1. INFORME DE PRENSA
Exhortación a Jueces de 1º Instancia en lo Penal y Cámaras Penales
A proporcionar la información requerida por el Procurador Penitenciario, sobre el
estado de la causas de los internos que se encuentren a su disposición. La medida
afecta a los magistrados de las 3 Circunscripciones Judiciales.
Por Acuerdo 127 del día 15 de marzo de 2011, el Máximo Tribunal de Justicia, exhortó
a los Jueces de Primera Instancia en lo Penal y Cámaras Penales de las 3
Circunscripciones Judiciales, a proporcionar la información requerida por el Procurador
Penitenciario, sobre el estado de la causa de los internos que se encuentren a su
disposición.
La medida surgió de acuerdo a la necesidad de aquellas personas que están privadas de
su libertad, de contar con la información de la causa por la que está detenido. Dicha
información, que debe ser proporcionada por el abogado particular del detenido, muchas
veces no acontece. Ante esto, el Procurador Penitenciario brinda la información precisa
del estado de las causas a los internos. La misma le debe ser proporcionada por los
Jueces de Instrucción, en los casos de los procesados, y por el Juez de Ejecución Penal,
en el caso de los condenados.
Las funciones que debe cumplir el Procurador, en virtud de que no existe normativa que
las especifique, están determinadas dentro de las normativas específicas de la Comisión
de Derechos Humanos (contenida dentro del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto).
En la actualidad, el Procurador Penitenciario es el Dr. Gustavo Ariel Parilli.
Informe de Prensa Nº 115 San Luis, 16 de marzo de 2011