todos los pronunciamientos Legales.
Es justicia, en __________________ a la fecha de su presentación.
REDACCION DE UNA DILIGENCIA
Enhoras de despacho del día de hoy________________, comparece ante este Tribunal la
ciudadana_________________ (identificar) asistida por el abogado_________________ , IPSA
Nº._____________, quien expone: Solicito del Tribunal se sirva expedirme copias certificada de los
folios________________ con inserción de la presente diligencia y del auto que la provea. Es todo terminó, se
leyó y conformes firman.
La Secretaria.
El Diligenciarte,
El Abogado Asistente,
10. Testamento
Acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o parte de
ellos. Los testamentos contienen generalmente actos de disposición, pero también admiten actos de
carácter no patrimonial, como el reconocimiento de un hijo. Se clasifican en testamentos comunes y
especiales.
Noción
Su definición general se refiere a un instrumento legal que expresa la voluntad del legitimo
propietario o testador, para que una o varias personas determinadas, adquieran el derecho de su
propiedad después de su fallecimiento, éstos serán los legítimos herederos de su bien.
Jurídicamente se refiere al acto por el cual una persona dispone de todos sus bienes o parte de ellos
para ser distribuidos después de su muerte
Contenido del testamento.
Dentro de lo humanamente posible, con el testamento se puede asegurar lo que una persona quiere
que se haga después de su fallecimiento: el instrumental es variado y normalmente suficiente, pero
al lado de los supuestos reales sencillos, puede darse el caso complejo. Por ello es preferible aquí
exponer la panorámica general del posible contenido del testamento atendiendo a diversos
supuestos fácticos, contemplados empíricamente.
1. Disposiciones a favor del cónyuge: si de un matrimonio normal, bien avenido, se trata y no
haydescendencia común es frecuente la institución de heredero universal -bien simple sin más o
consustitución fideicomisaria o incluso de residuo-, institución que puede abarcar todos los bienes o
ceñirse a los bienes gananciales, disponiéndose de los privativos a favor
de parientes deltestador (hermanos, sobrinos...), salvando la legítima en su caso de los ascendientes
deltestador. El enfoque varía, claro es, si existen hijos o descendencia común: o sólo respetar
lalegítima viudal o legar el usufructo universal al cónyuge, en base al artículo 820.3, o incluso
disponer optativamente que puede él elegir entre tal usufructo universal o el tercio de
libredisposición más la legítima viudal (usufructo del tercio de mejora) e incluso otorgarle
lasfacultades fiduciarias del artículo 831 (en la línea de algunas legislaciones forales), constituyen
distintas perspectivas que la realidad suele considerar (aparte atribuciones legales como las del art.
1.406 y 7 en sede de liquidación de la sociedad de gananciales).
Caso de matrimonio separado de hecho o con separación judicial o en trance
de nulidad,separación o divorcio, el enfoque suele cambiar radicalmente: desde la simple
constanciatestamentaria de la situación hasta la desheredación e incluso
el silencio u omisión (pretericiónintencional) del cónyuge, sin desconocer que -por la razón íntima
que sea- no es insólito, caso deseparación fáctica, el reconocimiento expreso en el testamento de
la legítima viudal, son soluciones que la realidad conoce en la praxis testamentaria notarial.
2. Testador con hijos o descendientes: también el enfoque varía caso de existir hijos de
distintosmatrimonios del testador o hijos no matrimoniales
y descendencia del matrimonio: prelegados, modos, mejoras, desheredaciones, pago
de porción hereditaria de alguno de ellos en metálico (en base al art. 841), disposiciones de carácter
particional e incluso la partición por el testador del 1.056, atribución a su cónyuge de
11. las facultades fiduciarias del apuntado artículo 831..., son medios en la mano del causante para
canalizar su última voluntad, a la vista de la situación real concreta, sin olvidar, claro es, la
frecuente institución hereditaria a todos por igual así como la previsora cláusula de «reconocimiento
de la legítima lo más estricta posible a todos aquellos a quienes legalmente corresponda, no
mencionados en este testamento», evitadora de pretericiones y prevista con fin de discreción, caso
por ejemplo de existir hijos no matrimoniales a quienes no se quiere aludir nominatim, ni siquiera
expresar su existencia decididamente.
3. Testador soltero o viudo sin descendencia: en tales casos son naturalmente más frecuentes las
disposiciones a favor de padres, hermanos, sobrinos..., así como las mandas y disposiciones
piadosas, educativas o culturales y la institución testamentaria de fundaciones, con dotación a cargo
de la herencia.
En todo caso, el nombramiento de albaceas (con más o menos facultades, e incluso con las
específicamente amplias del artículo 671 antes expuesto, y también con facultad de realización del
valor de los bienes y entrega del dinero obtenido a los favorecidos en el testamentoalbaceazgo de
realización de valor, que en el régimen del C.C. tiene que respetar la posible existencia
de legitimarios), de contadores partidores, de administrador de la herencia, de arbitrador..., facilita,
completa y asegura el fiel y exacto cumplimiento de la última voluntad deltestador según
las circunstancias reales de cada caso concreto.
Lo expuesto se completa con la frecuente declaración de fe religiosa y de disposiciones relativas a
entierro y funerales que suelen presidir el clausulado dispositivo del testamento.