Este documento contiene varios decretos y resoluciones gubernamentales. Los decretos limitan los servicios de dos empleados policiales para que se jubilen, reconocen años de servicio de varios empleados de salud y educación, y designan a un nuevo director administrativo. Las resoluciones imponen multas a una empresa eléctrica por incumplimientos de seguridad e higiene y reestructuran las delegaciones laborales en el interior de la provincia.
EPRE sanciona a Edersa por incumplimientos en seguridad eléctrica
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Viedma, 22 de Mayo de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5252
DECRETO Nº 523.- 13-05-2014.- Limitar los
servicios, a partir del 1 de junio de 2014, al
Suboficial Principal, Agrupamiento Seguridad -
Escalafón General, Darío Mario Fabián Montiel,
DNI. Nº 17.818.560, Clase 1965, Legajo Per-
sonal Nº 5170, a fin de acogerse a los beneficios
del Retiro Voluntario, conforme lo previsto en
el Capítulo III, Art. 3º de la Ley L Nº 2432, y en
concordancia con el Título IV, Capítulo I, Art.
148 de la Ley L Nº 679, del Personal Policial.-
Expte. Nº 050547-S-2013.
DECRETO Nº 524.- 13-05-2014.- Limitar los
servicios, a partir del 1 de enero de 2014, al
Sargento Ayudante, Agrupamiento Seguridad -
Escalafón General, Jaime Leonel Lehueque,
DNI. Nº 16.959.330, Clase 1965, Legajo Per-
sonal Nº 5.095, a fin de acogerse a los beneficios
del Retiro Voluntario, conforme lo previsto en
el Capítulo III, Art. 3º de la Ley L Nº 2432, y en
concordancia con el Título IV, Capítulo I, Art.
148 de la Ley L Nº 679, del Personal Policial.-
Expte. Nº 050.873-R-2013.
DECRETO Nº 525.- 13-05-2014.- Reconocer, a
partir de la fecha de la firma del presente
Decreto, los años laborados por la Sra. Yeny
Lorena Quiroz Robledo, DNI. Nº 18.878.039 -
Legajo Nº 661.692/5, desde el 23 de abril de
2007, hasta el 17 de julio de 2013 en el
Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L
Nº 1844.- Reubicar en el Grado II del
Agrupamiento Tercero, de la Ley L Nº 1904,
de acuerdo al cómputo que se especifica,
conforme lo dispuesto en el Art. 6º de la Ley Nº
4861, en la Jurisdicción 44 - Programa
14.00.00.01, del Consejo Provincial de Salud
Pública, dependiente del Ministerio de Salud.-
Expte. Nº 83.131-S-2012.
DECRETO Nº 526.- 13-05-2014.- Destacar en
Comisión Oficial de Servicios a la ciudad de Sao
Paulo (Brasil), a partir del día 14 al 19 de mayo
de 2014, a la Sra. Directora de Acciones
Promocionales, Carolina Ciliberto, Cuil Nº 27-
28119557-9, por el término de cinco (5) días
de viáticos, donde participará del evento Ad-
venture Sports Fair 2014.- Expte. Nº 47.105-
T-2014.
DECRETO Nº 527.- 13-05-2014.- Aceptar, a
partir del 12 de mayo de 2014, la renuncia del
Sr. Fernando Martín Devoto, DNI. Nº
12.780.499, al cargo de Director de
Administración, del Ministerio de Educación y
Derechos Humanos.
DECRETO Nº 528.- 13-05-2014.- Designar, a
partir de la firma del presente Decreto, al Sr.
Juan Carlos Carreño, DNI. Nº 8.409.344, en el
cargo de Director de Administración, del
Ministerio de Educación y Derechos Humanos.
DECRETO Nº 529.- 13-05-2014.- Adherir a los
festejos organizados con motivo de la
conmemoración del 135 Aniversario de la
fundación de la localidad de Chichinales.
DECRETO Nº 530.- 13-05-2014.- Aprobar el
Contrato de Locación de Servicios suscripto
entre la Secretaría General, representada por el
Sr. Secretario General, Dn. Matías Rulli, DNI.
Nº 26.010.103, y el Sr. Mariano Sebastián
Zacharonok. DNI. Nº 26.368.103, a partir del
1 de febrero de 2014 y hasta el 31 de diciembre
de 2014.- Expte. Nº 040189-DRH-2014.
DECRETO Nº 531.- 13-05-2014.- Reconocer, a
partir de la fecha de la firma del presente
Decreto, los años laborados por la agente Lidia
Mabel Torres, DNI. Nº 14.572.449 - Legajo Nº
653630/1, desde el 1/07/1983 y hasta el 25/06/
2013, como Auxiliar de Enfermería, en el
Agrupamiento Auxiliar Asistencial de la Ley L
Nº 1844, a los fines de ingreso al régimen
escalafonario horizontal de la Ley L Nº 1904.-
Crear una vacante en el Agrupamiento Segundo
- Grado V, de la Ley L Nº 1904, en la Jurisdicción
44 - Programa 14.00.00.01, del Consejo Pro-
vincial de Salud Pública, dependiente del
Ministerio de Salud.- Reubicar, a partir de la
fecha de la firma del presente Decreto, a la Sra.
Lidia Mabel Torres, DNI. Nº 14.572.449 -
Legajo Nº 653630/1, en la vacante creada, en
cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1º de la
Ley Nº 4861, suprimiéndose la vacante generada
en el Agrupamiento Auxiliar Asistencial,
Categoría 15 de la Ley L Nº 1844.- Expte. Nº
68537-S-2011.
DECRETO Nº 532.- 13-05-2014.- Reconocer a la
Sra. Sandra Noemí Andrea Sánchez, DNI. Nº
23.097.802 - Legajo Nº 660.888/4, los años
laborados en el Agrupamiento Auxiliar
Asistencial, Auxiliar de Enfermería, de la Ley L
Nº 1844, desde el 28 de febrero 2005 hasta el 8
de mayo de 2013.- Crear una vacante en el
Agrupamiento Segundo - Grado II - Profesional
Asistencial - Licenciada en Enfermería, de la
Ley L Nº 1904, en la Jurisdicción 44 - Programa
14.00.00.01 del Ministerio de Salud.- Reubicar,
a partir de la fecha de la firma del presente
Decreto, a la Sra. Sandra Noemí Andrea Sánchez,
DNI. Nº 23.097.802 - Legajo Nº 660.888/4 en
la vacante creada, conforme lo dispuesto en la
Ley L Nº 1904, suprimiendo la vacante generada
en el agrupamiento Tercero - Grado I -
Profesional Asistencial - Enfermera, de la
misma Ley.- Expte. Nº 130.287-S-2013.
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RESOLUCIONES
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ENTE PROVINCIAL REGULADOR
DE LA ELECTRICIDAD
E.P.R.E.
Resolución Nº 49/14
Cipolletti, 11 de Marzo del 2014.
Visto, el expediente del Registro del Ente Pro-
vincial Regulador de la Electricidad de Río Negro
N° 13805/08 caratulado: “Seguridad Pública en
puntos EPRE, Mes Octubre 2008, Distribuidora
EdERSA”, y;
Considerando ....
El Directorio del Ente Provincial
Regulador de la Electricidad
RESUEVE
Artículo 1°: Tener por no presentados descargos
por parte de La Distribuidora EdERSA contra las
imputaciones formuladas por Resolución EPRE AU
N° 381/09.
Art. 2°: Aplíquese a La Distribuidora EdERSA
una sanción de multa equivalente a Pesos Cincuenta
y Tres Mil Ciento Sesenta 58/100 ($ 53.160,58)
por los incumplimientos a las obligaciones
previstas en el Art. 24° de la Ley J N° 2.902, Art.
25 inc. m) del Contrato de Concesión y Art 6° inc.
b) del Régimen de Suministro, ocurridos en las
circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas
en la motivación de esta Resolución.
Art. 3°: El importe total de las multas dispuestas
en el artículo 2° deberá ser descontada por La
Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de
abastecimiento del próximo período, aplicable al
cuadro tarifado correspondiente, descontándolo del
valor monetario de dicho ajuste, discriminando
dicho monto bajo la leyenda “Créditos por
Aplicación de Sanciones dispuestas por el EPRE”
conforme la metodología que se establece en la
Resolución EPRE N° 508/00.
Art. 4º: Reiterar la orden impartida a fs. 17/18
haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar,
dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles,
en forma documental y/o digital (aportando los
elementos probatorios que garanticen nitidez e
identificación indubitable de las instalaciones
eléctricas) ante este Ente, haber dado solución to-
tal a todas las anomalías identificadas en los Anexos
II y III, bajo apercibimiento de aplicar nuevas
sanciones.
Art. 5°: Ténganse por incorporados los Anexos
I “Anomalías con solución total”, Anexo II
“Anomalía con solución parcial”, Anexo III
“Anomalías sin intervención” y Anexo IV “Cálculo
de Multa”, que forman parte integrante de la pre-
sente resolución.
Art. 6°: Regístrase y previo cumplimiento del
Art. 12 de la Ley K Nº 88, modificado por la Ley
N° 4.739, publíquese en el Boletín Oficial de la
Provincia de Río Negro y en la página web de este
organismo y notifíquese a la Distribuidora EdERSA.
Luego de notificarse la resolución, pasen las
actuaciones al Area Técnica a los fines de verficar
el cumplimiento de lo ordenado en los Art. 3° y 4°.
Firmado: Ing. Mario López, Presidente del
Directorio del EPRE.– Diego Silvera, Prensa y
Difusión - E.P.R.E.
Nota: La versión completa de la presente
Resolución se puede consultar en la página web
del EPRE www.eprern.gov.ar o en la sede central
del EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
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Resolución Nº 61/14
Cipolletti, 14 de Marzo del 2014.
Visto, el expediente del Registro del Ente Pro-
vincial Regulador de la Electricidad de Río Negro
N° 15181/09 caratulado: “Seguridad Pública en
puntos EPRE, Mes Junio 2009, Distribuidora
EdERSA”, y
Considerando ....
El Directorio del Ente Provincial
Regulador de la Electricidad
RESUELVE
Artículo 1º: Tener por no presentados
descargos por parte de La Distribuidora EdERSA
contra las imputaciones formuladas por Resolu-
ción EPRE AU N° 118/10.
Art. 2°: Aplíquese a La Distribuidora EdERSA
una sanción de multa equivalente a Pesos
Doscientos Ochenta y Un Mil Ciento Treinta y
Seis con 84/100 ($ 281.136,84) por los
incumplimientos a las obligaciones previstas en el
Art. 24° de la Ley J N° 2.902, Art. 25 inc. m) del
Contrato de Concesión y Art. 6°-inc. b) del
Régimen de Suministro, ocurridos en las
circunstancias de hecho y de derecho desarrolladas
en la motivación de esta Resolución.
Art. 3º: El importe total de las multas dispuestas
en el artículo 2° deberá ser descontada por La
Distribuidora EdERSA del ajuste del cuadro de
abastecimiento del próximo período, aplicable al
cuadro tarifario correspondiente, descontándolo del
valor monetario de dicho ajuste, discriminando
dicho monto bajo la leyenda “Créditos por
aplicación de sanciones dispuestas por el EPRE”
conforme la metodología que se establece en la
Resolución EPRE N° 508/00.
Art. 4°: Reiterar la orden impartida a fs. 27/28
haciéndole saber a EdERSA que deberá acreditar,
dentro del plazo máximo de veinte (20) días hábiles;
en forma documental y/o digital (aportando los
elementos probatorios que garanticen nitidez e
identificación indubitable de las instalaciones
eléctricas) ante éste Ente haber dado solución to-
tal a todas las anomalías identificadas en los Anexos
II y III, bajo apercibimiento de aplicar nuevas
sanciones.-
Art. 5º: Ténganse por incorporados los Anexos
I “Anomalías con solución total”, Anexo II
Anomalía con solución parcial”, Anexo III
“Anomalías sin intervención”, Anexo IV “Cálculo
de Multa Hipótesis A” y Anexo V “Cálculo de Multa
Hipótesis B”, que forman parte integrante de la
presente resolución.
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Viedma, 22 de Mayo de 2014BOLETIN OFICIAL N° 5252
Art. 6°: Regístrese y previo cumplimiento del
Art. 12 de la Ley K Nº 88, modificado por la Ley
N° 4.739, publíquese en el Boletín Oficial de la
Provincia de Río Negro y en la página web de este
organismo y notifíquese a la Distribuidora EdERSA.
Luego de notificarse la resolución, pasen las
actuaciones al Area Técnica a los fines de verficar
el cumplimiento de lo ordenado en los Art. 3° y 4°.
Firmado: Ing. Mario López, Presidente del
Directorio del EPRE.– Diego Silvera, Prensa y
Difusión - E.P.R.E.
Nota: La versión completa de la presente Re-
solución se puede consultar en la página web del
EPRE www.eprern.gov-ar o en la sede central del
EPRE 9 de julio 174 de Cipolletti, Río Negro.
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Provincia de Río Negro
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 709
Viedma, 09 de Abril de 2014.
Visto: La necesidad de una reestructuración
funcional en las Delegaciones de Trabajo de esta
Secretaria en el interior de la Provincia, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el Artículo 2° de la Ley K N° 3803
faculta al titular de la Secretaria de Trabajo a crear
departamentos específicos para cada una de las áreas
de interés;
Que, este organismo cuenta con dieciocho (18)
Delegaciones en el interior de la Provincia;
Que, por Decreto N° 44/14 se acepta la renuncia
de todos los funcionarios del Poder Ejecutivo;
Que, en consecuencia corresponde designar a
cargo de la Delegación de Trabajo de la localidad de
Río Colorado, al agente con Contrato de Locación
de Servicios, Barona, Sergio Andrés (CUIL, N° 20-
16426647-9);
Por ello:
El Secretario de Trabajo
RESUELVE:
Artículo 1°: Designar: A partir del 01 de febrero
del 2014, al agente Sergio Andrés, Barona, (CUIL
N° 20-16426647-9), a cargo de la Delegación
Zonal de Trabajo de la localidad de Río Colorado,
dependiente de la Secretada de Trabajo.
Art. 2°.- Notificar al interesado y archivar en
el Legajo personal del Agente.-
Art. 3°.- Registrar, comunicar, publicar en el
Boletín Oficial, y archivar.
Luis Rolando Troncoso, Secretario de Trabajo.
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Resolución Nº 712
Viedma,
Visto: La necesidad de una reestructuración
funcional en las Delegaciones de Trabajo de esta
Secretaria en el interior de la Provincia, y;
CONSIDERNADO:
Que, en el Articulo 2° de la Ley K N° 3803
faculta al titular de la Secretaria de Trabajo a crear
departamentos específicos para cada una de las áreas
de interés;
Que, este organismo cuenta con dieciocho (18)
Delegaciones en el interior de la Provincia;
Que, por Decreto N° 44/14 se acepta la renuncia
de todos los funcionarios del Poder Ejecutivo;
Que, en consecuencia corresponde designar a
cargo de la Delegación de Trabajo de la localidad de
Cipolletti, a la agente de Contrato de Locacion de
Servicios, Romero Dora Inés (CUIL N° 27-
12979156-5);
Por ello:
El Secretario de Trabajo
RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar: A partir del 01 de febrero
del 2014, a la agente Dora Inés, Romero, (CUIL
N° 27-12979156-5), a cargo de la Delegación
Zonal de Trabajo de la localidad de Cipolletti,
dependiente de la Secretaría de Trabajo.
Art. 2°.- Notificar al interesado y archivar en
el Legajo personal del Agente.
Registrar, comunicar, publicar en el Boletín
Oficial, y archivar.
Luis Rolando Troncoso, Secretario de Tra-
bajo.
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Provincia de Río Negro
DEPARTAMENTO PROVINCIAL
DE AGUAS
Resolución Nº 314
Expte. Nº 60702-IGRH-14
Viedma, 30 de abril de 2014.
Visto, el expediente N° 60702-IGRH-14, del
registro del Departamento Provincial de Aguas,
y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones obra trámite de
constitución de servidumbre de colector cloacal y
pluvial sobre el inmueble cuya nomenclatura
catastral de origen es: Departamento Catastral: 19,
Circunscripción 2, Sección: E, Manzana: 348,
Parcela: 20, Subparcela S001, propiedad de Juana
Luisa Alejandra Martini Di Valle Aperta, según surge
del informe de dominio obrante a fs. 16 del citado
expediente;
Que dicha servidumbre tiene por objeto
emplazar un colector cloacal y un desagüe pluvial
con inicio sobre la calle Yatasto, a una distancia de
40 metros desde la calle Otto Goedecke, que luego
de atravesar la Manzana 348 tiene su salida a la
calle Vilcapugio, a una distancia de 40 metros de la
calle Onelli, única solución técnica para solucionar
el escurrimiento de los líquidos por gravedad de los
Barrios Santo Cristo y Mutisias, ambos de la ciudad
de San Carlos de Bariloche;
Que se ha definido mediante la respectiva
mensura en el terreno, a través del plano
característica 983-05 la superficie a afectar por la
servidumbre mencionada;
Que se torna necesario el dictado del acto
administrativo que declare la utilidad pública,
individualice los inmuebles y defina el objeto de la
misma;
Que han tomado debida intervención el servicio
de asesoramiento jurídico permanente del Organis-
mo y la Fiscalía de Estado;
Que existen facultades suficientes para el dictado
del presente en los artículos 2°, 3° inciso c), 11, 17
y concordantes de la Ley A N° 1015 y los artículos
16 inciso c), 90 inciso a) 6), 190, 260 inciso a) y
concordantes del Código de Aguas.
Por ello,
La Superintendente General de Aguas
RESUELVE:
Artículo 1º - Declarar de interés público y
afectada a servidumbre de colector cloacal y plu-
vial, a la siguiente fracción de terreno sita en el
Departamento Bariloche, que conforme al plano
de mensura característica N° 983-05 se denomina
Subparcela S001, con una superficie de 55,66 m², y
que es parte de una fracción mayor cuya
nomenclatura catastral es Departamento Catastral:
19, Circunscripción: 2, Sección: E, Manzana: 348,
Parcela: 20, propiedad de Juana Luisa Alejandra
Martini Di Valle Aperta.
Art. 2º - Se procurará ejecutar la presente
mediante concertación directa con el propietario
del inmueble, dentro del valor máximo esti-
mado por la Gerencia de Catastro, ello en los
términos previstos por la Ley A N° 1015 y Ley Q
N° 2952.
Art. 3º - Para el caso de no llegar a un
avenimiento, se seguirá la vía del juicio
expropiatorio, para lo cual se encomienda a la
Fiscalía de Estado el inicio de las acciones previstas
por la Ley A N° 1015, depositándose por donde
corresponda los montos respectivos.
Art. 4º - Regístrese, comuníquese, notifíquese
al propietario afectado, publíquese en el Boletín
Oficial, cumplido, archívese.
Ing. Raquel Hebe Morales, Superintendente
General DPA.
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Resolución Nº 315
Expte. Nº 60705-IGRH-14
Viedma, 30 de abril de 2014.
Visto, el Expte. N° 60705-IGRH-14, del
registro del Departamento Provincial de Aguas,
y
CONSIDERANDO:
Que por las citadas actuaciones obra trámite de
constitución de servidumbre de colector cloacal y
pluvial sobre el inmueble cuya nomenclatura
catastral de origen es: Departamento Catastral: 19,
Circunscripción: 2, Sección: E, Manzana: 348,
Parcela: 04, Subparcela S001, propiedad de Mario
Vera, DNI N° 13.714.262, según surge del informe
de dominio obrante a fs. 16 del citado expe-
diente;
Que dicha servidumbre tiene por objeto
emplazar un colector cloacal y un desagüe pluvial
con inicio sobre la calle Yatasto, a una distancia de
40 metros desde la calle Otto Goedecke, que luego
de atravesar la Manzana 348 tiene su salida a la
calle Vilcapugio, a una distancia de 40 metros de la
calle Onelli, única solución técnica para solucionar
el escurrimiento de los líquidos por gravedad de los
Barrios Santo Cristo y Mutisias, ambos de la ciudad
de San Carlos de Bariloche;
Que se ha definido mediante la respectiva
mensura en el terreno, a través del plano
característica 998-05 la superficie a afectar por la
servidumbre mencionada;
Que se torna necesario el dictado del acto
administrativo que declare la utilidad pública,
individualice los inmuebles y defina el objeto de la
misma;
Que han tomado debida intervención el servicio
de asesoramiento jurídico permanente del
Organismo y la Fiscalía de Estado;
Que existen facultades suficientes para el dictado
del presente en los artículos 2°, 3° inciso c), 11, 17
y concordantes de la Ley A N° 1015 y los artículos
16 inciso c), 90 inciso a) 6), 190, 260 inciso a) y
concordantes del Código de Aguas.
Por ello,
La Superintendente General de Aguas
RESUELVE:
Artículo 1° - Declarar de interés público y
afectada a servidumbre de colector cloacal y plu-
vial, a la siguiente fracción de terreno sita en el
Departamento Bariloche, que conforme al plano
de mensura característica N° 998-05 se denomina
Subparcela S001, con una superficie de 2,76 m², y
que es parte de una fracción mayor cuya
nomenclatura catastral es Departamento Catastral:
19, Circunscripción: 2, Sección: E, Manzana: 348;
Parcela: 04, propiedad de Mario Vera.
Art. 2º - Se procurará ejecutar la presente
mediante concertación directa con el propietario
del inmueble, dentro del valor máximo esti-
mado por la Gerencia de Catastro, ello en los
términos previstos por la Ley A N° 1015 y Ley Q
N° 2952.
Art. 3º - Para el caso de no llegar a un
avenimiento, se seguirá la vía del juicio
expropiatorio, para lo cual se encomienda a la
Fiscalía de Estado el inicio de las acciones previstas
por la Ley A N° 1015, depositándose por donde
corresponda los montos respectivos.
Art. 4º - Regístrese, comuníquese, notifíquese
al propietario afectado, publíquese en el Boletín
Oficial, cumplido, archívese.
Ing. Raquel Hebe Morales, Superintendente
General DPA.